El Área de Formación Básica de la Escuela de Psicología de la UNA en el marco de la consigna «la Psicología no puede ser ajena a la realidad política y social”, invita al video foro «Psicodrama en Gaza, Palestina«.
Presentan: Ursula Hauser, Psicoanalista y Psicodramatista, formadora de terapeutas en Psicodrama y Wajiha Sasa, Cónsul Honoraria del Estado de Palestina en Costa Rica.
El foro se llevará a cabo el martes 31 de julio a las 5 30 p.m. en la Sala de Conferencias de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional.
PELICULA ´BLUMEN ZWISCHEN TRÜMMERN´
FLORES ENTRE ESCOMBROS –ENTRE LA VIOLENCIA Y LA ESPERANZA
PSICODRAMA EN GAZA / PALESTINA
URSULA HAUSER y MAJA HESS
CINEASTA SUIZA (2017): FRANZISKA SCHAFFNER
RESEÑA
Desde 20 años Ursula Hauser, psicoanalista y psicodramatista y Maja Hess, médica, viajan desde Suiza a Gaza, donde formaron un grupo de colegas palestinas en el método de PSICODRAMA.
La cineasta Franziska Schaffner acompaño a las profesionales para dar un testimonio de este trabajo, y sobretodo mostrar la situación del pueblo palestino en Gaza, en especial después del terrible último ataque por parte del ejército israelí, en el año 2014.
Esperamos con esta película (50 Min), que se entiende mejor el sufrimiento y la lucha del pueblo en Gaza, igual que su fuerza de resistencia, y que se podrá despertar más la solidaridad con GAZA a nivel internacional. Existe el peligro que la gente quiere ´olvidar´ que dos millones de personas viven en Gaza y luchan para sobrevivir la estrategia de un lento genocidio.
El psicodrama intenta de apoyar al pueblo en lucha a nivel psicosocial, y a nivel simbólico hacer unos huecos en el muro que transforma Gaza en una inmensa prisión.
La película fue mostrada en la TELEVISIÓN SUIZA en marzo 2017, e impactó al público. Logró sensibilizarlo para solidarse con el pueblo palestino; se fortalecieron las acciones para la JUSTICIA y en contra LA IMPUNIDAD de la política oficial del gobierno de Israel. También se mostró en la UCR en Costa Rica, en la UdelaR / Uruguay y en Guatemala.
Con el apoyo de la Fundación Ursula Hauser (www.fundacionursulahauser.org) pudimos hacer los subtítulos en inglés, árabe y español, para que la película podrá alcanzar un público a nivel internacional.
Imagen con fines ilustrativos tomada de la nota: 25 verdades sobre el asedio de Gaza por Israel.
Compartido por Juan Carlos Cruz Barrientos y Ursula Hauser.
Los señores magistrados y las señoras magistradas de la Sala Constitucional o Sala IV, son, sin excepción, personas muy eruditas. Entienden con plena claridad cuál es el lugar de la religión en un contexto democrático y republicano. Y, sin la menor duda, también tienen claros, no solo los principios democráticos y republicanos, sino la significación que conceptos como derechos humanos, ciencia y razón tienen en el mundo actual.
La democracia, en su acepción más avanzada, funda un principio de participación de las personas en los procesos de toma de decisiones sobre los asuntos de interés colectivo. Esto, a su vez, parte del principio de la plena igualdad frente a la ley. Cierto que, en la práctica, diversas condiciones –económicas, culturales y de otro tipo– limitan y empobrecen la plena vigencia de tales principios: puesto que la igualdad frente a la ley no siempre es efectiva, la participación no siempre es paritaria. Pero reconocer tales restricciones tan solo nos dice que la democracia es siempre un proceso, es decir, una aspiración, un proyecto en permanente construcción y perfeccionamiento y, en fin, un motivo que invita a la lucha en procura de una mejor sociedad, una mejor convivencia.
La república, por su parte, es una propuesta por un orden político basado en las leyes, en la distribución y los contrapesos del poder, en la decisión democrática y participativa, en la vigencia de los derechos de ciudadanía, en la permanente rendición de cuentas por parte de quienes temporalmente ejercen el poder político.
Recordemos, por otra parte, que las sociedades del siglo XXI –y Costa Rica da buen ejemplo de ello– se caracterizan por un altísimo y creciente nivel de complejidad. Lo mismo en el campo de la economía o de la cultura; en el ámbito político y el de la organización ciudadana. Y tan solo por poner algunos ejemplos adicionales, la complejidad se visibiliza asimismo en los territorios, en las emergentes construcciones identitarias, la diversificación de las relaciones y conflictos en el mundo del trabajo, y todas las emergentes movilizaciones, conflictos y propuestas vinculadas con la problemática ambiental, el calentamiento global y el cambio climático.
Esa complejidad también se expresa en las relaciones e identidades de género, las familias, la vivencia de la afectividad y de la sexualidad. El mundo social -incluso en espacios geográficos reducidos donde en otros tiempos se imponía la homogeneidad- se parece cada vez más al mundo natural: rompe dicotomías simplificadoras o regulaciones que restringen y limitan, y se despliega al modo que lo hace la propia naturaleza: diverso, heterogéneo y multicolor. Sin duda, nada es tan antinatural como la homogeneidad monocolor.
Las democracias modernas y el orden republicano, deben avanzar hacia el pleno reconocimiento e incorporación de tal complejidad. Ello es así, incluso por un asunto de sobrevivencia, para mantener vigencia y viabilidad. De otra forma se desfasarían frente a la realidad, perderían eficacia y por lo tanto legitimidad, con todo el peligro que ello conlleva.
La religión también es parte de estos sistemas sociales complejos. De hecho, la religión misma se ha complejizado en grado significativo, y ello resulta obvio, tan solo con que se repare en la declinación que ha experimentado la hegemonía de la iglesia católica, la cual, hasta hace muy poco, era prácticamente absoluta.
El orden democrático y republicano debe garantizar plena libertad a cada persona para profesar la fe que elija. En la convivencia democrática, cada quien debe respetar plenamente esa fe que otra u otras personas han abrazado para sí. Y, desde luego, ello supone total garantía del derecho a seguir y aplicar en la propia vida las prescripciones morales que derivan de la religión que se profesa. Lo cual también legitima la posibilidad de no tener fe alguna, y de regirse por una moral laica.
Pero lo anterior también significa, que ninguna religión en particular podría imponer su visión de mundo y criterios morales, mucho menos imponerlos a las leyes que regulan la vida en sociedad. En un mundo cada vez más complejo y heterogéneo, ello excluiría a sectores importantes de la sociedad, y, por lo tanto, subvertirían las bases más fundamentales del orden republicano y democrático. Éste tiene el deber –para ser lo que es y no transformarse en una negación de sí mismo– de crear una institucionalidad que incluya a todas sus ciudadanas y todos sus ciudadanos, con las mismas obligaciones y los mismos derechos, en condiciones paritarias para participar y decidir, y gozando de las mismas protecciones para vivir sus vidas según sus propias elecciones y decisiones personales, que, entre otras, pueden ser de orden religioso, como también en material sexual, familiar y afectiva.
La limitación es bien conocida y absolutamente inviolable: mis derechos terminan donde empiezan los derechos de las otras personas. Eso hace posible los valores de la paz y del amor, que jamás florecerían si ese respeto y tales límites no existieran. Puesto de otra forma: donde haya alguien que se cree en derecho de imponer su visión de mundo, su proyecto de vida y sus reglas morales a otras personas, se termina el respeto y se muere la paz.
Dije anteriormente que los valores y aspiraciones democráticas y republicanas enfrentan múltiples limitaciones, que han de ser superada en una lucha cotidiana. Es un proceso, una construcción dinámica. Nunca, y de ninguna manera, una realidad acabada.
De ahí la importancia de la decisión que la Sala Constitucional ha de tomar pronto sobre matrimonio igualitario. No es algo que pueda decidirse con base en criterios religiosos que, por su misma naturaleza de tales, incluye a quienes los profesan, pero deja por fuera a las demás personas. Se trata de dejar atrás un lastre histórico que, al discriminar y excluir, por ello mismo violenta los principios democráticos y republicanos. Supondría, por lo tanto, un paso adelante en el proceso de construcción de una democracia y una república, más plenas y completas. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo entendió bien y lo argumentó con grandísima elocuencia. Toca a la Sala Constitucional hacer otro tanto.
(*)Director Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE-UNED)
Tras dos años de seminarios especializados, este 2018 la Asociación Costarricense de Geotecnia ha asumido el reto de reunir nuevamente a la comunidad latinoamericana de profesionales en geotecnia y afines en uno de los congresos más esperados del sector.
CONGEO 2018 reunirá a reconocidos expertos a nivel internacional y nacional, quienes les brindarán las últimas actualizaciones en materia de: Investigación y Desarrollo, Caracterización de Materiales, Mecánica de Rocas, Obras Subterráneas, Deslizamiento y Estabilidad de Laderas, Geotecnia Ambiental, Cimentaciones, entre otros.
El XIII Congreso Nacional de Geotecnia se llevará a cabo este 5 y 6 de setiembre en el hotel Wyndham Herradura, reserve su espacio hoy y obtenga la oportunidad de vivir la experiencia del CONGEO 2018.
Para más informes sobre las ponencias, el programa del Congreso, los conferencistas, y métodos de pago, ingrese en la página oficial de esta actividad:
Este próximo sábado 21 de julio a las 9 a.m. en ECMAR-UNA, Punta Morales de Chomes, se llevara a cabo el Encuentro ecologista para evaluar el modelo de concesiones de agua en Costa Rica.
Puntos de discusión:
¿Por qué se permite explotar el 90 % del agua de ríos y quebradas?
¿Cuánto cuesta un canon de agua y quiénes se benefician de su costo?
Para esta actividad se tienen planeados dos bloques de trabajo, uno para compartir y discutir la información y otro para generar propuestas de acción conjunta en cuanto a la problemática del agua.
En horas de la mañana se analizará el tema del apropiamiento del agua en manos privadas a través del modelo de permisos de hasta el 90 % de caudales en ríos y quebradas y cómo esto genera injusticias y desigualdad en el acceso al agua.
También se estará compartiendo información sobre la normativa vigente y el caudal ecológico, la cual debería aplicarse para evitar desastres ecológicos y que actualmente Costa Rica no lo está haciendo.
Por la tarde se tendrá una presentación sobre los costos de canon de agua por tipo de uso y se planteará la duda de si la visión económica que lleva a la apropiación el agua llega a afectar su protección pública así como su protección ambiental. Se compartirá los reglamentos que existen sobre este tema.
Para coordinar su participación, comuníquese con Dany Villalobos al 8781 4512 o Angélica Alvarado al 8583 0253.
Se estará contando con la participación ya confirmada de personas de Pérez Zeledón, Longo May, San Rafael, Salitre, Cabagra, Boruca, Térraba, Talamanca, entre otros.
El primer “Simposio Internacional del Bambú en Costa Rica”, se realizará los días 6, 7 y 8 de noviembre del 2018 y su sede será el Campus Omar Dengo de la Universidad Nacional en la Ciudad de Heredia, Costa Rica.
OBJETIVO DEL SIMPOSIO
Promover el conocimiento en los avances tecnológicos, los emprendimientos productivos, las novedades relacionadas con los procesos de transformación, comercialización, uso y cultivo del bambú, el desarrollo de la economía verde y la conformación de la cadena productiva integrada por los diferentes actores empresariales, profesionales e investigadores relacionados con las diversas actividades propias del bambú.
El pasado 16 de julio, 13 Estados de América Latina difundieron un comunicado conjunto en el que condenaron firmemente los actos de violencia que se viven en Nicaragua desde el pasado 18 de abril, que ya han costado la vida a más de 300 nicaragüenses. En su comunicado, estos Estados, entre otros puntos:
«Exigen el cese inmediato a los actos de violencia, intimidación y amenazas dirigidas a la sociedad nicaragüense; y el desmantelamiento de los grupos paramilitares» (véase texto integral en español reproducido al final de esta nota y remisión a su versión en portugués).
Breve recapitulativo sobre algunos usos diplomáticos
Como es sabido todo Estado puede expresarse con relación a la situación interna que vive otro Estado, y que le genera algún tipo de preocupación, como lo hicieron, por ejemplo Argentina, España y Ecuador con relación a la situación en Nicaragua: véase el comunicado de Argentina, el texto del comunicado oficial de España así como el contenido del comunicado de Ecuador, los tres del 15 de julio del 2018. Muy distintos en cuanto a su contenido, pese a llevar la misma fecha, referirse a la misma situación, estos tres comunicados responden a la lectura que cada uno hace de la situación y a la forma escogida, desde Buenos Aires, Madrid y Quito, para expresar su preocupación a las autoridades en Nicaragua.
Usualmente, el uso correcto del léxico diplomático en un comunicado oficial permite enviar un mensaje al Estado receptor de este sin que perciba este comunicado como una indebida intromisión en sus asuntos internos. En cambio, un uso incorrecto del vocabulario o expresiones valorativas pueden causar un profundo malestar por parte del Estado objeto del comunicado, al considerarse como una manifiesta violación a un principio fundamental en derecho internacional: el principio de no intervención en asuntos internos.
Ahora bien, a diferencia de los comunicados oficiales elaborados por un solo Estado, en el que puede modular y calibrar el vocabulario utilizado en función de su cercanía, distancia o bien hostilidad con las autoridades del Estado objeto del comunicado, los comunicados conjuntos obligan a los aparatos diplomáticos de diversos Estados a negociar y a consensuar un texto colectivo.
Una comparación con comunicados similares adoptados a raíz de las crisis políticas internas vividas en Honduras (2009), Paraguay (2012), Venezuela (2014) y Brasil (2016) arrojaría posiblemente interesantes hallazgos con relación a la consistencia de algunos.
Si bien esta profunda crisis política en Nicaragua ha dado lugar a un gran número de opiniones y análisis desde el punto de vista político, desde la perspectiva jurídica han sido mucho menos; en algunos casos, se ha mencionado el derecho internacional «en passant«, sin tener mucha claridad sobre su alcance real en el caso de una situación como la que vive Nicaragua, y creando algun tipo de confusión. Los comunicados oficiales conjuntos que se han multiplicado en las últimas semanas a raíz de esta crisis evidencian las reglas que deben respetar los Estados (así como las organizaciones internacionales) en casos de esta naturaleza: reglas que hay que diferenciar de las herramientas jurídicas de las que disponen en materia de derechos humanos las víctimas en el plano internacional, como lo veremos a continuación.
Un comunicado conjunto, de otros llamados al cese de la violencia
Este pronunciamiento colectivo suscrito por 13 Estados de América Latina fue precedido un día antes por un comunicado por parte de la Unión Europea – UE- (véase texto oficial) que se lee así:
«The acts of violence against students and civilians in Nicaragua as well as the delays in providing urgent medical assistance for the wounded are deplorable. We expect the authorities to ensure the security of the population and the respect for fundamental rights. All violence must stop now. We reiterate our appeal for a peaceful and democratic solution for the situation in the country in the framework of the national dialogue«.
Además del comunicado de 13 Estados en América Latina y del llamado hecho por los responsables de la política exterior de los 28 Estados Miembros de la UE, los Estados miembros del Sistema de Integración Centroamericano (SICA) – del que forma parte íntegra Nicaragua – también adoptaron una declaración titulada «Declaración especial sobre Nicaragua» (véase texto completo), el pasado 30 de junio.
Una instancia de Naciones Unidas en derechos humanos también se pronunció, en otros términos: el mismo 17 de julio, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas señaló en un comunicado oficial (véase texto completo) que:
«La espantosa pérdida de vidas debe detenerse inmediatamente. Es imperativo que el Estado nicaragüense, que tiene obligaciones en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, garantice el derecho a la vida y la seguridad de la población, así como los derechos a la libertad de expresión y reunión pacífica, y adopte medidas concretas lo antes posible para terminar la crisis y encontrar una solución pacífica«.
Tal y como se puede apreciar, la presión diplomática sobre las autoridades de Nicaragua se concentró en los últimos días, al conmemorarse el pasado 18 de julio tres meses desde el inicio de las protestas, y al celebrarse el 19 de julio en Nicaragua, en circunstancias muy peculiares, una festividad como el denominado «Día de la Revolución«, conmemorando el triunfo definitivo de la revolución sandinista de julio de 1979.
Precisamente el mismo 18 de julio, fue el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) el que adoptó una resolución sobre Nicaragua (véase nota con texto completo): el texto no fue adoptado por consenso, sino con un voto de 21 Estados a favor. Esta última votación debe compararse al hecho que el pasado 5 de junio, fue la Asamblea General de la OEA la que aprobó una declaración titulada «Declaración de Apoyo al Pueblo de Nicaragua» (reproducida integralmente en esta nota nuestra): esta resolución fue adoptada por consenso entre los delegados de los 34 Estados Miembros de la OEA, incluyendo a Nicaragua.
Foto extraída de nota de prensa titulada «Nicaragua convulsionada por represión de protestas al Gobierno».
Estos comunicados conjuntos repudiando el uso de la violencia se justifican por la situación algo atípica que se vive en Nicaragua, en la medida en que gran parte de los fallecidos y heridos son civiles y estudiantes protestando sin armas en las calles, víctimas de francotiradores y grupos paramilitares y parapoliciales que actúan encapuchados con la complacencia de las autoridades. La agencia japonesa de cooperación (JICA) expresó su preocupación al observar vehículos donados por ella en operaciones violentas de grupos organizados contra manifestaciones callejeras (véase nota de prensa del 4/07/2018).
Foto extraída de nota de prensa del 4 de julio del 2018 titulada «Japón reclama por posible mal uso de donación».
Pese al profundo dolor que embarga a muchas familias nicaragüenses tanto dentro como fuera de Nicaragua, desde la perspectiva internacional, estamos ante una situación de carácter interno: sobre este preciso ámbito, el mismo derecho internacional público prohíbe expresamente a otros Estados intervenir en sus asuntos internos. Lo cual no significa que no puedan externar criterio alguno manifestando su profunda preocupación ante determinada situación de violencia mediante comunicados oficiales.
Ello explica que entidades internacionales y Estados procedan a elaborar estos llamados y estos comunicados oficiales, exigiendo el cese de la violencia y la búsqueda de un mecanismo que permita el diálogo en aras de encontrar una salida política a la crisis política que sufre Nicaragua.
Nótese que este 24 de julio, la muerte de una estudiante brasileña en medicina en Nicaragua suscitó un comunicado oficial de la diplomacia brasileña en la que se lee que:
«Diante do ocorrido, o governo brasileiro torna a condenar o aprofundamento da repressão, o uso desproporcional e letal da força e o emprego de grupos paramilitares em operações coordenadas pelas equipes de segurança, conforme constatado pelo Mecanismo Especial de Seguimento para a Nicarágua instalado para implementar as recomendações da Comissão Interamericana de Direitos Humanos» (véase texto completo). El mismo 24 de julio, Brasil procedió a llamar a consulta a su embajador en Managua, recurriendo a esta figura diplomática para hacer ver su profundo malestar (véase comunicado de prensa del Itamaraty).
Ante la crisis en Nicaragua, un sistema interamericano de protección de los derechos humanos activado
Ahora bien, como integrante de la OEA y como Estado parte de varios instrumentos interamericanos de derechos humanos, el Estado de Nicaragua está sometido a las obligaciones que derivan de estos últimos en materia de resguardo del orden público y de garantías otorgadas a manifestantes en vías públicas. Acciones policiales recurriendo a un uso de la fuerza desproporcional e indiscriminado contra manifestantes causándoles la muerte y heridas graves, atentan gravemente contra estas obligaciones; al igual que la falta de investigación y de sanción de los responsables de hechos violentos y muchas otras actuaciones atribuibles a las autoridades de Nicaragua evidenciadas en los últimos meses.
Precisamente el pasado 21 de junio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dio a conocer un detallado informe sobre la situación de violencia que se vive en Nicaragua en el que identifica patrones de conducta de sus autoridades sumamente cuestionables (véase breve nota nuestra con remisión al informe de 91 páginas de la misma ComIDH).
Como parte de las herramientas legales de las que disponen las víctimas en Nicaragua, la CIDH anunció el pasado 12 de julio haber ordenado una serie de medidas cautelares a las autoridades de Nicaragua en aras de resguardar y de proteger la vida de varios líderes sociales y estudiantiles objeto de amenazas y de actos de intimidación (véase comunicado de prensa de la CIDH del 12/07/2018).
Además de las herramientas jurídicas que corresponden al mandato de la CIDH, la crisis en Nicaragua ha dado lugar a la creación de dos entidades que trabajan in situ:
– desde el 24 de junio quedó formalmente instalado el Mecanismo de Seguimiento en Nicaragua (MESENI), ente interamericano que supervisa y que monitorea la situación desde Nicaragua, así como el seguimiento hecho por el Estado a las recomendaciones de la CIDH (véase comunicado oficial de la CIDH del 25/06/2018).
– desde el 2 de julio, quedó constituido el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), encargado de documentar las acciones violentas en Nicaragua (véase comunicado de la CIDH del 2/07/2018). El mandato del GIEI acordado con las autoridades de Nicaragua es de seis meses, y busca garantizar a las víctimas el derecho a la verdad así como identificar a los responsables de hechos violentos.
Justamente este 19 de julio, el MESENI dio a conocer después de tres semanas de trabajo en Nicaragua sus hallazgos, lo cuales señalan, entre muchos otros aspectos, «la intensificación de la represión y los operativos desplegados en todo el país por agentes de la Policía Nacional y grupos parapoliciales con el objetivo de desmantelar los tranques ubicados en diferentes ciudades» así como «el alto grado de apoyo y colaboración entre las fuerzas de la Policía Nacional y los grupos parapoliciales encapuchados caracterizado por la coordinación de acciones tanto para el despliegue de actos de violencia, represión, hostigamiento y persecución contra la población, así como para el levantamiento de los tranques. Adicionalmente, pudo constatar que tanto los agentes policiales como parapoliciales han realizado decenas de detención de personas que han sido referidas a centros de detención de la Policía Nacional» (véase comunicado de prensa de la CIDH del 19/07/2018).
Nicaragua ante el sistema universal convencional de derechos humanos
Cabe precisar que, en el ámbito universal, Nicaragua es parte de 12 tratados considerados básicos sobre derechos humanos de Naciones Unidas. Estas convenciones internacionales preven mecanismos de supervisión y monitoreo a los que podrían en algunos casos acudir las víctimas en caso de violaciones específicas de derechos humanos (malos tratos y tortura, discriminación, por ejemplo) o que afectasen a una categoría específica de personas (mujeres, niños, comunidades indígenas, entre muchos otros): véase estado oficial de ratificación. Es de notar que Nicaragua acumula desde varios años un atraso significativo con relación a la presentación de los informes del Estado a varios comités u órganos de supervisión de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, así como a solicitudes de mecanismos no convencionales que han emitido recordatorios sin mayoz éxito para visitar Nicaragua (véase listado oficial): una señal inequívoca, a la que lamentablemente, muy pocos fuera de Nicaragua, le han prestado la debida atención.
Por el momento, la máxima instancia en derechos humanos dentro de Naciones Unidas como lo es el Consejo de Derechos Humanos, compuesto por 47 Estados (véase listado oficial de Estados miembros) no ha adoptado ninguna decisión sobre la situación en Nicaragua. Por parte de América Latina, lo integran en estos momentos Brasil, Chile, Cuba, Ecuador, México, Panamá, Perú y Venezuela.
Presión diplomática internacional y derecho internacional: dos ámbitos distintos con reglas propias
Ante la coyuntura actual que se vive en Nicaragua y las reacciones suscitadas en el plano internacional, es importante distinguir el ámbito político de lo jurídico. La presión diplomática que ejercen Estados y organizaciones internacionales mediante comunicados oficiales intenta poner un freno a la violencia en Nicaragua. A su vez, el sistema interamericano activado monitorea desde fuera pero también a partir de dos entidades in situ, la situación desde la perspectiva de los derechos humanos.
La presión diplomática se ejerce según los usos que conocen bien los aparatos diplomáticos, salvo situaciones singulares que se pueden presentar de manera esporádica. Al respecto, a pocos días de estallar la crisis política a mediados de abril del 2018 en Nicaragua, sus autoridades cursaron una nota de protesta, aduciendo una indebida injerencia de Costa Rica, al valorar uno de sus altos funcionarios la situación interna en Nicaragua (véase nota nuestra con texto del comunicado de Nicaragua del 20 de abril del 2018).
Como parte de la lectura peculiar que algunos hacen desde Costa Rica de la situación imperante en Nicaragua, un ex Presidente de Costa Rica sugirió este 18 de julio llevar al Presidente de Nicaragua ante la Corte Penal Internacional (CPI) (véase nota de prensa), sin percatarse (tal vez) que Nicaragua no es parte del Estatuto de Roma adoptado en 1998, instrumento que cumplió 20 años este 18 de julio (véase listadooficial de Estados Partes).
A modo de conclusión
Como bien es sabido, el derecho internacional público es una rama de la ciencia jurídica que intenta regular las relaciones entre varios Estados o resolver disputas entre varios Estados.
En el caso de situaciones internas de violencia que no involucren a otros Estados, el accionar del derecho internacional es limitado, al menos a la fecha, a mecanismos de derechos humanos vigentes en virtud de instrumentos internacionales aceptados por el mismo Estado: el MESENI y la CIDH están documentando y monitoreando la situación en Nicaragua en el marco de las atribuciones que le corresponden acordadas con las autoridades de Nicaragua, mientras el GIEI busca con sus investigadores hacer una realidad el derecho a la verdad de las víctimas y de los familiares de las víctimas.
Los ofrecimientos que desde el exterior puedan hacer Estados y organizaciones internacionales para intermediar en una crisis política interna y para crear un clima propicio para resolverla son también recomendables, y por ello es que varios de los comunicados conjuntos precitados apuntan en esta precisa dirección.
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Texto completo del comunicado conjunto suscrito este 16 de julio del 2018 por Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay, difundido desde el sitio oficial de la diplomacia de Argentina (la versión en portugués está disponible en este enlace del sitio del Palacio del Itamaraty en Brasil).
Declaración Especial sobre la situación en la República de Nicaragua Lunes 16 de julio de 2018
Los Gobiernos de la República Argentina, República Federativa de Brasil, República de Chile, República de Colombia, República de Costa Rica, República del Ecuador, República de Guatemala, República de Honduras, México, República de Panamá, República del Paraguay, República del Perú y República Oriental del Uruguay, ante la situación en la República de Nicaragua:
Expresan su preocupación por la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y su más firme condena a los graves y reiterados hechos de violencia que se vienen produciendo en Nicaragua y que han provocado hasta la fecha la lamentable pérdida de más de 300 vidas humanas y centenares de heridos; la represión y violencia contra estudiantes y miembros de la sociedad civil, así como la tardanza en brindar asistencia médica urgente a los heridos.
Exigen el cese inmediato a los actos de violencia, intimidación y amenazas dirigidas a la sociedad nicaragüense; y el desmantelamiento de los grupos paramilitares
Instan a reactivar el diálogo nacional en Nicaragua, dentro de un clima de respeto a las libertades fundamentales, que involucre a todas las Partes para generar soluciones pacíficas y sostenibles a la situación que se vive en Nicaragua y el fortalecimiento de la democracia, los Derechos Humanos y el Estado de derecho en ese país;
Apoyan a la Conferencia Episcopal de Nicaragua para que continúe sus trabajos en pro de la búsqueda y promoción de soluciones del conflicto y en el respeto de los derechos humanos de los nicaragüenses;
Agradecen a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por las visitas realizada a Nicaragua para investigar los sucesos e instan al gobierno de Nicaragua a cumplir con las 15 recomendaciones formuladas; y a colaborar con el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI);
Hacen un llamado al Gobierno de Nicaragua y otros actores sociales para que demuestren su compromiso y participen constructivamente en negociaciones pacíficas con resultados concretos que aborden los desafíos fundamentales del país, de forma pacífica, incluido el fortalecimiento de las instituciones democráticas, la implementación de las recomendaciones de la Misión de Observación Electoral de la OEA y la celebración de elecciones libres, justas y oportunas, en un ambiente libre de miedo, intimidación, amenazas o violencia.
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
La Rectoría y la Rectoría Adjunta de la Universidad Nacional invitan a la Lección Inaugural II Ciclo 2018: “Autonomía universitaria y responsabilidades sociales: una reflexión”, impartida por la ex rectora de la UNA, Sra. Rose Marie Ruiz Bravo, este próximo 07 de agosto a las 10 a.m. en el Auditorio Clodomiro Picado, Campus Omar Dengo, Heredia.
Favor confirmar asistencia al teléfono 2277 3419 o al correo electrónico extension@una.cr(Vicerrectoría de Extensión).
Este próximo sábado 28 de julio a la 1 p.m. en el Salón Multiusos, de la Universidad de Costa Rica, sede Arnoldo Ferreto, Pacifico Central, se llevará a cabo el conversatorio “Déficit fiscal: Cuando al Gobierno no le alcanza la plata”, donde se discutirá ¿cuáles son las causas de esa situación y qué consecuencias tiene para nuestras vidas?
Panelista: Dr. Luis Paulino Vargas, Economista, director del Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo de la UNED.
*Entrada gratuita.
Organizado por Coalición Costa Rica, Puntarenas, Cantón Central.
La Rectoría y el Instituto de Estudios de la Mujer de la Universidad Nacional (IEM-UNA) invitan a la presentación del libro: Masculinidades en la cultura del fútbol, este próximo martes 24 de julio, a las 9 a.m. en el Auditorio Clodomiro Picado, Campus Omar Dengo UNA.
Participan:
Patricia Mora Castellanos, ministra de la Condición de la Mujer INAMU.
Roxana Arroyo, profesora Instituto de Altos Estudios Nacionales de la Universidad del Posgrado del Estado de Ecuador, vicepresidenta Fundación Justicia y Género.
Julián Solano, presidente Unión de Clubes de Fútbol de Primera División (UNAFUT).
Modera:
Zaira Carvajal Orlich, directora Instituto de Estudios de la Mujer (IEM).
A propósito del inicio del campeonato nacional de fútbol de invierno y ante el dramático aumento de casos de violencia de género reportados durante partidos, esta publicación cobra especial relevancia al abordar temas como los siguientes:
Las formas de violencia hacia las mujeres, hacia otros hombres y hacia sí mismos.
“Tener güevos”: la representación masculina del aguante, la valentía y la bravura en el fútbol.
Los otros no masculinos: “putos, maricones, cochones y huecos”.
Reeducando a los aficionados en una vida libre de violencia.
El rol de las federaciones nacionales e internacionales que rigen el fútbol.
Además…
Se presentará la campaña divulgativa de la Política para la Igualdad y Equidad de Género (PIEG-UNA).
En el acto se hará entrega de un ejemplar de la PIEG-UNA y su plan de acción a las decanaturas de las diferentes facultades de la Universidad.
***Mayores detalles con Carmen Ulate, coordinadora de la PIEG-UNA, a los teléfonos 2277-3974 / 8910-4668 o en la Oficina de Comunicación 2277-3067.
El pasado 16 de julio, 13 Estados de América Latina difundieron un comunicado conjunto en el que condenaron firmemente los actos de violencia que se viven en Nicaragua desde el pasado 18 de abril, que ya han costado la vida a más de 300 nicaragüenses, y en el que, entre otros puntos:
«Exigen el cese inmediato a los actos de violencia, intimidación y amenazas dirigidas a la sociedad nicaragüense; y el desmantelamiento de los grupos paramilitares» (véase texto integral en español reproducido al final de esta nota y remisión a su versión en portugués).
A diferencia de los comunicados oficiales elaborados por un solo Estado, en el que puede modular el vocabulario utilizado en función de su cercanía, distancia o bien hostilidad con las autoridades del Estado objeto del comunicado, los comunicados conjuntos obligan a los aparatos diplomáticos de diversos Estados a acordar y a consensuar un texto colectivo.
Una comparación con comunicados similares adoptados a raíz de las crisis políticas internas vividas en Honduras (2009), Paraguay (2012), Venezuela (2014) y Brasil (2016) arrojaría posiblemente interesantes hallazgos con relación a la consistencia de algunos.
Si bien esta profunda crisis política en Nicaragua ha dado lugar a un gran número de opiniones y análisis desde el punto de vista político, desde la perspectiva jurídica han sido mucho menos; o bien, se ha mencionado el derecho internacional «en passant«, sin tener mucha claridad sobre su alcance real en el caso de una situación como la que vive Nicaragua. Los comunicados oficiales conjuntos que se han multiplicado en las últimas semanas a raíz de esta crisis evidencian las reglas que se imponen a los Estados y a las organizaciones internacionales, tal y como lo veremos a continuación.
Un comunicado conjunto, de otros llamados al cese de la violencia
Este pronunciamiento colectivo suscrito por 13 Estados de América Latina fue precedido un día antes por un comunicado por parte de la Unión Europea – UE- (véase texto oficial) que se lee así:
«The acts of violence against students and civilians in Nicaragua as well as the delays in providing urgent medical assistance for the wounded are deplorable. We expect the authorities to ensure the security of the population and the respect for fundamental rights. All violence must stop now. We reiterate our appeal for a peaceful and democratic solution for the situation in the country in the framework of the national dialogue«.
Además del comunicado de 13 Estados en América Latina y del llamado hecho por los responsables de la política exterior de los 28 Estados Miembros de la UE, una instancia de Naciones Unidas en derechos humanos también alzó la voz: el mismo 17 de julio, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas señaló en un comunicado oficial (véase texto completo) que:
«La espantosa pérdida de vidas debe detenerse inmediatamente. Es imperativo que el Estado nicaragüense, que tiene obligaciones en virtud del derecho internacional de los derechos humanos, garantice el derecho a la vida y la seguridad de la población, así como los derechos a la libertad de expresión y reunión pacífica, y adopte medidas concretas lo antes posible para terminar la crisis y encontrar una solución pacífica«.
Tal y como se puede apreciar, la presión diplomática sobre las autoridades de Nicaragua se concentró en los últimos días, al conmemorarse el pasado 18 de julio tres meses desde el inicio de las protestas, y al celebrarse el 19 de julio en Nicaragua, en circunstancias muy peculiares, una festividad como el denominado «Día de la Revolución«, conmemorando el triunfo definitivo de la revolución sandinista de julio de 1979.
Precisamente el mismo 18 de julio, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) adoptó una nueva resolución sobre Nicaragua (véase nota con texto completo): el texto fue adoptado por voto, con 21 votos a favor. Esta última votación debe compararse al hecho que el pasado 5 de junio, fue la Asamblea General de la OEA la que aprobó una declaración titulada «Declaración de Apoyo al Pueblo de Nicaragua» (reproducida integralmente en esta nota nuestra): esta resolución fue adoptada por consenso entre los delegados de los 34 Estados Miembros de la OEA.
Foto extraída de nota de prensa titulada «Nicaragua convulsionada por represión de protestas al Gobierno».
Estos llamados repudiando el uso de la violencia se justifican por la situación algo atípica que se vive en Nicaragua, en la medida en que gran parte de los fallecidos y heridos son civiles y estudiantes protestando sin armas en las calles, víctimas de francotiradores y grupos paramilitares y parapoliciales que actúan encapuchados con la complacencia de las autoridades. La agencia japonesa de cooperación JICA expresó su preocupación al observar vehículos donados por ella en operaciones violentas de las fuerzas de seguridad contra manifestaciones callejeras (véase nota de prensa del 4/07/2018).
Pese al profundo dolor que embarga a muchas familias nicaragüenses tanto dentro como fuera de Nicaragua, desde la perspectiva internacional, estamos ante una situacion de carácter interno: sobre este preciso ámbito, el mismo derecho internacional público prohibe expresamente a otros Estados intervenir en sus asuntos internos. Lo cual no significa que no puedan externar criterio alguno manifestando su profunda preocupación ante determinada situación de violencia mediante comunicados oficiales.
Ello explica que entidades internacionales y Estados procedan a elaborar estos llamados y estos comunicados oficiales, exigiendo el cese de la violencia y la búsqueda de un mecanismo que permita el diálogo en aras de encontrar una salida política a la crisis política que sufre Nicaragua.
El sistema interamericano de protección de los derechos humanos activado ante la crisis en Nicaragua
Ahora bien, como integrante de la OEA y como Estado parte de varios instrumentos interamericanos de derechos humanos, el Estado de Nicaragua está sometido a las obligaciones que derivan de estos últimos en materia de resguardo del orden público y de garantías otorgadas a manifestantes en vías públicas. Acciones policiales recurriendo a un uso de la fuerza desproporcional e indiscriminado contra manifestantes atentan gravemente contra estas obligaciones, al igual que la falta de investigación y sanción de responsables de hechos violentos y muchas otras actuaciones de las autoridades de Nicaragua evidenciadas en los últimos meses.
Precisamente el pasado 21 de junio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dio a conocer un detallado informe sobre la situación de violencia que se vive en Nicaragua en el que identifica patrones de conducta de sus autoridades sumamente cuestionables (véase breve nota nuestra con remisión al informe de 91 páginas de la misma ComIDH).
Como parte de las herramientas legales de las que disponen las víctimas en Nicaragua, la CIDH anunció el pasado 12 de julio haber ordenado una serie de medidas cautelares a las autoridades de Nicaragua en aras de resguardar y de proteger la vida de varios líderes sociales y estudiantiles objeto de amenazas y de actos de intimidación (véase comunicado de prensa de la CIDH del 12/07/2018).
Además de las herramientas jurídicas que corresponden al mandato de la CIDH, la crisis en Nicaragua ha dado lugar a la creación de dos entidades que trabajan in situ:
– desde el 24 de junio quedó formalmente instalado el Mecanismo de Seguimiento en Nicaragua (MESENI), ente interamericano que supervisa y que monitorea la situación desde Nicaragua, así como el seguimiento hecho por el Estado a las recomendaciones de la CIDH (véase comunicado oficial de la CIDH del 25/06/2018).
– desde el 2 de julio, quedó constituido el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), encargado de documentar las acciones violentas en Nicaragua (véase comunicado de la CIDH del 2/07/2018). El mandato del GIEI acordado con las autoridades de Nicaragua es de seis meses, y busca garantizar a las víctimas el derecho a la verdad así como identificar a los responsables de hechos violentos.
Justamente este 19 de julio, el MESENI dio a conocer después de tres semanas de trabajo en Nicaragua sus hallazgos, lo cuales señalan, entre muchos otros aspectos, «la intensificación de la represión y los operativos desplegados en todo el país por agentes de la Policía Nacional y grupos parapoliciales con el objetivo de desmantelar los tranques ubicados en diferentes ciudades» así como «el alto grado de apoyo y colaboración entre las fuerzas de la Policía Nacional y los grupos parapoliciales encapuchados caracterizado por la coordinación de acciones tanto para el despliegue de actos de violencia, represión, hostigamiento y persecución contra la población, así como para el levantamiento de los tranques. Adicionalmente, pudo constatar que tanto los agentes policiales como parapoliciales han realizado decenas de detención de personas que han sido referidas a centros de detención de la Policía Nacional» (véase comunicado de prensa de la CIDH del 19/07/2018).
Nicaragua ante el sistema universal de derechos humanos
Cabe precisar que, en el ámbito universal, Nicaragua es parte de 12 tratados sobre derechos humanos de Naciones Unidas que preven mecanismos de supervisión y monitoreo al que pueden en algunos casos acudir las víctimas en caso de violaciones específicas de derechos humanos (malos tratos y tortura, discriminación, por ejemplo) o que afecten a una categoría específica de personas (mujeres, niños, comunidades indígenas, entre muchos otros): véase estado oficial de ratificación. Es de notar que Nicaragua acumula desde varios años un atraso significativo con relación a la presentación de informes del Estado a varios comités u órganos de supervisión de Naciones Unidas en materia de derechos humanos, así como a solicitudes de mecanismos no convencionales que han emitido recordatorios sin mayor éxito para visitar Nicaragua (véase listado oficial): una señal inequívoca, a la que lamentablemente, muy pocos fuera de Nicaragua, le han prestado la debida atención.
Por el momento, la máxima instancia en derechos humanos dentro de Naciones Unidas como lo es el Consejo de Derechos Humanos, compuesto por 47 Estados (véase listado oficial de miembros) no ha adoptado ninguna decisión sobre la situación en Nicaragua. Por parte de América Latina, lo integran Brasil, Chile, Cuba, Ecuador, México, Panamá y Perú y Venezuela.
Presión diplomática internacional y derecho internacional: dos ámbitos distintos con reglas propias
Ante la coyuntura actual que se vive en Nicaragua y las reacciones suscitadas en el plano internacional, es importante distinguir el ámbito político de lo jurídico. La presión diplomática que ejercen Estados y organizaciones internacionales mediante comunicados intenta poner un freno a la violencia en Nicaragua. A su vez, el sistema interamericano activado monitorea desde fuera pero también a partir de dos entidades in situ, la situación desde la perspectiva de los derechos humanos.
La presión diplomática se ejerce según los usos que conocen bien los aparatos diplomáticos, salvo situaciones singulares que se pueden presentar de manera esporádica. Al respecto que, a pocos días de estallar la crisis política a mediados de abril del 2018 en Nicaragua, sus autoridades cursaron una nota de protesta, aduciendo una indebida injerencia de Costa Rica, al valorar uno de sus altos funcionarios la situación interna en Nicaragua (véase nota nuestra con texto del comunicado de Nicaragua del 20 de abril del 2018).
Como parte de la lectura peculiar que algunos hacen desde Costa Rica de la situación imperante en Nicaragua, un ex Presidente de Costa Rica sugirió este 18 de julio llevar al Presidente de Nicaragua ante la Corte Penal Internacional (CPI) (véase nota de prensa), sin percatarse (tal vez) que Nicaragua no es parte del Estatuto de Roma adoptado en 1998, instrumento que cumplió 20 años este 18 de julio (véase listado oficial de Estados Partes).
A modo de conclusión
Como bien es sabido, el derecho internacional público es una rama del derecho que intenta regular las relaciones entre varios Estados o resolver disputas entre varios Estados. En el caso de situaciones internas de violencia que no involucran a otros Estados, el accionar del derecho internacional es limitado, al menos a la fecha, a mecanismos de derechos humanos vigentes en virtud de instrumentos internacionales aceptados por el mismo Estado: el MESENI y la CIDH están documentando y monitoreando la situación en Nicaragua en el marco de las atribuciones que le corresponden acordadas con las autoridades de Nicaragua, mientras el GIEI busca con sus investigadores hacer una realidad el derecho a la verdad de las víctimas y de los familiares de las víctimas.
Los ofrecimientos que desde el exterior puedan hacer Estados y organizaciones internacionales para intermediar en una crisis política interna y para crear un clima propicio para resolverla son también recomendables, y por ello es que varios de los comunicados conjuntos precitados apuntan en esta precisa dirección.
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Texto completo del comunicado conjunto suscrito este 16 de julio del 2018 por Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay, difundido desde el sitio oficial de la diplomacia de Argentina (la versión en portugués está disponible en este enlace del sitio del Palacio del Itamaraty en Brasil).
Declaración Especial sobre la situación en la República de Nicaragua lunes 16 de julio de 2018
Los Gobiernos de la República Argentina, República Federativa de Brasil, República de Chile, República de Colombia, República de Costa Rica, República del Ecuador, República de Guatemala, República de Honduras, México, República de Panamá, República del Paraguay, República del Perú y República Oriental del Uruguay, ante la situación en la República de Nicaragua:
Expresan su preocupación por la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales y su más firme condena a los graves y reiterados hechos de violencia que se vienen produciendo en Nicaragua y que han provocado hasta la fecha la lamentable pérdida de más de 300 vidas humanas y centenares de heridos; la represión y violencia contra estudiantes y miembros de la sociedad civil, así como la tardanza en brindar asistencia médica urgente a los heridos.
Exigen el cese inmediato a los actos de violencia, intimidación y amenazas dirigidas a la sociedad nicaragüense; y el desmantelamiento de los grupos paramilitares
Instan a reactivar el diálogo nacional en Nicaragua, dentro de un clima de respeto a las libertades fundamentales, que involucre a todas las Partes para generar soluciones pacíficas y sostenibles a la situación que se vive en Nicaragua y el fortalecimiento de la democracia, los Derechos Humanos y el Estado de derecho en ese país;
Apoyan a la Conferencia Episcopal de Nicaragua para que continúe sus trabajos en pro de la búsqueda y promoción de soluciones del conflicto y en el respeto de los derechos humanos de los nicaragüenses;
Agradecen a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por las visitas realizada a Nicaragua para investigar los sucesos e instan al gobierno de Nicaragua a cumplir con las 15 recomendaciones formuladas; y a colaborar con el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI);
Hacen un llamado al Gobierno de Nicaragua y otros actores sociales para que demuestren su compromiso y participen constructivamente en negociaciones pacíficas con resultados concretos que aborden los desafíos fundamentales del país, de forma pacífica, incluido el fortalecimiento de las instituciones democráticas, la implementación de las recomendaciones de la Misión de Observación Electoral de la OEA y la celebración de elecciones libres, justas y oportunas, en un ambiente libre de miedo, intimidación, amenazas o violencia.
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).