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ANEP: COMBO FISCAL-LEY 9635: MILES A LA EXPECTATIVA SOBRE CRUCIALES FALLOS CONSTITUCIONALES

  • Institucionalidad republicana ante la más grande prueba desde 1949
  • Poder Judicial, U públicas y municipalidades confrontadas con el “gendarme financiero”: la Contraloría
  • ¿Se cree la Contraloría un tribunal constitucional paralelo; o, tiene una coordinación política con éste en la sombra?

Hace ya 9 meses de que la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), presentó en Sala IV una Acción de Inconstitucionalidad contra los contenidos más estratégico-esenciales de la denominada Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, No. 9635, popularmente conocida como combo fiscal.

Concretamente, se presentó el pasado 22 de marzo y se centró en dos ámbitos: el cuestionamiento profundo de que dicha legislación violentó las autonomías institucionales de rango constitucional establecidas en la Carta Magna del 7 de noviembre de 1949; por parte de las diputaciones actuales de signo ideológico-neoliberal (que son mayoría cuantitativa en la actual Asamblea Legislativa), ocurriendo así una derogatoria de facto de las estipulaciones en la materia de la actual Constitución Política, en primer lugar.

Aquí resaltamos los sensibles casos de las autonomías constitucionales violentadas del Poder Judicial, de las cinco universidades públicas, del régimen municipal, de la Caja, del ICE, del INS (entre otras).

En segundo lugar, una violentación abusiva y una no menos derogatoria constitucional de facto con relación a situaciones jurídicas consolidadas, afectando derechos sociolaborales y económico-reivindicativos de todas aquellas personas trabajadoras asalariadas de todo el sector público costarricense, con fecha de ingreso a labores anteriores al 4 de diciembre de 2018.

Es criterio de los especialistas de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ) de la ANEP, a cargo de la elaboración y presentación de la mencionada acción de inconstitucionalidad, que ninguna de estas personas asalariadas estatales debió recibir ni un centavo de rebaja en su remuneración, ni tampoco variación alguna en el método de cálculo-composición de las mismas.

A poco más de un año de la aprobación-imposición de, podríamos afirmar, la más detestada legislación aprobada desde la fundación de la Segunda República, en 1949, ni el Poder Judicial ni las universidades públicas están aplicando los contenidos abusivos de la ley 9635; y, por tanto, están en espera de que desde la misma Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia surja la reparación del más grave daño sufrido por la carta magna desde dicho año, 1949.

A nivel de la propia institucionalidad republicana afectada por la arbitraria legislación, se han presentado diversas acciones de inconstitucionalidad contra la misma, resaltando los casos de las universidades públicas y de diversas alcaldías municipales, encabezadas éstas por la de Alajuela, que fue la primera en salir a defender la autonomía constitucional del régimen municipal.

En el caso del Poder Judicial, los propios magistrados definieron, desde marzo anterior, que las nuevas regulaciones en materia de salarios para su propio personal definidas en la indicada y cuestionada ley, solamente aplicarían para el personal de ingreso con posterioridad al 4 de diciembre de 2018; precisamente la tesis de ANEP en la acción de inconstitucionalidad que está tramitándose en la Sala IV.

Ahora resulta que para el año 2020, la Contraloría General de la República (CGR), cual “gendarme financiero” del bloque neoliberal en el poder, decide pasarle por encima a la propia institucionalidad republicana que, aunque maltrecha, todavía está vigente, al ordenarle al Poder Judicial imponerle a su personal con fecha de ingreso anterior al 4 de diciembre de 2918, regulaciones salariales que, precisamente, están cuestionadas en sede constitucional (como lo plantea la acción de la ANEP), por una parte.

Por otra, rechaza a las universidades públicas el presupuesto por éstas presentado para el 2020, debido, precisamente, a las acciones inconstitucionalidades pendientes de resolución definitiva sobre su naturaleza independiente a partir del rango autonómico constitucional que tienen.

Algo gravísimo puede estar pasando que no podemos dejar de mencionar. Una de

dos. O la Contraloría General de la República (CGR), sabe ya, anticipadamente, cómo será la resolución final de lo que tiene en sus manos la Sala Cuarta en los dos ámbitos de escrutinio constitucional en desarrollo, lo cual la ha envalentonado como para rechazar las aprobaciones presupuestarias del Poder Judicial y de las universidades públicas para el 2020, ejerciendo ese repudiable rol de “gendarme financiero”.

O, más grave aún, el ente contralor asume el rol de tribunal constitucional de facto, presionándole indebidamente, acrecentando así la sensación de miles de personas de que la democracia autoritaria actualmente instaurándose en el país, solamente nos augura tiempos tormentosos de imprevisibles tempestades sociales.

Finalmente, nos preguntamos: ¿Se cree la Contraloría un tribunal constitucional paralelo?; ¿o, tendrá una coordinación política con éste en la sombra?…

 

San José, domingo 22 de diciembre de 2019.

Albino Vargas Barrantes

Secretario General

Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP)

 

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La UCR inicia el 2020 con el mismo presupuesto del año pasado

  • Esta situación no afecta la actividad normal de la Universidad

Los presupuestos de las universidades estatales presentados a la CGR cumplen con la regla fiscal. Foto: Karla Richmond.

Luego de que la Contraloría General de la República (CGR) archivó sin trámite el presupuesto ordinario del 2020 establecido para las universidades públicas, la Universidad de Costa Rica inicia el año con los mismos recursos asignados en el 2019.

Esta situación no afectará el desempeño de la docencia, la acción social, la investigación, las becas o los salarios, según señaló el Dr. Henning Jensen Pennington, rector de la UCR.

No obstante, al no aprobarse aún la ejecución del incremento del FEES 2020, no se podrán hacer efectivos los pagos relacionados con el ajuste salarial por reconocimiento de incremento en el costo de vida, anualidad u otros similares. Estos rubros se pagarán de forma retroactiva el 1.º de enero del presente año, en el momento en que la CGR apruebe el presupuesto extraordinario. El pago de planillas se realizará de forma normal, en las fechas establecidas previamente.

Las oficinas de Administración Financiera (OAF) y Planificación Universitaria (Oplau) se encuentran trabajando de manera coordinada con el propósito de evitar inconvenientes en el desarrollo de las actividades sustantivas, así como poder dar trámite y concretar un presupuesto inicial para la ejecución de este año, el cual debe ser conocido por el Consejo Universitario e incluido en el Sistema Integrado de Presupuestos Públicos en un plazo de 20 días hábiles.

De igual manera, la UCR presentará a la brevedad posible el presupuesto extraordinario en el que se incluirán los recursos que ajusten lo establecido para el año 2020.

Cabe señalar que los presupuestos de las universidades estatales presentados a la CGR cumplen con la regla fiscal, lo cual podía ser verificado sin ningún problema por el ente contralor.

Debemos recordar, enfatizó el rector Jensen, que, al dar curso a la acción de inconstitucionalidad presentada por el Consejo Nacional de Rectores (Conare) contra algunos aspectos de la Ley 9635, la Sala Constitucional ordenó a las instancias correspondientes, entre ellas la Contraloría General de la República, abstenerse de dictar una resolución final sobre lo impugnado.

 

Andrea Marín Castro

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Saldar la deuda histórica con los pueblos originarios

DECLARATORIA DE BORUCA

12 Octubre 2019

El saldar la deuda histórica con las naciones originarias que quedaron dentro del Estado Nación de Costa Rica es, sin duda, una política de reivindicación cultural e histórica que este Estado tiene con nuestras naciones originarias y sus 24 pueblos.

El Estado nacional de Costa Rica, mediante una reforma parcial al artículo 1ºde la Constitución; se declaró ser una “República democrática, libre, independiente, multiétnica y pluricultural” (24 de agosto del 2015). Sin embargo, aún, el artículo 75 establece que: “La religión católica, apostólica y romana, es la del Estado, el cual contribuye a su mantenimiento, sin impedir el libre ejercicio en la República de otros cultos que no se opongan a la moral universal ni a las buenas costumbres”. Lo que provoca una gran contradicción con el artículo 1º. Es decir, la República de Costa Rica es multiétnica y pluricultural, no multireligiosa o plurireligiosa. Por lo tanto, se deberá modificar el artículo 75 de la Constitución.

Debemos reflexionar que los Estados multiétnicos y pluriculturales se definieron en los años noventa en América Latina y desde el siglo XVIII, en otras partes del mundo, es decir, que llevamos más tres siglos de retraso. Por lo tanto, se deben modificar el art 1º y el 75º, en virtud de reconocer las naciones originarias, las cuales estuvieron antes que la invención del Estado Nación de Costa Rica. Por lo tanto, el artículo primero deberá decir: “República democrática, libre, independiente, multilingüe, multiétnica, pluricultural y plurinacional”. Según lo estipula la Declaratoria de Matambú del 21 de octubre del 2018.

Retomando el reconocimiento de naciones originarias que forman parte del Estado de Costa Rica, deberemos establecer relaciones de iguales con las 8 naciones compuestas por 24 pueblos originarios.

  1. Nación Bribrí, compuesta por los pueblos: Salitre, Cabagra, Talamanca Bribrí, Kekoldi-Cocles.
  2. Nación Brunca o Boruca, compuesta por el pueblo Boruca y Rey Curré
  3. Nación Cabécar, compuesta por los pueblos: Alto Chirripó, Ujarrás, Tayni, Talamanca Cabécar, Telire, Bajo Chirripó, Nairi Awari, China Kichá,
  4. Nación Chorotega, compuesta por el pueblo de Matambú, Matambuguito, Barrio Guanacaste, Hondores
  5. Nación Huetar, compuesta por los pueblos: Zapatón, Quitirrisí,
  6. Nación Maleku o Guatuso, pueblo Guatuso
  7. Nación Ngäbe Bukle: pueblos Abrojo –Montezuma, Osa, Conte Burica, Coto Brus y Ngäbe de Altos de San Antonio.
  8. Nación Teribe Térraba, pueblo Teribe.

Al reconocerse estás naciones originarias y al ser un Estado pluricultural y plurinacional, debemos ampliar los escaños en la Asamblea Legislativa. Por consiguiente, crear ocho curules más los cuales serán reservados para un representante de cada Nación Originaria. Estas naciones se organizarán y sólo ellos podrán elegir a sus representantes en la Asamblea Legislativa. Es decir, cada nación elegirá un representante de su nación para ejercer el cargo de diputado según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

De lo anterior se desprende que, debemos realizar un referendo donde el Estado Nación apoye esta propuesta y se establezcan esos ocho puestos exclusivos para las Naciones Originarias de la República Plurinacional de Costa Rica, estas eligen mediante sus tradiciones, costumbres y organización autónoma por cada nación originaria a un diputado. Por consiguiente, el referendo incluye las modificaciones a los artículos 1, 75, 76, 93,95, 98, 102, 106 y 108 de la Constitución de la República de Costa Rica, los cuales deberán decir los siguientes:

TITULO I LA REPUBLICA, CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 1: Costa Rica es una República democrática, libre, independiente, multiétnica pluricultural y plurinacional.

TITULO VI, LA RELIGIÓN, CAPÍTULO ÚNICO

Artículo 75: El Estado Plurinacional de Costa Rica, es un Estado laico, que garantiza el libre ejercicio en la república de diferentes denominaciones religiosas, cultos, cosmovisiones y concepciones del mundo, el universo y la creación, promoviendo la tolerancia, la igualdad y fraternidad entre sus habitantes.

TITULO VII, LA EDUCACION Y LA CULTURA, CAPÍTULO UNICO,

Artículo 76: El Bribri, Boruca, Cabécar, Español, Huetar, Inglés afro-caribeño, Maleku, Mangue, Ngäbe y Teribe son los idiomas oficiales del Estado Plurinacional de Costa Rica.

TITULO VIII, DERECHOS Y DEBERES POLITICOS, CAPÍTULO II EL SUFRAGIO.

Artículo 93: el sufragio es función civil primordial y obligatoria y se ejercerá ante las Juntas Electorales en votación directa y secreta, por los ciudadanos inscritos en el Registro Civil. Artículo 95: La ley regulará el ejercicio del sufragio de acuerdo con los siguientes principios:

  1. Autonomía de la función electoral;
  2. Obligación del Estado de inscribir, de oficio, a los ciudadanos en el Registro Civil y de proveerles de cédula de identidad para ejercer el sufragio;
  3. Garantías efectivas de libertad, orden, pureza e imparcialidad por parte de las autoridades gubernamentales;
  4. Garantías de que el sistema para emitir el sufragio les facilita a los ciudadanos el ejercicio de ese derecho;
  5. Identificación del elector por medio de cedula con fotografía u otro medio técnico adecuado dispuesto por la ley para tal efecto;
  6. Garantías de representación para las minorías;
  7. Garantías del pluralismo político;
  8. Garantías para la designación de autoridades y candidatos de los partidos políticos, según los principios democráticos y sin discriminación por género
  9. Garantías para que las Naciones originarias ejerzan sus procesos de designación de autoridades y diputados según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

Artículo 98: Los ciudadanos tendrán el derecho de agruparse en partidos para invertir en la política nacional, siempre que los partidos se comprometan en sus programas a respetar el orden constitucional de la República. En el caso de la Naciones Originarias, estas elegirán a sus diputados según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

Los partidos políticos expresarán el pluralismo político, concurrirán a la formación y manifestación de la voluntad popular y serán instrumentos fundamentales para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad; serán libres dentro del respeto de la Constitución y la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

CAPITULO III, EL TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES.

Artículo 102: el Tribunal Supremo de Elecciones tiene las siguientes funciones:

1) Convocar a elecciones populares;

2) Nombrar los miembros de las Juntas Electorales, de acuerdo con la ley;

3) Interpretar en forma exclusiva y obligatoria las disposiciones constitucionales y legales referentes a la materia electoral;

4) Conocer en alzada de las resoluciones apelables que dicte el Registro Civil y las Juntas Electorales;

5) Investigar por sí o por medio de delegados, y pronunciarse con respecto a toda denuncia formulada por los partidos sobre parcialidad política de los servidores del Estado en el ejercicio de sus cargos, o sobre actividades políticas de funcionarios a quienes les esté prohibido ejercerlas. La declaratoria de culpabilidad que pronuncia el Tribunal será causa obligatoria de destitución e incapacitará al culpable para ejercer cargos públicos por un período no menor de dos años, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieren exigirle. No obstante, si la investigación practicada contiene cargos contra el Presidente de la República, Ministros de Gobierno, Ministros Diplomáticos, Contralor y Subcontralor Generales de la República, o Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el

Tribunal se concretará a dar cuenta a la Asamblea Legislativa del resultado de la investigación;

6) Dictar, con respecto a la Fuerza Pública, las medidas pertinentes para que los procesos electorales se desarrollen en condiciones de garantía y libertad irrestrictas. En caso de que esté decretado el reclutamiento militar, podrá igualmente el Tribunal dictará las medidas adecuadas para que no se estorbe el proceso electoral, a fin de que todos los ciudadanos puedan emitir libremente su voto. Estas medidas las hará cumplir el Tribunal por sí o por medio de los delegados que designe;

7) Efectuar el escrutinio definitivo de los sufragios emitidos en las elecciones del Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados a la Asamblea Legislativa, miembros de las Municipalidades y Representantes a Asambleas Constituyentes;

8) Hacer la declaratoria definitiva de la elección de Presidente y vicepresidentes de la República, dentro de los treinta día siguientes a la fecha de la votación y en el plazo que la ley determine, la de los otros funcionarios citados en el inciso anterior;

  1. Organizar, dirigir, fiscalizar, escrutar y declarar los resultados de los procesos de referéndum. No podrá convocarse a más de un referéndum al año; tampoco durante los seis meses anteriores ni posteriores a la elección presidencial. Los resultados serán vinculantes para el Estado si participa, al menos, el treinta por ciento (30%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral, para la legislación ordinaria, y el cuarenta por ciento (40%) como mínimo, para las reformas parciales de la Constitución y los asuntos que requieran aprobación legislativa por mayoría calificada.
  2. Acompañar y ser observadores de los procesos que se realizarán en la Naciones Originarias para elegir sus autoridades y la elección del diputado de cada Nación Originaria ante la Asamblea Legislativa.
  3. Certificar los procesos de cada una de las naciones originarias donde se escogió mediante las tradiciones, costumbre y su forma organizativa autónoma el diputado de la Nación Originaria respectiva, juramentarlo y acreditarlo.

TITULO IX EL PODER LEGISLATIVO, CAPÍTULO I ORGANIZACIÓN DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

Artículo 106.- Cincuenta y siete diputados serán electos por provincias. Ocho diputados serán electos, uno por cada Nación Originaria que se escogerá según sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

La Asamblea se compone de sesenta y cinco Diputados. Cada vez que se realice un censo general de población, el Tribunal Supremo de Elecciones asignará a las provincias las diputaciones, en proporción a la población de cada una de ellas. Las ocho naciones originarias contarán con un diputado por cada nación que se elige según las tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

Artículo 108-A: Para ser diputado por Naciones Originarias, se requiere,

1) Ser ciudadano en ejercicio;

2) Ser costarricense por nacimiento,

3) Autoidentificarse como miembro de una Nación Originaria y ser reconocido, así como aprobado su reconocimiento por la Nación Originaria, de acuerdo con sus tradiciones, costumbres y forma organizativa autónoma.

4) Haber cumplido veintiún años de edad.

Artículo 108 B Para ocupar una de las 57 diputaciones por provincia se requiere:

1) Ser ciudadano en ejercicio;

2) Ser costarricense por nacimiento, o por naturalización con diez años de residencia en el país después de haber obtenido la nacionalidad;

3) Haber cumplido veintiún años de edad.

Acuerdo tomado el día 12 de octubre del 2019, por el Consejo de Naciones Originarias Madre Tierra, en el Territorio de la Nación Originaria Boruca.

 

Imagen ilustrativa de la UCR.

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Llaman a la acción ante proceso judicial a estudiantes en lucha

El Colectivo Derecho a la Protesta Social pedimos su solidaridad y hacemos un llamado urgente a la acción, ante la situación que enfrentan 4 personas estudiantes en el Juzgado Penal de Flagrancia acusadas y acusados por la Fiscalía por el delito de Obstrucción a la Vía Pública.

Consideramos que se trata de un juicio político porque estas personas no cometieron delito alguno, los-as 4 estudiantes fueron detenidos en la manifestación del pasado 21 de noviembre de 2019 en el cruce de Santiaguito de San Ramón en Occidente, donde protestaban en el marco de la aprobación del presupuesto nacional por parte del Gobierno, que incluye afectaciones al presupuesto de las universidades públicas y de servicios sociales.

Se manifestaban en defensa de la autonomía universitaria y del presupuesto de la educación superior para los sectores populares.

Fueron detenidos y luego demandados por la Fuerza Pública y puestos en un procedimiento judicial expedito. El viernes 13 de diciembre tuvieron su primera audiencia, cerca de las 11 de la noche y a pesar de los esfuerzos de su Defensa, la jueza resolvió continuar el proceso judicial por vía rápida.

Las personas estudiantes han insistido en que no incurrieron en ningún delito, en ningún momento; únicamente ejercieron su derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión y realizaron una acción que fue totalmente pacífica, no violenta y que no representó en ningún momento perjuicio ni daño a ninguna persona, ni perjudicó a los vehículos que transitaban en esa zona porque siempre se mantuvo un paso regulado.

La Fuerza Pública actuó en contra los-as estudiantes de forma injustificada y desmedida, utilizando gases lacrimógenos y dando persecución, cuando la manifestación estaba retirándose de forma pacífica.

Consideramos que estos abusos de poder por parte de los cuerpos policiales representan una amenaza a la democracia, la libertad de expresión, libertad de reunión y al derecho a la protesta y a la comunicación.

En este momento, diversas organizaciones sociales, denunciamos que estamos frente a un juicio político que claramente busca criminalizar el legítimo derecho a la protesta de estas personas al acusarlas penalmente. Este juicio es un acto de violencia que presenta ante la opinión pública a estas personas como si fuesen delincuentes para que sirva de ejemplo hacia la población procurando que no se manifieste ni proteste por temor a las represalias.

Por tanto exigimos a la Fiscalía General de la República revise la acusación contra las 4 personas acusadas por la misma pues no se verificó que las personas manifestantes acusados estuvieron cometiendo ningún acto violento contra la Policía.

Por esto un grupo de personas nos trasladaremos desde San José a San Ramón para realizar un Pasacalles por la ciudad de San Ramón, saliendo de la Sede de Occidente de la UCR a las 6 p.m., para luego unirnos al plantón frente a los Tribunales de Justicia de San Ramón a las 7 p.m. convocado por la Asociación de Estudiantes de la Sede de Occidente de la UCR y la Asamblea General Autónoma de la Sede de Occidente.

Al mismo tiempo hacemos un llamado urgente a la opinión pública nacional e internacional para que se pronuncie sobre este y otros casos que en este momento existen de criminalización de la protesta social en Costa Rica enviando cartas y pronunciamientos a:

Lic. Emilia Navas Aparicio, jefa del Ministerio Público. Fiscal General de la República.

Correo electrónico: fgeneral@poder-judicial.go.cr

Fax: 2256-3503.

Con copia a:

Presidente Carlos Alvarado Quesada, Presidencia de la República.

Correo electrónico: despachopresidente@presidencia.go.cr

Fax: 2253-9078.

Felly Salas Hernández, directora de despacho: emilio.robles@presidencia.go.cr

Allan Solís Fonseca, asistente personal: allan.solis@presidencia.go.cr

Con copia a:

PhD. Catalina Crespo Sancho, Defensora de los Habitantes

Correo electrónico: despachodhr@dhr.go.cr

Fax: 4000-8700

Con copia a:

Relator Edison Lanza, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión

Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA

Correo electrónico: cidhexpresion@oas.org

Por favor copiar sus cartas a criminalizacionprotestasocial@gmail.com para tener registro de sus muestras de solidaridad.

El Colectivo Derecho a la Protesta Social comparte el siguiente comunicado estudiantil:

Asociación de Estudiantes de la Sede de Occidente de la UCR y

Asamblea General Autónoma de la Sede de Occidente

COMUNICADO DE PRENSA

Estudiantes criminalizados por manifestarse tendrán que ir a juicio el 30 de diciembre de 2019.

San Ramón, Alajuela (viernes 20 de diciembre, 2019). – Los 4 estudiantes de la Universidad de Costa Rica (UCR) criminalizados por el sistema por manifestarse en defensa de la autonomía universitaria y del presupuesto de la educación superior para los sectores populares tendrán que presentarse a juicio el lunes 30 de diciembre a las 7 de la noche en los Tribunales de San Ramón.

El pasado jueves 19 de diciembre en la noche, los estudiantes tuvieron la audiencia preliminar oral y pública en los Tribunales de San Ramón.

La Fiscalía presentó su acusación y los estudiantes presentaron su defensa. Después de escuchar a ambas partes, el juez resolvió que los estudiantes deben ir a juicio por cargos de obstrucción de la vía pública y ese día presentarán sus testigos, declaraciones y argumentos de defensa.

Los estudiantes y el movimiento estudiantil esperan todo el apoyo del movimiento social porque este juicio es un precedente para que no se siga criminalizando la protesta social en el país.

Asimismo, en el marco de esta acción de defensa, el miércoles 18 de diciembre los 4 estudiantes interpusieron una acción de inconstitucionalidad que impugna el artículo 256 bis del Código Penal, que califica como delito “impedir, obstaculizar o dificultar” el tránsito en vías públicas. Esperamos que siente un precedente importante en cuanto al derecho a manifestarse y el derecho a la libertad de expresión para todas las personas de este país.

Los 4 estudiantes fueron detenidos en la manifestación del pasado 21 de noviembre en el cruce de Santiaguito de San Ramón, donde protestaban por la aprobación de un presupuesto nacional por parte del Gobierno, que incluye afectaciones al presupuesto de las universidades públicas y de servicios sociales.

Fueron demandados por la Fuerza Pública y puestos en un procedimiento judicial expedito. El viernes 13 de diciembre tuvieron su primera audiencia, cerca de las 11 de la noche y a pesar de sus esfuerzos, la jueza resolvió continuar el proceso judicial por vía rápida.

Los estudiantes han insistido en que incurrieron en ningún delito en ningún momento; únicamente ejercieron su derecho a la libertad de expresión y a la libertad de reunión y realizaron una acción que fue totalmente pacífica, no violenta y que no representó en ningún momento perjuicio ni daño a ninguna persona, ni perjudicó a los vehículos que transitaban en esa zona porque siempre se mantuvo un paso regulado.

Ese mismo 21 de noviembre fueron detenidos 7 estudiantes frente a la Facultad de Derecho de la UCR en San José por manifestarse con las mismas causas.

Desde el movimiento estudiantil de Occidente, denunciamos el accionar de la Policía de Tránsito y la Fuerza Pública durante los hechos de represión y detención arbitraria de las y los estudiantes.

Hacemos de conocimiento público que la Fuerza Pública actuó en contra los estudiantes de forma injustificada y desmedida, utilizando gases lacrimógenos y dando persecución cuando la manifestación estaba retirándose de forma pacífica. Consideramos que estos abusos de poder por parte de los cuerpos policiales, representan una amenaza a la democracia, la libertad de expresión, libertad de reunión y al derecho a la protesta y a la comunicación.

Exigimos al Poder Ejecutivo, al Poder Judicial, los medios de comunicación y a la sociedad civil de este país, que se detenga la criminalización de la protesta social y que no se dejen manipular. Nuestra causa es por la defensa de los derechos humanos, la autonomía universitaria y el presupuesto de la educación superior para los sectores populares, que somos los que hemos terminado pisoteados y amedrentados por estas políticas que se nos imponen.

Más información:

Lic. Edgardo Araya Sibaja

(+506) 87049502

Información enviada a SURCOS por Colectivo Derecho a la Protesta Social.

Solicitan que detengan maquillajes en estudios actuariales del SEM-CCSS

El investigador y experto en estudios actuariales, máster Rodrigo Arias López envió una carta a la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social en la cual solicita que se “detengan los maquillajes en ‘estudios actuariales’ del SEM” o Seguro de Enfermedad y Maternidad. El documento tiene fecha del 16 de diciembre de 2019.

Asimismo, “que se ordene el cumplimiento de los artículos 32 siguientes y concordantes de la Ley 17 y procedan a cobrar al Estado las cuotas que ordenan las leyes N° 17, N° 5905, N° 5349 y N° 7374”.

En su nota Rodrigo Arias López dice:

“Por este medio, como ciudadano y asegurado cotizante activo de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), muy respetuosamente me dirijo a esa Junta Directiva para solicitarle lo que se indica en el asunto, conforme las funciones y obligaciones que le confieren a esa Junta Directiva el artículo 14 de la Ley Constitutiva de la CCSS.

Primero. Solicito a esa Junta Directiva detener el maquillaje en los estudios actuariales del seguro de salud, trasladar esa función actuarial al Departamento Actuarial de la Dirección Actuarial y Económica y ordenar que se realice un nuevo estudio actuarial conforme el artículo 42 de la Ley 17.

Esta solicitud la fundamento en las siguientes graves falencias técnicas y jurídicas que contiene la “Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017” (EST-0007-2019) de Agosto, 2019, elaborada por Carolina González Gaitán, Actuaria, Evelyn Guzmán Solano, Actuaria, revisada y firmada digitalmente por Luis Guillermo López Vargas, Director.

  1. A) Incorrecta selección de las hipótesis de crecimiento de los gastos
  2. B) Ausencia de proyección de las reservas del seguro
  3. C) Tarifas del Cuadro N° 51 erróneas
  4. D) En el informe no se incluyen los ingresos según condición de aseguramiento

Segundo: Solicito a esa Junta Directiva proceder a cobrar al Estado lo que ordenan las () leyes.

Tercero. Solicito a esa Junta Directiva proceder de conformidad a lo ordenado por los artículos 32, 42 y 43 de la Ley 17; es decir, determinar la forma como se divide la prima de 25,16% sobre los salarios que la CCSS recauda de acuerdo con la Ley N° 17, en el caso de los trabajadores asalariados. De conformidad con el Cuadro 51 actualizado conforme a lo solicitado en el punto Primero de esta nota, la tarifa que resulte para el caso de los asalariados es la parte que le corresponde al Régimen de Reparto (seguro de salud) y el remanente le pertenece al Régimen de Capitalización (Seguro de Invalidez Vejez y Muerte).

En el siguiente enlace puede descargar el documento completo con todo el análisis técnico y documental realizado por el experto en temas actuariales Rodrigo Arias López:

En otro documento fechado 8 de agosto de 2018 y dirigido al Dr. Román Macaya Hayes, presidente ejecutivo de la Caja Costarricense de Seguro Social, el máster Arias López se refiere “al uso de los fondos y reservas de los seguros sociales para otros fines y a las obligaciones del Estado como tal con el Seguro de Salud (SEM) según la normativa vigente”.

En este amplio documento el analista expone la forma como se incumple lo establecido en la Constitución Política, así como en la normativa nacional en relación con el Seguro de Salud. Por ello, en su petitoria señala:

“Dado que tales actuaciones de la CCSS resultan a todas luces inconstitucionales, conforme a los artículos 27 y 30 de la Constitución Política, solicito a ese Despacho lo siguiente:

1) Dar respuesta a mi solicitud de fecha 24 de mayo de 2018, puntos de a) a k) antes transcritos.

2) Ordenar a la administración activa de la CCSS proceder a cuantificar y a cobrar al Estado el 100% de los aportes y costos que le corresponden por diversas leyes en cada modalidad de aseguramiento del seguro de salud, incluyendo los gastos de la atención médica a no asegurados y los incurridos por la aplicación de los artículos 7 y 8 de la Ley 7374.

3) Reducir gradualmente la cuota del 15% sobre los salarios del seguro de salud de los trabajadores asalariados al nivel técnico y legal que corresponde y trasladar dicha reducción al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte”.

Puede consultar el documento completo en este enlace:

Finalmente, el experto en temas actuariales Rodrigo Arias López, remitió una carta al presidente ejecutivo de la CCSS el 4 de octubre de 2019 en la cual indica:

Dado que a la fecha no cuento con una respuesta sobre lo resuelto por su despacho con relación a mi oficio del 8 de Agosto de 2018, con relación “al uso de los fondos y reservas de los seguros sociales para otros fines y a las obligaciones del Estado con el Seguro de Salud”, la cual fue trasladado por su Despacho para su atención a la Dirección Actuarial por medio del oficio PE-2425-2018 del 21 de Agosto del 2018, solicito respetuosamente trasladar a la Junta Directiva mi solicitud, junto con el expediente completo que contiene las adiciones realizadas por el suscrito.

Esta solicitud es conforme al artículo 27 y 30 de la Constitución Política.

Voz experta UCR: El Índice de Desarrollo Humano (IDH) y la posición 68 de Costa Rica puesta en perspectiva

Por Nicolas Boeglin Naumovic Profesor de Derecho Internacional Público Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica UCR

Ampliamente publicitado, el pasado lunes 9 de diciembre, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) presentó su medición anual al entregar su informe sobre el Índice de Desarrollo Humano (IDH) a nivel mundial (véase informe 2019 en español), ubicando a Costa Rica para el 2018 en la posición 68. Como bien se sabe, el IDH es un indicador internacional elaborado por Naciones Unidas que clasifica a los Estados cada cierto tiempo, según una metodología validada desde 1995.

Bastante menos publicitado, la posición 68 que ostenta a nivel mundial Costa Rica en el 2019 corresponde a la misma posición que ocupaba en el 2013 (véase informe del PNUD del 2013, p. 17).

Prácticamente imperceptible en los diversos artículos y análisis sobre esta noticia, con respecto a la última medición del IDH, Costa Rica pierde cinco lugares en materia de desarrollo humano en este 2019 con respecto a la medición del 2018.

Costa Rica: cinco escaños perdidos

En México, la pérdida de dos escaños es considerado lo suficientemente importante para dar lugar a un titular de prensa en un influyente medio digital (véase nota de prensa del medio Aristegi Noticias del 10.12.2019); de igual forma en el caso de Nicaragua (véase nota de prensa); al tiempo que en Argentina, el mantenimiento en el mismo lugar también se considera de cierto interés (véase nota de prensa del medio MDZ del 9.12.2019).

En Costa Rica, salvo error de nuestra parte, pocos analistas hicieron ver esta caída que debe interesar a muchos sectores: en el 2018, fecha de la última medición, Costa Rica ostentaba la posición 63 a nivel mundial (véase informe del 2018, tabla en página 23), mientras que con esta nueva medición, Costa Rica se sitúa en el puesto 68 (véase precitado informe del 2019, tabla en página 26).

TABLA SOBRE ÍNDICE DE DESARROLLO HUMANO (Costa Rica)

2003

Puesto 42 a nivel mundial


2004

Puesto 45 a nivel mundial

2005

47

2006

48

2007

48

2008

50

2009

54

2010

62

2011

69

2013

68

2015

69

2016

66

2018

63

2019

68

(Fuente hasta el año 2011: Informe Estado de la Nación / PNUD. Informe EdN, XVIII (2012), p. 363. Cabe señalar que en las últimas ediciones del Estado de la Nación, por alguna razón que desconocemos, ya no se incluye en sus listas de indicadores el IDH desarrollado por el PNUD como tal).

Perder cinco posiciones de un año a otro refleja evidentemente un notable deterioro, el cual debiera interpelar a muchos analistas y decisores políticos, así como a sectores académicos de esta misma Universidad.

Nótese que en el 2015, Costa Rica ostentaba la posición 69 (véase informe IDH 2015, tablero en p. 214). ¿Qué significa exactamente el encontrar a Costa Rica en el lugar 69? De manera a ayudar a nuestros estimables lectores poco familiarizados con estos rangos, es preciso señalar que el peor puesto obtenido por Costa Rica en su historia desde que existe esta medición del PNUD, es precisamente el puesto 69.

Esta desmejorada posición para el 2019 puede también ser comparada al IDH de Costa Rica en el año 2003, año en el que Costa Rica ostentaba la posición 42 a nivel mundial (véase informe IDH 2003, tabla de página 262).

Hay que tener en mente que desde el año 2006, el descenso de Costa Rica ha sido pronunciado en materia de desarrollo humano. En el 2011, Costa Rica cayó al puesto más bajo en su historia, el puesto 69, lo cual puede plantear algunas interrogantes sobre los efectos, en materia social, de la gestión de la administración del Presidente Oscar Arias Sánchez (2006-2010). Volvió exactamente al lugar 69 en el 2015 al concluir la administración de la Presidenta Laura Chinchilla Miranda (2010-2014).Al haberse mantenido en el 2019 con un IDH en la posición 68, las interrogantes persisten, al no haber logrado ninguna de las administraciones posteriores mejorar sustancialmente el IDH de Costa Rica, salvo el repunte logrado – de la posición 69 (2015) a la posición 63 (2018) -correspondiente a la administración del Presidente Luis Guillermo Solís Rivera (2014-2018).

La pobreza: una persistente variable sin incorporarse en el caso de Costa Rica

La curiosidad de algunos puede llevarnos a intentar conocer las diversas variables usadas por el PNUD para calcular el IDH. Al consultar la casilla específica correspondiente a Costa Rica (véase enlace del PNUD), se desglosa el IDH con los diversos valores numéricos usados para cada una de las variables: el único valor que no fue asignado en el 2018 fue el de pobreza, con un rubro que se mantiene con la indicación «n.a /not available».

¿Cómo explicar esta ausencia al contar Costa Rica con diversos estudios y diagnósticos que miden de forma muy precisa la pobreza en el país? Es una situación idéntica a la encontrada en el 2017 al publicarse el informe IDH 2016. Habíamos en efecto tenido la oportunidad en el 2017 de indicar que:

«Se ignora si la gran cantidad de estudios y diagnósticos sobre la pobreza realizados en Costa Rica por entidades estatales impide, por alguna razón, a los investigadores del PNUD cuantificar con algún valor numérico esta variable y se esperaría que, con ocasión de la próxima medición del IDH, sea plenamente integrada» (Nota 1).

Gráfico extraído de nota de prensa titulada «Cierto: Costa Rica es de los países más desiguales del mundo, según el Banco Mundial, Doblecheck, edición del 27.02.2019

Al persistir esta ausencia de valor numérico relativo a la pobreza, no nos queda más que mantener la misma interrogante (y expresar la misma sugerencia que la anteriormente manifestada), de forma tal que sea plenamente incorporado este valor en la próxima medición realizada por parte del PNUD.

El IDH en el resto de América Latina

Con relación a los demás Estados de América Latina, en este informe del IDH 2019 dado a conocer recientemente, Chile lidera la región (puesto 42, a comparar con el puesto 38 ostentado en el 2016), seguido por Argentina (48) y Uruguay (57). Perder de un año a otro cuatro escaños en materia de desarrollo humano es un indicador que posiblemente podría explicar algunas de las cosas que han ocurrido en Chile en los últimas semanas.

La medición IDH 2019 indica también que, justo antes de Costa Rica, se sitúa Panamá (67) y que después de Costa Rica, se registra a Cuba con la posición 72.

En los últimos puestos de esta medición a nivel mundial que realiza el PNUD, figuran por parte de América Latina, Nicaragua (126), Honduras (132) y Haití (169).

Si ahora consideramos a los vecinos directos de Costa Rica, es de notar el notable descenso de Panamá, pasando de la posición 60 en el 2016, 66 (2018) a la posición 67 (2019), al tiempo que Nicaragua desciende levemente del puesto 124 (registrado tanto en el 2016 como 2018) al puesto 126 (2019).

Con relación a la desigualdad social, calculada con base en otra medición internacional (el denominado «coeficiente Gini»), una región tan desigual como América Latina ha hecho esfuerzos significativos para reducirla en estos últimos años, con algunas excepciones, que incluyen a Costa Rica. Nos habíamos permitido escribir, en este mismo espacio noviembre del 2018, que:

«Es a partir del año 2007 que la desigualdad social en Costa Rica que mide el coeficiente Gini progresa de manera significativa.

La variación del coeficiente Gini en América Latina desde el 2002 hasta el 2016 en curva sostenidamente descendente se puede también apreciar en el gráfico I.5 (página 49) del Panorama Social de América Latina (2017) publicado por la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), y disponible aquí.

A notar tres progresiones significativas de un año a otro del coeficiente Gini en Costa Rica en los últimos 10 años (pocamente comentadas, estudiadas y/o analizadas), pasando de 0,507 (2010) a 0,515 (2011), luego de 0,515 (2012) a 0,522 (2013), y posteriormente de 0,516 (2015) a 0,521 (2016)» (Nota 2).Aunque ello signifique traer a colación promesas incumplidas, cabe recordar que en su Plan Nacional de Desarrollo, presentado en el 2014, la administración del Presidente Luis Guillermo Solís Rivera (2014-2018) pretendía reducir en sus 4 años de gestión el coeficiente Gini de 0,516 (2014) a 0,4924 en el 2018 (véase Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018, p. 67). Al contrastar estos valores numéricos con las mediciones del coeficiente Gini brindadas por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC), se evidencia que el Gini se ha mantenido en Costa Rica, con la siguiente variación: 0,516 (2014 y 2015); 0,521 (2016); 0,514 (2017 y 2018 y 2019).

A modo de conclusión

Volviendo al IDH, los datos que arroja el PNUD en este cierre del 2019 permiten evidenciar el notable deterioro del clima social, de la calidad de vida, del tipo las oportunidades que ofrece Costa Rica a sus jóvenes, a habitantes de extensas zonas geográficas de su territorio, consecuencia lógica de advertencias tan sostenidas como recurrentes provenientes de diversos sectores académicos y de movimientos sociales de Costa Rica y del resto de América Latina, y que reaparecen en diversos instrumentos de medición en materia social.

Con respecto a estos últimos, resulta oportuno indicar que desde Costa Rica, en el 2013, una alianza entre una entidad como el INCAE Business School, en asociación con las universidades Oxford y de Harvard (con el generoso apoyo de la Fundación Rockefeller, la Pratham Education Foundation, y la empresa Deloitte) propuso una nueva forma de medir el desarrollo social, con la creación del Indice de Progreso Social (véase nota del INCAE). Se puede consultar la plataforma del Social Progress Index en este enlace . No se ha podido conocer cuáles son las deficiencias detectadas en el IDH que elabora el PNUD por parte del INCAE y de sus socios anglosajones para proceder a crear una nueva metodología de medición, en la que, como era previsible, Costa Rica aparece en una posición privilegiada en América Latina.

De igual forma, el recientemente creado Índice de Felicidad (Happy Planet Index), otorga a Costa Rica una envidiable posición como uno de los países «más felices» del mundo.

Estas y algunas otras iniciativas de índole privado encuentran muchas veces mayor eco en los grandes medios de prensa y en la opinión pública, que la medición del IDH elaborada por el PNUD de Naciones Unidas; así como en algunos sectores, empecinados en defender las virtudes de lo que denominan el “modelo de desarrollo económico” fuertemente impulsado a partir de mediados de los años 2000.

Nota 1: Véase nuestra breve nota BOEGLIN N., “Índice de Desarrollo Humano 2016: Costa Rica en el puesto 66”, publicado en el sitio de Hablando Claro (Radio Columbia), y disponible en el siguiente enlace.

Nota 2: Véase nuestra nota BOEGLIN N., “Pobreza en Costa Rica entre el 2017 y el 2018, un nuevo incremento puesto en perspectiva”, Portal de Noticias de la Universidad de Costa Rica (UCR), sección Voz Experta, disponible en el siguiente enlace.

 

Nicolas Boeglin Naumovic

Profesor de Derecho Internacional Público Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica UCRProfesor de Derecho Internacional Público Facultad de Derecho Universidad de Costa Rica UCR

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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Concierto navideño con Dionisio Cabal, Carlos Mejía Godoy y Carlos Monge

Este jueves 19 de diciembre a las 8 p.m. se llevará a cabo el concierto con los mejores éxitos navideños de Dionisio Cabal, Carlos Mejía Godoy y Carlos Monge.

El concierto será en el salón Los Itabos, en San Antonio de Escazú.

Para más información y reservas a los teléfonos: 8994 4987 / 8884 3758 o directamente a Los Itabos: 8830 1493 / 2228 8914.

 

Enviado por Dionisio Cabal.

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La relación de la UCR con las comunidades indígenas del Chirripó ha sido un tema dominante

Relatoría de la segunda sesión del Foro Institucional 2019, Sede del Atlántico

La Sede cuenta con profesionales en educación bilingüe en lenguas cabécar y español

Esta síntesis recoge dos formas de intervención: una es la conformación del foro y la segunda se refiere a las intervenciones orales, así como a las preguntas atendidas.

1. La conformación del foro

La segunda sesión del Foro Institucional 2019 presentó la proyección lograda por la Universidad de Costa Rica en la región, por medio de la Sede del Atlántico. La docencia ha sido la actividad más destacada, sobre todo a través de las carreras conducentes a grados y posgrados. El trabajo se ha cifrado, entonces, en términos de graduados, quienes han promovido el desarrollo local, junto con una movilidad social importante. Esta proyección de la Universidad de Costa Rica no se ha agotado, por el contrario, sigue creciendo.

Sin embargo, la docencia no ha sido la única actividad de la Sede del Atlántico, pues a través de muchos de sus proyectos y actividades ha impactado a una mayor población, más allá de estudiantes recién egresados de la educación secundaria que tienen el objetivo de concluir una carrera universitaria.

Pues bien, la audiencia de este foro institucional recoge un esfuerzo que ha trascendido edades y géneros, así como distancias y lenguas. Su presencia a lo largo del día ha mencionado la relevancia que la Sede del Atlántico ha tenido para ellos y ellas, y también, cómo se ha consolidado una mayor extensión del quehacer universitario en la región. En el foro, no solamente se escucharon las palabras de los actores invitados, se observó también una audiencia compuesta con personas que han crecido en virtud de los diversos programas que la Sede ha mantenido. Su presencia fue un modo de indicar que esa ruta ha sido altamente productiva y satisfactoria, y que es relevante continuar por ella. La empresa del conocimiento, de desarrollar habilidades o imaginar formas de acción comunitaria son aprendizajes que no requieren de un título, pero sí de formas de cooperación.

Hasta acá la primera parte de la síntesis. Ahora pasemos a la segunda compuesta por las intervenciones dadas durante el foro. Téngase en cuenta que dichas intervenciones son una pequeña muestra de la interacción entre la UCR y la comunidad atendida por la Sede del Atlántico. En esta segunda parte, es conveniente prestarle atención a la imagen de la Universidad de Costa Rica, ya que es vista como un agente de cambio en las vidas de las personas y de las comunidades, pero también, impera una imagen de una institución que aún le debe mucho a la sociedad, una institución a la que se le hacen fuertes demandas de participación.

2.- Las intervenciones del Foro

Las diversas personas invitadas entregaron diversos mensajes que pueden agruparse de la siguiente manera: lo que las comunidades y empresas han recibido de la Universidad de Costa Rica, y lo que piensan que debería ofrecer, o bien, lo que aún no ha logrado ofrecer junto con los retos a los cuales se enfrenta la Sede del Atlántico, y finalmente, algo de logros personales.

La historia de la Universidad de Costa Rica en la región se traduce en un modo por el cual la población turrialbeña y más recientemente, de Guápiles y Paraíso, ha logrado tener acceso a la educación superior pública. Con ello, no sólo se ha atendido una necesidad de desarrollo, sino también, se ha contribuido a romper con un estereotipo de que la formación y las opciones laborales se localizaban en la Gran Área Metropolitana y nada fuera de ella. La iniciativa nació en Turrialba y las gestiones se hicieron en San Pedro de Montes de Oca. Hoy, en cambio, las iniciativas nacen en la Sede del Atlántico, y desde allí se proyectan a las comunidades de la región. Los gobiernos locales, en cada momento que fue necesario, apoyaron y se comprometieron con el asentamiento de la Universidad de Costa Rica. Esos compromisos siguen en pie y creciendo. En el escenario actual en el que desempeña su labor la educación superior, se enfrentan retos dinámicos y competitivos, relacionados con aspectos como la interdisciplinariedad, la transdisciplinariedad, la internacionalización, y en este momento, en Costa Rica, la competencia por las fuentes de financiación o el aumento de las relaciones con el entorno socioeconómico ven en la necesidad de definir una oferta académica diferenciada. Lo que conlleva a la búsqueda de un nivel cada vez más alto de la calidad y la producción académica e investigadora, en aras de alcanzar la excelencia por igual.

1. Los logros

La relación de la UCR con las comunidades indígenas de Chirripó ha sido un tema dominante: se cuenta con profesionales en educación bilingüe, en lengua cabécar y español, se ha logrado instalar la educación formal dentro de las comunidades, y niños y jóvenes tienen una oportunidad a su alcance que pocas décadas atrás no tenían.

En relación con el desarrollo empresarial, la UCR se ha convertido en un agente activo para ello, a través de la colocación de graduados en empresas como también impulsando proyectos innovadores. En la región de Guápiles, artistas y artesanos han logrado salir de su pequeño entorno y han logrado darse a conocer y proyectar más su producción artística, llevar a las comunidades más alejadas el desarrollo del arte, a través de campamentos de arte y más recientemente con la oferta de un calendario con fotografías de obras de artistas locales. El programa ha permitido a los artistas crecer en formas de expresión y hasta han tenido la oportunidad de desarrollar sus habilidades con instructores de otros países.

Uno de los logros señalados ha sido la inserción del graduado a los procesos sociales. Uno de ellos a través de la educación formal en la Reserva Chirripó, lo cual significó abandonar muchas comodidades y comprometerse con las comunidades cabécares y consolidar la educación formal. Otro caso es la promoción del emprendedurismo a través de la identificación de las características y fortalezas de la región, es el caso de turismo ecológico en Paraíso, la inserción ha consistido conocer las costumbres y las riquezas naturales y cómo los lugareños las cuidan y aprecian, de manera que ese elemento cultural sea un detonante turístico.

Con la empresa privada, la Sede del Atlántico ha logrado intercambios productivos: ofrecer un tipo de profesional que esté a la altura del consumidor, pero también, recibir insumos sobre las habilidades o destrezas que el profesional ha de presentar al mercado para ser altamente competitivo. La empresa privada puede contribuir con la Universidad de Costa Rica para lograr un profesional a la altura de las exigencias de los consumidores.

Otro logro de la Sede del Atlántico es su Plan Estratégico, el cual facilita la tarea de desarrollo y proyección ya en curso: cómo aprovechar los recursos de la mejor manera, cómo evaluar las múltiples acciones, cómo abarcar más con los recursos existentes, cómo ha de adaptarse a los retos que las comunidades plantean.

2. Lo que aún falta

Este apartado recoge diversas intervenciones con tonos muy variados. Hablar de logros implica no solamente alcanzar un determinado nivel de desarrollo o proyección, también significa identificar qué otras tareas la Universidad de Costa Rica ha de asumir, o bien, qué falta aún por hacer. Esta imagen de la actividad universitaria presenta una complejidad importante: con casi cuarenta años de desarrollo y su multiplicación entre tres recintos, la Sede del Atlántico ha consolidado la educación superior estatal en la región, sin embargo, su capacidad no se agota en logrado, puede ofrecer más, y consolidar una diversificación aún mayor de actividades e involucramientos con las comunidades y gobiernos locales.

Lo que aún falta por hacer se cifra de varias maneras. Una de ellas es entendida como lo que aún la Universidad no ofrece a las comunidades. En concreto, en la Reserva Chirripó, la Sede puede ofrecer más ofertas académicas, o bien, consolidar un aula universitaria que permita un mayor acceso a la población indígena.

Para hacer frente a estos desafíos la institución universitaria ha de abocarse a la modernización, mayor flexibilidad y cambios en sus sistemas de gobierno y planificación.

2.1. Retos

  1. Compromiso por aumentar las interacciones con los agentes económicos y sociales del entorno, con la implicación de equilibrar tareas novedosas y planificadas.
  2. Dotar de recursos y una mayor flexibilidad para dar respuesta a las exigencias de la sociedad y del contexto internacionalizado actuales.
  3. Mayor equilibrio de las capacidades territoriales, mediante la transferencia de capacidades y funciones a las Sedes y Recintos, así como dotarles de mayor inversión en infraestructura para equiparar las oportunidades entre las Sedes. Se presentan procesos de regionalización y de cooperación académica débil desde Sede Central hacia Recintos.
  4. Fomentar con mayor regularidad los espacios de participación ciudadana con un fin de reflexión y debate, con el propósito de contribuir al desarrollo regional integral mediante un pacto social entre los distintos actores de la sociedad.
  5. Atender los requerimientos que se necesitan en la Sede del Atlántico y sus Recintos en Guápiles y Paraíso para que los procesos de acreditación puedan ser alcanzados: plan de relevo generacional, disminución del interinazgo, carga para docentes que desarrollan investigación y acción social. A lo anterior se suma la revisión de los modelos de acceso a la Universidad para que más estudiantes de las regiones puedan ingresar y permanecer en el sistema universitario, así como una revisión del sistema de becas.
  6. Políticas públicas que no responden a procesos de planeamiento estratégico: procesos para generar empleo, emprendimientos, segunda lengua, atención a comunidades vulnerables, entre otros.

3. Los logros personales

Los estudiantes cuentan con oportunidades para acceder a diversas actividades multidisciplinarias que le han permitido entender los procesos humanistas de la Universidad. Ejemplos de ello son el Trabajo Comunal Universitario, los campamentos de verano y el trabajo de asistencia a las oficinas, proyectos o cursos de la Sede del Atlántico. Todas estas actividades, además de las académicas, han ratificado los beneficios que la Universidad es capaz de ofrecer.

 

M.Sc. Jimmy Washburn Calvo

Catedrático, Universidad de Costa Rica, Sede del Atlántico

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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»Para el 80 aniversario de la UCR seguiremos promoviendo la innovación y el crecimiento tecnológico»

Por: Henning Jensen Pennington, rector de la Universidad de Costa Rica

Mensaje de fin de año

En vísperas de un nuevo receso de fin de año, la época decembrina nos hace rememorar cada momento vivido a lo largo de estos meses y repensar en nuestros aciertos, aprendizajes y anhelos para el año entrante.

Una de las mejores noticias de este año nos llegó precisamente hace pocos días, con la creación oficial de la Sede del Sur. Con ello, el Recinto de Golfito cambia su estatus jurídico para contar con su propia Asamblea de Sede, consolidar el proceso académico, aprobar carreras nuevas y propias, así como participar en los espacios universitarios de toma de decisiones, al igual que otras sedes.

Esta alegre noticia, que ya esperábamos, fue fruto de intensos años de trabajo y esfuerzo de la comunidad universitaria enfocada en fortalecer la relación de la Universidad de Costa Rica (UCR) con la Región Brunca. Nuestra institución se regocija, no solo por el hecho de esta transformación de un recinto a sede, sino por todo lo que ello implica. A un año de haber celebrado el cincuentenario de la regionalización de nuestra Universidad, contar con esta histórica decisión es reafirmar el compromiso de la UCR con el resto del país, fortaleciendo la presencia en las regiones y brindando espacios para la potenciación del talento local.

Sin duda, nuestra presencia en muchas comunidades – no solo a través de sedes y recintos, sino también de aquellos espacios como fincas, estaciones experimentales, o colectivos que frecuentemente se desplazan para interactuar con las comunidades en una comprometida búsqueda de un intercambio de saberes y conocimiento – ha sido un pilar para la comprensión del papel fundamental de la UCR en la sociedad. Por ello, con este fin de ciclo, conmemoramos un año más de haber realizado importantes esfuerzos por promover la docencia, investigación y acción social en todo el territorio nacional.

El 2019 ha sido un año difícil, que ha puesto a prueba la educación superior en múltiples y diversos sentidos. La difícil coyuntura nacional, con sus altibajos en lo económico y el deterioro de los principales indicadores del desarrollo económico y social del país, ha hecho calar en la comunidad universitaria y su quehacer un profundo sentido de compromiso no solo hacia nuestra institución y su propia sostenibilidad, sino también en su papel entre diversos actores sociales.

Esta reflexión, que no es nueva ni es perecedera, se debe dar de modo permanente, involucrando a toda la comunidad, pues la Universidad es para el pueblo que cree en ella. Recientemente se conoció que la UCR fue la institución mejor evaluada en el transcurso del 2019, lo cual evidencia que estos esfuerzos deben seguir siendo apoyados y potenciados.

El próximo año, nuestra institución cumplirá 80 años de haber sido fundada. Empezó siendo un sueño de educación superior para la sociedad de la época, que vio en sus jóvenes el potencial de crecer para formar un mejor país. Del mismo modo, hoy nos mostramos como una institución a la vanguardia, que rejuvenece constantemente y se encuentra entre las principales universidades del mundo, y la número 19 en América Latina, de acuerdo con el ranking global de universidades QS para el 2020. Si bien este indicador es un reflejo del momento, es un buen parámetro para entender la dinámica mundial en la que se inserta nuestra universidad, y con la cual interactuamos mediante constantes esfuerzos de internacionalización para promover más investigaciones interdisciplinarias e interinstitucionales, y más movilidad de estudiantes y docentes, que generan cada vez más proyectos en conjunto para atender problemas e intereses comunes de muchos países como el nuestro.

Sobre la plataforma de humanismo que diferencia la formación ofrecida por nuestra institución, para este 80º aniversario seguiremos promoviendo también la innovación y el crecimiento tecnológico, pues sabemos que nuestro mayor desafío siempre será favorecer la generación del conocimiento aplicado a la sociedad que requiere de él. Ante todo, le deseamos a la comunidad universitaria la solidez para seguir tomando con prontitud las decisiones que el país demanda a nuestra institución, y a la comunidad nacional una época de prosperidad en la que cada familia tenga oportunidades de crecer y de marcar su propio rumbo hacia el desarrollo. De nuestra parte, mantendremos el empeño por que las oportunidades que podamos ofrecer siempre mantengan la equidad y la solidaridad que caracterizan a la Universidad de Costa Rica. ¡Felices fiestas!

 

Henning Jensen Pennington

Rector de la Universidad de Costa Rica

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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