La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) presentó un comunicado advirtiendo sobre posibles daños ambientales en el Cantón de Talamanca mediante el Plan Regulador Costero.
Según el documento, el plan amenaza ecosistemas frágiles del Caribe Sur, incluyendo humedales, manglares y sitios de anidación de tortugas marinas. La asociación señala que el proyecto ignora la fragilidad ambiental de una zona que alberga el 2% de la biodiversidad mundial.
La Sala Constitucional emitió una resolución el 13 de marzo de 2025 que solicita a diversas autoridades de SINAC, INVU y la Municipalidad de Talamanca presentar informes detallados sobre el cumplimiento de una sentencia previa del 16 de febrero de 2024.
Entre las principales observaciones, la AEL destaca que:
El plan utiliza índices de fragilidad obsoletos basados en una delimitación del Patrimonio Natural del Estado del año 2017.
Una directriz ministerial obliga a funcionarios a respaldar la delimitación de 2017, desestimando estudios más recientes.
El proceso de consulta indígena, establecido por el Convenio 169 de la OIT, ha sido tratado como una mera formalidad.
La organización hace un llamado a la ciudadanía para defender el patrimonio natural y exigir transparencia en el desarrollo de proyectos que puedan afectar ecosistemas únicos.
Marco Levy Virgo, presidente de la asociación, enfatizó la importancia de preservar la biodiversidad del Caribe Sur y asegurar un desarrollo sostenible que respete el entorno natural.
SURCOS comparte los siguientes documentos como referencia:
La Asociación para el Desarrollo de la Ecología se dirigió a la Corte Suprema de Justicia para expresar su apoyo a la reforma del Código Penal y solicitar un pronunciamiento sobre el Acuerdo de Escazú.
En un documento oficial con fecha 21 de marzo de 2025, la organización, representada por Marco Levy Virgo, destacó la importancia de la reforma que busca agilizar los procesos judiciales y fortalecer el acceso a la justicia.
La comunicación enfatiza la necesidad de que el Poder Judicial emita un pronunciamiento sobre el Acuerdo de Escazú, un instrumento internacional enfocado en la información, participación pública y justicia en temas ambientales.
La asociación señala que históricamente las personas han enfrentado discriminación estructural en la atención de denuncias ambientales, evidenciando obstáculos en los procesos administrativos y judiciales.
El documento solicita que un pronunciamiento judicial reafirme el compromiso con la democracia ambiental y garantice la transparencia de las instituciones públicas en la defensa del entorno.
Comunidad de Brasilito hace llamado urgente a las autoridades para que se proteja la integridad del patrimonio ambiental, social, cultural y paisajístico de su territorio.
Asociación de Desarrollo Integral de Brasilito Comité Punta Pelencho Bandera Azul Ecológica Brasilito Asada de Playa Brasilito
La situación actual de Playa Brasilito
La Sala Constitucional el 11 de marzo otorgó mediante una medida cautelar la prohibición a la empresa desarrolladora Cantomar Beach Club de la tala de árboles en Playa Brasilito; en el sector históricamente conocido como Punta Pelencho, a raíz de un recurso de amparo presentado por ciudadanos interesados en esta situación. Durante este proceso, han salido a la luz pruebas que sugieren la intención de privatizar el acceso público a la playa, estableciendo un control exclusivo para los miembros del club de playa. Accionar que no solo constituye una irregularidad administrativa, sino que también vulnera la normativa vigente en Costa Rica, que protege el dominio público marítimo-terrestre.
Contexto
Desde el 15 de enero de 2025, los vecinos de Playa Brasilito detectaron la etiquetación de árboles ubicados en la zona marítimo terrestre y la zona pública del sector norte de la playa, conocido como Punta Pelencho; lo que generó preocupación entre los habitantes sobre los posibles impactos de este actividad en su patrimonio cultural, ambiental y biológico, particularmente en relación con la tropa de monos Congo —especie en peligro de extinción— que habita la región. Ante esta situación, los vecinos de manera articulada solicitaron información, ante la relevancia ambiental que la zona representa como un importante corredor biológico aunado al valor trascendental tanto para las comunidades costeras como para el ecosistema local.
A partir de este momento la comunidad conoce que la etiquetación responde a un convenio de donación firmado entre la Municipalidad de Santa Cruz y Cantomar Beach Club sobre el camino público C503138. No obstante, hasta la fecha, no se ha revelado su contenido, a pesar de las repetidas solicitudes de información realizadas por diversos medios.
Cantomar afirma en su sitio web que los miembros del club disfrutarán de una playa exclusiva, privada y que, contarían con los mismos derechos de propiedad privada que en Estados Unidos, lo cual atenta contra el ordenamiento jurídico costarricense, su seguridad jurídica y el principio de soberanía territorial.
Cantomar, a través de la creación de la «Asociación Punta Loros Para La Sostenibilidad, Conservación y Promoción Responsable de la Zona Pública de la Zona Marítima Terrestre, Playa Punta Loros», solicitó al Instituto Costarricense de Turismo (ICT) la formación de un nuevo comité de Bandera Azul Ecológica para el sector tradicionalmente conocido como Punta Pelencho. Esta área, actualmente registrada ante el ICT por el Comité Bandera Azul Ecológica Brasilito, pretendía ser separada de Playa Brasilito bajo la premisa de la existencia de una playa denominada “Punta Loros”, un nombre desconocido para la comunidad local.
Vecinos de la zona notaron, además, que en días anteriores en la plataforma Google Maps dicho sector de Playa Brasilito había sido renombrado como «Playa Punta Loros». Cabe señalar que cualquier persona puede modificar los nombres de los lugares en plataformas como Google Maps. Según la legislación costarricense, el Instituto Geográfico Nacional (IGN) es el único organismo autorizado para regular la nomenclatura geográfica, conforme a lo dispuesto en la Ley No. 26852-C, Reforma del Reglamento Nacional de Nomenclatura.
El día 24 de marzo, mediante el oficio DCR-0248-2025, el ICT indicó lo siguiente:
«El análisis cartográfico evidenció que la playa denominada ‘Punta Loros’ no existe como tal y que el área inscrita bajo este nombre forma parte de la Bahía Brasilito, cuya inscripción fue recibida antes que la de Punta Loros. Por esta razón, dicho sector continuará siendo parte de su área de gestión dentro del Programa Bandera Azul Ecológica.»
El intento de cambiar el nombre a «Playa Punta Loros» no solo carece de respaldo legal, por lo previamente mencionado, también vulneraría el nombre autóctono de «Playa Brasilito», en contradicción con lo establecido en la Reforma del Reglamento Nacional de Nomenclatura No. 26852-C, incisos “e. Se dará preferencia a los nombres autóctonos”; inciso “i. Un nombre no debe ser cambiado a menos que esté duplicado o resulte inapropiado” e inciso “l. No se asignará más de un nombre a cada elemento natural, artificial o accidente geográfico”.
La comunidad de Brasilito se opone firmemente a este intento de reconfiguración territorial y considera que la alteración del nombre y la identidad del lugar no solo ignora su historia y patrimonio, sino que también abre la puerta a posibles intentos de privatización. La comunidad defenderá el reconocimiento de Playa Brasilito y Punta Pelencho como parte de su identidad cultural, social y ambiental, asegurando que estos espacios continúen siendo de acceso público y respetando su verdadera esencia.
En virtud de lo anterior, reiteramos nuestra posición y respetuosamente hemos pedido a las autoridades competentes:
Respetar la legislación costarricense en materia de nomenclatura geográfica, específicamente en lo que se refiere a la prioridad de los nombres autóctonos establecidos en los artículos pertinentes de la reforma mencionada en el Reglamento Nacional de Nomenclatura No. 26852-C.
Cumplir con el ordenamiento jurídico costarricense, en especial con los principios que protegen el acceso público al dominio público marítimo-terrestre, y garantizar que no se promueva la privatización irregular de la playa.
Desestimar cualquier solicitud para la modificación o seccionamiento del sector norte de la Playa Brasilito, conocido como «Punta Pelencho», ya que ello constituiría un acto de privatización ilegal del patrimonio natural y público de la nación, contraviniendo los derechos de las comunidades históricas de Brasilito y las normativas nacionales sobre la propiedad pública.
Reconocer y fomentar la participación activa de las organizaciones comunitarias locales en el proceso de toma de decisiones que involucren bienes y espacios públicos, respetando principios de igualdad, no discriminación y equidad. En caso de presentarse nuevas solicitudes de cambio de nombre, solicitamos que las organizaciones comunitarias sean notificadas de forma oficial y participen de manera democrática y transparente en el proceso.
Que se cumpla la normativa ambiental y social vigente en el Artículo 17 del Decreto 40139-MOPT, que establece lo siguiente:
a) Aplicar los instrumentos de evaluación y gestión ambiental y social correspondientes.
b) Implementar la consulta socio ambiental para promover la participación ciudadana, como elemento fundamental para desarrollar los proyectos de manera sostenible.
c) Implementar medidas que faciliten la conectividad y desplazamiento de la fauna silvestre en las rutas cantonales con la finalidad de minimizar la afectación resultante de la fragmentación provocada por las carreteras y su flujo vehicular.
Este comunicado busca hacer un llamado urgente a las autoridades para que se proteja la integridad del patrimonio ambiental, social, cultural y paisajístico de las comunidades costeras de Brasilito y sus alrededores, que históricamente han sido excluidas de las decisiones que afectan su territorio. Exigimos que se respete su derecho al acceso público y la preservación de sus tradiciones, y se evite cualquier intento irregular de privatización o modificación de su identidad cultural.
Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.
Los humedales costeros de Talamanca se encuentran en el centro de una controversia ambiental que demanda intervención inmediata.
Marco Levy Virgo, presidente de la Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL), solicitó formalmente la intervención de la Fiscalía Agrario Ambiental mediante un documento que detalla las afectaciones a estos ecosistemas.
Violaciones documentadas
La denuncia señala varios casos de degradación ambiental, entre ellos:
Drenajes y rellenos ilegales realizados por sociedades anónimas
Intervención sistemática en Playa Negra, con presunta utilización de maquinaria municipal
Posibles infracciones a la Ley Orgánica del Ambiente y la Ley de Biodiversidad
Antecedentes legales
El caso se origina en una resolución del Tribunal Constitucional del 16 de febrero de 2024, que ordenó:
Completar la certificación del Patrimonio Natural del Estado en la Zona Marítimo Terrestre
Incorporar el informe de caracterización de humedales al Plan Regulador Costero
Una resolución posterior del 13 de marzo de 2025 requirió a instituciones como el Sistema Nacional de Áreas de Conservación, el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad de Talamanca presentar evidencia de cumplimiento.
Solicitud de acción
La organización ecologista ha requerido a las autoridades:
Presentar la información requerida ante la Sala Constitucional
Gestionar medidas cautelares para recuperar los humedales
La protección de estos ecosistemas se considera fundamental para preservar la biodiversidad regional.
Este 21 de marzo en celebración del Día Internacional de los Bosques, el Instituto de Investigación y Servicios Forestales de la Universidad Nacional (Inisefor-UNA) reafirma su compromiso con la investigación y la generación de conocimiento para una gestión forestal sostenible que potencie el papel de los suelos en la lucha contra el cambio climático
En el marco del Día Internacional de los Bosques, el Instituto de Investigación y Servicios Forestales de la Universidad Nacional (Inisefor-UNA) hace un llamado a fortalecer la acción climática en el sector forestal mediante la incorporación del carbono orgánico del suelo (COS) en las estrategias de mitigación del cambio climático.
Los suelos de los bosques almacenan más carbono que la biomasa aérea, lo que desempeña un importante papel en la regulación del ciclo del carbono y la estabilidad de los ecosistemas. Sin embargo, a nivel global, la medición y monitoreo del COS aún presentan desafíos metodológicos que limitan su inclusión en los mecanismos de financiamiento climático, como REDD+ y los mercados voluntarios de carbono.
“Desde el Inisefor-UNA, avanzamos en el desarrollo de una matriz integral de evaluación del carbono orgánico del suelo, la cual establece criterios técnicos para mejorar la precisión y confiabilidad de su cuantificación en distintos tipos de suelos y usos del territorio costarricense. Esta matriz incorpora metodologías rigurosas, como la corrección por pedregosidad y la eliminación de raíces, lo que garantiza estimaciones más precisas sobre el contenido real de carbono en los suelos forestales”, explicó Víctor Meza, investigador del Inisefor-UNA.
De acuerdo con el especialista, es incluir el COS en la acción climático, significa una mayor captura y almacenamiento de carbono, “porque los suelos de los bosques pueden retener carbono durante siglos, lo que contribuye a la reducción de gases de efecto invernadero”.
Asimismo, “se puede obtener un monitoreo más preciso de los ecosistemas, debido a que la medición del COS complementa los inventarios forestales y proporciona una visión integral del rol de los bosques en la mitigación del cambio climático”.
Para Meza, la inclusión del COS en los esquemas de créditos de carbono fortalece el valor económico de la conservación y manejo sostenible de los bosques.
Oficina de Comunicación Universidad Nacional, Costa Rica
El fallo judicial que condena a Greenpeace a pagar más de 660 millones de dólares a la empresa Energy Transfer (ET) por supuestamente haber instigado las protestas contra el oleoducto Dakota Access (ver mapa 1) es un ataque directo a la libertad de expresión y a la defensa del medioambiente. Más que una sentencia aislada, este caso forma parte de una estrategia sistemática para criminalizar la protesta social y debilitar la resistencia indígena frente al avance de las industrias extractivas.
La demanda contra Greenpeace ha sido denunciada como un caso de SLAPP (Demandas Estratégicas contra la Participación Pública) o demanda mordaza, un mecanismo legal utilizado por corporaciones y actores poderosos para asfixiar financieramente a sus opositores mediante litigios costosos y prolongados. Su propósito no es necesariamente ganar en tribunales, sino generar miedo, censurar la disidencia y desgastar a quienes denuncian injusticias.
Colonialismo y racismo en la narrativa judicial
Más allá de la criminalización de Greenpeace, lo verdaderamente alarmante es el discurso implícito en este fallo: el pueblo sioux de Standing Rock es presentado como un actor secundario, carente de agencia propia y fácilmente manipulable por organizaciones externas. Esta narrativa colonial y racista se enmarca en una larga tradición de despojo y deslegitimación de las luchas indígenas, donde las comunidades que defienden sus territorios son vistas como obstáculos al «progreso» y no como sujetos políticos con derechos y autonomía.
En este caso, las protestas de Standing Rock, que denunciaban la construcción de un oleoducto sobre tierras sagradas y la amenaza a su suministro de agua, fueron presentadas como un «pequeño problema local» explotado por Greenpeace para sus propios fines. Este enfoque niega la legitimidad de la resistencia sioux y refuerza la idea de que las poblaciones indígenas solo actúan cuando son influenciadas por terceros, una visión que se remonta a la época colonial y que persiste en los tribunales y en los discursos empresariales.
Un precedente peligroso para los movimientos sociales
La sentencia contra Greenpeace no solo pone en riesgo la existencia de la organización, sino que envía un mensaje claro a activistas y comunidades en resistencia: cualquier forma de apoyo, visibilización o solidaridad con luchas ambientales e indígenas puede ser castigada con el peso completo del sistema legal y económico.
Este caso se suma a una creciente ola de criminalización de los movimientos ambientalistas y de defensa del territorio en todo el mundo. Desde América Latina hasta Norteamérica, activistas han sido perseguidos, encarcelados e incluso asesinados por desafiar los intereses de las grandes corporaciones extractivas. En muchos casos, los Estados no solo fallan en proteger a estos defensores, sino que se convierten en cómplices al reprimirlos y facilitar el avance de proyectos destructivos.
Frente a este escenario, la respuesta no puede ser la resignación. La lucha del pueblo sioux de Standing Rock fue y sigue siendo un ejemplo de resistencia ante el despojo, y su alianza con grupos ambientalistas y otros movimientos sociales demuestra que la solidaridad es una herramienta poderosa. Sin embargo, es urgente fortalecer los mecanismos de protección para activistas y comunidades, así como denunciar el uso de las leyes para silenciar la protesta.
Si la defensa del agua, la tierra y la vida se convierte en un delito, entonces el verdadero crimen es el modelo económico que pone el beneficio privado por encima del bienestar colectivo. ¿Permitiremos que la justicia siga siendo un instrumento de los poderosos, o exigiremos que responda a las luchas de quienes defienden el planeta?
¿Qué es el oleoducto Dakota Access?
El oleoducto Dakota Access (DAPL, por sus siglas en inglés) es un proyecto de infraestructura energética de aproximadamente 1,886 km de longitud, construido para transportar hasta 570,000 barriles de petróleo al día desde los yacimientos de Bakken, en Dakota del Norte, hasta Illinois, EE.UU.
El oleoducto ha sido altamente controversial porque atraviesa tierras cercanas a la reserva sioux de Standing Rock, poniendo en riesgo el acceso al agua potable y afectando sitios sagrados. A pesar de la resistencia indígena y ambientalista, la obra se completó con el respaldo del gobierno de Donald Trump en 2017, tras haber sido bloqueada temporalmente por la administración de Barack Obama en 2016.
¿Qué es una demanda SLAPP o demanda mordaza?
Una demanda SLAPP (Strategic Lawsuit Against Public Participation) es una demanda judicial utilizada como herramienta de intimidación y censura contra personas o grupos que ejercen su derecho a la libre expresión, especialmente en asuntos de interés público. Su objetivo no es ganar el caso, sino desgastar y silenciar a los demandados mediante procesos legales costosos y prolongados.
Características de una demanda SLAPP:
Suele dirigirse contra periodistas, activistas, organizaciones civiles o ciudadanos que denuncian corrupción, abusos o problemáticas sociales.
Implica cargos legales infundados o exagerados, como difamación o daño a la reputación.
Busca desmotivar la participación pública al generar miedo y costos económicos elevados.
Consecuencias y riesgos:
Limita la libertad de expresión y el acceso a la información.
Puede tener un efecto disuasorio, desalentando la denuncia de irregularidades.
Afecta la democracia al restringir la participación ciudadana en el debate público.
¿Cómo enfrentar una demanda SLAPP?
Buscar asesoramiento legal especializado.
Hacer visible el caso en medios y redes sociales para generar apoyo público.
Impulsar legislación contra el abuso de demandas SLAPP.
Estas demandas son un problema creciente en diversas partes del mundo, por lo que es fundamental conocerlas y denunciarlas para proteger el derecho a la libre expresión y la participación ciudadana.
Imagen de cabecera Fuente El Orejiverde. Tomado de: https://elorejiverde.com/el-don-de-la-palabra/2067-retratos-de-la-protesta-sioux-en-standing-rock
Foto 3 – Protesta Fuente Entre pueblos. Tomado de: https://www.entrepueblos.org/news/ddhh-extractivismo-5/
Referencias:
Agencia EFE. (2025, 19 de marzo). Greenpeace deberá pagar más de 660 millones de dólares a la empresa Energy Transfer. Swissinfo. Recuperado de https://www.swissinfo.ch/spa/greenpeace-deber%C3%A1-pagar-m%C3%A1s-de-660-millones-de-d%C3%B3lares-a-la-empresa-energy-transfer/89036958
Elbein, S. (2016, 17 de noviembre). EE.UU.: la estrategia sioux y la determinante decisión sobre el oleoducto Dakota Access. Mongabay. Recuperado de https://es.mongabay.com/2016/11/ee-uu-la-estrategia-siux-la-determinante-decision-oleoducto-dakota-access/
EntrePueblos. (s.f.). Protesta y resistencia Sioux a oleoducto en Dakota del Norte. Recuperado el [fecha de acceso], de https://www.entrepueblos.org/news/ddhh-extractivismo-5/
El Comité Local del Corredor Biológico Pájaro Campana y la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua en Puntarenas se reunieron el sábado 22 en Palo Verde de Chomes, para analizar la gestión del agua en el Corredor Biológico Pájaro Campana.
En la actividad, además, se conmemoró el Día del Agua y se analizó el estado del manejo del agua en los ríos del Corredor Biológico Pájaro Campana, que son los mismos que la Alianza de Comunidades ha venido defendiendo por años.
La Asociación para el Desarrollo de la Ecología (AEL) solicitó formalmente a las auditorías de la Municipalidad de Talamanca y del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) una investigación coordinada sobre presuntos fraccionamientos ilegales en áreas boscosas del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo.
Según el oficio AEL-0097-2025, firmado por Marco Levy Virgo, presidente de la organización, estas acciones contravienen la sentencia N.º 2019-012745 de la Sala Constitucional, que en julio de 2019 declaró parcialmente inconstitucional la Ley N.º 9223 y ordenó al SINAC reincorporar al Refugio 188 hectáreas de bosque que habían sido desafectadas.
«Lejos de garantizar la conservación de estas áreas, el viceministro de Ambiente y Energía, Jorge Mario Rodríguez Zúñiga, no niega la existencia de fraccionamientos dentro del Refugio, sino que traslada la responsabilidad al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo», denunció Levy Virgo.
La AEL señala una contradicción en los argumentos oficiales, pues mediante el oficio DU-040-02-2025, el INVU certificó que no autorizó dichos fraccionamientos, responsabilizando al Área de Conservación La Amistad Caribe del SINAC y a la Municipalidad de Talamanca.
La denuncia fue remitida también a la Defensoría de los Habitantes, la Contraloría General de la República, la Procuraduría General, la Fiscalía Ambiental y autoridades municipales, solicitando se investiguen los oficios emitidos por el viceministro de Ambiente y se determinen responsabilidades por la autorización de desarrollos inmobiliarios en zonas protegidas.
SURCOS comparte los siguientes documentos de referencia:
Comunidad y ASADA de Rancho Redondo alertan sobre posible afectación a fuentes de agua potable
Un grupo de personas vecinas usuarias de la ASADA de Rancho Redondo denunciaron nuevas actividades de tala en la cuenca alta del Río Durazno, una zona vital para el abastecimiento de agua potable de varias comunidades.
Según la denuncia presentada el sábado 22 de marzo ante el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), varios camiones fueron vistos transportando madera extraída de una zona cercana a las nacientes de agua que alimentan el río, aparentemente sin respetar las zonas de protección establecidas por ley.
«Siguen los camiones saliendo cargados de madera, no sabemos si es de una plantación de jaúl, pero según vecinas y vecinos se ha irrespetado la ribera del Río Durazno, una zona de protección acuífera», señala la denuncia dirigida al ministro Franz Tattenbach y al director de Aguas, Miguel Zeledón.
La comunidad solicita que se investigue si la extracción corresponde a una plantación legal y si se han respetado las disposiciones de la Ley Forestal 7575, la Ley de Aguas y otras normativas relacionadas con la protección ambiental.
Esta nueva denuncia se suma a otras dos presentadas anteriormente en la misma zona geográfica: una en Coronado y otra en la finca de los Bolaños en Guayabillos de Rancho Redondo.
Las personas denunciantes también expresaron preocupación por la lentitud en la atención de casos ambientales, señalando que funcionarios del ministerio les han informado que todavía están procesando denuncias del 2024.
«La escasez de agua y el calentamiento global ya llegaron», advierte la denuncia. Además, se expresa la preocupación de que estas actividades podrían comprometer aún más la disponibilidad del recurso hídrico en la región.
Hasta el cierre de esta edición, ni el Ministerio de Ambiente ni la Dirección de Aguas habían respondido a la denuncia presentada por la comunidad.
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