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Reflexiones comunitarias sobre extractivismos: Quebradores, ríos y comunidades

Observatorio de Bienes Comunes

Participamos en el Encuentro contra Quebradores (30 junio y 1 julio del 2023 en Chomes, Puntarenas) organizado por la Alianza de Comunidades por la Defensa del Agua, el TCU 590 Defensa comunitaria del territorio: extractivismos, organización y conflictos socioambientales y el Programa Kioscos Socioambientales, donde participaron personas de organizaciones provenientes de Judas de Chomes, Guacimal, Buenos Aires y Maquengal. En este espacio se reflexionó sobre las implicaciones que tienen los Quebradores en la vida comunitaria sus tensiones y desafíos para el sostenimiento de esos tejidos de vida que son los ríos en nuestros territorios. Por esta razón, aprovechamos y conversamos con las personas participantes para compartir sus inquietudes y reflexiones.

Comisión para la Defensa de la Zona Protectora del Chayote se reactiva ante amenaza a su integridad

Carlos Manuel Muñoz Jiménez

Este lunes 17 de julio en reunión llevada a cabo en Dulce Nombre de Naranjo, los miembros de la Comisión para la Defensa de la Zona Protectora del Chayote decidieron retomar labores ante la amenaza de la Zona Protectora del Chayote por el proyecto para la siembra de aguacate que pretenden desarrollar empresarios chilenos.

Como un grupo ambiental orientado a defender la seguridad de la Zona Protectora del Chayote, debido entre otras cosas: a su valor como reserva del recurso hídrico de Occidente, como zona de recarga acuífera y como reserva de biodiversidad de flora y fauna, donde anidan especies como el quetzal, es zona de paso del jaguar y habitan especies en peligro de extinción según lo afirma el biólogo experto en el tema Luis Fernando Hernández Arroyo, el grupo trabaja cumpliendo el debido proceso público y legal, lo que implica llevar a cabo los respectivos trámites ante las instituciones públicas, dentro de lo cual, se encuentran a la espera de algunas respuestas muy importantes.

Como estrategia de trabajo anotaron propuestas para el corto, mediano y largo plazo, donde se incluye el trabajo dentro de las comunidades con instituciones, grupos y personas interesadas.

Próximamente estarán brindando información actualizada del proceso a través de su página de redes sociales.

Sala Constitucional condena al Ministerio de Ambiente

CONCEVERDE

A raíz de un recurso de amparo que presentamos desde el colectivo CONCEVERDE, la Sala Constitucional en resolución del 14 de julio del 2023 condena al Ministro de Ambiente y Energía (MINAE) Franz Tattenbach por violentar el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, al considerar el tribunal que en el MINAE su conducta ha sido “dilatoria, ilegítima e injustificada, que ha llevado a desproteger una zona que es patrimonio natural del Estado de conformidad a la Ley 65 del 30 de julio de 1888”.

La resolución indica:

“Ahora, pese a que tales extremos alegados por el recurrente fueron argüidos y analizados por esta Sala mediante la sentencia N° 2008-012109 de las 15:16 horas del 05 de agosto de 2008, y si bien se evidencia un grado de avance, a través de las acciones emprendidas por el MINAE, estas han sido insuficientes, pues se comprueba una conducta dilatoria, ilegítima e injustificada por parte de la cartera ministerial recurrida, pues desde el año 2008, no se han logrado identificar la totalidad de los terrenos correspondientes a las zonas protegidas y declaradas como patrimonio natural, ni se han recuperado dichas zonas, según el mandato de protección establecido por la Ley N° 65 del 30 de julio de 1888…”.

Esperemos que esta vez en el MINAE obedezcan la resolución judicial recuperando los terrenos estatales e indispensables para preservar el recurso hídrico para las generaciones actuales y futuras del Valle Central, ya que en ese Ministerio están demostrando que para actuar necesitan acciones direccionadas de parte de los tribunales de justicia que les obliguen a llevar a cabo lo que les corresponde realizar: la protección del ambiente.

Por lo anterior es que la Sala Cuarta le ordena a: “Franz Tattenbach Capra, en su condición de ministro de Ambiente y Energía, o a quien en su lugar ocupe ese cargo, que gire las órdenes pertinentes y disponga de manera pronta y oportuna las acciones y coordinaciones necesarias para que, en un plazo de SEIS MESES, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se identifiquen la totalidad de los terrenos correspondientes a las zonas protegidas y declaradas como patrimonio natural. Posteriormente, dentro de los SEIS MESES posteriores, se deberá coordinar las acciones que sean necesarias, a fin de recuperar las zonas protegidas, según lo establecido por la Ley N° 65 del 30 de julio de 1888, e iniciar materialmente, cuando así corresponda, los procesos o procedimientos necesarios para tal fin. Finalmente, deberá la autoridad recurrida remitir a este Tribunal cada TRES MESES, un informe de avance de las acciones llevadas a cabo, respecto a la identificación de los terrenos y la reivindicación de las zonas protegidas…”

Resolución completa aquí.

San Rafael de Heredia
José Francisco Alfaro
CONCEVERDE

Los ODS y las U Públicas

Por Ma. Elena Fournier Solano. Extensionista universitaria/ambientalista mefourniercr@gmail.com

El origen de conceptos como: desarrollo sustentable, sostenible, sostenido, fue a raíz del informe Nuestro Futuro Común, 1987 para la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, Río de Janeiro, Brasil, 1992.

Eduardo Galeano en su libro: Úselo y tírelo, 1997, expresó:

«Las empresas gigantes de la industria química, la industria petrolera e industria automovilística han pagado buena parte de los gastos de la Eco-92, la conferencia internacional que en Río de Janeiro se ocupó de la agonía del planeta. Y esa conferencia, llamada Cumbre de la Tierra, no condenó a las transnacionales que producen contaminación y viven de ella, y ni siquiera pronunció una palabra contra la ilimitada libertad de comercio que hace posible la venta del veneno».

Estos conceptos han sido ya discutidos, cuestionados desde hace más de 20 años, superados, implica un desarrollo y crecimiento económico sin límites, extensiva, intensiva, infinito en sociedades desiguales nos decía un profesor de derecho que son una justificación para permitir, por ejemplo, la declaratoria de «interés público» secar y destruir humedales. Ejemplo: La Trocha 1856 Juan Rafael Mora Porras, de la expresidenta Laura Chinchilla.

Desde 2015, se imponen los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Asamblea General de la ONU 2015, aprobando la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible como un instrumento.

Costa Rica fue el primer país del mundo en firmar el pacto nacional (¡pero no ratificamos ni firmamos el Acuerdo de Escazú!), entonces estamos obligada-os a terminar con el hambre, luchar contra la pobreza, la desigualdad, promocionar la educación, salud, protección del ambiente y fortalecimiento de la justicia (UCR: Desarrollo sostenible aportes de la UCR para el alcance de la Agenda 2030, de Henning Jensen y Yamileth Angulo).

Nuestra autonomía universitaria es violentada:

La Procuraduría General de la República, dictamen C-147-1994, indica sobre la autonomía política que «es la capacidad de autogobernarse o autodirigirse políticamente, de fijarse el ente a sí mismo sus propios objetivos fundamentales, dentro del marco de su competencia constitucional o legal».

La posición de la señora Mirian Vilela, representante de la Carta de la Tierra de la ONU, en entrevista realizada acerca de los ODS, expresa que es un agente de cambios, en donde menciona valores, principios, fuente de transformación social y en dónde señala que las universidades públicas debemos de repensar nuestro papel, entre otras ¿sugerencias?

Como muchas personas y colectivos, sentimos estos lineamientos como una imposición, un adoctrinamiento de la política de la Agenda 2030 con una versión sencilla, popular y engañosa.

No debemos de trabajar la agenda de la muerte, tenemos la opción de construir la filosofía o cosmovisión indígena de muchos países del mundo, incluyendo los nuestros acerca del “Buen Vivir”.

Producir sí, pero ecológicamente, como el mensaje inspirador del activista francés Jean-Luc Mélenchon en París, Unión Popular Ecológica y Social en una de las grandes manifestaciones contra el neoliberalismo: «la clave de un futuro ecológico es trabajar mejor y trabajar menos, si producimos ecológicamente, vamos a tener tiempo y ejercer el derecho para vivir, amar, no hacer nada, cuidar a los nuestros, descansar, pintar, cantar, hacer poesía, el cansancio podrá ser repartido equitativamente entre todos”.

Se han manifestado un colectivo costarricense de mujeres amas de casa, técnicas y profesionales:

Objetivos oficiales

Objetivos reales

1. Fin de la pobreza.

1. Reducción de la población.

2. Hambre cero.

2. Monopolio de los alimentos.

3. Salud y bienestar.

 3. «Vacunación» cíclica obligatoria.

4. Educación de calidad.

4. Adoctrinamiento.

5. Igualdad de género.

 5. Feminización y división de la sociedad.

6. Agua limpia y saneamiento.

 6. Privatización de toda el agua del Planeta.

7. Energía asequible y no contaminante.

7. Energía cara e impuestos verdes abusivos.

8. Trabajo decente y crecimiento económico

8. Explotación laboral y esclavitud fiscal.

9. Industria, innovación e infraestructura.

 9. 4ta. Revolución Industrial.

10. Reducción de las desigualdades. Transhumanismo.

 10. Leyes únicas para todos los países.

11. Ciudades y comunidades sostenibles.

 11. Vigilancia y control absolutos. Totalitarismo.

12. Producción y consumo responsable.

 12. Alimentos transgénicos. Granjas de insectos.

13. Acción por el clima.

 13. Geoingeniería climática

14. Vida submarina.

14. Control absoluto de los alimentos marinos.

15. Vida de ecosistemas terrestres.

15. Control absoluto de los recursos naturales.

16. Paz, justicia e Instituciones sólidas.

 16. Estados policiales. Fin de la libertad.

17. Alianzas para lograr los objetivos.

17. Gobierno global: Nuevo Orden Mundial.

Entre los reclamos contra ODS está que no incluye el apoyo a las luchas indígenas, campesinas por sus tierras, agua (…), pero no se menciona nada acerca del final de los paraísos fiscales, continúa el modelo de desarrollo basado en el crecimiento económico, sometiendo a la dimensión económica, la social y ecológica. 

Comparto para esta reflexión del Dr. Jenaro Diaz Ducca: «(…) nunca ha sido la costumbre en las universidades públicas aceptar a ciegas políticas impuestas desde organismos internacionales que nos comprometen sin tener completamente claro a qué estaremos obligados desde la enseñanza, la investigación y la acción social como «conciencia lúcida de la Patria», según lo definiera el prócer Rodrigo Facio».

No permitamos que nos adoctrinen, que nos impongan agendas externas, que nos amenacen.

 

Imagen ilustrativa, UCR.

Plan Regulador Costero: Comunidades de Caribe Sur pone amparo contra Municipalidad de Talamanca

  • Está tratando de hacer atropelladamente audiencia sin entregar documentos y dar tiempo de revisarlos

  • La comunidad se manifestará el próximo 26 de julio en Caravana y marcha en Bribri

Las fuerzas vivas que cuestionan el Plan Regular Costero (PRC) interpusieron un amparo contra la Municipalidad alegando la violación al derecho de petición y pronta resolución, y derecho de acceso a la información administrativa. El recurso, el cual se tramita bajo el expediente número 23-016185-0007-CO, fue admitido por la Sala Constitucional el 13 de julio del 2023.

Solicitan que la Sala ordene al Concejo Municipal a brindar las respuestas correspondientes a una nota presentada el día 20 de junio del 2023, con el fin de contar con todos los antecedentes necesarios para la participación adecuada de la comunidad en el proceso. Además, que “se ordene al Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca la suspensión de la audiencia pública programada para el 4 de agosto hasta tanto no pueda garantizar el resguardo y la efectiva tutela de los derechos constitucionales a la participación ciudadana”.

La municipalidad inició una serie de reuniones informativas de cara a la audiencia sobre el plan regulador, donde muchas personas se fueron enterando de los riesgos e irregularidades que tiene dicha propuesta. Por eso comenzaron a organizarse para estudiar y cuestionar la propuesta municipal y solicitar toda la información del proceso como: actas del Concejo Municipal, declaratoria de aptitud turística o no turística, mapa georreferenciado, declaratoria de Patrimonio Natural del Estado emitida por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), detalle de cómo se incluyó la variable ambiental, viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, matriz de vulnerabilidad hidrogeológica, evaluación de los índices de fragilidad ambiental, copia del expediente administrativo completo del proceso y otra serie de información relevante para poder fundamentar las posiciones.

Las personas de la zona están informado a la Sala Constitucional que la Municipalidad ha incumplido los requisitos establecidos en el Manual de elaboración de planes reguladores costeros y que se debería convocar a “un grupo de trabajo que contemple, de manera justa y balanceada, a todos los sectores de la sociedad civil con el fin de revisar a fondo la propuesta planteada y enmendar el proceso de elaboración del PRC”.

El 21 de junio del 2023, durante la sesión ordinaria número 161 del Concejo Municipal, se acordó trasladar la consulta realizada por vecinos a la Comisión de Plan Regulador de Talamanca.

Originalmente la audiencia pública fue convocada para el día 7 de julio del 2023 pero fue trasladada al 4 de agosto, para los vecinos “queda claro que ya para este momento la Municipalidad no contaba con el plazo suficiente para realizar la convocatoria de manera correcta”, argumentan en el recurso.

A pesar de no contar con la respuesta del Concejo Municipal, la comunidad ha continuado el trabajo articulado de revisión del PRC utilizando la información disponible, la cual se encuentra dispersa entre instituciones públicas como la SETENA, el ICT, el INVU y la Municipalidad; y aquella obtenida mediante el acceso a la memoria histórica de los grupos de ciudadanos organizados.

Las personas de la zona argumentan que “tenemos cada vez mayor certeza de que el PRC presenta grandes incongruencias e ilegalidades, las cuales deben ser analizadas a la luz de la información administrativa, científica y técnica que debe respaldar este tipo de procesos”.

Las comunidades se movilizarán el próximo miércoles 26 de julio saliendo en caravana vehicular hacia Bribri y luego una caminata hacia la sesión municipal de las 5 de la tarde donde solicitarán que se posponga la audiencia municipal convocada para el 4 agosto próximo.

Décima Cuarta Tertulia: “Plan Regulador Costero del Caribe Sur”

Viernes 14 julio, 2023 | 4:00 p.m.
En vivo desde Cahuita, Limón

En compañía de las contertulias y contertulios:
• Helen Simmons Wilson – Activista Afrodescendiente y Dirigente Comunal
• Nuria Campos Salat – Dirigente Comunal
• Andrea Mora Villegas – Dirigente Comunal
• Bernardo Archer Moore – Dirigente Comunal
• Javier Mullings – Dirigente Comunal

Pueden seguir nuestra transmisión en vivo por Universitas (UNED Guápiles):
• YouTube: https://youtube.com/live/njNWRbChTKw
• Facebook: https://www.facebook.com/unedguapiles/live

Solicitan audiencia pública al Concejo Municipal de Talamanca en relación con plan regulador

Talamanca 11 de julio del 2023

Señores

CONCEJO MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE TALAMANCA

ASUNTO: AUDIENCIA PÚBLICA DEL PLAN REGULADOR COSTERO

Los abajo firmantes, todos vecinos e interesados de la zona costera del Cantón de Talamanca, venimos con respeto y a la vez con vehemencia a solicitar lo siguiente:

  1. En aras de buscar una mejor asimilación, análisis, y emitir mejores aportes y recomendaciones, solicitamos se suspenda la audiencia del día 4 de agosto del año en curso, posponiéndose por al menos uno a dos meses la audiencia pública. Ello en virtud de las graves falencias que encontramos en el Plan, fundamentalmente en temas de protección de la zona ambiental, y disponibilidad de agua entre otros.
  2. Realizar no únicamente una sola audiencia pública, sino las que fuesen necesarias en aras de la transparencia, participación democrática, derecho a la información, rendición de cuentas y la sana y pacífica convivencia. Lo cual es posible si se interpreta el Manual de Planes Reguladores, proactivamente y en favor del ejercicio de los derechos ciudadanos de acceso a la información, transparencia, y derecho a un medio ambiente sano; así como fundamentado en derechos humanos sustantivos, agua potable, saneamiento, aunado a los procedimientos y principios de acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones ambientales, progresividad de derechos humanos, entre otros.

En aras de aportar a la solución y toma de decisiones que debe realizar ese CONCEJO, nos permitimos aportar algunos elementos jurídicos que podrían darle sustento al acuerdo o los acuerdos que debería tomar ese órgano, a efectos de que se nos conceda a toda la comunidad, vecinos y organizaciones interesadas en este Plan, lo solicitado anteriormente, veamos:

Para empezar lo que realmente dice el artículo del Manual de Plan Regulador es Actividad 4.4. Audiencia Pública

El gobierno municipal debe divulgar y convocar a una Audiencia Pública, con la finalidad de dar a conocer la propuesta de Plan Regulador y Reglamentos de Desarrollo Urbano, así como recibir las observaciones verbales y escritas de los vecinos o interesados46. (La negrita es aportada). Nótese y léase primero que nada que NUNCA ese norma, ni el artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana de donde viene la misma, hablan de una ÚNICA audiencia, como pareciera que el expositor de la Municipalidad en las diversas reuniones sostenidas con la comunidad ha expresado. Por ello es que está más que abierta la posibilidad de hacer otra u otras audiencias. Máxime cuando se entiende que La Audiencia Pública constituye un acto administrativo, legal y político, que se desarrolla como una Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal. Y si se hace en una sesión extraordinaria, en ejercicio de su autonomía, la Municipalidad puede hacer las sesiones extraordinarias que considere necesarias a efectos de garantizar el ejercicio de los derechos aquí esgrimidos, así como una actuación trasparente y socialmente obligada.

Por otro lado, no olvidemos que dentro de la jerarquía de las normas que rige nuestro ordenamiento jurídico, el Manual de Plan Regulador es una norma reglamentaria que está por debajo y sujeta a la Constitución, a los Tratados Internacionales, y a la ley, lo cual se hace de obligatoria aplicación a la hora de interpretar este Manual y está norma.

En el sentido anterior, dentro de muchos criterios emitidos por la Sala Constitucional y la Procuraduría General de la República respecto a las audiencias en el proceso de aprobación de los planes reguladores, ha quedado claro que la celebración de una audiencia pública, más que un requisito formal, constituye una verdadera oportunidad de apertura y transparencia para que los vecinos, a los cuales pueda beneficiarles o afectarles la implementación del plan regulador, lo conozcan con antelación y puedan presentar, si es del caso, sus observaciones u objeciones al mismo.

La Sala Constitucional ha dicho “La audiencia pública que en casos como el presente se realiza por parte de los entes municipales, tiene por objeto permitir el ejercicio del derecho a la participación de la comunidad en un asunto que le afecta directamente y que, en consecuencia, debe efectuarse con anterioridad a la toma de la decisión administrativa, constituyéndose así en una manifestación del principio democrático. Como consecuencia, este tipo de audiencias no se constituyen simplemente en parte de un procedimiento que por formalidad deba programarse, de manera que se pueda fijar de forma que haga nugatorio el ejercicio del derecho que pretende tutelar, al otorgarse en condiciones que se convierta en una mera formalidad, incapaz de alcanzar los objetivos que está llamada a obtener en protección del derecho a la información y participación ciudadana, aunque ciertamente tampoco debe llegar a constituirse en un obstáculo para que se emita una oportuna resolución de la gestión”. (Sentencia No. 6653-2000 de 28 de julio del 2000).Bien entiende la Procuraduría en su Dictamen C-132-2008 al decir; “el legislador ha querido que exista un espacio dentro del trámite de implementación de los planes reguladores en que los vecinos puedan dialogar y proponer sus ideas y oposiciones al plan regulador, para que las conozcan, no sólo la autoridad municipal, sino también los mismos vecinos que asistan a la actividad. Se genera así una discusión que enriquece el trámite y de la cual puedan surgir aspectos que no habían sido tomados en cuenta al momento de elaborar el proyecto de plan regulador, y que, de ser necesario, redunden en modificaciones al mismo para beneficio de la colectividad en sus dimensiones social, económica y ambiental.” (la negrita es nuestra).

Y es que precisamente para que ese dialogo sea fecundo y se logre esa armonía y paz social dentro del ejercicio del derecho democrático de participación ciudadana, es que esa Municipalidad en uso de su autonomía Municipal que es de rango constitucional, puede ordenar ese audiencia para generar la efectiva participación ciudadana, y no como un mero trámite tal y como lo entiende la Sala IV.

Por ello, es necesario que se considere aplazar la audiencia o de ser necesario programar otra audiencia posterior en donde se nos muestra a la ciudadanía, el resultado y efectos sobre la Propuesta de Plan Regulador, de nuestros planteamientos y objeciones; y no se ha nugatorio el ejercicio del principio democrático de participación ciudadana aquí resguardado.

Así ha concluido la PGR al decir:

Ahora bien, lo anteriormente dicho no impide que si una municipalidad estima que es necesario convocar a una nueva audiencia para someter a consideración de los vecinos un proyecto, que aunque ya había sido expuesto con anterioridad, fue objeto de modificaciones que variaron su contenido, lo haga. Antes bien, esta es una decisión que compete adoptar a la administración local, y que forma parte del ejercicio de la potestad para ordenar el territorio, en tanto función pública.” (Dictamen C-501-2006 de 20 de diciembre del 2006).

A mayor abundamiento, no debe perderse de vista la dimensión ambiental que esta Plan Regulador contiene, pues para todos es conocido que el verdadero tesoro y valor de nuestro querido Caribe Sur son sus bellezas naturales, y por el cual somos visitados anualmente por miles de personas nacionales y extranjeros. Por ello además es importante que ese CONCEJO MUNICIPAL tenga presente el alcance que el tema tiene en diversos fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos cuando dice por ejemplo: “Por tanto, esta Corte estima que, del derecho de participación en los asuntos públicos, deriva la obligación de los Estados de garantizar la participación de las personas bajo su jurisdicción en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, sin discriminación, de manera equitativa, significativa y transparente, para lo cual previamente deben haber garantizado el acceso a la información relevante».

En el párrafo 242 de la misma opinión consultiva del juez interamericano, se lee que:

Los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la participación pública de las personas bajo su jurisdicción, consagrado en el artículo 23.1.a de la Convención Americana, en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, de conformidad con los párrafos 226 a 232 de esta Opinión«.

Sin querer hacer exhaustiva esta solicitud, , pues existen abudantes argumentos, jurisprudencia y criterio de la Sala Constitucional, de la Procuraduría General de la República y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que le dan sustento legal suficiente a ese Municipalidad para que en eras de los principios y derechos que hemos citado en esta solicitud, extienda el plazo de la audiencia y además realice otra audiencia para conocer las modificaciones y ajustes al Plan Propuesto, y o los estudios pendientes o inexistentes que la Propuesta de Plan Regulador

Esperamos pronta y positiva respuesta esta solicitud.

ANEP crea primera Comisión Política de Asuntos Socio Ambientales

ANEP. La creación de esta comisión busca potencializar la participación en temas ambientales de nuestra organización, como ya se hizo con el Frente Ecologista Eco Cipreses en la defensa del agua en la zona norte de Cartago, donde se logró la prohibición a nivel nacional del agroquímico clorotalonil por la contaminación a mantos acuíferos.

¡Vamos al Río!: Compartimos en el Río Guacimal las tensiones y amenazas que atraviesan los ríos

Observatorio de Bienes Comunes

En el marco del Encuentro contra los Quebradores (30 de junio y 1 de julio 2023) tuvimos la oportunidad de compartir y generar estos audios que recogen algunas de las intervenciones que se dearrollaron durante la visita al Río Guacimal, en este espacio se dieron momentos en donde las distintas personas que participaron tuvieron la oportunidad de compartir inquietudes y saberes en torno a la situación que están enfrentando nuestros ríos. Esperamos que estos saberes en diálogo enriquezcan nuestras perspectivas y permitan construir prácticas para seguir profundizando nuestras acciones transformadoras para la protección y disfrute de nuestros bienes comunes naturales.

Situación del Río Guacimal: En este momento de la visita del río, se expone la situación que atraviesa el Río Guacimal, que desde la actividad piñera hasta los quebradores, han procurado explotar este río, estas acciones han traído importantes consecuencias en la vida del río, pero también impacto en los ecosistemas de los cuales depenende de la buena salud del río.

Piña y redes de poder: En esta ocasión, a partir de la exposición del caso de Buenos Aires y la presencia de una empresa transnacional, se reflexionó las implicaciones que tienen este tipo de actividades, no sólo en la concentración de la tierra, sino en la monopolización de todas las actividades de las comunidades, y las implicaciones que representa esto, ya que limita para el ejercicio de la participación política y ambiental.

Participación y fortalecimiento organizativo: A partir de los escenarios del Río Guacimal y Buenos Aires, se reflexiono sobre la importancia que tienen no sólo la denuncia, sino también la necesidad de involucrar a la comunidad y las juventudes, la construcción de consciencia y la búsqueda de acciones que enriquezcan la vida comunitaria, ya que sin esta participación, la posibilidad de construir alternativas se limita.

Situación de la Asada de Judas de Chomes: Como cierre de la visita, conversamos en el sitio de la Toma 2, que abastece a la comunidad de Judas de Chomes, esta localidad dependen del 100% de pozos que se alimentan de las aguas del Río Guacimal. Por esta razón, la fragilidad que representa las afectaciones al río Guacimal, no son tema menor. Es así, como ante el escenario de quebradores activos, reflexionamos ¿cuál es el impacto de un quebrador sobre esas aguas?

Para escuchar los audios, ingrese en ese enlace.

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