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UCR: Centro de investigación realiza pruebas accesibles para prevención y tratamiento del cáncer de cérvix

Laboratorio del Centro de Investigación en Cirugía y Cáncer (CICICA). El Cáncer puede prevenirse.

En el mundo hay 19 millones 300 mil casos nuevos de cáncer y en Costa Rica: 1 de cada 5 personas muere por cáncer.

Autoría: Esteban Umaña Picado (Periodista Unidad de Comunicación Vicerrectoría de Acción Social, UCR)

El Centro de  Investigación en Cirugía y Cáncer (CICICA) de la Universidad de Costa Rica (UCR) por medio del proyecto de Acción Social “Plataforma de laboratorio especializado en diagnóstico y pronóstico oncológico para la población costarricense e internacional” (ED-3535), ofrece a las mujeres una prueba especializada -conocida como HPV Oncotect- que permite determinar con mayor precisión si una mujer va a desarrollar cáncer cervicouterino cuando es portadora del virus del papiloma humano.

Según el Dr. Rodrigo Mora Rodríguez, virólogo de la Facultad de Microbiología de la UCR y coordinador del proyecto, la prueba es importante ya que es un mecanismo de detección temprana vital para la efectividad del tratamiento ante la enfermedad y por otro lado, evita el sobretratamiento, ya que la presencia del virus en el cuerpo no necesariamente significa que se vaya a desarrollar un cáncer, porque en un año o dos el sistema inmune puede neutralizar el virus en un alto porcentaje de los casos. 

La técnica del HPV Oncotect  consiste en un sistema donde se analiza célula por célula y se determina la cantidad exacta de células alteradas o no, con este nivel de exactitud se puede decidir con mayor certeza si la mujer necesita algún tratamiento adicional o esperar a que el sistema inmune ataque el virus.

Esta prueba se enmarca dentro de lo que suele llamarse medicina de precisión, la cuál consiste en desarrollar y aplicar el tratamiento para cada paciente en específico y para el tipo de cáncer en particular, mejorando la respuesta a la terapia y disminuyendo con esto los efectos adversos de los medicamentos.

La detección temprana y la accesibilidad

En la investigación «Inequidades en la detección temprana del cáncer de cérvix: una realidad en la población costarricense «del Centro Centroamericano de Población del año 2022, se concluye que las condiciones de vida de las mujeres en diferentes regiones del país, no sólo ponen de manifiesto las inequidades sociales, sino que además aumentan el riesgo de desarrollar un cáncer cérvicouterino, dada la falta de acceso o el acceso desigual a la detección temprana, por lo que ofrecer un servicio subsidiado en coordinación con otras instituciones es vital para mejorar el tratamiento y aumentar la esperanza de vida de una paciente con cáncer.

Como parte de la acción social universitaria estas pruebas están disponibles en el CICICA al 50% del costo del mercado.  Sin embargo, sobre la coordinación con otros centros de salud, Mora declaró que todavía no se ha logrado establecer acuerdos con la Caja Costarricense de Seguridad Social.

Mora destacó la importancia de seguir aplicando una medicina de precisión ya que no todas las personas reaccionan igual ante el mismo tratamiento y hay estudios farmacoeconómicos que determinan que este tipo de iniciativas pueden significar no solo un beneficio para la salud de las personas, sino un mejor uso de los recursos del sistema de salud social.

“Por ejemplo, hay drogas muy caras de última generación que no necesariamente son lo mejor para un paciente porque el tipo de cáncer que tiene reacciona mejor ante otros medicamentos anteriores” concluyó.

Para acceder a la prueba las mujeres pueden solicitarle a su profesional en ginecología que remita la muestra del Papanicolau al CICICA de la UCR para poder hacer la prueba. El resultado estará disponible en una semana y queda a criterio del especialista el camino a seguir en función del resultado.

Presentación de informe «Reactivación turistica y conflictos socioambientales en Guanacaste»

SURCOS comparte la siguiente información: 

Este miércoles 8 de febrero tendremos la presentación del informe: “Reactivación turística y conflictos socioecológicos en Guanacaste”, con la participación del autor e investigador Arturo Silva de la organización Alba Sud.

Escúchenos por la 96.7 FM en Radio Universidad, 5 p.m. y véanos a través del Facebook de Radio Universidad de Costa Rica en el siguiente enlace: https://www.facebook.com/radiouniversidadcr 

Recital «Día Nacional de la Poesía: homenaje a Marco Aguilar, Laureano Albán y Jorge Debravo» con Grupo Literario Poiesis

Grupo Literario Poiesis, Editorial Poiesis, la Benemérita Biblioteca Nacional y La Revista.cr le invitan al recital “Día Nacional de la Poesía: homenaje a Marco Aguilar, Laureano Albán y Jorge Debravo”, con el Grupo Literario Poiesis y la participación de Ronald Bonilla, Julieta Dobles, Lucía Alfaro, Carlos Enrique Rivera, Marianella Tortós Albán, Yorhan Chaverri y Hazel Arauz.

La actividad se realizará el martes 31 de enero 2023, a las 5:00 p.m. en la Benemérita Biblioteca Nacional.

El recital también se transmitirá a través de Facebook:

Biblioteca Nacional Costa Rica https://www.facebook.com/bibliotecanacional.mcj.cr/

Grupo Literario Poiesis https://www.facebook.com/groups/grupoliterariopoiesis/

La Revista.cr https://www.facebook.com/larevistacr/

Cultura, ideología y lucha ideológica en Costa Rica

Alternativas, realizó este viernes 13 de enero el programa «Cultura, ideología y lucha ideológica en Costa Rica» con un panel invitado: Esperanza Tasies, socióloga y psicopedagoga; Wilson Arroyo, músico de rock-folk latinoamericano y activista; Manuel Delgado, filósofo, periodista y escritor; Martin Chinchilla, periodista, asesor en comunicación e imagen y Gorge Barrientos, profesor e investigador.

Este programa tocó el tema de la cultura como un reflejo superestructural de las relaciones materiales de producción de bienes y servicios que se vinculan en un mundo globalizado como un recurso ideológico, donde los elementos están presentes bajo un sentido de inmediatez. 

Además, dentro de la discusión se establecen las dinámicas ejercidas por los medios de comunicación como monopolios, que ejercen una influencia significativa en la construcción de elementos llenos de significados y que son parte de esta construcción ideológica. 

Ingrese al enlace para ver el programa completo: https://fb.watch/i1HCuNnMj8/

UCR celebra fallo que anula compraventa de tierras indígenas por parte de personas externas

La promulgación de la Ley Indígena en 1977 marca un precedente para la defensa de los derechos de las poblaciones indígenas. Imagen con fines ilustrativos: comunidad indígena guaymí, Alto Conte, Golfito. (Foto: Anel Kenjekeeva, ODI)

Alejandra Amador Salas, Periodista

Mediante un pronunciamiento aprobado por el Consejo Universitario a finales del año 2022, la Universidad de Costa Rica (UCR) celebró el fallo de la Sala Constitucional que declara la nulidad de todas las compraventas de tierras por parte de personas no indígenas dentro de los territorios de estas poblaciones, realizadas posterior a la entrada en vigencia de la Ley Indígena en 1977.

Esta Ley establece en su artículo 3 que Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas.

Pese a la claridad de la legislación, el señor Rodrigo Aráuz Figueroa interpuso en el año 2021 una acción de inconstitucionalidad contra la jurisprudencia de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia, en relación con dicho artículo. Sin embargo, el 19 de octubre 2022, la Sala Constitucional declaró sin lugar esta acción, por mayoría.

Ante esta situación, la UCR considera que la normativa nacional e internacional, los derechos humanos de los pueblos originarios y la resolución de la Sala Constitucional reflejan la necesidad de que el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial intervengan con celeridad y procedan con los desahucios correspondientes para que estas poblaciones recuperen sus tierras y que no haya violencia durante el proceso.

Desde hace más de 10 años, el Consejo Universitario ha visibilizado las situaciones que han vivido los pueblos indígenas costarricenses con respecto a la tenencia, ocupación y recuperación de tierras y recursos. Asimismo, ha instado al Gobierno de la República a tomar medidas contundentes para proteger a esta población tan vulnerable.

UCR: IICE pronostica un crecimiento de apenas 2,3 % en la economía nacional para el 2023

El sector turístico fue el que mostró el mayor crecimiento interanual en el tercer trimestre del año pasado, con un 22,5 % más en comparación con el mismo trimestre del 2021. Imagen con fines ilustrativos. ,

Inflación y alzas en las tasas de interés erosionarían la economía y la inversión

El incremento trimestral del PIB el año pasado bajó del 8 % en el primer trimestre al 3,3 % en el tercero, alerta el Instituto

Recién comienza el año y las perspectivas económicas no son tan halagüeñas para los próximos 12 meses. Así lo refleja el Análisis Trimestral realizado por el Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la Universidad de Costa Rica (UCR), que prevé un crecimiento de apenas 2,3 % para este 2023, con un intervalo entre el 1,8 % y el 2,7 %.

El motivo de este reducido margen de incremento económico es que tanto la esperada caída en el crecimiento mundial como el aumento de las tasas de interés afectarían a la economía en general, con un énfasis en la inversión y el consumo de los hogares. Esto se une a los números bajos en el producto interno bruto (PIB) con los que el país cerró el año pasado, pues se prevé un crecimiento interanual del 2 % en el PIB para el último trimestre del 2022, ligeramente mayor al 1,8 % estimado para el primer trimestre del 2023.

En términos generales, el IICE también había observado la posibilidad de un crecimiento real del PIB en un 4,7 % para el 2022; mientras que, para el 2023, se reduciría a un 2,26 %.

Todo lo anterior indica que el país estaría llegando al fin de la recuperación económica tras los duros efectos vividos por la pandemia. Este equipo de expertos de la UCR pronostica también que el 2023 será un año que mantendrá tasas de interés altas. Además, señala que la vigilancia al crecimiento en los precios será importante para el análisis, ya que esto puede generar incrementos en la tasa de política monetaria, cuyo efecto llevaría a más aumentos en las tasas de interés de mercado.

En cuanto al gasto público, el IICE asume que este año podría haber una reducción sustancial en términos reales en comparación con el año pasado debido a la implementación de la regla fiscal, ya que su cálculo no contempla la alta subida de precios del año pasado. A la vez, plantea que podría haber una afectación en la inversión en infraestructura y educación, lo que afectaría también a la producción privada en el largo plazo.

Crecimiento de la producción continúa a la baja

Tras alcanzar una tasa de crecimiento interanual superior al 10 % a lo largo del 2021, este indicador mostró un claro descenso a partir del primer trimestre del 2022 (8,08 %), precipitándose hasta el 3,30 % para el tercer trimestre del año pasado.

Otro parámetro que cae es la tasa de crecimiento interanual del Índice Mensual de Actividad Económica (IMAE), la cual viene bajando desde julio del 2021, cuando alcanzó un 12,87 %, hasta setiembre del año pasado, cuando registró un incremento del 3,00 %. Sin embargo, esta tasa sigue siendo mayor a la que reportó el país previo a la crisis sanitaria, colocándose en parámetros que oscilaron entre el 0,8 % de junio del 2019 y el 1,9 % de ese mismo año.

La demanda interna del país también sigue decreciendo, con un descenso en la inversión superior a los 101 millones de colones para el tercer trimestre del año pasado. En cuanto al consumo del Gobierno, este aumentó en el segundo trimestre, pero este incremento volvió a descender en el tercero. Con todo, el consumo propio de los hogares se ha mantenido estable durante el 2022.

Hotelería y servicios de comida aumentaron su valor agregado

El sector turístico, que reúne actividades de alojamiento y venta de alimentos, sí tuvo un tercer trimestre bastante positivo el año pasado, pues creció un 22,5 % en comparación con ese mismo trimestre en el 2021. Otros sectores con un registro favorable fueron el de información y comunicación (9,6 %) y transporte y almacenamiento (9,3 %).

En el caso contrario, el sector de la construcción tuvo un comportamiento negativo, pues decreció un 14,0 %, seguido en mucho menor medida del agrícola, pesca y silvicultura, que decayó en un 1,2 %. Prácticamente el resto de actividades productivas mostraron un comportamiento positivo, en mayor o menor medida.

Este crecimiento casi general parece haber impactado la creación de plazas de trabajo, que creció un 5 % entre setiembre del 2021 y ese mismo mes en el 2022. El impacto positivo en la ocupación se observa sobre todo en el sector de manufacturas (y, específicamente, en construcción, hoteles y restaurantes) y, en menor medida, entre el comercio y los negocios de servicios. En cambio, el sector agrícola y ganadero decreció un 6 % entre ese mismo periodo.

Sobre el extraño comportamiento en el sector construcción, que por un lado fue el que más decreció en el tercer trimestre pero que, por otro lado, reportó números muy positivos en cuanto a la creación de nuevas fuentes de empleo, la M.Sc. Daniela Córdoba Solano, investigadora del IICE, explica que es posible que esto se haya dado como respuesta a los problemas en las cadenas de suministros a nivel internacional, los cuales repercutieron a lo interno del país en los precios de la construcción, que se mantuvieron altos durante el segundo y tercer trimestre de 2022.

“Sin embargo, el aumento en la ocupación del sector construcción parece ser señal de recuperación, ya que en el primer semestre la ocupación estuvo por debajo de los niveles de septiembre de 2021. No obstante, es necesario esperar las estadísticas de la ocupación en el cuarto trimestre, para saber con más precisión qué es lo que está pasando en ese sector”, detalló Córdoba.

De acuerdo con el IICE, la masa laboral con calificación media (sobre todo entre personas con secundaria completa) fue la más beneficiada con nuevas fuentes de trabajo entre el mismo lapso explicado anteriormente, mostrando un aumento del 9 % interanual. La empleabilidad de los trabajos calificados se redujo un 1 %, mismo porcentaje que descendieron los puestos laborales para la mano de obra menos calificada.

Índice de Precios al Consumidor (IPC) tuvo un ligero descenso

Aunque la inflación sigue alta y las tasas de interés aumentan, la tasa de crecimiento del IPC sí evidenció un ligero descenso interanual entre agosto y octubre del año pasado, bajando desde el 12,13 % en agosto (y el más alto desde, al menos, enero del 2020) hasta el 8,99 % en octubre. El pico de mediados de año se produjo tras el aumento internacional en el valor de las materias primas (y, sobre todo, del petróleo). Eso sí, el crecimiento del IPC sigue siendo aún mucho más alto que en los últimos tres años.

Además, tomando en cuenta octubre 2021 y octubre 2022, la gasolina fue el bien que más aumentó de precio en ese lapso, con un 0,73 %, seguido de otros insumos como la papa (0,44 %), el café (0,36 %), el aceite (0,34 %) o los pasajes de autobús (0,33 %).

En sentido contrario, los bienes que más se abarataron en ese periodo fueron los servicios de telecomunicaciones en paquetes (-0,253 %), la telefonía móvil (-0,177 %) y, en menor medida, el internet residencial (-0,063 %) y el gas licuado (-0,045 %, lo cual llama la atención tomando en cuenta el aumento en el costo de los hidrocarburos).

Por su parte, la Tasa Básica Pasiva (TBP) no detuvo su visible incremento registrado entre abril y julio (cuando pasó de 2,90 puntos porcentuales a 5,37) y octubre del año pasado se situó en 6,02 puntos, la cifra más alta desde abril del 2019.

Esto ocurrió en gran medida debido a los aumentos en la tasa de política monetaria (TPM), que pasó de estar en 1,25 % en enero del 2022 a 9,00 % a finales de octubre. Según el IICE, el efecto de la TPM sobre la TBP dura aproximadamente seis meses en traspasarse, por lo que se pronostica que las tasas de interés continúen con aumentos a inicios del año en curso.

Usted puede consultar el texto completo del Análisis Trimestral haciendo clic en este enlace.

 

Pablo Mora Vargas
Periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR

UCR rechaza categóricamente proyecto de ley que pretende regular el FEES

La Asamblea Legislativa aún no ha consultado formalmente a la UCR sobre este proyecto de ley, pero ante la importancia del tema el Consejo Universitario ha trabajado proactivamente en tener el criterio. (Foto: Andrea Jiménez, CU)

Zaida Siles Rojas y Alejandra Amador Salazar, Periodistas

El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica rechazó de manera categórica el proyecto de ley que pretende regular el Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), el cual analiza la Asamblea Legislativa bajo el expediente N.° 23.380.

Además le solicitó a la Comisión Especial de Educación, que analiza ese proyecto, una audiencia para profundizar sobre aspectos que considera fundamentales en relación con esa iniciativa.

El proyecto de ley pretende replantear la autonomía de las universidades públicas y otorgar potestades regulatorias al Poder Ejecutivo sobre la educación superior estatal, también crea lo que denomina un Fondo Especial para la Educación Superior Estatal, así como un Consejo promotor, fiscalizador y evaluador de los resultados del financiamiento. Además, establece limitaciones al uso de dicho Fondo, así como criterios de distribución entre las instituciones y la posibilidad de trasladar recursos excedentes a la caja única del Estado.

Para el Órgano Colegiado esta propuesta no solo es inconstitucional, sino que está basada en falacias argumentativas que le restan razonabilidad al texto. En este sentido, destacó cuatro razones fundamentales por las cuales contraviene la Constitución Política de la República de Costa Rica.

La primera de ellas es que pervierte el mecanismo de financiamiento de las universidades estatales establecido por el artículo 85 de la Carta Magna, en el tanto hace que el Poder Ejecutivo adquiera potestades que son consustanciales a los órganos propios de las universidades estatales.

Asimismo, usurpa competencias de los órganos existentes de coordinación de la educación superior, a la vez que somete la planificación y el presupuesto universitario a control del Poder Ejecutivo.

Por otra parte, restringe la independencia administrativa, impone fines específicos a las universidades estatales y presenta vacíos fundamentales que obligan a desarrollar un instrumento jurídico de rango inferior para las disposiciones previstas en el articulado, lo cual deviene en una clara inseguridad jurídica y sometimiento al control por parte de las autoridades de los gobiernos de turno.

Este Órgano advirtió el peligro del proyecto con respecto a la institucionalidad (específicamente de las autonomías universitarias) que resguarda el derecho a la educación superior pública de excelencia, mediante los artículos 84 y 85 de la Constitución Política.

Falacias

Según el análisis realizado por el Consejo Universitario, este proyecto de ley está fundamentado en una serie de falacias argumentativas, las cuales fueron refutadas por esta casa de estudios superiores.

VER CRITERIO COMPLETO AQUÍ

Ocupación y colonización del territorio palestino por parte de Israel: a propósito de una reciente iniciativa ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

El pasado viernes 11 de noviembre, con una aplastante mayoría de 98 votos a favor y tan solo 17 en contra, la Cuarta Comisión de la Asamblea General de Naciones aprobó una resolución en la que solicita a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) pronunciarse sobre los efectos de la ocupación y de la colonización de territorios palestinos por parte de Israel.

 La resolución lleva como título «Israeli practices affecting the human rights of the Palestinian people in the Occupied Palestinian Territory, including East Jerusalem» / «Prácticas israelíes que afectan a los derechos humanos del pueblo palestino en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental» (Nota 1).

En la segunda quincena de diciembre, este mismo texto deberá ser votado por la Asamblea General como tal una segunda vez.

La diplomacia de Israel: la historia (reiterada) de un aparato diplomático desplegando gestiones usando argumentos (reiterados).

 Desde ya, la profunda molestia de Israel externada justo después del voto (véase articulo del Times of Israel, edición del 12 de noviembre) anunciaba gestiones diplomáticas al más alto nivel para intentar a toda costa evitar que sea ratificada esta resolución en un segundo voto: véase cable de la agencia Reuters del 29 de noviembre 2022 y esta nota publicada en Uruguay el 2 de diciembre del 2022 .

En el breve extracto de la carta dirigida a unos 50 jefes de Estado que aparece en esta nota del Times of Israel, se menciona la expresión «dangerous move» (sic), sin que quede claro cómo podría ser «peligroso» solicitar una opinión consultiva al juez internacional de La Haya. A menos que Israel reconozca tácitamente con esta misma carta oficial que sus acciones en territorio palestino son ilegales según el derecho internacional, lo cual en sí mismo, sería bastante sorprendente y ameritaría ser considerado como una verdadera «première«.

Al respecto, podemos recordar a nuestros estimables lectores dos textos recientes que emanan de dos órganos de importancia dentro del organigrama de Naciones Unidas, a saber:

 – la resolución 2334 (ver texto) adoptada por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas en diciembre de 2016 (gracias a la notable abstención de Estados Unidos, y con el voto afirmativo de los demás 14 integrantes del Consejo), y en particular la reafirmación de las diversas normas internacionales que el Consejo de Seguridad considera que Israel está violando en el territorio palestino ocupado. Como es ya lo usual, el delegado de Israel no encontró otra salida que la de afirmar que:

«those who had voted “yes” to the resolution had voted “no” to negotiations, to progress and to a chance for better lives for both Israelis and Palestinians, and to the possibility of peace» (véase comunicado oficial de Naciones Unidas que recoge intervenciones oídas durante la sesión).

– así como la resolución A/Res/76/82 aprobada en diciembre del 2021 por la Asamblea General, titulada «Los asentamientos israelíes en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y en el Golán sirio ocupado«. Esta resolución contó con 147 votos a favor, 7 en contra (Canadá, Hungría, Liberia, Islas Marshall, Israel, Micronesia y Estados Unidos) y 20 abstenciones (véase detalle del voto). Tendremos en las líneas que siguen oportunidad de analizar con mayor detalle este pequeño grupo de Estados que acompañan de manera reiterada a Israel en sus contiendas diplomáticas en Naciones Unidas.

Foto de la Embajadora de Estados Unidos Nikki Haley saliendo de la sala del Consejo de Seguridad en Nueva York al iniciar su alocución el representante de Palestina el 15 de mayo del 2018, durante una sesión sobre la violencia de Israel contra manifestantes participando en la Marcha del Retorno. Foto extraída de nota de prensa titulada “EE.UU. se queda solo en la ONU” (La Vanguardia, edición del 16/5/2018)

El entorno del 2022 en materia de agresiones militares

Como viene ya siendo usual en indiscutibles victorias de unos (y derrotas diplomáticas para otros), el voto de esta resolución el pasado 11 de noviembre no fue mayormente publicitada en los grandes medios de prensa internacionales.

Tratándose de un año como el 2022, en el que un Estado Miembro de Naciones Unidas como Ucrania que sufre una agresión militar por parte de Rusia desde el 24 de febrero, ha acaparado la atención de todos los medios internacionales, la omisión observada plantea algunas interrogantes muy válidas. Siendo además, varias las resoluciones de la misma Asamblea General adoptadas desde marzo del 2022 y ampliamente difundidas sobre el respeto a la integridad territorial de Ucrania, la obligación de discriminar objetivos militares de poblaciones civiles a la hora de ordenar una operación militar por parte de Rusia, la imperiosa necesidad de no destruir intencionalmente infraestructura pública que asegura servicios esenciales, y respetar por parte de Rusia las demás obligaciones que le incumbe derivadas de la Carta de Naciones Unidas y del derecho internacional humanitario, las interrogantes son aún mayores.

¿Acaso no es de interés de cualquier Estado Miembro de Naciones Unidas y de la comunidad internacional como tal que estas mismas reglas invocadas, con justa razón, por Ucrania se apliquen de manera uniforme y sean debidamente respetadas por todos los demás Estados, incluyendo Israel (Nota 2) ? ¿Acaso no es una atribución de cualquier Estado el acudir a una instancia judicial internacional como la CIJ cuando se considera víctima de violaciones de reglas vigentes en el ordenamiento jurídico internacional por parte de otro Estado?

El detalle de la votación en breve

En esta fotografía del registro del voto extraída de esta nota del Times of Israel (edición del 11 de noviembre del 2022), nuestros estimables lectores podrán apreciar cómo votaron cada uno de los 193 Estados Miembros de Naciones Unidas. Así como en esta nota publicada en el medio digital costarricense de Delfino.cr (una de las pocas publicadas – posiblemente la única – en Costa Rica al respecto, en la que no se explica oficialmente por qué razones Costa Rica optó por abstenerse).

¿Cuál podrá ser la frase de esta resolución que condujo a varios Estados en este 2022 a revisar su posición con relación a textos similares votados en años anteriores con su voto afirmativo? ¿Qué «temor» les puede causar en este 2022 el hecho de pedir al juez internacional examinar en detalle la ocupación ilegal del territorio palestino y los efectos de la colonización israelí a la luz de la normativa internacional vigente?

A los 98 votos a favor y a los 17 en contra, hay que contabilizar un total de 52 abstenciones así como 25 «No Show» (ausencia del delegado al momento de registrarse la votación).

En este 2022, en lo que concierne a América Latina, Israel y su fiel aliado norteamericano pudieron únicamente cosechar el voto negativo de Guatemala (y contar con las abstenciones de Colombia, Costa Rica, Ecuador, Haití, Honduras y Uruguay); mientras que en Europa, lograron obtener el voto negativo de Alemania, Austria, Estonia, Hungría, Italia, Lituania y de República Checa (así como obtener 25 abstenciones, incluidas las de España, Francia, Países Bajos y Reino Unido que votaron en el 2021 a favor). En el continente africano, únicamente Liberia votó en contra de esta resolución, al tiempo que nueve Estados africanos se abstuvieron.

Bolivia y Venezuela aparecen entre los «No Show«, con una diferencia no obstante que es necesario precisar: debido a atrasos en los pagos de su contribución anual como Estado Miembro, Venezuela no puede participar a votos en la Asamblea General.

Como indicado con anterioridad, el voto de esta resolución fue muy pocamente referenciado en los medios de prensa internacionales. Es de notar que un día anterior (10 de noviembre) el servicio de prensa de Naciones Unidas elaboró una nota informando de la votación a realizarse 24 horas después por parte de esta comisión del órgano plenario de Naciones Unidas (véase nota oficial de Naciones Unidas).

El voto a favor de esta resolución por parte de la delegación de Ucrania pareciera haber molestado profundamente a Israel: a modo de respuesta, Israel optó por abstenerse en una resolución posterior sobre la obligación de Rusia de compensar los daños causados en Ucrania desde que inició su denominada «operación militar especial » – término oficialmente utilizado en Rusia – el 24 de febrero (véase nota del Times of Israel y nuestra breve nota sobre esta resolución adoptada a favor de Ucrania el pasado 15 de noviembre). A menos que Israel, desde ya, considere que es mejor para sus interés el no reconocer que un Estado tiene la obligación de responder por hechos ilícitos internacionales y daños cometidos por sus autoridades en un territorio que no le pertenece.

La inquebrantable «coalición» en Naciones Unidas con la que Israel siempre puede contar

Como ya viene siendo habitual en este tipo de resoluciones, el núcleo duro de Estados opuestos a cualquier texto a favor de Palestina incluye a Australia, Canadá, las Islas Marshall, Israel, Micronesia, Nauru, Palau y Estados Unidos. En general, este núcleo consigue atraer algunos votos ocasionales (sea de Europa, de África así como de América Central).

Como ejemplo, entre otros muchos, cuando en noviembre de 2012 la Asamblea General reconoció a Palestina como «Estado Observador No Miembro«, adoptando la resolución A/Res/67/19 (138 votos a favor, 9 en contra y 41 abstenciones) (Nota 3), a esta extraña asociación de Estados se unieron Panamá y la República Checa (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). De forma similar (9 votos), en una votación sobre la obligación de no trasladar embajadas a Jerusalén que tuvo lugar en 2017, reuniendo 128 votos a favor y 35 abstenciones (véase nota de prensa oficial de Naciones Unidas).

Esta curiosa «coalición» según el término utilizado por el Washington Post en 2012 (véase artículo) se expresó también en 2021, durante la votación de la resolución A/RES/76/225 (véase texto), con sus 7 votos en contra, frente a 156 votos a favor y 15 abstenciones (véase detalle de la votación): lejos de ser una alianza de circunstancias, los lazos que unen a sus miembros parecen ser los de un frente real, duradero y bastante sólido.

En este año 2022, estos vínculos reaparecieron durante la votación de la resolución titulada «Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina» A/77/L.26, adoptada el 30 de noviembre de 2022 por 153 votos a favor, 9 en contra y 10 abstenciones (véase detalle de la votación durante la cual Hungría y Liberia se unieron a la mencionada «coalición«, habiéndose abstenido finalmente Australia).

Este núcleo duro puede a veces verse algo reducido: una de las expresiones más modestas en número de votos de la llamada «coalición» (4 votos: Estados Unidos, Israel, Islas Marshall y Micronesia) es sin duda esta resolución votada en octubre de 2003 sobre la construcción del muro construido por Israel, adoptada con 144 votos a favor y 4 en contra (véase el comunicado oficial de Naciones Unidas).

Con relación a Costa Rica, en los años 80 fueron varias las resoluciones en las que su voto aislado intentó segundar las posiciones de Israel: por ejemplo, nos encontramos con el voto en 1988 de la Resolución A/Res/43/176 titulada «Cuestión de Palestina«, en la que se cuenta con 138 votos a favor, dos en contra (Estados Unidos e Israel) y 2 abstenciones: Canadá y Costa Rica (véase detalle del voto). Desde la administración (2006-2010) del Presidente Oscar Arias Sánchez, durante la cual Costa Rica reconoció oficialmente a Palestina como Estado (febrero del 2008), precediendo este gesto por el traslado de la embajada de Costa Rica de Jerusalén a Tel Aviv (agosto del 2006), la diplomacia costarricense ha cambiado notablemente su patrón de voto en el recinto de Naciones Unidas: una tendencia que se debería de confortar y asentar en vez de proceder en este año 2022 a «cambios» sin explicación alguna.

Como se ha podido observar a través del tiempo, este «núcleo duro» de Estados es lo único con lo que cuenta de manera automática Israel en la Asamblea General. Es muy probable que este núcleo sea llamado a solidarizarse nuevamente con Israel, esta vez con relación a los efectos que está causando su política represiva en los niños palestinos: en este final del año 2022, se informó al Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, un órgano convencional de monitoreo y de supervisión, de los dramáticos estragos que causó durante el año 2022 la política represiva israelí en la niñez palestina (véase revelador informe de HumanRights Watch). Ya hacia mediados del 2022, la Alta Comisionada en persona para los Derechos Humanos de Naciones Unidas había alertado sobre esta faceta del drama que viven muchas familias palestinas en este 2022 (véase comunicado oficial de prensa).

El origen de la solicitud a la CIJ

Como señalado anteriormente, esta resolución que busca acercar a Palestina a la justicia internacional es muy similar a la adoptada en años anteriores por la Asamblea General de Naciones Unidas, con un único añadido significativo con respecto a la solicitud hecha a la CIJ para la versión de este 2022.

¿Cómo entonces explicar el súbito cambio de parecer de algunos Estados al respecto? ¿Tanto «temor» provocará en algunos Estados una solicitud de opinión consultiva a la CIJ? Cabe precisar que un segundo voto ya no de la Cuarta Comisión sino de la Asamblea General como tal tendrá lugar en la primera mitad del mes de diciembre, por lo que aún algunos Estados están a tiempo de rectificar o al menos, de reconsiderar su posición.

El argumento israelí según el cual esta iniciativa pone en riesgo el proceso de negociación (recientemente leído en esta nota de la prensa británica) y la solución de dos Estados es bastante cuestionable: es exactamente la misma explicación externada cuando se adoptó en el 2016 en el seno del Consejo de Seguridad la resolución 2334. Esta «explicación» omite (convenientemente) explicar que Palestina, como Estado, requiere que se respeten todas las normas que los Estados se deben los unos a los otros.

Un reciente artículo de la prensa uruguaya hace ver el cambio de posición del delegado de Uruguay en el 2022 con relación al voto del 2021 (véase nota de prensa de El Observador): una prensa más observadora en otras latitudes del continente confirmaría que este cambio de posición (una abstención en vez de un voto a favor) no es monopolio de Uruguay, y que en Centroamérica, así como en Europa también se dieron cambios de posición sin ningún tipo de explicación por parte de las autoridades gubernamentales (Nota 4).

Con relación a la solicitud hecha a la CIJ en la resolución del 2022, proviene del hecho siguiente, también escasamente difundido: un informe reciente dado a conocer – octubre del 2022 – por parte de una comisión de investigación creada por el Consejo de Derechos Humanos sobre lo ocurrido en el 2021 en Palestina – (véase enlace oficial y texto en español) incluyó, en sus recomendaciones finales que:

«92. La Comisión recomienda que la Asamblea General:

  1. a) Solicite urgentemente una opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la negativa continuada de Israel a poner fin a su ocupación del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, que equivale a una anexión de facto, de las políticas empleadas para lograrlo, y de la negativa de Israel a respetar el derecho del pueblo palestino a la libre determinación, así como de las obligaciones de los terceros Estados y de las Naciones Unidas de velar por que se respete el derecho internacional;
  2. b) Transmita el presente informe al Consejo de Seguridad y le solicite que considere la posibilidad de adoptar nuevas medidas para poner fin a la situación ilegal resultante de la ocupación permanente impuesta por Israel, y exhorte al Consejo de Seguridad a que exija a Israel que ponga fin a su ocupación permanente con carácter inmediato«.

En este año 2022, resulta llamativo que esta sugerencia con relación a la CIJ fuera inmediatamente endosada por un grupo de Estados, denotando una estrategia diplomática muy hábil y certera para obtener las cifras registradas durante la precitada votación del 11 de noviembre.

Nótese de igual forma la poca difusión hecha por algunos grandes medios de prensa al contenido de este informe presentado en octubre del 2022 por esta comisión de investigación, cuya lectura completa se recomienda. Como ya viene siendo su costumbre, el aparato diplomático de Israel no encontró nada mejor que el intentar desacreditar a los tres integrantes de esta comisión (véase artículo de PassBlue), una actitud que ya no impresiona mayormente a nadie dentro de Naciones Unidas. No está de más recordar también que las máximas autoridades de Israel calificaron en el 2021 a la Corte Penal Internacional (CPI) de ser «antisemita» (véase declaraciones recogidas en esta nota del Jerusalem Post, edición del 4 de marzo del 2021).

Años de graves violaciones del derecho internacional ante un Consejo de Seguridad en jaque

Esta comisión de investigación que dio a conocer su informe a Naciones Unidas en octubre del 2022 es muy similar a otras creadas por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en el pasado:

 – en el 2018, durante los abusos cometidos por las fuerzas de seguridad israelíes contra manifestantes palestinos desarmados que participaban en la «Gran Marcha» (véase el enlace que permite acceder a su informe) ;

 – en el 2014, tras la ofensiva militar en Gaza (70 muertos del lado israelí, entre ellos 67 soldados, el tiempo que se registró la muerte de 2251 del lado palestino, entre ellos 551 niños (véase enlace para acceder al informe y su resumen);

 – o bien en el 2009, tras la ofensiva militar llevada a cabo en Gaza entre el 28 de diciembre de 2008 y el 17 de enero de 2009 por parte Israel (véase enlace), que se saldó con la muerte de 13 israelíes y la de aproximádamente 1.400 palestinos (Nota 5) (véase la sección «casualties» en los párrafos 352-364 del precitado informe).

Al releer la intervención del representante de Palestina en una sesión del Consejo de Seguridad realizada el pasado 28 de octubre (véase acta S/PV.8648 en páginas 5-6), precedida por la del funcionario de Naciones Unidas encargado de informar al Consejo de Seguridad sobre la realidad en el terreno, recordamos un artículo de 2009 «Gaza: le processus de paix en question» publicado en el Annuaire Français de Droit International (AFDI). En este último, se daba una idea de la estrategia de las autoridades israelíes, calificada de «gestión de la pudredumbre» (traducción libre del autor de la expresión «gestion du pourrissement«), y que consiste, segun lo explicado en este artículo, en:

«dejar las cosas como están, rechazando de hecho cualquier solución que conduzca al surgimiento de un verdadero Estado palestino, mientras se da la apariencia de buena voluntad, préstándose periódicamente al juego de la negociación«

(traducción libre del autor de: «à laisser les choses en l´état, en refusant en fait toute solution allant dans le sens de l´émergence d´un véritable Etat palestinien, tout en donnant l´apparence de la bonne volonté en se prêtant périodiquement au jeu de la négociation» (Nota 6).

En un artículo mucho más reciente sobre esta solicitud de opinión consultiva (véase el artículo publicado el 19 de noviembre de 2022 en ArabNews titulado «Israel has only itself to blame for its referral to ICJ «) se afirma lo siguiente:

«The occupying force is taking steps every single day to make a peace agreement based on a two-state solution impossible by enabling some of its population to settle in the Occupied Territories at the expense of Palestinians, while oppressing them, assaulting them and dispossessing them in contravention of international law, not to mention basic morality and common decency».

Las dos preguntas formuladas a la CIJ en la solicitud de opinión consultiva

En el texto de la resolución A/C.4/77/L.12/Rev.1, se lee en su parte resolutiva final, que la Asamblea General de Naciones Unidas:

«18. Decide, de conformidad con el artículo 96 de la Carta de las Naciones Unidas, solicitar a la Corte Internacional de Justicia, en virtud del Artículo 65 del Estatuto de la Corte, que emita una opinión consultiva sobre las siguientes cuestiones, teniendo en cuenta las normas y los principios del derecho internacional, lo cual incluye la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos, las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos, y la opinión consultiva de la Corte de fecha 9 de julio de 2004:

  1. a) ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas que se derivan de que Israel continúe violando el derecho del pueblo palestino a la libre determinación, de sus prolongados actos de ocupación, asentamiento y anexión del territorio palestino ocupado desde 1967, incluidas las medidas destinadas a alterar la composición demográfica, el carácter y el estatuto de la Ciudad Santa de Jerusalén, y de la aprobación por Israel de legislación y medidas discriminatorias conexas?
  2. b) ¿Cómo afectan las políticas y prácticas de Israel que se mencionan en el párrafo 18 a) al estatuto jurídico de la ocupación y qué consecuencias jurídicas se derivan de ese estatuto para todos los Estados y para las Naciones Unidas?«

Se trata de una nueva solicitud de opinión consultiva que hace la Asamblea General de Naciones Unidas, después de otra hecha en el año 2003. Esta última dio lugar a la opinión consultiva del juez de La Haya de julio del 2004 sobre las consecuencias legales de la construcción de un muro por parte de Israel en el territorio palestino ocupado. La pregunta que había sido formulada al juez internacional en el 2003 por parte de la Asamblea General era la siguiente:

«¿Cuáles son las consecuencias jurídicas que se derivan de la construcción del muro que levanta Israel, la Potencia ocupante, en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén oriental y sus alrededores, según se describe en el informe del Secretario General, teniendo en cuenta las normas y principios de derecho internacional, incluido el Cuarto Convenio de Ginebra de 1949 y las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad y de la Asamblea General?«

En el texto de la opinión consultiva dada a conocer siete meses después, y cuya lectura integral se recomienda, se notará que la parte resolutiva – párrafo 163, 2) – se tomó con 14 votos a favor y tan solo uno en contra, el juez norteamericano Thomas Buergenthal (Nota 6). En este otro enlace de la misma CIJ, se puede leer también el texto en español de esta importante opinión consultiva del 2004.

Justicia internacional y Estados en breve

Como bien se sabe, ante la CIJ de La Haya, las opiniones consultivas solamente pueden ser solicitadas por órganos adscritos a Naciones Unidas (véase artículo 96 de la Carta de Naciones Unidas) y no por los Estados. Estos últimos, en cambio, tienen la exclusividad del ius standi para activar el procedimiento contencioso ante el juez internacional de La Haya.

¿Por qué no presentar una demanda en materia contenciosa ante el juez internacional contra Israel por parte de Estados interesados en que Israel acate lo que dispone la normativa internacional? Simplemente porque jurídicamente, no hay manera de hacerlo: como se recordará, la justicia internacional se basa en el consentimiento previo de cada Estado. En el caso de Israel, sus autoridades mantienen sus distancias con la justicia internacional de La Haya, al no haber reconocido nunca la jurisdicción obligatoria de la CIJ mediante la declaración prevista en el Artículo 36, párrafo 2 del Estatuto (véase listado oficial de Estados que sí han hecho esta declaración). A su vez, la diplomacia de Israel ha evitado suscribir tratados (sean estos bilaterales, regionales o multilaterales), en los que una cláusula dispositiva permita recurrir a la CIJ como mecanismo de solución de controversias entre los Estados Parte.

Cabe señalar que desde el 2018, el Estado de Palestina ha entablado una demanda contenciosa contra Estados Unidos ante la CIJ, debido al traslado de la embajada norteamericana de Tel Aviv a Jerusalén (véase texto de la demanda y enlace oficial). Resulta de interés señalar que la última ordenanza de la CIJ sobre este caso (véase ordenanza ) data del 15 de noviembre del 2018, fijando plazos de entrega de escritos a ambos Estados: 15 de mayo del 2019 para Palestina, 15 de noviembre del 2019 para Estados Unidos. En esta misma ordenanza, se lee que Estados Unidos optó por no participar a una reunión convocada por el Presidente de la CIJ con ambos Estados programada para el 5 de noviembre del 2018. No se tiene mayor información adicional sobre este caso desde entonces, lo cual plantea algunas interrogantes.

Más allá de la falta de información de la CIJ sobre el seguimiento de la demanda presentada por el Estado palestino contra Estados Unidos desde hace más de tres años, que debería suscitar interrogantes entre algunos observadores, cabe señalar que Australia decidió recientemente dejar de reconocer Jerusalén como capital de Israel (véase el comunicado oficial del 18 de octubre de 2022).

A modo de conclusión

Por segunda vez, mediante el procedimiento consultivo, Palestina y sus aliados tocan la puerta del Peace Palace que alberga la máxima instancia jurisdiccional de Naciones Unidas en La Haya, ante las violaciones de la normativa internacional a las que proceden las autoridades israelíes desde muchos años. A ese respecto, se recomienda la lectura de los considerandos de la precitada resolución A/C.4/77/L.12/Rev.1, en los que se enumeran los diversos informes de Naciones Unidas y de resoluciones adoptadas en años anteriores, y que Israel ignora en su accionar o busca desacreditar, a su manera.

 El procedimiento en materia consultiva prevé la posibilidad para Estados y organizaciones de presentar su opinión a la CIJ (véase listado de opiniones recibidas en el 2004 por la CIJ), por lo que este nuevo ejercicio permitirá conocer el alcance que algunos Estados le reconocen a las normas internacionales cuya violación es denunciada en el caso de Ucrania (y debiera serlo de igual manera en el caso de Palestina). Revisando quienes votaron a favor y en contra de esta solicitud, y quienes se abstuvieron, es muy probable que los departamentos legales de algunos aparatos diplomáticos busquen desde ya cómo explicar que estas reglas aplican en un caso pero no necesariamente en otro: la consistencia y la coherencia serán sin lugar a dudas un notable desafío para quienes intenten segundar la posición de Israel ante el juez internacional de La Haya.

Con relación a otra jurisdicción internacional también situada en la capital holandesa, la Corte Penal Internacional (CPI), la cual juzga desde el punto de vista penal a individuos (y no a Estados), y que también ha sido solicitada en este 2022 por Ucrania (véase enlace), tuvimos la oportunidad de analizar los alcances de una decisión de la Sala en lo Preliminar de la CPI del 5 de febrero del 2021 con relación a Palestina (véase texto en inglés y en francés). En esta decisión, se declaró que la CPI es competente para examinar una petición hecha por Palestina contra mandos militares y políticos israelíes por sus actuaciones en todos los territorios palestinos ocupados, sin exclusión de ningún tipo. En nuestras reflexiones, en las que también referíamos a varios Estados que se sintieron obligados (¿presionados?) a justificar la posición defendida por Israel ante los jueces de la CPI (sin mayor éxito), concluíamos que:

«… con esta decisión, la justicia penal internacional ve despejado el camino para examinar todo lo observado, documentado y denunciado en el territorio palestino – y ello desde el mes de junio del 2014 -, que tiene enlutadas a tantas familias palestinas, esperando desde entonces por justicia y clamando por ella.

El hecho de que una jurisdicción internacional como la CPI —por primera vez en la historia del derecho internacional público— se pronuncie sobre el estatuto de Palestina como Estado y acepte examinar lo que ocurre dentro de su territorio confiere a esta decisión un alcance ya no solamente jurídico, sino altamente simbólico y esperanzador « (Nota 8).

Esta resolución adoptada el pasado 11 de noviembre del 2022 en la sede de Naciones Unidas de Nueva York por la Cuarta Comisión de la Asamblea General, y que deberá ser votada nuevamente (esta vez por la Asamblea General como tal en la segunda quincena de diciembre) va exactamente en el mismo sentido: devolver esperanzas a un pueblo que espera que los principios del derecho internacional público y que los mecanismos previstos cuando se violan, se apliquen también a sus legítimas reinvindicaciones.

En sí, la resolución constituye desde ya el primer peldaño de un procedimiento que permitirá, sin lugar a dudas, acercar un poco más la justicia internacional al drama humano que se vive desde muchos años en el territorio palestino ocupado, como consecuencia de una abierta, flagrante y reiterada violación a las reglas del ordenamiento jurídico internacional.

– Notas –

Nota 1: El texto de la resolución adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 11 de noviembre de 2022 está disponible en las distintas lenguas oficiales aquí. En cuanto a los pocos estudios realizados sobre esta resolución, véase el folleto de 13 preguntas elaborado por Diakonia, Centro de Derecho Internacional Humanitario (sin indicación de autores), «The ICJ advisory opinion on the legal consequences of Israel’s occupation of Palestinian territory«, noviembre de 2022, disponible aquí.

Nota 2: Sobre el caso de Ucrania y Rusia, remitimos a nuestro breve análisis sobre la no comparecencia de Rusia ante el juez de La Haya: BOEGLIN N., «La fuerza del derecho ante el derecho a la fuerza. A propósito de la no comparecencia de Rusia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 23 de marzo del 2022. Texto disponible aquí.

Nota 3: Sobre los alcances jurídicos de esta votación celebrada por muchos en Naciones Unidas el 29 de noviembre del 2012, véase BOEGLIN N. «Le nouveau statut de membre de la Palestine: une perspective latinomaméricaine«, Sciences-Po Paris (OPALC), Janvier 2013. Texto disponible y descargable en este enlace del OPALC. Con relación a la adhesión de Palestina al Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional (CPI), acaecida en el 2015, véase BOEGLIN N. «La reciente accesión de Palestina al Estatuto de Roma y a otros instrumentos internacionales: breve puesta en perspectiva«, Revista de Pensamiento Penal, 2015. Texto disponible aquí. En esta reciente nota de ArabNews del 21 de noviembre del 2022, se lee de los intensos esfuerzos que sigue desplegando la diplomacia de Palestina en aras de lograr ser reconocida como Estado Miembro de Naciones Unidas: para ello deberá superar el escollo que significa el veto norteamericano dentro del Consejo de Seguridad.

Nota 4: La resolución A/Res/76/82 de diciembre del 2021 titulada «Israeli practices and settlement activities affecting the rights of the Palestinian People and other Arabs of the occupied territories» puede leerse en este enlace y su contenido puede compararse con la resolución del 2022 A/C.4/77/L.12/Rev.1/. El detalle del voto de la resolución del 2021 (147 votos a favor, 17 en contra y 20 abstenciones) está disponible aquí. En el 2021, votaron a favor en América Latina los siguientes Estados: Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, Cuba, El Salvador, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Venezuela. Se abstuvieron Brasil, Colombia, Ecuador, Guatemala, Haití y Honduras. Una comparación similar puede hacerse con relación a la resolución del 2021 numerada A/Res/76/89 y titulada «Palestine refugees’ properties and their revenues» adoptada con 159 votos a favor, 5 en contra y 8 abstenciones (véase detalle del voto) y la resolución votada en el 2022. Así como la resolución del 2021 numerada A/Res/76/150 (véase texto) titulada «The right of the Palestinian people to self-determination» adoptada con el siguiente voto: 168 votos a favor, 5 en contra y 10 abstenciones: ver detalle del voto registrado disponible aquí.

Nota 5: Las ONG palestinas ubican un rango superior a 1400 muertes, mientras que las ONG de Israel un rango ligeramente menor (1387). Se lee en el párrafo 361 con relación a la diferencia entre cifras y los descargos presentados por las autoridades de Israel que: «361. The Mission notes that the statistics from non-governmental sources are generally consistent. Statistics alleging that fewer than one out of five persons killed in an armed conflict was a combatant, such as those provided by PCHR and Al Mezan as a result of months of field research, raise very serious concerns about the way Israel conducted the military operations in Gaza. The counterclaims published by the Government of Israel fall far short of international law standards«.

Nota 6: Véase BOCKEL A., «Gaza: le processus de paix en question», AFDI (2009), pp. 173-187, p. 184. Artículo disponible – texto completo – aquí.

Nota 7: Sobre esta opinión consultiva de la CIJ del 2004 analizada desde la perspectiva jurídica internacional, véase en particular ABI-SAAB R. «Conséquences juridiques de l’édification d’un mur dans le territoire palestinien occupé» : quelques réflexions préliminaires sur l’avis consultatif de la Cour internationale de Justice«, Revue Internationale de la Croix Rouge (RICR), 2004, pp. 633-657. Texto completo disponible aquí; así como BADIA MARTÍ A., «La opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en ele territorio palestino ocupado del 9 de julio del 2004«, Revista Electrónica de Estudios Internacionales (www.reei.org). Texto disponible en la red; FALK R. A., «Toward Authoritativeness: The ICJ Ruling on Israel’s Security Wall«, American Journal of International Law (AJIL), 2005, pp. 42-52 así como RIVIER R., «Conséquences juridiques de l´édification d´un mur dans le territoire palestinien occupé. Cour Internationale de Justice. Avis du 9 juillet 2004«, Annuaire Français de Droit International (AFDI) 2004, pp. 292-336. Texto completo disponible aquí.

Nota 8: Véase BOEGLIN N., «Se despeja el camino para la justicia penal internacional, la CPI puede examinar lo que ocurre en Palestina«, Portal UCR, Sección Voz Experta, edición del 18 de febrero del 2021, disponible aquí.

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Una versión en francés de este texto está disponible en este enlace y fue publicada por la Société Québécoise pour le Droit International (SQDI).

UCR: Nueva directora buscará visibilizar la importancia de las artes plásticas para el desarrollo social

Iria Salas Paniagua inició su gestión como directora de la Escuela de Artes Plásticas en el mes de julio. Foto: Laura Rodríguez Rodríguez, UCR.

Iria Salas Paniagua

Ampliar la oferta de cursos libres en artes plásticas es parte de objetivos de trabajo

La Mag. Iría Salas Paniagua asumió la dirección de la Escuela de Artes Plásticas (EAPL), por un periodo de cuatro años, durante el cual buscará fortalecer el aporte de esta unidad académica y visibilizar la importancia de las artes para el desarrollo de la sociedad.

Para lograr estos objetivos, su gestión tiene como eje transversal la comunicación. En primera instancia, se hace necesario reforzar la divulgación hacia lo interno de la escuela para que estudiantes y personas funcionarias estén al tanto de todo lo que se produce. De igual manera, se debe trabajar para dar a conocer los aportes de la EAPL dentro de la institución y más allá del claustro universitario.

Según señaló Salas, en este momento, se hace imprescindible demostrar la importancia que tiene la EAPL ya que existe una tendencia a priorizar la inversión e carreras tecnológicas en detrimento de otras áreas del conocimiento.

“Con esto de los problemas que se están presentando con el presupuesto, se ha hablado darle prioridad a las carreras tecnológicas, pero nosotros también estamos inmersos en ello, no nos tienen que hacer de lado, también estamos ahí y aportamos desde ahí, y no solo desde la tecnología, si no desde el diseño, la creatividad, y el el poder ver desde otros ojos la solución a problemas, así como el aporte que hacemos en el ámbito de la acción social”.

Otro tema a destacar, es la actualización docente. En este caso se pretende ahondar y redirigir esfuerzos hacia las tecnologías aplicadas, la metodología STEAM y el trabajo inter y transdisciplinario. Asimismo, las y los estudiantes también van a estar actualizados.

“Desde las artes plásticas podemos aportar con conocimiento, creatividad, diseño, historia. Todo esto aporta soluciones en los equipos de trabajo, no importa que tipo de especialidad sea, siempre es importante contar con alguien del área de artes. La actualización constante para entrar en comunión con la gente que trabaja con tecnología, es importante”

Otra línea de trabajo que implementará durante su gestión, es ampliar la oferta de cursos libres que ofrece la EAPL al público en general. La idea es ofrecer cursos durante todo el año y proyectar aún más esta iniciativa. No obstante, se requiere un espacio físico más adecuado para poder lograr este objetivo, por lo que se espera pronto contar con el antiguo edificio de Ingeniería que en este momento se encuentra en remodelación.

Agregó que por supuesto, todo esto se logra acompañado de la labor administrativa en la que debe destacar el trabajo de un equipo experimentado, el diálogo y la comunicación constante.

 

Andrea Marín Castro
Periodista, Oficina de Divulgación e Información, UCR

UCR: Sedes Regionales ofrecerán 3 424 cupos para estudiantes de primer ingreso

Para el año entrante se abre la segunda generación en la Sede del Sur de la carrera de Bachillerato y Licenciatura en Educación Matemática con 48 cupos. Foto: Laura Rodríguez, UCR.

De los 9 824 espacios de admisión de toda la institución, un 47,19 % corresponden a carreras STEAM

Para el próximo 2023, la Universidad de Costa Rica ofrecerá 9824 cupos para estudiantes que ingresen a la institución por primera vez, ya sea por admisión ordinaria o por diferida. Además, se abrirán 2253 espacios para traslados de estudiantes de pregrado o grado a otras sedes o a una segunda carrera (simultánea).   

«La Vicerrectoría de Docencia ha hecho un esfuerzo por incentivar, en las condiciones actuales presupuestarias, un aumento de los cupos o al menos un mantenimiento en todas las carreras de la institución. Nuestro objetivo siempre será ampliar las oportunidades para los y las estudiantes y continuar brindando una educación de calidad”, señala el Dr. Felipe Alpízar Rodríguez, vicerrector de Docencia.  

Para el año entrante destaca que un 35% de los espacios para estudiantes de primer ingreso se distribuyen en todas las Sedes Regionales. De hecho, si se comparan las áreas, el incremento en cupos en la Rodrigo Facio y el resto del país ha sido muy similar. Por otra parte, de la totalidad de carreras que se ofrecen exclusivamente en Sedes, 4 de cada 10 corresponden a áreas del conocimiento en Ciencias, Tecnología, Ingeniería o Matemáticas (STEM por su acrónimo en inglés). 

Los y las estudiantes podrán concursar el próximo año por 3913 cupos de admisión ordinaria, diferida y traslado repartidos en las diferentes sedes. Más información sobre el proceso de ingreso en: ori.ucr.ac.cr

Sin embargo, la UCR apunta al enfoque multidisciplinar que incluye a las Artes: el STEAM, en las cuales la institución cuenta con cinco de cada diez carreras.  Gabriela Valverde Soto, directora del Centro de Evaluación Académica, como doctora en Didáctica de la Matemática, considera que esta integración potencia la innovación, la creatividad y la solución de problemas complejos desde varias profesiones y con una visión humanista que trasciende los intereses meramente económicos.  

Algunas carreras del área STEAM donde aumentarán considerablemente los cupos son el Bachillerato y Licenciatura en Música con énfasis en Instrumentos de Viento o Percusión (+13) de la Escuela de Artes Musicales, el Bachillerato y Licenciatura en Geografía (+12) de la Escuela de Geografía en la Sede Rodrigo Facio. También el Bachillerato en Enseñanza de la Música en la Sede de Occidente (+32), el Bachillerato en Modelación Matemática en el Recinto de Grecia (+40), Bachillerato y Licenciatura en la Enseñanza de las Matemáticas en el Recinto de Guápiles (+8); Bachillerato y Licenciatura en Educación Matemática de la Sede del Sur; la Licenciatura en Ingeniería Industrial (+18) y el Bachillerato y Licenciatura en Diseño Gráfico (+19) de la Sede Interuniversitaria.

 Para más información sobre los cupos, puede revisar las resoluciones correspondientes:

 

Bárbara Ocampo Hernández
Periodista, Vicerrectoría de Docencia, UCR