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El peligro de callar: soberanía, vida y democracia en riesgo

El Instituto Sindical de Formación Democrática manifiesta su profunda preocupación y enérgica condena ante el ataque a una embarcación en aguas costarricenses, que dejó como resultado la muerte de dos trabajadores del mar y un herido de gravedad.

Más allá de la gravedad del hecho, lo que hoy está en juego es algo aún mayor: el respeto a la vida, la soberanía nacional y el Estado de Derecho.

Se pretende cerrar el caso con una etiqueta fácil: “narcotraficantes”. Pero en una democracia ninguna etiqueta sustituye la verdad, la prueba ni el debido proceso. Cuando la fuerza letal se utiliza sin explicaciones claras, sin transparencia y sin rendición de cuentas, no estamos ante seguridad: estamos ante abuso de poder.

Cuando el poder actúa sin explicar, se impone el autoritarismo

Denunciamos con firmeza:

• Que no existe claridad sobre quién ejecutó el ataque, bajo qué marco legal y con qué autorización.

• Que se pretende imponer una narrativa donde preguntar es visto como sospechoso y exigir explicaciones como innecesario.

• Que se está normalizando el uso de la fuerza sin control, lo cual representa un grave retroceso democrático.

Costa Rica no puede aceptar, bajo ninguna circunstancia, acciones militares o de fuerza en su territorio o en sus aguas sin plena transparencia, legalidad y respeto a la soberanía nacional.

Los trabajadores no pueden ser víctimas de esta lógica

Como organización comprometida con la defensa de los trabajadores, advertimos:

• Que, una vez más, los sectores más vulnerables pagan con su vida decisiones que no controlan.

• Que la militarización y la lógica de “disparar primero y explicar después” no resuelven los problemas estructurales del narcotráfico, pero sí destruyen vidas y derechos.

• Que aceptar el silencio y la opacidad es abrir la puerta a más abusos y más impunidad.

Exigimos al país y a sus autoridades

1. Una investigación inmediata, independiente y transparente de los hechos.

2. El esclarecimiento de responsabilidades, incluyendo posibles actores extranjeros.

3. Una posición firme del Estado costarricense en defensa de su soberanía.

4. Respeto irrestricto al debido proceso y a los derechos humanos, incluso en contextos de lucha contra el crimen.

El silencio no es opción

Hoy no se trata solo de un hecho aislado. Se trata de una señal peligrosa: cuando la sociedad deja de preguntar, el poder deja de rendir cuentas.

El mayor riesgo para Costa Rica no es solo el crimen organizado, sino que, en su combate, se pierdan los principios que sostienen nuestra democracia.

No se trata de defender delincuentes. Se trata de defender el derecho del pueblo a saber, a cuestionar y a vivir en un país donde el poder tenga límites.

¡NO AL SILENCIO CÓMPLICE!
¡RESPETO A LA SOBERANÍA NACIONAL!
¡JUSTICIA Y VERDAD PARA LAS VÍCTIMAS!
San José, 25 marzo 2026

Defensoría insta aprobación de proyecto de pensión mínima intocable

Resolución de la Sala Segunda refuerza la tesis de la Defensoría sobre la intangibilidad de un monto mínimo para garantizar una vida digna.

Proyecto de Ley N.º 24.940 busca blindar la autonomía económica y los derechos de las personas adultas mayores.

La Defensoría de los Habitantes hizo un llamado vehemente a la Asamblea Legislativa para la pronta aprobación del Proyecto de Ley N.º 24.940, iniciativa que surgió para garantizar que ninguna persona vea comprometida su subsistencia básica, por deducciones desproporcionadas de su pensión.

La Defensoría considera urgente esta legislación debido a que personas adultas mayores cuyas pensiones se ven afectadas por cobros directos de créditos, reduciendo los montos hasta niveles que les impiden cumplir con pagos de servicios básicos, compra de comida o alquiler.

La iniciativa se ve respaldada a nivel jurídico con una reciente resolución N.º 2026-000550 de la Sala Segunda, la cual marca un hito en la protección de los derechos humanos al definir la existencia de un “núcleo vital de la pensión”. Según el Tribunal, este límite de intangibilidad es esencial para asegurar que el Estado y las entidades financieras respeten el derecho de toda persona pensionada o jubilada a una vida digna, incluso cuando existan compromisos crediticios previos.

Destaca de la resolución, la nota de la Magistrada Varela Araya quien señaló la relevancia del tema sobre el que versa este pronunciamiento, mismo que dio origen al proyecto de ley N.° 24940 que actualmente se tramita en la Asamblea Legislativa.

Dicho proyecto impulsado por la Defensoría de los Habitantes con el apoyo de la diputada Katherine Moreira, surge como respuesta a la vulnerabilidad extrema de miles de personas adultas mayores cuyas pensiones son reducidas a montos ínfimos y no cuentan con una protección de un monto mínimo que la Sala II ha denominado núcleo vital y la Defensoría llamó, pensión mínima intocable.

Con la aprobación del proyecto de Ley N° 24940, se busca garantizar a nivel legislativo, la protección a nuestra población adulta de su pensión mínima intocable, lo que supone el respeto a la capacidad de esta población de disponer de forma independiente y autónoma, de sus recursos económicos regulares, en este caso obtenidos por su derecho a la pensión o jubilación. La iniciativa propone:

Establecer la «Pensión Mínima Intocable»: Un monto inembargable equivalente al límite de protección que hoy goza el salario, asegurando que el jubilado siempre cuente con recursos para sus necesidades básicas (salud, alimentación y vivienda).

Respetar la autonomía financiera: Permite a las personas pensionadas gestionar créditos mediante el acuerdo de voluntades, pero bajo un marco legal que evita el sobreendeudamiento que anula la dignidad humana.

Fomento de la «Economía Plateada»: Al brindar seguridad jurídica sobre sus ingresos, se incentiva la inclusión financiera, el emprendimiento y la participación activa de esta población en la economía nacional.

Comunicación
Defensoría de los Habitantes

Respuesta de la CCSS confirma reajuste de pensión mínima del IVM y señala ausencia de estudios sobre pérdida de valor del RNC

La Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) respondió a una consulta presentada por la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social, en la que se solicitaba información sobre el reajuste de la pensión mínima del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) y sobre la situación del Régimen No Contributivo (RNC).

De acuerdo con el oficio GP-0607-2026, firmado por el gerente de pensiones Jaime Barrantes Espinoza y fechado el 9 de marzo de 2026, la pensión mínima del IVM pasó de ₡159.692, monto vigente en diciembre de 2025 y enero de 2026, a ₡162.295, lo que representa un reajuste del 1,63%.

La institución indicó que este incremento se aplicó conforme al Reglamento del Seguro de IVM y que se pagó en la planilla de febrero de 2026, incluyendo el retroactivo correspondiente al mes de enero.

Según la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social, este ajuste constituye un dato relevante porque, hasta el momento, no había sido informado por medios de comunicación, pese a su impacto para las personas pensionadas que reciben el monto mínimo.

Régimen No Contributivo: no existen estudios recientes sobre pérdida de valor de la pensión

Uno de los aspectos señalados en la respuesta de la Gerencia de Pensiones es que no se han realizado estudios sobre la pérdida del poder adquisitivo del monto básico del Régimen No Contributivo en los últimos años.

Esto responde a consultas realizadas por la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social, que había solicitado conocer los estudios técnicos relacionados con la pérdida de valor real de esta pensión, la cual no ha sido reajustada durante varios años.

En su respuesta, la Gerencia de Pensiones explica que la política presupuestaria del RNC ha priorizado ampliar la cobertura antes que aumentar el monto de las pensiones, debido a la cantidad de personas adultas mayores en condición de pobreza que carecen de protección social.

Más de 30 mil solicitudes de pensión pendientes

El documento también señala que actualmente existen más de 30 mil solicitudes de pensión del Régimen No Contributivo que ya han sido valoradas, pero no se han otorgado debido a falta de financiamiento.

Según se explica, el financiamiento del RNC proviene principalmente de transferencias del Gobierno Central, el FODESAF y la Junta de Protección Social, y las limitaciones presupuestarias han obligado a priorizar la ampliación de cobertura para nuevas personas beneficiarias.

El Plan Nacional de Desarrollo 2023-2026 establece como meta incorporar 20 mil nuevas pensiones del RNC durante el período, lo que implica alrededor de 5 mil nuevas pensiones por año, además de las que se reasignan anualmente por cancelaciones o fallecimientos.

Pendiente nuevo estudio sobre revalorización de pensiones del IVM

En relación con la solicitud de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social sobre un nuevo reajuste de las pensiones del IVM, la Gerencia de Pensiones informó que ya existe un estudio actuarial que analiza la revalorización de los montos para el período comprendido entre octubre de 2023 y junio de 2025.

Asimismo, indicó que se está a la espera de un nuevo estudio técnico que analizará la posibilidad de revalorizar las pensiones del IVM para el período comprendido entre octubre de 2023 y diciembre de 2025.

Seguimiento ciudadano al tema

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social ha venido dando seguimiento a este tema mediante diversas gestiones ante la Junta Directiva de la CCSS y la Gerencia de Pensiones, solicitando información sobre la situación de los montos de pensiones y los estudios técnicos que fundamentan su actualización.

El análisis de esta respuesta institucional forma parte de ese proceso de seguimiento ciudadano a las políticas públicas relacionadas con el sistema de pensiones y la protección social.

ASTRADOMES impulsa campaña para fortalecer la organización y los derechos de las trabajadoras domésticas

La Asociación de Trabajadoras Domésticas (ASTRADOMES) impulsa una nueva campaña orientada a fortalecer la organización de las trabajadoras del hogar remuneradas y promover el acceso a información clave sobre sus derechos laborales.

La iniciativa, titulada “¡En ASTRADOMES les estamos esperando!”, busca fomentar la afiliación organizada y contribuir al fortalecimiento de las capacidades de las trabajadoras domésticas mediante procesos de acompañamiento y formación. La campaña se enmarca en los principios del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en la legislación nacional vigente que reconoce los derechos de este sector laboral.

El trabajo doméstico remunerado constituye un pilar fundamental para el bienestar de miles de familias y para el funcionamiento de la sociedad. No obstante, históricamente ha sido una de las actividades más invisibilizadas y con mayores desafíos en materia de reconocimiento de derechos laborales, condiciones de trabajo dignas y acceso a protección social.

Desde esta perspectiva, la campaña impulsada por ASTRADOMES busca contribuir a que más trabajadoras conozcan sus derechos y puedan acceder a mecanismos de organización colectiva que fortalezcan su voz y su capacidad de incidencia.

Como parte de esta iniciativa se desarrollaron materiales informativos y piezas digitales orientadas a difundir información sobre derechos laborales, afiliación sindical y recursos de apoyo para trabajadoras domésticas. Asimismo, la propuesta incluye espacios para compartir experiencias sobre la importancia del acompañamiento organizativo y la formación en derechos laborales.

La campaña cuenta con el apoyo de la Oficina de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para América Central, Haití, Panamá y República Dominicana, en el marco de los esfuerzos regionales orientados a promover el trabajo decente y el reconocimiento de los derechos de las personas que realizan trabajo doméstico remunerado.

ASTRADOMES subraya que avanzar hacia condiciones de trabajo decente para este sector requiere del compromiso y la articulación de diversos actores sociales e institucionales. En ese sentido, la organización destaca la importancia de fortalecer los procesos de información, organización y acompañamiento dirigidos a las trabajadoras domésticas.

La asociación reafirma que el reconocimiento pleno de los derechos laborales de las trabajadoras del hogar constituye un paso fundamental para avanzar hacia una sociedad más justa, inclusiva y respetuosa de la dignidad de todas las personas trabajadoras.

UNDECA denuncia atraso salarial de un año en el Servicio de Nutrición del Hospital Monseñor Sanabria y exige mesa de negociación inmediata

La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) denuncia una grave situación que afecta a personas trabajadoras del Servicio de Nutrición del Hospital Monseñor Sanabria, quienes reportan atrasos en el pago de salarios ordinarios y extraordinarios que, en algunos casos, se arrastran desde julio de 2025.

El atraso salarial se aproxima a casi un año en algunos rubros, lo que está generando una situación insostenible para las personas trabajadoras y sus familias, quienes deben cumplir con responsabilidades económicas mientras esperan el pago de su trabajo ya realizado.

Ante esta situación, UNDECA exige la apertura inmediata de una mesa de negociación con la Dirección General del centro hospitalario, las autoridades regionales y la Gerencia Médica de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), con el objetivo de encontrar una solución pronta y efectiva al problema.

La organización señaló que, mientras no exista una respuesta concreta de las autoridades institucionales, las personas trabajadoras del servicio mantendrán un paro de labores como medida de presión legítima para exigir el respeto a sus derechos salariales.

UNDECA reitera que el pago oportuno de los salarios es un derecho humano fundamental de la clase trabajadora y una obligación institucional que no puede seguir siendo postergada.

Estudio analiza hechos y responsabilidades en la crisis del régimen de pensiones de la CCSS

En medio del debate nacional sobre el futuro del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), un estudio elaborado por el investigador Jorge Herrera Fernández (imagen) analiza los hechos que, según su investigación, condujeron al deterioro financiero del sistema de pensiones.

El documento titulado “La crisis del Régimen de Pensiones IVM: hechos y responsabilidades” presenta una reconstrucción histórica de decisiones administrativas, reformas normativas y omisiones institucionales que, de acuerdo con su autor, contribuyeron al debilitamiento del régimen.

El trabajo se presenta en un momento en que diversas propuestas de reforma del sistema de pensiones han sido anunciadas o discutidas públicamente, algunas de ellas con posibles impactos significativos para personas cotizantes y beneficiarias.

Un análisis crítico de la evolución del régimen

El estudio sostiene que durante muchos años las autoridades responsables de la administración del régimen IVM negaron o minimizaron los problemas estructurales del sistema, atribuyendo posteriormente las dificultades a factores externos.

Sin embargo, el análisis del autor plantea que existe una relación de hechos y decisiones institucionales que influyeron directamente en la situación actual, las cuales —según el documento— no siempre han sido plenamente discutidas en el debate público.

El texto indica que comprender estos antecedentes resulta fundamental para evaluar las propuestas de reforma que se discuten en la actualidad, dado que están en juego derechos sociales y la seguridad económica de futuras generaciones de personas adultas mayores.

Reformas y cambios en el régimen

Entre los elementos analizados en el documento se encuentran diversas reformas aplicadas al régimen en años anteriores.

El estudio menciona particularmente cambios introducidos a partir de 2007, que —según evaluaciones actuariales citadas— incrementaron el gasto del sistema, especialmente en el componente de pensiones por vejez.

De acuerdo con el documento, modificaciones como la eliminación de ciertas restricciones para las pensiones anticipadas habrían tenido efectos en el crecimiento del gasto del régimen.

El análisis señala que estas decisiones deben evaluarse en conjunto con otros factores administrativos y financieros que influyen en el equilibrio actuarial del sistema.

Debate sobre responsabilidades

Uno de los planteamientos centrales del estudio es que la discusión sobre el futuro del IVM no puede limitarse únicamente a las propuestas de reforma actuales, sino que requiere examinar las responsabilidades institucionales asociadas a decisiones pasadas.

El documento sugiere que parte del problema radica en que algunas de las personas o instancias involucradas en la gestión histórica del régimen continúan participando en decisiones sobre su reforma, lo que plantea interrogantes sobre los procesos de evaluación y rendición de cuentas.

Desde esta perspectiva, el estudio busca aportar elementos para contrastar las versiones oficiales sobre la crisis del sistema con los antecedentes documentados.

Un debate clave para la seguridad social

El régimen IVM constituye uno de los pilares del sistema de seguridad social costarricense, ya que garantiza pensiones para las personas trabajadoras en casos de invalidez, vejez o fallecimiento.

Las decisiones que se adopten sobre su reforma tienen implicaciones directas para millones de personas cotizantes y para la sostenibilidad del sistema en el largo plazo.

En ese contexto, el documento de Jorge Herrera Fernández se presenta como un aporte para ampliar el debate público y facilitar el análisis crítico de las causas de la crisis del régimen.

El autor considera que el conocimiento de estos antecedentes puede ayudar a las personas aseguradas y a la ciudadanía en general a contrastar las explicaciones oficiales sobre la situación del sistema de pensiones.

Le invitamos a descargar el estudio completo desde SURCOS:
https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/03/Crisis-IVM-Historia-a-2026-FF.pdf

Contrasentidos en el proyecto de ley 24786: beneficio para las jubilaciones más elevadas

Jorge D. García, Ph.D.

Introducción

Este proyecto de ley, (Intitulado “Luchando por la justicia en el sistema público de pensiones”), actualmente en corriente legislativa, pretende igualar las prestaciones jubilatorias y de pensiones estableciendo un tope equivalente al del sistema de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la CCSS para los regímenes contributivos con cargo al presupuesto nacional administrados por la Dirección Nacional de Pensiones, el Régimen Transitorio de Reparto, administrado por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, y el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, administrado por la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial. En lo esencial, el proyecto restaría al neto actual de jubilación, luego de deducciones legales, lo necesario para igualarlo al tope del IVM sin postergación, con la salvedad de que el resultante no podrá ser inferior al 40% del nominal jubilatorio al momento de otorgada la pensión, traído a valor actual de acuerdo con el índice de precios al consumidor.

Objetivo

Se presenta en este escrito una crítica al proyecto y a los efectos de la aplicación del tope referido supra a las jubilaciones y pensiones del Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional (RTR), usando estadísticas brindadas por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (JUPEMA) a enero de este año. Se enumeran los nominales y netos de jubilación luego de las deducciones de ley, la deducción requerida para igualar al tope mencionado del IVM, el neto restante, y el porcentaje remanente del nominal.

Tabla 1

Jubilaciones del Régimen Transitorio de Reparto: deducciones de ley y aplicación del proyecto 24786

Observaciones.

1. Aplicar el tope de IVM sin postergación a las jubilaciones y pensiones en curso de pago es contrario a las resoluciones 19030-18 y 19485 de la Sala Constitucional que claramente impiden la imposición de topes a las mismas. Al presente, cambios en topes pueden afectar solo a las pensiones otorgadas con posterioridad a la vigencia de una nueva ley.

2. Llevar la deducción máxima a las pensiones y jubilaciones del RTR a un 60%, para un restante del nominal de un 40%, es violatorio del límite máximo de deducciones establecido por la Sala Constitucional que es de un 50% (Resolución 19274 – 2020 y otras posteriores). Debe anotarse además que de acuerdo con el Convenio 102 de la OIT, ese porcentaje mínimo de pensión de 40% se aplica a OPERADORES NO CALIFICADOS, en razón de lo cual no puede en justicia igualarse a la condición de personal técnico calificado, profesionales y académicos, cuyos salarios y cotizaciones han sido mucho mayores.

3. Este proyecto de ley no afecta de manera progresiva el rango de nominales de pensión, sino que está sesgado en favor de las más elevadas. Se ilustra lo anterior en la tabla 1, en la cual, en interés de la simplificación, se asume que las jubilaciones usadas como ejemplo han sido de concesión reciente, obviando así la actualización de monto jubilatorio a valor presente con el IPC. Considérese el nominal de 5 millones, con un neto inicial por ley vigente de 2 .5 millones. Para aplicar el tope del IVM se le deben deducir 734 141 colones, pero eso nos deja solamente un 35.3% como remanente del nominal, lo que según el mismo proyecto es inadmisible por ser menor al 40% de ese nominal. Pero respetar el 40% del nominal significa conceder un 40% de 5 millones, o sea 2 millones (señalado como a) entre corchetes en la misma casilla de la tabla). Resulta imposible entonces la aplicación del tope del IVM de 1 765 859. O sea, si se topa el nominal de 5 millones al monto del IVM, se irrespeta el mínimo del 40% del nominal, pero si se concede el 40% de éste, como pretende el proyecto, no puede aplicarse el tope del IVM en razón de que el 40% del nominal es mayor a ese tope. La misma situación se presenta en el caso de un nominal de 6 millones. Se concluye que el proyecto deviene ilógico y contradictorio al no ser aplicable a las pensiones mencionadas, ya que por aritmética elemental el 40% mínimo para aquellas superiores a 4.4 millones nominales sobrepasaría el tope del IVM sin postergación (4 ,400. 000 x 0.4 = 1. 760 000). De hecho, los provistos del proyecto son aplicables solo a las jubilaciones y pensiones en el rango de 2.5 a 4.4 millones nominales, como se muestra en la Tabla 1, siendo los nominales de 3 y 4 millones los que pueden toparse al máximo del IVM sin postergación conservando todavía más del 40% del nominal. Esto implica que son las pensiones medias y bajas las más afectadas por la estructura del proyecto.

4. Estas consideraciones fueron señaladas en primera instancia por el economista M.Sc. Francisco Esquivel, ex viceministro de Planificación, en el artículo “Proyecto del Gobierno afecta pensiones intermedias y deja sin tope a pensiones mayores a  4 millones”, Semanario Universidad, febrero 12, 2025. Se cita en la referencia del Semanario Universidad al economista M.Sc. Esquivel: “Este proyecto de ley arrastra un problema desde su raíz: el estudio técnico en el que se basa, pues no es “actuarial”. Un estudio actuarial corresponde a un cálculo de ingresos vs costos de un sistema de pensiones; sin embargo, en el caso del Régimen de Reparto del Magisterio Nacional, este no es aplicable, porque el Estado nunca cumplió su obligación de patrono y Estado aportando sus cuotas. La base (del proyecto) es ese supuesto estudio actuarial, pero no es un estudio actuarial. Es un estudio técnico respetable que lo que hace es estimar cuánto se va a gastar en las próximas tres o cuatro décadas en el pago de pensiones… Resulta que, en el caso del Magisterio, no hay ingresos.”

5. Un escenario absurdo pero posible según la estructura del proyecto 24786.

Un jubilado del RTR con una jubilación nominal de 3 millones percibe un neto de 1,977. 212 colones. Al aplicar el tope del IVM según proyecto su neto se reduciría en 211. 353 colones, o sea hasta 1,765.859 colones, esto habiendo cotizado hasta un 11% mensual de su salario durante su vida laboral. Compárese esta situación con un pensionado del IVM con postergación, que percibiría 2,498. 542 colones, o sea 732. 000 colones de más, habiendo cotizado en sus años de trabajo entre 2.5% y 4.17% mensuales. La inequidad es más que patente, y es una consecuencia directa de la estructuración inadecuada del proyecto 24786. Dado que implícitamente el proyecto asume que toda pensión superior a la del IVM sin postergación es excesiva, ¿cómo vamos a catalogar a las del IVM con postergación que llegan prácticamente a 2 millones y medio? ¿También como “de lujo”?

6. El proyecto 24786, de manera arbitraria, y en razón de su afán confiscatorio, desconoce la confianza legítima y la seguridad jurídica que ampara las pensiones otorgadas bajo el Régimen Transitorio de Reparto, en ausencia de situaciones de calamidad nacional que justificarían medidas draconianas como la imposición de topes a las pensiones. Invisibiliza el hecho fundamental de que los jubilados y pensionados del RTR han estructurado sus compromisos financieros sobre la base de esa situación jurídica consolidada, presunción que se quebranta cada vez que una nueva administración compite con la anterior, llevada por afán politiquero, para lograr nuevos recortes a pensiones ya gravadas hasta en un 50%, utilizando artilugios populistas como la mención repetitiva de montos brutos de pensión sin referirse a los netos resultantes luego de múltiples deducciones y contribuciones.

Unidad Sindical de la CCSS convoca a concentración el 25 de marzo en defensa del salario

Comunicado

La Unidad Sindical de la Caja Costarricense de Seguro Social (USCCSS), que agrupa a múltiples organizaciones gremiales de la institución, anunció este lunes la convocatoria a una gran concentración el próximo 25 de marzo a las 9:00 a.m. frente a las oficinas centrales de la CCSS, en defensa del derecho de la clase trabajadora a un ajuste salarial justo y al reconocimiento pleno de las anualidades y componentes salariales.

La decisión se adoptó tras la reunión sostenida en la mesa de negociación con las autoridades de la Caja, en un contexto que, según señalaron dirigentes sindicales, ha generado creciente preocupación entre las y los trabajadores por la falta de avances concretos en materia salarial.

La USCCSS reiteró que la exigencia central es un ajuste salarial digno, acorde con el costo de vida y el impacto acumulado tras varios años de afectación al poder adquisitivo, así como el reconocimiento porcentual de las anualidades y otros componentes salariales que forman parte de los derechos adquiridos.

En su llamado, la Unidad Sindical instó a todas las personas trabajadoras de la institución a participar activamente en la movilización del 25 de marzo, subrayando la importancia de la unidad y la organización colectiva para la defensa de los derechos laborales.

“Con firmeza, compromiso y unidad”, señalaron, la concentración buscará enviar un mensaje claro a las autoridades institucionales sobre la necesidad de respuestas concretas en favor del salario y las condiciones laborales del personal de la CCSS.

La convocatoria se realizará frente a las oficinas centrales de la institución, en San José, a partir de las 9:00 de la mañana.

Junta Directiva CCSS traslada a “mando medio” nueva petición sobre reajuste de pensiones y fija plazo de 10 días para responder

La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) remitió nuevamente a la Gerencia de Pensiones —es decir, a “mando medio”— la petición de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social sobre el reajuste de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) y del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), otorgando un plazo máximo de 10 días para responder.

El nuevo oficio, identificado como SJD-0360-2026, con fecha 24 de febrero de 2026, dispone el traslado del documento ACSS-002-2026 para su “debida atención dentro del ámbito de sus competencias”.

En dicho oficio, la Secretaría de la Junta Directiva señala que, aunque mediante el oficio SJD-1413-2025 se solicitó a la Gerencia de Pensiones un criterio técnico a más tardar el 9 de enero de 2026, “a la fecha no se ha recibido respuesta al respecto”.

Por ello, se instruye que la petición presentada por la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social sea atendida y comunicada en un plazo máximo de 10 días posteriores a la notificación.

Contexto: la solicitud de reajuste

La gestión original de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social, contenida en el oficio ACSS-003-2025 del 16 de diciembre de 2025, solicitó a la Junta Directiva:

  • Reajustar el monto básico de la pensión del RNC de ¢82.000 a ¢89.626 a partir del 1° de enero de 2026.

  • Revaluar al menos un 1% todos los montos de pensiones del IVM.

  • Reajustar la pensión mínima del IVM de ¢159.692,22 a ¢162.295,20.

La Auditoría Ciudadana fundamentó su solicitud en la pérdida de valor adquisitivo acumulada, señalando que las pensiones del RNC no se revalúan desde mayo de 2019 y que las pensiones del IVM presentan pérdida acumulada desde julio de 2020.

Respuesta previa de la Gerencia de Pensiones

En respuesta al oficio SJD-1413-2025, la Gerencia de Pensiones emitió el oficio GP-0029-2026, en el que indicó que el RNC depende de recursos presupuestarios girados por el Estado y que “hasta el momento el Estado no ha girado recursos presupuestarios para poder efectuar aumentos”.

En cuanto al IVM, señaló que cualquier revalorización requiere un estudio actuarial de la Dirección Actuarial y Económica y que, hasta contar con dicho estudio, es “imposible desde el punto de vista normativo y técnico” efectuar un aumento.

Respecto al monto mínimo del IVM, indicó que se aplicará el ajuste automático conforme al artículo 29 del Reglamento del Seguro de IVM.

Nueva petición de información

Ante lo anterior, la Auditoría Ciudadana remitió el oficio ACSS-002-2026, solicitando información específica, entre ella:

  • El monto concreto del reajuste que tendrá la pensión mínima de IVM y la fecha de pago.

  • Los oficios enviados al Gobierno solicitando presupuesto para el RNC y los estudios técnicos sobre la pérdida de valor adquisitivo.

  • Que la Junta Directiva exija a sus mandos medios la realización del estudio técnico para un nuevo reajuste del IVM.

La discusión se mantiene en el marco del derecho de petición y acceso a información pública, así como del debate sobre la sostenibilidad y suficiencia de las pensiones en un contexto de inflación acumulada y pérdida de poder adquisitivo.

La remisión del nuevo oficio SJD-0360-2026 reabre el plazo administrativo y coloca nuevamente en la Gerencia de Pensiones la responsabilidad de atender formalmente la solicitud planteada.

Pensiones en la CCSS: Junta Directiva sólo traslada respuesta de mandos medios y el Gobierno no paga

La discusión sobre el reajuste de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) y del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) suma un nuevo capítulo, tras la comunicación oficial enviada a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) por parte de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

1. El punto de partida: solicitud de reajuste

Mediante oficio ACSS-003-2025, la Auditoría Ciudadana solicitó:

  • Revaluar el monto básico del RNC de ¢82.000 a ¢89.626.
  • Revalorizar al menos en 1% las pensiones del IVM.
  • Ajustar el monto mínimo del IVM de ¢159.692,22 a ¢162.295,20 a partir del 1° de enero de 2026.

La solicitud se fundamenta en la pérdida del poder adquisitivo acumulada y en la necesidad de garantizar condiciones dignas a personas pensionadas.

2. La respuesta de la Gerencia de Pensiones

En el oficio GP-0029-2026, del 6 de enero de 2026, el gerente de Pensiones, Jaime Barrantes Espinoza, respondió a la consulta elevada por la Junta Directiva.

Sobre el Régimen No Contributivo (RNC), la Gerencia indica que:

  • El RNC es financiado totalmente por el Estado.
  • La CCSS actúa como administradora.
  • “Hasta el momento el Estado no ha girado recursos presupuestarios para poder efectuar aumentos de las pensiones del RNC”.

Es decir, el obstáculo principal señalado es la ausencia de transferencia de recursos por parte del Gobierno.

En relación con el IVM, el oficio sostiene que cualquier revalorización requiere:

  • Estudio actuarial de la Dirección Actuarial y Económica.
  • Consideración de la Junta Directiva.
  • Condiciones financieras favorables del régimen.

Se añade que, desde octubre de 2023, no se recomiendan nuevos aumentos debido a tasas de inflación acumuladas negativas, aunque sí se han ajustado los montos mínimos conforme al reglamento.

3. El acuerdo de la Junta Directiva

El 12 de febrero de 2026, en sesión ordinaria N.° 9582, la Junta Directiva conoció el oficio GP-0029-2026 y adoptó un acuerdo unánime:

Se limitó a instruir a la Secretaría para trasladar el oficio de la Gerencia de Pensiones a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social como respuesta.

Es decir, no tomó un acuerdo sustantivo sobre el reajuste solicitado, sino que acogió lo indicado por la Gerencia.

4. La crítica de la Auditoría Ciudadana

En su oficio ACSS-002-2026, del 17 de febrero de 2026, la Auditoría Ciudadana señala que:

  • La Junta Directiva no resolvió sobre el fondo del reajuste.
  • Se limitó a acoger lo indicado por un “mando medio” (Gerencia de Pensiones).
  • No se aportó el “criterio técnico” solicitado, sino que se remitió a la necesidad de que otro “mando medio” (Dirección Actuarial y Económica) lo elabore.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social subraya que:

  • No se informó cuál será el reajuste de la pensión mínima del IVM ni su fecha de aplicación.
  • No se adjuntaron oficios enviados al Gobierno solicitando recursos para el RNC.
  • No se presentaron estudios técnicos actualizados sobre la pérdida de poder adquisitivo.

En su petición final, la ACSS solicita que la Junta Directiva exija a sus mandos medios la elaboración del estudio técnico para un nuevo reajuste del IVM, que no se revalora desde octubre de 2023.

5. Dos ejes centrales del conflicto

Del análisis conjunto de los documentos y antecedentes pueden identificarse dos núcleos del debate:

a) La falta de recursos del Gobierno para el RNC.
La Gerencia de Pensiones afirma que el Estado no ha girado recursos presupuestarios para aumentar el monto básico del Régimen No Contributivo. Esto coloca la discusión en el plano de la responsabilidad fiscal del Gobierno con la seguridad social.

b) La delegación en mandos medios.
La Junta Directiva, órgano superior de la institución, no adoptó una decisión política sobre el reajuste, sino que trasladó la respuesta técnica de la Gerencia. La Auditoría cuestiona que la responsabilidad se diluya entre gerencias y direcciones técnicas sin una definición clara del órgano máximo de gobierno institucional.

6. Un tema de fondo: poder adquisitivo y dignidad

En un contexto de encarecimiento de servicios básicos, medicamentos y alimentación, la discusión no es meramente técnica. Se trata de:

  • El poder adquisitivo de personas pensionadas.
  • La sostenibilidad financiera de los regímenes.
  • La responsabilidad del Estado en el financiamiento del RNC.
  • El papel de la Junta Directiva como instancia decisoria.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social insiste en que el tema no puede quedar en una cadena de remisiones entre instancias administrativas, sino que requiere decisiones claras y transparencia.

El debate sobre el reajuste de las pensiones continúa abierto.

La discusión sobre el reajuste de las pensiones del Régimen No Contributivo (RNC) y del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) suma un nuevo capítulo, tras la comunicación oficial enviada a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social (ACSS) por parte de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

  1. El punto de partida: solicitud de reajuste

Mediante oficio ACSS-003-2025, la Auditoría Ciudadana solicitó:

  • Revaluar el monto básico del RNC de ¢82.000 a ¢89.626.
  • Revalorizar al menos en 1% las pensiones del IVM.
  • Ajustar el monto mínimo del IVM de ¢159.692,22 a ¢162.295,20 a partir del 1° de enero de 2026.

La solicitud se fundamenta en la pérdida del poder adquisitivo acumulada y en la necesidad de garantizar condiciones dignas a personas pensionadas.

  1. La respuesta de la Gerencia de Pensiones

En el oficio GP-0029-2026, del 6 de enero de 2026, el gerente de Pensiones, Jaime Barrantes Espinoza, respondió a la consulta elevada por la Junta Directiva.

Sobre el Régimen No Contributivo (RNC), la Gerencia indica que:

  • El RNC es financiado totalmente por el Estado.
  • La CCSS actúa como administradora.
  • “Hasta el momento el Estado no ha girado recursos presupuestarios para poder efectuar aumentos de las pensiones del RNC”.

Es decir, el obstáculo principal señalado es la ausencia de transferencia de recursos por parte del Gobierno.

En relación con el IVM, el oficio sostiene que cualquier revalorización requiere:

  • Estudio actuarial de la Dirección Actuarial y Económica.
  • Consideración de la Junta Directiva.
  • Condiciones financieras favorables del régimen.

Se añade que, desde octubre de 2023, no se recomiendan nuevos aumentos debido a tasas de inflación acumuladas negativas, aunque sí se han ajustado los montos mínimos conforme al reglamento.

  1. El acuerdo de la Junta Directiva

El 12 de febrero de 2026, en sesión ordinaria N.° 9582, la Junta Directiva conoció el oficio GP-0029-2026 y adoptó un acuerdo unánime:

Se limitó a instruir a la Secretaría para trasladar el oficio de la Gerencia de Pensiones a la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social como respuesta.

Es decir, no tomó un acuerdo sustantivo sobre el reajuste solicitado, sino que acogió lo indicado por la Gerencia.

  1. La crítica de la Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social

En su oficio ACSS-002-2026, del 17 de febrero de 2026, la Auditoría Ciudadana señala que:

  • La Junta Directiva no resolvió sobre el fondo del reajuste.
  • Se limitó a acoger lo indicado por un “mando medio” (Gerencia de Pensiones).
  • No se aportó el “criterio técnico” solicitado, sino que se remitió a la necesidad de que otro “mando medio” (Dirección Actuarial y Económica) lo elabore.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social subraya que:

  • No se informó cuál será el reajuste de la pensión mínima del IVM ni su fecha de aplicación.
  • No se adjuntaron oficios enviados al Gobierno solicitando recursos para el RNC.
  • No se presentaron estudios técnicos actualizados sobre la pérdida de poder adquisitivo.

En su petición final, la ACSS solicita que la Junta Directiva exija a sus mandos medios la elaboración del estudio técnico para un nuevo reajuste del IVM, que no se revalora desde octubre de 2023.

  1. Dos ejes centrales del conflicto

Del análisis conjunto de los documentos y antecedentes pueden identificarse dos núcleos del debate:

a) La falta de recursos del Gobierno para el RNC
La Gerencia de Pensiones afirma que el Estado no ha girado recursos presupuestarios para aumentar el monto básico del Régimen No Contributivo. Esto coloca la discusión en el plano de la responsabilidad fiscal del Gobierno con la seguridad social.

b) La delegación en mandos medios
La Junta Directiva, órgano superior de la institución, no adoptó una decisión política sobre el reajuste, sino que trasladó la respuesta técnica de la Gerencia. La Auditoría cuestiona que la responsabilidad se diluya entre gerencias y direcciones técnicas sin una definición clara del órgano máximo de gobierno institucional.

6. Un tema de fondo: poder adquisitivo y dignidad

En un contexto de encarecimiento de servicios básicos, medicamentos y alimentación, la discusión no es meramente técnica. Se trata de:

  • El poder adquisitivo de personas pensionadas.
  • La sostenibilidad financiera de los regímenes.
  • La responsabilidad del Estado en el financiamiento del RNC.
  • El papel de la Junta Directiva como instancia decisoria.

La Auditoría Ciudadana de la Seguridad Social insiste en que el tema no puede quedar en una cadena de remisiones entre instancias administrativas, sino que requiere decisiones claras y transparencia.

El debate sobre el reajuste de las pensiones continúa abierto.