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La UCR organiza jornadas para analizar el dictamen de la Sala Constitucional en relación con el proyecto de Ley de Empleo Público y sus implicaciones

Se realizarán del 5 al 13 de agosto

El pasado 31 de julio, la Sala Constitucional emitió su fallo en relación a las consultas de constitucionalidad que se le hicieron al proyecto de Ley de Empleo Público. Dado este contexto, el Área de Ciencias Sociales, junto con la Rectoría de la UCR, están organizando las jornadas de análisis del dictamen de la Sala Constitucional del proyecto de Ley Marco del Empleo Público.

El objetivo de esta actividad es abrir un proceso de reflexión en las distintas temáticas que abarca el fallo, con expertos de la UCR y de otros ámbitos, que contribuya a la formulación de argumentos sobre lo que implica este dictamen para la sociedad costarricense.

La primera sesión se llevará a cabo el jueves 5 de agosto a las 5 de la tarde. Este espacio se dedicará a conocer los alcances del dictamen en relación al empleo público y al estado social de derecho. Se contará con la participación de la Dra. Rosaura Chinchilla Calderón, docente de la Facultad de Derecho y del Dr. Alfredo Chirino Sánchez, decano de la Facultad de Derecho.

Durante las jornadas se analizarán otros temas como el diseño constitucional del Estado, las implicaciones de los derechos laborales y sindicales, la independencia judicial y electoral, la objeción de conciencia y la autonomía universitaria.

Se contará con la participación de personas expertas como José Manuel Arroyo Gutiérrez, ex magistrado; Fernando Cruz Castro, presidente de la Corte Suprema de Justicia; Ariane Grau Crespo,coordinadora de la Escuela Sindical de APSE; y la diputada Paola Vega Rodríguez , entre otras.

La institución siempre ha manifestado la necesidad de contar con una ley que tenga principios rectores sobre las políticas de empleo público, pero que respete el diseño institucional del Estado costarricense.

De esta manera, la UCR se ha convertido en un espacio de discusión y análisis sobre el tema y con este tipo de actividades busca seguir proponiendo y reiterando la necesidad, a las y los diputados, de que se construya un proyecto de Ley de Empleo Público que incluya a diversos actores de la sociedad, por medio del diálogo abierto y que supere una actitud de polarización, que ha sido la tónica en la discusión actual.

Para Isabel Avendaño Flores, decana de la Facultad de Ciencias Sociales, como institución es vital contar con un proceso de reflexión en torno a este tema, ya que tiene una enorme repercusión en el porvenir de Costa Rica. La discusión va más allá de los salarios, como se ha querido establecer, por lo que estas jornadas sirven para comprender que está pasando con el futuro del Estado Social de Derecho.

Las distintas sesiones se podrán seguir en vivo por el canal de Youtube de la UCR y de la Facultad de Ciencias Sociales; así como por las páginas de Facebook de la Rectoría, la Facultad de Derecho y la de Educación.

Cronograma

Jueves 5 de agosto
5:00 p. m.
Alcances del dictamen de la Sala Constitucional en empleo público y Estado Social de Derecho


Participan:
Rosaura Chinchilla Calderón
Docente, Facultad de Derecho

Alfredo Chirino Sánchez
Decano, Facultad de Derecho

Modera:
Constantino Urcuyo Fournier
Profesor Jubilado, Escuela de Ciencias Políticas

Lunes 9 de agosto
5:00 p. m.
Diseño constitucional del Estado: entre frenos, balances y contrapesos

Participan:
Carlos Manuel Arguedas Ramírez
Ex magistrado Constitucional titular, Corte Suprema de Justicia
Ex diputado
Docente jubilado, Facultad de Derecho

Paola Vega Rodríguez
Diputada

Olga Marta Sánchez Oviedo
Ex Ministra de Planificación Nacional y Política Económica

Modera:
Patricia Quesada Villalobos
Directora, Consejo Universitario

Martes 10 de agosto de 2021
5:00 p. m.
Implicaciones para los derechos laborales y sindicales

Participan:
Mauricio Castro Méndez
Docente, Facultad de Derecho

Ariane Grau Crespo
Coordinadora de la Escuela Sindical de APSE

Comenta:
David Díaz Arias
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Modera:
Leonardo Castellón Rodríguez
Decano, Facultad de Ciencias Económicas

Miércoles 11 agosto
5:30 p. m.
Independencia judicial y electoral

Participan:
Adriana Orocú Chavarría
Presidenta, Asociación Costarricense de la Judicatura
Docente, Facultad de Derecho

Fernando Cruz Castro
Presidente, Corte Suprema de Justicia
Docente, Facultad de Derecho

Comenta:
José Manuel Arroyo Gutiérrez
Ex magistrado
Docente jubilado, Facultad de Derecho

Modera:
Isabel Avendaño Flores
Decana, Facultad de Ciencias Sociales

Jueves 12 de agosto de 2021
5:00 p. m.
Objeción de conciencia

Participan:
Mauren Solís Madrigal
Magistrada Suplente
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Sara Barrios Rodríguez
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Comenta:
Marinela Córdoba Zamora
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Modera:
Margarita Salas Guzmán
Ex comisionada Presidencial para Asuntos LGBTIQ+
Docente, Facultad de Ciencias Sociales

Viernes 13 agosto
5:00 p. m.
Autonomía universitaria

 

Imagen: La Sala Constitucional emitió el dictamen en relación al proyecto de Ley Marco de Empleo Público el pasado 31 de julio. Foto: Karla Richmond, UCR.

Andrea Marín Castro
Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Juzgado de trabajo abre investigación contra el Estado por irrespeto al salario mínimo

  • Por afectación al salario mínimo de al menos 3 mil funcionarios del Ministerio de Seguridad Pública

El Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José ordenó la apertura de investigación en contra del Estado costarricense, luego de la denuncia presentada por la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados (ANEP), por infracciones a las Leyes del Trabajo o de Previsión Social. 

La investigación ordenada por el Juzgado de Trabajo recae en contra del Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Seguridad Pública (MSP), por la afectación que sufrieron en su salario al menos 3 mil funcionarios adscritos a este último ministerio, en su mayoría oficiales de la Fuerza Pública.

Los hechos denunciados por la ANEP y su Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ), se remontan a partir de la primera quincena de junio, cuando trabajadores del MSP reportaron a nuestra organización rebajos automáticos en su salario, dejando sus cuentas prácticamente en cero, afectando directamente el salario mínimo por ley de los trabajadores, situación que a la fecha continúa presentándose.

Esta situación desencadeno molestia y angustia por parte de los funcionarios afectados, lo que provocó una manifestación de oficiales de Fuerza Pública en su tiempo libre en las afueras del Ministerio de Hacienda, solicitando explicaciones de lo sucedió, sin embargo, no recibieron respuesta positiva.

Ante este escenario, la ANEP decide acudir a los estratos judiciales y presentar la denuncia por violación por infracciones a las Leyes del Trabajo o de Previsión Social, amparados en la Constitución Política, el Código de Trabajo, así como resoluciones recientes de la Sala Constitucional con respecto al salario mínimo de los trabajadores”.

“Concretamente denunciamos las rebajas salariales por concepto de cuotas de deudas con entidades crediticias, sin que se esté respetando a las personas trabajadoras el salario mínimo, aplicándose de los salarios rebajos indiscriminadamente, sin garantizar el patrono, ni el Estado el resguardo de una suma mensual de ingreso mínimo, para que sus subalternos puedan hacer frente a sus necesidades básicas, sino que se les está aplicando rebajas hasta dejar los ingresos de los trabajadores en cero colones mensualmente”, detalló Rafael Mora Solano, Asesor Político de la ANEP.

Por su parte Mainor Anchía Angulo, Asesor Sindical de la ANEP en la Fuerza Pública, manifestó sentirse complacido por la decisión del Juzgado de Trabajo de investigar los hechos denunciados, ya que el salario mínimo debe ser respetado.

La ANEP no descarta presentar nuevas denuncias contra el Estado bajo estos mismos argumentos, ya que se han detectado casos similares de rebajas salariales irrespetando el salario mínimo de los trabajadores en otras instituciones y ministerios.

 

Compartido con SURCOS por ANEP.

ANEP cerca de la Primera Convención Colectiva de Trabajo en el sector privado

Por Albino Vargas

ANEP se encamina a la suscripción de la Primera Convención Colectiva de Trabajo en el Sector Privado: negociación con la transnacional bananera Del Monte-Bandeco para la finca Chira 4-Sarapiquí.

Gracias a nuestros negociadores legítimos obreros bananeros y dirigentes de base Milton y Wálter, con el acompañamiento asesor de nuestro compañero de lucha Santiago, egresado de la Facultad de Derecho-UCR. Éste es un proceso de Diálogo Social con el atinado acompañamiento mediador de la cartera ministerial de Trabajo y Seguridad Social (MTSS); con el férreo respaldo de la Seccional ANEP-OBAS (Obreros Bananeros y Agrícolas de Sarapiquí); y, por supuesto, de ANEP.

Para conocer más al respecto puede observar el video adjunto.

 

Información compartida con SURCOS por Albino Vargas Barrantes.

¿Cuántas piñas vale un ser humano?

Trabajadores descartables

Cándido Amador es un caso como los hay miles en el sector agrícola de Costa Rica, aunque el suyo se ha convertido en emblemático por el carácter dramático que presenta su enfermedad: la bradicardia, que provoca que con el esfuerzo físico su corazón lata a un ritmo muy bajo, tanto que llega a ser peligroso para su vida.

Carlos Amorín

“A mí me gusta trabajar. Conozco mi oficio porque lo hago desde hace años. He creado y sostenido a mi familia con el esfuerzo de mis brazos. Pero ya no estoy pudiendo hacerlo. La empresa no quiere entender que el primer perjudicado soy yo”, dice Cándido recién salido del Hospital, donde luego de una consulta lo dejaron internado la pasada semana.

“Los médicos me han dicho una y otra vez que tengo que cambiar de tarea en la empresa, pero ellos se niegan. Y yo estoy cada vez peor”, agrega.

Una población sin oportunidades

En la zona donde vive Cándido con su familia no hay otra fuente de trabajo. A tal punto que es normal que los hijos suplanten a los padres en las plantaciones; un destino marcado al nacer.

Ellos sufrirán el mismo sistema de hiperexplotación, negación de derechos laborales, violación de derechos humanos, maltrato, violencia verbal, humillación, persecución sindical, amenazas, despidos arbitrarios, denegación de justicia que perdura desde tiempos ya inmemoriales.

“La pasada semana me dijeron en el Hospital que era preferible que me viniera para casa porque allí hay muchos enfermos con Covid 19, y el contagio puede ser peor para mí. Así que me dieron dos días de descanso y ya el sábado tuve que volver a trabajar. Seguí el lunes y hoy, martes 3, pero estoy con una frecuencia cardíaca de 30 o menos”.

Es obvio que en esas condiciones el ritmo de trabajo de Cándido no puede ser el mejor, ni siquiera el que él acostumbra tener cuando su salud se lo permite, algo que ocurre cada vez menos. Uno de los argumentos preferidos de la empresa para negarle un cambio de tarea es que “soy un trabajador muy productivo”, relataba Cándido hace algunas semanas.

“Y hoy, los señores Christian Campos, gerente de Recursos Humanos, y Colman, que es gerente general de la empresa, me dicen que los temas de salud no son asunto de ellos, ya que solo se fijan en el rendimiento, y que el mío está siendo muy bajo, por lo que si no hago más esfuerzo me van a sancionar.

A ellos no les importa que los médicos hayan recomendado cambiarme de tarea por lo menos unos días hasta que me recupere. Solo quieren que trabaje más duro y produzca más”, relata Cándido con indignación.

“Cómo habrá sido de amenazador el señor Campos que hasta mis compañeros de trabajo reaccionaron, tratando de hacerle ver que no estoy bien de salud y no se me puede exigir más en este momento. Pero a él no le importó. Ya le dije que si quiere me entregue diez sanciones juntas, igual no voy a poder producir más. No me da el cuerpo”, expresa Cándido.

Una máquina ancestral al servicio del dinero

En Costa Rica, un país que supo ser buque insignia de la democracia en América Latina, los trabajadores y trabajadoras del sector agrícola reciben un trato medieval por parte de un sistema que ha instalado una simbiosis entre el Estado y las grandes empresas nacionales y transnacionales.

Representantes empresariales ocupan cargos de gobierno y participan en (léase determinan) la definición de las políticas públicas que conciernen a sus propios sectores.

Así se han instalado las injusticias más repudiables contra trabajadores y trabajadoras, especialmente en el sector agrícola, que emplea a gran número de migrantes e indígenas, y se ha perseguido y golpeado a los sindicatos con una dureza que solo hace posible la certeza de una impunidad prácticamente absoluta. En efecto, la justicia laboral es lenta e ineficaz, al punto de consentir un estado de denegación de justicia para los más vulnerables.

La Inspección de Trabajo pocas veces llega hasta los cultivos, y jamás se entrevista con trabajadores que no sean los designados por las empresas. El Ministerio del ramo cobija esta “trampa legal”, que no es más que una cacería de fuerza de trabajo.

“El arriba nervioso, y el abajo que se mueve…”

La Rel UITA viene prestando particular atención a las enormes dificultades que enfrentan los trabajadores y trabajadoras agrícolas organizados en Costa Rica. En ese marco se han denunciado varios episodios de intoxicación y lesiones graves −ninguno reconocido por las empresas− de trabajadores en los cultivos de piña, así como amenazas a los dirigentes sindicales.

El episodio más reciente es la amenaza en estos días de Agroindustrial Piñas del Bosque S.A. – Finca Muelle, subsidiaria de Standard Fruit Company|DOLE al secretario general del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Agroindustria y Afines (Sinatraa), Obeth Morales.

Esta empresa le exige al dirigente sindical que “se retracte de sus denuncias” sobre la intoxicación sufrida por una trabajadora como consecuencia de una fumigación imprudente ordenada por las autoridades de la empresa, so pena de iniciar contra él un juicio por difamación.

El compañero Obeth Morales, así como Cándido Amador y todos y todas aquellos que sean perseguidos, amenazados, atropellados en sus derechos básicos como ciudadanos y trabajadores del siglo XXI, tendrán siempre en la Rel UITA un decidido y férreo apoyo.


1 – La frecuencia cardíaca normal en reposo para adultos es entre 60 y 100 latidos por minuto.
2 – En un ensayo de próxima publicación por Rel UITA, el experto abogado laboralista Frank Ulloa, y el asesor en Educación Sindical y ex funcionario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Gerardo Castillo, ambos de Costa Rica, realizan un pormenorizado análisis de esta realidad costarricense, y argumentan la urgencia de un cambio radical en el ámbito de las relaciones laborales en el sector agrícola.

 

Foto: Cándido Amador | Archivo personal

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/cuantas-pinas-vale-humano/

Sin libertad sindical no hay trabajo decente

La CIDH y su opinión ante la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga

Una democracia bicentenaria ha retrocedido un siglo en materia de derechos humanos. Es evidente que Costa Rica estará bajo la mira de los organismos internacionales por la paulatina destrucción de su democracia.

Frank Ulloa

¿Qué dirán el presidente de la República y la ministra de Trabajo de la siguiente opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)?: “La libertad sindical y la libertad de asociación son derechos humanos fundamentales que, junto con el derecho de negociación colectiva, reunión y huelga, forman el núcleo básico para proteger y promover el derecho al trabajo y a sus condiciones justas y satisfactorias (…)”.

“El desarrollo del contenido del derecho al trabajo es clave para fortalecer los sistemas económicos y sociales desde un enfoque de derechos, en particular tienen importancia vital para la garantía y el disfrute de otros derechos humanos y el desarrollo autónomo de la persona”.

“Esto incluye la existencia de un sistema que garantice a cada trabajador o trabajadora el acceso a un empleo digno y a no ser privado injustamente de él. La Corte (…) se ha referido al contenido del derecho al trabajo como un derecho protegido por el artículo 26 de la Convención Americana respecto del cual los Estados tienen obligaciones específicas”.

Efectivamente, sin libertad sindical y sus correlativos derechos no será posible consolidar empleos dignos con trabajo decente.

Un empleo requiere estabilidad laboral, ejercer la denuncia de las irregularidades y la existencia de sindicatos. En las empresas costarricenses el sindicalismo no se permite, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no toma en serio sus denuncias y, más grave aún, el sistema judicial es costoso, inaccesible y lento.

Sin duda, el país requiere profundos cambios. En este año electoral debemos posicionar a la libertad sindical como un tema de debate, porque la destrucción de las garantías sociales ha sido la tónica de este gobierno y de las leyes que ha enviado a la Asamblea Legislativa.

Si bien la teoría dice que los derechos humanos son irreversibles y progresivos, en el laboratorio antisindical costarricense han logrado retroceder en un siglo la historia de los derechos humanos en el agro, de manera especial mientras miles de trabajadores migrantes e indígenas se someten a condiciones de trabajo forzoso porque no existe la libertad de asociación.

¡Sin duda, la democracia costarricense está en cuidados intensivos!

 

Foto: Gerardo Iglesias

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/sin-libertad-sindical-no-trabajo-decente/

Apuntes iniciales y necesarios de cara a la resolución de la Sala IV en relación al proyecto de ley 21.336

Juan Carlos Durán Castro
Secretario de Seguridad Social CTRN

01 de Agosto 20211- El proyecto se podría aprobar tal como está, porque la Sala no encontró ningún fallo procedimental, lo cual es una opción que más allá de legal, constitucional o de trámite legislativo se torna en una decisión en el plano político jurídico de sus impulsores, los cuales deben tener claras las derotas que han recibido y sobre esa base definir si votan el proyecto así, hacen uno nuevo o lo envían a alguna comision legislativa.

2- Las inconstitucionalidades de fondo no son de acatamiento obligatorio por parte de la AL (es consulta facultativa), pero luego se vendría abajo cuando cualquier ciudadano presente acción de inconstitucionalidad.

Pues han quedado en evidencia y se tiene claridad meridiana de donde están los yerros de este proyecto.

3- Se debe poner atención ya que el tema no menor de la objeción de consciencia queda en pie, pudiendo ser este un triunfo, de repente no menor de los impulsores del ahora herido de muerte proyecto 21336.

4- Políticamente el proyecto está herido de muerte. Y podríamos desde un balance inicial remachar que tal proyecto ha sido un obtuso intento de avanzar hacia un centralismo autocratico que mantienia sesgos de autoritarismo puro, lo cual no es un tema menor de cara a los enfoques ideológicos de fondo.

En el estado actual de situación se puede hablar de una derrota para los sectores que son visibles y son los operadores políticos de los verdaderos y ocultos poderes facticos, lo cual impone una enorme disciplina política para dar los pasos necesarios, lo cual impone el acercamiento urgente con actores afines de cara a la ventana de oportunidad que se abrió y debe ser aprovechada de la mejor manera.

5- Para las universidades públicas es un gran triunfo.

Igualmente para la Caja y las municipalidades deviene en un triunfo que debe analizarce en profundidad y definir el abordaje político, jurídico y organizativo de cara a las nuevas fases de lucha en sus distintos escenarios.

6- El tema del Salario global y de las convenciones colectivas en principio podrían verse como un triunfo de los sectores impulsores del proyecto, lo cual impone un balance por el fondo para generar balance y construir la táctica, la estrategia y dentro de esto la narrativa inteligente que el contexto impone de cara a los enfoques de los medios y en particular La Nazion.

Para el caso del salario global, algunos analistas en si mismo no lo ven tan problemático, aunque así parezca desde la perspectiva del desorden actual en materia salarial, que evidentemente hay que corregir, pero desde un enfoque diametralmente distinto al que posesionar la derecha y sus operadores políticos.

7- En cualquier caso es menester balancear también los tiempos legislativos y las reacciones de las fracciones que lo impulsaron. De igual manera se impone que desde la CTRN se refuerce y impulse con decisión una política de alianzas y se aspire a consolidar un consenso de acercamiento de UNA AGENDA PROGRAMÁTICA BÁSICA que más allá del tema del proyecto 21.336, coloque la urgente necesidad de la Costa Rica que queremos para las grandes mayorías excluidas por el fracasado modelo de desarrollo.

Comentarios de domingo 1 ante el comunicado de prensa de la Sala Constitucional sobre el proyecto de ley de empleo público

Rosaura Chinchilla-Calderón. Profesora universitaria.

1.- En primer lugar, es digno de resaltar que la Sala Constitucional sesione en sábado, en medio de un feriado largo y que dé a conocer su resolución a avanzadas horas de la noche de ese día, en vísperas de que la atleta costarricense Andrea Vargas (en quien el país tenía centrada su atención) compitiera en la madrugada.

2.- En segundo término, que el rediseño del Estado establecido por los constituyentes de 1949 solo puede modificarse por reforma constitucional y que el proyecto viola las autonomías universitarias, municipales, de las instituciones autónomas indicadas en la Constitución Política y la independencia de poderes (judicial y TSE) era una obviedad jurídica del tamaño de una catedral, aunque en medio s incorporaran argumentos de “privilegios” negociaciones con el FMI y otras yerbas aromáticas. Pero sabemos que, en estos tiempos, no basta tener razón, sino que es necesario que se la quieran dar. Por ello hay que dar gracias a los y las magistradas constitucionales ANTERIORES que, al construir precedentes constantes sobre esta materia, han impedido “interpretaciones novedosas” y que la Sala Constitucional actual se muerda la cola acabando consigo misma… porque si el intérprete no respeta el texto de la norma que lo creó se destruye a sí mismo. Es la imagen de ouróboros en el antiguo Egipto, aunque no con la simbología que se usaba allí.

3.- Sin embargo, quiero resaltar tres aspectos que no son cosa menor:

a) Se evade la inconstitucionalidad del trámite. Recordemos que hubo oposición de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y votación del proyecto, en primer debate, menor a 38 votos. En la Facultad siempre nos enseñan que el derecho procesal es instrumental, es decir, es la vía para declarar el derecho de fondo. Por eso, el proceso siempre debe ser correcto para poder declarar el derecho de fondo porque, de lo contrario, hay que subsanarlo. En orden lógico, primero se analiza la forma y luego el fondo. ¿Por qué eso es importante? Porque si se hubiera declarado inconstitucional el trámite legislativo, el proyecto muere…no era “rescatable” nada (artículo 101 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional). Por el fondo, lo que sucede es que los temas pueden ser enmendados (en este caso difícilmente para las instituciones involucradas, pero sí podrían suprimirse las referencias a municipalidades, TSE, Poder Judicial, CCSS y universidades y seguirse adelante con lo que queda…por ejemplo, para el Poder Ejecutivo y otros entes no regulados de modo diferente por el constituyente).

b) Se evade la inconstitucionalidad del trámite no evacuando, por mayoría de 5 magistraturas (punto 4 del comunicado), la consulta histórica de la Corte Suprema de Justicia…y otras de diputaciones por “no estar suficientemente fundamentada” (puntos 10, 13, 26, 29). Aparentemente, porque no se tiene la resolución completa, para ello se crean, por jurisprudencia, requisitos que la Ley de la Jurisdicción Constitucional no prevé. La ley exigen fundamentación…¿qué es lo “suficientemente” motivado? No lo dice la ley y lo crean las personas intérpretes y es altamente subjetivo pues lo que para unos lo es, para otros no. Un principio general del derecho es que las personas intérpretes no podemos crear requisitos para imponer sanciones, aún procesales, que la ley no establece. Se trata de materia odiosa, que debe ser interpretada restrictivamente. La LJC sobre este tema es escueta y, en apariencia, lo que prevé se contempló en la consulta formulada, pese a lo cual no se evacúa por 5 votos. Una de dos: o las 22 magistraturas de la CSJ que la suscribieron se equivocaron (en realidad 22+2 que salvaron el voto) o…se equivocaron los 5 que la rechazaron. Tratándose de los “máximos” juristas del país, en cualquier escenario la respuesta es preocupante. Y esa no evacuación tiene como efecto el no pronunciarse sobre el trámite…y rescatar “algo” del texto.

c) A ese “algo” que podría quedar subsistente (empleo público para el Poder Ejecutivo y otros entes no excluidos en la Constitución Política) se determina que puede aplicar la objeción de conciencia (punto 54) tal y como lo prevé el proyecto. En este sentido la Sala parece aplicar lo que ya había dicho al respecto en un voto precedente (2020-1619), pero esto denota que la actual integración de la Sala Constitucional no tiene la menor idea de qué es la objeción de conciencia en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Cabe aclarar que este punto se decidió con 3 votos (2 abstenciones que no son propias del sistema de votación escalonada y que podrían sugerir una desintegración del órgano constitucional en este punto; 1 voto parcialmente salvado de la magistrada Hernández y 1 voto concurrente, pero con razones diferentes del magistrado Rueda). Este tema es sumamente delicado pues podría implicar que, de seguirse adelante con el trámite para otras instituciones no excluidas por el voto de la Sala (Poder Ejecutivo y otros entes no mencionados por el constituyente tales como sector de educación y policial), se constitucionalice la “licencia para discriminar” que enmascarada de “objeción de conciencia” es lo que contempla el proyecto de ley. No dudo que a la Sala Constitucional (una vez más) le será enmendada la plana por tribunales internacionales en este tema.

4.- Respecto al tema de la negociación colectiva (puntos 55, 56) deberá revisarse lo resuelto por la Sala frente a lo estipulado por la Corte IDH en la opinión consultiva OC27/21. No es la primera vez que el tribunal constitucional interno (que debe velar por el respeto de los derechos humanos) desatiende lo dicho por la Corte IDH, en una actuación muy parecida a la de otros tribunales constitucionales de la región, cuando debería existir sintonía entre todos los órganos de verificación. No será la primera vez que se le enmiende la plana (derecho al recurso penal, FIV, prisión preventiva, matrimonio igualitario).

Sala Constitucional resuelve consultas legislativas sobre proyecto de ley de empleo público

SURCOS comparte el documento con la resolución de la Sala Constitucional en relación con las consultas presentadas en torno al Proyecto de Ley de Empleo Público. Asimismo compartimos las declaraciones del presidente del alto tribunal.

El documento de 20 páginas indica en su presentación:

«La Sala Constitucional, después de una larga deliberación que se prolongó durante seis días en doble audiencia, y en sesión extraordinaria este sábado 31 de julio, resolvió dentro del plazo establecido por ley, las consultas legislativas formuladas por un grupo de diputados y diputadas sobre el proyecto de ley de empleo público».

Puede leerlo en línea en el siguiente enlace:

https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2021/08/Sala-Constitucional-resuelve-consultas-legislativas-sobre-proyecto-de-ley-de-empleo-público-1.pdf

Fernando Castillo Viquez, presidente de la Sala Constitucional

Amenaza sobre los fondos de JUPEMA

Dignificación Docente invita al conversatorio sobre las amenazas al fondo de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional (JUPEMA) que se están preparando con el proyecto de ley 22 179. El evento se realizará el próximo jueves 5 de agosto del 2021 a las 6 p.m.

El evento se trasmitirá por medio de Facebook Live.

Se contará con la exposición de:

  • Marjorie Hernández
  • Gerardo Romero
  • Manuel Sandoval

Organiza: Movimiento Magisterial por una Pensión Digna

 

Compartido con SURCOS por Marjorie Hernández.

Confederación de Trabajadores Rerum Novarum ofrece su colaboración para la consulta facultativa de constitucionalidad

SURCOS comparte la siguiente información: 

Mario Rojas Vilchez en su condición de Secretario General de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum presenta un escrito a los magistrados y magistradas de la Sala Constitucional ofreciendo su colaboración para la consulta facultativa de constitucionalidad sobre el proyecto de ley denominado “Ley Marco de Empleo Público”, bajo la figura Amicus Curiae, como lo establece el Art.44 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Adjuntamos el documento oficial: