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El examen de incorporación y la pregunta que nadie quiere hacerse

Rodrigo Campos Hernández

MSc. Rodrigo Campos Hernández

La noticia de que únicamente trece personas lograron aprobar el examen de incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica provocó una reacción inmediata. Mientras algunos cuestionan la validez del examen, otros responsabilizan a las universidades y no faltan quienes atribuyen el resultado a la falta de esfuerzo de los propios estudiantes. Sin embargo, desde el mismo momento en que la información comenzó a circular, tuve la impresión de que el debate corría el riesgo de instalarse en el lugar equivocado.

Durante los últimos años he tenido la oportunidad de cursar estudios de Derecho en distintas escuelas universitarias. Mi experiencia previa como docente universitario, especialista en planificación curricular y estudioso de los procesos educativos me obliga a reconocer algo incómodo: el problema es mucho más profundo que una prueba de incorporación profesional.

Lo que el examen ha puesto en evidencia no es solamente una posible controversia sobre un instrumento de evaluación. Ha dejado al descubierto preguntas que durante años hemos preferido evitar: ¿qué tipo de abogados estamos formando?, ¿qué significa realmente aprender Derecho?, ¿quién forma a quienes forman abogados?, y quizás la más importante de todas: ¿estamos confundiendo educación superior con simple certificación profesional?

La primera reacción de muchas personas ha sido cuestionar la validez del examen. Otras, por el contrario, han señalado la deficiente preparación de quienes aspiran a incorporarse a la profesión. Ambas posiciones contienen elementos de verdad, pero ninguna parece suficiente para explicar por sí sola un resultado tan extraordinario. Lo ocurrido obliga a mirar más allá de la coyuntura y preguntarnos qué está sucediendo con la enseñanza del Derecho en Costa Rica.

Durante décadas se ha asumido que formar abogados consiste fundamentalmente en transmitir conocimientos jurídicos. Sin embargo, el ejercicio profesional exige mucho más que el conocimiento de normas, plazos o procedimientos. Un jurista competente debe ser capaz de interpretar textos complejos, construir argumentos sólidos, resolver problemas, ponderar principios, analizar hechos y comunicar con claridad sus razonamientos. Estas capacidades no se desarrollan mediante la simple memorización de contenidos, sino a través de procesos formativos exigentes, lectura profunda, discusión crítica y práctica constante.

Existe una ironía que no deja de llamarme la atención. Durante años las universidades han incorporado a sus documentos términos como competencias, pensamiento crítico, resolución de problemas, aprendizaje significativo y formación integral. Sin embargo, basta ingresar a muchas aulas para descubrir que poco ha cambiado.

Las competencias aparecen en los programas de curso. Las bibliografías ocupan varias páginas. Los perfiles de salida prometen profesionales capaces de analizar, investigar y argumentar. Pero en la práctica cotidiana predominan las exposiciones magistrales, la memorización de contenidos y evaluaciones que premian la repetición antes que la comprensión.

Lo digo con preocupación y no con ánimo de descalificar a nadie. He observado este fenómeno en distintas instituciones y disciplinas. El problema no es la ausencia de discursos innovadores. El problema es la distancia creciente entre lo que decimos que hacemos y lo que realmente ocurre en las aulas.

Lamentablemente, una parte importante de la educación jurídica continúa reproduciendo modelos pedagógicos tradicionales centrados en la transmisión de información. En numerosas aulas universitarias la exposición magistral sigue siendo la estrategia dominante, mientras que la participación estudiantil, la resolución de casos, la investigación y la argumentación ocupan un lugar secundario. A ello se suma una realidad pocas veces discutida: muchos docentes universitarios poseen una sólida formación disciplinaria, pero carecen de preparación específica en pedagogía, evaluación y diseño curricular.

Este aspecto merece una reflexión particular. Saber Derecho no implica necesariamente saber enseñarlo. Del mismo modo que un excelente abogado no se convierte automáticamente en un buen juez, tampoco un buen litigante se transforma por sí mismo en un educador eficaz. La enseñanza universitaria requiere competencias específicas que rara vez forman parte de la preparación profesional de quienes imparten los cursos. Como consecuencia, se reproduce frecuentemente la forma en que cada docente fue enseñado, perpetuando prácticas que privilegian la repetición antes que la comprensión.

La situación resulta aún más paradójica cuando observamos que muchas carreras declaran adoptar enfoques formativos basados en competencias. Tuve la oportunidad de especializarme en esta área bajo el enfoque socioformativo impulsado por Sergio Tobón, inspirado en el pensamiento complejo. Desde esa perspectiva, las competencias no constituyen una simple lista de habilidades laborales, sino la capacidad de movilizar conocimientos, procedimientos, actitudes y valores para enfrentar problemas reales en contextos concretos.

Sin embargo, en numerosos programas universitarios las competencias terminan convertidas en un requisito administrativo. Se redactan, se incluyen en los documentos oficiales y se presentan ante las agencias acreditadoras, pero rara vez orientan de manera efectiva la enseñanza o la evaluación. En la práctica, el contenido continúa ocupando el centro del proceso educativo.

Este problema también interpela a las instancias responsables de garantizar la calidad de la educación superior. La acreditación constituye una herramienta valiosa, pero debe ir acompañada de mecanismos que permitan verificar los resultados efectivos de los procesos formativos. La existencia de programas, reglamentos y estructuras institucionales resulta importante, pero la pregunta decisiva sigue siendo otra: ¿qué son capaces de hacer los egresados al finalizar su formación?

La discusión también obliga a examinar el papel de las propias escuelas de Derecho. Costa Rica posee una cantidad considerable de programas de formación jurídica para un país de poco más de cinco millones de habitantes. La expansión de la oferta educativa ha ampliado oportunidades de acceso, pero también plantea preguntas sobre la planificación de necesidades profesionales, los estándares de calidad y la capacidad real de supervisión académica.

No se trata de responsabilizar exclusivamente a las universidades. Tampoco al Colegio de Abogados y Abogadas. El problema es sistémico y, por tanto, exige una comprensión sistémica. Como advertía Edgar Morin, los problemas complejos no admiten soluciones simples.

Por otra parte, este debate se desarrolla en medio de profundas transformaciones tecnológicas. La irrupción de la inteligencia artificial está modificando aceleradamente la manera en que se accede, organiza y utiliza la información jurídica. En un entorno donde una herramienta tecnológica puede localizar en segundos normas, jurisprudencia y doctrina, la formación profesional ya no puede descansar exclusivamente en la capacidad de recordar datos. El valor diferencial del abogado del siglo XXI radicará cada vez más en su capacidad para interpretar, argumentar, contextualizar y tomar decisiones prudentes frente a problemas complejos.

Quizás por ello ha llegado el momento de repensar también los mecanismos de incorporación profesional. Esto no implica eliminar los controles de calidad ni debilitar las exigencias académicas. Por el contrario, supone fortalecerlas mediante procesos más integrales que combinen conocimientos, análisis de casos, práctica supervisada, portafolios profesionales y evaluación de competencias efectivamente demostradas en contextos reales.

Del mismo modo, sería deseable fortalecer la articulación entre el Colegio de Abogados y Abogadas, las facultades de Derecho, las agencias acreditadoras y las autoridades educativas. La formación permanente del profesorado universitario, la revisión periódica de los programas de estudio, el seguimiento de resultados académicos y la promoción de experiencias prácticas significativas podrían formar parte de una estrategia de mejora continua.

Tal vez el verdadero valor de esta polémica no resida en determinar quién tiene la razón. Quizá su importancia radique en obligarnos a mirar un problema que lleva años desarrollándose silenciosamente.

Costa Rica necesita discutir seriamente la formación de sus profesionales. Necesita revisar sus mecanismos de acreditación, fortalecer la preparación pedagógica de quienes enseñan, replantear las formas de evaluación y preguntarse qué competencias exige realmente el ejercicio profesional en una época marcada por la inteligencia artificial y la transformación acelerada del conocimiento.

La solución no vendrá de una única institución ni de una única reforma. Como advertía Edgar Morin, los problemas complejos requieren respuestas complejas. El examen de incorporación es apenas la parte visible de una red mucho más amplia de desafíos educativos, institucionales y culturales.

Por eso, más que preguntarnos cuántas personas aprobaron o reprobaron una prueba, quizás deberíamos atrevernos a formular una pregunta más difícil y más urgente:

¿Estamos formando los juristas que la democracia costarricense necesitará en las próximas décadas?

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