Señores jueces y señora jueza: entonces, ¿quién asesinó a María Tacsan?

RED FEMINISTA CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES

COMUNICADO

Hoy es un día triste y desesperanzador para todas las mujeres y las niñas de este país. Otro presunto femicida quedó libre.

El Tribunal Penal de Heredia absuelve por duda a Carlos Andrés Pérez Hernández, esposo de María Tacsan y única persona imputada en este caso de femicidio. Es importante recordar que existe absolutoria por certeza y absolutoria por duda. En este caso, se nos está diciendo que existe probabilidad de que Pérez asesinara a María Tacsan pero que no tiene el Tribunal prueba suficiente para emitir una condena.

Con esta sentencia, María Tacsan se convierte, además de víctima de la violencia contra las mujeres, en víctima del sistema de justicia que ha mostrado de nuevo su esencia machista y el poco valor que da a la vida de las mujeres.

Coincidimos en algunos aspectos con el tribunal, pero no en todos sus extremos.

Aduce el tribunal falencias en el proceso de investigación a cargo del OIJ y de su dirección funcional: el Ministerio Público. A pesar de que el caso fue asignado a una fiscalía especializada de género, este enfoque y la aplicación de los Protocolos de investigación de las muertes violentas de mujeres estuvo ausente desde el inicio de la investigación.

Algunos ejemplos de lo anterior: a) a la escena del crimen acude un oficial del OIJ sin certificación en el manejo de esta etapa de la investigación; b) este investigador, evidentemente sin formación, acepta como válida la versión del imputado de que se trata de un suicidio y no aplica los protocolos que obligan a investigar como femicidios TODAS las muertes violentas de mujeres; c) patología forense no se hace presente para el levantamiento del cuerpo razón por la cual no se cuenta con certificación de la hora de muerte ni se documenta el estado del cadáver mediante las métricas protocolizadas; d) no se toman rastros de pólvora en manos del imputado y se contamina la escena.

Estas, entre otras falencias, apuntan al Ministerio Publico como parcialmente responsable de la impunidad generada contra María Tacsan el día de hoy debido al inadecuado manejo de la escena del crimen y diligencias iniciales.

En etapas posteriores trata el Ministerio Público y la Medicatura Forense de corregir estos errores aportando prueba directa. Es la Medicatura Forense quien detecta las inconsistencias de la fase inicial, da la alerta de un femicidio y emite posteriormente un dictamen de muerte homicida. Sin embargo, este dictamen, así como otro conjunto de pericias forenses son interpeladas por el tribunal que, de ser ciertos sus alegatos, colocan a la ciudadanía en serios apuros en cuanto a la seguridad jurídica de toda la ruta procesal penal. ¿Es que acaso con este fallo el tribunal acepta que no podemos confiar en ninguna instancia pericial del Poder Judicial? ¿Todo el costo económico en que se incurrió por parte del Estado en pericias fue inútil? Esperaremos la lectura completa de la sentencia para poder ahondar en estos y otros aspectos.

Dicho lo anterior, la pregunta es si existieron otros indicios, presentados por la fiscalía y la querella, que pudieron analizarse de manera integral para considerar una sentencia condenatoria. Uno de los más importantes fue la violencia de pareja vivida por María Tacsan a lo largo de 16 años de convivencia. Violencia psicológica y patrimonial en diferentes manifestaciones. Aquí falla el tribunal en comprender las dinámicas de este tipo de violencia y la relación causal directa que tiene con el femicidio.

El femicidio no necesita otro móvil que la propia violencia para producirse. Cuando las dinámicas de control empiezan a resultar insuficientes para garantizar el sometimiento de las mujeres y cuando estas deciden poner límites a los abusos, los hombres violentos incrementan el acecho y la agresión contra las mujeres, incluyendo la ideación y ejecución de un sofisticado femicidio, como apreciamos sucedió en este caso.

El análisis hecho por el tribunal en relación con la violencia de género aportada en el debate es pobre y evidencia desconocimiento injustificable. Por ello es que no pueden explicar esta muerte. Lo anterior a pesar de que el imputado fue la única persona presente en el lugar del crimen, tenía historia y motivos actuales para querer asesinar a su esposa, contaba con los conocimientos tecnológicos y recursos materiales para hacerlo y desarrolló una estrategia de encubrimiento y confusión planificada. Todo a partir de los testimonios de diferentes testigos y testigas.

Lamentamos que el Tribunal no haya hecho un análisis integral con base en la concatenación de indicios de sobra aportados que no dejaban espacio en el debate para otra hipótesis posible más que el FEMICIDIO.

María Tacsan y su familia, como víctimas directas de este femicidio, merecen una respuesta de parte de las autoridades judiciales en todos los niveles. Lamentamos profundamente el dolor, la revictimización y los costos emocionales y materiales a los que ha sido sometida esta familia la cual se enfrentó a la tarea de probar este femicidio contra todo un sistema que no supo estar a la altura de los derechos que debió proteger y garantizar.

Exigimos al Ministerio Público APELAR ESTA SENTENCIA EN TODOS SUS EXTREMOS como parte de sus obligaciones de garantizar los derechos de las víctimas y combatir la impunidad.

Solicitamos a la Corte Plena que ordene a la Comisión de Genero, a la Comisión de Asuntos Penales, a la Secretaría de Género y a la Fiscalía General (todas instancias del Poder Judicial) una urgente y detallada investigación y una respuesta clara y pública a toda la ciudadanía sobre las actuaciones del Ministerio Público, del OIJ y de la Medicatura Forense en este caso.

Desde la Red Feminista contra la Violencia hacia las Mujeres reconocemos el Estado de Derecho, pero EXIGIMOS un sistema que no solo sea garantista de los derechos del imputado sino también un sistema que NOS PROTEJA y nos GARANTICE un verdadero ACCESO A LA JUSTICIA.

¡¡Hoy gana la IMPUNIDAD y debe haber responsables!!