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Etiqueta: acceso a la información

Plan Regulador Costero: Comunidades de Caribe Sur pone amparo contra Municipalidad de Talamanca

  • Está tratando de hacer atropelladamente audiencia sin entregar documentos y dar tiempo de revisarlos

  • La comunidad se manifestará el próximo 26 de julio en Caravana y marcha en Bribri

Las fuerzas vivas que cuestionan el Plan Regular Costero (PRC) interpusieron un amparo contra la Municipalidad alegando la violación al derecho de petición y pronta resolución, y derecho de acceso a la información administrativa. El recurso, el cual se tramita bajo el expediente número 23-016185-0007-CO, fue admitido por la Sala Constitucional el 13 de julio del 2023.

Solicitan que la Sala ordene al Concejo Municipal a brindar las respuestas correspondientes a una nota presentada el día 20 de junio del 2023, con el fin de contar con todos los antecedentes necesarios para la participación adecuada de la comunidad en el proceso. Además, que “se ordene al Concejo Municipal de la Municipalidad de Talamanca la suspensión de la audiencia pública programada para el 4 de agosto hasta tanto no pueda garantizar el resguardo y la efectiva tutela de los derechos constitucionales a la participación ciudadana”.

La municipalidad inició una serie de reuniones informativas de cara a la audiencia sobre el plan regulador, donde muchas personas se fueron enterando de los riesgos e irregularidades que tiene dicha propuesta. Por eso comenzaron a organizarse para estudiar y cuestionar la propuesta municipal y solicitar toda la información del proceso como: actas del Concejo Municipal, declaratoria de aptitud turística o no turística, mapa georreferenciado, declaratoria de Patrimonio Natural del Estado emitida por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), detalle de cómo se incluyó la variable ambiental, viabilidad ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, matriz de vulnerabilidad hidrogeológica, evaluación de los índices de fragilidad ambiental, copia del expediente administrativo completo del proceso y otra serie de información relevante para poder fundamentar las posiciones.

Las personas de la zona están informado a la Sala Constitucional que la Municipalidad ha incumplido los requisitos establecidos en el Manual de elaboración de planes reguladores costeros y que se debería convocar a “un grupo de trabajo que contemple, de manera justa y balanceada, a todos los sectores de la sociedad civil con el fin de revisar a fondo la propuesta planteada y enmendar el proceso de elaboración del PRC”.

El 21 de junio del 2023, durante la sesión ordinaria número 161 del Concejo Municipal, se acordó trasladar la consulta realizada por vecinos a la Comisión de Plan Regulador de Talamanca.

Originalmente la audiencia pública fue convocada para el día 7 de julio del 2023 pero fue trasladada al 4 de agosto, para los vecinos “queda claro que ya para este momento la Municipalidad no contaba con el plazo suficiente para realizar la convocatoria de manera correcta”, argumentan en el recurso.

A pesar de no contar con la respuesta del Concejo Municipal, la comunidad ha continuado el trabajo articulado de revisión del PRC utilizando la información disponible, la cual se encuentra dispersa entre instituciones públicas como la SETENA, el ICT, el INVU y la Municipalidad; y aquella obtenida mediante el acceso a la memoria histórica de los grupos de ciudadanos organizados.

Las personas de la zona argumentan que “tenemos cada vez mayor certeza de que el PRC presenta grandes incongruencias e ilegalidades, las cuales deben ser analizadas a la luz de la información administrativa, científica y técnica que debe respaldar este tipo de procesos”.

Las comunidades se movilizarán el próximo miércoles 26 de julio saliendo en caravana vehicular hacia Bribri y luego una caminata hacia la sesión municipal de las 5 de la tarde donde solicitarán que se posponga la audiencia municipal convocada para el 4 agosto próximo.

La aprobación del Acuerdo de Escazú por parte de la Cámara de Diputados y del Senado de Chile: breves reflexiones

Nicolas Boeglin (*)

Hace unos años atrás, tenía a mi hijo muy enfermo, tenía problemas respiratorios, lo tenían en observación, poniéndole nebulizaciones. El enfermero, que todavía trabaja allí en la clínica, desde que llegué empezó a cuestionar, que por qué nos oponíamos a la hidroeléctrica en ese entonces (Proyecto Hidroeléctrico Diquís), que por qué nosotros defendíamos derechos indígenas si todos éramos iguales”. Cindy Vargas, indígena Brorán de Térraba en Costa Rica. Extracto de artículo publicado en el Semanario Universidad (Costa Rica), «Mujeres indígenas denuncian discriminación y racismo en instituciones públicas por ser recuperadoras de tierra«, edición del 28/04/2022.

«En los años anteriores de conflicto armado hubo muchos líderes que también sufrieron y fueron desaparecidos. Los que asesinaron a mi hijo pensaron que estábamos en esa época todavía, en la que un líder se levantaba a reclamar sus derechos y todos los demás se quedaban callados. Pero se equivocaron, porque yo no me voy a callar«, Rodrigo Tot, líder q’eqchi de Agua Caliente en Guatemala, entrevista a El País (España), artículo publicado el 10/02/2022.

«El 8 de marzo de 1995 el Juzgado dejó “sin valor ni efecto la orden de captura librada”. Aunque esta decisión no fue motivada, el fiscal encargado de la investigación en ese momento indicó, en una declaración rendida posteriormente (infra párr. 63), que el joven Juan Francisco López Mejía reveló haber sido coaccionado a rendir declaración incriminatoria, por lo que se determinó que no hubo méritos para la captura. El 23 de marzo de 1995 se recibió la última de las 27 declaraciones testimoniales mencionadas, correspondiente a un coronel del Ejército, de apellido Amaya. Un año después, el 10 de marzo de 1996 la Dirección de Investigación Criminal en Tela presentó un informe sobre el caso en el que subrayó que “en las investigaciones de este caso se van a tocar intereses muy grandes y de cualquier forma los oficiales de investigación asignados al caso corren mucho peligro”. Extractos (párrafos 57-58) de la sentencia de la Corte IDH contra Honduras dictaminada en el 2009, sobre el caso de Blanca Jeannette Kawas Fernández, ecologista hondureña asesinada el 6 de febrero de 1995.

El pasado 30 de mayo del 2022, dos Comisiones del Senado de Chile (Ambiente y Relaciones Exteriores) aprobaron el Acuerdo de Escazú: lo hicieron con 7 votos a favor y 2 abstenciones (véase nota de El Monstrador y esta nota oficial de las autoridades ambientales chilenas). Tan solo 24 horas después, el Senado chileno procedió a una segunda votación que se materializó el 31 de mayo, con 33 votos a favor, 3 en contra y 11 abstenciones (véase nota oficial del mismo Senado y nota de Emol).

Un generoso mes de mayo para Escazú

Estas dos votaciones en el Senado de Chile vienen a culminar un proceso iniciado en la Cámara de Diputados de Chile, el cual aprobó el pasado 11 de mayo del 2022, en primer debate constitucional, el Acuerdo de Escazú: véase nota de El Monstrador y cable EFE registrado en La Vanguardia.  Esta aprobación también se hizo con una abrumadora mayoría: 105 votos a favor, 34 en contra y tres abstenciones.  

Siempre en el mismo mes de mayo, un segundo debate se llevó a cabo en el seno del mismo Poder Legislativo chileno asociando a la Cámara alta (Senado): véase al respecto esta nota oficial del mismo Senado del 16 de mayo del 2022. 

Las indiscutibles mayorías obtenidas en ambas cámaras del Poder Legislativo chileno evidencian que los supuestos «argumentos» en contra del Acuerdo de Escazú ya no impresionan mayormente sino a muy pocos, y que forman parte del pasado. 

Es muy probable que con tan decidido paso, Chile deposite el instrumento de adhesión correspondiente al Acuerdo de Escazú durante el mes de junio del 2022, mes del ambiente, como bien se sabe.

Una breve puesta en contexto

El Acuerdo de Escazú (véase texto completo) se adoptó en Costa Rica y su nombre completo es «Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y El Caribe«.

Este instrumento regional se adoptó, siendo escogida la fecha del 4 de marzo como un homenaje de toda la región al natalicio de Berta Cáceres, lideresa hondureña lenca, asesinada en el 2016 (véase nota de Amnistía Internacional publicada en marzo del 2022 al conmemorarse 6 años desde su asesinato y una nota más reciente sobre una sentencia esperada para el 18 de mayo del 2022 que no se leyó).

Foto de Berta Cáceres Flores, lideresa hondureña lenca, asesinada el 3 de marzo del 2016, extraída de esta nota de prensa de La Vanguardia titulada «El asesino de Berta Cáceres era un sicario: un joven pobre». El GAIPE (Grupo Asesor Internacional de Personas Expertas) un grupo de investigación internacional fue constituido para esclarecer su asesinato y en particular la trama político-empresarial responsable de su muerte, que intentó en un primer momento encubrir y maquillar el mismo Estado hondureño (véase al respecto el informe titulado «Represa de Violencia. El Plan que asesinó a Berta Cáceres»).

El pasado 22 de abril, día en que se celebra el Día de la Madre Tierra, tanto órganos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos como la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos hicieron un llamado conjunto (véase comunicado) exigiendo la pronta ratificación del Acuerdo de Escazú, señalando además que:

«el Acuerdo de Escazú es un poderoso instrumento para prevenir conflictos mediante el acceso a la participación, información y justicia en asuntos ambientales. El Acuerdo de Escazú es también un hito pues consagra la protección de las personas defensoras y su rol, cuyo espíritu nos recuerda que para defender el medio ambiente se debe empezar por proteger a quienes lo defienden«.

Cabe indicar que para este año 2022, el Premio Goldman en materia ambiental incluyó, en el caso de América Latina, a dos líderes indígenas ecuatorianos que llevan muchos años luchando contra proyectos extractivistas (véase nota de La Vanguardia  y nota de France24 del 26/05/2022). En Honduras, Berta Cáceres había sido galardonada con este mismo prestigioso premio internacional en el 2015.

Costa Rica y Chile: dos Estados en la mira

El largo proceso de negociación, que duró exactamente 5 años, 7 meses y 7 días, fue coliderado por Chile y por Costa Rica. Dos Estados que pusieron a sus mejores equipos de negociadores para lograr llevar a feliz término el proceso de discusión entre los 33 Estados que integran la Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas  (más conocida como CEPAL): un trabajoso proceso, que requirió un total de 9 rondas de negociación (véase acta final de la novena y última ronda de negociaciones, realizada en marzo del 2018 Costa Rica).

Adoptado en marzo, en el mes  de junio del 2018, con ocasión del Día Internacional del Ambiente, en calidad de copresidentes Chile y Costa Rica en una declaración conjunta (véase texto completo) enfatizaron que:

«Ambas co-presidencias invitan a todos los treinta y tres gobiernos de la región a suscribir este importante tratado y contribuir por medio de su implementación a una protección más integral del ambiente y el fortalecimiento de los Derechos Humanos. Asimismo, reiteran que el Acuerdo de Escazú inaugura, desde las particularidades de América Latina y el Caribe, un nuevo estándar para la construcción y consolidación de la democracia ambiental. Costa Rica y Chile creen firmemente que la pronta entrada en vigor del Acuerdo de Escazú, será una señal inequívoca de la vocación de nuestra región para avanzar hacia el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y representa una importante contribución al multilateralismo«.

Esta declaración conjunta del mes de junio del 2018 constituye la última manifestación  oficial de ambos Estados en favor del Acuerdo de Escazú: hay que agradecer a la diplomacia chilena por haberla mantenido en su portal oficial desde entonces.

Cabe indicar que en el mes de julio del 2019, ante los titubeos evidenciados con la aprobación del Acuerdo Escazú en América Latina, ambos Estados recibieron un llamado de atención suscrito por varios mecanismos de derechos humanos de Naciones Unidas que fue remitido de igual manera a otros Estados (véase texto del comunicado conjunto enviado a Costa Rica): pese al importante número de firmantes de esta misiva, no se logró mayor avance en el caso de Chile, ni tampoco de Costa Rica.

Un paso más hacia una rectificación por parte de Chile

Esta aprobación en la Cámara de Diputados chilena el pasado 11 de mayo y luego en el Senado este 31 de mayo constituyen importantes logros del Poder Ejecutivo de Chile, que permiten vislumbrar una pronta nueva ratificación del Acuerdo de Escazú: un tratado regional que ya cuenta con 12 Estados Partes (los últimos en ratificarlo – de forma conjunta – en enero del 2021 siendo Argentina y México).

Por parte de América Latina, Chile vendrá a sumarse a las ratificaciones ya registradas (véase estado oficial de firmas y ratificaciones) de Bolivia y Uruguay (septiembre del 2019), Panamá y Nicaragua (marzo 2020), Ecuador (mayo 2020), así como Argentina y México (enero 2021). Se trata de Estados en los que, dicho sea de paso, no se ha observado en lo más mínimo una salida de las inversiones extranjeras o una parálisis de sus respectivas economías o una inseguridad jurídica desde que se aprobó el Acuerdo de Escazú. Ni mucho menos una invasión indebida de la inversión de la carga de la prueba en el ámbito del derecho penal, tal como se ha escuchado que provocaría el Acuerdo de Escazú en Colombia, en Costa Rica pero también en Perú y en Paraguay (Nota 1) por parte de algunos: sobre estos últimos, debemos precisar que lo han hecho de una manera bastante extraña para el caso costarricense, como lo explicaremos en algunas de las líneas que siguen.

Al haber firmado este acuerdo regional (en setiembre del 2018), pero no haberlo aún ratificado en estos últimos cuatro años, Costa Rica comparte esta situación en América Latina con (además de Chile) los siguientes Estados: Brasil, Colombia, Guatemala, Haití, Paraguay, Perú y República Dominicana. Una Costa Rica que ha basado históricamente su imagen internacional en el respeto a los derechos humanos y la protección del ambiente… ¿en esta lista de Estados renuentes a proteger los derechos de quienes defienden el ambiente así como a mayor acceso a la información pública, transparencia y rendición de cuentas? Así como se lee, por más extraño que pueda sonar para un/a costarricense.

Con relación a las buenas prácticas en materia de acceso a la información, transparencia y rendición de cuentas, no está de más referir a nuestros estimables lectores a esta publicación de la CEPAL titulada precisamente «Las sinergias entre el gobierno abierto y el Acuerdo de Escazú«. En el caso específico de Costa Rica además, podemos referir a este comunicado de prensa oficial de la CEPAL difundido a raíz de una reunión celebrada en San José el 8 de marzo del 2022, titulado «Banca multilateral y OCDE consideran fundamental el Acuerdo de Escazú para generar un clima de inversiones sostenidas y sostenibles«: un comunicado oficial de prensa que, extrañamente, no fue referenciado en ninguno de los principales medios de prensa costarricenses (Nota 2).

Supuestos «argumentos» en contra de Escazú que la realidad objetiva desnuda por completo con el pasar del tiempo

El Acuerdo de Escazú es un  tratado internacional que establece exactamente el mismo régimen de obligaciones para todos los Estados que lo aprueban, al no permitir ningún tipo de reserva  (Artículo 23) que pueda modular o limitar el alcance de algunas de sus disposiciones.

En relación a la afirmación anterior, se entiende cada vez con mayor claridad, conforme es aprobado el Acuerdo de Escazú en otras latitudes de la región, que los supuestos «argumentos» en su contra escuchados por parte de sectores políticos y económicos opuestos al Acuerdo de Escazú, en realidad, no lo son: por cierto, en el caso de Costa Rica, un muy tempranero ejercicio periodístico desde la Universidad de Costa Rica (UCR) ya lo había así detectado: véase esta nota de Doble Check del 26 de abril del 2021 (cuyo título y contenido no han dado lugar, a la fecha, a ningún derecho de respuesta, rectificación o aclaración por parte de la UCCAEP, una influyente cámara empresarial costarricense). Recientemente el mismo equipo de periodistas puso en tela de duda algunas afirmaciones de un «experto» sobre reservas de petróleo en Costa Rica hechas durante una emisión de televisión (véase enlace).

Volviendo a Escazú y a algunas cámaras empresariales empecinadas en presentarlo como peligroso y dañino para la economía de Costa Rica, tuvimos la oportunidad de lanzarles públicamente varias preguntas así como a sus (siempre muy hacendosas) fichas políticas: véase nuestra breve nota publicada en el medio Delfino.cr el pasado 3 de marzo (la cual, por alguna razón, no ha sido aún contestada).

Remitimos también al artículo del jurista costarricense Mario Peña (véase texto completo) titulado precisamente “Desmitificando el Acuerdo de Escazú” y publicado en el sitio jurídico especializado de DerechoalDia.

Escazú y  la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental, o del arte de amenazar con la vaina vacía

Con relación al punto específico de la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental que tanto pareciera preocupar a algunas cámaras empresariales (así como a una magistrada de la Sala Constitucional de Costa Rica hasta hace poco), se trata de un principio que ha recibido acogida en la legislación y en la jurisprudencia de tribunales costarricenses desde 1998.

Así se detalla en este valioso artículo del precitado jurista, publicado en el medio digital Delfino.cr: dicho sea de paso, este artículo tampoco ha dado lugar a una aclaración o reacción por parte de algunos, que han invocado la inversión de la carga de la prueba como un «argumento» incuestionable para oponerse al Acuerdo de Escazú.

Cabe recordar que el no aceptar el principio de la inversión de la carga en materia ambiental apareció en la sentencia del 2011 que puso fin en los tribunales costarricenses a lo que se puede denominar el «affaire Crucitas» (Nota 3): un escándalo ambiental que expuso ante el mundo la faz oscura de la «Costa Rica Verde» que tanto se publicita. La Sala Primera de la Corte Suprema de Costa Rica confirmó en todos su extremos la valiente decisión del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) del 2010 (véase texto) declarando ilegal el proyecto minero en Crucitas. Al revisar con detalle la batería de supuestos «argumentos» jurídicos presentados por la empresa minera canadiense Infinito Gold (véase el texto completo de la sentencia 1469-2011 de la Sala Primera, cuya lectura resulta de gran interés), se observa que la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental fue invocada por los abogados de la recurrente en su apelación: como era de esperar, esta argumentación fue rechazada sin mayor contemplación por los integrantes de la Sala Primera (véanse en particular los párrafos XIX y XX de la sentencia de la Sala Primera). Una empresa minera canadiense que al apelar una sentencia en su contra… ¿cuestiona la aplicación de un principio básico del derecho ambiental vigente en el ordenamiento jurídico por parte de un tribunal costarricense? Así como se lee.

No está de más señalar que muchos de los que advirtieron de una supuesta (y claro está totalmente errónea)  «inseguridad jurídica» en Costa Rica a raíz de la decisión del 2010 del TCA coinciden con los que hoy adversan el Acuerdo de Escazú.

La soledad de la Corte Plena y de la Sala Constitucional con relación a otros Poderes Judiciales en América Latina

Como indicado anteriormente, el Acuerdo de Escazú establece exactamente el mismo régimen de obligaciones para todos los Estados que lo aprueban. 

Ciertamente, su discusión ha dado lugar a la repentina aparición de supuestos «argumentos» en su contra similares (extrañamente similares) difundidos en varios de los Estados en los que sectores políticos y económicos han logrado frenar su aprobación.  En el caso de Costa Rica, estos «argumentos» fueron difundidos por sectores empresariales y sus fichas políticas, aunque también se detectó una extraña coincidencia desde otra esfera, sin que a la fecha se nos brinde una explicación al respecto (Nota 4). Sobre esta última, una diputada, en una emisión radial universitaria refirió a las complejas – e insondables – relaciones que mantienen los huevos y las gallinas (véase emisión disponible en YouTube del programa Interferencias del 11 de marzo del 2022, Radio UCR, minuto 45:15 / 45:48)

No obstante,  a esta extraña coincidencia, persiste en el tiempo otra extrañeza costarricense: se trata de un insólito «descubrimiento» escuchado en Costa Rica (y que a la fecha, no ha encontrado eco alguno en el resto de América Latina). En efecto, ningún otro Poder Judicial en los 12 Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú, como tampoco el Poder Judicial peruano (véase documento), y mucho menos el chileno, ha sostenido un criterio similar  al expuesto por la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia: según ella, el inciso 5 del artículo 8 del Acuerdo de Escazú conllevaría un gasto adicional para el funcionamiento del Poder Judicial costarricense. El Acuerdo de Escazú ¿obliga a un esfuerzo económico adicional para el presupuesto de la justicia en Costa Rica y únicamente en el caso de la justicia de Costa Rica? Vaya innovación y esfuerzo creativo.

Es de notar que este extraño «descubrimiento» (Nota 5) ha complicado innecesariamente la aprobación del Acuerdo de Escazú al haber sido luego confirmado por  seis de los siete integrantes de la Sala Constitucional: el Magistrado Paul Rueda fue el único en explicar muy bien en su voto salvado la lectura completamente errada hecha por la Corte Plena y luego por sus seis pares dentro de la Sala Constitucional (Nota 6). 

Contrario a lo que se podría pensar, este «descubrimiento» no debe verse como algo fortuito. En efecto, no sería la primera vez que en Costa Rica, la mayoría de la Sala Constitucional busca la manera de limitar significativamente el alcance de la participación ciudadana en materia ambiental, que constituye precisamente uno de los tres pilares fundacionales del Acuerdo de Escazú. Se trata de una cara de la justicia costarricense constitucional pocamente divulgada y conocida, pese a que, en nuestra modesta opinión, debiera serlo, además de discutida y denunciada.  En el 2017, la Sala Constitucional de Costa Rica, decidió que la participación ciudadana en materia ambiental, ya no califica (según ella y… solamente ella) como un derecho humano (Nota 7). Un años antes, el 2016, el juez constitucional costarricense consideró que la libertad de empresa prevalece sobre un acuerdo municipal estableciendo una moratoria para nuevas plantaciones de piña: un acuerdo municipal tomado en aras de proteger la salud pública de las comunidades aledañas a este monocultivo en el cantón de Los Chiles (Nota 8).

Manifestación frente al Ministerio de Salud, 21 de agosto del 2008, con presencia de la Ministra de Salud, Maria Luisa Avila, sobre el intento de las autoridades de salud de legalizar el bromacil en el agua potable (así como se lee) de comunidades afectadas por la insensata expansión piñera en Siquirres. En el 2017, el Decreto Ejecutivo 40423 prohibió el uso de bromacil. Foto perteneciente a los archivos del autor.

Este insólito «descubrimiento» del juez constitucional costarricense con respecto al Acuerdo de Escazú ha sido totalmente omiso en las discusiones y en las consultas recientes realizadas en Chile en torno a su aprobación: tratándose de un Estado en el que los argumentos más fantasiosos e insostenibles los unos que los otros salieron a relucir por parte de las mismas autoridades estatales (y ello hasta el 2022) y de sectores económicos afines, el «descubrimiento» del Poder Judicial costarricense  podría considerarse desde ya como una verdadera «joya» a la creatividad y a la imaginación en América Latina.

Es muy probable que se acentúe, con el pasar del tiempo (y de nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú a venir), la profunda soledad – en nuestra opinión bastante vergonzosa –  del Poder Judicial Costa Rica ante sus demás pares en América Latina.

Chile: un Estado anfitrión de la primera COP sin serlo del todo

Más allá del hecho que algunos influyentes sectores en Costa Rica cuestionen una herramienta muy básica del derecho ambiental contemporáneo (obteniendo sentencias desfavorables en su contra, y que no obstante parecieran dispuestos a persistir en sostener lo que a todas luces resulta insostenible desde un estricto punto de vista jurídico); y haciendo a un lado la insólita mezquindad exhibida por el Poder Judicial costarricense, cabe indicar que los pasados 20-22 de abril, se celebró en Chile la primera Conferencia de Estados Partes (COP) al Acuerdo de Escazú.

La ubicación de esta cumbre regional se debió a la localización geográfica de las instalaciones de la CEPAL, ente que auspició las negociaciones de este innovador instrumento regional. 

Sobre esta primera COP, una reunión fundamental de cara a la futura implementación del Acuerdo de Escazú, remitimos a nuestros estimables lectores a una breve nota nuestra explicando sus alcances (versión en español así como en inglés).

A la cita, además de los 12 Estados Parte al Acuerdo de Escazú, participaron como Estados observadores  delegaciones de Brasil, Chile, Costa Rica, Colombia y Perú, al no haber aún aprobado dicho instrumento regional estos Estados: en el caso de Colombia, su representante oficial no pasó desapercibido, al ser una persona conocida de movimientos sociales colombianos, y de familiares de personas fallecidas y/o gravemente heridas durante las protestas acaecidas en Colombia en el 2019 (Nota 9).  Recientemente (véase artículo publicado el 22 de mayo del 2022 en el portal de Mongabay), una entrevista a una reconocida activista ambiental en Colombia ha puesto de manifiesto la incoherencia gubernamental que se observa en Colombia con relación al Acuerdo de Escazú.

A modo de conclusión

El pasado 18 de marzo, el nuevo Presidente de Chile, durante una muy emotiva jornada vivida en el Palacio de la Moneda, firmó el Acuerdo de Escazú, poniendo así fin a un craso error de lectura de su antecesor en el cargo y cerrando una paréntesis bastante triste para los derechos humanos y el ambiente que significó en líneas generales la administración (2018-2022) en Chile.

Desde este momento,  el Poder Ejecutivo inició de forma decidida el proceso en la dirección correcta (que nunca debió abandonar), reafirmando de esta manera el regreso de Chile y el de su indiscutible liderazgo en la región en temas de ambiente y de derechos humanos: a tal punto que en este misma primera COP, se acordó que la segunda COP (a celebrarse en el 2024) volverá a realizarse en la capital chilena, al tiempo que un reunión intermedia (2023) se celebrará en Argentina. 

Cabe precisar que el pasado 3 de mayo del 2022 , el primer paso en Chile que inició la senda en dirección de la pronta aprobación del Acuerdo de Escazú (véase, entre muchos, esta nota de Swissinfo  reproduciendo un cable de la agencia de noticias EFE), fue seguido, el 4 de mayo de cables de agencias de noticias internacionales  reportando lo escuchado en Costa Rica, lo cual, como era previsible, va en la dirección exactamente opuesta (Nota 10).

– – Notas – –

Nota 1: Ante la aparición de «argumentos» muy similares en contra del Acuerdo de Escazú en varias latitudes del continente americano, esfuerzos valiosos desde la sociedad civil y desde la academia han denunciado esta verdadera campaña de desinformación fomentada por algunos sectores empresariales en contra de este tratado internacional. En el caso de Costa Rica, véase en particular PEÑA  CHACÓN M., «Desmitificando el Acuerdo de Escazú«, DerechoalDía, edición del 28 de noviembre del 2020, disponible aquí;  así como MADRIGAL CORDERO P. & GONZALEZ BALLAR R., «Acuerdo de Escazú: desmitificando falacias y construyendo argumentos«, Colección Perspectiva, Friedrich Ebert Stiftung, agosto del 2021, disponible aquí. Un esfuerzo muy similar debió de hacerse en Perú con relación a «argumentos» idénticos a los escuchados en Costa Rica (véase el informe SPDA, «Diez mitos y verdades sobre el Acuerdo de Escazú: democracia y defensores ambientales», disponible aquí) así como en Colombia (véase la publicación titulada «Mitos y verdades del Acuerdo de Escazú» disponible aquí). Un interesante ejercicio sobre el balance informativo consistiría, en el caso de la prensa de Costa Rica, como también en el caso de la de Colombia y de Perú, en analizar la cantidad de referencias de grandes medios de prensa a estos esfuerzos, a contraponer con la cantidad de referencias reproduciendo los supuestos «argumentos» en contra de Escazú difundidos por sectores corporativos.

Nota 2:  Ni en el día en que fue divulgado este comunicado de prensa de la CEPAL ni en los días posteriores se encontró referencia alguna en los grandes medios de prensa costarricenses. Unos 10 días después del evento, el 18 de marzo, fue el Semanario Universidad el que editó esta nota de prensa.

Nota 3: La expresión «affaire» refiere al complejo entramado político-empresarial (y a un nutrido grupo de personeros  gravitando a su alrededor), que desnudó ante la opinión pública costarricense este caso que fue llevado ante la justicia costarricense: con una sentencia redactada en el 2010 por tres jueces que refirieron a una verdadera «orquestación de voluntades» para explicar las múltiples ilegalidades de muy diversa índole observadas por parte del mismo Estado costarricense. Una «orquestación de voluntades» que, con más de 10 años de haber sido declarada como tal (2010), luego apelada, y reconfirmada (2011), aún no ha dado lugar a una sola sentencia en materia penal ni a a la condena de algunos de los altos funcionarios del Estado o de la empresa involucrados. En un reciente artículo del actual Presidente de la Corte Suprema de Justicia, el Magistrado Fernando Cruz, publicado en La Revista.cr (véase texto), leemos que: «La trascendencia política y económica del caso, no impidió a los jueces resolver conforme al mérito de los autos, con plena conciencia que la decisión no complacía a las instancias de poder político y económico. No es fácil que un juez resuelva a contrapelo de los poderosos intereses que sustentan el caso. La decisión de este tribunal es un luminoso homenaje a la independencia judicial«. Es menester referir a nuestros estimables lectores al voto particular (véase texto) de este mismo magistrado en abril del 2010, al separarse del criterio de la mayoría de los integrantes de la Sala Constitucional conjuntamente con su colega, el magistrado Gilbert Armijo. En febrero del 2022, tuvimos la ocasión de analizar la última maniobra de la empresa minera Infinito Gold contra Costa Rica aún pendiente de resolución: véase BOEGLIN N., «Infinito Gold contra Costa Rica: una nueva maniobra de la empresa minera contra Costa Rica«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, 8 de febrero del 2022, disponible aquí.

Nota 4: La lectura de este artículo del medio costarricense Ojo al clima, titulado «Acuerdo de Escazú entró en vigor sin el país que le dio el nombre«, del 26 de abril del 2021, permite conocer los alcances del Acuerdo de Escazú y las contradicciones, malinterpretaciones y fantasías creadas por algunos en relación con su contenido. En este muy completo reportaje cuya lectura se recomienda, se lee que: “La obstaculización del Poder Judicial al proceso de ratificación del Acuerdo de Escazú ha sido negativa en muchos sentidos. Primero, se aparta del criterio de servicio técnicos de la Asamblea Legislativa que dijo que no se estaba ante la situación descrita en el artículo 167 de la Constitución Política y también se aparta del criterio de servicios técnicos del Poder Judicial que considera que este proyecto de ley no afecta de manera orgánica al funcionamiento del Poder Judicial y menos tratándose de un tratado de derechos humanos”, continuó la exviceministra.“ Segundo, la magistrada Nancy Hernández, en una nota, manifiesta sus preocupaciones interpretativas del Acuerdo de Escazú que coincidentemente son las mismas que ha encontrado la Unión Costarricence de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) para oponerse al proyecto», añadió Madrigal.«

Nota 5: Sobre el particular remitimos a la sección «Las extrañezas del Poder Judicial costarricense ante el Acuerdo de Escazú» en nuestro artículo BOEGLIN N., «Chile está a punto de rectificar su postura frente al Acuerdo de Escazú, mientras que Costa Rica se limita con los demás a … ¿mirar?» Portal de la UCR, Sección Voz Experta, edición del 4 de marzo del 2022, disponible aquí.

Nota 6: En el voto de la Sala Constitucional de marzo del 2020 (véase texto completo), en su voto salvado, el Magistrado Paul Rueda  señala que: «Se advierte con facilidad que tal norma en ningún momento le impone al Poder Judicial la obligación de brindar asistencia técnica y gratuita, la cual corresponde implementarse a partir de las condiciones propias del ordenamiento jurídico de cada país. En el caso de Costa Rica, tal asistencia puede ser brindada por cualesquiera dependencias públicas afines al tema, verbigracia, la Defensoría de los Habitantes, las Defensorías Sociales del Colegio de Abogados o los consultorios jurídicos de la UCR (lo que no excluye la cooperación de aquellos correspondientes a universidades privadas). Erradamente, el voto de mayoría solo pensó en el Poder Judicial y estimó que el texto consultado “contiene en su articulado normas explícitas que disponen la creación, la variación sustancial o la supresión de órganos estrictamente jurisdiccionales o de naturaleza administrativa adscritos al Poder Judicial, o bien, crea, ex novo, modifica sustancialmente o elimina funciones materialmente jurisdiccionales o administrativas”. A partir de lo expuesto, sostengo que del texto expreso del numeral en mención en ningún momento se extrae lo que la Mayoría supone«.

Nota 7: Sobre tan desconcertante e indecorosa conclusión del juez constitucional costarricense que se lee en el párrafo V de la sentencia 1163-2017 (véase texto completo), resulta oportuno señalar que fue objeto de tan solo dos votos salvados (suscritos por los magistrados Fernando Cruz y Paul Rueda): los cinco magistrados/a restantes consideraron que ir en contra de  la jurisprudencia de la misma Sala Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no amerita ninguna reflexión particular. Sobre este peligrosa regresión del juez constitucional costarricense, véase breve nota nuestra al respecto. De manera a no causar mayor sonrojo al provocado por esta decisión del juez constitucional costarricense en el mes de febrero del 2017, nos permitimos remitir a nuestros estimables lectores  al párrafo 231 de la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dada a conocer en el 2018 (véase texto completo) que precisa de manera muy clara que: «231. Por tanto, esta Corte estima que, del derecho de participación en los asuntos públicos, deriva la obligación de los Estados de garantizar la participación de las personas bajo su jurisdicción en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, sin discriminación, de manera equitativa, significativa y transparente, para lo cual previamente deben haber garantizado el acceso a la información relevante». En el párrafo 242 de la misma opinión consultiva del juez interamericano, se lee que: «g. Los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la participación pública de las personas bajo su jurisdicción, consagrado en el artículo 23.1.a de la Convención Americana, en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, de conformidad con los párrafos 226 a 232 de esta Opinión». En un reciente estudio del jurista Álvaro Sagot Rodríguez sobre las repetitivas regresiones ambientales del juez constitucional costarricense, el autor cita una decisión del 2012 de la Sala Constitucional en la que se lee textualmente que:  «En este sentido, el derecho ambiental no podría conducir a una tiranía de la participación ciudadana» (sic) (p. 30 del precitado estudio).

Nota 8:  Véase texto completo de la sentencia 11545-2016  en la que se lee textualmente que: «Dicho lo anterior, las municipalidades no tienen competencia  para prohibir una determinada actividad económica lícita en sus territorios o declarar moratorias, definidas o indefinidas. Esa competencia corresponde al Estado, toda vez que el Derecho de la Constitución (valores, principios y normas) es claro y preciso, en el sentido de que el régimen de las libertades públicas está reservado a la Ley. En el caso que nos ocupa, no existe ninguna norma jurídica con rango de Ley que autorice a la municipalidad recurrida a prohibir el cultivo de piña en su territorio, o declarar  una moratoria indefinida del cultivo de ese producto, de ahí que su actuación es arbitraria y, por consiguiente, contraria al ordenamiento jurídico«. Al tratarse de una moratoria por un plazo muy preciso de 5 años, resulta altamente cuestionable que la Sala considere que se trate de una «moratoria indefinida«. Nuevamente aquí la lectura del voto particular del magistrado Fernando Cruz permite ver cuán errática, antojadiza y cuestionable es la decisión tomada por la mayoría de sus colegas: el magistrado Cruz concluye explicando que «dadas las amenazas y efectos lesivos para la salud y el ambiente que provoca el cultivo de la piña, las comunidades tienen plena legitimidad legal y política para dictar medidas preventivas, temporales, para asegurarse que sus ciudadanos no resultarán perjudicados por una actividad agroexportadora que provoca daños y amenazas sobre la biodiversidad».

Nota 9: El ahora diplomático Guillermo Botero, con rango de embajador de Colombia en Chile, fue Ministro de Defensa en Colombia en 2019, un período extremadamente tenso desde el punto de vista social y político. Después de su renuncia como Ministro (noviembre de 2019), las ONG y las organizaciones sociales negociaron con el Poder Ejecutivo colombiano las condiciones para poner fin a las protestas masivas en las calles: obtuvieron, entre otras cosas, del Poder Ejecutivo colombiano, la firma del Acuerdo de Escazú (diciembre de 2019). Desde entonces una fuerte campaña de desinformación en contra del Acuerdo de Escazú ha frenado su aprobación, orquestada por cúpulas empresariales colombianas y sectores políticos afines empecinados en presentarlo como un verdadera freno al desarrollo: se trata de sectores reacios a que se proteja la vida y la integridad física de líderes comunitarios, campesinos, indígenas y ecologistas que defienden el ambiente en Colombia.

Nota 10: Véanse al respecto, nota de la agencia alemana DW y, por parte de la agencia gala AFP, esta nota de RFI y nota de Le Figaro así como la única nota aparecida en Costa Rica en el Tico Times reproduciendo este mismo cable AFP.

 

(*) Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

El Acuerdo de Escazú o la ilusoria tregua en medio de una guerra total contra la vida

Por Bryan González y Jiri Spendlingwimmer,
Miembros del Movimiento Ríos Vivos

Es esencial el empujar siempre más allá de nuestro cuestionamiento, porque no podemos seguir poniendo más parches aquí y allá que no resuelvan los verdaderos problemas.
Murray Bookchin

Nuestra derrota sólo quedará sellada si decidimos no escrutar los fundamentos de lo ocurrido, si no descubrimos con claridad lo que propiamente hemos de combatir. Precisamente por estas razones mis amigos y yo hemos de ir a las raíces de las cosas.
Günther Anders

Aviso de incendio

Es un derecho inalienable de todo ser humano y una obligación de todo Estado garantizar el libre acceso a la información, la participación pública activa en la toma de decisiones y el irrestricto acceso a la justicia, principalmente cuando se trata de los temas que caracterizan al entorno que habitamos y compartimos con otras formas de vida. Esto debería ser así si asumimos que vivimos en democracia.

Al no ser así, todo instrumento jurídico y político que nos permita acceder a estos derechos debe ser entendido como necesario para continuar defendiendo la vida en el planeta. A partir de esta realidad es que consideramos que el llamado “Acuerdo de Escazú” es una herramienta que podría utilizarse como un mecanismo legal para garantizar el acceso a la justicia pronta y efectiva para todas aquellas singularidades y comunidades que se ven vulneradas por la violencia intrínseca del modelo de destrucción capitalista, al que consideramos irremediablemente insostenible.

Es necesario desarrollar una inteligencia compartida de la situación mundial que nos permita comprender a qué nos enfrentamos: El colapso mundial y la guerra total contra la vida. Esta inteligencia compartida posibilita la visión de las operaciones en curso que se ejecutan bajo una lógica de competencia por el control de los recursos estratégicos en acelerado agotamiento. Para ello es necesario el debate que invite a todas las voces a pronunciarse y a reflexionar sobre el rumbo de los acontecimientos.

Es a partir de la comprensión de nuestra situación actual que proponemos una crítica política al Acuerdo de Escazú con la intención de aportar herramientas y elementos para que tenga lugar este debate; NO con la intención de rechazar las garantías jurídicas que en él se contemplan para la protección de las vidas de las personas defensoras de Derechos Humanos y de la Naturaleza en América Latina y el Caribe, la región más violenta y desigual del mundo, pero también la más rica en materia de bienes comunes.

Por el contrario, nuestra crítica se centra en algunos aspectos que se circunscriben al Acuerdo de Escazú, y que consideramos se deben tomar en cuenta en este debate. Específicamente nuestra crítica se enfoca en:

  1. El concepto de “Desarrollo Sostenible” en el que se inscribe la Cumbre de Rio+20 del que emana el Acuerdo de Escazú.
  2. Los promotores del acuerdo, principalmente las agencias financieras internacionales y los gobiernos latinoamericanos que participaron en su elaboración.
  3. El acceso a la información y la excepción bajo excusa de la seguridad nacional.
  4. El desmantelamiento de las instituciones públicas como una política neoliberal que coarta la participación ciudadana en la toma de decisiones, el acceso a la información y a la justicia.

Es este contexto latinoamericano en el cual nos situamos y las dinámicas imperialistas y coloniales que en él se desarrollan, lo que nos lleva a plantear nuestra crítica. No nos situamos en el ámbito del derecho para analizar al Acuerdo de Escazú, desde el cual ya se han expuesto todas sus bondades como una herramienta jurídica necesaria; sino desde lo político, ámbito de reflexión que ha sido considerado como superfluo, “porque se entiende que los mecanismos de control judicial «a posteriori» constituyen una vía suficiente para revisar los resultados de la actividad política” (Agapito, 2009, p. 12).

Pero la realidad y la misma actividad política no cesan de recordarnos que la visión dominante que se tiene de la Política es la de un ámbito definido exclusivamente por lo político, esto es, la lucha por el poder, entendiendo a éste como el poder matar y destruir, y “quien pueda hacerlo, sostiene Santiago López Petit, es quien tiene el poder” (2015, p.11).

El desarrollo como catástrofe

El crecimiento económico imparable e infinito que pretende el modelo capitalista no es acorde con la finitud de la vida y de lo que llaman bienes comunes planetarios. El capitalismo se sustenta en la lógica de la acumulación por destrucción y el despojo. Para expresarlo abiertamente, sin eufemismos, NO es posible un desarrollo sostenible. El desarrollo, sin importar que adjetivos le acompañen, debe ser entendido como catástrofe, siendo ésta, no sólo consecuencia del accionar humano, sino, el resultado intrínseco del capitalismo y de la clase parasitaria que se beneficia de la explotación y destrucción de otros seres humanos y otras formas de vida.

La magnitud de la catástrofe hace cada vez más evidente la urgencia de adoptar acciones más decididas para hacerle frente, asumiendo posturas éticas y políticas que nos permitan irrumpir en la realidad que nos ataca. Es por esta razón que hacemos eco de las alarmas que nos advierten que el planeta está experimentando “un gran episodio de disminución y extirpación de poblaciones, que tendrá consecuencias negativas en cascada en el funcionamiento y servicios de los ecosistemas que son vitales para el mantenimiento de la civilización. Describimos esto como una «aniquilación biológica» para resaltar la magnitud actual del sexto evento de extinción grave actualmente en curso en la Tierra” (Ceballos, Ehrlich, y Dirzo, 2017, p. 1. Énfasis nuestro).

Dicho con más contundencia, los procesos destructivos provocados por el modo de producción capitalista “eventualmente resultarán en la aniquilación de toda la vida en el planeta” (Strona y Bradshaw, 2018, p. 2). Y con ella, la sensación de no poder detener ese proceso de aniquilación, lo que nos coloca en medio de “la paradoja de unos beneficiarios que son incapaces de proteger al sistema que les beneficia” (George, 2003, p. 27).

Hablamos de aniquilación biológica y no del sinsentido del “desarrollo sostenible”, principalmente porque este concepto describe cabalmente al proceso de acumulación por destrucción infinita en un planeta de “recursos” finitos, mientras que términos como “desarrollo sostenible” nos refiere al mantenimiento del modo de destrucción capitalista, siguiendo su crecimiento ininterrumpido, pero gestionado de tal forma que pueda considerarse como “verde”, una suerte de catástrofe amigable con el entorno que destruye.

No es posible un desarrollo sostenible cuando la realidad evidencia un proceso histórico que solo puede comprenderse en términos de Maldesarrollo que “epitomiza la amplitud, la profundidad y la trágica realidad de un fracaso global” (Carmen, 2004, p. 37). No hay punto intermedio, hablar, por tanto, de “desarrollo sostenible”, no es otra cosa que una abdicación epistémica y un posicionamiento a favor del agresor y contra las singularidades y comunidades más vulnerables en esta guerra total contra la vida.

Cuando llamamos por su nombre real a los procesos destructivos que atentan contra la vida, advertimos sobre la urgencia de acciones más contundentes para hacer frente a la catástrofe resultante del modelo capitalista. Hablamos de Aniquilar, del latín annihilare, alteración de nihil, ‘nada’, que significa literalmente “reducir a nada” (Corominas, 1961, 52), acción que no se gesta por generación espontánea, ni mucho menos un error que escapa a todo cálculo. Hacemos referencia no solo a una fase sino a una acción que perfectamente se relaciona con la guerra que, como señaló Carl von Clausewitz, “en todas las circunstancias debemos considerar a la guerra no como algo independiente, sino como un instrumento político” (2004, p. 49).

La aniquilación biológica es una manifestación directa de una guerra total contra la vida, la de todos los seres que habitan en el planeta, incluida la humanidad. Al ser la guerra un instrumento político, debe entonces comprenderse como parte de un proyecto político, con objetivos claramente definidos, no es un hecho aislado, ni un error humano, mucho menos que estalla de improviso. Es un acto de fuerza llevado a cabo por la clase parasitaria capitalista, obsesionada con la acumulación de poder y el gobierno de las especies.

Conociendo al enemigo: De cuando el lobo ya no se disfraza de oveja, pero sí se pinta de verde

Queda claro que el contexto planetario que vivimos actualmente es de guerra y es un principio de ésta conocer al enemigo que se enfrenta. De ahí que el primer objetivo de nuestra crítica al Acuerdo de Escazú consiste en visibilizar a los promotores de este acuerdo, operarios de la destrucción; armas de guerra imperialista para la devastación de países y el saqueo de sus recursos considerados como estratégicos. Ahora se asumen, sospechosamente, como amigos de la naturaleza y protectores de comunidades y singularidades vulnerables; víctimas de sus propias políticas y directrices.

Que el Banco Mundial, el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) y otras agencias imperiales promuevan un acuerdo que parece más una suerte de tregua, debería encender todas nuestras alarmas y considerar la posibilidad de una paz con la naturaleza y con quienes la defienden como un rescate del sentido original de la pax imperii, esto es, la dominación y la rendición absoluta frente al dominador. No extraña, por tanto, que se acoja de tan buena gana conceptos engañosos como el de desarrollo sostenible. Pero lo que sí extraña es el silencio repentino de ciertos sectores que han dejado de cuestionar a estas agencias imperiales de la destrucción, y que, sin mediar una crítica profunda, ven su historial delictivo como “errores humanos” que son rectificados tras una suerte de epifanía institucional de la catástrofe.

Otros actores promotores de este Acuerdo dignos de toda sospecha son los gobiernos latinoamericanos firmantes, merecedores del epíteto de administradores coloniales de la destrucción de países y garantes del robo de los bienes comunes en detrimento del bienestar de sus propias poblaciones, tal como fue esgrimido por el ideólogo imperial George Kennan al referirse al rol colonial que deben cumplir los gobiernos latinoamericanos en beneficio de los intereses imperiales estadounidenses sobre la región. Para Kennan, “Para proteger nuestros recursos, debemos combatir una herejía peligrosa que, tal como señaló la inteligencia norteamericana, estaba proliferando en América Latina ‘la amplia aceptación de la idea de que el gobierno tiene la responsabilidad directa del bienestar del pueblo” (Chomsky, 1988, p. 34).

Resulta paradójico que los gobiernos sean los principales garantes del respeto a la vida y los Derechos Humanos y de la Naturaleza a la vez que son los mayores violadores de esos mismos derechos. Su poco interés por avanzar en la resolución de los asesinatos sistemáticos de personas defensoras de la vida, hace de los Estados, máquinas de impunidad al servicio del mayor postor. A pesar de esto, se les encomienda la responsabilidad de velar por el cumplimiento de lo estipulado en un acuerdo como el de Escazú.

El Acuerdo de Escazú fue adoptado en marzo de 2018 cuando algunos de los peores gobiernos latinoamericanos de la segunda década del siglo XXI estaban en el poder. El proceso de negociación fue copresidido por el Chile de Sebastián Piñera enemigo acérrimo del pueblo Mapuche y la Costa Rica del saliente Luis Guillermo Solís, para luego ser sustituido por Carlos Alvarado, periodos de tiempo en los que fueron asesinados los líderes indígenas Sergio Rojas y Jhery Rivera.

Junto a estos dos países también fueron parte del Acuerdo el México del sanguinario régimen de Enrique Peña Nieto, la Argentina del impresentable Mauricio Macri, la Colombia de Juan Manuel Santos, el Ecuador de Lenin Moreno y el Brasil del golpista Michel Temer. Ninguno de ellos dignos de ser considerados garantes de la democracia, el Estado de Derecho, o de los derechos de los pueblos indígenas, mucho menos pueden ser considerados como adalides por la protección de la Naturaleza. ¿Se puede entonces confiar que un acuerdo elaborado por estas administraciones coloniales va a garantizarnos los derechos más elementales para la protección de la vida en el planeta?

Por otra parte, rechazamos contundentemente la instrumentalización de las violencias y las muertes de las personas que han puesto, y ponen su cuerpo y su vida en defensa de los derechos de la Naturaleza y de las singularidades y comunidades a vivir en un ambiente digno y saludable para la plenitud de la vida. Rechazamos que entidades como el Banco Mundial y otras agencias financieras internacionales y regionales, así como representantes de gobiernos neoliberales que se han encargado de custodiar y asegurar la destrucción de nuestros países y el saqueo de nuestros territorios, se valgan de los asesinatos de Berta Cáceres, Sergio Rojas, Jehry Rivera y muchas otras, para promover acuerdos marco que, en sus propias palabras, garanticen un “ambiente sano para las inversiones”, siendo estas entidades y gobiernos, los responsables de sus muertes y de la impunidad de esos delitos.

Siendo ellos los gestores de esta aniquilación de la vida, nos resulta sospechosa su renovada actitud “amigable con la naturaleza” y comprometida con la protección de nuestras vidas y la de otras formas-de-vida, cuando históricamente se han valido del principio realista-político “Necessitas non habet legem” (la necesidad no tiene ley) para justificar sus acciones y proteger sus intereses a costa del exterminio y de la destrucción de otras formas de vida, y el asesinato sistemático de las personas defensoras de los Derechos Humanos y de la Naturaleza, como se manifiesta en las palabras del entonces presidente del Banco Mundial, Jim Yong Kim, el 6 de abril de 2016 en un evento realizado en el Seminario de la Unión Teológica de Nueva York, cuando se le preguntó por el asesinato de Berta Cáceres, afirmando que “No se puede hacer el tipo de trabajo que estamos tratando de hacer, y que alguno de estos incidentes no suceda” (“you cannot do the kind of work we are trying to do and not have some of these incidents happen”) (Knight, 2016).

Estas palabras de Kim evocan a la guerra total, la destrucción es llevada a cabo por todos los medios sin miramiento de sus consecuencias. Siguen la misma lógica que la del ex Secretario de Defensa de los Estados Unidos de la era Trump, James Mattis, respondiendo al cuestionamiento sobre los bombardeos de la coalición militar liderada por Estados Unidos contra Siria: “El asesinato de civiles es “una realidad de la vida en este tipo de situación” (HISPANTV, 2017). Los asesinatos sistemáticos de personas defensoras de Derechos Humanos y de la Naturaleza, son más que daños colaterales en esta guerra total contra la vida, son objetivos militares…

Autopsia de un acuerdo demasiado perfecto

Nuestra crítica política no puede quedarse en la exposición de los operadores de la destrucción, autoproclamados como nuevos defensores de la vida en el planeta, sin que ello implique un análisis de algunos aspectos del acuerdo que deben ser pensados en el contexto actual de guerra global que padecemos.

En primer lugar, nos encontramos con el artículo 5 referente al acceso a la información ambiental que en su numeral 6 se desprende que el acceso a la información es limitado según lo establezca cada una de las legislaciones nacionales, o bien, en caso de no contar con ellas, el Acuerdo brinda una serie de excepciones que permiten denegar el acceso a información sin importar lo que previamente se había mencionado.

Entre las excepciones esgrimidas, no podía faltar la voluble excusa siempre presente de la seguridad nacional, definida en los manuales militares como el conjunto de condiciones que permiten alcanzar objetivos nacionales permanentes”, objetivos perpetuamente ligados al modelo capitalista y a la lógica de la acumulación por destrucción. No extraña que los doctrinarios de la Seguridad Nacional argumentaran panfletariamente que “la seguridad es la esencia del desarrollo”.

En un contexto de colapso mundial, caracterizado por la aniquilación biológica y el acelerado agotamiento de los recursos considerados estratégicos, aceptar la excusa de la seguridad nacional como una excepción a los derechos y garantías jurídicas necesarias para la defensa de la vida planetaria no sólo raya en la ingenuidad política, es una suerte de suicidio por parte de los movimientos ambientalistas.

Otro elemento de este acuerdo que nos genera sospecha y que consideramos como una especie de blanqueamiento y legitimación de la aniquilación biológica tiene que ver con la participación ciudadana en la toma de decisiones. No vivimos en democracia –el solo hecho de pensarlo ya da cuenta de mucha inocencia política-; el clamor popular no se impone sobre los objetivos estratégicos de los grupos de poder y su afán por la acumulación de poder y capital en un contexto de acelerado a agotamiento de los recursos. La participación ciudadana no significa “veto ciudadano” en la toma de decisiones a proyectos contrarios a sus interés o destructores de la naturaleza. Es sencillamente, una “garantía de participación”. Un ejemplo de ello fue la experiencia del Movimiento Ríos Vivos entre los años 2013 y 2018, cuando imperaba la amenaza de la construcción de Proyectos Hidroeléctricos, la ARESEP llegó a organizar audiencias públicas en las que alrededor de 400 personas se opusieron al PH San Rafael, frente a solo 10 que lo apoyaban, a pesar de esto la entidad les otorgó la autorización para su construcción. La lección fue obvia: la sociedad civil solo sirvió para legitimar el proceso por medio de su participación.

El acuerdo parece a primera vista, un gran avance en materia de acceso a la justicia, a la información y a la participación ciudadana en la toma de decisiones. Lo sería realmente si no fuera por el hecho de que no menciona, ni siquiera toma en cuenta un factor elemental, las instituciones estatales garantes de esos derechos han sido, y continúan siendo, desmanteladas por los mismos gobiernos neoliberales que elaboraron el acuerdo.

En Costa Rica, a pesar del ímpetu de la administración de Carlos Alvarado respecto al Acuerdo de Escazú, no hizo nada para contrarrestar la impunidad del asesinato de Jhery Rivera ni para eliminar o al menos reducir el racismo institucional y social que impera en el país. Si lo analizamos en detalle según la base de datos del Ministerio de Hacienda sobre el presupuesto nacional, bajo la excusa de la reducción del déficit fiscal y el saneamiento de la economía, este gobierno se dedicó a recortar el presupuesto de instituciones encargadas de la protección ambiental, como es el caso de la Secretaría Técnica Nacional (SETENA), que pasó de contar con un presupuesto de ¢2.326.948.000 en 2018, a ¢1.926.766.046 en 2022. Práctica que se puede ver en casi todas las entidades gubernamentales, excepto en el Ministerio de Seguridad Pública, cuyo presupuesto se ha mantenido constante, bajo la excusa de la guerra contra las drogas, pero cuyos efectivos terminan siendo utilizados contra las poblaciones que se movilizan.

A modo de conclusión

En definitiva, muy a pesar de que el Acuerdo de Escazú pueda ser considerado como una herramienta jurídica para garantizar el acceso a derechos elementales para la defensa de la vida en todas sus formas, puede que este mecanismo no sea más que una ilusión, una falsa tregua publicitada como lo mejor, y por tanto, defendida y promovida inocentemente por los mismos movimientos ambientalistas. Por ello, puede terminar siendo una trampa finamente elaborada por los operarios de la destrucción para crear “un ambiente sano” para la ejecución de sus planes a pesar de la oposición social que pueda surgir para hacerles frente.

Por ello, consideramos que todo mecanismo e instrumento que sea útil para garantizar el acceso irrestricto a nuestros derechos, debe emanar de nosotros mismos, de las comunidades y las singularidades en movimiento, nunca como una concesión del poder, de los verdaderos enemigos de la vida en el planeta.

Situarnos en el colapso mundial implica denunciar la ideología y los procesos que definen a esa sistemática acumulación por destrucción y exponer las operaciones en curso que son parte de la guerra total contra la vida bajo la consigna de una gestión compartida del riesgo.

Ante esto es importante recordar las palabras de Günther Anders: “estamos en peligro de muerte por actos de terrorismo perpetrados por hombres (sic) sin imaginación y analfabetos sentimentales que son hoy omni-potentes” (2007, p. 160). El dilema que se nos presenta en este contexto de catástrofes por responsabilidad de las jerarquías y las estructuras de poder, es, parafraseando al mismo Anders, “¿cómo detener a quienes no se detendrán ante nada?”

Referencias

Agapito, R. (2009) Prefacio. En Schmitt, C. (2009) El concepto de lo político. Trad. Agapito, R. Madrid: Alianza Editorial.

Anders, G. (2007). Filosofía de la situación. Madrid, España: Los libros de la Catarata.

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Ceballos, G; Ehrlich, P; Dirzo, R. (2017) Biological annihilation via the ongoing sixth mass extinction signaled by vertebrate population losses and declines. Proceedings of the National Academy of Sciences of the United States of America. DOI: https://doi.org/10.1073/pnas.1704949114

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La primera COP (Conferencia de Estados Parte) del Acuerdo de Escazú y una ausencia notoria: Costa Rica (y Chile)

Nicolas Boeglin (*)

Hace unos años atrás, tenía a mi hijo muy enfermo, tenía problemas respiratorios, lo tenían en observación, poniéndole nebulizaciones. El enfermero, que todavía trabaja allí en la clínica, desde que llegué empezó a cuestionar, que por qué nos oponíamos a la hidroeléctrica en ese entonces (Proyecto Hidroeléctrico Diquís), que por qué nosotros defendíamos derechos indígenas si todos éramos iguales”. Cindy Vargas, indígena Brorán de Térraba en Costa Rica. Extracto de artículo publicado en el Semanario Universidad (Costa Rica), «Mujeres indígenas denuncian discriminación y racismo en instituciones públicas por ser recuperadoras de tierra«, edición del 28/04/2022

«En los años anteriores de conflicto armado hubo muchos líderes que también sufrieron y fueron desaparecidos. Los que asesinaron a mi hijo pensaron que estábamos en esa época todavía, en la que un líder se levantaba a reclamar sus derechos y todos los demás se quedaban callados. Pero se equivocaron, porque yo no me voy a callar«, Rodrigo Tot, líder q’eqchi de Agua Caliente en Guatemala, entrevista a El País (España), artículo publicado el 10/02/2022

Del 20 al 22 de abril del 2022, se reunió en Santiago de Chile la primera reunión de Estados Partes al Acuerdo de Escazú (o «COP1» por las siglas en inglés de «Conference of Parties«).

Como se recordará, el Acuerdo de Escazú (véase texto completo) se adoptó en Costa Rica, después de un largo proceso de negociación que duró 5 años, 7 meses y 7 días.

Su nombre completo es «Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y El Caribe» (véase acta final de la novena ronda de negociaciones, realizada en marzo del 2018 Costa Rica).

Una Mesa Directiva creada en el 2018 y que culminó su tarea en el 2022

En esta última acta, se precisa que la Mesa Directiva del Comité de Negociación permanecerá integrada hasta la realización de la primera Conferencia de las Partes: esta Mesa Directiva está compuesta por Chile y Costa Rica, como copresidentes, así como por Argentina, México, Perú, San Vicente y las Granadinas y Trinidad y Tobago.

Adoptado en marzo, en el mes  de junio del 2018, con ocasión del Día Internacional del Ambiente, en calidad de copresidentes, Chile y Costa Rica en una declaración conjunta (véase texto ) señalaron que:

«Ambas co-presidencias invitan a todos los treinta y tres gobiernos de la región a suscribir este importante tratado y contribuir por medio de su implementación a una protección más integral del ambiente y el fortalecimiento de los Derechos Humanos. Asimismo, reiteran que el Acuerdo de Escazú inaugura, desde las particularidades de América Latina y el Caribe, un nuevo estándar para la construcción y consolidación de la democracia ambiental. Costa Rica y Chile creen firmemente que la pronta entrada en vigor del Acuerdo de Escazú, será una señal inequívoca de la vocación de nuestra región para avanzar hacia el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 y representa una importante contribución al multilateralismo«.

¿Una Mesa Directica co-presidida por dos Estados que cuatro años después de su adopción, siguen sin haber ratificado el Acuerdo de Escazú (y uno de los dos no lo firmó sino hasta el 18 de marzo del 2022)? Así como se oye: es (lamentablemente) el espectáculo  – algo peculiar – que ofrecen a la región (y al mundo) Chile y Costa Rica. Con relación a la región Caribe, cabe añadir que Trinidad y Tobago, al igual que Chile – hasta el 18 de marzo pasado – tampoco ha firmado el texto.

Este instrumento regional innovador desde muchos aspectos (Nota 1) ha sido firmado, a la fecha por 24 Estados de América Latina y del Caribe, de los 33 que integran la Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas (CEPAL): de estos 24 Estados que lo han firmado, 12 ya lo han ratificado, siendo los últimos en hacerlo Argentina y México en enero del 2021. Chile recientemente (marzo del 2022) inició su proceso de adhesión a este tratado regional; Costa Rica en cambio, sigue planteando interrogantes muy válidas (Nota 2). Con lo cual, de la precitada Mesa Directiva existente hasta esta primera COP, únicamente tres Estados son Estados Parte: Argentina, México y San Vicente y las Granadinas.

Para completar el panorama sobre firmas, ratificaciones o futuras adhesiones, permanece sin registrarse tan siquiera la firma la de los siguientes Estados: Bahamas, Barbados, Belice, Cuba, El Salvador, Honduras, Surinam, Trinidad y Tobago así como Venezuela.

Esta cita en la capital chilena, a la que participaron los 12 Estados que ya son Estados Parte al Acuerdo de Escazú (véase estado oficial de firma y ratificaciones), coincidió con las celebraciones del Día Internacional de la Madre Tierra (22 de abril) y vino acompañada de una lista de eventos paralelos organizados desde la academia y la sociedad civil extremadamente variados y muy diversos: de alguna manera, la capital de Chile se vistió de verde y de esperanza, y ello después de muchos años.

Foto de Berta Cáceres Flores, lideresa hondureña lenca, asesinada el 3 de marzo del 2016, extraída de nota del GAIPE (Grupo Asesor Internacional de Personas Expertas): un grupo de investigación internacional constituido para esclarecer su asesinato y en particular la trama político-empresarial responsable de su muerte, que intentó en un primer momento encubrir y maquillar el mismo Estado hondureño (véase al respecto el informe titulado «Represa de Violencia. El Plan que asesinó a Berta Cáceres»).

Una celebración para entidades muy diversas

Como bien se sabe, el Acuerdo de Escazú se adoptó en Costa Rica el 4 de marzo del 2018, siendo escogida la fecha del 4 de marzo como un homenaje de toda la región al natalicio de Berta Cáceres, lideresa hondureña lenca, asesinada en el 2016 (véase nota de Amnistía Internacional publicada en marzo del 2022 al conmemorarse 6 años desde su asesinato).

En el marco de las celebraciones observadas en Chile los días 20-22 de abril del 2022, los «Legisladores por el Ambiente» circularon un fuerte llamado a sus colegas en América Latina que aún no han logrado aprobar dicho instrumento, entre muchas iniciativas de muy diversa índole que incluyen las de varias ONGs y coordinadoras de comunidades indígenas (véase documentos sobre las mismas que circularon en la sección Insumos del público).

Las delegaciones de Costa Rica y de Chile, al igual que las de Colombia y Perú, participaron a la cita en calidad de Estados observadores, invitados a presenciar el evento: sobre la participación de Colombia, a través de su embajador en Santiago de Chile – una persona muy conocida por manifestantes, organizaciones sociales y familiares de muertos y heridos en protestas en Colombia del 2019 así como ONG en favor de Escazú (Nota 3) –  remitimos a nuestros estimables lectores a esta interesante nota publicada en la prensa colombiana (El Tiempo, edición del 23/04/2022). Días después de publicada esta nota, el Comisario de la Unión Europea (UE) en Asuntos  Ambientales en persona, durante su visita a Colombia, indicó (véase nota de El Espectador del 28/04/2022) que:

«A escala continental, creo que el Acuerdo de Escazú es un gran paso adelante para América Latina y el Caribe en el ámbito de las políticas medioambientales y de derechos humanos. Prestaremos todo nuestro apoyo a los proyectos que faciliten su aplicación. Y por cierto, esperamos que el Congreso colombiano lo ratifique lo antes posible«.

Es muy factible que, de mantenerse el indignante nivel de violencia contra la integridad física y la vida de líderes comunitarios, campesinos, ecologistas e indígenas que alzan la voz en algunos Estados de América Latina (empezando por Colombia), la UE recurra en el futuro a condicionar algunas de sus acciones en el continente americano al grado de cumplimiento del Acuerdo de Escazú. No se sabe aún qué efecto podría incluso también llegar a tener sobre las importaciones de ciertos productos o frutas tropicales por parte de la UE, el hecho que sus principales cámaras productoras se opongan a un tratado regional que busca proteger los derechos de quienes defienden el ambiente.

Hay que recordar que el Acuerdo de Escazú de 2018 sigue de muy cerca en cuanto a su contenido y a su estructura interna la Convención de Aarhus, adoptada para el continente europeo en 1998 (y que dicho sea de paso nunca ahuyentó a la inversión extranjera ni afectó negativamente a las economías europeas), con tres pilares principales: el primer pilar  de Aarhus establece un conjunto de normas y requisitos para la divulgación por parte del Estado  de información ambiental; el segundo pilar busca establecer un marco legal para la participación ciudadana en la toma de decisiones de carácter ambiental; y un último pilar trata del derecho a recurrir a la justicia en materia ambiental, en particular cuando se observa el incumplimiento de las obligaciones legales establecidas en el primer y segundo pilar (Nota 4).

Como punto de detalle sobre Colombia, a muy escasos días después de concluida esta primera COP, un primer avance fue registrado en su Senado, con relación a la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase nota del ElEspectador del 26/04/2022). La coincidencia de esta decisión con la presencia del alto emisario de la UE puede recordar para algunos observadores el hecho que durante la COP26 celebrada en Glasgow, el Presidente de Colombia «radicó» con carácter urgente el Acuerdo de Escazú al Congreso para luego desentenderse de su suerte (véase nota de prensa de ElTiempo, edición del 1/11/2021).

Los defensores del ambiente en el centro de la atención

Esta primera cita formal del Acuerdo de Escazú reafirmó la importancia de las disposiciones que buscan proteger a los defensores del ambiente en América Latina y en el Caribe: como se ha escrito y divulgado desde su adopción, el Acuerdo de Escazú es pionero en el mundo (y se distingue de Aarhus) al ser el primer instrumento internacional  en toda la historia del derecho internacional de los derechos humanos que contiene una disposición (Artículo 9) que busca proteger a los defensores del ambiente. Esta disposición específica se debe a una iniciativa conjunta de Chile, Costa Rica, Panamá, Paraguay y Perú, que configuró lo que finalmente se convirtió en el artículo 9 del Acuerdo de Escazú aprobado en el 2018 (véase la nota oficial presentada por este grupo de Estados a las demás delegaciones durante el proceso de negociación).

Muy recientemente en el sitio del programa DLR del Departamento de Estado de Estados Unidos (véase enlace) que financia acciones diversas en materia de derechos humanos y gobernanza, se pudo leer que.

«In 2020, Global Witness and its partners documented 227 murders of land and environmental defenders around the world, making it the deadliest year on record for advocates seeking justice in environment matters. Nearly three quarters of these killings (165) took place in Latin America, with Colombia, Mexico, Brazil, and countries in Central America accounting for most of them. Available data also reveals the disproportionate number of attacks targeting indigenous peoples who often live in remote locations and have limited access to resources to seek justice and redress.  Additionally, women environmental defenders face intersecting and reinforcing forms of discrimination and violence rooted in misogynist gender norms and socioeconomic and political marginalization, which create additional barriers to participation in decisions impacting their communities«.

En esta COP celebrada en Santiago de Chile, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reiteraron de manera conjunta, la urgente necesidad de proteger a los defensores del ambiente y de implementar sin más preludios el Acuerdo de Escazú (véase comunicado conjunto, pocamente divulgado en medios de prensa) al señalar que:

«En ese contexto, cabe reafirmar que el Acuerdo de Escazú es un poderoso instrumento para prevenir conflictos mediante el acceso a la participación, información y justicia en asuntos ambientales. El Acuerdo de Escazú es también un hito pues consagra la protección de las personas defensoras y su rol, cuyo espíritu nos recuerda que para defender el medio ambiente se debe empezar por proteger a quienes lo defienden«.

La titular de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas externó en la clausura del evento que:

«El Acuerdo de Escazú es sin duda un hito porque los protagonistas son las personas defensoras. Podríamos resumir el espíritu de Escazú diciendo que si queremos defender el ambiente debemos iniciar por proteger a quienes lo defienden. Sin embargo, según datos de nuestra oficina, tres de cada cuatro asesinatos de personas defensoras de la Tierra y el medioambiente ocurren actualmente en América Latina y el Caribe» (véase comunicado final de la CEPAL)

La protección de los defensores del ambiente fue también objeto de un proyecto de decisión (véase texto integral de la Conferencia de las Partes, en el que se lee (punto resolutivo 4) que:

«Invita a las Partes y a todos los países de la región a incrementar sus esfuerzos para desarrollar y reforzar todas las medidas necesarias a nivel nacional, para garantizar los derechos de las defensoras y los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales«.

Desde ya esta invitación está hecha, y no solamente a los Estados Parte, sino a los demás que aún no lo son. Desde esta perspectiva, cabe destacar la adopción en Perú hace un año, el 22 de abril del 2021, del Decreto Supremo 004-2021 (véase texto) del Ministerio de Justicia que establece un mecanismo de protección a los defensores de los derechos humanos, incluyendo a los defensores ambientales (véase al respecto nota de Actualidad Ambiental): una primera iniciativa de un Estado que aún no es Estado Parte (Perú ha firmado el acuerdo, su aprobación en el congreso siendo archivada debido a presiones de varios sectores, incluyendo militares), y que ya instaura una política pública acorde con los objetivos de Escazú, que amerita ser afianzada y replicada en varias latitudes del continente americano.

Resulta también oportuno mencionar que un Estado que sí es Parte al Acuerdo de Escazú  como Nicaragua, registra una serie de asesinatos de líderes comunitarios e indígenas Mayagnas (véase nota de La Vanguardia del 19/03/2022, este informe de la FIDH del 2021 y este reportaje muy completo de diciembe del 2021 del medio digital Divergentes titulado «Viaje al infierno de los Mayagnas. «¡Aquí un cerdo vale más que uno de nosotros!» «) sin que a la fecha se conozca de una sola iniciativa estatal para frenarlos e investigarlos.

En setiembre del 2021, en un Estado que sí es Parte al Acuerdo de Escazú, el Senado de México decidió declarar como «Día Nacional de las Personas Defensoras de los Derechos Humanos Ambientales» el 17 de julio (véase nota de prensa de LaJornada del 30/09/2021 y Decreto reciente en este 2022).

Los demás denominados «proyectos de decisión» de esta primera COP organizada en Chile se encuentran todos disponibles desde ya en este enlace oficial de la CEPAL.

De algunos detalles de interés sobre los Estados Parte

La Conferencia de las Partes (o «COP») reunió a los delegados de los siguientes Estados: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Kitts y Nevis, San Vicente y las Grenadinas, Santa Lucía y Uruguay, siendo este último el Estado que presidió esta primera COP.

En esta entrevista realizada por el medio Diálogo Chino (y publicada en la edición del 27/04/022) se pueden conocer las primeras impresiones del diplomático uruguayo que fungió como Presidente de esta primera COP del Acuerdo de Escazú.

Cabe señalar que algunos Estados Parte iniciaron con propuestas bastante sorprendentes: las ONG bolivianas debieron hacer ver a sus autoridades que limitar la participación de la sociedad civil en el marco de esta cumbre era todo menos una idea oportuna y aceptable (véase comunicado reproducido en esta nota del medio digital Servindi).

Por el momento, el Acuerdo de Escazú adolece en la COP de la participación formal como Estados Parte de los dos Estados que lo promovieron durante la fase previa de la negociación que culminó en marzo del 2018 con la adopción del texto final del tratado: Chile y Costa Rica. Una ausencia que ya tuvimos ocasión de analizar (Nota 5) y que merece una actualización.

El caso de Chile: una muy pronta rectificación

Como se recordará,  el pasado  18 de marzo, el nuevo Presidente de Chile firmó el Acuerdo de Escazú, dando así inicio a una campaña en pro de una pronta aprobación y ratificación del Acuerdo de Escazú por parte de Chile. En su discurso (véase texto), el Presidente de Chile afirmó que:

«este acuerdo representa un hito en el camino hacia una nueva relación entre el Estado y sus habitantes en materia ambiental y requiere un compromiso de todas y todos. Tenemos el desafío de construir un nuevo modelo de desarrollo que nos permita vivir en un ambiente sano, desarrollarnos de manera sustentable, conservar nuestra biodiversidad, frenar la degradación de las tierras, adaptarnos al cambio climático, y construir un país en el cual nuestras niñas y niños puedan crecer seguros y felices«

En una ceremonia muy emotiva, la máxima autoridad chilena indicó también que «Nos hemos demorado más de la cuenta«, permitiendo así a Chile enmendar un craso error de lectura de su antecesor en el cargo: el cual se empecinó en presentar «argumentos» indefendibles e insostenibles para no firmar este importante instrumento internacional regional. Las dos cámaras de Chile están a partir de esta fecha ambas abocadas a tramitar una pronta aprobación de manera que Chile rectifique cuanto antes la total incoherencia de la administración anterior.

Esta magnífica jornada en el Palacio de la Moneda en Santiago permitió ir cerrando el triste paréntesis para los derechos humanos y el ambiente que significó para Chile el período (2018-2022), e ir abriendo una nueva etapa que reafirme su indiscutible liderazgo en la región en materia ambiental y en materia de derechos humanos. En el caso del Acuerdo de Escazú, desde la academia y la sociedad civil intensos esfuerzo fueron llevados a cabo para intentar contrarrestar la campaña de desinformación promovida por sectores políticos y empresariales chilenos (Nota 6).

Como punto de detalle quedando por esclarecer en Chile, no está de más precisar el siguiente episodio: ante las fuertes críticas del sector social y académico en Chile contra las «razones» esgrimidas (de forma ligera y evasiva) por sus autoridades desde el 2018 para no firmar el Acuerdo de Escazú,  en septiembre del 2020 un «documento» (véase el texto completo) sin firma, ni indicación de los departamentos del que procede, ni tampoco número de consecutivo, ni mayores detalles que toda buena administración pública incluye en cualquiera de sus oficios, fue divulgado por las autoridades chilenas, enlistando las «razones» que impedían, según ellas, a Chile firmar el texto y añadiendo nuevas que nunca habían mencionado antes. En lugar de la firma, en la parte final, nuestros lectores observarán que aparece simplemente la mención «Ministerio del Medioambiente – Ministerio de Relaciones Exteriores«. ¿Quién lo redactó? ¿Quién ideó y ordenó semejante originalidad para presentar argumentos insostenibles e impresentables ante la opinión pública? Es todo un misterio a la fecha en Chile.

El caso de Costa Rica: un cielo cargado de nubarrones

Con relación al otro Estado que co-lideró con Chile las negociaciones del Acuerdo de Escazú durante 5 años, 7 meses y 7 días, Costa Rica, tenemos una situación bastante diferente: a un Poder Ejecutivo poco congruente y comprometido con el Acuerdo de Escazú, y a un Poder Judicial empecinado en complicar innecesariamente su aprobación, hay que añadir a un Poder Legislativo en el que sus actuales congresistas (que iniciaron labores en mayo del 2018 hasta el próximo mes de mayo) se han visto presionados por las cúpulas empresariales costarricenses, que desde el 2020 se oponen frontalmente al Acuerdo de Escazú con base en supuestos «argumentos«.

Recientemente (25 de febrero del 2022) la Cámara Nacional de Productores y Exportadores de Piña (CANAPEP), la Corporación Bananera Nacional (CORBANA)  y otras seis cámaras nacionales, varias de ellas ligadas al sector agroexportador costarricense, reiteraron a los diputados su firme oposición al Acuerdo de Escazú (véase el texto de la carta) indicando que «dicho Acuerdo contiene vicios de inconstitucionalidad, imprecisiones y desaciertos de fondo altamente riesgosos para la estabilidad del sector productivo» y concluyendo su misiva solicitando que «se proceda con el rechazo del proyecto 21.245, ante los riesgos que representa para la competitividad del sector privado y por resultar altamente inoportuno para el país«.

Al respecto, cabe destacar que diversos intentos en aras de debatir públicamente estos supuestos «argumentos» (en abril del 2021 con un espacio auspiciado por el medio digital costarricense Delfino.cr, en mayo del 2021 con un debate organizado desde la UCR, y en junio del 2021 desde el Colegio de Biólogos de Costa Rica) con académicos y especialistas en materia ambiental han fracasado. Al parecer enviar comunicados a los congresistas contra el Acuerdo de Escazú y rehuir constantemente el debate público sobre sus supuestos «argumentos» pareciera ser la tónica de algunos sectores en Costa Rica. Algunos juristas costarricenses se han abocado a descifrar y a explicar el alcance de estos verdaderos «mitos» y de lo que denominan «falacias» que han circulado en algunos sectores alrededor del Acuerdo de Escazú (Nota 7).

Tomando en consideración el antes mencionado programa del Departamento de Estado de Estados Unidos, sus directores podrían también incluir un rubro específico de capacitaciones sobre el Acuerdo de Escazú para los círculos económicos y políticos  que gravitan usualmente alrededor de las embajadas de Estados Unidos en América Latina: contribuyendo así útilmente a mejorar la protección de los defensores ambientales en la región. En Costa Rica, la Cámara Costarricense Norteamericana de Comercio (AMCHAM) también se ha opuesto a la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase esta nota de prensa de La República del 24 del abril del 2021).

Un documental de la Universidad de Costa Rica (UCR) del 2021 titulado «UCCAEP y el Acuerdo de Escazú» retrata de manera bastante completa la posición de estas cámaras y de algunas de sus fichas políticas (véase video); este video fue completado por otro sobre los defensores del ambiente titulado «El Acuerdo de Escazú y los defensores ambientales» que también se recomienda (véase video) y que incluye una entrevista a un líder indígena asesinado en el 2020 en Costa Rica y a una lideresa que lleva muchos años denunciando la expansión insensata de la piña en la región de Guácimo.  En el 2019, un muy completo reportaje publicado en el medio costarricense Delfino.cr, cuya lectura se recomienda, evidenció los alcances de los efectos negativos de la piña en Costa Rica (sobre los que las autoridades y muchos medios de prensa costarricences omiten convenientemente referirse). Por alguna razón que no nos queda muy clara, estos dos videos que fueron producidos en agosto del 2021 desde la Vicerrectoría de Acción Social (VAS) de la UCR – y que incluyen una entrevista al mismo Rector – siguen aguardando (aún) ser difundidos desde las redes institucionales de la UCR.

En cuanto al resultado electoral en Costa Rica del pasado mes de abril del 2022, este indica que las posibilidades de ver pronto el Acuerdo de Escazú aprobado se han ido desvaneciendo. En días recientes, un muy completo artículo publicado en el medio digital Divergentes (edición del 19/04/2022) sobre Costa Rica y el Acuerdo de Escazú (cuya lectura recomendamos) hizo ver la gran deuda que Costa Rica acumula con relación a otro sector, cuyas legítimas reivindicaciones pasaron totalmente ignoradas por ambos contendores durante la segunda vuelta electoral: las comunidades indígenas costarricenses.

El 4 de marzo del 2022, fecha en la que el Acuerdo de Escazú cumplió 4 años en medio de un silencio bastante notorio, tanto en medios de prensa como en otros espacios, indicábamos que Costa Rica estaba aún a tiempo de reconsiderar  el hecho que no es Estado Parte al Acuerdo de Escazú.

Manifestación contra el Ministerio de Salud, 21 de agosto del 2008, con la presencia de la Ministra de Salud, Maria Luisa Avila, sobre el intento – algo original – de las autoridades de  salud de legalizar el bromacil en el agua potable (no es ninguna broma, así como se lee, legalizar el bromacil en el agua potable) de varias comunidades afectadas por la insensata expansión de la piña de exprotación MD2 (o «Sweet Gold») en la región de Siquirres. En el 2011, las autoridades sanitarias rehuyeron un debate público en la misma UCR (véase nota). En el 2017, el Decreto Ejecutivo 40423 prohibió finalmente el uso de bromacil en Costa Rica. Foto perteneciente a los archivos del autor.

Un importante evento se realizó por parte de la misma CEPAL en Costa Rica el 8 de marzo del 2022 sobre el Acuerdo de Escazú: se asoció para la ocasión al BCIE, al BID, al BIE, al Banco Mundial y a la OCDE en aras de explicar los alcances del Acuerdo de Escazú a los delegados de América Latina y del Caribe presentes a la cita, incluyendo a representantes de cámaras empresariales costarricenses (véase enlace con invitación y programa detallado). Sobre el Banco Mundial, referimos a su comunicado celebrando la entrada en vigor en el 2021 del Acuerdo de Escazú (véase texto). Por alguna razón que, desde nuestro punto de vista  ameritaría ser explicada y conocida – o al menos investigada -, tanto el comunicado de prensa de CEPAL  como el comunicado oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica sobre esta importante reunión celebrada el 8 de marzo del 2022 pasaron totalmente desapercibidos en los principales medios de prensa costarricenses.

Sobre silencios y preguntas lanzadas al aire sin respuestas en Costa Rica

Más allá de los silencios que pareciera lograrse a veces obtener en el espectro mediático costarricense, recientemente, desde el medio digital también costarricense de Delfino.cr, nos permitimos externar algunas preguntas sencillas a diversas cámaras empresariales costarricenses y a su fichas políticas: preguntas que, a la fecha, no nos han querido contestar. Al parecer la discusión y el debate no son la tónica de algunos en Costa Rica. Se las volvimos a externar en ese mismo medio más recientemente (Nota 8).

Lo que llama la atención es que al no conocerse de ninguna cámara empresarial que haya desdicho o matizado públicamente las aseveraciones en contra del Acuerdo de Escazú hechas por varias de sus influyentes homólogas, pareciera que estamos ante algo más que una simple tónica, y que ameritaría (también) ser investigado. No está de más señalar que las autoridades costarricenses a cargo del ambiente, del comercio exterior y de la economía tampoco han sentido desde el 2018 necesidad alguna de desdecirlas, en particular sobre los supuestos «efectos negativos» para la inversión extranjera y la economía que acaerría la aprobación del Acuerdo de Escazú.

En un artículo publicado el pasado 18 de marzo en Costa Rica, fecha en las que se conmemora también, en Costa Rica, la muerte de Sergio Rojas, líder indígena asesinado en Salitre el 18 de marzo del 2019, señalábamos que:

«Para quienes, en Costa Rica, pero también en Colombia, en El Salvador, en Honduras, en Paraguay y en Perú siguen dudando del Acuerdo de Escazú, podrán observar que a partir de mañana no sale huyendo de Chile la inversión extranjera, ni se crea inseguridad jurídica, ni la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental  invade el derecho penal chileno poniendo en entredicho el principio de inocencia y el Estado e Derecho. Nada de esto que prevén las cámaras empresariales que va a ocurrir si Costa Rica ratifica el Acuerdo de Escazú se observó en ninguno de los 12 Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú: ni en Argentina, ni en Bolivia, como tampoco en Ecuador, ni tampoco en México, y mucho menos en Panamá«.

¿Primeros efectos de la COP?

Como indicado anteriormente, a muy escasos días después de concluida esta primera COP, en Colombia se registró una decisión en su Senado, con relación a la aprobación del Acuerdo de Escazú (véase nota del ElEspectador del 26/04/2022). ¿Efecto directo o simple maniobra política de cara a la visita en Colombia del funcionario de la UE en materia ambiental con mayor rango dentro de la estructura de la UE? Planteamos simplemente la duda.

En Costa Rica en cambio, no se ha observado ninguna iniciativa por parte de sus legisladores salientes (lo fueron hasta el 30 de abril del 2022) con relación al Acuerdo de Escazú. Las nuevas autoridades ambientales electas, cuya designación ha provocado fuertes reservas en el sector ecologista (véase nota del Semanario Universidad del 22/04/2022) al parecer, ya están tensando (innecesariamente) las relaciones con varias agrupaciones ecologistas por algunas de sus declaraciones (véase nota de SurcosDigital del 26/04/2022). Con relación a noticias de agencias internacionales, este cable de la agencia española EFE ilustra desde su mismo título la total inconsistencia que exhibe Costa Rica ante el resto de la comunidad internacional.

Más generalmente, con relación a Costa Rica pero también a los demás Estados en Centroamérica (Guatemala, El Salvador y Honduras), en Suramérica (Brasil, Colombia, Paraguay, Perú y Venezuela) y en el Caribe (Bahamas, Barbados, Cuba, Haití, República Dominicana así como Trinidad y Tobago) que mantienen aún sus distancias con el Acuerdo de Escazú, pese a observar en algunos de ellos cómo se intimida y se elimina físicamente a líderes de pequeñas comunidades campesinas o indígenas que alzan la voz, hacemos nuestras las reflexiones de un valioso artículo escrito por dos juristas chilenas titulado «La necesidad de una democracia ambiental en América Latina: el Acuerdo de Escazú» en las que señalan, con una claridad meridiana que no puede dejar indiferente a nadie, que:

«Con justa razón se ha destacado que el Acuerdo de Escazú es tanto un instrumento ambiental como un tratado de derechos humanos. Gracias a esta doble dimensión, los compromisos que los Estados han asumido en favor de un desarrollo sostenible —así como aquellos derivados del derecho internacional de los derechos humanos— se ven reforzados gracias a nuevos estándares que aspiran a una mayor prosperidad, dignidad y sostenibilidad. Sin duda, en la región más desigual del mundo y de mayores ataques a los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales, el Acuerdo de Escazú goza aún de una mayor justificación» (Nota 9).

A modo de conclusión

Es muy probable que la ausencia de Chile y de Costa Rica entre los Estados Partes al Acuerdo de Escazú haya influido en otras latitudes, al ofrecer a sus principales detractores un argumento tan inesperado como sorprendente para muchos.  Un falta de visión política en ambos Estados,  cuyos efectos trascienden las fronteras de sus respectivos territorios, dejando  en situación de total indefensión a muchos defensores del ambiente que viven una realidad mucho más dura y crítica que la que pueden vivir los defensores del ambiente en Costa Rica y en Chile.

No obstante, Chile en este 2022 parece estar a las puertas de enmendar este error y ello es de celebrar. No quisiéramos concluir estas breves líneas sin externar a la jurista chilena Constance Nalegach, con quien tuvimos el privilegio de compartir varios espacios y foros, en particular una reciente entrevista en la televisión universitaria,  nuestra profunda admiración por su labor incansable y su compromiso inclaudicable en favor de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe.

El Acuerdo de Escazú y todos los defensores del ambiente de América Latina le deben mucho a esta gran figura chilena. Le deseamos desde ya muchos éxitos en sus nuevas funciones en la administración del Presidente Gabriel Boric, cuyo emotivo y comprometido discurso en esta primera COP (véase texto) no pasó desapercibido: estamos seguros que Chile será el próximo Estado en aprobar este innovador tratado regional.

El pasado 3 de mayo del 2022 , el primer pasó se dió en esta dirección en Chile (véase, entre muchos, esta nota de Swissinfo que reproduce un cable de la agencia de noticias EFE). En cambio, este 4 de mayo la agencia de noticias alemana DW (véase nota) reportó lo escuchado en Costa Rica, lo cual, como previsible, va en la dirección exactamente opuesta.

– – Notas – –

Nota 1:  Sobre el Acuerdo de Escazú, dos muy recientes obras colectivas de universidades de Colombia y de Argentina merecen particular mención al lograr un análisis pormenorizado de su contenido y de algunas de sus principales disposiciones. La primera es: BARCENA A., MUÑOZ AVILA L, TORRES V. (editoras)El Acuerdo de Escazú sobre democracia ambiental y su relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, CEPAL /Universidad del Rosario de Colombia, 2021 (298 páginas), texto completo disponible aquí. La segunda es: NAPOLI A., PRIEUR M., SOZZO G. (editores), Acuerdo de Escazú : hacia la democracia ambiental en América Latina y el Caribe, Universidad del Litoral (Argentina), Colección Ciencia y Tecnología, 2020, 330 páginas, texto completo disponible aquí. Una bibliografía sobre Escazú (tesis, artículos) en diversos idiomas preparada por GNHRE (a la fecha de octubre del 2021) está también disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «¿Escazú sin Costa Rica? Así como lo oye, por más extraño suene«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 8 de mayo del 2021, disponible aquí.

Nota 3:  El ahora diplomático Guillermo Botero fue Ministro de Defensa en Colombia en 2019, un período extremadamente tenso desde el punto de vista social y político. Después de su renuncia como Ministro (noviembre de 2019), las ONG y los movimientos sociales negociaron con las autoridades colombianas las condiciones para poner fin a las protestas masivas en las calles que se mantenían muy movilizadas a nivel nacional: obtuvieron, entre otras cosas, del Poder Ejecutivo colombiano, la firma del Acuerdo de Escazú (diciembre de 2019). Desde entonces una fuerte campaña en contra del Acuerdo de Escazú ha frenado su aprobación. Entre muchos esfuerzos para contarrestarla, el talentoso equipo de comunicadores de LaPulla en Colombia realizó un video de gran calidad, que busca explicar y responder a las diversas maniobras políticas de algunos sectores políticos y económicos colombianos opuestos al Acuerdo de Escazú, titulado «La nueva trampa que nos quieren hacerse los congresistas»  (disponibleaquí).

Nota 4: Sobre las relaciones entre Aarhus (1998) y Escazú (2018), véase JIMENEZ GUANIPA H., «El Acuerdo de Escazú y el Convenio de Aarhus  en el marco de la democracia ambiental«, Ideas Verdes, Heinrich Böll Stiftung / Colombia, diciembre del 2020, texto disponible aquí. Sobre la probable interacción entre Aarhus y Escazú antes de la aprobación final en el 2018 del texto de Escazú, véase DELZANGLES H. «L’accès à la justice dans le projet de convention sur l’information, la participation et l’accès à la justice en Amérique du sud et aux Caraïbes : analyse comparée avec l’article 9 de la Convention d’Aarhus», in BÉTAILLE J. (directeur), Le droit  d´accès a la justice en matière d´environnement», Toulouse, Presses de l´Université de Toulouse Capitole, 2018, pp.79-90, texto disponible aquí.

Nota 5: Véase BOEGLIN N.«Chile está a punto de rectificar su postura frente al Acuerdo de Escazú, mientras que Costa Rica se limita como los demás a… ¿mirar?» Portal de la UCR, Sección Voz Experta, edición del 4 de marzo del 2022, disponible aquí.

Nota 6: Véase en particular DURAN V. & NALEGACH C., «¿Por qué Chile debe adherir al Acuerdo de Escazú«, Perspectivas, Cuadernos de Derecho Ambiental, Noviembre del 2020, texto disponible en este enlace de la Universidad de Chile, que concluyen señalando que: «Estimamos se produce un giro inédito que marca una incongruencia respecto de dos de los tres principios de la Política Exterior chilena, de la “promoción de la democracia y el respeto a los derechos humanos” así como el de la “responsabilidad de cooperar” ante las graves situaciones que como el cambio climático, las epidemias, y la degradación del medio ambiente, requieren una acción conjunta. A nivel interno, Chile pierde la oportunidad de trazar una agenda para mejorar en los derechos de acceso de manera progresiva y sin retrocesos, así como la oportunidad de aprender de los países vecinos y de las buenas experiencias. A nivel internacional, Chile pierde toda credibilidad con los países comprometidos con estos derechos y se torna aún más complejo al continuar su presidencia en la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático«.

Nota 7: Véase en particular PEÑA  CHACÓN M., «Desmitificando el Acuerdo de Escazú«, DerechoalDía, edición del 28 de noviebre del 2020, disponible aquí;  así como MADRIGAL CORDERO P. & GONZALEZ BALLAR R., «Acuerdo de Escazú: desmitificando falacias y construyendo argumentos«, Colección Perspectiva, Friedrich Ebert Stiftung, agosto del 2021, disponible aquí. Un esfuerzo muy similar debió de hacerse en Perú con relación a «argumentos» idénticos a los escuchados en Costa Rica (véase el informe SPDA, «Diez mitos y verdades sobre el Acuerdo de Escazú: democracia y defensores ambientales», disponible aquí) así como en Colombia (véase la publicación titulada «Mitos y verdades del Acuerdo de Escazú» disponible aquí). Un interesante ejercicio sobre el balance informativo consistiría, en el caso de la prensa de Costa Rica, como también en el caso de la de Colombia y de Perú, en analizar la cantidad de referencias de grandes medios de prensa a estos esfuerzos, a contraponer con la cantidad de referencias reproduciendo los supuestos «argumentos» en contra de Escazú difundidos por sectores corporativos.

Nota 8: Véase BOEGLIN N., «Acuerdo de Escazú: primera COP1 (sin Costa Rica)«, Delfino.cr, edición del 20 de abril del 2022, disponible aquí.

Nota 9: Véase  ASTROZA P. & NALEGACH C., «La necesidad de una democracia ambiental en América Latina: el Acuerdo de Escazú«, Fundación Carolina, Serie Documentos de Trabajo, Número 40, 2020, p. 28. Texto completo disponible aquí.

 

Una versión en inglés de este mismo texto se encuentra disponible en este enlace. A version in English of this text is available here.

 

(*) Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

Costa Rica se dirige a unas elecciones con 27 candidatos a la presidencia

El número sin precedentes de postulantes pone en evidencia la falta de liderazgos y de capacidad de diálogo político en el país tras la ruptura del bipartidismo.

Fernando Francia

A cuatro meses de las elecciones, son 27 las candidaturas a ocupar la silla presidencial que deberá dejar Carlos Alvarado, el presidente de Costa Rica, en 2022. Nunca habían sido tantos los candidatos confirmados por sus respectivas agrupaciones políticas en asambleas partidarias. Durante este mes tendrán que inscribirse ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), el ente regulador del proceso.

El miércoles comenzó de manera oficial la campaña electoral, que terminará el domingo 6 de febrero, cuando los costarricenses elijan una de las opciones o pospongan la decisión para una segunda vuelta, dos meses después.

Para el TSE la amplia lista de candidaturas es un símbolo de fortaleza democrática, aunque ya está generando trabajo adicional de fiscalización de actividades partidarias y de confección de una papeleta electoral más grande que la habitual para que quepan todas.

El banderazo inicial de la campaña lo señala el tradicional acto simbólico de la transferencia del mando de la Fuerza Pública del Poder Ejecutivo al TSE, con el que se busca garantizar la no injerencia del gobierno actual sobre el proceso electoral. En ese acto oficial, el 6 de octubre, el presidente del tribunal, Luis Antonio Sobrado, señaló que la libertad de elegir y la democracia son “nuestro acuerdo en medio de nuestros desacuerdos”. Pero esta elección no será sencilla para las más de tres millones y medio de personas que estarán convocadas a las urnas, porque la amplitud de la oferta electoral implica la consecuente dificultad de acceso a la información sobre todos los partidos en pugna.

Según Gustavo Román, asesor político y vocero del TSE, la sobreoferta electoral es un síntoma de la fortaleza de la democracia y al mismo tiempo de debilidad del sistema de partidos políticos. Lo primero, porque “evidencia que la participación político-electoral sigue siendo vista como una opción por personas con distintas sensibilidades políticas en el país”, dijo a la diaria.

Asimismo, la debilidad consiste en que la facilidad de inscripción de partidos políticos hace que muchos de estos sean un vehículo para aspiraciones personales. “Es evidente que detrás de muchos de estos nuevos partidos lo que hay son liderazgos de partidos políticos anteriores, liderazgos que, al no prosperar sus ambiciones o propósitos dentro de estructuras políticas más establecidas o antiguas, simplemente, sin ninguna dificultad, han inscrito sus proyectos dentro de esas otras estructuras político-partidarias”, dijo el vocero del TSE.

Desde finales del siglo pasado hasta la actualidad, la cantidad de partidos que compiten en procesos electorales ha aumentado enormemente en Costa Rica. De siete candidaturas en 1994 se pasó a 13 en 1998, 2002, 2014 y 2018. Hubo nueve en 2010 y en 2006 se marcó un récord de 14 postulantes. Este 2022 podrán ser hasta 27 los rostros y las banderas impresos en una misma hoja que la ciudadanía deberá marcar con su preferencia.

En opinión del politólogo Rotsay Rosales, eso es reflejo de la “sociedad compleja y plural que somos”. Opinó que “la participación de más actores y de más ciudadanías en el proceso favorece la legitimidad de quienes son representantes”. Sin embargo, para el politólogo, que ha estudiado a fondo el sistema de partidos políticos costarricense, la proliferación de partidos es también producto de “la relación problemática que desde hace varios años vivimos en el país entre ciudadanías y representación formal”. Señaló que “en la actualidad hay una depreciación en la ciudadanía de lo que ofrecen los partidos políticos, y estos no dejan de crecer en cantidad, pensando que con mayor oferta ganarán más simpatía”.

Todo esto, según Rosales, ocurrió tras la disolución del bipartidismo, proceso que comenzó en los años 90 y se consolidó con la llegada al poder en 2018 de un tercer partido, fuera de los llamados tradicionales. “Parafraseando a Gramsci, lo viejo pareciera que no termina de irse y lo nuevo no termina de consolidarse”, concluyó.

El politólogo Rubén Rojas señala la inconformidad de los votantes con los partidos políticos. “La mayoría de la ciudadanía siente que los partidos no han podido llevar su sentir a la Asamblea Legislativa o al gobierno y no han solventado sus demandas o necesidades con su actividad, y entonces se vuelca a la búsqueda de partidos políticos nuevos”.

Sin embargo, pese a esa proliferación, las soluciones no llegan. En general, porque los partidos están cooptados o dominados por fuerzas de poder económicas o políticas de élite y los partidos cambian liderazgos, pero mantienen su elitismo, explicó Rojas. “Ya no tenemos la cohesión que giraba en torno a dos partidos tradicionales en el bipartidismo, sino que, más bien, las personas comenzaron a determinar sus preferencias políticas a partir de elementos coyunturales o de representación de sus propios intereses, cambiando la tradición familiar partidaria anterior”, agregó.

Rojas cree que la existencia en sí de muchos partidos políticos no necesariamente es un síntoma de una democracia estable o madura.

A eso se refiere también la uruguaya radicada en Costa Rica Juliana Martínez, experta en políticas públicas. “El problema no es tanto el número como el tipo de partidos políticos. Las democracias necesitan de más partidos políticos programáticos –sean de centro, de derecha o de izquierda–, partidos consistentes y predecibles en su postura sobre los principales asuntos”, señaló en Twitter ante la discusión pública sobre el número de candidaturas.

Martínez dijo luego a la diaria que “la fragmentación del sistema de partidos no da calidad en la representación política, que es, a su vez, un ingrediente de la calidad de la democracia”. Como ejemplo de una situación de ese tipo en Centroamérica mencionó el de Guatemala, “donde una misma persona [el presidente actual, Alejandro Giammattei] compitió cuatro veces por la presidencia, todas a nombre de partidos políticos distintos”.

La experta en políticas públicas señaló que “una democracia fuerte necesita de partidos políticos que tengan programas claros, consistentes, que sean luego orientaciones efectivas en su ejercicio político”, y dijo que “eso sólo pasa en partidos programáticos, y difícilmente un país tenga 27 de esos”.

Los especialistas también coincidieron en que la falta de diálogo y de liderazgos hace mella en la integración de los partidos políticos, ya que dirigentes que no alcanzan sus aspiraciones personales prefieren crear una nueva estructura partidaria y buscar una oportunidad de candidatearse. De los actuales 27 aspirantes, 11 han cambiado de divisa partidaria.

El sistema electoral permite a los aspirantes a la presidencia postularse también a una diputación, lo cual es aprovechado por los partidos para que la visibilidad que puedan alcanzar en una campaña presidencial redunde en la obtención, al menos, de uno de los 57 escaños en la unicameral Asamblea Legislativa de Costa Rica.

A todas esas consideraciones políticas y organizativas se unen las dificultades de acceso a la información sobre los partidos por parte de la ciudadanía y al acceso a la financiación de las agrupaciones partidarias para enfrentar una nueva elección.

El Estado costarricense reconoce los gastos de campaña de los partidos que alcancen 4% de votos en la elección presidencial o que obtengan, al menos, un diputado. Este umbral lo han conseguido menos de diez agrupaciones en los procesos recientes.

El gran desafío para los partidos minoritarios es hacerse ver entre tantos rostros y tantas banderas que aparecerán en los medios, las redes sociales y en la propia papeleta electoral el 6 de febrero de 2022.

 

Publicado en https://ladiaria.com.uy/ y compartido son SURCOS por el autor.

Foto: UCR.

CEPAL celebra pronta entrada en vigor del Acuerdo de Escazú y destaca el compromiso de la región con el desarrollo sostenible y los derechos humanos

  • Con el depósito de los instrumentos de ratificación de México y Argentina hoy ante la ONU se alcanzó el número de Estados Parte necesarios, por lo que el Acuerdo Regional entrará en vigor el 22 de abril de 2021, Día Internacional de la Madre Tierra.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) celebró hoy la pronta entrada en vigor del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como “Acuerdo de Escazú”, y destacó el compromiso de la región con la protección del desarrollo sostenible y los derechos humanos.

Con el depósito de los instrumentos de ratificación de los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, hoy 22 de enero de 2021 se alcanzó el número de Estados Parte necesario para la entrada en vigor del Acuerdo. Según establece el artículo 22 del tratado, una vez cumplidos los requisitos establecidos, el tratado entrará en vigor a los 90 días, es decir, el 22 de abril de 2021, fecha coincidente con el Día Internacional de la Madre Tierra.

“Hoy América Latina y el Caribe celebra su compromiso con el desarrollo sostenible y los derechos humanos. En estos momentos en que la situación global y regional reviste gran complejidad e incertidumbre, el Acuerdo de Escazú es más necesario que nunca porque refuerza la cultura del diálogo y la concertación para avanzar en las transformaciones necesarias que aseguren que la recuperación se enmarque en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, afirmó Alicia Bárcena, Secretaria Ejecutiva de la CEPAL.

La alta funcionaria de las Naciones Unidas participó en la Ceremonia de Depósito del Instrumento de Ratificación del Acuerdo de Escazú por parte de México, que fue encabezada por Martha Delgado, Subsecretaria de Asuntos Multilaterales y Derechos Humanos de ese país.

Durante su intervención, Alicia Bárcena destacó que hoy, 22 de enero de 2021, es un día histórico para América Latina y el Caribe.

“¡Para mí es un día histórico! Hoy es un día de fiesta, porque se celebra un paso adelante en la implementación del Acuerdo de Escazú, cuya negociación fue inclusiva, participativa y transparente. Esto es muy esperanzador”, afirmó la máxima representante de la CEPAL.

Destacó que el Acuerdo de Escazú es el primero en el mundo que incluye disposiciones sobre los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, los que dan la vida por la vida.

Alicia Bárcena reconoció el fuerte compromiso de los gobiernos de México y Argentina que hoy se convirtieron en Estados Parte del Acuerdo, y destacó a los otros 10 países que lo ratificaron anteriormente y que hicieron posible que el Acuerdo de Escazú entre en vigor el próximo 22 de abril: Antigua y Barbuda, Bolivia, Ecuador, Guyana, Nicaragua, Panamá, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Uruguay.

Asimismo, manifestó su convicción de que más países de la región se sumarán al tratado prontamente.

“Soy optimista. América Latina y el Caribe es una región rica cultural, social y ambientalmente. Su patrimonio natural es extenso y son muchas las oportunidades para una recuperación transformadora con igualdad y sostenibilidad que traiga un mayor bienestar a nuestros pueblos”, subrayó Alicia Bárcena.

La Subsecretaria Martha Delgado, en tanto, reafirmó el compromiso del Gobierno de México con la implementación del tratado y destacó que Acuerdo Regional es una gran herramienta para dar voz a las juventudes, a los pueblos indígenas, a las mujeres, a las personas con discapacidad y a las comunidades vulnerables.

“Es un derecho que los ambientalistas hemos perseguido durante años”, subrayó.

El Acuerdo de Escazú es el primer tratado ambiental de la región de América Latina y el Caribe, el único acuerdo vinculante adoptado hasta la fecha derivado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20) y el primero en el mundo que incluye disposiciones sobre las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales.

 

Nota de la CEPAL.

Colegio de Periodistas pide transparencia en negociación con el FMI

SURCOS comparte el comunicado del Colegio de Periodistas y Profesionales en Comunicación (Colper):

En defensa al derecho constitucional de acceso de información pública y ante el inicio de las negociaciones del Poder Ejecutivo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), la Junta Directiva del Colegio de Periodistas de Costa Rica y Profesionales en Comunicación, hace un llamado al gobierno de la República para que dicho proceso se dé en el marco de la transparencia y acceso a la información oportuna para construir la confianza necesaria en la población.

La única manera para contrarrestar las noticias falsas y la especulación entre la población es permitiendo a la prensa profesional el acceso al avance de los acuerdos y a los negociadores del gobierno para lograr informar de forma seria y adecuada los resultados de las negociaciones.

Desde el Colper estamos seguros del trabajo serio, responsable y profesional de parte de todos los comunicadores para darle a la ciudadanía la información balanceada para la toma de decisiones y así poder lograr los consensos que el país necesita.

Junta Directiva 2021

Cámaras empresariales accionan campaña de desinformación para perpetuar esquema de impunidad en delitos contra defensores ambientales

-Es urgente convocar el Acuerdo de Escazú para discutirlo en la Asamblea Legislativa;
-Empresarios presionan para que no exista un marco legal robusto en materia de delitos contra defensores de la naturaleza;

(Bloque Verde, 30/11/2020) Es injustificable seguir poniendo en riesgo a defensores y defensoras de la naturaleza. Es inaceptable e irresponsable la posición de las cámaras empresariales en contra del Acuerdo de Escazú, las cuales pretenden que siga reinando en el país la impunidad en cuanto a crímenes contra defensores de la naturaleza.

Tanto la Cámara de la agroindustria como la Cámara de Industrias y la Unión de Cámaras Empresariales, han emitido documentos con afirmaciones temerarias, falsas y cargadas de argumentos ideológicos, en contra de un acuerdo internacional que vendría a ordenar la legislación en carácter de protección de los derechos ambientales, como lo es el Acuerdo de Escazú.

Los argumentos de las cámaras empresariales fueron desmentidos por el foro del Colegio de Abogados(1) del pasado 23 de noviembre. En el foro desglosaron uno a uno los argumentos falaces de los empresarios y dejaron en claro que esta campaña de las cámaras está fundamentada en interpretaciones lejanas a la realidad.

Además Nicolas Boeglin, abogado especialista en derecho internacional señala que el caso los empresarios costarricenses no es aislado. Boeglin señala que: “… tanto en Chile, como en Colombia, en Perú y en Paraguay, la discusión con relación al Acuerdo de Escazú en sus respectivos congresos se ha polarizado debido a una verdadera campaña de desinformación, gestada desde diversos círculos políticos y empresariales, haciendo uso de una creatividad pocas veces observada para justificar la oposición a este acuerdo regional”, puntualizó el abogado(2).

La convocatoria de la agenda de proyectos de ley que envió el ejecutivo el día viernes 27 de noviembre a la Asamblea Legislativa dejó de lado la posibilidad de que se vote un acuerdo internacional que vendría a posibilitar la instalación de mecanismos para el acceso a la información y la protección de la seguridad y la vida de las quienes protegemos el agua, la biodiversidad, los ríos, los bosques, la vida silvestre terrestre y marina, etc.

El nombre completo de este convenio internacional es: El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, mejor conocido como “Acuerdo de Escazú”. Fue impulsado y firmado por Costa Rica en 2018 y en este momento se espera que sea ratificado por la Asamblea Legislativa para que pueda ser depositada la adhesión formal en Naciones Unidas y de esta forma entre a regir.

Uno de los alcances, que es importante mencionar, de este acuerdo es que daría la posibilidad de exigir al Estado la protección de los y las defensores ambientales en caso de que sean amenazados o perseguidos por su accionar en defensa de la naturaleza.

El Observatorio de Bienes Comunes de la Universidad de Costa Rica señala que no se puede “pensar que Costa Rica por su “liderazgo verde” se encuentra como la excepción en la región Latinoamericana y Caribeña. Sobre la precaria situación que atraviesan las y los defensores ambientales, el recuento de los hechos demuestra que vivimos situaciones que de no ser enfrentadas, podrían derivar en una mayor desprotección de estas personas”.

Este mismo centro universitario señaló que en la historia reciente de Costa Rica existen casos de defensores de derechos humanos y ambientales que han sido asesinados. Los crímenes de Yerhy Rivera en 2020 y Sergio Rojas en 2019; los cuales siguen en impunidad en un contexto de racismo, que impide el seguimiento de las investigaciones para buscar los autores materiales e intelectuales.

Pero a esto se suman otros crímenes más, como el cometido contra Jairo Mora en Moín en 2013. Y recuerda la deuda histórica que tiene el país en la búsqueda de justicia para los integrantes de Asociación Ecologista Costarricense asesinados 26 años atrás.

Por esta razón es urgente que se avance en aprobar el Acuerdo de Escazú y para tal objetivo el gobierno de Carlos Alvarado debe comprometerse con éste y priorizar su trámite en la Asamblea Legislativa; de lo contrario está posponiendo de forma injustificable la aplicación de un tratado internacional que vendría a dar seguridad a la labor de miles de personas a nivel nacional. Activistas, ecologistas, campesinos, campesina, indígenas, funcionarios de instituciones que impulsamos la conservación y el resguardo de los ecosistemas, y que en muchos casos lo hacemos a costa de la propia vida o seguridad personal.

Nota:

  1. Charla «Acuerdo de Escazú y sus alcances en la normativa ambiental Costarricense» https://www.youtube.com/watch?v=9sFJf7bhdKc&list=UUrIRgU3jsDPuy7Gh02MaAkQ
  2. El Acuerdo de Escazú: a propósito de recientes comunicados en contra de su aprobación https://delfino.cr/2020/11/el-acuerdo-de-escazu-a-proposito-de-recientes-comunicados-en-contra-de-su-aprobacion?fbclid=IwAR0R01xRmdY7IG_oo25itSYJ2z2Fr_oKVCqwAqGxMtKOrnaOVAwdoG0g_Qc

 

Imagen tomada de Youtube.

El Acuerdo de Escazú: a propósito de recientes comunicados en contra de su aprobación

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR)

En días recientes, varias cámaras empresariales costarricenses han circulado cartas dirigidas a integrantes de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, presentando una serie de argumentos jurídicos en contra de la aprobación del Acuerdo de Escazú.

Como bien es sabido este último es un tratado internacional, adoptado en marzo del 2018 bajo los auspicios de la Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas (CEPAL), y cuyo nombre completo es: «Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe«.

Breve puesta en contexto

Desde el 26 de setiembre del 2018, este tratado regional, adoptado en Costa Rica en marzo del mismo año (véase texto completo de su versión oficial en español) está abierto oficialmente a la firma de 33 Estados (América Latina y el Caribe).

En la literatura especializada (Nota 1), se considera que fue una declaración conjunta del mes de julio del 2012 (véase texto completo) suscrita por Chile, Costa Rica, Ecuador, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Uruguay la que constituyó el punto inicial de un proceso que culminaría tan solo en marzo del 2018 en el cantón costarricense de Escazú, después de nueve largas rondas de negociaciones entre las 33 delegaciones oficiales.

En esta declaración conjunta, se puede leer que:

«Asimismo, reconocemos y subrayamos que los derechos de acceso a la información, participación y justicia en materia ambiental son esenciales para la promoción del desarrollo sostenible, de la democracia y de un medio ambiente sano, y aportan múltiples beneficios tales como: contribuir a tomar mejores decisiones y aplicarlas más eficazmente; involucrar al público respecto de los problemas ambientales; aportar a la rendición de cuentas y la transparencia en la gestión pública; y facilitar un cambio en los patrones de producción y consumo«.

Este grupo pionero de Estados, que impulsaron decididamente esta novedosa iniciativa en el 2012, no coincide con los primeros once Estados en ratificar este instrumento regional para que pueda entrar en vigor: siendo el caso de Chile el más estridente e inconsistente, al negarse oficialmente sus máximas autoridades (y ello hasta la fecha) a tan siquiera… firmar el Acuerdo de Escazú (Nota 2).

Las preocupaciones recientes externadas por el sector empresarial costarricense en breve

A diferencia de lo que dejan entender los recientes comunicados circulados por diversas cámaras empresariales costarricenses en contra de este tratado, el texto del Acuerdo de Escazú es extremadamente mesurado y ponderado de manera a garantizarle a cada Estado un margen de maniobra y cierta flexibilidad a la hora de implementar cada una de sus disposiciones. No es lo propio de este tratado en particular, sino que se inscribe dentro de una técnica convencional, encontrada en un sinnúmero de tratados multilaterales en materia ambiental y en otros ámbitos. Cabe recordar que al ser el resultado de nueve largas rondas de negociaciones entre los 33 Estados de América Latina y del Caribe realizadas entre el 2014 y el 2018, cada párrafo fue objeto de revisiones, enmiendas y modificaciones adicionales, en aras de consensuar una formulación que fuera la más aceptable posible para 33 delegaciones provenientes de realidades jurídicas, institucionales y políticas muy diversas.

En un comunicado inicial de la Cámara Nacional de Agricultores del 8 de octubre del 2020 dirigido a los jefes de fracción del Congreso costarricense (véase texto completo), se puede leer que:

En conclusión, el Acuerdo de Escazú tiene un conjunto de falencias jurídicas, tanto convencionales, constitucionales como legales que al no ser subsanables por las eventuales reservas estatales, entrarían en vigencia de ser aprobado; lo anterior sin perjuicio de las antinomias generadas respecto de tratados de libre comercio“(sic.).

Por su parte la Cámara de Industrias de Costa Rica en una carta del 19 de noviembre pasado (véase texto completo) llega a conclusiones similares, segundada, por otra larga carta distinta, de 12 largas páginas, suscrita esta vez por la Unión de Cámaras (UCCAEP), y que concluye señalando lo siguiente:

Señoras y señores diputados, cómo hemos podido expresar, existen suficientes reservas y preocupaciones en torno a este expediente legislativo, países como Chile, que fue uno de los países proponentes, notificó a la Cancillería ya que no procedería con su ratificación, ya que han identificado los mismos peligros que hemos podido confirmar en nuestro ejercicio de análisis. Adicionalmente, aprobar este instrumento en medio de una situación tan complicada como la que vive el país, más bien envía señales negativas y no procura generar un ambiente propicio para fomentar la inversión y dar seguridad jurídica “(sic.)

Estas repentinas objeciones, provenientes de estas tres entidades denotan algo raramente visto con relación al trámite de aprobación de un tratado internacional en Costa Rica: en efecto, no se tiene registro de una reacción similar en contra de un instrumento internacional en materia de ambiente o de derechos humanos que haya despertado tantas reacciones en su contra en Costa Rica en unas semanas. El calificativo usado de “repentinas” se explica en razón del hecho que durante la etapa inicial en la que la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate por unanimidad este mismo texto, en febrero del 2020, no se había desatado semejante ofensiva en contra del Acuerdo de Escazú. Tratándose del mismo texto, con las mismas disposiciones, cuesta entender qué pueden haber descubierto de tan preocupante y amenazante las cámaras entre el mes de febrero y noviembre de un mismo año.

Desde el punto de vista más sustantivo, los supuestos argumentos de cada una de estas tres cámaras reaparecen bajo diversas formulaciones en cada una de los tres cartas precitadas, por lo que resultaría de sumo interés conocer el origen exacto que motivo la elaboración de cada una.

No pretendemos en este corto espacio responder las diversas razones aducidas, dado que prácticamente, en particular desde la perspectiva internacional, cada una conlleva revisar cuestiones muy básicas (cómo se negocia un tratado internacional, quién es el destinatario de las obligaciones que contiene, cómo se formulan sus disposiciones para – precisamente – evitar este tipo de cuestionamientos): desde el punto de visto jurídico y en particular de la técnica jurídica empleada en el Acuerdo de Escazú, un reciente foro realizado por el Colegio de Abogados de Costa Rica (véase video, y en particular la exposición del Profesor Mario Peña, minutos 38- 1:14) desmitifica el contenido del Acuerdo de Escazú, haciendo ver cuán infundadas son las supuestas razones legales esgrimidas por estas entidades que reagrupan a una parte de la cúpula empresarial costarricense. Remitimos también a su reciente artículo (véase texto completo) titulado precisamente “Desmitificando el Acuerdo de Escazú” publicado en el sitio jurídico de DerechoalDia.

Con relación al punto específico de la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental que tanto pareciera preocupar a estas tres entidades (así como a una magistrada de la Sala Constitucional), un artículo del mismo especialista en derecho ambiental, de octubre del 2019, explica claramente que se trata de un principio que ha recibido acogida en la legislación y en la jurisprudencia de tribunales costarricenses desde hace ya muchos años, y que al parecer ignora la precitada magistrada de la Sala Constitucional (Nota 3).

A modo de conclusión

Desde varios meses, tanto en Chile, como en Colombia, en Perú y en Paraguay, la discusión con relación al Acuerdo de Escazú en sus respectivos congresos se ha polarizado debido a una verdadera campaña de desinformación, gestada desde diversos círculos políticos y empresariales, haciendo uso de una creatividad pocas veces observada para justificar la oposición a este acuerdo regional.

A modo de ejemplo, entre muchos, podemos remitir a este documento suscrito por altos mandos militares en Perú sobre la supuesta pérdida de soberanía en la Amazonía peruana (véase texto completo) o bien a este anuncio de cámaras paraguayas del sector agropecuario (véase texto completo) para que nuestros estimables lectores puedan apreciar mucho mejor el alcance de esta campaña de desinformación.

En el caso de Colombia, este artículo de El Espectador desmitifica los «mitos» sin mayor fundamento – como lo son muchos mitos – creados con respecto al alcance de este tratado regional. Recientemente, el talentoso equipo colombiano de La Pulla elaboró un video titulado “La nueva trampa que nos quieren hacer los congresistas“ (véase enlace), el cual responde precisamente a la gran cantidad de argumentos totalmente falaces en contra de este instrumento regional, desmenuzando de manera extremadamente ingeniosa muchos de los razonamientos oídos no solamente en Colombia: se trata de mitos escuchados en varios otros Estados del continente americano en contra del Acuerdo de Escazú, y que al parecer, cuentan ahora con adeptos en Costa Rica.

—Notas—-

Nota 1: Véase por ejemplo DE MIGUEL C., «Acuerdo de Escazú: pacto para la eco-nomía y democracia del siglo XXI«, in PRIEUR M., SOZZO G. y NAPOLI A. (Editores), Acuerdo de Escazú. Hacia la democracia ambiental en América Latina y el Caribe, Santa Fe, Universidad Nacional del Litoral (UNL), 2020, 330 páginas, pp. 20-34, p. 22 (el texto integral de esta reciente obra colectiva está disponible en este enlace).

Nota 2: De manera a poder apreciar el pronunciado giro operado por las autoridades chilenas con relación al Acuerdo de Escazú, se puede comparar el texto de la declaración conjunta suscrita por Chile y Costa Rica en el mes de junio del 2018 (véase texto completo colgado – hasta la fecha – en el sitio oficial de la diplomacia chilena) con un documento reciente circulado el mismo día en que el Presidente chileno ofrecía su discurso en la Asamblea General de Naciones Unidas el pasado 22 de setiembre del 2020 (véase texto completo de 12 páginas que viene sin sello oficial ni firma de los dos ministros al final del documento, … y que se supone es un documento oficial). El título de esta nota de la DW (Alemania) del 21 de setiembre del 2020 retrata bastante bien, en nuestra modesta opinión, el espectáculo raramente visto por parte de un Estado con relación a un tratado internacional: “Chile: el rechazo al Acuerdo de Escazú acaba con la aspiración de liderazgo ambiental”.

Nota 3: Véase PEÑA CHACÓN M., “Acuerdo de Escazú y la carga de la prueba ambiental en Costa Rica”, Portal del Sistema de Estudios de Posgrado (SEP), Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR), octubre del 2019, disponible en este enlace. Sobre la situación particular en la que se encuentra el Acuerdo de Escazú en Costa Rica, y la complicación que ha generado la Sala Constitucional en el trámite de aprobación de este tratado, véase la sección “La peculiar situación del Acuerdo de Escazú en Costa Rica” en nuestro breve análisis: BOEGLIN N., “La reciente aprobación del Acuerdo de Escazú por parte del Senado de México”, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), Sección Voz Experta, edición del 17/11/2020, disponible en este enlace.

*Foto extraída de nota de prensa de la BBC, titulada “Los países en los que matan a más ambientalistas en el mundo y el terrible récord de América Latina”, 30 de julio del 2019.

Simposio “Transparencia y acceso a la información en época de pandemia: perspectivas y desafíos”

Buenas prácticas de transparencia y acceso a la información de los parlamentos en la definición de leyes y control político responsable en el marco de la pandemia.

Este miércoles 30 de setiembre del 2020 se llevó a cabo el segundo día del Simposio Internacional titulado: “Transparencia y acceso a la información en época de pandemia: perspectivas y desafíos”, realizado a través de la plataforma virtual Zoom y transmitido en vivo por la página de Facebook Rectoría Universidad Nacional de Costa Rica.

El Simposio se realizó en el marco del Ideario Costa Rica Bicentenaria–Diálogo Nacional, y estuvo organizado por el Departamento de Participación Ciudadana de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, la Fundación Konrad-Adenauer, el Tribunal de Honor y Ética del Colegio de Periodistas de Costa Rica, el Movimiento Iniciativa Popular, la Rectoría de la Universidad Nacional de Costa Rica (UNA), el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, y ParlAmericas.

De esta manera, se llevó a cabo la cuarta sesión de trabajo con la mesa de diálogo: Buenas prácticas de transparencia y acceso a la información de los parlamentos en la definición de leyes y control político responsable en el marco de la pandemia” la cual se enfatizó en las experiencias y prácticas de transparencia, así como los proyectos para el acceso a la información en diferentes países y sobre las las necesidades que presentan los parlamentos en época de pandemia.

Para llevar a cabo este Panel se contó con la participación de parlamentarios de diferentes países: el señor Luis Rojas, prosecretario de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile, quien se desempeñó como moderador; las señoras diputadas Carmen Chan y María Inés Solís de la Asamblea Legislativa de Costa Rica; la señora Dolores Martínez, Diputada por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina; y Emmanuel Barrantes Pérez, representante del Movimiento de Iniciativa Popular.

Luis Rojas, quien ha tenido la oportunidad de exponer en otras ocasiones sobre la ley de transparencia en Chile, inició la actividad recalcando la importancia de contar con herramientas que permitan el control político y dio apertura con la siguiente frase: La transparencia y el acceso a la información son pilares fundamentales para la implementación de los principios del parlamento abierto como lo son la rendición de cuentas, la participación ciudadana y la ética y la probidad en el ejercicio de las funciones públicas”.

Dolores Martínez, diputada de Argentina y exdirectora de la Oficina de Modernización de la Cámara de Diputados, reconoció que en el tema de participación ciudadana y gobierno abierto quedan muchos retos, pero presenta dos avances. El primero es el Portal de Leyes Abiertas, donde los y las diputadas suben sus proyectos y anteproyectos que permite recibir retroalimentación. El segundo es la Caja de Herramientas de Transparencia Legislativa cocreada entre Argentina, Costa Rica, Chile, Paraguay, EuroSocial y ParlAmericas: “Los bajos niveles en el índice de transparencia del 2016 y la mirada negativa de la sociedad con el Congreso Argentino resaltaron la necesidad de estos elementos, que son resultado de una amplia serie de reuniones y un proceso extenso de establecimiento de alianzas entre la sociedad civil y el Congreso”.

El proceso de creación de la Caja de Herramientas de Transparencia Legislativa inicia en mayo del 2019, tiene su inspiración en la incompetencia de los diseños previos lanzados en el poder ejecutivo: “Su lanzamiento será el 1 de octubre del 2020 y permite que los Congresos encuentren un espacio con conceptos estandarizados que pueden adaptar a sus necesidades específicas. Se compone de cinco herramientas principales para lograr la transparencia legislativa”.

Para Martínez, la transparencia activa se refiere al tipo de información que los Congresos deben publicar y de qué manera deben hacerlo, la manera de realizar mecanismos para que las solicitudes de acceso a la información pública sean efectivas, el diseño óptimo de portales de datos abiertos que permita reutilizar la información, la forma y enfoque en que se definen las políticas de comunicación y accesibilidad y enfatiza en la gestión documental, que hace referencia en cómo se gestiona, hacia adentro la información que es publicada.

Por su parte, la diputada costarricense María Inés Solís, quien también es parte del Concejo ParlAmericas; explicó que en Costa Rica las herramientas se desperdician provocando que la transparencia sea una deuda existente actual, que se evidencia con mayor claridad por la pandemia y la claridad de apreciación de la crisis estructural.

Reconoció que la comunicación con la sociedad civil es muy mala, sin embargo, se hacen esfuerzos importantes como el Departamento de Participación Ciudadana encargado de generar un vínculo entre los diputados y la sociedad civil como parte del compromiso institucional: “En el país el diputado es sinónimo de vago y eso es culpa de los mismos diputados… porque no se ha sabido comunicar el trabajo diario que realiza la Asamblea Legislativa”, indicó Solís.

La diputada manifestó que, además, como un esfuerzo personal, desde hace más de un año presentó un proyecto para reformar la Ley y perfeccionar la rendición de cuentas. Confía en que el Lobby es necesario, pero debe ser cristalino por eso la Ley propone que sea transparente el proceso para la toma de decisión, mediante una agenda pública donde se pueda evidenciar el proceso y las reuniones con diferentes actores que la ciudadanía pueda consultar.

Desde el Movimiento de Iniciativa Popular se visualiza una necesidad de transparencia y el acceso a la información, por ello, para Emmanuel Barboza, expuso el interés del Movimiento, de manera voluntaria y no remunerada por cada uno de los integrantes de la organización, en fiscalizar el uso correcto de los recursos públicos y promover la rendición de cuentas: “Creo que cocreación es la palabra clave en todos los procesos de transparencia y acceso a la información pública. Su principal objetivo no es solo señalar falencias sino proponer soluciones por esa razón organizan actividades como este Simposio Internacional”. Además, reconoció que la pandemia es solo un reto porque obliga a realizar acciones para no perder la participación ciudadana por el aislamiento, pero se pueden ver muchos otros como una política de despachos abiertos, la sistematización de datos, el uso de las tecnologías mediante herramientas que sean accesibles para todas las personas y la creación de herramientas para realizar denuncias anónimamente. Y como movimiento reclaman mayor voluntad política, una ley de lobby y contar con estándares de publicación de documentos en línea que permitan procesar datos, acotó Barboza.

Carmen Chan diputada de la Asamblea Legislativa de Costa Rica, expuso la importancia de la transparencia y el acceso a la información pública fundamentando que están recogidos en la Constitución Pública y que llegan a ser fundamentales en época de pandemia.

Chan reconoció que la participación del pueblo es central para diseñar medidas legislativas, por eso desde en el 2018 presentó la propuesta: “Ley General de Acceso a la Información Pública y Transparencia”, que sigue en trámite.

La diputada aseguró que en medio de la crisis se ha actuado con transparencia y por eso se aprobaron leyes necesarias como la Ley para apoyar al contribuyente local, sin embargo, es primordial la racionalización en el uso de los recursos públicos, los escasos recursos deben ser dirigidos a los más necesitados: “ La pandemia expone necesidades como la definición de una agenda de prioridades de proyectos de Ley en conjunto con el Poder Ejecutivo, para enfrentar la crisis, una política fiscal diseñada por los poderes del Estado de manera colaborativa, el diseño de canales efectivos de comunicación, que sean fluidos y transparentes y la realización de las negociaciones financieras con los organismos internacionales en espacios abiertos.

Para concluir el Foro, Juan Carlos Chavarría Herrera, director del Programa Participación Ciudadana de la Asamblea Legislativa y co organizador el Simposio, agradeció a los expositores, participantes y a las personas que formaron parte del equipo de trabajo: Rosibel Hernández Diaz, Emmanuel Barrantes, Sylvia Arredondo Guevara, Gabriela Corrales Alfaro, Efraín Cavallini Acuña, Gustavo Fuchs, Natali Casanova y Sergio Araya. Asimismo, expresó su reconocimiento y gratitud a las entidades que tuvieron a cargo la organización de los días del Simposio e informó que en las próximas semanas se compartirá una memoria del evento.

ENLACE Mesa completa:

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Por:
Efrain Cavallini Acuña-UNA
Valery Brais-Estudiantes RI-UNA-Ideario
Gabriela Corrales Alfaro- Ideario-UNA