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Etiqueta: Agencia para el Desarrollo de Pérez Zeledón

Planes reguladores, políticas de ordenamiento territorial y municipalidades en Costa Rica

El caso de moda: Pérez Zeledón

José Solano Saborío*

¿Existe en realidad una política de desarrollo de los territorios?

Apoyamos y promovemos los Planes de Ordenamiento Territorial, pero en su dimensión correcta, cuál es que respondan PRIMERO a un Plan de Desarrollo Cantonal SOSTENIBLE y responsable con el ambiente y la planificación regional y nacional.

Hoy, después de ser partícipe de sendos procesos en varios municipios, para adoptar estos reglamentos técnicos que deben responder a la ciencia y la técnica, pero también a premisas de desarrollo sostenible, debo concluir que son un compendio de ocurrencias inconexas entre los mismos cantones, tanto a nivel de los territorios costeros y rurales, como del GAM.

Y mi participación personal ha sido en varios ámbitos diferentes, como en mi condición de administrado e interesado de al menos un par de municipalidades, o en mi carácter de regidor municipal en Curridabat cuando debíamos aprobar cambios al vigente POT cantonal; o, en este caso, como asesor de organizaciones sociales y gremiales en el actual proceso de nuevo POT en Pérez Zeledón.

El ordenamiento territorial es la actividad de la administración pública destinada a establecer, a través de criterios técnicos interdisciplinarios, la mejor forma de aprovechar el espacio físico, lo cual va a depender de las características propias de cada sitio; Procurando: Equidad Social, Sostenibilidad Ambiental, Competitividad Económica, Participación de los ciudadanos y administrados del territorio a regular.

Además, como premisa deben respetar Normas de Legalidad Nacional, especialmente la Política Nacional de Ordenamiento Territorial 2012-2040 y la Ley de Planificación Urbana Nº4240, en especial lo referido en los artículos 17, 13 y concordantes, además de artículos como el 25, sobre las zonas especiales que deben de venir contenidas en el Plan de Ordenamiento Territorial, o los órganos permanentes de revisión de este, contenidos en el artículo 59.

Aclarado esto, debo defender mi conclusión del desastre de planificación territorial en el país y, particularmente, el que hoy es motivo de justificadas protestas públicas a lo largo del Valle de El General.

El de Pérez Zeledón, a como está hoy, es un plan de ordenamiento confiscatorio contra pequeños propietarios de zona agrícola, impide en la práctica la renovación de cultivos pues los permisos para cambios en zonas declaradas por el POT como de uso restringido, deberán someterse a estudios muy onerosos para mipymes agrícolas.

Restringe el desarrollo de nuevos centros urbanos pues lo que hace es referir a normativa nacional del INVU creada para el Valle Central, por lo que limita el desarrollo en la periferia impidiendo el desarrollo humano. Imagínese que una empresa que cobró poco menos de 400 millones de colones para generar los estudios preliminares y los diagnósticos para proponer soluciones, simplemente diga que en el caso de la Renovación Urbana, se aplique una normativa nacional que no se adapta a la realidad espacial del cantón de Pérez Zeledón cuya amplia mayoría del territorio no es de concentración urbana, pues de sus doce distritos solo dos tienen esas condiciones, Daniel Flores y el mismo distrito homónimo de la reconocida ciudad de San Isidro de El General.

En materia ambiental, sin una clara fundamentación técnica, se abren portillos para que en zonas protegidas se instalen grandes desarrollos hoteleros, Casinos o demás turísticos, pero CARECE de promoción del Turismo Rural Comunitario, natural para el cantón, al que NO SE LE MENCIONA NI UNA VEZ en todo el POT. PERO, extraordinariamente, en la nueva zonificación, si se establecen áreas restringidas, pareciera antojadizas, para generar las actividades económicas agrícolas y ganaderas.

Súmele el secretismo…

Un atropellado proceso llevado a cabo tanto por el órgano técnico contratado como de la Comisión especial nombrada por el Concejo Municipal, con la ausencia, en la elaboración del POT de organizaciones civiles, gremiales, sociales y formales del cantón, como las Cámaras de Comercio, Industria, Agricultura y Turismo, o de la Cámara de Ganaderos Unidos del Sur, o la Asociación Agencia para el Desarrollo de Pérez Zeledón, esta última siendo la entidad que según Decreto Ejecutivo 39876 está facultada para designar proyectos en cualquier parte del territorio de Pérez Zeledón bajo la condición de ZONA ECONÓMICA ESPECIAL, cubierta por el derecho internacional de tratados de comercio de la OMC firmados por el país como integrante del GATT, que estaría, bajo el ordenamiento de fuentes de derecho del país, por encima de cualquier ley local; pues esto NO SE MENCIONA O SE TOMA EN CUENTA EN NINGUNA PARTE DEL POT de PZ en trámite.

Y, aún más grave, ¡las propuestas INCLUYEN INTERVENCIÓN SOBRE TIERRAS INDÍGENAS sin CONSULTAR A DICHA POBLACIÓN!

Las evidencias  para estas y muchísimas más aseveraciones, están contenidas en los insumos que han presentado las organizaciones antes mencionadas como la Comisión de Revisión del CFIA, que hicieron originalmente un documento de 84 páginas con sus observaciones del documento del POT publicado en el sitio web de la Municipalidad a diciembre y marzo de 2023 y 2024 respectivamente; pero que hicieron una última revisión con miras a la audiencia pública y resumieron textualmente lo siguiente, manteniendo las recomendaciones y consideraciones de un Estudio de 83 páginas entregado hace unas 6 semanas, y “que definitivamente afectan muchísimo a como están en este momento, parte de los puntos que vemos»:

“- Los cuadrantes urbanos que deberían estar definidos por los estudios hechos para este POT, se indica que son los definidos por el INVU que son sumamente restrictivos y arbitrarios.

– No se permiten segregaciones de menos de 8 lotes fuera de cuadrantes urbanos

– No se permiten servidumbres fuera de cuadrantes urbanos

– Se restringen las áreas públicas a donar cuando se urbaniza una propiedad al 15% de pendiente lo que hace que las propiedades que se puedan urbanizar sean muy muy pocas.

– No se permite el uso de drenajes para tanque séptico a menos que se presente un estudio de tránsito de contaminantes que es bastante costoso (el profesional hace un estudio de infiltración para evaluar esto mismo y es lo que está normado por el CFIA), no se definen zonas de alta y muy alta fragilidad donde se ocupen sistemas de tratamiento mejorados y se deja arbitrariamente al criterio futuro.

– Se piden estudios de estabilidad de taludes (costo alto) para proyectos en terrenos con pendientes sobre el 30%, este criterio es arbitrario y el profesional responsable es el que debe tomar la decisión al respecto según lo que evalúe en sitio.

– La actividad de turismo agropecuario, turismo de aventura, senderismo, centros de estudios de biodiversidad o turismo ecológico, entre otras desarrollado en fincas conectadas por servidumbres agrícolas, que es posiblemente la actividad que genera mayores impulsos a la conservación y preservación del medio ambiente no será permitido. Se permiten solo actividades comerciales frente a calle pública.

– Se indica en varios artículos que se podrán pedir estudios adicionales, lo que expone a la arbitrariedad de los trámites, incluso si SETENA ya evaluó y aprobó un proyecto, la municipalidad podría pedir estudios adicionales

– Se agregan regulaciones constructivas detalladas que nos exponen a que si cambia en el futuro la legislación nacional, podríamos no poder desarrollar proyectos, porque el POT dice una cosa y la reglamentación nacional otra, por ejemplo, que cuando se vaya a construir una escuela, el Ministerio de Educación tenga su reglamento y apruebe el proyecto, pero la Municipalidad de acuerdo al POT no lo apruebe, haciendo inviable que se de una escuela, esto en un caso crítico.

Algunas de las recomendaciones del CFIA:

– “Zonificación con base en los IFAs, dinámica actual del cantón, dinámica estratégica a plazos definidos, uso categoría de caminos con jerarquización municipal, existencia de servicios públicos indispensables, calidad del transporte público, entre otros».

¿Por qué creemos que han desarrollado un Plan de Ordenamiento tan deficiente?

No quiero —y recomiendo a los sectores opuestos a esta deficiente política territorial— no caer en la tentación de la especulación sobre los motivos del Gobierno Local liderado por la vicealcaldesa Rosibel Ramos y, con el contubernio de ocho regidores de los nueve que conforma el Concejo, de las fracciones del PUSC, PLN y FA, solo con la excepción valiente de don José Luis Orozco.

Me abstengo de especular sobre agendas globalistas y otras teorías conspirativas, que más bien generan desinformación y distorsiones ideológicas sesgadas y me apego a creer que la estulticia y los cálculos politiqueros para beneficiar a grupos o elites convenientes para carreras políticas personales en partidos tradicionales, es lo que mueve a crear estos mamotretos en contra del Interés Público y el bienestar de las mayorías.

Pero celebro que el pueblo masivamente se informe y se oponga de forma pacífica y patriótica a estas desafortunadas y repetidas costumbres de la oligarquía política nacional.

*Consultor en materia administrativa público privada y ex director de la Agencia para el Desarrollo de Pérez Zeledón.