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Etiqueta: CCSS

OIT: “Las condiciones financieras recientes del Seguro de Salud han sido bastante holgadas, lo que ha llevado a la acumulación de reservas significativas”.

En un informe de la Organización Internacional del Trabajo entregado a SURCOS se puede leer en la página 22:

“En el balance final presupuestario, los ingresos totales han excedido a los gastos totales en todos los años del período bajo análisis; el superávit de operación asciende a 551 217 millones de colones en el 2022. Las condiciones financieras recientes del Seguro de Salud han sido bastante holgadas, lo que ha llevado a la acumulación de reservas significativas”.

Dicho criterio técnico se fundamenta en un estudio realizado por el organismo internacional que vela por las condiciones laborales en el mundo. Tal conclusión contrasta con la frase emitida en varias oportunidades por el presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, en el sentido de que “la Caja está quebrada”.

En una de las conclusiones del documento de la OIT se indica:

“Según se documentó en esta nota técnica, el análisis de las proyecciones de gastos contenidas en los informes actuariales del Seguro de Salud conducidos en los últimos años por la CCSS evidencia una recurrente sobreestimación de los gastos totales del Seguro de Salud, en un rango del 20% al 36%, con tendencia a aumentar conforme transcurren los años en el horizonte de proyección. Tratándose de un problema recurrente, es altamente recomendable realizar una revisión de la metodología actuarial utilizada por la Dirección Actuarial de la CCSS”.

Asimismo, el informe advierte:

“Uno de los hallazgos más críticos es la fuerte discrepancia entre las proyecciones actuariales contenidas en la valuación 2019, que ya incluía ajustes por los efectos de la crisis del COVID-19, en comparación con los de la valuación 2021. En un período de tan solo 18 meses transcurridos entre ambos estudios, el gasto total proyectado aumentó en 38,6%; hay que destacar que los informes actuariales de la CCSS no ofrecen una explicación razonable de este significativo cambio. Una situación similar ocurre con las dos versiones del denominado Informe Técnico para la actualización del Portafolio Estratégico de Inversiones, 2023-2032, cuyas proyecciones actuariales tuvieron modificaciones sustanciales, de nivel crítico, en un plazo de tan solo 7 días, que condujeron a conclusiones y criterios para la toma de decisiones de la Junta Directiva, totalmente divergentes. En términos de los estándares internacionales de práctica actuarial, se trata de una situación preocupante, cuyo efecto podría ser reducir la confianza pública en el trabajo actuarial elaborado oficialmente por la CCSS”.

También señala:

“Las proyecciones financieras contenidas en la Valuación Actuarial del Seguro de Salud de la CCSS con corte a 2021, y presentadas en 2022, principal objeto de la presente nota técnica, no reflejan de manera razonable la evolución de las finanzas del Seguro de Salud observada durante la última década y se desvían abruptamente de la tendencia. Además, evidencian inconsistencias metodológicas que comprometen su validez técnica como insumo para la toma de decisiones estratégicas y el diálogo social en seguridad social”.

SURCOS comparte el documento que puede ser descargado de este enlace.

Actuario insta a pedir a la CCSS el reajuste de las pensiones para recuperar pérdida por inflación y violación del reglamento, las leyes y la Constitución

SURCOS comparte el siguiente documento dirigido a la ciudadanía por el actuario Rodrigo Arias López. El experto en el tema de finanzas de la CCSS y pensiones llama a “sacar un ratito para que completen alguno de los dos documentos que les adjunto y lo hagan llegar a la Junta Directiva de la CCSS”. El propósito de esta acción ciudadana sugerida por el profesional e investigador es solicitar el “reajuste de los montos de las pensiones para recuperarles la pérdida que han sufrido debido a la inflación de los precios y a la violación del Reglamento del Seguro IVM, las leyes y la Constitución, incluyendo el monto de la pensión mínima”.

Compartimos el documento y las cartas que se pueden utilizar como machote:

“Nuevamente me dirijo a los 340 mil pensionados del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), a sus familiares y a los cotizantes de IVM; la última vez fue para mostrarles como les roban a los pensionados de IVM mediante el mecanismo de no recuperarle la pérdida de valor a las pensiones ocasionada por la inflación de los precios:

(https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=pfbid04TsEgygnjTLkXsATWXTAuLGFGJTMEkBsEVYRWWXFkrzZuNZNKKHmCZrEksrQ5W2Ml&id=1136685301&mibextid=Nif5oz).

Esta vez es para sugerirles a cada uno de ustedes -pensionados, familiares y cotizantes activos de IVM- la entrega de un documento a la Junta Directiva de la CCSS solicitándole que reajuste los montos de las pensiones para recuperarles la pérdida que han sufrido debido a la inflación de los precios y a la violación del Reglamento del Seguro IVM, las leyes y la Constitución, incluyendo el monto de la pensión mínima. Lo importante es que cientos de ustedes saquen el ratito para que completen alguno de los dos documentos que les adjunto y lo hagan llegar a la Junta Directiva de la CCSS, para lo cual les dejo las siguientes tres alternativas u opciones:

Opción 1: Si usted tiene firma digital complete y firme el documento adjunto que dice “Texto para las opciones 1 y 2” y envíelo al correo oficial de la CCSS coinccss@ccss.sa.cr sin olvidar solicitar acuse de recibo.

Opción 2: Si usted no tiene firma digital complete, imprima y firme dos ejemplares del documento adjunto que dice “Texto para las opciones 1 y 2” y entréguelo en las oficinas de la CCSS en San José cuya dirección es “Torre A – Centro Corporativo Internacional, en Barrio don Bosco, avenida 8, calles 26 y 28”. No olvide solicitar que le pongan sello y firma de recibido a uno de los documentos que lleva y lo guarda.

Opción 3. Si le resulta difícil movilizarse hasta San José, puede completar, imprimir y firmar dos ejemplares del documento adjunto que dice “Texto para la opción 3” y entregarlo en la sucursal de la CCSS más cercana de su casa. Si conoce el nombre del Jefe(a) de la Sucursal puede agregarlo al documento; pero no es necesario. No olvide solicitar que le pongan sello y firma de recibido a uno de los documentos que lleva y lo guarda.

Recuerden que lo importante no es que lo entregue una persona, ni mil o 10 mil; lo importante es que sean cientos de ustedes. Si tiene alguna dificultad para manipular el texto o para ir a imprimirlo a una fotocopiado, pídale ayuda a un familiar o a una amistad. Si no tiene correo electrónico puede crear uno o bien incluya el de un familiar o el de una amistad; lo importante es que incluya un correo para notificaciones. Invito a los familiares de los pensionados y a los cotizantes activos de IVM a que también le entreguen el documento a la Junta Directiva de la CCSS, como dice el dicho “hoy por tí, mañana por mi”; la solidaridad siempre es muy importante.

Siéntanse con entera libertad de modificar y/o adicionar el texto del borrador que les comparto y que también puede descargar de este enlace:

https://docs.google.com/document/d/12uygnx4hg-TjX-rZCKgI0TsrmqqlpbVs/edit?usp=share_link&ouid=113041125111407001384&rtpof=true&sd=true

Saludos y manos a la obra. Att. Rodrigo Arias López

Texto para las opciones 1 y 2:

Fecha _________________

PARA JUNTA DIRECTIVA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ASUNTO: Petición de reajuste del monto de mi pensión y solicitud de información

De conformidad con los artículos 27 y 30 de la Constitución, la Ley de Regulación del Derecho de Petición N° 9097 y el inciso g) del artículo 3 de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935, solicito a esa Junta Directiva lo siguiente.

Considerando

Primero. Que el inciso g) del artículo 3 de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935 indica: “Toda persona adulta mayor tendrá derecho a una mejor calidad de vida, mediante la creación y ejecución de programas que promuevan: g) La pensión concedida oportunamente, que le ayude a satisfacer sus necesidades fundamentales, haya contribuido o no a un régimen de pensiones”.

Segundo. Que el artículo 29 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) establece lo siguiente: “Artículo 29.-El monto de la pensión calculado conforme con los artículos 24 y 25 deberá sujetarse a una cuantía mínima y a un tope máximo, cuya cuantía fijará periódicamente la Junta Directiva. La cuantía mínima de pensión no podrá ser inferior al 50% del ingreso o salario mínimo de contribución que se establezca conforme al artículo 34 de este Reglamento. Asimismo, el Estado, en su condición subsidiaria, cubrirá el financiamiento de las pensiones mínimas que otorgue el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en aquellos casos donde la pensión resultante es menor al monto mínimo vigente. Este financiamiento formará parte de la cuota del Estado como tal.

Tercero. Que el artículo 28 del mismo reglamento establece lo siguiente: “Artículo 28º. La Junta Directiva dispondrá periódicamente la revaluación o reajuste de las pensiones en curso de pago, previo estudio actuarial realizado por la Dirección Actuarial y de Planificación Económica, tomando en consideración las condiciones financieras de este Seguro. El monto del reajuste debe guardar relación, en la medida de lo posible, con los cambios en los niveles de salarios y de costo de vida observados.”

Cuarto. Que el monto actual de la pensión mínima de IVM de ₡142.517 no satisface las necesidades básicas de la familia del pensionado e incumple la regla estipulada del artículo 29 del Reglamento de IVM, pues desde enero de 20223 el 50% de la Base Mínima Contributiva es de ₡153.192, por lo que se están dejando de pagar ₡10.675 por mes de pensión.

Quinto. Que durante 35 años esa Junta Directiva realizó reajustes semestrales para compensar pérdida de valor de las pensiones debido a la inflación de los precios; sin embargo, sin explicación alguna dejó de hacerlo desde el año 2019. En el año 2022 la tasa de inflación anual de los precios fue de 7,88% y, sin embargo, esa Junta Directiva no ha reajustado los montos de las pensiones.

Sexto. Que los trabajadores, los patronos y el Estado pagan a la Caja Costarricense de Seguro Social un 26,16% sobre los salarios y pensiones, lo cual equivale a más de 3,5 billones anuales.

Sétimo. Que el artículo 177 de la Constitución ordena lo siguiente: “Para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la Institución. Si se produjere un déficit por insuficiencia de esas rentas, el Estado lo asumirá, para lo cual el Poder Ejecutivo deberá incluir en su próximo proyecto de Presupuesto la partida respectiva que le determine como necesaria la citada Institución para cubrir la totalidad de las cuotas del Estado.

Petitoria

Primero. Se reajuste el monto de la pensión mínima como en derecho corresponde.

Segundo. Se reajusten los montos de las pensiones para compensar la pérdida de valor adquisitivo debido a la inflación de los precios del año 2022 y años anteriores.

Tercero. Se continúen realizando revaluaciones semestrales de los montos de las pensiones y en forma oportuna, como ordena la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor.

Cuarto. Que me informen a partir de qué fecha realizarán el pago de los ajustes de las pensiones mínimas y por inflación de precios; la fecha retroactiva que se aplicará y si incluirán o no los intereses legales y la indexación sobre las diferencias de pensión que van a pagar tardíamente.

Notificaciones: Al correo _______________

Atentamente,

Firma: _____________

Nombre: ____________

Número de cédula: ___________

Texto para la opción 3:

Fecha _________________

Sr(a) Jefe(a) de la Sucursal de la CCSS de _______________________

PARA JUNTA DIRECTIVA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

ASUNTO: Petición de reajuste del monto de mi pensión y solicitud de información

De conformidad con los artículos 27 y 30 de la Constitución, la Ley de Regulación del Derecho de Petición N° 9097 y el inciso g) del artículo 3 de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935, solicito a esa Junta Directiva lo siguiente.

Considerando

Primero. Que el inciso g) del artículo 3 de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor N° 7935 indica: “Toda persona adulta mayor tendrá derecho a una mejor calidad de vida, mediante la creación y ejecución de programas que promuevan: g) La pensión concedida oportunamente, que le ayude a satisfacer sus necesidades fundamentales, haya contribuido o no a un régimen de pensiones”.

Segundo. Que el artículo 29 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) establece lo siguiente: “Artículo 29.-El monto de la pensión calculado conforme con los artículos 24 y 25 deberá sujetarse a una cuantía mínima y a un tope máximo, cuya cuantía fijará periódicamente la Junta Directiva. La cuantía mínima de pensión no podrá ser inferior al 50% del ingreso o salario mínimo de contribución que se establezca conforme al artículo 34 de este Reglamento. Asimismo, el Estado, en su condición subsidiaria, cubrirá el financiamiento de las pensiones mínimas que otorgue el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en aquellos casos donde la pensión resultante es menor al monto mínimo vigente. Este financiamiento formará parte de la cuota del Estado como tal.

Tercero. Que el artículo 28 del mismo reglamento establece lo siguiente: “Artículo 28º. La Junta Directiva dispondrá periódicamente la revaluación o reajuste de las pensiones en curso de pago, previo estudio actuarial realizado por la Dirección Actuarial y de Planificación Económica, tomando en consideración las condiciones financieras de este Seguro. El monto del reajuste debe guardar relación, en la medida de lo posible, con los cambios en los niveles de salarios y de costo de vida observados.”

Cuarto. Que el monto actual de la pensión mínima de IVM de ₡142.517 no satisface las necesidades básicas de la familia del pensionado e incumple la regla estipulada del artículo 29 del Reglamento de IVM, pues desde enero de 20223 el 50% de la Base Mínima Contributiva es de ₡153.192, por lo que se están dejando de pagar ₡10.675 por mes de pensión.

Quinto. Que durante 35 años esa Junta Directiva realizó reajustes semestrales para compensar pérdida de valor de las pensiones debido a la inflación de los precios; sin embargo, sin explicación alguna dejó de hacerlo desde el año 2019. En el año 2022 la tasa de inflación anual de los precios fue de 7,88% y, sin embargo, esa Junta Directiva no ha reajustado los montos de las pensiones.

Sexto. Que los trabajadores, los patronos y el Estado pagan a la Caja Costarricense de Seguro Social un 26,16% sobre los salarios y pensiones, lo cual equivale a más de 3,5 billones anuales.

Sétimo. Que el artículo 177 de la Constitución ordena lo siguiente: “Para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la Institución. Si se produjere un déficit por insuficiencia de esas rentas, el Estado lo asumirá, para lo cual el Poder Ejecutivo deberá incluir en su próximo proyecto de Presupuesto la partida respectiva que le determine como necesaria la citada Institución para cubrir la totalidad de las cuotas del Estado.

Octavo. Que el artículo 10 inciso b) de la Ley 9097 dice: “b) Cuando un órgano o autoridad se estime incompetente para el conocimiento de una petición, remitirá directamente las actuaciones al órgano que considere competente, si ambos pertenecieran a la misma institución, administración u organismo, debiendo comunicarlo al peticionario, sin que este trámite afecte el plazo de diez días hábiles para su debida respuesta.”

Petitoria al Jefe(a) de la Sucursal de la CCSS

Le solicito hacer llegar este documento a la Junta Directiva de la CCSS tal y como lo ordena el inciso b) del artículo 10 de la Ley No. 9097 y el artículo 27 de la Constitución.

Petitoria a la Junta Directiva de la CCSS

Primero. Se reajuste el monto de la pensión mínima como en derecho corresponde.

Segundo. Se reajusten los montos de las pensiones para compensar la pérdida de valor adquisitivo debido a la inflación de los precios del año 2022 y años anteriores.

Tercero. Se continúen realizando revaluaciones semestrales de los montos de las pensiones y en forma oportuna, como ordena la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor.

Cuarto. Que me informen a partir de qué fecha realizarán el pago de los ajustes de las pensiones mínimas y por inflación de precios; la fecha retroactiva que se aplicará y si incluirán o no los intereses legales y la indexación sobre las diferencias de pensión que van a pagar tardíamente.

Notificaciones: Al correo _______________

Atentamente,

Firma: _____________

Nombre: ____________

Número de cédula: ___________

¡Pacífico Sur firme en defensa de la CCSS!

El Frente Nacional por la Seguridad Social sigue con su campaña por la Defensa de la CCSS.

Este jueves 20 de abril publicaron un video donde José Antonio Juárez Sequeira, pequeño productor de leche de Palmar Sur, en defensa de la institución, conquista social histórica y el patrimonio de nuestro pueblo, le solicita al gobierno que cumpla con su obligación Constitucional y que le pague TODO lo que le debe a la CCSS, porque expone que lo justo es lo justo y lo correcto, lo correcto. 

FRENASS insta a apoyar la campaña “Gracias CCSS”. ¡Unite vos también! ¡LA CAJA NO SE VENDE, LA CAJA SE DEFIENDE!

Para ver el video de José Antonio Juaárez Sequeira visite el siguiente enlace: https://fb.watch/k13gXwWyDI/?mibextid=cr9u03

¡Pacífico Sur firme en defensa de la CCSS!

Hoy martes 18 de abril en la campaña del Frente Nacional por la Seguridad Social, el compañero Jerry Alonso Mora nos cuenta desde su experiencia personal la excelente atención que recibieron en servicios de salud de primera calidad en un hospital de la CCSS y de la Seguridad Social, por parte de grandes profesionales y cómo ellos, padres de un niño que nace prematuramente, pudieron tener la confianza de ser atendidos ante esta circunstancia.

También nos recuerda cómo los políticos se aprovechan de manera oportunista de los logros de la CCSS sin ser consecuentes a su fortalecimiento y nos advierte de los peligros que se ciernen sobre nuestra maravillosa Institución por presiones e intereses de grupos de poder. Hace un llamado a defender nuestro modelo de Seguridad Social, así cómo nuestra querida Caja.

El siguiente link le llevará a ver el testimonio de Jerry Alonso Mora: https://fb.watch/j_n_euSttN/?mibextid=cr9u03

«La Caja tiene un presupuesto sano y equilibrado», José Luis Loría ante la Comisión Permanente Especial de la Asamblea Legislativa

El pasado 12 de marzo del 2023 el señor José Luis Loría quien es representante del Movimiento Cooperativo ante la Junta Directiva de la CCSS estuvo en la comparecencia ante la Comisión Permanente Especial para el Control del Ingreso y Gasto Público. 

En este espacio legislativo se discutió el presupuesto, financiamiento y comportamientos como el superávit institucional, además de la construcción de hospitales, áreas de salud y Ebais. 

El señor Loría defendió su posicionamiento en contra de las especulaciones que se han mantenido alrededor de la materia financiera que impulsa el trabajo en la CCSS y que cumple más de setenta años de existencia siendo una institución autónoma y símbolo de la sociedad costarricense. Como bien lo mencionó en su intervención, “Esa manifestación no solamente significa un enorme daño a nivel de riesgo de institución, del riesgo de imagen reputacional, del riesgo operativo, porque los trabajadores se sienten frustrados y, del riesgo a la marca de la Caja Costarricense del Seguro Social”.

Como parte del proceso de respaldo de tales argumentos, Loría compartió estados financieros de la institución (CCSS) 2019-2022 en los que se muestra un superávit del cual la Junta Directiva estaba al tanto y fueron formalmente destinado al portafolio de inversiones, que tiene como objetivo, realizar las respectivas reformas en infraestructura de diferentes centros sanitarios para así dinamizar el servicio de salud. 

Otro aspecto importante discutido por Loría ante la Comisión fue la salud financiera de la misma CCSS, en los datos presentados se evidencia la inexistencia de deudas teniendo un presupuesto “sano y equilibrado” el cual fue aprobado por la Contraloría General de la República. 

Siendo posible posicionarse sobre el argumento central de la discusión “¡La Caja se encuentra lejos de estar en quiebra!”, así lo dijo el señor Loría.

Compartimos la intervención completa de José Luis Loría en la Comisión Legislativa de la CCSS:

 

Compartido con SURCOS por UNDECA.

Guadalupe Urbina en apoyo a la campaña de FRENASS

En apoyo a la defensa de la Caja Costarricense del Seguro Social el Frente Nacional por la Seguridad Social (FRENASS) junto con la cantautora nacional Guadalupe Urbina hacen un llamado a cuidar y defender los bienes comunes de la sociedad.  

Guadalupe recuerda que la CCSS es patrimonio de todos y todas las costarricenses.

En FRENASS se reconoce que el bien más preciado es la salud y que la CCSS ha velado y tutelado con excelencia este Derecho Fundamental. 

FRENASS hace la invitación a esta campaña ¡LA CAJA NO SE VENDE,  LA CAJA SE DEFIENDE!   

#frenass #GraciasalaCCSS #lacajanosevendelacajasedefiende

Frente Nacional por la Seguridad Social emite mensaje para el presidente Chaves

El día 13 de abril de 2023 FRENASS reclama al presidente Chaves que “la deuda del Estado es parte de la bronca que había que comerse”, “Páguenle a la CCSS”.  Exponiendo que “la Caja no se vende, la Caja se defiende”.

Para más información visite el enlace:    https://www.facebook.com/100071130365963/posts/pfbid0DS2fmTp8UufBAwcT8vXy83VmfnSBaKe5sF3xXd4PdFR2qMUDoXnzquw8gtEyyrSQl/?mibextid=cr9u03

Campaña “Gracias a la CCSS” presenta el testimonio de Guillermo Keith Bonilla

FRENASS, por medio del compañero Guillermo Keith Bonilla, fundador del Frente Nacional por la Seguridad Social, nos recuerda que la CCSS es origen de una lucha de décadas del pueblo costarricense, la cual, dio como resultado, un modelo de salud pública único en el mundo.

El compañero Keith también nos recuerda los peligrosos riesgos que se ciernen sobre nuestra querida Institución y al igual que como lo hicieron los héroes de 1856, nos invita a encender y levantar las antorchas para defender con firmeza esta conquista histórica, patrimonio de nuestro pueblo costarricense.

¡LA CAJA NO SE VENDE, LA CAJA SE DEFIENDE!

Para ver el vídeo completo, puede visitar el siguiente enlace: https://www.facebook.com/watch/?extid=CL-UNK-UNK-UNK-IOS_GK0T-GK1C&mibextid=2Rb1fB&v=173880242187804 

Denuncian posibles irregularidades en el pago de pensiones del IVM

El pasado 10 de marzo, el ciudadano Rodrigo Arias López envió una carta de denuncia al órgano de Auditoría Interna de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), dirigida de manera específica al auditor interno, Olger Sánchez Carrillo, para que se investigue si existe incumplimiento de deberes en el pago, retención indebida y violaciones al derecho de las personas pensionadas del IVM.

En la denuncia se destaca que, en el artículo 29 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la CCSS, se indica lo siguiente:

Artículo 29.-El monto de la pensión calculado conforme con los artículos 24 y 25 deberá sujetarse a una cuantía mínima y a un tope máximo, cuya cuantía fijará periódicamente la Junta Directiva.

La cuantía mínima de pensión no podrá ser inferior al 50% del ingreso o salario mínimo de contribución que se establezca conforme al artículo 34 de este Reglamento. Asimismo, el Estado, en su condición subsidiaria, cubrirá el financiamiento de las pensiones mínimas que otorgue el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte en aquellos casos donde la pensión resultante es menor al monto mínimo vigente. Este financiamiento formará parte de la cuota del Estado como tal.

Según Arias, a partir del 1 de enero de este año, la CCSS fijó el monto de base mínima contributiva del IVM en ₡ 306.384. Así, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del Reglamento, ninguna pensión del IVM puede ser inferior al 50 % del monto antes fijado por la Caja, es decir, menor a ₡ 153.192. 

Pese a ello, Arias denuncia que varias personas pensionadas por el IVM, han informado estar percibiendo una pensión mensual de ₡ 142.217, menos de lo establecido en el Reglamento y en la fijación de salario mínimo de contribución hecha por la CCSS para este año.

De acuerdo con cálculos hechos por el denunciante, el monto anual que la CCSS estaría dejando de pagar ascendería a  ₡ 23.031.256.269.

 

Imagen Semanario Universidad.