¿Se acabaría la luna de miel entre «expertos» de OIT y maquillistas de la CCSS? (Parte III)

M.Sc. Rodrigo Arias López
Máster en Matemática Actuarial

En esta parte me refiero con más detalle al maquillaje del desvío de fondos de IVM y de estudios actuariales del seguro de salud, que comuniqué a Román Macaya Hayes cuando “tenía la sartén por el mango” para ordenar la casa; pero dejó que todo siguiera igual o peor https://surcosdigital.com/se-acabaria-la-luna-de-miel-entre-expertos-de-oit-y-maquillistas-de-la-ccss-parte-ii/. Como Macaya nunca contestó mi oficio, envié petición a la Junta Directiva de la CCSS, verla aquí la cual la conoció en el artículo 10 de la sesión No 9072 realizada el 19/12/2019 y acordó remitirla a la Gerencia General y a la Dirección Actuarial para “que investigue lo expuesto, brinde un informe a la Junta Directiva y una propuesta para dar respuesta a esta nota, a más tardar en el mes de febrero de 2020”. Lo dejo aquí. Es decir, al igual que Macaya, la Junta Directiva remitió el asunto al salón de belleza para que terminaran de maquillar a la novia en un plazo de dos meses.

El 4/2/2020 recibí copia del oficio GG-0236-2020 del 3/2/2020 suscrito por el Gerente General Roberto Cervantes Barrantes, quien pidió al director de la sala de belleza “realizar la investigación correspondiente y brindar tanto el informe como la propuesta de respuesta a la Junta Directiva a más tardar el 14 de febrero de 2020”. Lo dejo en este enlace.

Debido a que transcurrieron casi 17 meses sin que el suscrito conociera cómo había quedado la novia, pregunté por ella con oficio RAL-018-2021 de fecha 22 de julio de 2021. Verlo aquí, por lo que me enviaron la respuesta que narro a continuación.

  • La novia estaba lista, bien vestida y toda mona, desde el 6 de marzo de 2020, como consta en el oficio GG-0382-2020 de esa fecha. Verlo aquí.
  • Sin embargo, los nueve directivos no habían tenido la oportunidad de casarse o juntarse con la novia, sino hasta en el artículo 6 de la ceremonia No 9201 celebrada el 24 de agosto de 2021. Ver oficio SJD-1669-2021 aquí. Todos los nueve directivos le dieron el sí a la novia. Ninguno le notó defectos, la novia iba impecable y ninguno estaba interesado en cuestionar tanta hermosura. En todo caso, como llevaba el visto bueno del Gerente General y del director del salón de maquillistas, la novia tenía que ser perfecta para los 9 pretendientes.
  • Las maquillistas encargadas de preparar a la novia fueron las Actuarias Carolina González Gaitán y Evelyn Guzmán Solano, las mismas que realizaron el estudio actuarial del seguro de salud cuestionado no solo por el suscrito, sino hasta por los “expertos” de OIT. Además, quienes presuntamente también recibieron durante muchos años, pagos indebidos de 10 anualidades con el visto bueno del director de la sala de belleza. El Actuario Ronal Cartín Carranza, asesor de Román Macaya y director a.i. del mismo salón, no quiso ponerle la pintura de labios a la novia. Se excusó diciendo “Respetuosamente sugiero que dicho informe sea revisado por el Lic. Luis Guillermo López Vargas, quien como Director Actuarial fue el responsable a cargo de guiar y revisar el citado estudio actuarial”. Recordemos que Gaitán fue ascendida a directora en sustitución de López Vargas, quien ocupó el cargo por más de 10 años a pesar de no tener formación en Ciencias Actuariales; pero muy bueno para los gobiernos de turno y para los nueve directores. Ver oficio DAE-0113-2020 aquí.
  • Por lo tanto, como ya nos tienen acostumbrados con las noticias sobre la Caja, le tocó al director del salón colocarle la pintura labial a la novia. Lo hizo en dos ocasiones, en la primera informó lo siguiente en el oficio DAE-0161-2020 dirigido al Gerente General: “Al respecto, me permito indicar que he revisado el citado informe, mediante el cual en efecto se atienden las cuatro solicitudes planteadas por el Sr. Rodrigo Arias López, en oficio sin número del 16 de diciembre del 2019”. Seguramente el Sr. Cervantes quedó deslumbrado por tanta belleza de la novia que enviarían a los directivos. Pueden verlo aquí.
  • En el acto ceremonial el director de la sala de estilistas le dio el segundo retoque a la novia, pues le tocó presentarla a los nueve pretendientes. Obviamente la principal conclusión sería “refutar el calificativo de “maquillaje””. Como dice el dicho: “ningún panadero dice que su pan es malo”. Ver aquí la presentación realizada por quien niega ser maquillista.
  • En esa presentación están mis cuatro peticiones, las cuales fueron vistas por los nueve directivos y ninguna fue atendida por ese órgano que por ley dirige y fiscaliza la Caja (artículo 14 de Ley 17). El director del salón de maquillistas le mintió al Gerente General cuando le informó que “se atienden las cuatro solicitudes planteadas por el Sr. Rodrigo Arias López”. La novia preparada por las dos funcionarias del salón de belleza se denomina “Informe a la Junta Directiva para la atención del artículo 10° de la sesión No 9072 del 19 de diciembre de 2019” y lo dejo aquí.

En ese informe las maquilladoras comienzan diciendo que “con el presente informe se atiende lo solicitado por la Junta Directiva” y que “se analiza lo expuesto en el oficio del Sr. Arias López, para cada una de las solicitudes planteadas”, lo cual es falso, como se verá; pero es parte del maquillaje. Luego, de entrada, defienden el pan que producen, sin demostración, sino solo porque ellas lo dicen. Es parte de los problemas serios de gestión que tiene la CCSS, donde los mismos que hacen las cosas se auto revisan y cuando la Auditoría Interna los cuestiona no le obedecen. El lector puede ver en ese informe que las mismas maquillistas autoras del estudio actuarial, son las que posteriormente se autoevalúan, determinan que la definición de las hipótesis fue correcta, que no era necesario incluir las reservas pues “no es la práctica en el seguro de salud”, indican que “los proyectos que se encuentran en etapa de ejecución y contratación (escenario base) pueden ser financiados totalmente con las provisiones actuales destinadas para tal fin. Por su parte, que para el financiamiento del total de los 182 proyectos (escenario 4), la suficiencia de las provisiones es la que se muestra en los cuadros 52 y 53 (página 114 de la Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017)” y obviamente que las tarifas eran correctas. Luego justifican el desvío de fondos del seguro IVM citando los oficios DJ-1820-2015 y DJ-0431-2017; pero como parte del maquillaje, ocultaron el oficio DJ-3519-2008 que aporto aquí, escondieron el informe de la Auditoría Interna de la CCSS que dejo aquí y omitieron la resolución No 00197-2018 de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. También a las funcionarias se les olvidó leer el deber de probidad contenido en el artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, que dice así:

Artículo 3º-Deber de probidad. El funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del interés público.  Este deber se manifestará, fundamentalmente, al identificar y atender las necesidades colectivas prioritarias, de manera planificada, regular, eficiente, continua y en condiciones de igualdad para los habitantes de la República; asimismo, al demostrar rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurarse de que las decisiones que adopte en cumplimiento de sus atribuciones se ajustan a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución en la que se desempeña y, finalmente, al administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.

Como parte del riesgo moral y del conflicto de intereses intrínseco en la auto revisión, a las actuarias se les olvidó referirse a mi petición que dice “trasladar esa función actuarial al Departamento Actuarial de la Dirección Actuarial y Económica y ordenar que se realice un nuevo estudio actuarial”.

En cuanto al punto segundo de mi petición, las actuarias dijeron lo siguiente: “En relación con esta petitoria realizada por el Sr. Arias, es importante indicar que la toma de tales decisiones no corresponde a una competencia de la Dirección Actuarial y Económica. Adicionalmente, la toma de tales decisiones se basa en aspectos de índole jurídico, para la cual puede requerirse de un criterio jurídico que pueda contribuir en la toma de decisiones por parte de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social”. Como puede observarse, es parte del maquillaje de la novia, pues al inicio del documento y en el oficio enviado al Gerente General, se afirma que todos mis cuatro requerimientos fueron atendidos.

Lo mismo contestaron las actuarias encargadas de vestir a la novia en relación con mi tercera petición, para la cual dicen: “Al igual que en la pregunta citada anteriormente, esta solicitud del Sr. Arias implica la toma de decisiones que no corresponden a una competencia de la Dirección Actuarial y Económica…

Para mi cuarta petición las profesionales dicen en relación con mi oficio enviado a Román Macaya: “por lo que se presume que ya inicialmente tuvo que haberse remitido dicho oficio a ese Órgano Colegiado”. Omitieron decir que ellas lo tenían porque Macaya se los había enviado para atención prioritaria; pero es parte de los adornos de la novia. De esa forma también se libraron de informar que ellas no podían darle una orden a su jefe el Sr. Macaya, quien también les consentía el pago de las 10 anualidades antes citadas. Obviamente tampoco me entregaron el dictamen jurídico que solicité, sobre el sustento para el desvío de más de ₡900 mil millones anuales de fondos del Seguro IVM, pues no existe.

En resumen, si las dos actuarias no se hubieran prestado para maquillar a la novia, hubieran enviado un oficio a su superior diciéndole que tenían conflictos de interés para elaborar el informe, pues ellas eran las autoras del estudio actuarial cuestionado en el punto primero de mi petición y que mis otras tres peticiones no eran competencia de ellas ni del Área donde ellas laboran, sino de la misma Junta Directiva. Sin embargo; prevaleció el interés por dejar bien coqueta a la novia.

Todo lo anterior lo repliqué ante la Junta Directiva de la Caja en el documento RAL-028-2021, en el cual nuevamente insistí en una respuesta sin maquillajes de mi petición; pero aún sigo a la espera. Lo dejo aquí.

De esta forma, aprendiendo el oficio del maquillaje, los nueve directivos de la Caja omitieron referirse al desvío de fondos que le hacen al seguro IVM, que hoy lo tienen al borde de la quiebra. ¿Lo reportarán los “expertos” de la OIT?