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Etiqueta: derechos humanos

La lucha de los pueblos indígenas

Alberto Salom Echeverría

La colectividad ciudadana de un país no puede aspirar a un desarrollo sostenible y justo, ni puede por tanto vivir feliz, mientras esa nación no cuente con reglas claras de convivencia y, además, todas las personas desde su niñez temprana se eduquen en una cultura de respeto a las diversas minorías étnicas que perviven a lo largo de todo el territorio.

En Costa Rica lo primero, es decir las reglas claras con respecto a los derechos de las minorías, tras mucho trabajo, se han venido por fin estableciendo mediante leyes y decretos en diferentes gobiernos. Aunque todavía falta mucho. Hoy me propongo hacer un recuento, el cual no pretendo que sea exhaustivo, de algunas de estas conquistas consagradas en nuestra legislación relacionadas con los derechos de los pueblos indígenas. Sin embargo, nadie puede pasar por alto que, aun cuando los derechos alcanzados son significativos e importantes, subsiste una resistencia a respetar y aceptar la legislación aprobada, por parte de personas no indígenas que, invaden recurrentemente sus propiedades, agreden y asesinan a los pobladores indígenas, atropellan sus derechos, ante la complaciente connivencia, en muchas ocasiones, de autoridades de policía, jueces y hasta el desdén de funcionarios públicos responsables de garantizar los derechos alcanzados por los pueblos indígenas.

Quiero decir con lo expresado que, desde mi óptica, la cultura de respeto y tolerancia carece de arraigo y por tanto de consistencia entre una gran parte de la ciudadanía costarricense. Si lo afirmado por mí es cierto, como con fundamento en hechos creo que lo es, advierto que ello vulnera como nada la solidez del nuestro sistema democrático. En efecto, desde el punto de vista politológico, no hay verdadera democracia sin una cultura de tolerancia hacia las etnias y poblaciones minoritarias que habitan el territorio, ya sea desde antes de la conquista española o más recientemente.

Hago un inventario pues de lo que tenemos en materia de leyes, convenios y decretos. Costa Rica tiene ya un amplio bagaje de leyes mediante las que se han reconocido los derechos de los pueblos indígenas. El conocido periodista costarricense, Msc. Eduardo Ulibarri, en calidad de Embajador permanente de Costa Rica ante las Naciones Unidas (2010-2014), presentó un informe ante ese honorable “Foro”, en el cual destacó: “…además del Convenio 169 de la OIT, del que somos Estado Parte, [existe] el artículo 76 de la Constitución Política que establece la obligación del Estado de velar por el mantenimiento y cultivo de las lenguas indígenas nacionales y la Ley Indígena de 1977 y su Reglamento que ha procurado hacer efectivos esos derechos. También hemos apoyado la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas desde su desarrollo y adopción.” Y continuó diciendo que: “Existe, además, una importante jurisprudencia en materia de derechos de los pueblos indígenas, especialmente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, en temas tan diversos como el derecho a la tierra y la propiedad comunal, el acceso al agua potable y el derecho a la salud, por ejemplo. Igualmente, la Defensoría de los Habitantes, institución nacional de derechos humanos independiente, ha realizado un importante trabajo en la materia…” (Cfr. Ulibarri B, Eduardo. “Derechos de los Pueblos Indígenas.” Informe ante la Asamblea General de NNUU. 21 de octubre, 2013)

El propio Ulibarri afirma en este artículo que (parafraseo), el marco jurídico que establece derechos y la jurisprudencia que se haya dejado sentada por la Sala Constitucional, devienen insuficientes para proteger los derechos de las comunidades indígenas, mientras no existan políticas y acciones estatales que velen por su cumplimiento efectivo. (Ibid.) Por mi parte he expresado un criterio más exigente aún; puesto que, además de lo anterior, considero crucial que una sociedad avance en su nivel cultural inculcando, desde temprana edad, una formación civilista en la ciudadanía; lo que equivale al desarrollo en todas las personas de valores sólidos de tolerancia y respeto, así como una educación sustentada en el principio de igualdad entre todos los seres humanos, indistintamente de su nivel social, su etnia, sus creencias políticas, religiosas, su género o sus preferencias sexuales. Todos somos iguales en dignidad y poseemos el mismo derecho a tener oportunidades para una buena salud, una educación de primera calidad, obtener empleo y aspirar a un desarrollo con bienestar para toda la sociedad y para cada individuo; lo expresado, equivale al derecho a un desarrollo sostenible y sustentable con la Naturaleza y el medio ambiente, con justicia social, equidad y paz.

Uno de los más importantes requisitos de esa cultura integral civilista, es el imperativo de que cualquier proceso de desarrollo que afecte de una u otra manera la integridad de los territorios de los pueblos indígenas, debe merecer obligatoriamente la consulta con las mismas comunidades indígenas que vayan a resultar afectadas. Algo tan básico, no es sino hasta el 2018 que se estableció por medio de la directriz gubernamental No. 017-MP-MJP, el imperativo de la consulta indígena previa para el sector público, con el fin de comenzar el “Proceso de construcción participativa e intercultural de la Política Pública para los Pueblos Indígenas 2019-2024” (Cfr, Presidencia de la República. “Pueblos Indígenas Participan Activamente en Construcción de su Política Pública.” 15 de octubre del 2021.)

Este mecanismo de validación adquirió plena actualidad, a raíz del Proyecto Hidroeléctrico de Diquís, el cual se desarrollaría en una parte importante del territorio indígena sin haber consultado a esos pobladores, cuyas vidas se han desarrollado ahí desde “siempre”. Fue a raíz del conflicto que se produjo con los pueblos originarios de aquel territorio que, se buscó establecer una fórmula para normar el derecho a la consulta previa. En aquel momento, no existía una reglamentación siquiera para encausar el diálogo social y la consulta previa. No es por mera casualidad que esta reglamentación no existía. Ha prevalecido en la cultura nacional un enorme menosprecio hacia la cultura de las poblaciones indígenas. Tan es así que varias de las 18 etnias que provienen de los pueblos originarios, están a punto de extinguirse: sus lenguas en algunos casos han desaparecido o están casi por desaparecer debido a que, principalmente, a los párvulos el sistema educativo nacional no les ha ofrecido la posibilidad de aprender su lengua vernácula. El Embajador Ulibarri reconoció que fue hasta julio del 2013, que el Ministerio de Educación aprobó una reforma mediante la que se reconoció como lenguas maternas de los pueblos indígenas de Costa Rica, la Cabécar, Bribri, Ngöbe, Buglé, MaleKu, Teribe y Boruca.

Sin embargo, las matanzas e invasiones a los territorios autónomos de los pueblos originarios han continuado por parte de los no indígenas. Todo ello sigue ocurriendo, no obstante que, el país cuenta con la Ley Indígena de 1977, así como con los demás decretos y directrices emitidas más recientemente por diferentes gobiernos para proteger los bienes de los pueblos originarios y sus propias vidas ¿Cuál es la razón que justifique semejante desaguisado? No encuentro otra causa o explicación que no sea la discriminación, el menosprecio, hijo de los prejuicios de la cultura dominante contra las diferentes culturas de pueblos indígenas, a las que sometieron salvajemente para extraerles sus riquezas y pertenencias; primero fueron los colonizadores españoles y posteriormente las diferentes élites políticas y económicas de criollos mestizos que, en lo medular han gobernado Costa Rica desde la Independencia hasta el presente.

También, los pueblos originarios, sus diferentes etnias han sufrido el despojo de sus tierras de forma ininterrumpida durante la colonia, y después durante todo el período de la Independencia hasta el presente. Muchos debieron refugiarse en las montañas de Talamanca, por ejemplo, para no ser objeto de la esclavitud, o ser reducidos a las “mitas” y “encomiendas”, o al “yanaconazgo.” “Mita” era el trabajo de los indios en las minas, la “encomienda” por su parte en la agricultura y ganadería, y el “yanaconazgo” era un sistema de reclusión forzada que se aplicaba a los indios rebeldes. Los habitantes originarios, que hacían gala en muchos casos de un respeto sagrado por la naturaleza y el medio ambiente, fueron obligados a renunciar a sus valores culturales, a su cosmovisión, a sus creencias religiosas, a su idiosincrasia. Como dijera el poeta Arturo Agüero Chaves en su celebre poema: “Nicoya”, muchos fueron muertos por no renegar [de sus dioses y creencias] en las aguas del bautismo del cristianismo.

Toda esta tradición centenaria de maltrato, asesinato y despojo de las tierras ha penetrado en la ideología de muchos blancos invasores, por lo que la lucha de los indígenas no se torna fácil. Todavía se sigue irrespetando la ley indígena No.6172 de 1977, la cual reconoce oficialmente la propiedad y tenencia de los territorios indígenas en el país, basada en los derechos ancestrales de estos pueblos. Estos territorios miden cerca de 350.000 hectáreas, lo que constituye más o menos el 7% del total, estimado en poco más de 5 millones doscientas diez mil hectáreas.

Debo insistir, no es sino hasta muy recientemente que, se empezó a amojonar, es decir, a poner límites en los territorios indígenas, para proteger a los pueblos originarios de las constantes invasiones de grupos no indígenas. Ello ha sido fruto en gran parte, de la misma lucha de los pueblos indígenas, apoyados por la intervención de organismos de Derechos Humanos, nacionales e internacionales, y por los relatores de las Naciones Unidas. Para lograrlo, el gobierno nacional, debió echar mano del INDER, de las mismas organizaciones indígenas, y en ocasiones del Ministerio de Seguridad Pública. En el 2012, se comenzó con el pueblo de Salitre, en Buenos Aires de Puntarenas. Posteriormente, en 2013, se tramitaron decretos encaminados a asegurar los límites del Territorio Indígena de Matambú, la Reserva Indígena Cabécar de Chirripó y seguidamente el Territorio Indígena de Zapatón.

Por otra parte, en el reciente informe de la Administración Alvarado Quesada, el viceministro de la Presidencia, Randall Otárola, rindió cuentas de lo actuado en cuatro años (2018-2022) por esta administración con respecto a los derechos de los pueblos indígenas. Se produjo una alta inversión en conectividad en las distintas poblaciones, coordinando con instituciones como el ICE y FONATEL. También se trabajó en temas de vivienda específicamente para atender las necesidades de estos pueblos. Randall Otárola da cuenta de que se construyeron viviendas respetando la cultura y los derechos identitarios de los indígenas, o sea valorando las formas de convivencia de estas culturas ancestrales. Fue entonces que se emitió la directriz a la que se hizo alusión líneas arriba. Esta hace referencia al mecanismo general de consulta, se fortalece el Plan RTI para la devolución de las tierras que pertenecen a los pueblos originarios usurpadas por los blancos. Hubo apoyo además en la construcción de infraestructura en colegios, liceos y de manera importante en temas de salud. Todo lo cual representó una inversión de más de sesenta mil millones de colones durante los cuatro años. El viceministro insistió en que todos estos planes implicaron la incorporación de las dirigencias de las diferentes etnias indígenas en la elaboración del Plan de Desarrollo para los Pueblos Indígenas.

Para Randall Otárola, el mecanismo de consulta a los pueblos indígenas constituyó una prioridad de la administración y considera que “…la consulta representó un hito en el cumplimiento de los derechos de estos pueblos.” (Cfr. Otárolla, Randall. “Informe de la Presidencia de la República.” 2021-2022. San José, Costa Rica.) La fase de consulta previa implicó un proceso participativo, libre e informado, para facilitar el diálogo intercultural con los pueblos indígenas. Se visitaron 24 territorios para la construcción de Planes de Consulta, de acuerdo con el “Mecanismo General de Consulta Indígena”, aprobado en el 2018. Este proceso dio lugar a la elaboración del borrador y el documento final de la Política Pública para los Pueblos Indígenas 2019-2024. El trabajo para la elaboración del borrador de la Política Pública fue liderado por el mismo Randall Otárola en su calidad de viceministro de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano, según Decreto No. 40.993; contó para cumplimentar la tarea con el apoyo del Ministerio de Planificación y Política Económica (MIDEPLAN), así como con representantes de Naciones Unidas. Todo el proceso se realizó en forma mancomunada con líderes de las poblaciones indígenas y tratando de garantizar los derechos de estas poblaciones, según convenios y tratados internacionales ratificados por Costa Rica; de manera muy especial se ampararon en el Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. (Cfr. presidencia.go.cr “En Kéköldi inicia Histórica Consulta de Política Pública para los Pueblos Indígenas.” 17 de setiembre 2021).

Empero, sin menosprecio a estos esfuerzos recientes, el hostigamiento contra las poblaciones indígenas, sean estos bribris, cabécares, ngöbes o malekus no ha logrado controlarse, con lo que seguimos lamentando muertes y constantes violaciones a los derechos humanos. Este ha sido el caso de Jerhy Rivera, dirigente indígena térraba, quien fuera asesinado en el 2020 de cinco disparos contra su humanidad. En la misma región, el 18 de marzo del 2019, fue víctima de otro crimen el líder indígena Sergio Rojas. Ambos habían sido objeto de constantes amenazas de muerte.

La recientemente fundada Asociación para el desarrollo sostenible y sustentable Madre Tierra, ha incursionado en el territorio maleku de San Rafael de Guatuso, por iniciativa de la profesora Noemy Mejía (de extracción maleku), para unir los esfuerzos en el desarrollo de “ecocomunidades” con la población autóctona. La comunidad decidió iniciar los esfuerzos mediante la reforestación de la cuenca del río que la abastece de agua. En este caso también, invasores blancos invadieron partes del territorio maleku, provocando una gran deforestación arriba de la naciente con lo que acarrearon un grave daño desatando una considerable disminución del agua que consume la comunidad.

Este es el día a día de infortunio y desasosiego que padecen muchas comunidades indígenas en nuestro país. Aunque ha mejorado la actitud de algunas autoridades, la sociedad costarricense en su mayor parte permanece impasible ante las amenazas y delitos contra los derechos humanos y la propiedad de los primeros pobladores de estas tierras, cuyos ancestros estuvieron aquí mucho antes del descubrimiento, la conquista y colonización española.

 

Compartido con SURCOS por el autor.

Recuperaciones territoriales de los pueblos originarios

El pasado 25 de mayo, en el programa Voces y Política, se realizó el conversatorio sobre “Recuperaciones territoriales de los pueblos originarios”. Se contó con la participación de:

  • Elí Ortiz Torres: Consejo Iriria Sat Kök de Yamabï Dí (Cabagra).
  • Heylin Figueroa Calderón.
  • Felipe Figueroa: Concejo Ditsö Iríria Ajkönuk Wákpa de Salitre.
  • Jeison Ríos Ríos: personas recuperadoras de China Kichá. 

Para dar seguimiento a la pasada transmisión puede dar click al siguiente enlace de Facebook LIVE: https://www.facebook.com/radiouniversidadcr/videos/527844458886965/

Kono Jú tres años después

Un 25 de mayo del 2019 un grupo de familias del Pueblo Cabécar de China Kichá al sur de Costa Rica decidió recuperar lo que les pertenece, así inició el proceso de recuperación de Kono Jú, terreno que se encontraba ocupado ilegalmente por Hacienda La China S.A.

Después de una injusta orden de desalojo, medida que ya no existe, la posesión del terreno se encuentra bajo un proceso judicial, en el cual las y los recuperadores solicitamos la resolución por el fondo del asunto y se nos reconozca como legítimos poseedores y dueños de esta tierra.

Aquel potrero deforestado y maltratado por la ganadería extensiva, negocio en tierra ajena; hoy día se regenera ambientalmente, produce alimentos sanos, apoya la economía familiar y local y permite la reproducción de la cultura Cabécar.

Fue la primera recuperación después del asesinato de Sergio Rojas Ortiz Uniwak, hoy sus semillas florecen en Kono Jú.

¡Justicia para Sergio, Jerhy y los Pueblos Originarios!

Compartido con Surcos por Coordinadora de Lucha Sur Sur-CLSS.

Foro «Agresiones en las recuperaciones y respuestas de los Pueblos Originarios»

El día 25 de mayo de 2022, se llevó a cabo el Foro «Agresiones en las recuperaciones y respuestas de los Pueblos Originarios», organizado por el Programa Kioscos Socio-ambientales de la UCR, en el que se discutió sobre las acciones violentas en contra de los grupos de personas recuperadoras de los Pueblos Originarios y como ha sido el proceso a lo largo de los últimos años.

Le invitamos a ver la transmisión completa en el siguiente enlace: https://www.facebook.com/socioambientalesucr.kioscos/videos/517912453214763/ 

29 de mayo: Día Nacional de la Persona con Discapacidad

Dr. Federico Montero Mejía

Cuando en los Estados Unidos, la ejemplar y larga lucha por los Derechos Civiles que implicó grandes sacrificios, persecución, mucho dolor y pérdida de vidas irreparables como la de Martin Luther King alcanzó sus objetivos inmediatos; otra importante minoría conformada por las personas con discapacidad seguía sometida a la misma discriminación y segregación, tanto en ese país como en el resto del mundo.

Las personas con discapacidad, inspiradas por el modelo y las estrategias de reivindicación utilizadas por la población negra, desarrollaron e implementaron con ejemplar fortaleza y compromiso su propio movimiento en contra de esa situación de menosprecio, que limitaba aún más sus posibilidades de integración y participación como seres humanos y ciudadanos con plenos derechos. También las luchas de las personas con discapacidad por liberarse de la segregación y la discriminación a las que estaban sometidas, exigió grandes sacrificios y esfuerzos. Pero entre muchas otras cosas, los éxitos alcanzados pusieron en evidencia que las limitaciones físicas o de cualquier otro origen y severidad, nunca representan una barrera para alcanzar reivindicaciones, sociales, políticas y económicas, y tampoco para el disfrute de los inherentes derechos, o para el desarrollo personal. Las barreras, de toda índole, las impone la sociedad y no la discapacidad (Modelo Social vs Modelo Médico).

El movimiento iniciado por las personas con discapacidad en los Estados Unidos culminó con el desarrollo de normas tangibles tales como Ley de los Americanos con Discapacidad (ADA, por sus siglas en inglés), aprobada por el Congreso en 1992. La ADA “es una ley de derechos civiles que prohíbe la discriminación en contra de los individuos con discapacidad en todas las áreas de la vida abiertos al público en general, tanto en lugares privados como públicos”. Este movimiento y sus logros se convirtieron en un modelo que rápidamente fue replicado por las personas con discapacidad en otros países del mundo. Casi al mismo tiempo, y después del Decenio de las Personas con Discapacidad (NNUU-1983-1992), la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó un documento conocido como las “Normas Uniformes para la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad” (NNUU. 1993-Resol. 37/53), que, a pesar de no ser vinculante para los Estados Miembros, fue un importantísimo incentivo que impulsó y estimuló aún más, el fortalecimiento de las luchas por la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en todo el mundo.

Señalo estos hechos, porque considero que resultan determinantes para entender, que los éxitos han sido el producto no de la buena voluntad o la comprensión de los políticos acerca de la realidad de esta población, sino del modelo recogido y aplicado por las organizaciones de personas con discapacidad de todo el mundo, que con sacrificios, pero efectivas acciones de incidencia política, obligaron a la población en general y a los responsables del diseño e implementación de política pública, a modificar actitudes y establecer normas de respeto a los derechos humanos. Más, o menos exitosos han sido los movimientos de personas con discapacidad en los diferentes países. La medida del éxito ha estado determinada en gran parte por las circunstancias vividas a lo largo de su historia por la gran mayoría las personas que conforman este sector, caracterizadas por la pobreza, la falta de acceso a la educación, al trabajo, al transporte, a la vivienda digna, etc., factores prevalentes y siempre palpables en nuestra tan desigual América Latina, que perpetúan y exacerban la condición de segregación y la estrecha relación: Pobreza = Discapacidad = Más pobreza. Más del 80% de las personas con discapacidad en el mundo, son pobres y viven en países de ingreso bajo y medio. Esta realidad ha determinado las dificultades que contribuyen a lentificar el desarrollo de un movimiento fuerte e influyente de organizaciones de personas con discapacidad, tales como los que sí han desarrollado las mujeres o los grupos LGBTI. Pero incluso estos dos sectores en mención, con frecuencia olvidan que también están compuestos por personas con discapacidad.

En nuestro país, las acciones llevadas a cabo por las personas con discapacidad tuvieron un importante efecto, que condujo a la promulgación de lo que hoy es la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (Ley No. 7600). Pero esta Ley no llegó de la nada o por la buena voluntad o el compromiso incondicional e iniciativa de los legisladores que la aprobaron. Fue el resultado de muchas batallas que en nuestro país llevaron a cabo las organizaciones de personas con discapacidad existentes en aquellos años. Las diferentes acciones y manifestaciones públicas llevadas a cabo por esas organizaciones durante años previos, motivó al entonces Presidente electo a tomar la decisión de incluir en su equipo a un asesor en materia de discapacidad, quien impulsó y facilitó la conformación en el Congreso de la República, de una Comisión Especial Mixta que se avocó a la redacción de la Ley, la cual fue finalmente aprobada en el Congreso como Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (#7600), el 29 de mayo de 1996.

Como parte de los avances en materia de normativa legal, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó en el año 2007 la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, promulgada en nuestro país mediante la ley 8661, del 29 de setiembre del 2008.

Por iniciativa el entonces diputado Alberto Salom, y tomando en cuenta que ese mismo día del año 1996, se había aprobado la Ley 7600, la Asamblea Legislativa declaró el 29 de mayo como el Día Nacional de la Persona con Discapacidad (Ley N° 8671), vigente desde el 28 de enero del 2009.

Contamos por lo tanto en nuestro país con normativa sólida que permite promover y defender los derechos de las personas con discapacidad, y que sin duda ha facilitado cambios tangibles pero aun bastante limitados en cuanto a la verdadera inclusión social, la participación plena o al ejercicio de todos los derechos por parte de muchas personas con discapacidad. Hacen falta mayores esfuerzos para desarrollar estrategias que faciliten la consolidación de un movimiento de personas con discapacidad fuerte e influyente. Queda además mucho camino por recorrer para alcanzar una clara y sincera toma de conciencia por parte de quienes construyen política pública, para que se garantice el real cumplimiento de dicha Ley y se impidan acciones tan dañinas, como lo fue por ejemplo durante la pandemia, el cierre del Centro Nacional de Rehabilitación y de otros servicios de esta especialidad en muchos hospitales. Esta decisión ocasionó a la población con discapacidad de Costa Rica, un grave e irreparable daño aun no cuantificado.

El Informe Mundial sobre Discapacidad (OMS-Banco Mundial 2010), refleja que como lo mencionamos, aún existe una preocupante realidad, porque se continúa tolerando la discriminación, la segregación y la restricción al disfrute de los más elementales derechos humanos a este sector de la población: “En todo el mundo, las personas con discapacidad tienen peores resultados sanitarios, peores resultados académicos, una menor participación económica y unas tasas de pobreza más altas que las personas sin discapacidad. En parte, ello es consecuencia de los obstáculos que entorpecen el acceso de las personas con discapacidad a servicios que muchos de nosotros consideramos obvios, en particular la salud, la educación, el empleo, el transparente, o la información. Esas dificultades se exacerban en las comunidades menos favorecidas” (Informe Mundial sobre Discapacidad -OMS-).

El Reporte Mundial sobre Productos de Asistencia (OMS-UNICEF. Mayo 2022) nos señala que “Mil millones de personas necesitan productos de asistencia hoy y más de 2 mil millones alrededor del mundo se espera que requieran al menos un producto de asistencia para el 2030. Mientras cualquiera necesite un producto de asistencia en algún momento de su vida, estos son más frecuentemente requeridos por niños y adultos con discapacidad, adultos mayores y personas con condiciones de salud crónicas tales como diabetes y demencia” … “Al día de hoy, solo una de cada 10 personas que requieren productos de asistencia, tienen acceso a los mismos”.

ENLACES:

Programa Voces y Política. Recuperaciones territoriales de los pueblos originarios

Este miércoles 25 de mayo de 2022 el programa Voces y Política Radio Universidad 96.7 FM abordó el tema “Recuperaciones territoriales de los pueblos originarios”, con la participación de Elí Ortiz Torres del Consejo Iriria  Sat Kök deYamabï Dí (Cabagra); Heylin Figueroa Calderón del Concejo Ditsö Iríria Ajkönuk Wákpa de Salitre; Felipe Vargas y Jeison Ríos Ríos, personas recuperadoras de China Kichá.

Las comunidades indígenas han resistido desde hace siglos en luchas por sus territorios ancestrales. Los pueblos originarios pasaron de tener un 100% del territorio, a tener reconocidos por ley un 6.4% del territorio nacional actual. En los 90s iniciaron las luchas por la autonomía de los pueblos indígenas, que años después desembocaron en procesos de recuperación territorial al norte y sur de Costa Rica. Sin embargo, la usurpación continua; siguen robando tierras a indígenas propietarios legalmente.

Por décadas, la inacción, la omisión y la impunidad han marcado la relación del Estado con los pueblos indígenas. La mayor evidencia es el incumplimiento de la ley indígena en temas de tierra, sobre todo en saneamiento territorial. Dos asesinatos, 17 líderes y lideresas amenazados de muerte, más de 86 incidentes de violencia solamente en 2020 evidencian la amenaza que enfrentan estos pueblos.

Esto causó que en 2015 (con reiteración en 2016) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le ordenara al gobierno tomar medidas especiales para proteger de la violencia y las amenazas de ocupantes ilegales a los indígenas. Lamentablemente, este proceso se caracteriza por una impunidad histórica.

Los invitados de los pueblos originarios relatan cómo eran sus territorios antes de la recuperación y platican sobre su identidad y vínculo con sus tierras pese a los diferentes conflictos. Además, señalan la dificultad de todas las recuperaciones de territorio, la escasa información y el poco apoyo con el que cuentan los pueblos indígenas.

La recuperación de los territorios también conlleva un desarrollo en otras áreas relevantes del buen vivir, como temas sociales, de educación, y de salud. Cabe destacar que contar con sus tierras les ha permitido retomar tradiciones propias, preparación en labores únicas dentro de la cultura (por ejemplo, cantores), y enseñanza de su herencia indígena a los niños de la comunidad. No hay que olvidar que no solamente se trata de recuperación de tierra, sino recuperación de su identidad y cultura indígena.

El relato del recorrido de estas poblaciones a través de la voz de sus propios protagonistas caracterizó el programa de radio.

Puede ver la transmisión completa del programa en https://www.facebook.com/vocesypoliticaucr/videos/1418998398514173

Naciones Unidas de Costa Rica en su visita a China Kichá

@UNCOSTARICA visitó ayer el territorio indígena de China Kichá para recabar información sobre los hechos suscitados recientemente y apoyar las posibles soluciones que permitan la protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas en Costa Rica.

A propósito del Día Nacional de las Personas con discapacidad: Obras son amores y no buenas razones

Heidy Murillo Calvo, regidora del Frente Amplio, cantón de Barva

El 29 de mayo se conmemora el Día Nacional de la Persona con Discapacidad, de acuerdo con lo que establece la Ley Nº 8671 de 16 de octubre de 2008. Se trata de una fecha propicia para la reflexión y el análisis acerca de la situación de este sector poblacional y del grado de cumplimiento de las normas –nacionales e internacionales—vigentes en Costa Rica en materia de derechos humanos, particularmente en los campos de la inclusión social y la accesibilidad general.

En arreglo a los importantes datos generados por la Encuesta Nacional sobre Discapacidad (ENADIS 2018), desarrollada por el INEC y el CONAPDIS, en el país la población adulta con discapacidad abarca el 18,2 % de la población total. Es decir, la nada despreciable suma de alrededor de 900 mil personas. Valga decir que, con el envejecimiento de la población y otros factores, es muy probable que este porcentaje mantenga una perspectiva de crecimiento de cara al futuro.

Ahora bien, la pregunta a formular es: ¿Cuál es la situación real y concreta de este numeroso grupo de habitantes de Costa Rica? Según los datos de esa encuesta (previa a la pandemia de la Covid-19), la situación no era buena en acceso a la salud, a la educación, al empleo y a las actividades recreativas. Siempre las personas con discapacidad aparecen escalones más bajo con respecto a la población general. Es muy probable que esta situación haya empeorado como consecuencia de la pandemia.

A partir de lo que expresan diversos informes, la población con discapacidad se encuentra entre las más excluidas socialmente y es severamente afectada por condiciones de pobreza; atrapada en un círculo vicioso en el cual la discapacidad genera pobreza y la pobreza produce discapacidad.

Es importante destacar que el país ha avanzado en la adopción de distintas normativas jurídicas que reconocen los derechos de las personas con discapacidad; entre las que se destacan la Ley Nº 7600 (promulgada precisamente el 29 de mayo de 1996) y la Ley Nº 8661, mediante la cual, en 2008, se ratificó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Sin embargo, al valorar la situación del sector es inevitable concluir que hay un enorme desfase entre lo que dicen éstas y otras normas, y su aplicación efectiva.

Algo que he podido observar es que cuando se habla de Estado y las normas que deben cumplirse en materia de derechos humanos, se piensa más en las instituciones públicas del ámbito nacional y menos en las obligaciones que se deben implementar desde los gobiernos locales.

Por supuesto que es muy importante lo que hagan o dejen de hacer los poderes centrales de la República cuando se trata de derechos de las personas con discapacidad. Sin embargo, quizás todavía son más decisivas, las políticas y acciones que las municipalidades realicen en favor de la accesibilidad e inclusión social de este sector, especialmente, de las personas con discapacidad más pobres.

Tomando en cuenta que las personas tenemos nuestros domicilios en los cantones, en sus comunidades y entonces, si desde el gobierno local se emprenden acciones que mejoren la accesibilidad del cantón, tanto en aspectos sociales (apoyo en educación inclusiva, empleo, salud, recreación, deporte) como en accesibilidad física, informativa y comunicacional, las personas con discapacidad podrán progresar más y tener con ello, mejores condiciones de vida.

En los últimos años el Código Municipal ha sufrido diferentes reformas y en su gran mayoría apuntan en la dirección correcta. Algunas de ellas están dirigidas en fortalecer la Comisión Municipal de Accesibilidad y Discapacidad (COMAD), estando la conformación de dicha comisión permanente establecida y regulada en los artículos 13, inciso h) y 49 de la citada normativa.

La COMAD es una comisión que debe velar, vigilar, promover y proponer -entre otras cosas- la política municipal de accesibilidad; que en los presupuestos municipales se incluyan metas y contenido presupuestario para el cumplimiento de la Ley Nº 7600: que se incluya el eje de accesibilidad en la liquidación y en los informes periódicos a la Contraloría General de la República; que se incluya en el sistema de control interno y valoración de riesgo el cumplimiento de las responsabilidades que la citada ley le asigna a las municipalidades; que se formulen diagnósticos de accesibilidad sobre las necesidades de las personas con discapacidad del cantón y que toda decisión sea consultada a las organizaciones de las personas con discapacidad, para que mejoren sus condiciones de vida.

En función de tal propósito, los concejos municipales están facultados para nombrar a las personas miembros de la COMAD que funcionará al amparo del Código Municipal y del reglamento que deberá dictarle el órgano colegiado, ante el cual la comisión deberá rendir cuentas; además de asegurar las condiciones para su mejor y más eficaz y eficiente funcionamiento para promover un desarrollo local participativo e inclusivo, que contemple la diversidad de las necesidades e intereses de la población. Así que su conformación constituye una decisión política relevante.

Por todo lo anterior, es necesario reconocer la importancia para las personas con discapacidad que los cantones, sean inclusivos y accesibles, en todos los aspectos de la vida. A partir de la idea de que el país es el marco general, pero el encuadre cotidiano es el cantón, sus distritos y sus comunidades. Así que si bien es importante que el Estado –central– desarrolle políticas públicas inclusivas que favorezcan a las personas con discapacidad, es crucial lo que haga cada municipalidad.

Igualmente, es necesario que las municipalidades conozcan la situación de los habitantes con discapacidad, empezando por su número. También es importante que conozcan a las organizaciones y personas con discapacidad activas en la lucha por sus derechos, radicadas en el cantón. Asimismo, es de valor que estas organizaciones de la sociedad civil cuenten con un dominio solvente acerca de la normativa que rige a las municipalidades en derechos de las personas con discapacidad así como otras normas propias del ámbito municipal.

Por último, es imprescindible que las municipalidades elaboren políticas públicas en materia de discapacidad, incluyendo en forma clara, los derechos humanos de las personas con este tipo de condición y que fortalezcan a las COMAD para que éstas lideren su ejecución. Ese sería el mejor homenaje a las personas con discapacidad, en su día.

Comunicado ante los acontecimientos recientes en el territorio indígena China Kichá

El pueblo indígena de China Kichá vive una constante agresión. Es lamentable e indignante ver los maltratos y agresiones físicas y psicológicas que sufren los y las hermanas cabécares. En el verano sus tierras fueron incendiadas, tierras cultivadas que habían iniciado un proceso de recuperación, no solo en la posesión de la tierra, sino también recuperando diversidad biológica, con variedad de plantas para alimentos y otros usos, árboles, habían iniciado un proceso de rehabilitación del suelo, reconstitución de equilibrio con los diversos seres de la Naturaleza. Estos incendios son una brutal manifestación de violencia racista contra el pueblo de China Kichá y contra todo el sagrado trabajo realizado por las mujeres y sus familias.

El Estado costarricense, sus instituciones racistas y los distintos gobiernos de turno, siguen órdenes de grupos de poder económico, cuando deberían cumplir las leyes y convenios internacionales firmados y ratificados, que parecen ser solo fachada internacional. 

En una Costa Rica que se dice pacífica y respetuosa de los Derechos Humanos, de los Derechos Ambientales y Declarada Pluricultural, no se debe permitir tanta violencia. Aquí siguen impunes los agresores, los asesinos de Sergio Rojas y Yhery Rivera, incitando a más violencia de los finqueros y de sus peones serviles, contra la población indígena que reivindica su tierra ancestral. 

Sabemos que el derecho internacional (Convenio 169 de la OIT) y la ley nacional (Ley Indígena de Costa Rica” (Nº 6172), respaldan la lucha de los pueblos indígenas por sus territorios. Sin embargo, el pueblo de China Kichá vive una gran injusticia, por defender su derecho a la tierra. Son violentados los derechos humanos de estos pueblos indígenas porque están defendiéndose del genocidio del Estado. Se supone que estamos en un «estado de derechos», pero a la población indígena se le han negado esos derechos, a tal punto de casi desaparecer al pueblo y su territorio. Es triste ver que nuestros niños y niñas crezcan viendo tanta violencia y no puedan vivir feliz y seguros en el territorio que les pertenece. 

La violencia se expresa de muchas formas hacia los pueblos que defienden su derecho a la tierra. Aunque existe un puesto policial en China Kichá, la familia usurpadora Rivera Hernández hostiga y agrede a diferentes compañeros y compañeras indígenas, han causado heridas y ha habido intentos de asesinato. Se supone que los policías están para dar protección, pero solamente protegen a los violentos usurpadores y dejan que mujeres, ancianos y niños sean expuestos a las agresiones y los mismos policías llegan a agredir, como sucedió cuando les rociaron gases lacrimógenos a población pacífica e indefensa. 

Como mujeres del campo organizadas, exigimos que los policías cumplan su trabajo, y que sean sancionados por actuar como espectadores y cómplices de las agresiones. Exigimos que el Ministerio de Seguridad garantice y cumpla la ley deteniendo y abriendo procesos para castigar a los agresores. Ya no más impunidad. 

Los finqueros matones agreden en lugares públicos como calles y plazas. Con piedras han herido a nuestros hermanos y hermanas de China Kichá. En las comunidades nos preguntamos: ¿Por qué la policía no actúa contra los agresores y no son detenidos? La semana pasada arremetieron con piedras contra la casa de una adulta mayor; causaron daños a la casa, además de romper el mobiliario del salón comunal en un acto de matonismo, que se alimenta con la impunidad. Cuando la población indígena pide ayuda al puesto policial, la policía llega, agrede y detiene a las personas que habían sido agredidas por los finqueros. Esto ya ha sucedido en dos ocasiones. 

Los y las compañeras indígenas han ido a denunciar a la Fiscalía las agresiones y amenazas de muerte, pero eso no sirve de nada, los procesos de investigación no se abren. 

Nos preguntamos y preguntamos a la población en general: ¿Por qué la justicia no llega para proteger a los pueblos indígenas? 

Como Red de Mujeres Rurales queremos que se detenga esta violencia y se castigue a estos violentos. Esta historia de racismo e impunidad se repite en los territorios Salitre, Térraba, Cabagra y China Kichá. 

También queremos comunicar que sentimos orgullo por las familias y los pueblos que defienden su derecho a la tierra, a su cultura e identidad. Nos solidarizamos con sus luchas.

¡BASTA YA DE IMPUNIDAD!

¡JUSTICIA ANTE LAS AGRESIONES Y ASESINATOS DE DIRIGENTES INDÍGENAS!

¡PROTECCIÓN REAL DE LAS MUJERES Y LAS FAMILIAS INDÍGENAS!

¡PROHIBICION DE ENTRADA DE LOS FINQUEROS A LOS TERRITORIOS INDÍGENAS!

23 DE MAYO 2022

Red de Mujeres Rurales de Costa Rica

Asociación Tinamaste

La objeción de conciencia o del derecho a limitar derechos: un llamado de atención

Andrey Pineda Sancho

La objeción de conciencia usualmente es entendida como el derecho que asiste a una persona de sustraerse a cumplir con el deber estipulado por una norma jurídica que resulte incompatible con sus más íntimas convicciones éticas, religiosas, o culturales. Se trata de una extensión, o aplicación específica, de derechos humanos como las libertades de conciencia y religión, y persigue proteger a las personas de situaciones que puedan dañar de forma irreparable su identidad moral y su dignidad humana. En este sentido, se convierte en un principio especialmente útil para tutelar y fomentar la diversidad de posicionamientos ético-axiológicos que caracteriza a las sociedades modernas, y en una salvaguarda individual ante los abusos que pueden llegar a cometer, en nombre de la ley, las mayorías (morales, culturales, poblacionales, legislativas, etc.) en un país y momento dados.

Si bien los usos del principio varían de país en país, según las legislaciones nacionales, suele entenderse que este reviste un carácter individual, no institucional ni colectivo, y que su práctica es de tipo excepcional, lo cual quiere decir, entre otras cosas, que su invocación no debe convertirse en una práctica de uso generalizado ni mucho menos en una vía para impugnar la legitimidad de las normas objetadas o para impulsar cambios en ellas. La persona objetara puede invocar motivos de conciencia para evadir el cumplimiento de una ley, pero no debe tomar dicha prerrogativa como una excusa para emprender una lucha política en contra de la norma legal o del sistema en el que ésta se sustenta.

Por lo expuesto hasta aquí es que resulta tan llamativo el uso que los sectores conservadores de toda América Latina le están dando a la objeción de conciencia. Esta ha empezado a ser utilizada no ya como un derecho individual, excepcional y pasivo, sino más bien como una estrategia activa y coordinada para contrarrestar la eficacia de las leyes que han ampliado los derechos sexuales y reproductivos de la ciudanía (educación sexual humanista; matrimonio igualitario, despenalización del aborto) y para socavar la legitimidad de las decisiones legislativas y judiciales que permitieron su incorporación a los ordenamientos jurídicos en primera instancia. Allí en donde no tuvieron el peso político suficiente para evitar la sanción de ese tipo de leyes, los sectores conservadores, que siempre han procurado presentarse como los legítimos representantes del sentir mayoritario de las poblaciones, han corrido a refugiarse en derechos históricamente habilitados para la protección de minorías.

En Costa Rica tal estrategia se puso en marcha de forma paralela al reconocimiento del matrimonio igualitario y se ha concretado ya a través de un artículo de ley que les permite a las personas funcionarias públicas alegar motivos de conciencia para no recibir programas de capacitación en materias relacionadas con la igualdad de género y los Derechos Humanos, y de un fallo de la Sala Constitucional que avaló el uso de la objeción de conciencia para servidores judiciales que atienden gestiones asociadas al reconocimiento jurídico de las uniones (de hecho o matrimoniales) entre personas del mismo sexo. Asimismo, se tramitan tres proyectos de ley en la Asamblea Legislativa que pretenden hacer de este principio un recurso de uso corriente para todas las personas habitantes del país.

El peligro que entraña la politización de la objeción de conciencia reside, precisamente, en la posibilidad de que ésta se utilice no como un escudo de protección ante leyes lesivas de las propias convicciones, sino como un arma para obstaculizar el acceso a derechos ya incluidos en el ordenamiento jurídico-institucional. Entendido y practicado de esa forma, el principio quedaría vaciado de su condición de derecho y pasaría a ser un instrumento al servicio de la discriminación. Es importante que como sociedad podemos vislumbrar y debatir esta posibilidad, y que el Estado, y las instancias operadoras de justicia, tomen las previsiones para evitar que un derecho se utilice para lacerar otros tantos.

 

Tomado de: https://cicde.uned.ac.cr/blog/90-la-objecion-de-conciencia-o-del-derecho-a-limitar-derechos-un-llamado-de-atencion