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Etiqueta: derechos humanos

Al cumplirse dos años de la apertura a la firma del Acuerdo de Escazú en Naciones Unidas

Asociación Americana de Juristas – Rama Costarricense

El Acuerdo de Escazú de Naciones Unidas, adoptado en Costa Rica en 2018, tiene el valor de un hito en materia internacional, al constituirse como el primer instrumento vinculante para América Latina y el Caribe en garantizar, desde la perspectiva de los derechos humanos, el derecho al acceso a la justicia, a la participación pública y a la información en materia ambiental. Su base se remonta a la Declaración de Río de 1992 que consagra, en su Principio 10, el derecho de participación del público en materia ambiental; así como al acuerdo europeo sobre participación (Convenio de Aarhus de 1998). El Acuerdo de Escazú viene a consolidar el derecho de todas las personas a ser actores esenciales en la toma de decisiones en materia ambiental y a reafirmar el papel del Estado en la protección de las personas que defienden el ambiente.

Al haberse cumplido el 26 de setiembre del 2020, dos años desde que se procedió a la apertura de firma del Acuerdo de Escazú en Naciones Unidas, la Rama Costarricense de la Asociación Americana de Juristas (AAJ) considera de suma importancia:

  1. Expresar su profunda satisfacción por haber anunciado oficialmente Argentina el pasado 24 de setiembre la finalización del proceso de aprobación de dicho acuerdo regional suscrito en Costa Rica. Argentina se convierte en el décimo país es ratificar el Acuerdo de Escazú, viniendo a confortar a los nueve Estados que la antecedieron en el depósito del instrumento de ratificación en Naciones Unidas, a saber: Antigua y Barbuda, Bolivia, Guyana, Nicaragua, Panamá, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, así como Uruguay.
  2. Hacer ver que el Acuerdo de Escazú es resultado de un amplio e inclusivo proceso de elaboración, del que cualquier agrupación civil interesada tuvo posibilidad de participar activamente (https://www.cepal.org/es/acuerdodeescazu/mecanismo-publico-regional), por lo que, desde su misma concepción es fiel reflejo del principio democrático que tanto distingue a nuestro País, junto con el respeto por el medio ambiente y los derechos humanos, también inherentes a dicho Acuerdo. Si Costa Rica retoma su liderazgo en derechos humanos y ambientales, tiene la oportunidad de ser el undécimo en ratificarlo, para que ya entre en vigor.
  3. Deplorar profundamente que el Poder Ejecutivo de Chile, promotor con Costa Rica de este valioso instrumento en favor del ambiente y de los derechos humanos durante las negociaciones de dicho instrumento (2014-2018) haya desistido inopinadamente de su buen esfuerzo inicial, separándose del resto de América Latina y el Caribe al negarse a firmar este tratado, con base en una serie de argumentos sin sustento jurídico ni ambiental y, por ende, desprovistos de veracidad. La primera señal de ello la había externado Chile en setiembre del 2018 en Nueva York, al no enviar ningún delegado a la ceremonia oficial de apertura de firma, celebrada durante la Asamblea General de Naciones Unidas.
  4. Lamentar profundamente que la Sala Constitucional de Costa Rica haya ordenado el pasado 22 de setiembre a la Asamblea Legislativa retrotraer el procedimiento de aprobación a su punto inicial, en razón, según la Sala Constitucional, de la falta de consulta al Poder Judicial sobre la supuesta afectación a su potestad de organización que significa la implementación del Acuerdo de Escazú. Sobre este último punto resulta a todas luces sorprendente que de los 10 Estados que ya han ratificado este instrumento, ninguno planteara que el Acuerdo de Escazú implique alguna carga adicional para el sistema de administración de justicia, como infundadamente lo argumenta la Corte Plena, cuya rebuscada ‘parsimonia’ contrasta significativamente con la posición del resto de los Países.
  5. Reafirmar, al contrario de lo sostenido en una cuestionable decisión tomada en en el voto 2017001163 de febrero de 2017 por mismo juez constitucional costarricense (y que constituye una total regresión con relación a su jurisprudencia anterior); que el principio de participación del público en asuntos ambientales sí es un derecho humano, porque en primer lugar, (aunque el dicho juez constitucional lo ignore intencionadamente) el artículo 9 de la Constitución define al Estado costarricense como una República participativa; y en segundo lugar, porque así lo ha establecido expresamente la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el párrafo 242 de su Opinión Consultiva OC-23, dada a conocer en el 2018 (véase texto completo) donde precisa que: » Los Estados tienen la obligación de garantizar el derecho a la participación pública de las personas bajo su jurisdicción, consagrado en el artículo 23.1.a de la Convención Americana, en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente, de conformidad con los párrafos 226 a 232 de esta Opinión«.
  6. Denunciar de manera vehemente la campaña de desinformación orquestada desde algunos círculos empresariales, con el apoyo de influyentes sectores gremiales y medios de prensa (a la que se prestaron algunos juristas) que se ha desatado en contra del contenido del Acuerdo de Escazú, en particular en Chile, Colombia, Paraguay y Perú, bajo argumentos sin sustento, totalmente ajenos a la letra y al espíritu del Acuerdo de Escazú.
  7. Reiterar que el resguardo del derecho a la participación ciudadana, al acceso a la información y a la justicia ambiental constituyen los pilares fundamentales del Acuerdo de Escazú en pro de afianzar mecanismos de democracia ambiental en nuestros respectivos ordenamientos jurídicos, así como la protección que debe urgentemente extenderse a quienes defienden el ambiente, en muchos casos desde sus pequeñas comunidades rurales.
  8. Recomendar a los Estados que aún no lo han hecho, que firmen y ratifiquen el Acuerdo de Escazú, para lograr su pronta entrada en vigor, la cual requiere el depósito del instrumento de ratificación número once, según reza el artículo 21 del mismo.
  9. Felicitar a las distintas organizaciones no gubernamentales y a los sectores académicos y gremiales por su entrañable esfuerzo en favor de la pronta ratificación del Acuerdo de Escazú, teniendo presente que el fin primordial del mismo es consolidar una verdadera democracia ambiental en nuestra Región.
  10. Solicitar a la Asamblea Legislativa de Costa Rica que ratifique lo antes posible el Acuerdo de Escazú. Solicitar a la Sala Constitucional que reconozca el valor de este instrumento de derechos humanos ambientales y el aporte que brinda para consolidar la estructura jurídica en la región y específicamente en Costa Rica.

Perú: asesinan de dos balazos a defensor ambiental en Madre de Dios

Por Vanessa Romo, Yvette Sierra Praeli en 13 septiembre 2020

  • Roberto Carlos Pacheco Villanueva, hijo del conocido ambientalista Demetrio Pacheco, fue asesinado en su concesión forestal presuntamente por invasores de terrenos relacionados a la minería ilegal.
  • Él y su padre habían sido amenazados en varias oportunidades desde el año 2012, cuando se inició la invasión de sus territorios

Las amenazas se cumplieron. Roberto Carlos Pacheco Villanueva, hijo del conocido ambientalista Demetrio Pacheco, fue asesinado ayer cuando salió a recorrer su concesión forestal ubicada en la margen derecha de la carretera Interoceánica, en Madre de Dios.

El cuerpo de Roberto Carlos fue encontrado por su padre Demetrio el viernes 11 de setiembre en medio de una trocha que conducía a un terreno agrícola de la comunidad de San Juan, predio colindante con la concesión de Pacheco. Dos balas, una en la cabeza y otra en la cadera terminaron con la vida de Pacheco Villanueva, quien, en más de una oportunidad, junto con su padre, había denunciado ser víctima de amenazas de muerte por parte de invasores ilegales que ingresaban a su propiedad.

Roberto Carlos Pacheco Villanueva. Foto: Archivo personal Demetrio Pacheco.

Un día antes de su asesinato, Roberto Carlos salió como de costumbre a recorrer su concesión pero esta vez no regresó a casa. Preocupados por su desaparición, dos de las personas que trabajaban con él y su padre salieron en buscarlo. Lamentablemente lo encontraron muerto.

De acuerdo con información policial, el cuerpo fue ubicado en una trocha de acceso a un predio agrícola ubicada a la altura del kilómetro 356 de la carretera Interoceánica Urcos-Iñapari, a unos dos kilómetros de distancia de esta vía principal. Muy cerca encontraron un vehículo color naranja, sin placa de rodaje y sin número de chasis. La fiscal Miriam Huillca Huamán, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tambopata, llegó hasta la escena del crimen.

Una historia de amenazas

“Aquí estás perdiendo tu tiempo, tú eres el que tienes que desaparecer de aquí”, fue la última amenaza que recibió Roberto Carlos Pacheco en abril de este año. Su padre la recuerda muy bien y la mencionó en una entrevista con Mongabay Latam.

Son más de 800 hectáreas de concesión. El problema es que están ingresando por varios lados, indica Pacheco. Foto: Jack Lo.

El amedrentamiento provino de un grupo de aproximadamente seis personas que encontró dentro de la concesión, a quienes su hijo recriminó por haber talado algunos de sus árboles, narra Pacheco.

Las invasiones a la concesión de 842 hectáreas de bosque adjudicadas a Pacheco empezaron a registrarse en el año 2012. Este terreno, dedicado principalmente al aprovechamiento de la castaña, está a su nombre desde 1995. “Desde que empezaron a invadir, en el 2012, he realizado por lo menos ocho denuncias por deforestación”, asegura Pacheco.

Fue siguiendo ese camino en defensa de los bosques de Madre de Dios que se convirtió en vicepresidente del Comité de Gestión de la Reserva Nacional Tambopata, integrado por un grupo de ambientalistas y propietarios de concesiones forestales ubicadas en la zona de amortiguamiento de esta área protegida. Todo ellos llevan años enfrentándose abiertamente a la minería ilegal, la tala ilegal y las invasiones de terrenos.

En una ocasión, Demetrio Pacheco y su hijo encontraron una bala en la mesa de su casa dentro de su concesión. Foto: Archivo Mongabay Latam.

“En junio del 2016 pedí una medida cautelar para que paralicen todo tipo de actividades en la vía administrativa y en el campo, pero es letra muerta. Ellos [se refiere a los invasores] han presentado supuestos certificados de posesión de los años 1988 y 1989. Nosotros pedimos imágenes y hasta el año 2005 no hay cambio en la cobertura boscosa, ¿Cómo en 1988 otorgaron constancias?”, señala Pacheco en referencia a los documentos que entregan a las autoridades regionales para certificar el cambio de uso de suelo que ocurre en el bosque.

Las amenazas y agresiones hacia la familia Pacheco han sido constantes. En el 2017, Roberto Carlos Pacheco fue golpeado y amenazado con un arma y un machete. Ese mismo año le pusieron el cañón de un arma en la boca y destruyeron sus bienes personales. En una ocasión dejaron una bala en la mesa de su comedor, recuerda así Pacheco todas las veces que recibieron estos mensajes contra sus vidas.

“La única vez que pedí garantías para mi vida fue en el año 2017, en la Prefectura de Puerto Maldonado, pero no la quisieron recibir. Luego de eso, cada vez que he tenido problemas, solo he contado estos hechos al Defensor del Pueblo en Madre de Dios”, menciona Pacheco.

Guimo Loaiza, representante de la Defensoría del Pueblo en Madre de Dios, dice que cada vez que Demetrio entraba a su concesión era amedrentado. “Muchos como Demetrio, lamentablemente por la minería ilegal que ha ingresado a las concesiones, son amenazados”.

La minería ilegal en Madre de Dios ha destruido grandes extensiones de bosques. Foto cortesía Cincia.

Loaiza agrega que con lo sucedido ahora evaluarán solicitar la protección de Demetrio y su familia. “Hay muchos concesionarios que han sido amenazados. Ellos están expuestos al riesgo de sufrir cualquier atentado al estar en zonas próximas a la minería ilegal y a los invasores. Los que tienen concesiones forestales son los más vulnerables”.

La Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos de las Naciones Unidas, Mary Lawlor, se pronunció sobre el asesinato de Pacheco a través de sus redes sociales. “Recibo desde Perú la terrible noticia de que Roberto Carlos Pacheco Villanueva, hijo del defensor ambiental Demetrio Pacheco, fue asesinado”, escribió en su cuenta de Twitter.

El 15 de junio envió una carta al gobierno peruano en la que solicita información sobre “el asesinato de los defensores de los derechos humanos de los pueblos indígenas Arbildo Meléndez Grandez y Gonzalo Pío Flores”, ambos ocurridos este año durante la pandemia.

El congresista del Partico Morado, Alberto de Belaúnde, también escribió sobre la muerte de Roberto Carlos Pacheco. “Pese a la difícil coyuntura política, no puedo dejar de lamentar y condenar la muerte de Roberto Carlos Pacheco, hijo del defensor ambiental Demetrio Pacheco, quien como parte del Comité de Gestión de la RN Tambopata viene luchando en contra de la minería ilegal en Madre de Dios”.

Mariano Castro, exviceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente hizo un llamado a las autoridades para que brinden protección a los ambientalistas amenazados. “Mis sentidas condolencias a la familia de Demetrio Pacheco. Urgente llamado a @Defensoria_Peru, @MinjusDH_Peru, @MinamPeru @MininterPeru para que brinden efectiva seguridad personal y familiar”, escribió en sus redes.

La ministra del Ambiente (Minam), Kirla Echegaray Alfaro, también lamentó lo sucedido a través de las redes sociales.

Mongabay Latam buscó a Fabiola Muñoz, ex ministra del Ambiente y actual representante del Minam ante la Comisión Multisectorial Permanente para el seguimiento de las acciones del Gobierno frente a la minería ilegal y el desarrollo del proceso de formalización, para consultar sobre las acciones que se están realizando para proteger a los ambientalistas amenazados. En la misma línea consultamos con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Hasta el cierre de esta edición no se manifestaron.

Un esquema de ilegalidad

La fiscal Karina Garay, de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Madre de Dios, señala que la tala ilegal, la minería ilegal y el tráfico de tierras son lideradas por mafias que se han instalado en Madre de Dios. “Quienes están comprometidos con la conservación son amenazados. Muchas veces no presentan sus denuncias ante la Fiscalía por miedo a lo que les pueda pasar”.

La Operación Mercurio se inició en febrero de 2019 con el fin de erradicar la minería ilegal en La Pampa, zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata. Foto: Ministerio del Interior.

Garay explica que los invasores de tierra son mafias que operan junto con la minería ilegal y la tala ilegal. Las concesiones invadidas, muchas veces bajo la fachada de asociaciones de agricultores, pasan con el tiempo a manos de mineros ilegales cuando ya se deforestó el bosque, explica Garay.

La fiscal señala que con la Operación Mercurio en la zona denominada La Pampa, zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata, muchos mineros ilegales están desplazándose hacia otros lugares cercanos e invadiendo otros terrenos.

Hace una semana un operativo que duró tres días destruyó más de 60 dragas de minería ilegal en zonas fuera de la Pampa.

Lo ocurrido con el hijo de Demetrio Pacheco ha alarmado a otros concesionarios que son víctimas de esta violencia. “Tengo medio y quisiera dejar la concesión”, dice Freddy Vracko, hijo del ambientalista Alfredo Vracko, asesinado dentro de su concesión en noviembre de 2015 por taladores ilegales.

La minería ilegal ahora amenaza a las comunidades nativas de Pariamanu. Foto: FEMA Madre de Dios.

Vracko señala que son muchos los dueños de concesiones en Madre de Dios que tienen sus terrenos invadidos y son víctimas de amenazas. Comenta también que las denuncias en las fiscalías se quedan estancadas o son archivadas y lo mismo sucede con las investigaciones policiales.

El caso de su padre –recuerda Vracko– tiene cinco años sin resolverse pese a que hubo pruebas y testigos del hecho. “La situación está terrible en Madre de Dios. Lo que ha sucedido ahora es una forma de decirle a Demetrio y a todos los ambientalistas que dejen de hablar”.

 

Imagen principal: Concesión forestal de Demetrio Pacheco en Madre de Dios. Foto: Jack Lo.

Compartido por Luis Alberto Soto.

El acuerdo de Escazú, un avance en los Derechos Humanos y asuntos ambientales en América Latina y el Caribe

Alexis Suárez Miranda

Estudiante de la Universidad de Costa Rica

El acuerdo de Escazú consiste en un tratado regional, específicamente para América Latina y el Caribe, es un instrumento jurídico en materia de protección ambiental que tiene como fin el garantizar y facilitar la incidencia ciudadana, el acceso a la información y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en la región, lleva el nombre de Escazú puesto que fue adoptado y negociado en la ciudad de Escazú, San José de Costa Rica el pasado 4 de marzo de 2018, el mismo cuenta con una extensa participación de la sociedad civil, comunidad científica, y política. Asimismo, su objetivo es primordial ya que busca luchar contra la desigualdad, la discriminación y garantizar los derechos de todas las personas a un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

Es importante destacar que este acuerdo se enmarca dentro de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en el que se busca el alcance de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) los cuales son impulsados por la Organización de la Naciones Unidas (ONU), dentro de dichas metas se enmarcan tres de estos objetivos que son muy importantes, los cuales tienen gran injerencia en el cumplimiento de este acuerdo, estos son, ODS 10. Reducción de las desigualdades, ODS 13. Acción por el clima y ODS 16. Paz, Justicia e Instituciones Sólidas.

En ese sentido, es importante indicar que en América Latina es urgente este acuerdo con el objeto de resguardar los derechos humanos de todas las personas que se desenvuelven en el ámbito ambiental, ya sea desde sus labores profesionales hasta el activismo, no está de más recodar que en Costa Rica han surgido diversos acontecimientos violatorios a los DDHH, en las que algunos de estos, lamentablemente han terminado con la vida de ambientalistas y activistas.

En primera instancia, es indispensable recordar el asesinato de Jairo Mora Sandoval, un ambientalista y activista costarricense, que fue asesinado en junio de 2013, cuando buscaba proteger los nidos de las tortugas baula en el Caribe de Costa Rica, junto a él, fueron asesinadas cuatro personas más en aquel suceso, este caso ha sido de los casos más sonados inclusive a nivel internacional, por lo que a raíz de este lamentable acontecimiento políticos, colectivos y grupos organizados han llamado a una restructuración y reforma de la política ambiental costarricense, sumado a lo anterior, es importante mencionar asesinatos como el de María del Mar Cordero Fernández, Jaime Bustamante, y Oscar Fallas Baldí, integrantes de la extinta Asociación Ecologista Costarricense (AECO), quienes lucharon contra la compañía Ston Forestal, y entre otros crímenes en contra de ambientalistas, en dónde detrás de estos, sin duda alguna se esconden el crimen organizado y la mafia del tráfico de drogas.

El enfoque de derechos humanos que se le da al Acuerdo es crucial, según Global Witness, Latinoamérica fue la región con mayores asesinatos de defensores ambientalistas en el 2019, y es por esto, que este enfoque es indispensable con el objeto de encargarles mayores responsabilidades y esfuerzos en la lucha por el crimen organizado y los intereses detrás de los asesinatos de ambientalistas, en esa misma línea se analiza que

El Acuerdo de Escazú es también un tratado de derechos humanos. Es el primer tratado del mundo que incluye disposiciones sobre los defensores de los derechos humanos en materia de medio ambiente (artículo 9). Esta primicia mundial está lejos de ser insignificante en una de las regiones del mundo más afectadas por los conflictos socioambientales y que presenta un mayor riesgo para la vida y la seguridad de las personas y grupos de personas que actúan como defensores de los derechos humanos en materia ambiental. (Barchiche, Hege y Nápoli, 2019, p.3)

Solo en el 2018, se registraron 164 personas asesinadas por motivo de ser defensores de la tierra y el ambiente, sin embargo, en la región de Latinoamérica, Colombia registró 24 asesinatos, Brasil 20, Guatemala 16, México 14, Honduras 4, Venezuela 3 y Chile 2 asesinatos, dichas estadísticas se muestran en el informe “¿Enemigos del estado?” de Global Witness.

En cuanto al derecho al acceso a la información, los estados deben asegurar jurisprudencia que asegure el acceso a la información y a la transparencia ambiental, mediante mecanismos de gobierno abierto y semejantes, sin embargo, en la región se tiene un gran reto porque “(…) como lo indica la UNESCO, demuestra claras dificultades para la aplicación efectiva de la legislación sobre libertad de información, en particular en el establecimiento de mecanismos adecuados que permitan el acceso a la información de manera oportuna” (Jiménez, 2019, p.393), esto inclusive debe incluir un plan de capacitación en transparencia dirigido hacia funcionarios públicos.

Por tanto, el acuerdo de Escazú es un importante mecanismo que procura derechos fundamentales dispuestos en la Carta Universal de los Derechos Humanos, y que por responsabilidad cada uno de los estados Latinoamericanos deben acceder a la firma y ratificación del acuerdo, para su entrada en rigor se debe proceder en primera instancia a la firma del mismo, demostrando interés en la materia y de ese modo se lleva a cabo un proceso de consulta bajo los ordenamientos jurídicos de los Estados, desdichadamente el plazo para que los países puedan firmarlo finalizó el 26 de septiembre de 2020, hacia el final de septiembre de 2020 se contaba con la firma de 23 países. En segundo lugar y una vez firmado el acuerdo se debe ratificar el tratado, los cuales se debaten y se realiza la votación en los Congresos o Asambleas Legislativas, hacia el final de septiembre de 2020, únicamente se contaban con 10 ratificaciones, para que el acuerdo entre en vigor se necesitan 11 ratificaciones.

Ahora bien, en el caso de los países que no llevó a cabo el proceso de firma y ratificación, puede dar la adhesión al acuerdo, dicho proceso es a través de los poderes legislativos de cada país. Por tanto, desde la sociedad civil es indispensable hacer un llamado vehemente a las autoridades del país, principalmente a las diputaciones para que de una vez por todas, ratifiquen el acuerdo, sin más demoras y trabas a los derechos humanos de las personas protectoras del ambiente y de los que están en la primera línea contra el combate al cambio climático y los intereses de inescrupulosos con grandes beneficios económicos, como la explotación de gas y petróleo, las piñeras con sus agroquímicos, los autobuseros que se oponen a una movilidad sostenible, los oreros con la extracción de oro y un sinfín de intereses adversos que no vienen más que a incrementar los efectos del cambio climático y las más afectadas son las zonas costeras, niños, niñas, y personas en pobreza extrema.

Referencias Bibliográficas:

CEPAL, N. (2018). Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe.

Jiménez Guanipa, H. (2019). El Acuerdo de Escazú y el derecho de acceso a la información dan a luz una nueva jurisprudencia. Análisis jurisprudencial. Sentencia Fundación Ambiente y Recursos Naturales (farn) c/ ypf SA s/varios. Revista Derecho Del Estado, (44), 385-396. https://doi.org/10.18601/01229893.n44.14

Witness, G. (2019). ¿ Enemigos del Estado? De cómo los gobiernos y las empresas silencian a las personas defensoras. Londres: Global Witness.

Barchiche, D., Hege, E., Napoli, A. (2019). El Acuerdo de Escazú: ¿un ejemplo ambicioso de tratado multilateral a favor del derecho ambiental? IDDRI, Issue Brief N°03/19.

 

Imagen tomada de Youtube.

Webinar: Múltiples brechas que enfrenta la población afrocostrarricense

Este miércoles 21 de octubre a las 6 p.m. (Centroamérica) 7 p.m. (Panamá), la Organización Interseccional Pro Derechos Humanos tendrá un Webinar sobre “Las múltiples brechas que enfrenta la población afrocostrarricense”.

Con la participación de Génesis Pérez Thomas, Earnel Gibb Bernard y Linford Patterson.

Enlace para la reunión:
https://meet.google.com/rfy-zrqd-rmk

Denuncia contra Luis Almagro y la misión de la OEA por provocar violaciones a los Derechos Humanos en Bolivia en elecciones de 2019

La Asociación de Madres de Plaza de Mayo, la Liga Argentina por los Derechos Humanos y el premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, presentaron una denuncia ante Michelle Bachelet, en su calidad de Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

La denuncia fue formulada en contra del Secretario General de la OEA, Luis Almagro Lemes, la Misión de Observadores Electorales de la OEA, encabezada por Manuel González, y los auditores y responsables de la suscripción de los Informes preliminares e Informe final de dicho organismo sobre las elecciones generales de 2019 en Bolivia por haber cometido acciones de intervencionismo contra la soberanía de Bolivia que aluden a un supuesto fraude electoral el cual no han podido probar.

La denuncia sintetiza ocho informes técnicos internacionales de varios centros estadísticos de universidades y periódicos de prestigio mundial entre los cuales resaltan los elaborados para el New York Times, el Washington Post, el MIT (Universidad de Massachussets) y el Centro de Investigación Económica y Política (CEPR) a lo que se suma la petición de congresistas estadounidenses para que se investiguen las acciones de la Secretaría General de la OEA. Los estudios desmienten contundentemente las acusaciones de fraude de la OEA en las elecciones del 2019 que llevaron al derrocamiento de un Gobierno Constitucional, la desestabilización de la democracia que concluyó en un Golpe de Estado, la muerte de 37 personas, más de 860 heridos, más de un millar de detenidos ilegalmente, la persecución policial y judicial con fines políticos y el exilio de cientos de dirigentes políticos y sociales.

Los denunciantes señalan: “La Secretaría General de la OEA, encabezada por Luis Almagro, ha vulnerado abiertamente la Carta de las Naciones Unidas, la Carta de la OEA, la Carta Democrática Interamericana y resoluciones generales de la OEA, transgrediendo el Derecho Internacional y la Soberanía nacional del Estado Plurinacional de Bolivia.

Los actos de intervencionismo cometidos por la Secretaría General de la OEA, encabezada por Luis Almagro, han tenido consecuencias nefastas en Bolivia provocando un quebrantamiento del Estado; la desestabilización de la democracia, el flagelo a la población, uso irracional del poder y el desmantelamiento de la Constitución Política del Estado, llevando a un Golpe de Estado y a la instauración de un gobierno transitorio que comete sistemáticamente delitos contra la población.”

A tiempo de presentar la denuncia, los firmantes del documento solicitan al Alto Comisionado de Naciones Unidas que acoja estas graves denuncias contra la Secretaría General de la OEA por los delitos contra los derechos civiles, políticos y sociales al acusar de un presunto fraude, sin pruebas y con un sesgo marcadamente político. Exigen que la OEA, como un organismo intergubernamental, respete a las organizaciones políticas populares, a las instituciones nacionales, a la democracia y a la soberanía de los pueblos de uno de sus Estados Miembros, y de su gobierno constitucional.

Asimismo, piden al Alto Comisionado de Naciones Unidas que se forme un grupo de expertos para lleve a cabo una investigación independiente y transparente sobre los informes de la Secretaría General de la OEA y los graves hechos que han causado muerte, persecución, cárcel y exilio en el Estado Plurinacional de Bolivia.

Buenos Aires, 15 de octubre de 2020

 

Imagen tomada de: https://www.voanoticias.com/

Comisión internacional investigará la situación de violencia policial y racismo sistémico en EEUU

El Dr. Arturo Fournier Facio fue invitado a participar en representación de nuestro país y junto con otras personas de diversos países, en una Comisión Internacional de Investigación en relación con la escalada situación de violencia policial y racismo sistémico en la actividad policial que resulta en violaciones de las leyes internacionales de derechos humanos contra afrodescendientes en los Estados Unidos.

Anteriormente, varias familias y más de 600 grupos de derechos humanos solicitó al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas la conformación de una Comisión de Encuesta. Aunque la petición fue apoyada por los 17 miembros del Grupo Africano, el Consejo de Derechos Humanos sucumbió a la enorme presión diplomática de Estados Unidos y otros países aliados y se negó a establecer una Comisión de Encuesta para investigar a Estados Unidos.

Reconociendo que los asesinatos y mutilaciones de negros desarmados por parte de la policía y los grupos de autodefensa en los Estados Unidos continúan aumentando sin cesar y que cualquier recurso interno efectivo es inexistente o agravado por las políticas del gobierno federal de los Estados Unidos, la Internacional La Asociación de Abogados Democráticos (IADL), la Conferencia Nacional de Abogados Negros (NCBL) y el Gremio Nacional de Abogados (NLG) decidieron convocar una Comisión Internacional de Investigación compuesta por Miembros Expertos Distinguidos de África, Asia, Europa, América Latina y el Caribbean1 para realizar una investigación independiente sobre:

1) Casos de víctimas de violencia policial, ejecuciones extrajudiciales y mutilaciones de afrodescendientes y racismo estructural arraigado en las prácticas policiales en los EE. UU.

2) El racismo estructural y el sesgo en el sistema de justicia penal que resulta en la impunidad de los agentes del orden por las violaciones de la ley estadounidense y las normas internacionales de derechos humanos.

La Comisión llevará a cabo audiencias públicas de investigación en varias ciudades de los Estados Unidos manera virtual.

Aunque el Consejo de Derechos Humanos de la ONU se negó a convocar una investigación específica centrada en los Estados Unidos, el Consejo de Derechos Humanos en la resolución A / HRC / RES / 43/1 ordenó a la Oficina del Alto Comisionado que preparara un informe sobre el racismo sistémico y las violaciones del derecho internacional de los derechos humanos contra los africanos y los afrodescendientes por parte de los organismos encargados de hacer cumplir la ley a nivel mundial.

 

Imagen tomada de: https://apnews.com/

México y Centroamérica: garantizar la defensa de derechos humanos en la región es más urgente que nunca

El brief “Defender derechos en tiempos de COVID», publicado el día de hoy, recoge las principales conclusiones sobre las condiciones para la defensa de derechos humanos y la libre expresión en México y Centroamérica.

México y Centroamérica, 15 de octubre de 2020.- Además del fuerte impacto que ha tenido la crisis sanitaria generada por la pandemia de COVID-19 en el acceso a derechos y servicios básico, esta ha resultado también en una profundización de la crisis democrática y de derechos humanos en la región mesoamericana. Como respuesta a la pandemia, algunos Estados de la región han implementado acciones de carácter punitivo, como toques de queda, estados de excepción o la militarización de la seguridad ciudadana, entre otras medidas contrarias a los derechos humanos de la población. En este contexto, la defensa de los derechos humanos enfrenta nuevos obstáculos y, a la vez, se vuelve más urgente que nunca.

Estas son algunas de las conclusiones del brief “Defender derechos en tiempos de COVID: Balance regional de las condiciones para la defensa de derechos humanos y la libre expresión en México y Centroamérica”, publicado el día de hoy por el Espacio OSC para la protección de personas defensoras y periodistas (Espacio OSC), Front Line Defenders, la Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos (IM-Defensoras), la Red Nacional de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos en México (RNDDHM), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), la Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos, Guatemala (UDEFEGUA), el North American Congress on Latin America (NACLA), y Trade Unions for Energy Democracy (TUED).

Este informe surge a raíz del evento homónimo: una serie de foros virtuales que, durante cinco semanas, convocó a 26 personas defensoras de la región con el fin de evaluar de qué manera la pandemia ha impactado su labor de defensa. El ciclo de conversaciones estuvo compuesto por cinco espacios: Mujeres defensoras y el derecho a defender derechos humanos; La libertad de expresión y el acceso a la información en tiempos de pandemia; La lucha por la memoria, la verdad y el acceso a la justicia; La defensa del ambiente y el territorio en Mesoamérica; y Derechos laborales y sindicalismo.

A raíz de estos diálogos, las organizaciones concluyeron que las condiciones para defender derechos y defender la libertad de expresión en México y Centroamérica han empeorado desde el inicio de la pandemia. Asimismo, denunciaron un incremento en las agresiones contra personas defensoras, en forma de desprestigio y estigmatización, represalias administrativas, amedrentamientos, detenciones arbitrarias e incluso criminalización. De acuerdo con registros de las organizaciones, al menos 25 personas defensoras fueron asesinadas en la subregión entre enero y agosto de 2020.

El informe reconoce como una primera barrera las restricciones a la movilidad impuestas como respuesta a la contingencia sanitaria, que han limitado significativamente la defensa de derechos humanos y el ejercicio periodístico. Así, sostiene que las personas defensoras y comunicadoras no cuentan con medidas para ejercer de manera segura tareas como el acompañamiento de grupos vulnerados, monitoreo u observación, o el desarrollo de trabajos de investigación periodística.

Por otra parte, familiares y víctimas de violaciones de derechos humanos enfrentan barreras tanto físicas como tecnológicas: complejizando aún más su camino para acceder a la justicia y la búsqueda de personas desaparecidas. Todo esto sin que las autoridades judiciales de la región brinden alternativas para el avance de sus procesos.

Para las mujeres defensoras los riesgos se profundizan. En la región, las defensoras han tenido que continuar sus labores bajo un contexto de creciente violencia contra las mujeres. Al menos en Guatemala, Costa Rica, El Salvador y México se ha registrado un aumento de casos de violencia contra las mujeres en el espacio privado a partir de la pandemia, al tiempo que defensoras denuncian un incremento en los ataques y violencia digital.

Según el informe, las agresiones a la prensa también se han agudizado notablemente a partir de la crisis sanitaria. La exclusión de la prensa independiente y bloqueos informativos se han denunciado en El Salvador, Nicaragua y Guatemala; mientras que en Panamá el acoso judicial se ha incrementado. En México y El Salvador, las y los periodistas han recibido amenazas y acoso digital como represalia de su cobertura. Por su parte, el gremio médico también ha enfrentado ataques a partir de la COVID-19. En Nicaragua, al menos una treintena de profesionales han sido despedidos y acosados como represalia de su crítica contra a la política sanitaria oficial.

Aunado a ello, América Latina continúa siendo la región más peligrosa para personas defensoras de la tierra, el territorio y el ambiente y personas defensoras de los derechos de los pueblos indígenas, situación que no cede en pandemia. Por lo menos en Honduras, México, Nicaragua, Costa Rica y Guatemala han continuado las invasiones territoriales, desalojos de comunidades, ataques armados y agresiones letales contra comunidades que defienden su territorio. Al tiempo que, aún con el alto riesgo de contagio en centros penitenciarios, en México, Guatemala y Honduras, personas defensoras del territorio continúan privadas de libertad ilegalmente.

En lo que corresponde a la defensa de derechos laborales, los Estados por lo general han sido incapaces de garantizar el trabajo dentro de entornos seguros, teniendo a las industrias ligadas a las cadenas de suministro global como aquellas más afectadas por brotes epidémicos. Encima, reconoce el retroceso en garantías laborales, la estigmatización pública, y la exclusión de personas trabajadoras del mercado laboral, formal e informal, como represalia a sus reivindicaciones sindicales y a la lucha por el acceso a derechos laborales.

Frente a este contexto, las organizaciones hacen un llamado a los Estados de la región, entre otros a:

  • Impulsar la construcción conjunta con organizaciones de la sociedad civil, y organismos regionales e internacionales de derechos humanos, el diseño e implementación de una ruta de trabajo colaborativa que contemple el fortalecimiento de los mecanismos de protección de personas defensoras previstos a nivel interno; y la construcción de políticas públicas integrales de protección con perspectiva de género y enfoque interseccional.
  • Abstenerse de cometer y condenar cualquier acto de estigmatización verbal, intimidación jurídica, criminalización o uso indebido del derecho penal contra personas defensoras de derechos humanos y periodistas.
  • Realizar pronunciamientos y campañas comunicativas con impacto nacional, estatal y comunitario a favor de personas defensoras y periodistas, resaltando su importante labor en el contexto de COVID-19 en la protección de derechos humanos y el acceso a la información.
  • Realizar investigaciones completas, diligentes e imparciales sobre los delitos que atenten contra la libertad de expresión y la defensa de derechos humanos.
  • Liberar a las personas defensoras detenidas por su labor de derechos humanos y a cualquier persona que permanezca privada de la libertad en forma ilegal.

Descargue el informe completo en español e inglés aquí.

 

Imagen con fines ilustrativos tomada de www.taringa.net

¿Quo Vadis independencia judicial? La jueza RB Ginsburg y la dignificación del oficio

Rosaura Chinchilla-Calderón

Juzgando a los jueces. La ciudad que desde 1923 había albergado congresos propagandísticos del Partido Nacionalsocialista alemán, al terminar la II Guerra Mundial fue elegida simbólicamente para desentrañar la responsabilidad de dirigentes del Tercer Reich en los crímenes de guerra y de lesa humanidad. Los juicios de Nuremberg sentaron las bases del Derecho Penal Internacional. Uno de esos procesos se efectuó contra jueces y fiscales: 16 abogados (todos hombres) fueron juzgados durante nueve meses. Solo tres resultaron absueltos, uno se suicidó antes y otro no lo concluyó por enfermedad. A los 11 restantes se les condenó a diversas penas. La acusación les atribuía el abuso de las causas judiciales y penales para dar ropaje de legitimidad al asesinato masivo, la tortura y el saqueo de bienes de cientos de miles de personas. Es célebre la frase del proceso que lo resume: “la daga de los asesinos estaba encubierta por el manto del jurista.”

Judicatura y muro. Más de medio siglo después, en EUA un candidato millonario gana las elecciones gracias a un discurso supremacista blanco, misógino y xenófobo. Su principal promesa: construir un gran muro fronterizo para controlar la inmigración. Pronto chocaría con una sólida pared de negativas judiciales: jueces de California detuvieron las restricciones al asilo en frontera impuestas por Trump; luego, jueces federales dictaminaron que era ilegal la declaratoria de emergencia con la que el mandatario pretendía obtener financiamiento para esa obra y también fue gracias a resoluciones judiciales de Nueva York que se evitó la entrada en vigencia de una norma que establecía que las personas inmigrantes eran una «carga pública» y eso las hacía inelegibles a la residencia permanente. Tampoco los jueces y juezas de lo migratorio (dependientes del ejecutivo y no del judicial) han cedido ante las presiones para que se aligeren deportaciones masivas. En ese marco, el presidente de la Suprema Corte, el juez John Roberts, nombrado por el republicano Bush dijo: “No tenemos jueces de Obama, o jueces de Trump, o jueces de Bush, o jueces de Clinton. Lo que tenemos es un grupo extraordinario de jueces dedicados que dan su mejor nivel por la igualdad de derechos de quienes están delante de ellos (…) Esa independencia judicial —prosiguió— es algo por lo que deberíamos estar agradecidos”. Fue el mismo juez ‘conservador’ que se unió con los ‘liberales’ para salvar parte de los fondos para población joven migrante del Obamacare.

Judicatura y democracia parlamentaria. En Reino Unido, Boris Johnson suspendió el Parlamento para, de esa manera, impedir el debate y forzar la salida dura que él patrocinaba para el Brexit con la Unión Europea. El Tribunal Supremo, por unanimidad de sus once jueces y juezas, declaró ilegal y nula, de pleno derecho, la medida, calificándola de pretender silenciar y obstaculizar la labor parlamentaria y de haber generado un engaño y un consejo erróneo a la Reina Isabel. Las sesiones del Parlamento se reanudaron en octubre del año anterior y las discusiones sobre ese tema continuaron por las vías normales establecidas al efecto. La justicia salió al paso del atajo ilegal pretendido por el político para fortalecer su agenda.

El campesino, las puertas de la ley, el molino y la judicatura. ¿Qué tienen en común esos casos? Primero, que por grave que sea la situación, esta se dirime, en definitiva y con sólidos criterios jurídicos, en un tiempo prudencial, sin dilatar las eternidades a las que, lamentablemente, nos vamos acostumbrando en C.R. y que nos hace tan cercana aquella imagen creada por Kafka, del campesino que muere frente a la puerta de la ley, a la que nunca tuvo acceso, aunque formalmente estaba “abierta”.

En segundo lugar, interesa enfatizar el poder clave que tiene la judicatura tanto para darle ropaje de legitimidad a los más perversos móviles, como cuando, actuando bajo el alero de la normativa vigente en una sociedad democrática, puede detener los desmanes del poder y evitar el quiebre institucional.

En el primer caso, el juez o la jueza se comporta como un engranaje más en la perversa máquina que muele, a su paso, a los opositores y disidentes y se arrodilla a recoger migajas con el fin de, parafraseando a Novoa Monreal, obstaculizar o impedir el cambio social y mantener un orden hegemónico (clasista, sexista, racista, xenófobo, adultocéntrico, homofóbico), excluyente de grandes grupos de la población.

En el segundo, quien ejerce la función jurisdiccional lo hace como medio para la defensa de la dignidad de las personas frente al cinismo del poderoso. Por ello, no es infrecuente hacer referencia al cuento del molinero y el rey: aquel tenía un molino cerca del palacio donde este acudía a descansar y de cacería. El ruido de las aspas impedía ambas cosas. El rey hizo llegar ante sí al campesino para comprarle el molino, pero su dueño se negó. Ante ello, el monarca le advirtió que estaba en sus manos destruir la obra, sin siquiera pagarle una sola moneda, ante lo que el molinero dijo: «Eso sería una grave injusticia, majestad y hay jueces en Berlín» refiriéndose a la capital del reino.

Sí, hasta el más grande poder puede ser controlado con una judicatura independiente. Ahora también hay juezas y no solo en Berlín sino en muchos otros lares.

Judicatura como mecanismo de tutela de derechos humanos. La judicatura en un Estado Republicano y Democrático de Derecho ha de ser un contrapoder que garantice, efectivamente, los derechos humanos de las personas. Valga enfatizarlo: todos los derechos humanos, de todas las personas. Debe hacerlo a partir de la normativa vigente y del respeto a la jerarquía de las fuentes, apartándose de criterios morales, religiosos, ideológicos o de cualquier otra índole de quien decide.

No digo, con ello, que quien juzga sea una tábula rasa impermeable a sus circunstancias y cultura. Pero no solo debe hacer un ejercicio por objetivar e identificar sus preconcepciones, sino, además, cuando estas choquen con las estatuidas para toda la ciudadanía, ha de optar por estas y no por las suyas, respetando los estándares internacionales en materia de protección de derechos humanos. Debe sustraerse a la tentación de pretender imponer su visión del mundo al conglomerado social y centrarse en decidir los conflictos de acuerdo con unas reglas preestablecidas aceptables para todos los grupos.

Juristas de la historia. Dada esa misión, de decisión en el humilde caso particular, la judicatura es un oficio en soledad. El ejercicio escrupulosamente honesto (en todo sentido) de la función jurisdiccional hace perder el favor de los poderosos (pues los contiene en sus desmanes y esto provoca ataques al funcionario/a) y, dado que las decisiones suelen ser, también, contra-mayoritarias, ubica a su titular de espaldas a los gritos de júbilo de las masas que, en no pocas ocasiones, piden crucifixiones de inocentes a cambio de liberaciones de ladrones.

Pocas veces alguien que desempeñe esta función se ubicará en los libros de historia de los pueblos. Y cuando tal cosa ocurre no es porque dicha persona lo haya buscado, sino porque se le reconoce la extraordinaria coherencia, en ocasiones a punto de inmolación, de su vida, obra y pensamiento, la cual ha logrado cambiar destinos, tanto por la incidencia directa que tienen sus decisiones, como por aquella indirecta, a largo plazo, sobre estructuras que no estaban listas, antes, para asimilar posiciones visionarias y progresistas. Por ello, se estudian los aportes del juez inglés Edward Coke, de los jueces norteamericanos John Marshall y Oliver Wendell Holmes JR, o del integrante del tribunal constitucional austriaco Hans Kelsen, para citar unos.

Y no es que las juezas no hayan hecho historia. Es que, como es lógico suponer, a ellas originalmente no les fue permitido el ingreso a la academia, el ejercicio de actividades laborales fuera de sus casas ni el integrar órganos decisores. Pese a ello, destacan nombres de mujeres, de sólida formación interdisciplinaria y primeras juristas, con aportes imprescindibles en la evolución jurídica: Concepción Arenal (España, 1820-1893), Mary Ann Shadd Cary (afroamericana, 1823-1893) y Cornelia Sorabji (India, 1866-1954), para citar unas.

La dignificación del oficio judicial en manos de una mujer. A ese Panteón de juristas insignes se ha integrado, para siempre, LA JUEZA de jueces, la «Notorious» Ruth Bader Ginsburg, la más destacable jurista mundial contemporánea, gracias a la defensa de los derechos de las personas afrodescendientes, de los y las migrantes, de la comunidad LGBTIQ+ pero, sobre todo, de las mujeres. La jueza Ginsburg hizo de la igualdad de las mujeres en la Carta Magna de los Estados Unidos (caso United States vs. Virginia) lo que, en su momento, intentara Olympe de Gouges (Francia, 1748-1793) con la Declaración de los Derechos Humanos, perdiendo la vida por ello: la “simpleza” de decir que los derechos del hombre y del ciudadano son también los de la mujer y la ciudadana.

Como mujer, vivió, en su propia piel, el ser discriminada por su género tanto en la academia (como estudiante en Harvard y Columbia) como en el ejercicio profesional, pese a ser una intelectual brillante y sobresaliente según da cuenta su trayectoria como defensora de derechos humanos en la ACLU (Unión Estadounidense por las Libertades Civiles, por sus siglas en inglés). Sostuvo, sin renuncia de sí, los roles de cuidados culturalmente asignados al suyo.

Su nominación a la Suprema Corte en 1993 por Clinton fue recibida con alguna frialdad por algunos colectivos, dadas sus posiciones sobre el tema del aborto, las cuales ella supo conciliar con una interpretación derivada de los principios jurídicos. En Gonzales v. Carhart (2007; 550 U.S. 124) RBG le recordó al juez Kennedy que, en sus propias decisiones anteriores sobre el aborto y los derechos de la comunidad LGBTI, él había afirmado que la obligación de los jueces es definir la libertad de todos, no imponer el código moral propio. Ojalá lo recuerde así la nominada jueza Amy Coney Barrett quien, pese a que ha externado posiciones a favor de las políticas de dureza frente a la inmigración, a favor del derecho de los estadounidenses a tener y portar armas y ha dicho que la vida humana inicia con la concepción, también ha referido que “mi filiación personal con una iglesia o mi creencia religiosa no hará que deje de cumplir mis deberes como jueza» y que «Los jueces no son legisladores y tienen que dejar a un lado cualquier opinión política que tengan.«

Magistratura costarricense en el ocaso de la Segunda República. En C.R. la selección y elección (alternada para el bipartidismo) de quienes ostentaron puestos en la cúpula judicial estuvo signada, durante parte de la Segunda República, por la independencia con que, en términos generales, se comportaban las personas designadas (en su gran mayoría hombres, pues, a hoy, de 22 escaños titulares solo 8 los ocupan mujeres).

Ese comportamiento se ha explicado por la solidez de los atestados de quienes se seleccionaba, pero acaso haya sido producto, también, de la selectividad de los conflictos que debían resolver. Recuérdese que hasta finales de los años 80 del siglo anterior, la Constitución Política era letra muerta, ante la falta de control de constitucionalidad efectivo; la jurisdicción contenciosa para exigir cuentas al y desde el Estado era una maraña impenetrable y sin uso; la criminalidad era la convencional, de grupos marginales y los conflictos civiles y de familia estaban regulados por el Código Civil de 1887, recién medio remozado, una década antes, por el Código de Familia, que se había desmembrado de él. Además, los temas laborales discurrían con la aceptación mayoritaria: las garantías sociales estaban constitucionalizadas (en una norma de simple papel), las asociaciones solidaristas se aceptaron para quebrantar el movimiento sindical, no se criminalizaba la protesta social y aún tenían aceptación las convenciones colectivas como válvulas de escape de algunos conflictos sociales.

A mediados de los años 80 se suscribe el primer Programa de Ajuste Estructural o PAE I; durante la administración de Arias Sánchez (1986-1990) se firmó el segundo y entre los gobiernos de Calderón Fournier (1990-1994) y Figueres Olsen (1998-2002) se negoció y ratificó el tercero. Todos partían de la reestructuración estatal a cambio de financiamiento.

Ese período —de finales de los 80 y la década de los 90— coincide con cambios normativos importantes: en 1989 se aprueba la Ley de la Jurisdicción Constitucional y se efectúa una reforma constitucional para crear la Sala Constitucional la que, en adelante, tendría la potestad de definir el rumbo del país. La conformación inicial del órgano asumió, con seriedad y rigor, su papel: vedó la existencia de las tan comunes normas atípicas del presupuesto y de las partidas específicas: mecanismos populistas de uso frecuente por los políticos de turno; se empezaron a controlar los excesos autoritarios del Estado, a través del poder punitivo y de policía (redadas a bares LGBTIQ+ y uso de mano de obra gratuita para obras privadas por medio de la imposición de una sanción a través de la Ley contra la vagancia la Mendicidad y el abandono para mencionar algunos); por un voto de diferencia se impidió la reelección presidencial (tema, este, clave en la conformación posterior del órgano) y el legislativo quedó desnudado en sus excesos y omisiones.

Si se piensa que, producto de aquellos programas económicos, se discutiría, en ese órgano judicial, el acople de la legislación en materia de liberación de los depósitos bancarios (1992), la privatización del ICE y la apertura de los servicios eléctricos y de telecomunicaciones (“huelga por el combo del ICE”, 1999-2000), el segundo intento de la reelección presidencial (esta vez con éxito: 2003), la eliminación del monopolio de seguros (2008, ley No. 8653), la minería a cielo abierto (2008) y otros temas relacionados con el agua y el TLC, para citar solo algunos, se comprende por qué era clave dominarlo y cambiar su composición.

Por otro lado, hacia finales de los años 90 se aprobaría un Código Procesal Penal con un modelo marcadamente acusatorio, que dejaba en manos de la Sala Tercera el juzgamiento de los miembros de los supremos poderes (y la casación en poder de la totalidad de la cúpula judicial, elegida por la Asamblea Legislativa). Eso, sumado a algunas acusaciones fiscales que generaron procesos contra políticos a quienes se les atribuyó una amplia gama de delitos relacionados con la corrupción en la función pública, haría que resultara vital la cooptación de ese órgano.

En lo que atañe a la Sala Segunda, esta tendría un papel de primer orden en la consolidación de reformas legales tendientes a la paulatina relativización de las garantías sindicales y laborales, como la flexibilización de la jornada laboral (conquista anterior a 1948, que se mantendría luego del conflicto y que aún sigue en discusión) y hasta ella llegarían los temas del reconocimiento de los derechos de la población LGBTIQ+, caballo de batalla usado por sectores conservadores con un discurso fundamentalista religioso para dividir la oposición que implicaban aquellos temas estructurales (2018-2019). Y, por último, no debe olvidarse el papel de la Sala Primera, dedicada a la materia contencioso-administrativa, en donde se discuten permisos (incluyendo sobre viabilidades ambientales), responsabilidades estatales y temas fiscales, que también se vería remozada por legislación moderna en 2008.

Ese rápido repaso permite comprender cómo se gestó y estalló la crisis del Poder Judicial costarricense de los años precedentes, en donde su cúpula empezó a ser pieza de un ajedrez partidario para impulsar, o no, intereses específicos, generándose cambios en líneas jurisprudenciales consolidadas (¡quién olvida el rol de avanzada que tuvo la Sala Constitucional en América Latina en respeto a derechos humanos!) y pugnas competenciales con órganos internacionales de protección de derechos humanos (ver votos de la Corte IDH en el caso Artavia Murillo y otros contra CR; la llamada de atención del Comité de DDHH de la ONU, etc.) rasgo, este, común a otros Poderes Judiciales de la región, como Haití, Venezuela y República Dominicana, por ejemplo.

Según datos obtenidos en la Fiscalía General de la República, a inicios de 2020 había 14 causas abiertas contra diputados y diputadas. Aunque eso no significa que sean solo 14 las personas acusadas (una sola causa puede tener varios legisladores-as involucrados-as), sí permite concluir que al menos un 24% de los diputados electores están eligiendo quiénes serán sus jueces, por lo que son los únicos ciudadanos que tienen ese privilegio. Eso explica que nuestra Asamblea Legislativa no tenga el menor interés por adoptar mecanismos para garantizar la transparencia y publicidad de los procesos de designación de magistraturas titulares y suplentes; que los votos en este tema y los de reelección sean secretos, sin motivación; que no haya compromiso contra el lobby parlamentario; que se archiven los proyectos tendientes a castigar, con la pérdida de credenciales o régimen disciplinario, los excesos de los y las parlamentarias y que allí se den el lujo de ponerle cero a los candidatos y candidatas de más alto perfil.

La clase política, así sea por mera conveniencia, debiera dejar de meter mano en los poderes judiciales del mundo. Digo que por propia conveniencia porque un juez o jueza recto, probo y que resuelva con el derecho vigente, antepondrá la defensa de lo jurídico a sus propias convicciones, como mencionaran la jueza Ginsburg (nominada por los demócratas) y el juez Roberts (nominado por republicanos), quienes bastante a menudo coincidían en sus análisis dentro de la Suprema Corte de Estados Unidos. Claro, no tolerará tampoco, sus tropelías y esto es lo que realmente se teme.

Y la judicatura nacional, la de verdad, aquella que ha llegado hasta allí por vocación y convicción democrática, debería consolidar el poder con su trabajo cotidiano, con la fuerza de los argumentos y de la razón plasmadas en las decisiones de los casos, como lo hiciera la jueza Ginsburg a través de sus votos disidentes, sin buscar ni aspirar a nada más, que no es poca cosa la que tenemos entre manos. Solo así, llegado el día que en Costa Rica tengamos que juzgar a nuestros jueces y juezas, magistrados y magistradas, se vería quiénes fueron contrapoder frente al abuso y garantía de respeto a los derechos humanos de las partes y quiénes formaron el engranaje de la maquinaria perversa de un poder cínico.

 

Imagen: MSc. Rosaura Calderón Chinchilla, Instituto de Investigaciones JurídicasFoto: Anel Kenjekeeva, UCR.

Denuncia en contra del Estado de Costa Rica

El ingeniero Carlos Manuel Vega Bolaños, secretario general del sindicato UNPROBANPO y dirigente comunal del Cantón de Grecia compartió con SURCOS la siguiente denuncia presentada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

Denuncia en contra del Estado de Costa Rica, presidente de la república y ministro de Seguridad Pública por graves violaciones a la Convención Americana de Derechos Humanos y la gravísima violación a la Convención de los Derechos del Niño ratificada por el Estado denunciado.

¨Petitoria de medidas cautelares urgentísimas: -con envío de misión de la CIDH para recabar in situ las pruebas de las violaciones, -ordenar de inmediato el cese de la brutal represión contra la población y del periodismo en las localidades reprimidas, -detener la criminalización de los luchadores sociales José Miguel Corrales Bolaños y Célimo Guido Cruz. -Así como exigirle a los aquí denunciados, la protección inmediata de la población infanto juvenil, víctima de las represiones dentro de los hogares en sus comunidades, tomando en cuenta que el Estado denunciado es suscritor de la Convención de los Derechos del Niño ratificada por éste y los aquí denunciados la han violentado gravemente.

09 de octubre de 2020

U-050-2020

Señores

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

S.O.

Estimados Señores:

Quien suscribe, CARLOS MANUEL VEGA BOLAÑOS, cédula 2-287-015, ciudadano de la República de Costa Rica, en mi condición de Secretario General del Sindicato de Unión de Profesionales, Técnicos y Similares del Banco Popular, en adelante UNPROBANPO, Dirigente Comunal en el Cantón de Grecia, preocupado por la salvaje represión de las fuerzas policiales de la República de Costa Rica, situación que afecta muchas comunidades a nivel nacional, y en razón de que el material probatorio recabado en los últimos días y durante estas estas horas de la noche de hoy jueves 08 de octubre de 2020, es prueba suficiente y abundante para fundamentar esta Denuncia en contra del PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICAPOR GRAVES VIOLACIONES A LA CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ratificada por el Estado de Costa Rica y de acatamiento obligatorio, Artículos 1, 5, 13. De la misma manera, la grosera violación a la Convención de los Derechos del Niño ratificada por Costa Rica

En mi condición de ciudadano del Estado de Costa Rica, promotor de la Cultura de Paz aprendida como Egresado de la Universidad Para la Paz, estoy alarmado por las PERTURBADORAS IMÁGENES que demuestran una BRUTALIDAD POLICIAL en contra de poblaciones enteras y periodistas locales, algo nunca vista en el Estado Denunciado, ordenada por el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA, conductas que violentan el Artículos 1, 5, 13 de esta Convención Americana y la CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO RATIFICADA POR EL ESTADO DENUNCIADO.

Ante estos graves hechos, y el reclamo de diversos sectores de la sociedad costarricense que rechazan un dialogo excluyente convocado para imponer políticas públicas que a la vez han sido RECHAZADAS por amplios sectores de la sociedad civil costarricense, quienes han hecho llegar propuestas para solucionar la grave crisis económica que padece Costa Rica sin haber sido escuchadas, situación que es el detonante de esta convulsión social por los aquí denunciados, respetuosamente peticiono para que de conformidad con esta Convención Americana y su Estatuto, de PREVIO a que se resuelva por el fondo la presente DENUNCIA, se resuelva de inmediato por parte de esta Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

1-) Dictar MEDIDAS CAUTELARES URGENTISIMAS que protejan a las poblaciones reprimidas

2-) Enviar Costa Rica con urgencia una misión de la CIDH con el objetivo de recabar las pruebas de las violaciones en todas las poblaciones a nivel del territorio nacional que han sufrido una BRUTAL REPRESION por parte de los agentes de seguridad del Estado aquí denunciado represión ordenada por el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA.

3-) ORDENAR DE INMEDIATO TANTO a)-EL CESE DE LA BRUTALIDAD POLICIAL EN CONTRA DE LA POBLACIÓN COSTARRICENSE COMO b-)EL CESE DE LA REPRESIÓN EN CONTRA DEL PERIODISMO EN LAS LOCALIDADES REPRIMIDAS POR CUANTO ESTA CONDUCTA REPRESORA DE LOS AQUÍ DENUNCIADOS, IMPIDE EL DEREHO HUMANO FUNDAMENTAL CONTENIDO EN EL ARTICULO 13 DE ESTA CONVENCIÓN A SER INFORMADO SIN CENSURA ALGUNA Y MENOS QUE LOS AGENTES DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO CONFISQUEN LA HERRAMIENTA DE COMUNICACIÓN UTILIZADA PARA EJERCER EL PERIODISMO COMO OCURRIÓ EN LA LOCALIDAD DE CAÑAS, GUANACASTE.

4-) Investigar posibles hechos ocurridos en poblaciones reprimidas por los agentes de seguridad del Estado denunciado, en las cuales se indica que los cuerpos policiales han ingresado a las viviendas de pobladores sin previa orden judicial a detener y llevarse en patrullas a personas que han participado en las protestas violentando gravemente Derechos Humanos Fundamentales protegidos por esta Convención Americana.

5-) Investigar de la misma manera, las BRUTALES REPRESIONES en contra de poblaciones indefensas con ataques desmedidos y el empleo indiscriminado del lanzamiento de gases lacrimógenos hacia las viviendas en que habitan personas adultas mayores, niños y niñas entre ellas Cañas Guanacaste, en momentos en que Costa Rica vive en su mayor pico la pandemia del COVID-19 atentando contra el Derecho a la Vida de los pobladores.

6-) Dictar Medidas Cautelares URGENTISIMAS a favor de los Luchadores Sociales José Miguel Corrales Bolaños y Célimo Guido Cruz, contra quienes pesa una denuncia penal por encabezar este movimiento de protesta social, situación que la Fundación para la Defensa de los Derechos Humanos en Costa Rica, consideró públicamente como una CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL Y SUS LUCHADORES SOCIALES.

7-) Dictar Medidas Cautelares URGENTISIMAS a favor de la población infanto juvenil que está siendo reprimida en las poblaciones REPRIMIDAS dentro de sus hogares, con lo cual los aquí DENUNCIADOS VIOLENTARON GRAVEMENTE LOS DERECHOS PROTEGIDOS EN LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO RATIFICADA POR EL ESTADO DE COSTA RICA ÉSTE.

ASI COMO EXIGIRLE A LOS AQUÍ DENUNCIADOS, LA PROTECCION INMEDIATA DE LA POBLACIÓN INFANTO JUVENIL, VICTIMA DE LAS REPRESIONES EN SUS COMUNIDADES TOMANDO EN CUENTA QUE EL ESTADO DENUNCIADO ES SUSCRITOR DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO RATIFICADA POR ÉSTE.

PRIMERO:

HECHOS RELEVANTES Y PRUEBAS RELEVANTES:

1-El día 05/08/2020 se adjunta, un grupo importante de organizaciones de la sociedad civil costarricense le entregaron a Presidente de la República de Costa Rica un pliego de peticiones y propuestas con el objetivo de resolver la grave crisis fiscal que vive el país.

2-El día 30 de setiembre de 2020, ante el SILENCIO TOTAL del señor Presidente de la República de Costa Rica Carlos Alvarado Quesada, dio inicio una protesta social apoyada en muchas comunidades del país.

3-A partir del 01 de octubre de 2020 y hasta fecha, Costa Rica vive una convulsión social nunca vista en décadas lo que ha provocado que muchos sectores se pronuncien condenando la falta de dialogo INCLUYENTE y la represión por parte del gobierno encabezado por el señor Presidente de la República de Costa Rica Carlos Alvarado Quesada y el Ministro de Seguridad Publica Michael Soto, dio inicio una protesta social apoyada en muchas comunidades del país.

4-Los aquí denunciados ordenaron una BRUTAL REPRESIÓN en contra de las comunidades, además los agentes de la seguridad del Estado denunciado, han reprimido al periodismo local para evitar que la población de Costa Rica conozca de primera mano las provocaciones del aparato policial para justificar estas CONDUCTAS REPRESIVAS.

5-Las evidencias es la BRUTAL REPRESION por parte del Estado denunciado por órdenes de los aquí denunciados son irrefutables:

ü  Represión y brutalidad policial en contra del periodismo en las comunidades reprimidas de poblaciones indefensas con un ataque desmedido con lanzamiento de gases lacrimógenos hacia las viviendas en que habitan personas adultas mayores, niños y niñas, en momentos en que Costa Rica vive en su mayor pico la pandemia del COVID-19 atentando contra el Derecho a la Vida de los pobladores. Alcalde de la ciudad de Cañas denuncia brutalidad policial en contra de pobladores https://youtu.be/0lqKdpK-rT8 https://www.facebook.com/allanjaranoticias/videos/1463355563868541

SEGUNDO:

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

La Convención Americana y la Convención de los Derechos del Niño, instrumentos de Derechos Humanos Internacionales ratificados por Costa Rica, VIOLADOS por el Estado de Costa Rica suscritor de la misma, así como por el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA.

TERCERO:

PETITORIA:

Con fundamento en lo anteriormente expuesto, respetuosamente peticiono para que de conformidad con esta Convención Americana y su Estatuto, de PREVIO a que se resuelva por el fondo la presente DENUNCIA, se resuelva de inmediato por parte de esta Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

  • 1-)Dictar MEDIDAS CAUTELARES URGENTISIMAS que protejan a las poblaciones reprimidas
  • 2-)Enviar a Costa Rica con urgencia una misión de la CIDH con el objetivo de recabar las pruebas de las violaciones en todas las poblaciones a nivel del territorio nacional que han sufrido una BRUTAL REPRESION por parte de los agentes de seguridad del Estado aquí denunciado represión ordenada por el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA.
  • 3-) ORDENAR DE INMEDIATO TANTO a)-EL CESE DE LA BRUTALIDAD POLICIAL EN CONTRA DE LA POBLACIÓN COSTARRICENSE COMO b-)EL CESE DE LA REPRESIÓN EN CONTRA DEL PERIODISMO EN LAS LOCALIDADES REPRIMIDAS POR CUANTO ESTA CONDUCTA REPRESORA DE LOS AQUÍ DENUNCIADOS, IMPIDE EL DEREHO HUMANO FUNDAMENTAL CONTENIDO EN EL ARTICULO 13 DE ESTA CONVENCIÓN A SER INFORMADO SIN CENSURA ALGUNA DADO QUE LOS AGENTES DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO CONFISCAN LA HERRAMIENTA DE COMUNICACIÓN UTILIZADA POR EL COMUNICADOR LOCAL PARA EJERCER EL PERIODISMO COMO OCURRIÓ EN LA LOCALIDAD DE CAÑAS, GUANACASTE.
  • 4-)Investigar posibles hechos ocurridos en poblaciones reprimidas por los agentes de seguridad del Estado denunciado como en la Paquita de Quepos, en las cuales se indica que los cuerpos policiales han ingresado a las viviendas de pobladores sin previa orden judicial a detener y llevarse en patrullas a personas que han participado en las protestas violentando gravemente Derechos Humanos Fundamentales protegidos por esta Convención Americana.
  • 5-)Investigar in situ las BRUTALES REPRESIONES en contra de poblaciones indefensas por ejemplo Cañas Guanacaste, incurriendo en un GRAVE ABUSO DE AUTORIDAD dado el ataque desmedido con lanzamiento de gases lacrimógenos hacia las viviendas en que habitan personas adultas mayores, niños y niñas, en momentos en que Costa Rica vive en su mayor pico la pandemia del COVID-19 atentando contra el Derecho a la Vida de los pobladores, para lo cual se aporta el material grabado.
  • 6-) Garantizar que cualquier detenido en esta convulsión social que vive Costa Rica a partir de 30 de setiembre de 2020, las garantías estipuladas en los artículos 8 y 25 de esta Convención Americana.
  • 7-) Dictar Medidas Cautelares urgentes a favor de los Luchadores Sociales José Miguel Corrales Bolaños y Célimo Guido Cruz contra quienes se estableció una denuncia penal por encabezar este movimiento de protesta social, con lo cual se CRIMINALIZÓ LA PROTESTA SOCIAL en el Estado de Costa Rica en opinión de la Fundación de Derechos Humanos de Costa Rica FUNDEPRODE.
  • 😎 Dictar Medidas Cautelares urgentes a favor de los periodistas locales a quienes se les decomisan sus equipos de transmision sean teléfonos celulares ect, como lo es el hecho documentado en la población de Cañas Guanacaste dado que esta conducta REPRESORA constituye un probado AMEDRANTAMIENTO a la prensa alternativa independiente, cuyo objetivo es que el resto de la sociedad costarricense no tenga conocimiento de las provocaciones que llevan a cabo los cuerpos policiales para justificar esta BRUTALIDAD POLICIAL y con ello CRIMINALIZAR LA PROTESTA SOCIAL en el Estado de Costa Rica. MEDIDA CAUTELAR extensiva para todos aquellos que ejercen los Derechos Humanos protegidos por el artículo 13 de esta Convención Americana.
  • 9-) Dictar Medidas Cautelares URGENTISINAS a favor de población infanto juvenil en las zonas en las cuales se lleva a cabo una BRUTAL REPRESIÓN y a quienes los aquí denunciados, han VIOLADO GRAVEMENTE los DERECHOS PROTEGIDOS EN LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RATIFICADA POR COSTA RICA EL 26 DE ENERO DE 1990.
  • 10-) Condenar al Estado de Costa Rica y los aquí denunciados al pago de costas, daños y perjuicios producto de las conductas violatorias de Derechos Humanos.

Para notificaciones:

1-A los denunciantes: Ing Carlos Manuel Vega Bolaños Costa Rica, Ciudad de Grecia, Barrio Latino costado noroeste Plaza de Futbol, Barrio Latino. Correo electrónico: ingcvega@yahoo.com

2-A los denunciados: Costa Rica, Casa Presidencia de Costa Rica, Zapote.

Agradeciendo de antemano la atención que le brindarán a la presente denuncia con Medidas Cautelares Urgentisimas, en espera de su amable respuesta, se despide de ustedes cordialmente;

Ing Carlos Manuel. Vega Bolaños         
SECRETARIO GENERAL
UNPROBANPO
Dirigente Comunal Cantón de Grecia
Egresado Universidad Para la Paz

El ingeniero Vega Bolaños solicitó a SURCOS dejar disponible el archivo para quien lo quiera descargar para apoyar su gestión:

La bofetada del presidente

Marcos Chinchilla Montes

Durante estas últimas dos semanas hemos sido testigos de una serie de acciones policiales que demuestran el grado de violencia y brutalidad policial que ejercen las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública, contra quienes han venido participando de manera legítima contra las medidas económicas neoliberales que el gobierno de Carlos Alvarado desea imponer.

La respuesta policial busca aleccionar y desalentar a como sea, cualquier forma de oposición y organización; y para ello recurre a prácticas de terror como los son las incursiones en barrios o la detención y criminalización de periodistas independientes.

Algunas personas podrían aludir que son excesos puntuales que se escapan del control de las jefaturas y mandos medios; pero desde mi lectura, son acciones que pretenden aleccionar a las comunidades y mandan un mensaje muy claro: ni se atrevan a cuestionarnos, porque esto les va a suceder a ustedes también.

En el Chile de Pinochet, pocos meses después del golpe de Estado, cuando las comunidades comenzaban a manifestarse contra la dictadura, eran convocadas cientos de personas en una plaza barrial, al centro estaban los militares y carabineros con las mascotas de las familias, y una a una las iban matando y de paso alertando: si siguen de necios, a ustedes les pasará lo mismo.

Vale la pena recordar que en Chile fueron asesinadas o desaparecidas más de 3000 personas, justamente por una dictadura de naturaleza neoliberal que comparte nuestro actual gobierno.

Los informes que llegan de la zona norte permiten entrever que el gobierno quería quitarse de una vez por todas el problema de “San Carlos”; tenía que ser una respuesta contundente contra un cantón que le ha plantado cara al gobierno. Y como bien lo dejó claro el Ministro de Seguridad días atrás, el papel de ellos es garantizar que todo esté abierto y que la producción no se detenga.

En particular, deseo destacar la forma cobarde como un policía inmovilizó a una mujer mientras estaba indefensa en el suelo: le recetó una soberana bofetada, al mejor estilo del macho que agrede y somete a una hembra a quien considera loca y fuera de sí; una práctica machista y misógina que lamentablemente corre por las venas de un sector policial y que además de censurable, debe de ser denunciada a la brevedad, llevando a estrados judiciales a la persona responsable y a los mandos a los que obedece. Funcionarios de esa calaña, no merecen ser parte de la institucionalidad pública costarricense.

En esa miserable bofetada, se resume de manera magistral el trato que el gobierno de Carlos Alvarado le ha dado a la sociedad costarricense: el engaño; la traición; la exclusión social; el olvido; la violencia policial, la represión; el plegarse sin consideración alguna a los intereses de un sector del empresariado neoliberal, en menos cabo de los derechos humanos de la población costarricense.

Cuando el policía agrede de manera vil a la mujer que tiene tendida e indefensa sobre el suelo; sabe muy bien que actúa alineado y con la protección de sus jefaturas, es la misma solicitud que el gobierno ha transmitido por la cadena de mando: hay que aleccionar, golpear, generar miedo, humillar y desmovilizar a toda costa a quienes protestan y denuncian. Dichosamente, un video permitió conocer los excesos y cobardía represiva de nuestra policía; ¿qué pasará en aquellos lugares donde el silencio y la impunidad son cómplices de la policía?

A este policía poco le importa la violación de los derechos humanos de la mujer que yace boca abajo, agredida, él es el macho, tiene el poder, tiene el dominio de la violencia; para eso fue entrenado. Como poco le importa a Alvarado los derechos humanos de la sociedad costarricense, el viene a realizar el trabajo sucio que el empresariado le ha encomendado; él también nos ha abofeteado.