“El trabajo doméstico es eso que no se nota a no ser que no se haya hecho.”
Hoy, se conmemora el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, que probablemente pasará muy -convenientemente- inadvertido por la cruzada sanitaria que globalmente se acomete contra la fatídica pandemia.
Los y las trabajadoras del hogar –trabajo doméstico remunerado- son aquellas personas que prestan un servicio remunerado en una residencia u hogar y para el mismo, incluidas tareas domésticas, el cuido de personas y otros cuidados personales.
Este amplio colectivo, mayoritariamente conformado por mujeres, normalmente ha sido confinado a un estado de excepción, marginado de la aplicación efectiva de la legislación laboral, que reconoce el derecho a la jornada de trabajo, vacaciones y descansos remunerados, entre otros, quienes además devengan las peores remuneraciones.
La condición de vulnerabilidad que tanto flagela a este colectivo laboral, es producto de una exclusión y discriminación de carácter histórica, estructural, inherente a este sistema económico y político que ha sido abiertamente desnudado, en tan poco tiempo, por la crisis sanitaria.
Esa condición de vulnerabilidad de las mujeres que realizan esa actividad laboral, se recrudece en épocas de pandemia, como la que actualmente atravesamos, quienes están sufriendo la violencia de un exultante sistema que les está privando de su empleo o sus maltrechos salarios.
Además, así como en estos tiempos de aflicción, aumenta la violencia intrafamiliar, las trabajadoras de servicios domésticos quedan todavía más expuestas al incisivo acoso sexual y laboral.
No se podría dejar pasar esta fecha, sin hacer un reconocimiento a estas humildes trabajadoras, que pese a la importancia de la actividad que realizan, su trabajo se subestima tanto y se paga tan poco, a quienes por su aporte invaluable en esta época tan aciaga, les corresponde un merecido y simbólico aplauso, así como también se ha tributado a otros colectivos que atajan la conjura que se extiende en todo el planeta.
Pero de los aplausos no se vive, ni se come, ni siquiera los artistas que dependen enajenadamente del aplauso frenético de su público.
Las trabajadoras del hogar la están pasando muy mal, de lo peor, por lo que resulta impostergable que el Estado, de una vez por todas, asuma su responsabilidad social y se concreten las siguientes medidas:
1.- Es absolutamente urgente la definición de una política pública integral, que se materialice en medidas de compensación social que proteja los colectivos de personas más vulnerables, que han sido despedidas, dejado de percibir sus salarios, a consecuencia de la suspensión contractual, o que sus remuneraciones se han recortado; todo al amparo de una legislación de emergencia, que le transfiere a la Inspección de Trabajo la ejecución de la guillotina contra los derechos más preciados de la clase trabajadora.
Con la misma urgencia que se aprobó esa legislación de excepción, se debieron aprobar conjuntamente las medidas de mitigación de la situación social de aquellas trabajadoras.
No se puede seguir postergando y dejar para las calendas griegas, el reconocimiento de una prestación extraordinaria o subsidio de desempleo, de carácter temporal, que asegure a estos colectivos satisfacer razonablemente sus principales e inaplazables necesidades y las de sus familiares.
2.- La Inspección de Trabajo, ahora con uniforme de verdugo, dedicada a licenciar la suspensión de los contratos y la reducción de las jornadas de trabajo, con la misma eficacia que está resolviendo estas impropias gestiones patronales, con carácter prioritario, debe enfocarse a atender las consultas y tramitar de manera célere las denuncias que presenten las trabajadoras del servicio doméstico, ya sea por violación de sus derechos laborales, porque su patrono no implementa las medidas de seguridad necesarias para protegerse del riesgo del covit19, o porque estén sufriendo acoso aboral o sexual.
3.- Por último, el Poder Ejecutivo no puede retrasar más la sumisión de la ratificación del Convenio N° 190 de OIT, acerca del acoso y violencia en el mundo del trabajo, que particularmente tutela estos colectivos tan vulnerables.
SURCOS recibió de parte de la Asociación de Desarrollo Integral
de Esparzol, de
Esparza de Puntarenas, una denuncia según la cual la
comunidad fue expuesta al riesgo del COVID-19 al negarles agua de un camión
cisterna.
El documento señala que “se cometió una violación de los
derechos humanos y falta grave a las indicaciones de la Directriz 076-S firmada
por el presidente de la República y el Ministro de Salud, disposición que busca
garantizar el acceso al líquido para la prevención de la transmisión del
COVID-19”.
Al dar detalles, la información remitida a este medio por una
estudiante del Programa de Gestión Local Pacífico Central de la UNED, indica lo
siguiente:
“Ayer sábado 21 de marzo la comunidad de Esparzol fue
expuesta al riesgo del virus COVID 19 al no tener agua potable por tres días”.
Agrega que los encargados del camión cisterna del AyA al
llegar a la comunidad aseguraron que tenían órdenes expresas de su jefe de no
proporcionar agua a la población del precario porque «no pagan recibos».
El documento dice que “también negaron haber recibido cualquier recomendación
del doctor Ureña, director del Ministerio de Salud sobre la importancia de
mantener el agua potable en la comunidad. Sostienen entonces que no han
recibido ninguna comunicación del Ministerio de Salud del cantón de Esparza”.
“Mencionaron que uno de los pozos está seco. Pero cambiaron
la versión, ayer en la tarde dijeron que el pozo al frente de la estación de
taxis está dañado. Sin embargo, la institución no advirtió del daño y no avisó
ni advirtió a la población de la baja producción de agua. Sumados 3 días sin el
recurso hídrico y la fatal respuesta que envían del camión cisterna de atender
solamente las calles que pagan recibos de agua y al sector precario le niegan
el acceso al agua”.
“Humillaron a la población de la manera más cruenta posible.
Le hicieron moverse de las filas en orden para no hacer aglomeraciones por puro
capricho a como consta en los videos. Contrario a las indicaciones de la ADI de
permanecer separados a la distancia ordenada por el Ministerio de Salud”, dice
el comunicado.
“De momento no nos han indicado con certeza exacta sobre
ningún informe técnico que diga si en verdad los pozos están dañados, cuál pozo
y cuál es el daño y sobre la baja producción de agua y el por qué no se informó
a tiempo”, agrega la denuncia comunitaria.
“Debido a las críticas circunstancias de pandemia y de la
vulnerabilidad que representa la población sin acceso al recurso hídrico esto
representa un gran riesgo para todos, no hace falta dar muchas explicaciones
sobre ello. Al final del día se fue resolviendo la situación ya que la
Municipalidad de Esparza desde el día anterior también buscaba soluciones para
atender la grave situación”, escribieron las personas de esta comunidad de
Esparza.
“Los videos que tomamos hacen constar qué la exposición en cuarentena en tiempo de PANDEMIA MUNDIAL es un atentado contra la vida de las personas en el cantón”, finaliza la denuncia recibida por SURCOS.
Un video enviado a SURCOS por las organizaciones comunitarias muestra cuando se logró que se les entregara el agua, pero sin permitir la distancia recomendada entre personas como se indica en las instrucciones de protección giradas por el Ministerio de Salud.
El documento hace patente la postura firme de esta unidad contra la violencia, la discriminación, el acoso y el hostigamiento sexual
Las autoridades de la Facultad de Ingeniería de la UCR, que incluye al Decano y directores de las unidades académicas y del Instituto de Investigaciones en Ingeniería, se pronunciaron en contra del acoso sexual (foto Archivo ODI).
La Decanatura de la Facultad de Ingeniería y las Direcciones de las Escuelas y el Instituto de Investigaciones, considerando que:
La Universidad de Costa Rica como institución de educación superior debe ser un espacio en donde se garanticen los valores de respeto, diversidad y dignidad de todas las personas que forman parte de la comunidad universitaria.
El Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica establece en el artículo 4 como principios orientadores del quehacer universitario, el respeto a las personas y a la libre expresión.
Las Políticas de la Universidad de Costa Rica 2016-2020 “Excelencia e Innovación con Transparencia y Equidad”, buscan promover un entorno académico y laboral, libre de toda forma de violencia y de discriminación, así como el respeto y la igualdad de oportunidades.
Se han evidenciado situaciones y casos de acoso, discriminación y hostigamiento sexual, dentro de la UCR, así como deficiencias en los mecanismos de prevención y control que no permiten dar una rápida respuesta para su erradicación.
Por tanto, acordamos:
Expresar nuestro más profundo rechazo ante cualquier manifestación de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual en la Universidad de Costa Rica.
Exigir a las personas que hayan tenido cualquier comportamiento de acoso, discriminación o abuso de poder para que detengan esas manifestaciones de manera inmediata.
Comprometernos como autoridades universitarias a tener cero tolerancia ante la presencia de casos de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual y a tramitar como corresponde las denuncias que se presenten, así como dar el seguimiento de los casos.
Garantizar a las personas que han sufrido, vivido o estén enfrentando violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual, el acompañamiento y la protección durante el proceso de denuncia y resolución del caso.
Hacer desde nuestras posiciones, todos los esfuerzos para erradicar en la Universidad de Costa Rica y particularmente en la Facultad de Ingeniería ese tipo de conductas.
Promover campañas de educación y sensibilización para identificar e intervenir los comportamientos de violencia, discriminación, acoso u hostigamiento sexual, así como espacios de reflexión y capacitación para el personal docente, administrativo y la población estudiantil.
Solicitar al Consejo Universitario para que analice a profundidad la reglamentación actual en lo referente a violencia, discriminación, acoso y hostigamiento sexual y realice los cambios y ajustes a la normativa, de forma que sea más precisa y clara en cuanto a las sanciones que deben ser efectivas y responder a las demandas actuales.
Brindar las condiciones necesarias a la población estudiantil y al personal docente y administrativo para la convivencia en un ambiente seguro y libre de todo comportamiento de acoso, violencia o amenaza.
Comunicar este pronunciamiento a la comunidad universitaria.
El Ministerio de Educación Pública (MEP) cuenta con una serie de protocolos de actuación ante situaciones de violencia y riesgo en los centros educativos del país. Sin embargo, en estos centros de enseñanza las prácticas violentas y discriminatorias a la población estudiantil LGTB no se reconocen, ni se visualizan y, lo que es más serio, no se intervienen de manera oportuna.
Por Nicolás Boeglin Naumovic, profesor de Derecho Internacional
Marcha de la Solidaridad con Nicaragua, el pasado 25 de agosto de 2018. Foto: Anel Kenjekeeva.
Como bien es sabido, la crisis política que se ha desatado en Nicaragua desde el pasado 18 de abril ha significado un arribo masivo de nicaragüenses a suelo costarricense. No obstante, fiel a su legendaria tradición de tierra pacífica y de acogida, no se había registrado en Costa Rica ningún acto xenófobo antes del que fue organizado este 18 de agosto en el céntrico Parque de la Merced. Una acción policial muy certera permitió desactivar a tiempo una acción violenta dirigida por un pequeño grupo contra la población nicaragüense que se concentra usualmente en este parque josefino durante los fines de semana.
Este concurrido espacio público se cerró por parte de la policía, y se reabrió con fuerte presencia policial al reiniciar esta semana (véase nota de prensa).
Sobre el contexto muy peculiar en el que se dio esta marcha, se recomienda, entre muchas otras, la lectura de este artículo del Semanario Universidad en el que leemos, entre otras cosas, que: «según el censo del 2011, las personas nicaragüenses alcanzan “el 6% o 6,5% del total de la población, mientras que su contribución al PIB –según ese estudio– es del 12%, un dato muy significativo”.
Este 25 de agosto, organizaciones y gremios sociales, así como universidades públicas convocaron a una exitosa marcha contra la xenofobia (véase galería fotográfica en este enlace de Elmundo.cr): nótese que el Ministro de Educación participó personalmente a esta marcha (véase nota e CRHoy).
Marcha de la Solidaridad con Nicaragua, el pasado 25 de agosto de 2018. Foto: Anel Kenjekeeva.
La intolerancia y el papel del Estado: “Estado… ¿estás?»
Una lectura desde el ámbito internacional permite detectar algunas lagunas en el caso de Costa Rica, que a continuación detallaremos, en materia de lucha contra la xenofobia y la incitación al odio. El tema se torna particularmente preocupante en la medida en que la última campaña electoral vivida en Costa Rica evidenció actitudes y discursos de odio raramente escuchados contra la población sexualmente diversa. Ello sin hablar de la quema de ranchos de mujeres indígenas en Salitre acaecida en julio del 2014 durante el partido de fútbol entre Países Bajos y Costa Rica, sin que a la fecha haya sanción alguna contra los responsables de estos hechos (véase nota de prensa y este valioso análisis de la jurista Karine Rinaldi sobre los requerimientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a las autoridades costarricenses para apaciguar los ánimos en Salitre).
En términos generales, la lucha contra las diversas formas de intolerancia supone medidas de muy diversa índole para un Estado: la intolerancia nace usualmente del desconocimiento y de la ignorancia, obligando a un Estado a proveer espacios educativos para permitir un acercamiento a la «otredad». Con relación a la población nicaragüense en Costa Rica, algunas iniciativas de carácter privado, en particular en el ámbito educativo y en la esfera cultural, así como algunos proyectos universitarios, han intentado materializar este acercamiento. Se trata de acciones muy valiosas, más aún si consideramos que el Estado costarricense mantiene una cargada deuda en este preciso tema.
Usualmente, el discurso de odio antecede acciones violentas, por lo que hay que mostrarse extremadamente alerta ante mensajes que susciten el odio. En el caso de la reciente campaña electoral en Costa Rica, la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica fue muy enfática en advertir sobre la imperiosa necesidad de cesar el discurso de odio después de la primera ronda electoral celebrada el 4 de febrero del 2018 (véase comunicado oficial del 14/02/2018): semanas después de este llamado, se registró un aumento significativo de agresiones contra personas sexualmente diversas (véase artículo del Semanario Universidad del 28/02/2018).
Según las circunstancias, el odio puede convertirse en un peligroso combustible, siendo su punto de ignición un soporte discursivo que lo propague. Las constantes imágenes y discursos promovidos por grupos radicales en Europa y en Estados Unidos y por algunos sectores en América Latina estigmatizando a los migrantes constituyen para algunos una fuente de inspiración: la marcha del pasado 18 de agosto evidencia que ya algunos de sus adeptos se localizan en Costa Rica. Es muy posible que la influencia de grupos ubicados en el exterior haya dejado algun rastro en las redes sociales, que solo una investigación a profundidad en las redes sociales permitiría aclarar en cuanto a su alcance y origen exactos.
Algunas medidas de carácter legal, que por sí solas no resuelven el problema de la incitación al odio, pueden contribuir a frenar notablemente los ardores de algunos en Costa Rica, como lo veremos en las líneas que siguen.
La sanción de conductas sociales repudiables (y repudiadas): «Estado… ¿estás?»
A raíz de esta manifestación organizada contra migrantes oriundos de Nicaragua el pasado 18 de agosto en este parque capitalino de San José, es muy posible que las diversas actitudes registradas de incitación al odio, a la intolerancia y a la xenofobia no sean sancionadas como tal. Si bien han sido condenadas por muy diversas organizaciones, incluyendo el Colegio Profesional de Psicólogos (véase comunicado ), y por las mismas autoridades del Estado costarricense, así como por las Naciones Unidas (véase comunicado oficial ), no pueden dar lugar a acción penal alguna, al menos hasta la fecha.
En efecto, un proyecto de ley (véase el texto del Expediente 20.174, presentado por siete legisladores) que pretende precisamente sancionar estas actitudes y estos discursos de odio se mantiene como simple proyecto de ley (y ello desde varios años) en la Asamblea Legislativa: este proyecto es similar a uno presentado en el 2014 (véase el texto del Expediente 19.062, presentado por un solo diputado). Es de notar que este último proyecto de ley fue incluido por Costa Rica ante Naciones Unidas para hacer ver sus esfuerzos por erradicar las diversas formas de discriminación en el 2015 (véase observaciones del CERD del 2015, punto 13). En mayo del 2017, se leyó que los promotores de esta iniciativa consideraban su tramitación «urgente» (véase artículo del Semanario Universidad).
Al igual que el proyecto 20.174, el proyecto 19.062 no ha sido aprobado, y sería muy interesante saber en cuántas oportunidades fueron convocados por el Poder Ejecutivo desde el 2014.
Dicho en otras palabras, en la actualidad, emprenderla públicamente contra los migrantes nicaragüenses; o bien, contra la población LGTBI, tal y como ocurrió durante la última campaña electoral en Costa Rica en la que el derecho internacional fue tema de álgidos debates (Nota 1); o bien contra la población indígena, afrodescendiente, o contra portadores del VIH-SIDA o contra algún otro grupo objeto de algún tipo de discriminación, ya sea en declaraciones públicas o ya sea en redes sociales, no se considera como un delito penal en Costa Rica. Como sí lo es en otros Estados, en los que la instigación al odio y a la intolerancia es considerada como un delito y es sancionada penalmente como tal.
Es también muy probable que la misma convocatoria a una marcha como la organizada en el Parque de la Merced este 18 de agosto tampoco sea sancionada, salvo en lo que refiere a la portación de armas blancas y a la preparación de bombas caseras artesanales decomisadas por la policía costarricense.
Marcha de la Solidaridad con Nicaragua, el pasado 25 de agosto de 2018. Foto: Anel Kenjekeeva.
El derecho penal como herramienta de prevención ante las diversas formas de intolerancia
El tipificar como delito en el código penal una conducta social reprochable tiene un efecto preventivo. Mantener un código penal en el que persiste un preocupante vacío con relación a la discriminación, el racismo y la xenofobia, es tolerar expresiones de intolerancia y de odio como las que se oyeron este 18 de agosto sin poder jurídicamente sancionarlas.
Como es sabido, el discurso del odio ha interesado a diversos órganos de Naciones Unidas, y ello desde varios años: su tipificación como delito penal es generalmente recomendado por estas entidades internacionales que se preocupan por temas de discriminación y de cómo prevenirla.
Así por ejemplo, encontramos en la legislación penal de Uruguay, el siguiente artículo: “TITULO III – DELITOS CONTRA LA PAZ PUBLICA CAPITULO I
Artículo 149-BIS (Incitación al odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas)
El que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión”.
ARTÍCULO 149 TER. (Comisión de actos de odio, desprecio o violencia contra determinadas personas). El que cometiera actos de violencia moral o física, de odio o de desprecio contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión u origen nacional o étnico, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión”.
De igual forma, una reforma legislativa (véase texto) fue aprobada y firmada por la Presidenta Bachelet en setiembre del 2017 en Chile (véase nota de prensa).
De varias advertencias pasadas hechas a Costa Rica: «Estado… ¿dónde estás?»
En el 2016, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas había señalado en sus observaciones al Informe de Costa Rica que: “10. El Estado parte debe redoblar sus esfuerzos por erradicar los estereotipos y la discriminación contra los miembros de pueblos indígenas, personas afrodescendientes, migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, y las personas con discapacidad, entre otras cosas poniendo en marcha campañas de concientización a fin de promover la tolerancia y el respeto de la diversidad. El Estado parte debe acelerar la adopción de una Ley para Prevenir y Sancionar todas las Formas de Discriminación, asegurándose que incluya una prohibición general de la discriminación por todos los motivos que figuran en el Pacto e incorpore disposiciones que permitan obtener reparación en casos de discriminación, racismo o xenofobia, mediante recursos judiciales eficaces y adecuados”.
Habíamos tenido la oportunidad de escribir con respecto a estas observaciones que:
«En esta materia, pese a innumerables casos de humillaciones y vejámenes sufridos por los integrantes de las poblaciones señaladas por el Comité, el Estado costarricense no ha desarrollado mayormente su legislación, incluyendo la penal, con lo cual actos que podrían calificar en otros Estados como crimen de odio, instigación al odio, a la discriminación o a la xenofobia no encuentran eco alguno en materia represiva»
(véase nota nuestra titulada «Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos a informe de Costa Rica: breves apuntes», publicada en Derechoaldia, edición del 10/04/2016).
En el marco de estas mismas reflexiones, nos permitimos señalar que:
«En el caso específico de la población nicaragüense, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su decisión (ver texto completo) sobre el caso de Natividad Canda Mairena (nicaragüense, destrozado por dos perros Rottweiler, en noviembre del 2005, en la Lima de Cartago, ante la mirada de bomberos, transeúntes, camarógrafos y personeros de fuerzas policiales) había advertido en el 2007 que: “Los Estados que, como Costa Rica, tienen bajo su jurisdicción a una elevada cantidad de inmigrantes no pueden dejar de tomar en consideración que éstos se encuentran en una situación de vulnerabilidad como sujetos de derechos humanos. Esta vulnerabilidad es aún mayor cuando un Estado acoge en su territorio a un alto número de ciudadanos de otro Estado, pues a menudo se genera en la población del Estado receptor una predisposición negativa hacia la población inmigrante. Esa predisposición negativa frecuentemente está acompañada de estigmatización social y, aunque manifestaciones de xenofobia o discriminación pueden estar latentes en toda sociedad, la población migrante es especialmente vulnerable a estas manifestaciones” (párrafo 293). En esta decisión del 2007, la Comisión rechazó la solicitud de Nicaragua al no haberse agotado los recursos internos en Costa Rica. Luego de varios años de procedimientos, en octubre del 2012, fueron absueltos todos los integrantes de las fuerzas de seguridad por los tribunales costarricenses (ver nota de La Nación)».
Devolviéndonos un momento a la idea que el desconocimiento del «otro» constituye una raíz muy fértil para la xenofobia, nos podemos preguntar: ¿Qué conocen de la cultura nicaragüense en el 2018 los colegiales costarricenses que desconocían antes del caso Canda del 2005/2007? ¿Qué ha hecho el Estado costarricense desde el 2005/2007 para proporcionar espacios en las aulas de sus colegios en aras de prevenir actitudes xenófobas de sus colegiales mediante el acercamiento a la cultura de estudiantes oriundos de Nicaragua?
Dependiendo de las respuestas a estas preguntas, se podría pensar que han pasado muchos años desde el caso de Natividad Canda, sin que se haya procedido a implementar políticas efectivas para prevenir la xenofobia contra los migrantes nicaragüenses en Costa Rica (Nota 2).
Con relación a las poblaciones indígenas y afrodescendientes que sufren muy a menudo humillaciones y vejaciones de todo tipo en Costa Rica, desde 1999, el Comité para la Eliminación de todas la Formas de Discriminación (CERD) de Naciones Unidas había externado a Costa Rica lo siguiente:
«14. El Comité recomienda que el Estado Parte tome todas las medidas legislativas pertinentes para procurar que los artículos 2 y 4 de la Convención se reflejen plenamente en el derecho nacional. En particular, el Comité destaca la importancia de prohibir y castigar adecuadamente los actos de segregación y discriminación racial, tanto si son cometidos por particulares como por asociaciones.
Se recomienda también que el Estado Parte intensifique sus medidas orientadas a prevenir y perseguir todo acto o manifestación de discriminación racial o xenofobia, incluidos los actos de violencia contra las personas pertenecientes a minorías étnicas y nacionales»
(véase observaciones hechas a Costa Rica en 1999, página 190, de este muy útil compendio que a la fecha no han encontrado eco alguno en la legislación penal costarricense).
En el 2015, el mismo CERD externó a Costa Rica que:
«14. El Comité recomienda priorizar en la agenda legislativa las iniciativas para la lucha contra la discriminación racial y la promoción de los derechos de las personas afrodescendientes y de los pueblos indígenas para su urgente discusión y adopción, en consulta con dichos pueblos, para contar con un marco legal adecuado en materia de lucha contra la discriminación racial»
En estas mismas observaciones hechas a Costa Rica (y pocamente difundidas), los integrantes del CERD señalaron a las autoridades que:
«Tipificación de delitos discriminación racial 19. El Comité constata con preocupación que, a pesar de sus recomendaciones anteriores, no se modificó la legislación sobre los delitos de discriminación racial, la cual sigue siendo considerada en Costa Rica una infracción menor castigada con una multa (art. 4).
El Comité reitera su recomendación al Estado parte (A/62/18, párr. 299) de enmendar su legislación penal de tal manera que sea compatible con la Convención a la luz de sus Recomendación general Nº 35 (2013) relativa a la lucha contra el discurso de odio racista, elevando la sanción de las conductas delictivas de manera proporcional a la gravedad de los hechos. El Comité también recomienda al Estado parte incluir en su legislación penal un agravante por motivos de discriminación racial».
A modo de conclusión
Más allá de la muy limitada divulgación que se hace en Costa Rica de las observaciones de órganos de derechos humanos de Naciones Unidas a Costa Rica, no cabe duda que desatenderlas comparecencia tras comparecencia en Ginebra no resuelve mayormente el problema: el cual tiende, como muchos de los problemas en materia de derechos humanos, a agravarse con el tiempo.
Tal y como tuvimos la oportunidad de concluir un análisis a las observaciones hechas desde el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas a Costa Rica en el 2016.
«No cabe duda que estas observaciones del 2016, así como las advertencias anteriores del 2007 y las demás brevemente mencionadas, constituyen en sí un desafío, en aras de rectificar paulatinamente la peligrosa deriva a la que se asiste en materia de derechos humanos en Costa Rica desde varios años» (Nota 3).
Con relación a la imagen de una sociedad pacífica que acepta las diferencias, en los últimos tiempos, varios analistas han detectado que la sociedad costarricense ya no es tan tolerante como otrora (Nota 4).
Si bien las autoridades del Estado han calificado la marcha de este 18 de agosto del 2018 como «contraria a la idiosincrasia costarricense», el derecho internacional de los derechos humanos invita desde ya hace (muchos) años a los Estados a revisar su legislación penal, en aras de incorporar una útil herramienta jurídica, bajo la figura del «delito de odio o de incitación al odio».
Nótese que en diciembre del 2016, Costa Rica ratificó la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y otras formas conexas de Intolerancia (véase estado oficial de ratificación), cuyo artículo 4 – el primero del capítulo «Deberes del Estado» – podría interesar a muchas entidades en Costa Rica que luchan por erradicar conductas sociales repudiables como las que se manifestaron este 18 de agosto en San José (véase texto completo).
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Notas:
Nota 1: véase con respecto a esta atípica campaña vivida en Costa Rica nuestro breve análisis: BOEGLIN N.,»Costa Rica y el derecho internacional: una aclaración en medio de una campaña convulsa», febrero del 2018, publicado en DerechoalDia y disponible en este enlace.
Nota 2: véase al respecto un muy interesante análisis: BARRANTES CECILIANO A., “Caso Natividad Canda: pendientes de Costa Rica para sanar resabios de xenofobia“, publicado en el 2016 en DerechoalDia, disponible en este enlace.
Nota 3: véase BOEGLIN N., «Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos a informe de Costa Rica: breves apuntes», publicado en el sitio de Derechoaldia en abril del 2016, disponible en este enlace.
Nota 4: entre muchos análisis, se recomienda esta emisión radial del programa Hablando Claro de Vilma Ibarra (Radio Columbia) de enero del 2018 con los sociólogos Montserrat Sagot y Carlos Sandoval (disponible en este enlace).
Marcha de la Solidaridad con Nicaragua, el pasado 25 de agosto de 2018. Foto: Anel Kenjekeeva.
Nicolás Boeglin Naumovic
Profesor de Derecho Internacional, Universidad de Costa Rica
La crisis política que se ha desatado en Nicaragua desde el pasado 18 de abril ha significado un arribo masivo de nicaragüenses a suelo costarricense. No obstante, fiel a su legendaria tradición de tierra pacífica y de acogida, no se había registrado en Costa Rica ningún acto xenófobo antes del que fue organizado este 18 de agosto en el céntrico Parque de la Merced. Este concurrido espacio público se cerró por parte de la policía, y se reabrió con fuerte presencia policial al reiniciar esta semana (véase nota de prensa). Una acción policial muy certera permitió desactivar a tiempo una acción violenta dirigida por un pequeño grupo contra la población nicaragüense que se concentra usualmente en este parque josefino durante los fines de semana.
Sobre el contexto muy peculiar en el que se dió esta marcha, se recomienda la lectura de este artículo del Semanario Universidad en el que leemos, entre otras cosas, que: «según el censo del 2011, las personas nicaragüenses alcanzan “el 6% o 6,5% del total de la población, mientras que su contribución al PIB –según ese estudio– es del 12%, un dato muy significativo”.
La sombra de la intolerancia y el papel del Estado
Una lectura desde el ámbito internacional permite detectar algunas lagunas en el caso de Costa Rica, que a continuación detallaremos, en materia de lucha contra la xenofobia y la incitación al odio. El tema se torna particularmente preocupante en la medida en que la última campaña electoral vivida en Costa Rica evidenció actitudes y discursos de odio raramente escuchados contra la población sexualmente diversa. Ello sin hablar de la quema de ranchos de mujeres indígenas en Salitre acaecida en julio del 2014 durante el partido de fútbol entre Países Bajos y Costa Rica, sin que a la fecha haya sanción alguna contra los responsables de estos hechos (véase nota de prensa y este valioso análisis de la jurista Karine Rinaldi sobre los requerimientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a las autoridades costarricenses para apaciguar los ánimos en Salitre).
En términos generales, la lucha contra las diversas formas de intolerancia supone medidas de muy diversa índole para un Estado: la intolerancia nace usualmente del desconocimiento y de la ignorancia, obligando a un Estado a proveer espacios educativos para permitir un acercamiento a la «otredad«. Con relación a la población nicaragüense en Costa Rica, algunas iniciativas de carácter privado, en particular en el ámbito educativo y en la esfera cultural, así como algunos proyectos universitarios, han intentado materializar este acercamiento. Se trata de acciones muy valiosas, más aún si consideramos que el Estado costarricense mantiene una cargada deuda en este preciso tema.
Usualmente, el discurso de odio antecede acciones violentas, por lo que hay que mostrarse extremadamente alerta ante mensajes que susciten el odio. En el caso de la reciente campaña electoral en Costa Rica, la Defensoría de los Habitantes de Costa Rica fue muy enfática en advertir sobre la imperiosa necesidad de cesar el discurso de odio después de la primera ronda electoral celebrada el 4 de febrero del 2018 (véase comunicado oficial del 14/02/2018): semanas después de este llamado, se registró un aumento significativo de agresiones contra personas sexualmente diversas (véase artículo del Semanario Universidad del 28/02/2018).
Según las circunstancias, el odio puede convertirse en un peligroso combustible, siendo su punto de ignición un soporte discursivo que lo propague. Las constantes imágenes y discursos promovidos por grupos radicales en Europa y en Estados Unidos y por algunos sectores en América Latina estigmatizando a los migrantes constituyen para algunos una fuente de inspiración: la marcha del pasado 18 de agosto evidencia que ya algunos de sus adeptos se localizan en Costa Rica. Es muy posible que la influencia de grupos ubicados en el exterior haya dejado algun rastro en las redes sociales, que solo una investigación a profundidad en las redes sociales permitiría aclarar en cuanto a su alcance y origen exactos.
Algunas medidas de carácter legal, que por sí solas no resuelven el problema de la incitación al odio, pueden contribuir a frenar notablemente los ardores de algunos en Costa Rica, como lo veremos en las líneas que siguen.
Las conductas sociales repudiables (y repudiadas) no sancionadas
A raíz de esta manifestación organizada contra migrantes oriundos de Nicaragua el pasado 18 de agosto en este parque capitalino de San José, es muy posible que las diversas actitudes registradas de incitación al odio, a la intolerancia y a la xenofobia no sean sancionadas como tal. Si bien han sido condenadas por muy diversas organizaciones, incluyendo el Colegio Profesional de Psicólogos (véase comunicado), y por las mismas autoridades del Estado costarricense, así como por las Naciones Unidas (véase comunicado oficial), no pueden dar lugar a acción penal alguna, al menos hasta la fecha.
En efecto, un proyecto de ley (véase el texto del Expediente 20.174, presentado por siete legisladores) que pretende precisamente sancionar estas actitudes y estos discursos de odio se mantiene como simple proyecto de ley (y ello desde varios años) en la Asamblea Legislativa: este proyecto es similar a uno presentado en el 2014 (véase el texto del Expediente 19.062, presentado por un solo diputado). Es de notar que este último proyecto de ley fue incluido por Costa Rica ante Naciones Unidas para hacer ver sus esfuerzos por erradicar las diversas formas de discriminación en el 2015 (véase observaciones del CERD del 2015, punto 13). En mayo del 2017, se leyó que los promotores de esta iniciativa consideraban su tramitación «urgente» (véase artículo del Semanario Universidad).
Al igual que el proyecto 20.174, el proyecto 19.062 no ha sido aprobado, y sería muy interesante saber en cuántas oportunidades fueron convocados por el Poder Ejecutivo desde el 2014.
Dicho en otras palabras, en la actualidad, emprenderla públicamente contra los migrantes nicaragüenses; o bien, contra la población LGTBI, tal y como ocurrió durante la última campaña electoral en Costa Rica en la que el derecho internacional fue tema de álgidos debates (Nota 1); o bien contra la población indígena, afrodescendiente, o contra portadores del VIH-SIDA o contra algun otro grupo objeto de algún tipo de discriminación, ya sea en declaraciones públicas o ya sea en redes sociales, no se considera como un delito penal en Costa Rica. Como sí lo es en otros Estados, en los que la instigación al odio y a la intolerancia es considerada como un delito y es sancionada penalmente como tal.
Foto extraída de artículo de prensa titulado «Costa Rica: protestas contra migrantes nicaragüenses» (France 24).
Es también muy probable que la misma convocatoria a una marcha como la organizada en el Parque de la Merced este 18 de agosto tampoco sea sancionada, salvo en lo que refiere a la portación de armas blancas y a la preparación de bombas caseras artesanales decomisadas por la policía costarricense.
El derecho penal como herramienta de prevención ante las diversas formas de intolerancia
El tipificar como delito en el código penal una conducta social reprochable tiene un efecto preventivo. Mantener un código penal en el que persiste un preocupante vacío con relación a la discriminación, el racismo y la xenofobia, es tolerar expresiones de intolerancia y de odio como las que se oyeron este 18 de agosto sin poder jurídicamente sancionarlas.
Como es sabido, el discurso del odio ha interesado a diversos órganos de Naciones Unidas, y ello desde varios años: su tipificación como delito penal es generalmente recomendado por estas entidades internacionales que se preocupan por temas de discriminación y de cómo prevenirla.
Así por ejemplo, encontramos en la legislación penal de Uruguay, el siguiente artículo: “TITULO III – DELITOS CONTRA LA PAZ PUBLICA CAPITULO I
Artículo 149-BIS (Incitación al odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas)
El que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión“.
ARTTCULO 149 TER. (Comisión de actos de odio, desprecio o violencia contra determinadas personas). El que cometiera actos de violencia moral o física, de odio o de desprecio contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, religión u origen nacional o étnico, será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión”.
De igual forma, una reforma legislativa (véase texto) fue aprobada y firmada por la Presidenta Bachelet en setiembre del 2017 en Chile (véase nota de prensa).
De algunas advertencias pasadas hechas a Costa Rica
En el 2016, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas había señalado en sus observaciones al Informe de Costa Rica que: “10. El Estado parte debe redoblar sus esfuerzos por erradicar los estereotipos y la discriminación contra los miembros de pueblos indígenas, personas afrodescendientes, migrantes, solicitantes de asilo y refugiados, y las personas con discapacidad, entre otras cosas poniendo en marcha campañas de concientización a fin de promover la tolerancia y el respeto de la diversidad. El Estado parte debe acelerar la adopción de una Ley para Prevenir y Sancionar todas las Formas de Discriminación, asegurándose que incluya una prohibición general de la discriminación por todos los motivos que figuran en el Pacto e incorpore disposiciones que permitan obtener reparación en casos de discriminación, racismo o xenofobia, mediante recursos judiciales eficaces y adecuados”.
Habíamos tenido la oportunidad de escribir con respecto a estas observaciones que:
«En esta materia, pese a innumerables casos de humillaciones y vejámenes sufridos por los integrantes de las poblaciones señaladas por el Comité, el Estado costarricense no ha desarrollado mayormente su legislación, incluyendo la penal, con lo cual actos que podrían calificar en otros Estados como crimen de odio, instigación al odio, a la discriminación o a la xenofobia no encuentran eco alguno en materia represiva«.
(véase nota nuestra titulada «Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos a informe de Costa Rica: breves apuntes«, publicada en Derechoaldia, edición del 10/04/2016).
En el marco de estas mismas reflexiones, nos permitimos señalar que:
«En el caso específico de la población nicaragüense, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su decisión (ver texto completo) sobre el caso de Natividad Canda Mairena (nicaragüense, destrozado por dos perros Rottweiler, en noviembre del 2005, en la Lima de Cartago, ante la mirada de bomberos, transeúntes, camarógrafos y personeros de fuerzas policiales) había advertido en el 2007 que: “Los Estados que, como Costa Rica, tienen bajo su jurisdicción a una elevada cantidad de inmigrantes no pueden dejar de tomar en consideración que éstos se encuentran en una situación de vulnerabilidad como sujetos de derechos humanos. Esta vulnerabilidad es aún mayor cuando un Estado acoge en su territorio a un alto número de ciudadanos de otro Estado, pues a menudo se genera en la población del Estado receptor una predisposición negativa hacia la población inmigrante. Esa predisposición negativa frecuentemente está acompañada de estigmatización social y, aunque manifestaciones de xenofobia o discriminación pueden estar latentes en toda sociedad, la población migrante es especialmente vulnerable a estas manifestaciones” (párrafo 293). En esta decisión del 2007, la Comisión rechazó la solicitud de Nicaragua al no haberse agotado los recursos internos en Costa Rica. Luego de varios años de procedimientos, en octubre del 2012, fueron absueltos todos los integrantes de las fuerzas de seguridad por los tribunales costarricenses (ver nota de La Nación)«.
Devolviéndonos un momento a la idea que el desconocimiento del «otro» constituye una raíz muy fértil para la xenofobia, nos podemos preguntar: ¿Qué conocen de la cultura nicaragüense en el 2018 los colegiales costarricenses que desconocían antes del caso Canda del 2005/2007? ¿Qué ha hecho el Estado costarricense desde el 2005/2007 para proporcionar espacios en las aulas de sus colegios en aras de prevenir actitudes xenófobas de sus colegiales mediante el acercamiento a la cultura de estudiantes oriundos de Nicaragua?
Dependiendo de las respuestas a estas preguntas, se podría pensar que han pasado muchos años desde el caso de Natividad Canda, sin que se haya procedido a implementar políticas efectivas para prevenir la xenofobia contra los migrantes nicaragüenses en Costa Rica (Nota 2).
Con relación a las poblaciones indígenas y afrodescendientes que sufren muy a menudo humillaciones y vejaciones de todo tipo en Costa Rica, desde 1999, el Comité para la Eliminación de todas la Formas de Discriminación (CERD) de Naciones Unidas había externado a Costa Rica lo siguiente:
«14. El Comité recomienda que el Estado Parte tome todas las medidas legislativas pertinentes para procurar que los artículos 2 y 4 de la Convención se reflejen plenamente en el derecho nacional. En particular, el Comité destaca la importancia de prohibir y castigar adecuadamente los actos de segregación y discriminación racial, tanto si son cometidos por particulares como por asociaciones.
Se recomienda también que el Estado Parte intensifique sus medidas orientadas a prevenir y perseguir todo acto o manifestación de discriminación racial o xenofobia, incluidos los actos de violencia contra las personas pertenecientes a minorías étnicas y nacionales«.
(véase observaciones hechas a Costa Rica en 1999, página 190, de este muy útil compendio y que a la fecha no han encontrado eco alguno en la legislación penal costarricense).
En el 2015, el mismo CERD externó a Costa Rica que:
«14. El Comité recomienda priorizar en la agenda legislativa las iniciativas para la lucha contra la discriminación racial y la promoción de los derechos de las personas afrodescendientes y de los pueblos indígenas para su urgente discusión y adopción, en consulta con dichos pueblos, para contar con un marco legal adecuado en materia de lucha contra la discriminación racial«.
En estas mismas observaciones hechas a Costa Rica (y pocamente difundidas), los integrantes del CERD señalaron a las autoridades que:
«Tipificación de delitos discriminación racial 19. El Comité constata con preocupación que, a pesar de sus recomendaciones anteriores, no se modificó la legislación sobre los delitos de discriminación racial, la cual sigue siendo considerada en Costa Rica una infracción menor castigada con una multa (art. 4).
El Comité reitera su recomendación al Estado parte (A/62/18, párr. 299) de enmendar su legislación penal de tal manera que sea compatible con la Convención a la luz de sus Recomendación general N.º 35 (2013) relativa a la lucha contra el discurso de odio racista, elevando la sanción de las conductas delictivas de manera proporcional a la gravedad de los hechos. El Comité también recomienda al Estado parte incluir en su legislación penal un agravante por motivos de discriminación racial«.
A modo de conclusión
Más allá de la muy limitada divulgación que se hacen en Costa Rica de las observaciones de órganos de derechos humanos de Naciones Unidas a Costa Rica, no cabe duda que desatenderlas comparecencia tras comparecencia en Ginebra no resuelve mayormente el problema: el cual tiende, como muchos de los problemas en materia de derechos humanos, a agravarse con el tiempo.
Tal y como tuvimos la oportunidad de concluir un análisis a las observaciones hechas desde el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas a Costa Rica en el 2016,
«No cabe duda que estas observaciones del 2016, así como las advertencias anteriores del 2007 y las demás brevemente mencionadas, constituyen en sí un desafío, en aras de rectificar paulatinamente la peligrosa deriva a la que se asiste en materia de derechos humanos en Costa Rica desde varios años» (Nota 3).
Con relación a la imagen de una sociedad pacífica que acepta las diferencias, en los últimos tiempos, varios analistas han detectado que la sociedad costarricense ya no es tan tolerante como otrora (Nota 4).
Si bien las autoridades del Estado han calificado la marcha de este 18 de agosto del 2018 como «contraria a la idiosincrasia costarricense«, el derecho internacional de los derechos humanos invita desde ya hace (muchos) años a los Estados a revisar su legislación penal, en aras de incorporar una útil herramienta jurídica, bajo la figura del «delito de odio o de incitación al odio«.
Nótese que en diciembre del 2016, Costa Rica ratificó la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y otras formas conexas de Intolerancia (véase estado oficial de ratificación), cuyo artículo 4 – el primero del capítulo «Deberes del Estado» – podría interesar a muchas entidades en Costa Rica que luchan por erradicar conductas sociales repudiables como las que se manifestaron este 18 de agosto en San José (véase texto completo).
Notas:
Nota 1: véase con respecto a esta atípica campaña vivida en Costa Rica nuestro breve análisis: BOEGLIN N., «Costa Rica y el derecho internacional: una aclaración en medio de una campaña convulsa«, febrero del 2018, publicado en DerechoalDia y disponible en este enlace.
Nota 2: véase al respecto un muy interesante análisis: BARRANTES CECILIANO A., “Caso Natividad Canda: pendientes de Costa Rica para sanar resabios de xenofobia”, publicado en el 2016 en DerechoalDia, disponible en este enlace.
Nota 3: véase BOEGLIN N., «Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos a informe de Costa Rica: breves apuntes«, publicado en el sitio de Derechoaldia en abril del 2016, disponible en este enlace.
Nota 4: entre muchos análisis, se recomienda esta emisión radial del programa Hablando Claro de Vilma Ibarra (Radio Columbia) de enero del 2018 con los sociólogos Montserrat Sagot y Carlos Sandoval (disponible en este enlace).
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).
Me conmovió de sobremanera leer sobre todas aquellas personas que hicieron el esfuerzo por regresar a Costa Rica, casi que con el fin exclusivo de votar y alzar su derecho a favor de una sociedad que continúe acogiendo un orden democrático que aunque imperfecto, brinda garantías de una institucionalidad y convivencia social orientada a la tolerancia, la justicia social, la integración y el respeto del derecho.
Si bien desde el gobierno de Monge (1982-1986) esas condiciones se han venido deteriorando con la intromisión del neoliberalismo, lo cierto es que la sociedad costarricense no ha claudicado en su anhelo y esfuerzo por alcanzar una sociedad donde todas las personas quepamos en condiciones de justicia, igualdad y equidad en la distribución de riqueza, y en los años recientes, con mayor nivel de armonía con la naturaleza.
Las últimas semanas, y particularmente con la presentación del Plan de Gobierno 2.0 del Partido Restauración Nacional, dejó en evidencia la odiosa confluencia de los intereses económicos de la burguesía nacional que parecieron tener muy buena sintonía con un discurso moralizante, evangelizador y discriminatorio de todo aquello que se aparta de la moral fundamentalista cristiana. Doloroso tener que reconocer como el odio, la intolerancia, la persecución, el fundamentalismo religioso y la violencia se visibilizaron y posicionaron con simpleza en nuestra sociedad; estábamos o estamos a un paso de que se instalara el pensamiento nazista que otrora acabó con la vida de millones de negros, judíos, gays y gitanos
Dichosamente, hoy le asistimos un duro golpe a esa visión de mundo que pensaba retrotraernos 2000 o 2500 años hacia atrás, heredándonos incluso tradiciones e instituciones del oscurantismo medieval y de la inquisición católica.
Muchas pueden ser las razones por las cuales la sociedad costarricense se volcó contra la propuesta del sequito de Fabricio y los neoliberales que posteriormente se le adhirieron; sin embargo, me voy a concentrar brevemente en las siguientes:
La ampliada indignación nacional que borró las fronteras de la pertenencia partidaria y que reconoció el riesgo de violentar un orden societal basado en la defensa, promoción, respeto, exigibilidad y disfrute de los derechos humanos.
Indiscutibles falencias intelectuales, profesionales y personales de Fabricio Alvarado que quedaron ampliamente demostradas en los pocos debates en que participó. Participar en política no es lo mismo que hablar en lenguas en un culto.
Incomprensión e irrespeto aberrante hacia la normativa internacional con la que el país se ha comprometido durante varias décadas, y que a su vez son garante de la promoción de los derechos humanos y las normas de convivencia internacional.
La relación personal y espiritual entre Fabricio y Rony Chávez (este último su padre espiritual) se tornó en un elemento de conflicto en la campaña en la medida que Chávez argumenta que la Virgen de los Ángeles es un espíritu demoniaco que debe ser combatido y desterrado. Este es un tema muy sensible para millones de católicos en el país y Fabricio nunca fue capaz de aclararlo o procuro desviar la discusión.
Un plan de gobierno que en sus diferentes versiones no demostró ni coherencia, ni una direccionalidad política nacional, y que más bien dejó la sensación de ser el plan de una iglesia que quería expandirse a nivel nacional e imponerse como orden moralizante.
Choque frontal y un cuestionamiento continuo hacia la institucionalidad electoral costarricense.
Adhesión oportunista de una serie de figuras ampliamente cuestionadas y mohosas del Partido Liberación Nacional, entre ellas Antonio Álvarez Desanti -candidato perdedor; lo que permitió dejar en claro que el Partido Renovación Nacional es sumamente poroso, que eso de las manos limpias es solo un eslogan de campaña, y que para hacer negocios, se lo hace desde cualquier partido político. A esto hay que sumarle la adhesión de Otto Guevara y otros candidatos presidenciales perdedores que más bien resultaron inconvenientes.
La sospechosa relación entre la campaña de Fabricio Alvarado, el diario digital el Mundo y OPol Consultores que generalmente le favorecía en las encuestas y que solía distanciarse con creces a las encuestas del CIEP de la Universidad de Costa Rica. Los resultados electorales dejan en amplio descredito a OPol y las personas que estaban detrás de esa empresa.
La indignación nacional se expresó no solo en el voto, sino en una sostenida campaña de memes, videos, comentarios, noticias y reflexiones en las redes sociales y en Whatsapp, las mismas debe asumirse como formas de participación social y de educación que permitieron conocer los riesgos que implicaba un posible ascenso de Fabricio Alvarado a la presidencia del país.
La derrota de Fabricio es a su vez una derrota para los hermanos Arias pues sus intereses económicos y políticos se posicionaron rápidamente detrás de éste; es una doble derrota para un deslucido Álvarez Desanti, sus seguidores y el sector más rancio del PLN; y es una humillación para la Iglesia Católica costarricense que le cedió espacio al fundamentalismo evangélico, perdiendo credibilidad social.
Sin embargo, deseo llamar la atención sobre el siguiente aspecto. En este round Fabricio resultó perdedor; no obstante, desde hace varios años el fundamentalismo cristiano aprendió a degustar las mieles del poder, y van por éste. Desde mi lectura, el fundamentalismo cristiano es ya un movimiento social (eso sí, de derecha), y han venido demostrando que tienen músculo político y que tienen capacidad para movilizarse y hacer temblar la institucionalidad costarricense; sino, recuérdese la cantidad de diputaciones que ganaron para la próxima Asamblea Legislativa, situación que avizora una situación especialmente delicada para el gobierno de Carlos Alvarado.
Finalmente, tenemos cuatro retos muy importantes y que no se deben de descuidar, a saber:
Carlos Alvarado debe hacer un excelente gobierno en términos de justicia social, distribución de riqueza, desarrollo de infraestructura, protección del medio ambiente y defensa de los derechos humanos; de no hacerlo, puede que no resistamos un nuevo embate del movimiento fundamentalista cristiano y su asociación con el pensamiento neoliberal.
El Tribunal Supremo de Elecciones debe revisar y modificar su normativa. Resulta inverosímil que ante tanta violación a la norma electoral, el tribunal se quede casi de brazos cruzados.
La vivencia espiritual debe complementarse con un pensamiento científico que permita enfrentar el pensamiento mecánico-mágico-religioso que está en la base del fundamentalismo cristiano. El desarrollo de una política cultural, educativa y participativa podría incidir en que recuperemos lo mejor de pensamiento de la ilustración, sin descuidar una relación constructiva y respetuosa con el medio ambiente.
La capacidad de reacción y acción social que asumió una buena parte de la sociedad costarricense contra la intolerancia debe mantenerse y fortalecerse. Como lo externé líneas atrás, el fundamentalismo cristiano es ya un movimiento social, con músculo y presencia en la Asamblea Legislativa; vendrán días aciagos en los que intentaran imponer su visión moral y excluyente de lo que es el ser humano, y debemos tener capacidad para cuestionarlos y enfrentarlos.
Dichosamente ganó la sensatez, el respeto a lo socialmente diverso, una agenda que garantiza los derechos humanos, y especialmente, la institucionalidad republicana que con sus evidentes limitaciones, aún permite la convivencia y la inclusión y existencia de la diferencia. Por el momento, con buen tino enterramos la intolerancia.
«El año pasado ninguna mujer fue galardonada con un Premio Nobel en ciencia, ni una sola; tampoco el año anterior. Desde 1901 los Nobel han premiado a 561 hombres y 18 mujeres…«.
Cuando cualquier se atreve a hablar del tema de la homosexualidad, parece ser obligatorio primero decir que se es heterosexual, pues quienes leen de inmediato piensan que el redactor defiende una posición porque es gay o lesbiana, lo cual considero un atrevimiento, pues implica que si uno no es negro o no es mujer no puede defenderlos contra la discriminación social, que en algunos países llega en pleno siglo XXI a ser hasta esclavismo.
El segundo elemento, gústeme o no, es que el planteamiento que se argumenta generalmente con aspectos religiosos como fundamento para prohibir de manera legal cualquier cosa que se considere “pecado”, lo extraño es que, siendo humanos, según este mismo enfoque, cometeremos multiplicidad de pecados, de diferentes tamaños, colores y sabores. Para algunas fes religiosas unos serán imperdonables y otros se podrán perdonar, sin embargo, eso no quiere decir que en nuestros tiempos, todos los pecados están prohibidos por ley, eso solo suceden en países fundamentalistas, donde la unión entre Estado y religión no se da.
La resolución de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos que concluyó que a los homosexuales se les deben dar los mismos derechos que a los otros ciudadanos, haciendo referencia específica al matrimonio, ha causado tal revuelo en nuestro país, supongo que también en el resto del continente que están bajo la jurisdicción de ese organismo de la Organización de Estados Americanos, que ha sacado a la luz todas las opiniones cargadas de odio, desprecio y desde lujo prejuicio, igual que cuando muchos se opusieron décadas atrás al matrimonio interracial.
En todos los grupos virtuales, Facebook donde estoy de gentiles personas, incluso dulces “almas” inteligentes, las que empiezan diciendo algo como “yo no soy homofóbico, ni condeno ni juzgo, incluso tengo amigos gay pero…” han salido los sapos y culebras (aquella expresión del cuento infantil) así de la boca de familiares, compañeros de trabajo, dirigentes sindicales, excompañeros de escuela de colegio, “expertos” en derecho, todos condenando lo resuelto incluso cuestionando la validez legal de la resolución de la Corte Interamericana, incluso demandando respeto a la soberanía o a salirse del sistema interamericano de derechos humanos.
Hemos leído también una especie de advertencia apocalíptica que culminará primero con la destrucción de la familia y posteriormente la prohibición del ejercicio de la fe religiosa, incluso una internauta que advirtiendo que “correrá sangre”, hasta han dicho que nos van a “homosexualizar a todos, se acabará el mundo por falta de hijos.
Nos encontramos ante una discusión que mezcla los temas religiosos con los derechos civiles, quizás es así por tener una Estado Confesional cuya religión oficial es la católica, apostólica y romana, algo así como que el Estado costarricense fuera una persona real -no jurídica- con alma que puede profesar una religión, aunque respeta la libertad de culto.
En este tema puntualizo:
Todos tienen derecho a pensar y expresarse libremente, pero esto tiene límites pues hay opiniones xenofóbicas, racistas, homofóbicas, machistas, las cuales no se deben respetar.
Cada pareja tiene derecho a las prácticas sexuales consensuadas que desee y no puede ni debe ser condenado menos restringido.
Todos los ciudadanos tienen derecho a un trato igualitario, aunque eso sea considerado pecado por cualquiera de las religiones, pues la fe es una decisión privada no pública.
El país ha reconocido que existen todo tipo de familias, no solo la familia de mamá, papá e hijos.
La jurisdicción de la Corte Interamericana de derechos humanos es incuestionable, así lo ha dicho la Sala Constitucional aunque el país se saliera de esa convención, las sentencias previas seguirán siendo obligatorias, lo que procede al Gobierno de la República, es acatarlo de inmediato, de implementarlo a la mayor urgencia posible en lo que corresponda desde la Administración, el Registro Civil y el aparato consular, como desde la Institucionalidad pública, para asegurar el desarrollo de los Derechos que allí se han reconocido.
No podemos atar la vida democrática a las creencias de ninguna religión pues de ser así, el divorcio no se permitiría, estaría prohibido el matrimonio por segundas nupcias, la unión libre posiblemente sería delictiva, la educación estaría dirigida por una religión que pondría en duda los avances científicos que entren en contradicción con sus postulados y los cementerios, quizás serían todavía católicos y no podríamos enterrar a quienes no son de esa fe, etc.
Debemos aprender a incorporar los valores de la tolerancia y respeto por los demás, aunque eso le incomode a cualquiera, es imperativo superarlo para vivir en una sociedad democrática.
Las organizaciones firmantes hacemos el día de hoy, martes 23 de enero de 2018, un llamado en favor de los Programas de Afectividad y Sexualidad promovidos por el Ministerio de Educación Pública (MEP).
Nosotros y nosotras integrantes de distintos colectivos, Iglesias y movimientos sociales, defensores de los derechos humanos:
Creemos que los derechos humanos son principios y acciones que nos dan las mismas oportunidades a todas las personas sin discriminación alguna.
Creemos que la sexualidad humana forma parte vital de nuestra cotidianidad y nos permite trascender y entrar en comunión con las demás personas.
Creemos que el Estado costarricense debe garantizar el ejercicio de los derechos de toda persona, sin prejuicios asociados a grupos históricamente vulnerados.
Creemos en la política como vehículo que estimula el bienestar común y no como estrategia de manipulación, sustentada en el engaño y el miedo.
Creemos que la educación es un proceso integral que abarca todas las dimensiones del ser humano, donde se aprende a partir de la experiencia y convivencia con personas distintas.
Creemos que las iglesias y las comunidades de distintos credos se fundan en el amor cimentado en la justicia, la paz y el respeto mutuo.
Creemos en el ejemplo de amor al prójimo, solidaridad y opción preferencial por las personas discriminadas que nos da Jesús de Nazaret.
Creemos que lo realmente importante en las familias es el amor, el respeto, el cuido y el apoyo mutuos, independientemente de cómo estén conformadas.
Creemos en el derecho de las personas jóvenes de ser protagonistas de sus propias vidas y a ser integrados en las discusiones sobre las problemáticas de la realidad nacional.
Creemos que las niñas, niños, adolescentes y jóvenes pueden aprender a respetar a las personas que piensan, sienten y viven de manera diferente.
Creemos que las personas adultas tenemos la capacidad de aprender, y reaprender, sobre nuestra propia sexualidad y revertir ideas falsas asociadas a esta dimensión de nuestras vidas.
Creemos que educar en la afectividad y sexualidad potenciaría las capacidades de las personas jóvenes en lo que respecta al autocuido y el cuido de sus semejantes.
Creemos que las instituciones educativas pueden ser espacios de confianza que prevengan la violencia sexual, embarazos no deseados, acoso sexual, discriminación a personas sexualmente diversas y bullying.
Creemos que el derecho a la salud implica el acceso pleno a un servicio seguro y confiable, así como a la transmisión de información transparente, completa y sin tabúes por parte de los profesionales del área.
Creemos que las nuevas generaciones tienen derecho a vivir una vida plena y libre de violencia debido a sus opciones de vida.
Creemos que la implementación de los Programas de Educación para la Afectividad y la Sexualidad propuestos por el Ministerio de Educación Pública, contribuyen grandemente al rol de las familias en la educación integral de sus hijos e hijas.
Ante las murmuraciones y movilizaciones ideologizadas contra las políticas públicas, en materia de educación para la vivencia plena y responsable de la sexualidad, nos oponemos a los discursos que motivan al odio, a la discriminación y a la confusión, promovidos por sectores fundamentalistas religiosos, posiciones políticas oportunistas y sectores que buscan violentar la dignidad de grupos sociales distintos a los suyos e instamos a todas las personas que habitamos en Costa Rica, a estudiar y reflexionar sobre los contenidos de los programas sin prejuicios, con capacidad crítica y con la esperanza de crecer en libertad, autonomía y responsabilidad.
Instamos apoyar la continuación de la implementación de estos programas, pues sirven de apoyo a los hogares en la formación educativa, además de evitar las iniciativas que buscan obstaculizar el derecho humano a la educación.
El amor es paciente, el amor es bondadoso. Ante lenguajes intolerantes y agresivos creemos en la educación transformadora de la sexualidad y la afectividad y nos sumamos a la esperanza de la acción efectiva de la educación pública para lograr el reconocimiento y el respeto a los derechos humanos.
San José, Costa Rica, 23 de enero de 2018.
*Arte por la Paz. Asociación de Comunidades Ecologistas La Ceiba – COECO-ceiba.*Casapalabra. Centro de Amigos para la Paz. Centro de Estudios Humanistas. Comunidad para el Desarrollo Humano. Colectiva Coexistir. Colectivo de Psicología de la Liberación-Universidad Nacional. Colegio Mundo Unido. Departamento Ecuménico de Investigaciones, DEI. Escuela Ecuménica de Ciencias de la Religión, Universidad Nacional. Grupo de apoyo a familiares y amig@s de la diversidad sexual GAFADIS. Iglesia Luterana Costarricense, ILCO. Laboratorio Nuevas Masculinidades (LabNuMa). Laicos y laicas de Justicia, Paz e Integridad de la Creación, JPIC. Movimiento Alternativo de Izquierdas MAIZ. Observatorio de Género y Comunicación Centroamericano, GEMA. Red de Teólogas, Pastoras, Activistas y Lideresas Cristianas, TEPALI. Red Ecuménica de Lectura Popular de la Biblia. Servicio, Paz y Justicia SERPAJ-CR. Universidad Bíblica Latinoamericana, UBL. Voces Nuestras.