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Etiqueta: estado de derecho

La defensa del Poder Judicial

José Manuel Arroyo Gutiérrez

Corren tiempos difíciles para defender al Poder Judicial y a sus órganos auxiliares (Ministerio Público, OIJ, Defensa Pública). Pero tenemos que hacerlo sentando la primera diferenciación: una cosa es el entramado institucional y otra, muy distinta, las personas que circunstancialmente lo representan. Además, en un cuerpo tan amplio y complejo como el Poder Judicial costarricense, no es válido hacer generalizaciones. Hay de todo como en cualquier conglomerado humano. No creo equivocarme si digo que, a todo nivel, es más la gente íntegra y trabajadora que la corrupta o negligente.

Otra cuestión que debe quedar muy clara es que, en democracia, una cuestión es criticar las instituciones para mejorarlas, y otra, la opuesta, levantar señalamientos para demolerlas y arrasar con el sistema democrático mismo.

El primer gesto de defensa institucional consiste, entonces, en reconocer lo que ha andado mal por muchos años –nostra culpa-, esos crónicos males sin resolver, como la insostenible duración de los procesos; la pésima calidad de las investigaciones; la mediocre calidad jurídica de resoluciones y sentencias; la ausencia de controles efectivos sobre el rendimiento profesional del funcionariado y las abusivas prácticas de los litigantes; la tozuda resistencia de la cúpula a impulsar las transformaciones urgentes o a soportar las evaluaciones externas. Lo anterior sólo para mencionar algunas de las cuestiones más sensibles a las que no se ha dado respuesta.

A esto hay que agregar las cíclicas crisis del sistema por escándalos de corrupción, a saber, influencia de la peor política en decisiones trascendentales (reelección presidencial, manoseo de la Constitución en leyes de implementación del TLC, impunidad en el juzgamiento de líderes políticos y miembros de los supremos poderes, para solo dar algunos ejemplos) y, ahora, la amenazante infiltración del crimen organizado en la sociedad y los poderes públicos, incluido el sector justicia.

La estrategia de quienes se sienten autorizados a cuestionar el sistema tradicional en su conjunto, sea blandiendo motosierras, lanzallamas o jaguares desbocados, han alzado la bandera de cambiarlo todo… Pero como ya sabemos, para que nada cambie.

¿Qué sentido puede tener la consigna del cambio si en el fondo se trata del adagio, tan caribeño, de quítate tú pa´ ponerme yo? ¿Qué avance significativo puede haber si no le entramos, en serio, al mejoramiento del servicio público de justicia, a las respuestas en tiempos razonables, los procedimientos interminables, la calidad de las investigaciones, el control disciplinario sobre los que no dan la talla o no consiguen tener un mínimo de destrezas en resoluciones y sentencias? ¿Qué vamos a ganar si no reconocemos que a estas alturas del sigo XXI no podemos seguir arrastrando un modelo de organización y funcionamientos del Judicial anclado en el siglo XIX? ¿Hasta cuándo vamos a deslindar, de una vez por todas, la función jurisdiccional (a cargo de los tribunales de todas las categorías), de la función de gobierno y administración (ejercido por un órgano especializado que sustituya a la Corte), fuente de toda burocratización e ineficiencia del Poder Judicial? ¿De qué nos va a servir que nuevas mayorías parlamentarias aspiren a renovar la Corte Suprema si, en lugar de los amigos de otros, van a colocar a sus propios amigos, perpetuando la mala práctica de relegar a las y los mejores para asegurar influencias en caso de requerirse?

Estamos al borde de un abismo autoritario donde el ideal transformador es Nayib Bukele, caudillo salvadoreño, es decir, un Ejecutivo que concentre todo el poder, que pueda hacer y deshacer sin controles republicanos; un régimen que no dé cuentas al parlamento y menos aún a los jueces y demás entidades contraloras; un “orden” de vida cimentado en el estado de sitio y la suspensión de garantías individuales. Pero hay que reconocer, con mucha desazón, que hemos llegado hasta aquí porque por décadas no corregimos lo que anduvo mal. Estamos desmantelando el estado social de derecho a pellizcos; engendramos una sociedad cada vez más violenta, desigual e inequitativa; caímos en el dogma de la reducción del Estado y la desfinanciación de servicios públicos básicos.

Han sido muchos los expulsados del sistema escolar y quienes no gozan de garantías sociales y laborales mínimas. Las fuerzas políticas dominantes creyeron que podían hacer con las instituciones, los nombramientos y las políticas públicas lo que conviniera a sus particulares intereses, olvidándose de las grandes mayorías, los sectores más vulnerables, los marginados y desplazados, buena parte de los cuales han concurrido a votar en masa por el continuismo chavista, la voz que insulta, despotrica e injuria, pero que de alguna manera – o quizá precisamente por eso- ha logrado canalizar todo el descontento real y legítimo de la gente. Detenerse a oír las “soluciones” propuestas de la Presidenta electa, centradas en la implementación de la “mano dura”, o bien en la abrogación de derechos, libertades y garantías constitucionales, solo puede producir vértigo, ya sea por la vacuidad de las consignas, ya sea por la amenaza de vivir en una sociedad sin estado de derecho.

Cuánto tiempo proseguirán las cosas sin que nada cambie lo veremos en cuestiones muy concretas: la organización y funcionamiento del Poder Judicial seguirá siendo la misma; a las nuevas fuerzas políticas le convendrá mantener una cúpula judicial que concentre poderes, anacrónica e ineficiente, que se ponga a disposición de las mayorías legislativas y ejecutivas de última hora y a la que se le pueda echar la culpa de todo lo que no funciona; un “nuevo” Poder Judicial que le pase por encima a la Constitución y a la propia madre si con eso complace a los poderosos de turno. Ya hay un adelanto de esto si nos fijamos en el grupito de magistrados (as) que votaron en contra del pase a la Asamblea Legislativa de los casos contra Chaves.

Cuánto seguirán las cosas como están, lo sabremos cuando se entienda que la manifiesta impunidad en procesos contra gentes con poder político o económico, es un problema crónico y estructural, que juega a favor de los corruptos (empresarios en colusión con funcionarios), cálculo que ya estarán haciendo los herederos de última generación de quienes confunden la cosa pública con la privada, el interés personalísimo con el bien común, los recursos de todos con el aprovechamiento de unos pocos. Todo lo cual no es monopolio de unos u otros líderes o partidos, los tradicionales o los recién llegados, sino del modo de operar el sistema mismo, diseñado para que corrupción e impunidad se terminen consumando más allá de personajes y engranajes. La cruda verdad que tenemos que enfrentar no es que haya corruptos por aquí o por allá, lo que debemos comprender es que las reglas del sistema mismo son las corruptas: un neoliberalismo que ve oportunidades de negocio en la gestión gubernativa y en cualquier inversión con dineros públicos. Por eso su obsesión privatizadora, su famosa estrategia de alianzas público-privadas y la precarización de servicios para obligarnos a todos a pagarlos en lo privado.

Confirmaremos que las cosas siguen como están cuando un día, –¡oh sorpresa!- las empresas constructoras de siempre sigan ganando los licitaciones de obra pública, por ejemplo, para construir la nefasta mega-cárcel o el complejo de la ciudad gobierno; sabremos asimismo que nada ha cambiado cuando veamos que la obra pública en salud (hospitales regionales, la Torre del Hospital de Niños), y en educación (el deterioro edilicio de escuelas y colegios), seguirán enfrentando trabas y retrasos, para crear necesidades artificiales que le permitan, a quienes ven en la sanidad y la instrucción una mercancía más, hacerse ricos mientras amplios sectores se quedan sin acceso a estos derechos indispensables. Y en fin, para no hacer la lista interminable, las cosas seguirán como están cuando los grandes financistas de campañas electorales sigan apostando al caballo ganador, o bien si la nueva mayoría en la Asamblea Legislativa, dicta su reglamento para hacer nombramientos de Corte y otros altos cargos, a la medida de la coyuntura que le favorece, ignorando a los aspirantes con mejores atestados y experiencia, sacrificando, una vez más, la excelencia independiente por la mediocridad servil.

No se sostiene la crítica de que los hechos irregulares o de corrupción que emergen en la Corte Suprema son responsabilidad del mismo Poder Judicial, puesto que las designaciones de magistraturas son resorte de la Asamblea Legislativa y, hasta donde lo confirman los hechos, la Corte más bien ha cumplido con los procedimientos para disciplinar y enjuiciar a los magistrados envueltos en este tipo de infracciones. Tampoco es cierto que esta cuestión sea exclusiva responsabilidad del bipartidismo PLN/PUSC, la famosa “red de cuido”, dado que desde hace 24 años han concurrido muchos partidos en la designación de miembros de Corte y, al día de hoy, la gran mayoría ya no fueron electos por esa situación política.

Tampoco puede aceptarse la crítica lanzada contra el Poder Judicial como supuesto responsable de la grave situación de violencia criminal y la consiguiente impunidad. La acusación no resiste un serio análisis porque es responsabilidad del Ejecutivo, y no del Judicial, la función constitucional de mantener la seguridad, el orden público y la prevención del delito por medio de sus cuerpos policiales. Los tribunales de justicia, los fiscales y la policía técnica judicial intervienen cuando ya el hecho delictivo ha sido tentado o consumado, en una función estrictamente punitiva. Tampoco es de recibo la crítica de que la impunidad es responsabilidad del sistema de justicia en razón de que policía administrativa (Fuerza Pública) cumple con su deber deteniendo a los presuntos responsables y, en cuestión de horas, jueces y fiscales los ponen en libertad (puerta giratoria), ya que, al formularse el señalamiento, no se da ni un solo dato de, en cuántos casos ocurre esto, si el trabajo policial ha sido bien hecho respetándose derechos fundamentales, y si las razones del actuar judicial está bien o mal justificado. Esta descalificación omite, en cambio, considerar que Costa Rica, en los últimos treinta años, no sólo se ha abusado de la prisión preventiva sino que en números macro, se ha pasado de tener una tasa de prisionización de 100 presos por cada 100 mil habitantes, a una que ronda en la actualidad los casi 400 prisioneros por 100 mil habitantes. Este es un fenómeno prácticamente implosivo, que revela una deriva punitiva centrada en el encierro, que para bien o para mal, esta es una sociedad que ha apostado por encarcelar cada vez más gente y que es falsa la acusación de indolencia o alcahuetería del sistema penal. Es evidente que el frío no está en las cobijas, sino en ese modelo económico que ha abandonado el estado social de derecho inclusivo (estado de bienestar), por el excluyente y divisivo sistema de libérrimo mercado.

En fin, cuando uno oye al Presidente de la democrática República de Costa Rica, la misma que tiene más maestros que soldados, referirse a la Corte Suprema como “…un cáncer, una bolsa de pus…”, aparte de sentir que hemos tocado fondo, sólo cabe la pregunta: ¿de dónde surge tanto odio? La respuesta es muy sencilla: es el odio del autócrata que no controla a los jueces a su gusto y antojo… al menos hasta ahora.

Una última interrogante se impone: ¿hasta cuándo los demócratas auténticos impulsaremos los cambios que nos vacunen contra el reino de los tiranuelos populistas?

Ley en papel, derechos negados: la deuda histórica del Estado con los pueblos indígenas

SURCOS. En Costa Rica existe una ley que, en el papel, reconoce los derechos de los pueblos indígenas. Se trata de la Ley Indígena N.° 6172, aprobada en 1977, que establece principios contundentes: la propiedad colectiva de los territorios, la exclusividad de su uso por parte de las comunidades indígenas y la obligación del Estado de garantizar su protección.

Sin embargo, casi medio siglo después, la realidad en los territorios indígenas muestra una profunda contradicción: lo que la ley reconoce, en la práctica se incumple de manera sistemática.

Un marco legal preciso… que no se cumple

La Ley Indígena no deja espacio para ambigüedades. Desde su inicio define a los pueblos indígenas como sujetos colectivos con identidad propia y reconoce sus territorios como propiedad exclusiva de las comunidades. Además, establece que estas tierras son inalienables, imprescriptibles y no transferibles, y prohíbe expresamente que personas no indígenas puedan adquirirlas o utilizarlas.

Asimismo, la ley dispone que el Estado debe reubicar o expropiar a las personas no indígenas que ocupen tierras dentro de los territorios, y actuar de inmediato ante nuevas invasiones. También declara el cumplimiento de esta legislación como una prioridad nacional, obligando a todas las instituciones públicas a colaborar en su ejecución.

El reglamento complementa este marco, señalando mecanismos organizativos, representación jurídica y coordinación institucional para hacer efectivos esos derechos.

En otras palabras: la ley existe, es precisa y otorga herramientas suficientes para garantizar los derechos territoriales indígenas.

La realidad: territorios invadidos y derechos vulnerados

Pese a este marco jurídico, múltiples denuncias —como las que hemos venido documentando en SURCOS— evidencian una realidad muy distinta:

  • Territorios indígenas ocupados por personas no indígenas.
  • Procesos de recuperación de tierras enfrentados con violencia.
  • Ausencia de acciones efectivas del Estado para cumplir la ley.
  • Condiciones de vida marcadas por exclusión social, pobreza estructural y falta de acceso a servicios básicos.

Esta brecha entre ley y realidad no es accidental. Responde a una debilidad estructural del Estado para garantizar derechos cuando se trata de poblaciones históricamente marginadas.

Una ley nacida en un contexto limitado

El análisis de la historiadora Alejandra Boza Villarreal aporta claves importantes para entender esta situación. La Ley Indígena surge en un contexto en el que el Estado costarricense buscaba reconocer la existencia de los pueblos indígenas, pero lo hacía desde una visión todavía limitada, marcada por enfoques asistencialistas e integracionistas.

Si bien la ley representó un avance significativo para su época —al reconocer la propiedad colectiva y la autonomía territorial—, no rompió completamente con las estructuras de poder que históricamente han subordinado a los pueblos indígenas.

Esto explica, en parte, por qué la ley ha sido más declarativa que efectiva: reconoce derechos, pero no transforma las condiciones estructurales que impiden su cumplimiento.

El problema de fondo: voluntad política y modelo de desarrollo

El incumplimiento de la Ley Indígena no puede explicarse únicamente como una falla administrativa. Se trata de un problema más profundo:

  • Falta de voluntad política sostenida para ejecutar desalojos y procesos de recuperación territorial.
  • Conflictos con intereses económicos, especialmente en zonas donde hay presión sobre la tierra.
  • Un modelo de desarrollo que no prioriza los derechos de los pueblos indígenas, pese a lo que establece la ley.

Incluso cuando la legislación establece que solo las comunidades indígenas pueden explotar los recursos dentro de sus territorios, en la práctica se han documentado situaciones de uso indebido, extracción de recursos y afectaciones ambientales que contradicen ese mandato.

Organización comunitaria frente a la ausencia estatal

Ante este escenario, muchas comunidades han impulsado procesos de organización y recuperación territorial. La propia ley reconoce la importancia de las estructuras comunitarias y formas organizativas indígenas, así como su derecho a administrar sus territorios.

Sin embargo, estas iniciativas han debido avanzar, en muchos casos, sin el respaldo efectivo del Estado, e incluso enfrentando criminalización o violencia, con asesinatos y amenazas como expresión de ese clima.

Esto plantea una pregunta central: ¿hasta qué punto el Estado está dispuesto a cumplir su propia ley?

Más que una deuda legal, una deuda histórica

El problema no es que falten normas. El problema es que no se cumplen.

La situación de los pueblos indígenas en Costa Rica revela una contradicción profunda entre el discurso de país respetuoso de los derechos humanos y la realidad en los territorios.

Cumplir la Ley Indígena no es solo una obligación jurídica. Es una condición mínima para avanzar hacia una sociedad que respete la diversidad, la dignidad y los derechos colectivos.

Una tarea pendiente

A casi 50 años de su aprobación, la Ley Indígena sigue siendo una promesa incumplida.

Garantizar su aplicación efectiva implica:

  • Recuperar territorios ocupados ilegalmente.
  • Fortalecer la autonomía de las comunidades.
  • Asegurar condiciones de vida dignas.
  • Reconocer plenamente a los pueblos indígenas como sujetos de derechos.

Mientras esto no ocurra, la ley seguirá siendo un texto avanzado… pero insuficiente frente a una realidad que continúa negando derechos fundamentales.

Foto: Laura Rodríguez Rodríguez, UCR.

El espejismo bukelista: la trampa del régimen de excepción en Costa Rica

Por: JoseSo (José Solano-Saborío) | Entre Verdades y Opiniones

Hay verdades incómodas que, si no se dicen a tiempo, terminan costando libertades. Recientemente, un informe del Grupo Internacional de Expertos (GIPES) —analizado a profundidad por los colegas de Doble Check— puso sobre la mesa la realidad detrás del famoso «modelo Bukele» en El Salvador: crímenes de lesa humanidad, detenciones arbitrarias sin pruebas, torturas y miles de personas encarceladas injustamente. Ante esto, la respuesta del gobierno salvadoreño ha sido un manual de desinformación pura. Pero lo que debería quitarnos el sueño no es solo lo que pasa en El Salvador, sino cómo ese mismo libreto autoritario nos lo están queriendo empaquetar y vender aquí, en Costa Rica.

La falsa promesa de lo «temporal»

El oficialismo chavista no oculta sus intenciones. Hemos escuchado las declaraciones públicas y reiteradas de la presidenta electa, Laura Fernández, apuntando hacia un «modelo bukelista». Su propuesta es clara: solicitar a la Asamblea Legislativa la autorización para establecer un régimen de excepción «solo en casos necesarios», «de manera temporal» y en «zonas específicas».

Hagamos memoria y no caigamos en la trampa. Así exactamente le vendieron la idea al pueblo salvadoreño: como una medida de emergencia que duraría apenas 30 días. Este pasado 27 de marzo de 2026, esa medida «temporal» cumplió cuatro años ininterrumpidos de anular derechos constitucionales. El guion populista es predecible: te prometen ceder tus libertades por un ratito, pero una vez que prueban el poder absoluto, no lo devuelven.

El arma perfecta contra el opositor

El peligro más grande de un estado de excepción no radica en cómo trata a los criminales, sino en cómo se utiliza contra quienes resultan incómodos para el poder. En El Salvador, este régimen ha servido en bandeja de plata la excusa para perseguir sistemáticamente a opositores, periodistas, juristas y críticos.

Si creen que en Costa Rica estamos blindados contra eso, basta con ver los indicios que el chavismo ya ha dejado en nuestro propio Estado de Derecho. Hemos presenciado cómo se intenta usar el aparato estatal para intimidar, desde la burda «cama» que le intentaron hacer a Randall Zúñiga, director del OIJ, hasta los ataques desproporcionados contra comunicadores como la adulta mayor Stella Chinchilla. Peor aún, hemos cruzado líneas rojas dolorosas, como la instrumentalización de una institución como el PANI en contra de la hija del candidato opositor Álvaro Ramos.

Si este oficialismo es capaz de usar las instituciones para acosar y golpear a sus críticos bajo las reglas de una democracia normal, ¿se imaginan lo que harían con un régimen de excepción que suspende las garantías constitucionales?

Maras y carteles: realidades que no se mezclan

Más allá del peligro político, en el caso de Costa Rica un Estado de Excepción sencillamente NO se justifica. Quieren meter en un mismo saco realidades criminales que operan de forma totalmente distinta.

Las «maras» en El Salvador eran pandillas enfocadas en el control territorial de barrios, la extorsión directa y la violencia callejera focalizada. El monstruo que enfrentamos en Costa Rica es la penetración de carteles trasnacionales de la droga: crimen organizado de alta logística, redes complejas de lavado de dinero y manejo de rutas internacionales. Suspender los derechos de los ciudadanos de a pie en «zonas específicas» no va a desmantelar los capitales del narcotráfico. Lo único que logra una medida de este tipo aquí es debilitar nuestra histórica institucionalidad democrática, dándole un cheque en blanco a un gobierno intolerante a la crítica.

Un llamado a la defensa institucional

La historia nos exige estar a la altura del momento. Hago un llamado directo y urgente al Poder Judicial: ustedes son el último bastión de la legalidad en este país; no permitan que se atropelle nuestra Constitución. A la oposición en la Asamblea Legislativa: no cedan ni un milímetro ante el chantaje del populismo punitivo.

Y finalmente, a la prensa independiente y a la ciudadanía: es nuestro deber, hoy más que nunca, construir una narrativa propia, fuerte y basada en datos. No podemos permitir que la maquinaria de manipulación del oficialismo imponga su desinformación.

La democracia y las garantías ciudadanas cuestan generaciones construirlas, pero se pueden perder en la firma de un solo decreto «temporal».

Conciudadanos: No sacrifiquemos nuestra libertad por el espejismo de una falsa seguridad.

La derrota civil de Giorgia Meloni

Walter Antillón

Si queréis ir en peregrinación al lugar donde nació vuestra Constitución, id a las montañas donde cayeron los partisanos, a las cárceles donde fueron presos, a los campos donde les ahorcaron. Allí donde murió un italiano para recuperar la libertad y la dignidad, id, oh jóvenes, con el pensamiento, porque allí nació nuestra Constitución.
Piero Calamandrei

I.– Los días 22 y 23 de marzo de 2026, con el apoyo manifiesto de la primera ministra Giorgia Meloni, se celebró en Italia un referéndum para que el pueblo avalara una reforma de la Constitución aprobada por el Parlamento en materia judicial. Los principales cambios eran:

  1. La división del Consejo Superior de la Magistratura en dos órganos distintos: uno para jueces y el otro para fiscales;
  2. La reducción del peso de los fiscales y los jueces en el Consejo;
  3. ​La introducción del sorteo para la designación de los miembros del Consejo;
  4. La creación de un tribunal disciplinario, separado del Consejo Superior de la Magistratura.

Por debajo de sus argumentos técnicos, la reforma de Meloni buscaba destruir el sistema organizacional implantado con el Consejo Superior de la Magistratura en la Constitución del 48, al cual deben su independencia y su dignidad los jueces y los fiscales italianos.

Pero más del 53 % de los votantes dijo: NO. La mayoría del pueblo dio un voto de confianza a sus fiscales, a sus jueces y a su Consejo Superior; y tenía fundadas razones para ello, como veremos: el tema tiene su historia.

II.– De conformidad con el principio básico del régimen fascista de Mussolini: “Todo en el Estado, nada contra el Estado», durante los 23 años de la existencia de dicho régimen (1922-1945) la independencia deja de ser una condición inherente a las funciones jurisdiccionales. El resultado fue un cuerpo de jueces y fiscales sumiso ante las decisiones, las orientaciones e incluso los caprichos del Duce. Desaparece de Italia toda garantía de tutela de los derechos de las personas y el autoritarismo toma el lugar de la ley, ante la mirada pasiva de cortes y tribunales. Irónicamente, durante ese período los más connotados juristas redactan espléndidos códigos, pero están conscientes de que, en última instancia, mientras el Dictador conserve su poder, no prevalecerán los principios ni las normas de esos Códigos ni del Estatuto Albertino, sino la pulsión autoritaria de aquél.

III.– La Segunda Guerra Mundial culmina en 1945 con la derrota del Fascismo italiano y alemán, por obra de las tropas aliadas ayudadas por los movimientos partisanos representantes de los intereses populares, sobre todo de Italia y Francia. En ambos países se forma Gobiernos de Coalición con un fuerte componente popular, y se convoca a la integración de asambleas constituyentes para implantar las bases republicanas, democráticas y de justicia social del nuevo Estado.

En el proceso constituyente italiano, con más de 500 diputados, intervienen ilustres juristas como Lellio Basso, Costantino Mortati, Tomasso Perassi y Piero Calamandrei, junto con políticos como Aldo Moro, Palmiro Togliatti, Umberto Terracini, Pietro Nenni y el gran filósofo Benedetto Croce, entre muchos otros; y el resultado fue una constitución innovadora y progresista, con valiosos hallazgos normativos que luego la Corte Constitucional ha desarrollado fructíferamente.

Entre las grandes innovaciones que se introduce en el texto constitucional están, precisamente, la creación de la Corte Constitucional y la de un nuevo órgano: el Consejo Superior de la Magistratura. Este último, en particular, responde a la preocupación que muchos sentían con respecto al Poder Judicial a partir de la terrible experiencia de la pseudo-justicia fascista sufrida hasta hacía pocos años. ¿Cómo evitar que vuelva a ocurrir algo semejante? ¿Cómo propiciar la actuación de jueces y fiscales cultos, honestos, independientes e imparciales, defensores de la Constitución y los Derechos Humanos? Era necesario ser originales: pensar en un ente de rango supremo, al mismo nivel del Parlamento, conjurando a la vez los peligros del corporativismo y la jerarquización.

La instalación y el funcionamiento del Consejo Superior de la Magistratura marca un antes y un después en la historia de Italia: el órgano se funda en el principio de la absoluta paridad (sólo se diferencian en las funciones que desempeñan), y a él están sometidos, con igual tratamiento, desde el primer presidente de la Corte de Casación hasta el más modesto agente fiscal. El CSM está integrado mayoritariamente por jueces y fiscales electos por sus colegas de todo el país, en votación directa y secreta, aunque cuenta también con miembros que son académicos y abogados litigantes.

Al ocuparse eficazmente de una rigurosa formación de los aspirantes promocionados, proporcionándoles garantías de continuidad, seguridad y decoro, un salario adecuado, etc., el CSM produjo una nueva calidad de jueces y fiscales que muy pronto se hizo notar, exaltando la Constitución y actuando sin temor y con firmeza frente a los grandes poderes jurídicos y fácticos; y los resultados son historia.

IV.– Resultados del sistema: a) Unos 20 jueces y fiscales, entre ellos los fiscales Giovanni Falcone y Paolo Borsellino, fueron asesinados entre 1984 y 1992, como respuesta de la Mafia por sus acusaciones y procesos. El fiscal Giovanni Falcone coordinó las acusaciones que culminaron con la condena de más de 500 mafiosos.

V.– Resultados del sistema: b) Bajo los procesos de la operación «Manos Limpias” (mani pulite) iniciada en 1992 por parte de los fiscales y jueces Antonio Di Pietro, Piercamillo Davigo, Gherardo Colombo, Pierluigi Zanchetta, Francesco Saverio Borrelli, Giuliano Turone, Edmondo Bruti Liberati y muchos otros, contra la corrupción gubernamental y empresarial que agobiaba a Italia, se efectuó más de 5 mil indagatorias (entre ellas a cuatro ex primeros ministros, decenas de ministros y 200 parlamentarios), y se saldó con 1300 condenas judiciales contra ministros, directores de empresas públicas, diputados, industriales, banqueros, navieros, militares, etc.

VI.– Resultados del sistema: c) durante 30 años los jueces y fiscales italianos promovieron y tramitaron 86 procesos judiciales contra el multimillonario Silvio Berlusconi, dueño de un imperio mediático, comercial e industrial en Italia y Europa: senador y primer ministro de Italia en varios períodos, con amplias mayorías en el Senado y la Cámara de Diputados. A pesar de su inmenso poder político y económico, Berlusconi fue condenado muchas veces por los jueces italianos por fraude fiscal, tratos con la Mafia, soborno de funcionarios, corrupción de menores, etc., pero fue absuelto en múltiples ocasiones por prescripción del delito, y otras tantas fue indultado; aunque finalmente tuvo que cumplir pena de prisión y de trabajo social por el delito de fraude fiscal, y perdió su credencial de Senador. Durante años Berlusconi usó toda su influencia y poder en tratar de reformar y someter el sistema de la Justicia de su país, pero no lo consiguió. La muerte en 2023 lo libró de los últimos procesos.

VII.– La ultraderechista Giorgia Meloni proviene del fascista Movimiento Social Italiano (MSI) fundado por Giorgio Amirante, un acólito de Mussolini. Su alianza con la Liga Lombarda de Salvini y con Forza Italia, de Berlusconi (ambos igualmente pro-fascistas) le dio el triunfo en las urnas en 2022. Todas las tres tendencias mencionadas son hostiles a la Constitución de 1948 y, naturalmente, a la existencia del Consejo Superior de la Magistratura, al que responsabilizan de la beligerancia fiscal y judicial que, en su momento, desarticuló la Mafia Siciliana, barrió con Tangentopoli (el país de los sobornos) y durante 30 años, sin otra fortaleza que la Constitución y las leyes, persiguió judicialmente al poderoso multi-reincidente Silvio Berlusconi.

Meloni quiere despejar de obstáculos el camino de su proyecto presidencialista, y a la vez asegurarse de que no se repita, con ella y sus aliados, la saga judicial berlusconiana. Ello explica su empeño de descuartizar el Consejo Superior de la Magistratura: empeño plasmado materialmente en la relativa reforma constitucional aprobada por el Parlamento, y en la sucesiva campaña oficial para obtener un referéndum aprobatorio.

Pero el pueblo italiano rechazó sus pretensiones; y al hacerlo escribió una página gloriosa de reconocimiento y elogio para sus jueces y sus fiscales.

Sin idealizar la democracia, rescatarla

José Manuel Arroyo Gutiérrez

Quizá podamos aportar un rayo de luz en el oscuro panorama político costarricense si sentamos una premisa: toda democracia liberal-republicana y su Estado de Derecho es, en sus fundamentos, una democracia oligárquica.

Las oligarquías pueden convivir, con toda tranquilidad, ya sea con regímenes dictatoriales de facto, ya sea con gobiernos más o menos conservadores o progresistas surgidos de las urnas. Con total certeza, de sus exclusivas manos no dependerá nunca la consolidación o avance de la democracia.

La diferencia radica en si esas oligarquías monopolizan el poder político y su gobernanza, o bien, obligadas por el empuje de otros sectores de la sociedad, ceden parte de sus privilegios y deciden, -casi siempre por razones pragmáticas vinculadas a la estabilidad institucional y a la paz social-, otorgar derechos, un reparto menos injusto de la riqueza, o el ascenso social a ciertos sectores.

La historia de la democracia en Costa Rica no ha escapado a esta lógica. Dentro del bipartidismo (PLN/PUSC) tanto como dentro del pluripartidismo que lo ha seguido, los sectores oligárquicos nacionales han navegado sin sobresaltos, financiando a unos y otros, o dejando caer a unos en favor de otros, según soplen los vientos del electorerismo y las tendencias de moda; viendo con probable regocijo cómo viejos y nuevos partidos, con honrosas excepciones, se ponen a sus gratas órdenes en la Asamblea Legislativa. Por eso hemos visto cómo, financistas que fueron del PLN o del PUSC, aparecen apoyando a los improvisados liderazgos de última hora y sus partidos-taxi.

A partir de los años 80 del siglo pasado, con el surgimiento y predominio neoliberal, se frenó en seco el movimiento precedente de avances democráticos, para entran en una primera transición de estancamiento y, en los últimos años, de franco retroceso, sobre todo en cuanto a la respuesta a la violencia social mediante el sistema penal –sobre el que se quiere hacer recaer la responsabilidad exclusiva de aliviar los conflictos, las desigualdades e inequidades exacerbadas-, así como en cuanto a los derechos laborales y sociales en general –sobre todo con el deterioro de los derechos laborales y el acceso a servicios públicos de calidad-.

No son éstos tiempos, entonces, para seguir alimentando la mitología tradicional: ni somos la Suiza centroamericana –ahora que nos queremos parecer a El Salvador-; ni la patria con más maestros que soldados –en momentos que nos hemos matriculado, de manera acrítica, en la guerra transnacional contra el narcotráfico-; ni una de las pocas democracias plenas del mundo –con una mayoría electoral que amenaza en serio las instituciones de control político, la prensa independiente y toda manifestación de oposición.

Las orejas del lobo, en este último aspecto, se han asomado con claridad: campañas de odio y descalificación de las instituciones públicas; utilización del PANI para intimidar a un candidato presidencial; evidente loby ante la Embajada estadounidense para despojar de visa a adversarios políticos; propuesta para imponer suspensión de garantías individuales, legalización de allanamientos policiacos sin autorización judicial; o volver a las fracasadas políticas de “mano dura” para combatir la inseguridad ciudadana. Cuando se mutila la famosa frase de Winston Churchill de que la democracia es la peor forma de gobierno… y se omite adrede agregar: con excepción de todas las demás,… no sólo se está faltando a la verdad para sorprender ingenuos, se está manifestando un odio expreso antidemocrático y se está preparando a la gente para normalizar la destrucción total de las instituciones republicanas.

La oligarquía costarricense se ha transformado sustancialmente en el último siglo. Los cafetaleros (exportadores) y los comerciantes (importadores) han tenido que convivir con formas oligárquicas mucho más diversas y complejas, conforme los enormes cambios en la producción, importación, prestación de servicios e inversión externa en la producción agrícola extensiva, las zonas francas o productos tecnológicos especializados.

En la acera de enfrente, los sectores sociales que le arrancaron importantes concesiones a las antiguas élites, hasta hacer de Costa Rica una democracia con importantes progresos en muchos campos, tienen que aclarar ahora sus intereses para que le sigan recordando a esas élites económicas dominantes, que aquí convivimos mayorías y minorías que han sabido conquistar derechos, libertades y garantías en el pasado y que no estamos dispuestos a renunciar a ellas en el futuro.

Si hoy ya no están los sindicatos bananeros, los gremios artesanales urbanos, los pequeños agricultores o las asociaciones de maestros y profesores de antaño, nuevos núcleos de organización social como los colectivos feministas, los defensores del medio ambiente, los representantes de las poblaciones aborígenes y de otras minorías, deben ser hoy las que recojan el testigo para que un nuevo pacto social, inspirado en el bien común, revitalice nuestra amenazada democracia.

Se busca un juez

Walter Antillon

Hace más de veinte años, a quien pasara a altas horas de la noche frente al edificio de la Corte Suprema le era dado ver, invariablemente, una luz encendida en lo alto. Era la luz de la oficina del presidente don Fernando Coto Albán, un juez que durante su vida padeció hambre y sed de Justicia, y contribuyó decisivamente a que la Justicia fuera augusta y venerada en Costa Rica.

Apegados a la esencia de su ministerio, jueces como él, o como don Ulises Odio, se cuidaron de comprometer al Poder Judicial en convenios o acciones conjuntas con los otros poderes; porque tenían muy claro que la función de todo juez se concreta nada menos que en juzgar con equidad e imparcialidad los conflictos pendientes entre las personas (con mayor razón si entre estas personas están los miembros de los Supremos Poderes u otros altos funcionarios); y que era vital para la Democracia hacer respetar la sagrada investidura del juez, manteniendo entre éste y los representantes de los poderes fácticos y políticos la distancia suficiente que le permitiera, si el caso se daba, aplicarles el rigor de la ley.

Así debe ser, y por ello es preciso que la Corte, como órgano y cabeza de la Judicatura, vuelva a sentir hoy aquella hambre y aquella sed de Justicia, y recupere esa distancia crítica frente a la voracidad y el frenesí de los poderes; porque la Justicia es, por esencia, un contra-poder social: es la afirmación incondicional de lo justo frente a todo cálculo oportunista y utilitario de algunos.

Porque, en efecto, la mejor política judicial es la que conduce a una justicia independiente, docta e imparcial para todos. Y en ese contexto, es razonable pensar que el buen gobierno de un País requiere jueces cuya actuación recta y oportuna, sumada a otros factores, contribuya a propiciar “un buen clima de negocios”, siempre que se trate de negocios honestos, equitativos y respetuosos de la legalidad; pero esto sólo se puede lograr instaurando un sistema en el que la independencia de cada juez esté asegurada institucionalmente; y no, como da a entender cínicamente un diputado, eligiendo magistrados domesticados, obsecuentes y sometidos a la voluntad y a las políticas entreguistas de un gobierno neoliberal.

Ese diputado y muchas otras personas tienen la idea de que el Judicial es un Poder de rango inferior a los otros, con el peregrino argumento de que la elección de los miembros de la Corte no proviene de las urnas. Pero ¿no se percatan estos señores de que su argumento contradice la Constitución, cuyo artículo 9 confiere el mismo rango a los tres Poderes?

El sistema costarricense de Justicia debe ser guiado por el camino de la dignidad y la independencia; y a ello contribuirá decisivamente un presidente de la Corte cuyo desempeño anterior como Juez y Magistrado constituya una clara y firme garantía de responsabilidad, buen criterio jurídico, firmes convicciones y, sobre todo, de no sometimiento frente al Gobierno, frente a la Asamblea Legislativa, frente a las cúpulas políticas y financieras. Un presidente de la Corte no necesita ser amigo ni tener afinidades con los otros Poderes; y no someterse a ellos tampoco significa que sea su enemigo. Para mantener unas relaciones respetuosas con dichos poderes basta con que sustente ideas y convicciones realistas y claras acerca del papel y el rango de la Justicia dentro del Estado costarricense del Siglo XXI, y las exponga con lealtad y firmeza.

Por lo dicho, y sin que ello signifique demérito alguno para los otros Magistrados de la Corte, muchos de los cuales me honran con su amistad, la persona que, en mi modesto criterio, muy por encima de los cálculos mezquinos y las arteras componendas de los politicastros, reúne las mejores condiciones para presidir la marcha de la Judicatura costarricense en los años venideros, es el juez don Fernando Cruz Castro.

Nota de SURCOS: Este texto fue escrito y publicado por don Walter hace 13 años; lo publicamos hoy a solicitud del autor en homenaje a quien, «contra viento y marea, ha mantenido su independencia y su dignidad en el cumplimiento de su sagrada misión».

Informe internacional concluye que política de seguridad en El Salvador reúne elementos de crímenes de lesa humanidad

Un amplio informe titulado “El Salvador en la encrucijada: crímenes de lesa humanidad en el marco de la política de seguridad pública”, elaborado por el Grupo Interdisciplinario de Personas Expertas Independientes sobre El Salvador (GIPES), concluye que las violaciones a derechos humanos cometidas en el marco de la política de seguridad implementada en ese país reúnen los elementos establecidos por el derecho penal internacional para ser consideradas crímenes de lesa humanidad.

El estudio examina el impacto del régimen de excepción y otras medidas adoptadas en el marco de la estrategia de seguridad impulsada por el gobierno salvadoreño en los últimos años, y sostiene que diversas prácticas documentadas —incluidas detenciones arbitrarias masivas, tortura, asesinatos, desapariciones forzadas y persecución política— forman parte de una política estatal que cumple los criterios establecidos por el derecho internacional para esta categoría de crímenes.

El informe plantea que estos hechos no pueden entenderse como situaciones aisladas, sino como parte de una política sostenida que se desarrolló en un contexto de debilitamiento institucional y concentración del poder político.


Qué es GIPES y quiénes elaboran el informe

El Grupo Interdisciplinario de Personas Expertas Independientes sobre El Salvador (GIPES) está integrado por especialistas internacionales en derecho internacional, derechos humanos, justicia penal internacional y análisis político.

El grupo desarrolla investigaciones independientes con el objetivo de analizar la compatibilidad de las políticas estatales con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y de derecho penal internacional, así como aportar elementos para la rendición de cuentas frente a violaciones graves.

El informe publicado en 2026 constituye uno de los análisis más amplios realizados hasta ahora sobre las consecuencias institucionales, jurídicas y humanitarias de la política de seguridad aplicada en El Salvador durante los últimos años.


Un análisis del debilitamiento del Estado de derecho

El documento señala que las violaciones masivas a los derechos humanos no surgen de manera espontánea, sino que requieren de un contexto institucional que las permita.

Según el informe, en El Salvador se habría configurado un entorno caracterizado por:

  • debilitamiento de los contrapesos institucionales,

  • concentración del poder político,

  • debilitamiento de los controles judiciales y legislativos,

  • uso prolongado de medidas excepcionales.

En ese contexto, el régimen de excepción instaurado desde marzo de 2022 se habría convertido en el instrumento central de la política de seguridad, con la suspensión prolongada de diversas garantías constitucionales.

El informe sostiene que este marco institucional permitió consolidar una estrategia de seguridad basada en detenciones masivas y amplias facultades policiales y militares.


Principales temas analizados en el informe

De acuerdo con su estructura y tabla de contenidos, el informe examina múltiples dimensiones del modelo de seguridad aplicado en El Salvador.

Entre los principales temas analizados destacan:

Destrucción de contrapesos institucionales

Uno de los primeros apartados analiza cómo la concentración del poder político y el debilitamiento de instituciones clave facilitaron la implementación de medidas extraordinarias sin controles efectivos.

Régimen de excepción y detenciones masivas

El informe examina la política de detenciones masivas desarrollada en el marco del régimen de excepción, así como los efectos sobre derechos fundamentales como:

  • la libertad personal,

  • el debido proceso,

  • la presunción de inocencia.

El documento también señala problemas estructurales para garantizar procesos judiciales dentro de plazos razonables para las personas detenidas.

Tortura, muertes bajo custodia y desapariciones

El informe analiza denuncias relacionadas con:

  • tortura en centros de detención,

  • muertes de personas bajo custodia estatal,

  • desapariciones forzadas,

  • posibles fosas clandestinas dentro de centros penitenciarios.

Organizaciones de derechos humanos han denunciado que muchas de estas situaciones no han sido investigadas adecuadamente por las autoridades.

Restricciones a la prensa y persecución política

El documento también examina el impacto del régimen de excepción sobre el ejercicio de la libertad de prensa y el trabajo de organizaciones de la sociedad civil.

Según el informe, el contexto de persecución y hostigamiento ha llevado incluso al exilio de periodistas y ha generado restricciones al acceso a la información pública, lo que afecta el derecho ciudadano a conocer la actuación de las autoridades.


Crímenes de lesa humanidad según el derecho internacional

Uno de los ejes centrales del informe es el análisis jurídico sobre la naturaleza de las violaciones documentadas.

El GIPES concluye que los hechos analizados reúnen los elementos establecidos por el derecho penal internacional para ser considerados crímenes de lesa humanidad, en tanto formarían parte de una política estatal sistemática dirigida contra la población civil.

Según el informe, esta conclusión implica no solo responsabilidad internacional del Estado, sino también posible responsabilidad penal individual de quienes diseñaron, ejecutaron o toleraron dichas políticas.


Recomendaciones del informe

El informe concluye con un amplio conjunto de recomendaciones dirigidas tanto al Estado salvadoreño como a la comunidad internacional.

Recomendaciones al Estado salvadoreño

Entre las principales recomendaciones se encuentran:

  • restablecer plenamente el Estado de derecho, incluyendo la independencia del poder judicial;

  • garantizar el acceso inmediato a información sobre personas detenidas y su situación jurídica;

  • investigar de manera independiente las denuncias de tortura, desapariciones y muertes bajo custodia;

  • establecer un programa nacional de reparación integral para las víctimas, que incluya indemnización, atención médica y garantías de no repetición.

Recomendaciones a la comunidad internacional

El informe también plantea acciones dirigidas a organismos internacionales y Estados democráticos.

Entre ellas destacan:

  • apoyar investigaciones independientes sobre violaciones graves de derechos humanos;

  • aplicar mecanismos de jurisdicción universal cuando existan elementos para investigar a los responsables;

  • aplicar sanciones a individuos o instituciones implicadas en violaciones graves de derechos humanos.

Asimismo, el documento plantea que los Estados parte del Estatuto de Roma consideren la posibilidad de remitir la situación de El Salvador a la Corte Penal Internacional, para que se investiguen los hechos documentados en el informe.

También recomienda brindar protección internacional a víctimas, periodistas y defensores de derechos humanos que enfrenten riesgos por su trabajo de denuncia.


Una advertencia sobre el rumbo institucional

El informe concluye señalando que ningún modelo de seguridad puede considerarse exitoso si se basa en la violación sistemática de derechos humanos.

En ese sentido, plantea que El Salvador se encuentra ante una encrucijada histórica, en la que debe decidir entre profundizar un modelo de seguridad basado en la excepcionalidad permanente o reconstruir una política de seguridad ciudadana plenamente alineada con el respeto al Estado de derecho y las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Le invitamos a descargar el informe desde SURCOS:

https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2026/03/GIPES-El-Salvador-en-la-encrucijada-crimenes-de-lesa-humanidad-bajo-la-politica-de-seguridad-publica-Informe-2026.pdf

Pronunciamiento CONARE: Sobre la situación del líder indígena Pablo Sivas Sivas y la protección de los pueblos originarios

4 de febrero del 2026. El Consejo Nacional de Rectores (CONARE), en coherencia con su compromiso histórico con la defensa de los derechos humanos, la justicia social y el fortalecimiento del Estado de Derecho, manifiesta su profunda preocupación ante los hechos recientes que han colocado al líder indígena Pablo Sivas Sivas y a su comunidad en una situación de riesgo y desprotección, así como por las condiciones estructurales de vulnerabilidad que continúan afectando a los pueblos originarios del país.

El CONARE considera imprescindible hacer un llamado firme y respetuoso a las instituciones del Estado y a las autoridades competentes para que actúen de manera oportuna y responsable, garantizando el cumplimiento efectivo del marco jurídico nacional e internacional destinado a la protección integral de estas poblaciones, el cual obliga a salvaguardar la vida, la integridad, la dignidad y la seguridad de sus integrantes.

La ausencia o insuficiencia de acciones preventivas y de protección adecuadas por parte de instancias estatales ha contribuido, una vez más, a escenarios de indefensión que resultan incompatibles con los principios de legalidad, justicia y respeto a los derechos humanos que deben orientar la función pública.

En este contexto, el CONARE reafirma la necesidad urgente de que el Estado adopte medidas concretas, coordinadas y efectivas que aseguren condiciones de vida digna, libres de violencia, discriminación y exclusión, y que garanticen la no repetición de situaciones que vulneren los derechos fundamentales de los pueblos originarios.

Las universidades públicas, como espacios de pensamiento crítico, compromiso social y construcción democrática expresan su solidaridad con estas comunidades y reiteran su disposición a contribuir, desde la docencia, la investigación, la extensión y la acción social, al fortalecimiento de una sociedad más justa, inclusiva y respetuosa de la diversidad cultural.

Costa Rica: la fuerza del sufragio responsable

Por: Dr. Efraín Cavallini Acuña
Comunicador
Integrante Alianza Ciudadana por el Despertar Democrático

La Constitución Política constituye la norma más importante de un Estado, ya que regula aspectos tan importantes como los derechos fundamentales de los que gozan los habitantes del país, el sistema de gobierno que lo regirá, las competencias de cada uno de los poderes que conforman el Estado, entre otros.

Cabe mencionar que, si bien nuestra Constitución Política tiene poco más de setenta años, lo cierto es que su texto refleja una serie de valores y principios, y es fruto de las luchas que han dado nuestros antepasados durante más doscientos años de vida independiente para perfeccionar nuestra democracia, y que hoy nos definen como una democracia plena, según los indicadores internacionales. Entre estos logros, podemos citar la creación de instituciones tan esenciales para la democracia como el Tribunal Supremo de Elecciones, la abolición del ejército, la creación de la Sala Constitucional, así como el sufragio universal que permitió el voto de la mujer que es un símbolo que nos identifica a nivel mundial.

El poder del voto popular en los procesos de elección en nuestro país son una herencia importante en los valores esenciales de la Democracia Costarricense. Aunque el sufragio, se ha transformado y tuvo importantes reformas desde su creación, que coinciden, precisamente con la construcción del Estado Republicano, ha funcionado en el largo plazo, como un mecanismo de legalidad, de participación y de representación, es decir es el ejercicio ciudadano más generalizado hasta inicios del Siglo XXI.

El salto político que dio Costa Rica en el Siglo XIX , al desarrollar el concepto del sufragio primero indirecto, público y restringido, al sufragio directo universal y secreto, conllevó un largo proceso histórico, donde precisamente, confluyeron, las demandas, las necesidades, los intereses de distintos grupos sociales y económicos para el ejercicio pleno de la responsabilidad ciudadana de primer orden, quizás al tenerlo, como acto de absoluta voluntad, no estemos conscientes del valor y de la fuerza que implica ejércelo como herramienta y voz de cada uno de los ciudadanos

Estas cualidades, garantizaron que, el sufragio, directo, libre, universal, secreto y la capacidad jurídica de los ciudadanos para elegir, se convirtiera en un mecanismo de participación popular, aceptada y generalizada, durante estos dos siglos de vida independiente.

El voto lleva implícito una acción política poderosa, un criterio imperioso, una demanda firme, una voz potente, es derecho de ley, con ella elevamos nuestras demandas, escogemos a nuestros líderes, exigimos a quienes nos gobiernan una conducta coherente. No podemos hacer uso de esta herramienta de manera irresponsable, sin pensar, sin analizar, sin reflexionar, sin meditar en los alcances de una decisión, de cada uno y en conjunto de todos los que tenemos la obligación moral de ejercer el voto.

No se trata de votar únicamente por alguna filiación, no se trata de votar porque tengo intereses privativos y mezquinos, no se trata de votar solo con el corazón, no se trata de tematizar y polarizar las opiniones. Tampoco de despreciar el sufragio, anulándolo, no se trata de ejercer el voto protesta y no acudir a las urnas. Se requiere que las personas se informen sobre los temas de fondo, sobre los grandes retos y sobre la agenda que debemos resolver y afrontar todos y cada uno de los costarricenses.

EL sufragio cualidad de nuestra democracia se encuentra descrito en la Constitución Política de Costa Rica, en su Título VIII Derechos y Deberes Políticos, Capítulo I, Los Ciudadanos, por ello, en este proceso electoral que vive nuestro país en el 2026, considero pertinente compartir y reforzar los artículos sobre el Sufragio descrito en nuestra Constitución Política.

Artículo 93.

“El sufragio es función cívica primordial y obligatoria y se ejerce ante las Juntas Electorales en votación directa y secreta, por los ciudadanos inscritos en el Registro Civil”.

El sufragio o derecho al voto, constituye una de las expresiones máximas de la vida en democracia, en el tanto permite a las personas ciudadanas participar en la toma de decisiones de relevancia para el país, como es, por ejemplo, la elección de las personas que ocuparán puestos públicos de importancia, u otros temas de relevancia por medio de la consulta popular o referéndum. Ahora bien, cabe mencionar que el ejercicio del voto no constituye únicamente un derecho, sino también un deber, por lo que existe la obligación de participar en todos los procesos electorales y no únicamente en las elecciones nacionales.

Es pertinente aclarar que el hecho de alcanzar la mayoría de edad no otorga automáticamente el derecho a ejercer el voto, pues para ello es necesaria la inscripción de la persona ante el Registro Civil antes de una determinada fecha fijada por el Tribunal Supremo de Elecciones, así como contar con una cédula de identidad vigente.

Artículo 94.

El ciudadano costarricense por naturalización no podrá sufragar sino después de doce meses de haber obtenido la carta respectiva”.

La nacionalidad costarricense puede obtenerse por nacimiento o por naturalización, siendo en este último caso el de personas extranjeras que por su propia voluntad deciden convertirse en costarricenses. Ahora bien, una vez que la persona cumple con los requisitos para obtener la nacionalidad costarricense, el Tribunal Supremo de Elecciones le otorga un documento denominado “carta de naturalización”, luego de lo cual se procede a su inscripción en el Registro Civil. Tras obtener este documento, y si la persona cuenta con la mayoría de edad, podrá ejercer su derecho al voto, siempre y cuando haya transcurrido ya

el plazo de doce meses que establece la Constitución.

Artículo 95

“La ley regulará el ejercicio del sufragio de acuerdo con los siguientes principios:

1.- Autonomía de la función electoral;

2.- Obligación del Estado de inscribir, de oficio, a los ciudadanos en el Registro Civil y de proveerles de cédula de identidad para ejercer el sufragio;

3.- Garantías efectivas de libertad, orden, pureza e imparcialidad por parte de las autoridades gubernativas;

4.- Garantías de que el sistema para emitir el sufragio les facilita a los ciudadanos el ejercicio de ese derecho;

5.- Identificación del elector por medio de cédula con fotografía u otro medio técnico adecuado dispuesto por la ley para tal efecto;

6.- Garantías de representación para las minorías;

7.- Garantías de pluralismo político;

8.- Garantías para la designación de autoridades y candidatos de los partidos políticos, según los principios democráticos y sin discriminación por género”.

Este artículo establece una serie de principios que deben cumplir los procesos electorales, con el fin de que éstas respondan a los principios democráticos que deben regir a este tipo de procesos. En ese sentido, un medio para garantizar la transparencia en las elecciones, se dispone la obligación de que el Estado provea a los electores de cédulas con fotografías, con el fin de evitar que personas se hagan pasar por otras para ejercer en su nombre el voto. Por otra parte, al garantizar la autonomía de la función electoral, se elimina la posibilidad de que las personas que se encuentran ejerciendo el poder al momento de las elecciones, puedan adoptar medidas tendientes a influir en el proceso electoral a su favor, por medio de acciones fraudulentas.

Asimismo, se dispone la obligación de garantizar el pluralismo político como un medio para que todos los pensamientos políticos o ideológicos puedan participar en los procesos electorales, siempre y cuando estos no promulguen ideas que resulten contrarias a los principios que rigen el país (por ejemplo, un partido que promueva ideas racistas). Además, se busca que los procesos garanticen la participación en puestos políticos de en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, al prohibir la discriminación por motivos de género.

La fuerza del sufragio, no se compara con ninguna otra, dentro de una sociedad democrática. El voto lleva implícito una acción política poderosa, una voz potente, un criterio imperioso, una demanda firme, es derecho de ley, con ella elevamos nuestras demandas, escogemos a nuestros líderes, exigimos a quienes nos gobiernan una conducta coherente. No podemos hacer uso de esta herramienta de manera irresponsable, sin pensar, sin analizar, sin reflexionar, sin meditar en los alcances de una decisión, de cada uno y en conjunto de todos los que tenemos la obligación moral de ejercer el voto.

Como ciudadanos apelamos a la tesitura, a la recuperación de los mejores valores, que como sociedad democrática hemos construido, actuar conforme a nuestra vocación del ser costarricense, no como discurso vacío, si no como producto histórico, reconocidos como colectivo de vocación civilista, democrática, dialogante y pacifista. Se trata de recomponer la cohesión social, y que en esta elección salga lo mejor de nosotros.

Con la convicción de que el disenso y las diferencias son parte fundamental en toda democracia, hacemos un respetuoso llamado a los diversos sectores del país para intensificar el diálogo nacional en busca de acuerdos que nos permitan seguir construyendo una sociedad sustentada en valores, de respeto a la libertad de opinión, de tolerancia activa, de crítica constructiva y, en general, la sociabilidad humana donde la Ciudadanía es la Democracia.

Instamos a la ciudadanía costarricense a ejercer este sagrado derecho del sufragio y poder afirmar que la democracia formal, el sistema electoral y la alternabilidad en el poder, son garantía de nuestro Estado de Derecho.

Referencia Bibliográfica:

Una Constitución Política para todas y todos. Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia Costa Rica. Escuela de Planificación y Promoción Social-Universidad Nacional, Costa Rica. Tribunal de Honor y Ética Colegio de Periodistas y Profesionales en Ciencias de la Comunicación Colectiva de Costa Rica-COLPER. Progreso Editorial 2022. San José-Costa Rica

Mesa de Trabajo por una Agenda Social para los Cuidados exige responsabilidad ética frente a la violencia sexual contra personas menores de edad

Las organizaciones de sociedad civil, instancias académicas y colegios profesionales que formamos parte de la Mesa de Trabajo por una Agenda Social para los Cuidados de Niñas, Niños y Personas Adolescentes en Costa Rica expresamos nuestra profunda preocupación ante declaraciones públicas recientes que relativizan, justifican o normalizan la violencia sexual contra personas menores de edad.

Resulta especialmente alarmante que, desde aspiraciones a cargos de representación o desde cualquier posición de liderazgo público, se sostengan discursos que desconocen sentencias judiciales firmes y que niegan la condición de persona menor de edad a niñas y adolescentes, reproduciendo narrativas que banalizan relaciones profundamente marcadas por la desigualdad de poder, la coerción y la violencia.

Este tipo de afirmaciones no solo contradicen el ordenamiento jurídico costarricense —incluido el Código de la Niñez y la Adolescencia, la Ley de Relaciones Impropias N.º 9406 y el marco penal vigente— sino que también vulneran los estándares internacionales de derechos humanos que el Estado costarricense ha asumido, entre ellos el principio de protección integral, el interés superior de la persona menor de edad y el deber reforzado de prevención, sanción y erradicación de todas las formas de violencia sexual establecido por la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

El carácter inválido e improcedente de todo consentimiento sexual declarado por una persona menor de 18 años está debidamente regulado en Costa Rica por vía del “Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños”, instrumento conocido como Protocolo de Palermo, ratificado por Costa Rica mediante la Ley N.º 8315 del 4 de noviembre de 2002, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. El Protocolo de Palermo forma parte del ordenamiento jurídico costarricense y rige sobre todo lo relacionado con la validez o no del consentimiento sexual para actos donde la parte actuante sea menor de 18 años de edad.

Como sociedad, debemos ser claros e irreductibles: no existe consentimiento válido en relaciones sexuales entre personas adultas y personas menores de edad, y cualquier intento de presentarlas como “normales” constituye una forma de legitimación simbólica de la violencia sexual. Estos discursos tienen efectos reales y dañinos, pues refuerzan la impunidad, desalientan la denuncia, revictimizan a quienes han sobrevivido a estas violencias y debilitan la confianza en las instituciones encargadas de garantizar protección y justicia.

Quisiéramos enfatizar que toda persona que ejerza o llegue a ejercer funciones de servicio público —particularmente en espacios de influencia legislativa o de formulación de políticas públicas— debe demostrar la capacidad de ajustar sus concepciones, discursos y actuaciones al marco de derechos de la niñez y la adolescencia. La función pública exige un compromiso ético ineludible con la dignidad humana, el Estado de derecho y la protección de las poblaciones en mayor condición de vulnerabilidad.

Reafirmamos que la protección de niñas, niños y personas adolescentes frente a la violencia sexual no es una cuestión ideológica, partidaria ni opinable. Es una obligación jurídica, ética y democrática. Costa Rica ha construido, con enormes esfuerzos históricos, un marco de protección que no puede verse erosionado por discursos regresivos que normalizan la violencia y desconocen la evidencia, la ley y la experiencia de las personas sobrevivientes.

Desde la Mesa de Trabajo por una Agenda Social para los Cuidados, reiteramos nuestro compromiso con la promoción de una cultura de derechos, con la prevención de todas las formas de violencia y con la exigencia de que quienes aspiren a ejercer poder público actúen con responsabilidad, conocimiento y respeto irrestricto por los derechos humanos de niñas, niños y personas adolescentes.

El cuidado, la protección y la dignidad de las personas menores de edad deben ser un mínimo ético compartido en cualquier proyecto de país.