Etiqueta: huelga
Colegios rurales en huelga por defensa de protesta social
Escrito en . Publicado en Derechos.
El movimiento de Colegios Rurales Organizados al Movimiento Estudiantil convocaron a huelga este pasado 4 de setiembre en contra del proyecto de ley 21049 que se discute en la Asamblea Legislativa.

Imagen ilustrativa.
Sea parte de SURCOS:
Sección de Filosofía UCR: «UNA DEMOCRACIA SIN CONTRAPESOS SE CONVIERTE EN DICTADURA»
Escrito en . Publicado en Derechos, Trabajo.
La sección y la cátedra de filosofía manifiestan:
“UNA DEMOCRACIA SIN CONTRAPESOS SE CONVIERTE EN DICTADURA” Y CONSIDERANDO que:
1) Se encuentra en la corriente legislativa, en trámite especial y abreviado a la luz del artículo 208 bis del Reglamento de la Asamblea Legislativa —que, entre otros aspectos, restringe la participación de los actores sociales interesados—, el proyecto de Ley No. 21049 titulado: Ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos.
2) El referido proyecto (en su texto original y el sustitutivo) plantea diversas reformas al Código de Trabajo, en específico y fundamentalmente, en lo que atañe a los artículos: 345, 350, 371, 373, 377, 379, 385, 431, 661, 663, 664, 666 y 667.
3) En complemento, el proyecto también pretende una reforma a la Ley de notificaciones judiciales, en su artículo 5, para que las notificaciones relacionadas con huelgas no sean necesariamente personales sino digitales.
4) Las propuestas originales y las sustitutivas evidencian las siguientes intenciones fundamentales, aunque no exclusivas: a) facilitar la disolución de las organizaciones sindicales, pudiendo cualquier autoridad pública activar el proceso respectivo para lograr tal cometido; b) disminuir las razones por las que sea posible realizar huelgas; c) burocratizar el proceso de huelga convirtiéndolo en una especie de acto administrativo antes que en un espacio de protesta laboral; d) rebajar retroactivamente los salarios cuando una huelga se declare ilegal, aunque la declaratoria sucedará a-posteriori como es lógico; e) modificar sustantiva y perjudicialmente la tutela judicial, incluso afectando el debido proceso, en las declaratorias de legalidad o ilegalidad de una huelga y las posteriores tramitaciones; y f) facultar al patrono para solicitar la suspensión de cualquier huelga que, a su criterio, cause daño a la ciudadanía.
5) En complemento, la Asamblea Legislativa también ha discutido el proyecto No. 21097 titulado: Ley de definición de servicios públicos esenciales, para incluir bajo la acepción de “servicios públicos esenciales” prácticamente a todas las actividades laborales de índole estatal y tácitamente prohibir en ellas la realización de cualquier huelga; pese a que este proyecto deviene en escuálido e insuficiente desde cualquier óptica que se le analice.
6) Los proyectos supracitados fueron elaborados y tramitados en forma oportunista, aprovechando el antagonismo y la agitación social, y como una reacción ante las múltiples huelgas sindicales y protestas ciudadanas realizadas durante el año 2018, en el contexto del rechazo contra: a) la Ley 9635: Fortalecimiento de las Finanzas Públicas; b) la intransigencia del Poder Ejecutivo; y, c) los pactos evidente realizados entre las élites políticas, en beneficio de sus intereses (personales o de sus partidarios) sin importar la regresividad del “paquete fiscal” aprobado y, con ello, la afectación mayoritariamente negativa sobre la sociedad costarricense.
7) El proyecto de ley contra las huelgas y las organizaciones sindicales, constituye una clara estrategia, impositiva, conservadora e incluso preventiva, para, por miedo de la criminalización de la protesta y la intimidación de los trabajadores, se impida, de forma anticipada y punitiva, cualquier tipo de huelga, y allanar así el camino para concretar las pretensiones, ideológicopolíticas, tendientes a destruir lo que queda del Estado Social de Derecho y debilitar a la clase trabajadora costarricense.
8) Las élites políticas costarricenses instaladas en el Poder Legislativo y el Ejecutivo, con la complicidad de varios grupos económicos y los medios de comunicación colectiva, y en comunión con la nueva estirpe de empleadores mundiales, evidencian así y con el mayor desenfado, su nivel de servicio y sometimiento para con el capital nacional e internacional y sus intereses financieros inmediatos; privilegiando la artimaña politiquera y los pactos ocultos sobre el servicio para con el pueblo al que se deben, para lo cual incluso irrespetan sus procedencias ideológicas-partidistas; también dan prioridad a lo macro-económico sobre lo social y humano; al autoritarismo sobre el equilibrio y el diálogo democráticos; la pasión visceral generada por el contexto inmediato sobre la sensatez racional; y al incumplimiento deontológico sobre la prudencia moral que cualquier estadista debe garantizar.
9) La huelgas y las organizaciones sindicales son instrumentos esenciales en el equilibro de fuerzas, de pesos y contrapesos, en cualquier régimen democrático; lo que ha sido reconocido en Costa Rica desde 1943 en el Código de Trabajo y, desde 1949, en la Constitución Política; período histórico que permite aseverar que la función social, política y económica de estos instrumentos contribuyó en la consecución de la paz social, de una sociedad equitativa y justa, sin que por ello las huelgas se limitaran en exclusivo a lo salarial o laboral, sino motivadas, muchas de ellas, en razones de trascendencia política, esfera en la que los trabajadores, en su calidad de ciudadanos, también poseen plena responsabilidad; lo que ejemplifican algunas de las huelgas política realizadas en la historia reciente de nuestro país: a) de Brazos Caídos (1947); b) en contra de ALCOA (1970); c) contra los ataques al FEES (1991); d) contra el Combo del ICE (2000); e) contra el TLC (2007), etc.; todo lo cual contribuyó en la conformación de un modelo político digno, esperanzador para otras naciones y valorado geopolíticamente.
10) Por su parte, dichos instrumentos de presión laboral fueron reconocidos en el marco supraconstitucional, especialmente por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que desde 1927 se manifestó en favor y defensa de ellos, posición sostenida reiteradamente; Organización con la que nuestro país posee convenios firmados que tutelan la especie.
ACUERDA:
I)Manifestar el total rechazo para con los proyectos de ley No. No. 21049 y No. 21097, por leer en ellos las nefastas intenciones que transgreden derechos consagrados constitucional y supraconstitucionalmente, mismos que han fortalecido el desarrollo democrático costarricense y lo deben seguir haciendo.
II)Reiterar que la sindicalización, la autonomía sindical y la huelga son derechos sustantivos de todo trabajador u organización laboral y, por tanto, que la obligación del Estado radica en respetarlos y, en su favor, tutelarlos, evitando obligatoriamente cualquier intención por debilitarlos.
III)Solicitar la Consejo Nacional de Rectores (CONARE) y a las diversas instancia de la Universidad de Costa Rica y, en específico a: la Rectoría, al Consejo de Área de Sedes Regionales (CASR), a las Asambleas de las Sedes Regionales, de Facultad y de Escuela, que asuman posición pública, estratégica y articulada, en favor de la defensa del derecho a la huelga y al derecho de sindicalización; inclusive como un acto de reciprocidad, a sabiendas que gracias a diversas luchas gremiales se han logrado conquistas particulares que hoy nos benefician y se ha contribuido con el desarrollo y fortalecimiento del estado social de derecho.
IV)Manifestar a la Federación de Estudiantes de la UCR nuestro reconocimiento por las diversas acciones que han asumido por la defensa del Alma Mater y del FEES, e instarle a mantener dicha actitud incluso en este momento, que el derecho a huelga está amenazado en Costa Rica.
V)Solicitar al Sindicato de Empleados de la UCR y, por su medio a los otros sindicatos universitarios, que diseñen una estrategia integral para participar en la defensa conjunta y orgánica de los derechos antes referidos pero, además, para fortalecer la mejora de las condiciones salariales, laborales, humanas y organizacionales en las diversas esferas laborales del sector privado.
VI)Manifestarse a favor de las acciones de presión que organicen las instancias jerárquicas, sindicales o estudiantiles universitarias, para defender los derechos referidos con anterioridad y cualquier otro que se considere fundamental para la paz y la justicia social en democracia.
VI)Hacer público este comunicado.
Acuerdo unánime tomado en la Ciudad Universitaria Carlos Monge Alfaro, San Ramón de Alajuela, a los 28 días del mes de agosto de 2019.
Imagen ilustrativa.
Sea parte de SURCOS:
Privatizar las riquezas, socializar las pérdidas
Escrito en . Publicado en Alianza, Derechos.
El proyecto de ley que pretende cambios en el empleo público y la aplicación de la regla fiscal no son la solución a la denominada crisis fiscal, reconoce la OCDE
Eduardo Muñoz, periodista Vicerrectoría de Acción Social UCR
Si de riqueza y poder político global se trata, el conocimiento científico y la educación son de los activos más apetecidos por los grupos económicos internacionales. La historia de los nexos entre la ciencia y la educación, y la política, demuestra que siempre ha existido un pulso por el control de estos activos, cuyos costos y pérdidas son socializados pero sus ganancias privatizadas a favor de conglomerados empresariales.
En el caso costarricense, los logros sociales alcanzados desde la Segunda República son múltiplemente reconocidos. Incluso, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), actual sustento ideológico de la clase política y empresarial costarricenses que impulsan cambios en materia fiscal, de inversión social, educación y empleo público asegura, contradictoriamente, en su informe titulado Estudios Económicos de la OCDE: Costa Rica 2018, que “el acceso a la educación para todas las personas ha sido una piedra angular del modelo social exitoso de Costa Rica y, por esta razón, las reformas constitucionales aumentaron el gasto obligatorio al 8% del PIB”. Pero, pese a los indicadores internacionales en dicha materia, la OCDE también afirma que “no existe una razón subyacente para este objetivo específico, mientras que la evidencia sugiere que actúa como un obstáculo importante para la restricción del gasto sin mejorar la eficiencia ni la eficacia en cuanto a los resultados educativos”.
Sobrepasar ese “obstáculo” es el principal desafío de las autoridades políticas costarricenses, ya que los proyectos impulsados desde el Estado costarricense para la aprobada reforma tributaria, el empleo público y la privatización solapada de la Caja Costarricense del Seguro Social, son insuficientes para ingresar al exclusivo club de naciones integrantes de esa organización.
En contraste con los criterios de que la masa salarial pública es corresponsable del déficit fiscal, la realidad es que solamente representa el 14% de la fuerza laboral nacional, integrada mayoritariamente por los sectores educativo, salud y seguridad. Y, en opinión de la OCDE y sus acólitos costarricenses, las remuneraciones en este sector son excesivas y distantes de lo devengado por el sector privado. No se menciona que, de manera sostenida y según encuestas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, una cuarta parte de la fuerza laboral nacional no percibe el salario mínimo; y existen claras disparidades entre lo percibido entre hombres y mujeres.
La Rectoría de la Universidad de Costa Rica, en un documento a disposición de acceso público a la ciudadanía, ha sido contundente al afirmar que el Estado costarricense, en procura de “resolver” el problema del empleo público, “convierte a los salarios en una variable de ajuste macroeconómico (por ejemplo, para controlar la inflación o el déficit fiscal) y no en un elemento central para procurar el mayor bienestar a todos los habitantes del país”. En suma, el proyecto de ley apuesta a la pauperización generalizada como mecanismo de control tributario, mientras por otro lado no se resuelve con acciones firmes la evasión y elusión fiscales, que superan el 13% del PIB.
Por otra parte, sin considerar las particularidades de las instituciones del Estado costarricense, la OCDE aplica criterios de “productividad” a servicios tan diversos como la educación básica y universitaria, la seguridad social y las transferencias que se realizan a los sectores menos favorecidos. Para ello, y traspasando sus competencias, esa organización le sugiere al Estado, a manera de receta única, que impulse un «conjunto claro de mecanismos de dirección, coordinación y control a nivel del Gobierno Central», ignorando deliberadamente nuestra Constitución Política de Costa Rica, un escollo para la OCDE.
El citado estudio de la OCDE es claro, nuestra Constitución y la institucionalidad costarricense se contraponen a su ideario político. “El uso excesivo de la asignación obligatoria de fondos con destinos específicos en Costa Rica también está en contradicción con la Recomendación del Consejo sobre Gobernanza Presupuestaria, que establece que «Los fondos para fines específicos y la asignación de ingresos para fines concretos deben mantenerse al mínimo» (Recomendación del Consejo sobre Gobernanza Presupuestaria, Principio 7, OCDE 2015b)».
En suma, la ruta definida por la OCDE y el gobierno costarricense atenta contra la institucionalidad y la historia costarricenses, pisotea la Constitución Política e hipoteca el bienestar de las futuras generaciones.
Para descargar el documento de la Rectoría de la Universidad de Costa Rica Sobre el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público puede buscarlo con este enlace: http://ucr.cr/r/GU8F

Reforma fiscal a examen de constitucionalidad
Escrito en . Publicado en Alianza, Derechos.
José Manuel Arroyo Gutiérrez, ex magistrado y catedrático UCR
La Constitución Política de Costa Rica opta por una organización republicana y un ordenamiento jurídico propio del Estado Social de Derecho. Lo primero establece con claridad la división de poderes, los ámbitos de competencia, los controles recíprocos en orden a que ninguna autoridad de la República se sienta libre de hacer lo que le parezca y abuse de sus atribuciones. Lo segundo, en lo fundamental, opta por el respeto a la dignidad humana –que no es otra cosa que el respeto a los derechos de las personas sin ningún tipo de discriminación-, así como la enunciación de derechos y garantías individuales y sociales y el diseño de un andamiaje institucional complejo y diverso.
La Constitución Política, hace distinciones que no pueden atropellarse sin poner en riesgo el futuro mismo de la convivencia democrática dentro de un régimen de derecho. La Sala IV, a propósito del Art. 188 C.P. ha establecido que las instituciones autónomas tienen independencia administrativa, mas no de gobierno, ámbito en el que éstas deben atenerse a las leyes dictadas por la Asamblea Legislativa (Voto No 3309-94). No obstante, esta misma resolución explicita cómo, la Corte Suprema, en cambio, conserva el gobierno y la administración de tribunales, funcionarios y empleados de la rama judicial, es decir, conserva un ámbito de independencia mayor, tanto de gobierno como de administración (art. 156 C.P.), que la diferencia del que disfrutan las instituciones autónomas en sentido estricto (188 y 189 C.P.). La lectura de estas dos últimas normas evidencia que se refieren a instituciones autónomas como los bancos y aseguradoras estatales, y las que a futuro cree la Asamblea Legislativa.
Pero evidentemente el constituyente, de manera directa, quiso tutelar algunos valores fundamentales como la justicia, la salud, la educación superior pública, entre otros, para lo cual creó instituciones con encomiendas específicas y las dotó de autonomías reforzadas, frente al Poder Ejecutivo de turno y frente a la misma Asamblea Legislativa. Estoy convencido que tal es el caso de la Universidad de Costa Rica y de todas los centros de educación superior pública del país. Véase cómo, esta autonomía reforzada se evidencia cuando la Constitución crea “…una institución de cultura –ojo, algo más que de educación- que goza de independencia para el desempeño de sus funciones, y de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, así como para darse su organización y gobierno propios…”. Tales atributos y competencias se hacen extensivas a los otros centros de educación superior públicos, y el Estado queda obligado no sólo a otorgarles un patrimonio propio, sino a colaborar en su financiamiento (Art. 84 y 85 C.P.).
He aquí la importancia trascendental de que el examen de constitucionalidad al que está siendo sometida la Ley No. 9635, “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas”, no pase atropelladamente por las distinciones y precisiones que hace la Constitución Política. El problema es que esta legislación, con su buque insignia la “Regla Fiscal”, pretende meter a todos los poderes e instituciones, funcionarios y empleados públicos, en una especie de camisa de fuerza, olvidándose de que las vías impuestas siempre tienen sus días contados, y es imposible hacer sostenible a largo plazo medidas que asfixian o ahogan a amplios sectores de la población.
Esto es así en la medida en que aún para las instituciones autónomas en sentido estricto, como la C.C.S.S. o I.C.E., -para mencionar sólo dos sobre las que ha recaído buena parte de la paz social disfrutada en el país por décadas-, no se les puede imponer, sin más, cómo y con qué recursos van a poder atender servicios de emergencia o extraordinarios, o bien qué régimen de incentivos salariales, o reconocimientos por prohibiciones o dedicaciones exclusivas pueden promoverse. Tampoco es posible que las nuevas reglas para los trabajadores de primer ingreso pasen por alto que existen otros principios constitucionales en materia laboral, que expresamente erigen el principio de igualdad (Art. 57) o el de no-discriminación para ningún sector de los trabajadores (Art. 68). Mucho menos se puede tratar de esta manera a quienes laboran en otros poderes republicanos o en las universidades, cuyas misiones institucionales, -como la justicia o educación superior-, el constituyente quiso protegerlas de gobiernos y tendencias coyunturales emanadas de otros poderes en ejercicio.

Una democracia raquí-tica
Escrito en . Publicado en Alianza, Derechos.
Rosaura Chinchilla-Calderón Abogada y docente universitaria Rosaura.chinchilla@gmail.com

El sueño de la razón produce monstruos (Goya)
Costa Rica se encamina a vivir un aniversario más de la independencia de España y lo hará, muy probablemente, de la misma forma en que recibió la noticia: en un ambiente polarizado, dubitativo y a la espera de mágicos vientos que despejen los cargados nubarrones de un día que ya casi lleva doscientos años, pero que hoy, a diferencia de ayer, amenaza con la inminente furia de su vendaval.
Polarización. La división no es, ya, entre monárquicos y separatistas; colonialistas y anticolonialistas o republicanos e imperialistas, sino entre “progres” y “ramashecos” o “PAC-lovers” y “FabriPLUSCianos”. Unos —insuflados con las oportunidades y hasta con los privilegios obtenidos gracias al Estado de Bienestar en la Gran Área Metropolitana— tildan, a quienes carecieron de ellas, de ignorantes-retrógrados; niegan la sola posibilidad de contextualizar, en coordenadas supra-individuales, los síntomas o comportamientos percibidos; defienden algunos derechos humanos liberales al tiempo que ridiculizan expresiones de fe y reniegan de los derechos económico-sociales…en fin, traicionan la esperanza y el mandato popular, acrecentando el descontento social. Otros (atrincherados en un dios-creado-a-su-medida) imponen su visión de mundo como la única posible, y le niegan dignidad a amplios segmentos de la población que no se ajusten a la moral que predican (y que no siempre practican). Unos y otros conducen, a este pequeño país, muchas veces a golpe de fake news, hacia el despeñadero.
Desigualdad. Pero el anterior es solo un signo epidérmico o superficial que, sin embargo, oculta la enfermedad terminal que internamente carcome nuestro tejido social: la desigualdad crece y se evidencia ya como desempleo abierto y miseria rampante; la institucionalidad democrática y republicana cae derruida tanto por la avidez como por la corrupción de quienes mueven y enredan los hilos, y pretenden desmantelar cualquier dique normativo que les impida obtener el mayor lucro, para el menor número, durante el mayor tiempo posible.
Debilidad institucional. Así, con procedimientos que han de permanecer fuera de foco, ocultos al escrutinio ciudadano, se hacen pactos, se nombran funcionarios que coopten las instituciones públicas y, desde ahí, cumplan con la consigna de eliminar las normas de protección claves en el diseño del Estado Republicano, Democrático y Social de Derecho de la Segunda República: un sistema de pesos y contrapesos; de división de funciones; de independencia de las instituciones contraloras; de procedimientos y garantías para el adecuado gobierno de la cosa pública; de respeto a la dignidad inmanente a todo ser humano y de protección a la educación, el medio-ambiente y la salud como claves del desarrollo. En ese contexto se legisla y hasta se juzga.
Modernidad. La promesa de la modernidad, del avance de la razón y del humanismo en el mundo, ciertamente explotó durante la II Guerra Mundial frente a la evidencia del Holocausto y la barbarie de la que, como seres humanos, somos capaces. Empero, paradójicamente, fue en los años 40 en donde, en este pequeño territorio, también nació la esperanza de que la solidaridad era posible: de que podíamos vivir sin ejército; nacionalizar la banca y las instituciones energéticas para que el bienestar de todos no dependiera del lucro de unos; universalizar los seguros sociales; extender la gratuidad y cobertura de la educación; confiar en la pureza del sufragio; en la formación y equidad de la judicatura; mantener la Naturaleza y apostar por una convivencia en armonía y tolerancia, respetando nuestra diversidad.
El sueño de la razón. Ese sueño, paulatinamente, se ha ido derrumbando. Parafraseando a Goya: se durmió la razón y nacen los monstruos. El fascismo campea por doquier reivindicando múltiples ropajes: nacionalismos, visiones mágicas y acientíficas del mundo, religiosidad individualista y egoísmos extremos y a Costa Rica la vacuna (formada por aquellos componentes) se le venció. Esta democracia del bicentenario es raquí-tica, de simples formas, por lo demás porosas y débiles, que se están rompiendo ante nuestros ojos. Si nos descuidamos, seremos testigos de su colapso definitivo.
Lucha cívica. Pese a todo “¿quién dijo que todo está perdido?” Todavía tenemos una educación gratuita y generalizada que, pese al modelo de negocios por el que unos apuestan, permite que el hijo del obrero y la hija de la indígena obtengan una profesión u oficio; podemos velar por nuestra salud sin empeñar el patrimonio de las futuras generaciones o vender órganos para ello; seguimos accediendo a las fuentes de agua, de energía y a la infraestructura de comunicaciones a módicos costos; aún tenemos variedad de ecosistemas; todavía hay fiscales, jueces y juezas probos; docentes con mística y personal de salud que responde al juramento hipocrático…aún hay quienes entienden que la dignidad humana, única e indivisible, impide escoger (algunos) derechos humanos (de unos) a conveniencia…en fin, aún hay personas que alimentan su espiritualidad o su ética en las fuentes del Amor, que es servicio, entrega e inclusión.
Porque aún queda “algo”, que es mucho, ¡no podemos seguir impasibles! ¡Interesémonos en el manejo de los asuntos públicos, que son los nuestros! ¡Exijamos procesos públicos, motivados y transparentes en la toma de las decisiones! ¡Usemos los recursos que el Derecho nos da para vigilar, impugnar y hasta sancionar a quienes se desvíen del fin común! ¡Ejerzamos nuestra responsabilidad de educarnos cívicamente, de elegir cuidadosamente, y de organizarnos! ¡Seamos solidarios y tolerantes! No sigamos atrincherados en nuestras cosmovisiones, que nos impiden visualizar la humanidad que hay en el otro. Trascendamos diferencias. Construyamos un proyecto común en que todas las personas quepamos. Sí, sé que no es solo voluntarismo…pero por algo se empieza.
“Hablo de cambiar esta nuestra casa (…) ¿Quién dijo que todo está perdido? Yo vengo a ofrecer mi corazón…” (Fito Páez/Mercedes Sossa).

Alianza por una Vida Digna
Escrito en . Publicado en Alianza, Derechos.
Presentación
Vivimos tiempos difíciles en Costa Rica. Amplios sectores a lo largo y ancho del país muestran un malestar creciente y una insatisfacción con las propuestas que dominan las agendas política, económica, cultural y social. Las posibilidades de encuentro, diálogo y entendimiento se debilitan por posiciones intolerantes y excluyentes. Desde hace varias décadas se nos viene imponiendo un modelo de desarrollo y un proyecto de país que, lejos de forjar cohesión y consensos y de buscar el bienestar colectivo, ha fomentado un grave proceso de fragmentación social, cargado de inequidad, con un fuerte deterioro ambiental. Las propuestas dominantes han beneficiado a algunos sectores, pero han afectado la calidad de vida y la dignidad de muchas más personas; el crecimiento económico no ha sido inclusivo.
Pese a la evidencia de la disfuncionalidad social y ecológica de estas propuestas, los sectores económicos, políticos y mediáticos que llevan adelante esta agenda no parecen cesar en su empeño de empujar al país hacia un sendero muy arriesgado que está poniendo en peligro la posibilidad de una convivencia armoniosa entre las personas y entre éstas y el ambiente. La correlación de fuerzas políticas en este momento favorece estas tendencias, y se promueven proyectos e iniciativas que tienden a minar espacios democráticos y nos alejan de una distribución justa de la riqueza, debilitando elementos claves del estado social de derecho y estrujando las posibilidades de forjar una colectividad marcada por el bien común.
Un grupo amplio de organizaciones y personas, de muy diversos sectores, tenemos la convicción de que Costa Rica necesita encontrar nuevos senderos por los cuales transitemos con esperanza y sentido colectivo, en procesos marcados por una amplia participación social, institucional y comunitaria. Senderos que nos permitan soñar y crear escenarios distintos, más inclusivos, y también respetuosos con el ambiente, en los que la prioridad sea el desarrollo de las potencialidades de todas las personas, en un marco de respeto a la diversidad. Por ello hemos decidido integrar la Alianza por una Vida Digna, con la confianza de que entre todas y todos podemos plasmar reflexiones, propuestas, y acciones en procura del bien común. Queremos contribuir a gestar otros mundos posibles.
Este suplemento recoge puntos de vista de cuatro personas sobre algunos temas medulares de la realidad nacional actual. Continuaremos presentando, por diversos medios, otros tópicos en ámbitos variados de la vida nacional, que fomenten reflexión y acción en comunidades, instituciones y colectivos varios. Pretendemos que la Alianza por una Vida Digna sea una fuente de pensamiento diverso y un acicate para la participación democrática alrededor de aspectos esenciales de nuestra convivencia.
Con la idea de impulsar esta Alianza, se realizó el lunes 29 de julio una reunión a la que asistieron cuarenta personas de los sectores comunitario, estudiantil, ambientalista, profesional, educación popular, comunicación popular y alternativa, Buen Vivir, y universitario.
Alberto Rojas Rojas, Andrea Alvarado Vargas, Héctor Ferlini-Salazar, José María Gutiérrez Gutiérrez
Correo-e: alianza.por.una.vida.digna@gmail.com

El derecho de huelga del enemigo: criminalización de la protesta ciudadana y disolución de sindicatos (III)
Escrito en . Publicado en Análisis, Aportes para el desarrollo.
Manuel Hernández V.
“Tendamos la mirada en otra de las direcciones de la historia proletaria: la que se refiere a las conquistas de la clase obrera en el terreno de la emancipación integral. ¿Qué vemos? Una vía dolorosa, sangrienta, trajinada por una multitud de mártires de la libertad, desconocidos casi todos ellos” (García Monge)
La huelga es un Derecho Fundamental, reconocido y protegido en un amplio bloque del derecho internacional de Derechos Humanos.
Pero para llegar a constituirse en derecho fundamental, la huelga pasó por diferentes estadios o etapas, a un costo humano muy caro: primero, huelga-delito, luego, huelga-libertad y finalmente, huelga-derecho.
En un primer estadio, contemporáneo a la Revolución Francesa, la coalición de los obreros y la huelga, configuraron delitos tipificados en los códigos penales europeos.
Bueno, pues resulta que el Proyecto de ley para brindar seguridad jurídica sobre la huelga y sus procedimientos (N° 21049), representa una involución histórica, que prácticamente nos transporta en el tiempo, a más de 200 años atrás, a los albores sangrientos de aquella Revolución.
En su versión original, el proyecto pretendía adicionar un inciso –el inciso f- al artículo 350 del Código de Trabajo (CT). Este artículo enumera las causales de disolución de los sindicatos.
La propuesta original estableció que los sindicatos pueden ser disueltos cuando organizan o incitan a sus afiliados a impedir la libertad de tránsito de los ciudadanos, realizar sabotaje sobre bienes públicos o ejecutar cualquier otra conducta que configure un ilícito penal.
Esta disposición fue acotada en el texto sustitutivo del proyecto, que estipuló que los sindicatos serán disueltos cuando organizan o incitan a sus afiliados a realizar bloqueos en vías públicas, acceso en las instalaciones públicas, servicios públicos, actos de sabotaje sobre bienes públicos o realizar cualquier otra conducta que implique un ilícito penal.
En estos términos, dicha propuesta fue dictaminada afirmativamente –por mayoría-.
Luego que fue dictaminado el proyecto, vía artículo 137 del Reglamento Legislativo, se presentó una sugestiva moción, al tenor de la cual se eliminó la creación de aquel pernicioso inciso del artículo 350 CT.
Algunos, de pronto con cierta ingenuidad, se dieron por satisfechos con la llamativa eliminación de ese inciso, pero no advirtieron los alcances de un nuevo párrafo, incisivo y malicioso, que se incorporó al final del mismo artículo, cuyo texto deviene más lesivo que aquellas propuestas que calculadamente se “desecharon” en el camino.
En definitiva, la Comisión antihuelgas aprobó un nuevo párrafo al artículo 350 CT (in fine), que ahora establece que si la autoridad judicial dicta una sentencia condenatoria contra un representante o directivo del sindicato, en calidad de autor, instigador o cómplice, por acciones realizadas en el ejercicio de sus cargos, por los delitos señalados en los artículos 128,144,229, 263, 263 bis, 264, 339 y 340 del Código Penal, enviará una copia de la sentencia al Ministro/a de Trabajo, para los efectos correspondientes a este artículo; es decir, para que solicite la disolución del sindicato.
Desde luego que esta enmienda no es nada inocua, que por contrario, amplia, en demasía, las causas por las que puede ser disuelto un sindicato.
Es pertinente denotar que esa pluralidad de delitos, de muy distinta naturaleza, que contempla el texto aprobado son los siguientes: lesiones culposas (artículo 128 Código Penal), omisión de prestación de auxilio a un menor de 10 años que se encuentre perdido o desamparado o a una persona herida o amenazada de un peligro cualquiera (144), daño agravado (229).
Además, el delito de entorpecimiento de servicios públicos (263), obstrucción de vías públicas, que consiste en impedir, obstruir o dificultar, en alguna forma, el tránsito vehicular o el movimiento de transeúntes (263 bis); disposiciones que coartan y penalizan la protesta ciudadana.
Finalmente, también quedaron comprendidos el delito de abandono de servicio de transporte (264), denegación de auxilio (340) y no podía faltar, el consabido delito de incumplimiento de deberes (339).
En cualquiera de esta amplia gama de supuestos, en que sea condenado un dirigente sindical, la responsabilidad personal se transfiere indebidamente a la esfera jurídica del sindicato –ex lege-, cuya disolución se vuelve inminente.
Valiéndose de esa fraudulenta técnica legislativa, el texto aprobado por aquella Comisión, resulta todavía mucho más dañino, porque contempla una considerable cantidad de nuevas causas por las que un sindicato, a merced de la responsabilidad penal de cualquiera de sus dirigentes, que es estrictamente personal e intransferible, puede ser sencillamente disuelto.
Así, en conexión con el Derecho de Huelga del Enemigo, tenemos, por una parte, que se viene a sancionar, con la disolución, ilegítimamente la actividad de los sindicatos, con disposiciones punitivas que desbordan los límites ordinarios de la responsabilidad penal y las reglas del ordenamiento democrático.
Por otra parte, se criminaliza la protesta social o ciudadana, inherente al derecho de huelga, en detrimento, además, de la libertad de expresión, reunión y movilización, que son todas libertades públicas.
Un retroceso sin precedentes en la legislación de nuestro país, que nos devuelve a aquella fase de la huelga delito, que para muchos de nosotros, por lo menos para mí, en pleno Siglo XXI, era tan sólo un episodio anecdótico, el cual dábamos por sentado que estaba totalmente superado.
Imagen ilustrativa.
Enviado por el autor.
Sea parte de SURCOS:
ANDE y APSE convocan a huelga intermitente
Escrito en . Publicado en Trabajo.
-
Inicia el 02 de setiembre
El ANDE y el APSE están convocando a una huelga intermitente para luchar contra la pretensión de eliminar el derecho a la huelga y la criminalización de la protesta social; el aumento de la edad del retiro y disminución del porcentaje de pensión.

¿Por qué el SEC no se suma al movimiento de huelga?
Escrito en . Publicado en Trabajo.
Primero que todo, debemos señalar que nuestro Consejo Nacional de Representantes decidió mantener la ruta de diálogo y negociación con el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo sobre el proyecto 21049, además del 21097.
1.Como organización sindical tenemos una gran responsabilidad con la educación, que no nos permite engañar al Magisterio Nacional, ni al pueblo de Costa Rica.
2.El proyecto 21049 ciertamente es regresivo, iba a ser dictaminado en junio, sin oposición alguna.
3.Por medio de nuestra ruta de diálogo y negociación, insistimos al Poder Ejecutivo y Legislativo, para abrir un debate que nos permitiera modificar la redacción de dicho proyecto (21049).
4.A esa mesa de negociación, se unieron algunas confederaciones y UNDECA.
5.Luego otras organizaciones del Magisterio Nacional que estaban en ese momento en huelga; se sumaron a esta mesa de diálogo y negociación, con el objetivo de hacer sus aportes.
6.Entre los objetivos principales, se encontraba evitar la aprobación del proyecto tal y como estaba redactado.
7.Pese a lo compleja que fue la negociación, logramos sacar el acuerdo de que educación no se declarara como servicio esencial ni de trascendental importancia, dicho acuerdo fue firmado por todas las organizaciones y representantes que estaban en esa mesa de diálogo.
8.Lo que en esta mesa no se logró acordar en consenso, se impulsó por mociones. Entre esos temas se destaca: la disolución de sindicatos, la huelga por políticas públicas, temas procesales y rebajos salariales, entre otros.
9.El 20 de agosto se cerró la mesa de diálogo para discutir las mociones en comisión y plenario.
10.El 21 de agosto las tres organizaciones nos avocamos a redactar mociones para entregar a los legisladores.
11.El lunes 26 y martes 27 de agosto se inició la discusión de mociones, a las cuales estamos dando seguimiento.
El escenario actual
Al concluir la mesa de diálogo, distintas organizaciones del Magisterio Nacional se identificaron con la propuesta de texto sustitutivo de una diputada de Liberación Nacional, la cual fue presentada de última hora, a sabiendas que no tenía viabilidad, por no contar con el apoyo de la mayoría de los diputados.
El pasado lunes 26 de agosto la comisión especial, rechazó la moción del texto sustitutivo antes mencionado.
También de manera favorable se eliminó la moción que incluía el nuevo
Inciso F del artículo 350, que pretendía establecer una nueva causal para disolver sindicatos.
En cuanto a pensiones y otros temas
En cuanto a los proyectos de pensiones, el Magisterio Nacional solicitó que se retiraran de la corriente legislativa, lo que se logró por una semana para entablar conversaciones con las y los diputados proponentes de dichos proyectos.
Por parte del SEC, se realizaron reuniones con las y los diputados: Xiomara Rodríguez, Franggi Nicolás y Víctor Morales, con los cuales se adquirió el compromiso de excluir al Régimen de Pensiones del Magisterio Nacional de esos proyectos.
En cuanto al proyecto de Empleo Público; este no se encuentra aún en discusión, además señalamos que las tres organizaciones, desde febrero del 2019 nos hemos mantenido en reuniones para plantear nuestras propuestas, las cuales buscan proteger los derechos del Magisterio Nacional y estaremos atentos a dar seguimiento una vez que ingresen a la corriente legislativa para su análisis.
POR TODO LO SEÑALADO Y SIN ENGAÑAR A NADIE, esta ha sido la ruta de diálogo y negociación que hemos mantenido, con tal de que se respete y se ejecute lo acordado, por eso no participamos del movimiento que otras organizaciones, que después de estar en negociación, llaman a huelga, poniendo en riesgo lo avanzado.
Hoy martes 27, al cierre de este comunicado; la comisión había sesionado en horas de la tarde y lo está haciendo también desde las 6:00 p.m., hasta las 12 media noche, sumando además, dos sesiones de trabajo diarias, previstas para el 2 y 3 de setiembre, por lo que estaremos dando detalles de las mociones discutidas.
Sindicato de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Costarricense, SEC Secretaría de Promoción y Relaciones Públicas
Sea parte de SURCOS: