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Etiqueta: IVM

Actuario Rodrigo Arias López solicitó al auditor de la CCSS datos que muestren hacia dónde se desvían los fondos de pensiones

El máster en Matemática Actuarial Rodrigo Arias López publicó en su espacio de Facebook y compartió con SURCOS un oficio que le envié al auditor interno de la CCSS en el mes de febrero de 2023.

Arias López indaga acerca del desvío de fondos del régimen de pensiones (Invalidez, Vejez y Muerte – IVM).

En su publicación señala:

“Espero que los asegurados activos y pensionados del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), entiendan cómo es que le han venido desviando fondos al IVM (cambiando de forma espuria el fin que la Constitución y la Ley 17 establecen). Los datos del Cuadro B.1 que adjunto son cifras oficiales de la CCSS incluidas en el informe EST-0076-2022 de Octubre 2022; lo que hice fue ordenar las cifras para que en ellas se vean los dineros que el Estado debe aportar de conformidad con el artículo 9 de la Ley 7374 para el primer nivel de atención de la salud, que esconden en los informes de la CCSS y que los gobiernos de turno hasta la fecha no han pagado ni un centavo en 30 años, a pesar de que los amigos que tienen en la Caja solo cobran anualmente un 3% del costo real incurrido”.

El experto puntualiza: “Observen que en el título del Cuadro B.1 dice que esas cifras son del Seguro de Salud y como pueden ver, en 2022 a los asalariados les sobró casi un billón de colones (999.425 millones de colones) -incluso, le sobró dinero a los trabajadores independientes y a los pensionados- los cuales, por disposición del párrafo tercero del artículo 73 de la Constitución y los artículo 32 y 43 de la Ley Constitutiva de la CCSS, son fondos que debieron destinarse al régimen de capitalización IVM. Sin embargo, los usaron para cubrir los faltantes que los gobiernos de turno no le giran a la CCSS a pesar de que lo ordenan las leyes 7374, 5349 y otras”.

El actuario matemático agrega: “Les comento que este año 2023 separé por primera vez los gastos de atención primaria; en años anteriores no había realizado esa separación y por eso los fondos sobrantes de los asalariados eran menores y los pensionados y trabajadores independientes más bien mostraban faltantes de ingresos para financiar los gastos. Con esta corrección, para ajustarla con la Ley 7374, esos dos últimos regímenes de salud también serían solventes, si es que esas cifras que publica la CCSS son correctas. Por eso lo informé al Auditor Interno de la CCSS, ante quien interpuse la denuncia con el oficio RAL-004-2023”.

Arias López finaliza: “Este 28 de julio escuché la participación del Auditor Interno de la CCSS ante la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa. No vi que el Auditor informara sobre esta situación a los diputados; pero tampoco observé que algún diputado le preguntara. ¿Por qué será? En todo caso, este documento es público, cualquiera tiene acceso a él, igual que el documento de la CCSS EST-0076-2022 de octubre 2022, por lo que nadie podría alegar que desconocía estas cifras; mucho menos los nueve directivos de la Caja”.

SURCOS comparte la imagen de la carta enviada al auditor interno de la CCSS, así mismo, el video de la sesión de la Comisión Permanente Especial de Control de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa que menciona Arias López en su nota.

¿Se acabaría la luna de miel entre «expertos» de OIT y maquillistas de la CCSS? (Parte VIII)

M.Sc. Rodrigo Arias López. Máster en Matemática Actuarial

Le doy continuidad a la parte VII mostrando datos del riesgo de vejez de IVM comparados con los proyectados en OIT-2008. En el Gráfico 1 observamos que OIT subestimó la cantidad de pensiones de vejez desde el primer año. Para el año 2022 la proyección en OIT-2008 fue de 104.417 pensiones de vejez; pero hubo 190.100, es decir, 85.683 más, que es un 85% de lo proyectado por OIT. Este error se debe a que OIT no utilizó la base de afiliados de IVM, sino la de cotizantes; la primera es 1,85 veces la segunda. Es decir, los expertos de OIT olvidaron a los afiliados que no cotizaron en 2008; pero que tenían cuotas a su favor y podían pensionarse con solo llegar a la edad de retiro, o volviendo a cotizar para cumplir con los requisitos de edad y cotización.

En el Gráfico 2 presento el gasto en pensiones de vejez sobre los salarios. Como OIT subestimó la cantidad de pensiones; pero infló la tasa de cobertura, también agigantó la masa salarial, por lo que el costo de vejez sobre los salarios que proyectó resultó completamente desviado de los resultados reales observados. Por ejemplo, en 2022, a pesar de los grandes esfuerzos que hacen en la CCSS por frenar el gasto, dejando que las pensiones se devalúen, el costo de vejez sobre los salarios fue 7,7% (¢924.000 millones / ¢12.000.000 millones), que es 115% superior al costo de 3,6% (¢831.944 millones / ¢ 23.335.548 millones) que estimó la OIT para ese año. Espero que Bonilla y Velazco ahora sí comprendan por qué dicen que el amor es ciego; pero si aún no, aquí AC lo prueban.

Informes actuariales en la Caja: ¡Mucho cuidado!

Luis Paulino Vargas Solís

He estado viendo algunos de los informes actuariales de la Caja, unos relacionados con el seguro de salud, otros con el sistema de pensiones IVM. Me queda todavía mucho por explorar, pero hay algunas cosas que, a estas alturas, las tengo bastante claras.

Primero, me resulta obvio que la prensa sobredimensiona los aportes que estos informes dan. Pero eso no sería tan preocupante, si no fuera porque dentro de la propia Caja, y por parte de las élites políticas, se reproduce el mismo error.

Estos informes invariablemente se basan en un modelo. Y ese modelo a su vez se basa en un conjunto de hipótesis o, si usted lo prefiere, un conjunto de supuestos o premisas. En gran medida, y por mucha matemática y estadística que se le ponga a la cosa, los resultados finales están predeterminados, en grado muy significativo, por aquellos supuestos.

Si los supuestos pecan de optimistas, los resultados podrán resultar muy rozagantes y satisfactorios. Si, contrario sensu, se opta por supuestos o hipótesis de tonalidad sombría, los resultados serán deprimentes.

Por supuesto, todavía queda la opción de construir distintos escenarios, y trabajar con supuestos diversos: unos más optimistas, otros más pesimistas. Pero, incluso en tales casos, otras cuestiones seguirán incidiendo.

Primero, el realismo de los supuestos, algo extremadamente difícil de resolver. Optar por elaborar diversos escenarios, atenúa el problema, pero no lo soluciona.

Segundo -que es seguramente lo más importante- el carácter multifacético y sumamente complejo, de los factores que inciden, y que hacen que, cualquiera sea el modelo utilizado, los márgenes de incertidumbre sean amplísimos, y más y más amplios, conforme más prolongados los períodos considerados.

Creo detectar muchas otras serias limitaciones, que omito mencionar aquí.

Estos informes actuariales deben ser asumidos con suma cautela. Son una guía necesaria, pero están lejos de ser la última palabra. Con un agravante que en este momento se nos presenta: dentro de ese juego corrupto y cínico que Rodrigo Chaves y Marta Esquivel han puesto en movimiento dentro de la Caja, han promovido a la Dirección Actuarial a una persona que arrastra serios cuestionamientos, pero que, desde luego, cumple con el requisito que Chaves y Esquivel más aprecian: ser una servidora incondicional.

¿Se acabaría la luna de miel entre «expertos» de OIT y maquillistas de la CCSS? (Parte VII)

M.Sc. Rodrigo Arias López. Máster en Matemática Actuarial

En esta entrega muestro resultados del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) del período 2008-2022 y en lo sucesivo compararé varias variables de este seguro con las proyectadas y publicadas por expertos de OIT en el año 2010, quienes se esforzaron por demostrar que en la CCSS no había maquillistas y que el IVM era sostenible hasta más allá del año 2038. En estos dos enlaces pueden comprobar lo dicho: Bonilla y Velazco y si alguien desea ver más, dejo aquí las partes VI y V. En adelante citaré al informe de la OIT de 2010 como OIT-2008, pues es con corte al 31/12/2008; a sus autores y promotores los identificaré como expertos de OIT.

Observen en el Cuadro N° 1 lo que hicieron los políticos y los gobiernos de turno con el principal régimen de pensiones de Costa Rica, con la colaboración de los expertos de OIT. Noten como desde el año 2009 los aportes no alcanzan para pagar los gastos o beneficios; pero los expertos de OIT decían que eso ocurriría hasta en el año 2022.

Cuadro N° 1. Balances del seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la CCSS 2008-2022

(millones de colones)

Decían esos técnicos que los excedentes del IVM (columna (5) del Cuadro N° 1) serían negativos hasta en el año 2038, por lo que los costarricenses debíamos estar tranquilos; sin embargo, les recuerdo lo que hicieron los políticos para evitar que eso sucediera 15 años antes de ese año. Primero eliminaron en el año 2013 el retiro anticipado penalizado que habían creado en el año 2005. Segundo, aumentaron las cuotas un 1,66% sobre los salarios en 2015 y 2017 (0,66% al Estado y 1% a los trabajadores). Tercero, toparon en 2018 la base mínima contributiva en un 87% del salario mínimo para evitar aumentar las pensiones mínimas. Cuarto, en ese mismo año adelantaron dos años el aumento de los aportes del 0,5% sobre los salarios. Quinto, a partir de 2019 eliminaron la costumbre histórica de realizar reajustes semestrales por inflación a los montos de las pensiones. Sexto, los reajustes que hacen los pagan hasta después de un año.

Es posible que aún algunos lectores se pregunten como llevaron al IVM a ese estado, por lo que refresco como lo hicieron. Primero, dejaron la cuota de IVM fija en 7,5% durante 63 años a pesar de los siguientes hechos: En 1950 el actuario Cecil Nesbitt advirtió a la Junta Directiva de la CCSS que esa cuota era deficitaria. En 1967 IVM inició el pago del aguinaldo, aumentando el gasto un 8,33%. En 1976 IVM aumentó su costo un 13,75% pagando el seguro de salud a los pensionados. Alrededor de 1980 bajaron las edades de retiro por vejez hasta la edad de 55 años. La esperanza de vida al nacer aumentó de 50 años hasta los 80 años a partir de 1980. Segundo, la alta evasión y morosidad, principalmente del Estado (ver columna (6) del Cuadro N° 1). Tercero, desde hace varias décadas al IVM le quitan un 7,5% sobre los salarios, contraviniendo el artículo 73 constitucional y los artículos 32 y 43 de la Ley constitutiva de la CCSS. Ese desvío es superior a ¢900 mil millones por año. El IVM hoy debería tener en reserva más de ¢60 billones; pero pueden ver en la columna (7) del Cuadro N° 1, que solamente tiene ¢3,3 billones.

Muestro en el Gráfico N° 1 la tasa de cobertura (TC) de IVM sobre la Población Económicamente Activa (PEA) comparada con la utilizada en OIT-2008. Esta tasa es una hipótesis que los actuarios deciden cuando elaboran el estudio, con base en estadísticas y criterio propio. La TC multiplicada por la PEA nos da la cantidad de cotizantes esperados en cada año de la proyección; de ellos dependen los ingresos y los gastos futuros, por eso el actuario debe tener mucho cuidado al escogerla. A fin de que la comparación sea válida, en el Gráfico N° 1 utilicé en ambos casos la PEA usada en OIT-2008. Según los expertos de OIT la TC de IVM aumentaría de 65% en 2009 hasta un 82% en 2030, lo cual a todas luces era una hipótesis imposible, tomando en cuenta que desde hace más de una década el desempleo ronda el 10%; un 5% de la PEA cotiza para otros regímenes de pensiones; un 3% de la PEA es de adultos mayores; otro 3% de la PEA es asalariada ocasional; un 9% o más de la PEA es de trabajadores independientes que evaden cotizar, sin dejar de mencionar la pobreza y extrema pobreza. Es decir, por lo menos un 30% de la PEA estaría prácticamente excluida, por lo cual, cualquier hipótesis razonable de cobertura no debería superar el 70% en el largo plazo.

Por ejemplo, para el año 2022 la hipótesis de TC usada en OIT-2008 fue 77,9% y se observó un 64,6%, o sea, 13,3% menos de cobertura. Dicho de otro modo (ver Gráfico N° 2), la OIT asumió que en el año 2022 el IVM tendría 1.979.800 cotizantes; pero solo tuvo 1.641.370, es decir, 338.430 menos. ¿Cuánto significa esto en cuotas o colones? Lo veremos en otras entregas.

ANEP presentó ante el Consejo de Derechos Humanos ONU, denuncia por el cambio de pensiones IVM-CCSS

En una sesión de la Junta Directiva Nacional de la ANEP se entregó una primera lista de personas trabajadoras que fueron violentadas en sus expectativas de pensionarse, ya sea por invalidez, vejez o muerte, debido a los recientes cambios que realizó la Caja Costarricense del Seguro Social. Las personas presentes en esta lista ya contaban con todos los requisitos necesarios para pensionarse.

El documento fue entregado al Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Según la asesoría que recibió la ANEP, lo que se está evidenciando es una violación a los derechos humanos, lo que llevó a que se presentara en un escenario internacional.

Se abrirá un segundo periodo de inscripción en donde las personas que cumplan los requisitos pueden formar parte, además, para ser parte de la lista se debe de estar afiliado al ANEP y llenar un formulario que se puede encontrar en www.anep.cr

La ANEP ha hecho cambios en cuanto a las maneras de velar por los derechos de los trabajadores, ahora con un enfoque hacia los derechos humanos en donde ha habido una gran inversión para que exista un asesoramiento correcto para los mismos/as.

Actuario matemático Rodrigo Arias López pide a gerencia de Pensiones de la CCSS respetar derechos de personas adultas mayores

El actuario matemático Rodrigo Arias López dirigió una carta al licenciado Jaime Barrantes Espinoza, gerente de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) en la cual solicita respeto a los derechos de las personas adultas mayores.

El especialista ha publicado en SURCOS una serie de artículos en los cuales muestra que las pensiones no se han actualizado de acuerdo con el aumento en el costo de la vida.

En su nota Rodrigo Arias López le dice al gerente de Pensiones:

“De conformidad con los artículos 27 y 30 de la Constitución Política, el artículo 7 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito de la Función Pública No 8422 y la Ley de Regulación del Derecho de Petición No 9097, solicito la siguiente información de interés público.

He tenido acceso a varios oficios de esa Gerencia con los cuales usted informa a los asegurados pensionados del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) sobre peticiones que ellos le han realizado sobre el reajuste de la pensión mínima y de las pensiones por costo de vida, los cuales se envían sin destinatario específico, sino que solo dicen “Señor (a) Pensionado (a)”. Por ejemplo, en el oficio GP-0901-2023 del 13 de junio de 2023, ante solicitudes realizadas por pensionados de IVM de reajustar la pensión mínima y por costo de vida, usted les informa ambiguamente lo siguiente, sobre la primera petición:

Sobre el particular, según información suministrada por la Dirección Administración de Pensiones, el ajuste para los meses correspondientes al año 2022 fue efectivo en el pago de la planilla a finales de mayo de 2023. En lo que respecta al año 2023 se encuentra en proceso de gestión del pago, el cual está programado para el mes de julio de 2023.

Como se aprecia, usted es omiso en informar a los pensionados como en derecho corresponde, considerando su condición de adultos mayores, lo que se canceló en el mes de mayo, cuál fue el monto de la pensión mínima que se canceló, si se pagó algo retroactivo y la fecha de retroactividad.

Además, usted les informa que está programado para el mes de julio de 2023 lo que respecta al año 2023; pero no les informa con claridad qué es lo que está programado, cuánto será el nuevo monto de la pensión mínima, ni tampoco la fecha de retroactividad.

Lo anterior no solo es importante por el derecho a la información que poseen los adultos mayores, sino que como es de su conocimiento, las pensioncitas de ellos son muy básicas, muy lejos de los ¢2 millones, ¢5 millones, ¢10 millones y hasta ¢15 millones que se pagan en otros regímenes de pensiones; por lo tanto, esos adultos mayores requieren planificar muy bien el gasto y no merecen la ambigüedad de sus respuestas. Vea don Jaime, los montos de las pensiones de IVM de diciembre de 2022 …; la mitad de ellas eran inferiores a ¢150.000.

Sobre el derecho a la información, el artículo 14 de la Ley Integral de la Persona Adulta Mayor No 7935 dice textualmente, lo siguiente:

“ARTÍCULO 14.- Información

Las instituciones, públicas y privadas, a cargo de programas sociales para las personas adultas mayores, deberán proporcionarles información y asesorarlas tanto sobre las garantías consagradas en esta ley como sobre los derechos estatuidos en otras disposiciones a favor de las personas adultas mayores. El Consejo se encargará de coordinar las acciones necesarias en este campo.”

En cuanto a la segunda solicitud que le hacen los pensionados de IVM de reajustar los montos de las pensiones, usted les cita el artículo 28 del reglamento.

Usted les recalca que ese artículo 28 “no establece que se deban revalorizar los montos de las pensiones, estrictamente con la inflación, ni que deba realizarse aumentos cada seis meses”.

Nuevamente don Jaime, a mi entender esa respuesta no está a la altura de un Gerente que se preocupa por el respeto de los derechos que poseen los adultos mayores, con mayor razón si usted observara que de las 336.281 personas pensionadas de IVM al 31/12/2022, un 72,35% tiene edad de 65 años o más; es decir, en ese grupo de pensionados hay 243.287 personas adultas mayores protegidas por la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor

En ese sentido, usted y la Caja, están incumpliendo, no solo el artículo 14 antes citado de esa ley que protege a los adultos mayores, sino también el artículo 5 de esa misma ley. No observo que usted y la CCSS, informen a los adultos mayores pensionados sus derechos, mucho menos que le citen en negrilla y subrayado el artículo 5, que textualmente dice, en lo que más correlación hay con el monto de la pensión:

“ARTÍCULO 3.- Derechos para mejorar la calidad de vida

Toda persona adulta mayor tendrá derecho a una mejor calidad de vida, mediante la creación y ejecución de programas que promuevan:”

“c) La vivienda digna, apta para sus necesidades, y que le garantice habitar en entornos seguros y adaptables.”

“g) La pensión concedida oportunamente, que le ayude a satisfacer sus necesidades fundamentales, haya contribuido o no a un régimen de pensiones.”

“j) La protección jurídica y psicosocial a las personas adultas mayores afectadas por la violencia física, sexual, psicológica y patrimonial.”

En dicha ley también se define lo que es “violencia contra las personas adultas mayores”, textualmente el artículo 2 de esa Ley dice lo siguiente:

“Violencia contra las personas adultas mayores: Cualquier acción u omisión, directa o indirecta, ejercida contra una persona adulta mayor, que produzca, como consecuencia, el menoscabo de su integridad física, sexual, psicológica o patrimonial.”

SURCOS comparte aquí el documento completo enviado por el actuario matemático Rodrigo Arias López a la gerencia de Pensiones de la CCSS.

¿Se acabaría la luna de miel entre «expertos» de OIT y maquillistas de la CCSS? (Parte VI)

M.Sc. Rodrigo Arias López. Máster en Matemática Actuarial

Durante más de una década el Sr. Luis Guillermo López Vargas, siendo director de la Dirección Actuarial de la CCSS, engañó a los asegurados defendiendo a capa y espada que el Seguro IVM estaba como quinceañero, sus reservas crecían como la espuma, por lo que no requería ningún cambio sino hasta más allá del año 2040. Dejo estos dos enlaces a quienes no lo recuerdan: 24 de noviembre de 2010 y junio de 2011.

Para demostrar que no había ningún maquillaje, la administración de la CCSS contrató a expertos de la OIT, quienes no solamente hicieron sus propios cálculos actuariales de IVM con corte al 31/12/2008, sino que los compararon con los de la CCSS, calzando todo casi a perfección, pueden verlo aquí OIT Ginebra 2010. Para no dejar dudas, hicieron esta presentación en julio de 2010.

La principal conclusión de esos “expertos” fue que, aún sin el dinero del artículo 78 de la Ley de Protección al Trabajador, el IVM tendría excedentes hasta el año 2035, tanto con el modelo de la OIT como con el de la Caja. Decían lo siguiente y exhibían los gráficos 9 y 10 en la página 13:

“Una conclusión de interés, es que aún sin incluir los ingresos que el artículo 78 pueda generar, el Seguro IVM, se proyecta superavitario, empleando ambos modelos por lo menos por 25 años, con ello se puede pensar en un futuro inmediato sin necesidad de emprender reformas adicionales al Seguro de Pensiones.”

Proyectaban los expertos en el Gráfico 9, que al IVM le sobrarían aportes hasta el año 2035 con el plan tarifario que había en 2009; en el gráfico 10 estimaban que IVM acumularía hasta ¢38 billones de reservas en 2035; en 2022 el IVM estaría gordito con ¢10 billones.

Ante el ciego amor entre los “expertos” de OIT y los maquillistas de la CCSS, envié por correo observaciones a OIT en agosto de 2010, sin respuesta alguna; incluso en 2014 seguían defendiendo el informe, como pueden ver aquí Sergio Velazco. También las envié a la Junta Directiva de la CCSS; pero los ocho gatos y doña Ileana Balmaceda estuvieron de acuerdo con los maquillistas, pues según Balmaceda “(…) en síntesis, la solicitud de elevación a la OIT, de las observaciones que Usted formula, no son temas que le merecieran dudas a la Institución, razón por la cual no se procederá a lo pedido.” O sea, presuntamente los nueve directores compartieron el criterio del principal maquillista de la CCSS, parte del cual cito aquí: “Sobre el particular, es importante señalar que la participación del actuario Sergio Velazco, especialista principal de la OIT, en la elaboración del informe remitido por Ginebra, constituyó solamente un facilitador en la coordinación del informe de la OIT, elaborado por el equipo técnico actuarial radicado en Ginebra, Suiza. Por otra parte, en la valuación actuarial efectuada en San José, Costa Rica, la labor de acompañamiento que desempeñó, fue con un carácter muy objetivo y profesional.”

Esos maquillajes, ya no solo de funcionarios de la CCSS, sino de “expertos” de OIT, fueron conocidos por los costarricenses desde el año 2012, pues se divulgaron en Universidad.

Ya para el año 2013, poco antes de que el difunto Partido Acción Ciudadana (PAC) tomara las riendas del gobierno, Román Macaya Hayes proponía una Mesa de Diálogo, pues según él la culpa de los problemas financieros de la CCSS, era el aumento de los viejos y las viejas; pero se le olvidó convocarla cuando lo nombraron presidente ejecutivo de la Caja y en 2021 decidieron elevar las edades de retiro y bajar los beneficios, sin transitorio alguno, anunciando otro engaño a los asegurados, que también pueden ver en más mentiras, afirmando que con esas decisiones el IVM tendría solvencia hasta el año 2050.

¿Se acabaría la luna de miel entre «expertos» de OIT y maquillistas de la CCSS? (Parte V)

M.Sc. Rodrigo Arias López, Máster en Matemática Actuarial

Continuando con el aparente fin de una historia romántica (ver parte IV aquí: https://surcosdigital.com/se-acabaria-la-luna-de-miel-entre-expertos-de-oit-y-maquillistas-de-la-ccss-parte-iv/), en esta parte me refiero al estudio actuarial más reciente del Seguro de Salud (SEM) elaborado en la sala de maquillaje de la Caja y que dejo aquí. En lo sucesivo me refiero a dicho informe como “VA-2021”.

En términos generales mi breve análisis coincide con las observaciones realizadas por la Organización Internacional del Trabajo, OIT, salvo la que se refiere al costo proyectado por la CCSS sobre el Producto Interno Bruto (PIB), que OIT estima en 21,5% en el Gráfico 3 de su informe. La OIT no dice como estimó el PIB de 2023 a 2036; sin embargo, como el costo sin inversión en proyectos proyectado por la CCSS para el año 2036 es ₡12,7 billones (Cuadro 35 de VA-2021), se deduce que OIT estimó un PIB de ₡59,3 billones = ₡12,7 / 0,215 para ese año. Como el PIB estimado por el BCCR (Banco Central de Costa Rica) para el año 2022 es ₡44,3 billones, significa que si OIT usó este dato, entonces la tasa anual nominal de crecimiento del PIB que utilizó es igual a 2,1%. Sin embargo, el PIB ha venido creciendo a tasas nominales promedio entre 6% y 7% y tasas reales superiores al 3%, por lo que esa hipótesis de 2,1% de crecimiento nominal del PIB no luce razonable.

En el Gráfico 1 siguiente presento tres escenarios de los gastos proyectados por la CCSS en el Cuadro 35 de VA-2021 sobre el PIB, usando tasas reales de crecimiento del PIB del 2,5%, 3,5% y 4,5%, partiendo de la cifra de PIB de ₡49,97 billones estimada por el BCCR para el año 2024. Lo que se obtiene con estas hipótesis es que en el año 2036 los gastos sobre el PIB proyectados por la CCSS serían 13,3%, 11,8% y 10,5% para dichos escenarios, respectivamente. Si bien estos costos sobre el PIB son bastante inferiores a los obtenidos por la OIT, siguen siendo sorprendentes, incluso si el PIB creciera un 4,5% real, ya que en los tres escenarios los costos sobre el PIB superan el doble de los datos levemente mayores a 5% observados en el período 2010-2021. El crecimiento del gasto sobre el PIB es explosivo desde el primer año proyectado, en el cual el costo supera el 6%, en 2026 el 7%, en 2030 el 8%, en 2034 el 10% y en 2036 el 11%.

Nota: El gasto histórico se toma del Cuadro 17 de VA-2021; el gasto proyectado es el del Cuadro 35 de VA-2021.

Si en el Gráfico 1 se agrega el costo del portafolio de inversiones en infraestructura, los valores proyectados mostrados en dicho gráfico se incrementan en promedio un 0,6% sobre el PIB.

Dado este explosivo aumento del gasto proyectado en VA-2012, no es extraño que el gasto per cápita, usando las proyecciones de población del INEC, también se dispare desde ₡ 425.065 en 2021 hasta ₡ 2.207.265 en 2036; es decir, se multiplica por 5,2 en 15 años, factor que supera el indicado por OIT que usa como base el dato del año 2022.

En los cuadros 16 y 17 de VA-2021 hay estadísticas de crecimiento nominal y real de los ingresos y los gastos del SEM del período 2010-2021, que muestran que, en promedio, los ingresos crecieron un poco más que los gastos; sin embargo, en las proyecciones realizadas por la CCSS, los ingresos crecen un 8,3% en promedio y los gastos crecen desde un 9% en 2023 hasta un 14% en 2036, con un promedio de 11,4%. En particular, es sumamente extraño lo que sucede con la proyección del gasto en atención primaria de la salud (Áreas de Salud), el cual crece a tasas crecientes desde un 14,8% en 2023 hasta un 20,2% en 2036, aspecto que también fue analizado por la OIT. Esto ocasiona que el gasto en este rubro se dispare hasta montos muy poco razonables y creíbles; pero que a los expertos de la Caja no les parecieron extraños, ni siquiera hicieron la observación sobre este asunto, sino que se dedicaron a desviar la atención mencionando los cambios en los gastos según la edad de las personas. En el informe VA-2021 no se muestran los datos desagregados del año 2022 y los que muestran del año 2021 son sumamente deficientes. Pero usando los datos que ellos mismos estimaron para 2023 en el Cuadro 32, se pueden obtener muchas conclusiones (Ver el Gráfico 2).

Nota: Elaborado con los datos del Cuadro 32 de VA-2021.

Por ejemplo, el gasto en áreas de salud o atención primaria, que en 2023 estiman en ₡0,73 billones, se dispara como cohete en espacio sin gravedad, hasta un monto de ₡5,94 billones en 2036, dejando rezagado desde el año 2030 el gasto en hospitalización, el cual en 2023 estiman en ₡1,17 billones y en 2036 valoran en ₡3,12 billones. Es decir, en 13 años el gasto en áreas de salud se multiplica más de 8 veces y su relación con el gasto de hospitalización pasa de 0,62 en 2023 a 1,9 en 2036. Con respecto al gasto total en salud, el gasto en áreas de salud pasa de una participación de 29% en 2023 a una participación del 52% en 2036, con una tendencia lineal, que si se mantiene en 2041 representaría el 60% y en 2050 un 76% (Ver Gráfico 3). Ante este disparate de gastos proyectados, es innecesario analizar si los ingresos son razonables.

Nota: Elaborado con los datos del Gráfico 2.

Recordemos que el costo de la medicina preventiva es una obligación del Estado según el artículo 9 de la Ley No 7374, del cual los gobiernos de turno no le han aportado ni un centavo a la Caja en 30 años; sin embargo, los autores del informe VA-2021 no hacen visible dicho costo, inmerso precisamente en las cifras que proyectan para las áreas de salud. Me inquieta pensar que aquí haya gato encerrado, en particular, si cuando Román Macaya y los otros 8 directores se hicieron los zorros ante mi informe y solicitud de detener los maquillajes con el desvío de fondos de IVM y con los estudios actuariales del SEM, fue porque todo lo estaban cocinando a juego lento para lograr acuerdos con políticos locales y con organismos financieros internacionales. Este minino también podría explicar que hayan mantenido durante más de 15 años a un profesional como jefe de actuarios y revisor de estudios actuariales, que es lego en esa materia; pero que cae como anillo al dedo para el manejo financiero de la Caja que quieren los gobiernos de turno.

¿Se acabaría la luna de miel entre «expertos» de OIT y maquillistas de la CCSS? (Parte IV)

M.Sc. Rodrigo Arias López
Máster en Matemática Actuarial

Continuando con el descubrimiento realizado por la OIT (ver parte III aquí: https://surcosdigital.com/se-acabaria-la-luna-de-miel-entre-expertos-de-oit-y-maquillistas-de-la-ccss-parte-iii/), en esta parte me refiero con más detalle, a los maquillajes de los estudios actuariales que le comuniqué a Román Macaya Hayes y a la Junta Directiva de la CCSS. Dejo en este enlace una presentación realizada por la Dirección Actuarial de la CCSS en el año 2009, cuando los seguros SEM e IVM iban “viento en popa”, con fondos de sobra, según esa sala de belleza.

En esa presentación los mandos medios de la CCSS vendían la idea a los asegurados y a los que en teoría dirigían y fiscalizaban la Caja, de que el SEM y el IVM tenían fondos para tirar para arriba, por lo cual los aumentos de salarios, anualidades y cesantía serían “más fácil que pegarle un chonetazo a una lora”, al igual que antes ya habían contratado casi 12 mil empleados, sin quebrar aún a la Caja. Los dos cuadros siguientes son de esa presentación:

 Cuadro No 1. Seguro de Salud SEM

Cuadro No 2. Seguro de Pensiones IVM

En el Cuadro No 1 se observa que, en esa presentación de agosto de 2009, en el escenario base o esperado, se proyectaba al 2015 un excedente positivo del 1% de los ingresos del SEM; no obstante, eso lo hicieron presuntamente para convencer a los nueve gatos, pues el estudio actuarial oficial del SEM mostraba cifras negativas. Incluso los maquillistas mostraron proyecciones del SEM hasta el año 2025 con cifras positivas de excedentes en todos los años proyectados. Sobre el asunto, en la página 21 del Informe de Auditoría Interna de la CCSS No ASAAI-187-2012 (Verlo aquí), relacionado con un aumento de la cesantía, se lee lo siguiente:

“El Lic. Luis Guillermo López Vargas, el Lic. Iván Guardia Rodríguez y la Licda. Sara González Castillo, Directores de Actuarial, Financiero Contable y Presupuesto respectivamente, suscribieron oficio DFC-2615, DP-1485, DA 734 del 26 de octubre de 2009, dirigido al Lic. Manuel Uigarte Brenes y al Lic. José Alberto Acuña Ulate, Gerentes Financiero y Administrativo, en el cual emiten criterio técnico de la propuesta de incremento salarial, anualidades y cesantía, en lo que interesa indicaron:

«Los resultados e indicadores obtenidos, permiten concluir que la propuesta evaluada no conduce — por si sola — a una situación de desequilibrio o insostenibilidad financiera, entendida ésta como el surgimiento de valores negativos y sostenidos en la relación (I-G)/I»

“El Lic. López Vargas, suscribió el oficio DA-741 del 29 de octubre de 2009 dirigido al Lic. José Alberto Acuña Ulate, con copia al Dr. Eduardo Doryan Garrón, Presidente Ejecutivo, con la finalidad de complementar el oficio DFC-2.615, DP-1.485 y DA-734 del 26 de octubre del 2009, indicando:

«(…) Los datos de estas proyecciones reflejan que la sostenibilidad financiera a largo plazo, expresada mediante el cociente (I-G) / I, se sigue conservando, con o sin propuesta de variación salarial, e inclusive las diferencias entre las proyecciones con propuesta y sin propuesta, en términos relativos son cada vez menores. Esto permite reafirmar que la propuesta evaluada, por si sola, no conduce a una situación de desequilibrio o insostenibilidad financiera, entendida ésta como el surgimiento de valores negativos y sostenidos en la relación (I-G) / I.» (EI resaltado no pertenece al original).

Al mismo tiempo escondían la Valuación Actuarial del SEM realizada en la misma Dirección Actuarial de la CCSS en el año 2008, que mostraba excedentes negativos en las proyecciones. Tenía toda la razón doña Emma Zúñiga, secretaria de la Junta Directiva de la CCSS en esos tiempos, cuando certificó que desde 2010 a 2017 los nueve directores no habían visto ninguna valuación actuarial del SEM. Por si alguien tiene dudas, muestro a continuación las cifras negativas del estudio actuarial del SEM de 2008, presuntamente escondidas por los maquillistas:

(…)

Fuente: Valoración Actuarial del Seguro de Salud 2008. Dirección Actuarial y Económica, CCSS.

En adición, según consta en el oficio ASAAI-187-2012 del enlace anterior, los maquillistas presuntamente escondieron otro informe realizado por el Lic. Daniel Muñoz Corea, dirigido a uno de ellos; en efecto, en él se reporta lo siguiente:

“En el oficio DA-577-5 del 16 de octubre 2008, suscrito por el Lic. Daniel Muñoz Corea, Jefe del Departamento de Estudios Económicos de la Dirección Actuarial, se remitió al Lic. Luis Guillermo López Vargas, Director Dirección Actuarial y Económica, el borrador de la «Política Salarial de la Caja Costarricense de Seguro Social», manifestándole:

«Los hallazgos preliminares del estudio apuntan, en primera instancia, a la existencia de desequilibrios, de índole interna y externa, en materia de retribución salarial. Se presume que los desequilibrios internos provienen tanto de una inadecuada estructura de salario base para ciertos subgrupos, así como de la alta variabilidad existente en la remuneración a puestos de una misma clase. Respecto al desequilibrio externo, aunque algunos puestos se encuentran por encima del percentil cincuenta, tal condición no significa que todos los funcionarios de una clase en condiciones promedio está bien valorada, tengan salarios competitivos debido a que por su alta dispersión respecto a la media, una buena parte de ellos tienen un salarios menor a la media de mercado. Por su parte, el déficit financiero proyectado a corto, mediano y largo plazo, constituyen el segundo hecho relevante, hecho que sin duda alguna condiciona la Política Salarial a adoptar. Desde el punto de vista de la sostenibilidad financiera del Seguro de Salud, ambos hallazgos requieren de la adopción de Importantes medidas correctivas « (El subrayado no es original)

“En este documento el Lic. Muñoz Corea, advirtió al Lic. López Vargas, sobre la proyección de un déficit financiero a corto, mediano y largo plazo, el cual efectivamente acaeció según los datos de las Liquidaciones de la Dirección de Presupuesto, expuestas en el cuadro 6”.

Esos maquillajes quedaron al descubierto con la crisis financiera del SEM del año 2011 que todos vimos; sin embargo, la mayoría de los directores de la CCSS y presidencias ejecutivas, siempre protegieron a sus mimados maquillistas y permitieron que siguieran haciendo de las suyas, al mismo tiempo que hacían lo posible por deshacerse de los funcionarios o funcionarias honestas que no se prestaban para sus cochinadas.

En cuanto al IVM, en el Cuadro No 2 se observan las cifras alegres que proyectaban en el año 2009, con superávit casi hasta el año 2040 y reservas hasta el año 2044, sin realizar ninguna reforma; sin embargo, todos vimos como eso resultó ser puro humo, pues ya para 2015 tuvieron que aumentar la cuota estatal y la obrera a partir de 2017; en 2018 evitaron aumentar las pensiones mínimas; a partir de 2019 recurrieron al mecanismo de la devaluación de las pensiones y aumentos cada tres años de los aportes y el próximo año entrará en vigor un aumento de tres años de las edades mínimas de retiro y reducción de beneficios en la mayoría de los casos. Todo esto se realizó bajo un mega maquillaje de desvío de aportes de IVM que ronda los ₡40 billones, que condujo al desfinanciamiento de este seguro.

Durante esos años 2009 y 2010 algunos “expertos” de la OIT estaban muy ocupados, auditando los modelos y las proyecciones de la Dirección Actuarial de la CCSS. Aún no advertían esos maquillajes, sino que disfrutaban una luna de miel con sus autores.

¿Se acabaría la luna de miel entre «expertos» de OIT y maquillistas de la CCSS? (Parte III)

M.Sc. Rodrigo Arias López
Máster en Matemática Actuarial

En esta parte me refiero con más detalle al maquillaje del desvío de fondos de IVM y de estudios actuariales del seguro de salud, que comuniqué a Román Macaya Hayes cuando “tenía la sartén por el mango” para ordenar la casa; pero dejó que todo siguiera igual o peor https://surcosdigital.com/se-acabaria-la-luna-de-miel-entre-expertos-de-oit-y-maquillistas-de-la-ccss-parte-ii/. Como Macaya nunca contestó mi oficio, envié petición a la Junta Directiva de la CCSS, verla aquí la cual la conoció en el artículo 10 de la sesión No 9072 realizada el 19/12/2019 y acordó remitirla a la Gerencia General y a la Dirección Actuarial para “que investigue lo expuesto, brinde un informe a la Junta Directiva y una propuesta para dar respuesta a esta nota, a más tardar en el mes de febrero de 2020”. Lo dejo aquí. Es decir, al igual que Macaya, la Junta Directiva remitió el asunto al salón de belleza para que terminaran de maquillar a la novia en un plazo de dos meses.

El 4/2/2020 recibí copia del oficio GG-0236-2020 del 3/2/2020 suscrito por el Gerente General Roberto Cervantes Barrantes, quien pidió al director de la sala de belleza “realizar la investigación correspondiente y brindar tanto el informe como la propuesta de respuesta a la Junta Directiva a más tardar el 14 de febrero de 2020”. Lo dejo en este enlace.

Debido a que transcurrieron casi 17 meses sin que el suscrito conociera cómo había quedado la novia, pregunté por ella con oficio RAL-018-2021 de fecha 22 de julio de 2021. Verlo aquí, por lo que me enviaron la respuesta que narro a continuación.

  • La novia estaba lista, bien vestida y toda mona, desde el 6 de marzo de 2020, como consta en el oficio GG-0382-2020 de esa fecha. Verlo aquí.
  • Sin embargo, los nueve directivos no habían tenido la oportunidad de casarse o juntarse con la novia, sino hasta en el artículo 6 de la ceremonia No 9201 celebrada el 24 de agosto de 2021. Ver oficio SJD-1669-2021 aquí. Todos los nueve directivos le dieron el sí a la novia. Ninguno le notó defectos, la novia iba impecable y ninguno estaba interesado en cuestionar tanta hermosura. En todo caso, como llevaba el visto bueno del Gerente General y del director del salón de maquillistas, la novia tenía que ser perfecta para los 9 pretendientes.
  • Las maquillistas encargadas de preparar a la novia fueron las Actuarias Carolina González Gaitán y Evelyn Guzmán Solano, las mismas que realizaron el estudio actuarial del seguro de salud cuestionado no solo por el suscrito, sino hasta por los “expertos” de OIT. Además, quienes presuntamente también recibieron durante muchos años, pagos indebidos de 10 anualidades con el visto bueno del director de la sala de belleza. El Actuario Ronal Cartín Carranza, asesor de Román Macaya y director a.i. del mismo salón, no quiso ponerle la pintura de labios a la novia. Se excusó diciendo “Respetuosamente sugiero que dicho informe sea revisado por el Lic. Luis Guillermo López Vargas, quien como Director Actuarial fue el responsable a cargo de guiar y revisar el citado estudio actuarial”. Recordemos que Gaitán fue ascendida a directora en sustitución de López Vargas, quien ocupó el cargo por más de 10 años a pesar de no tener formación en Ciencias Actuariales; pero muy bueno para los gobiernos de turno y para los nueve directores. Ver oficio DAE-0113-2020 aquí.
  • Por lo tanto, como ya nos tienen acostumbrados con las noticias sobre la Caja, le tocó al director del salón colocarle la pintura labial a la novia. Lo hizo en dos ocasiones, en la primera informó lo siguiente en el oficio DAE-0161-2020 dirigido al Gerente General: “Al respecto, me permito indicar que he revisado el citado informe, mediante el cual en efecto se atienden las cuatro solicitudes planteadas por el Sr. Rodrigo Arias López, en oficio sin número del 16 de diciembre del 2019”. Seguramente el Sr. Cervantes quedó deslumbrado por tanta belleza de la novia que enviarían a los directivos. Pueden verlo aquí.
  • En el acto ceremonial el director de la sala de estilistas le dio el segundo retoque a la novia, pues le tocó presentarla a los nueve pretendientes. Obviamente la principal conclusión sería “refutar el calificativo de “maquillaje””. Como dice el dicho: “ningún panadero dice que su pan es malo”. Ver aquí la presentación realizada por quien niega ser maquillista.
  • En esa presentación están mis cuatro peticiones, las cuales fueron vistas por los nueve directivos y ninguna fue atendida por ese órgano que por ley dirige y fiscaliza la Caja (artículo 14 de Ley 17). El director del salón de maquillistas le mintió al Gerente General cuando le informó que “se atienden las cuatro solicitudes planteadas por el Sr. Rodrigo Arias López”. La novia preparada por las dos funcionarias del salón de belleza se denomina “Informe a la Junta Directiva para la atención del artículo 10° de la sesión No 9072 del 19 de diciembre de 2019” y lo dejo aquí.

En ese informe las maquilladoras comienzan diciendo que “con el presente informe se atiende lo solicitado por la Junta Directiva” y que “se analiza lo expuesto en el oficio del Sr. Arias López, para cada una de las solicitudes planteadas”, lo cual es falso, como se verá; pero es parte del maquillaje. Luego, de entrada, defienden el pan que producen, sin demostración, sino solo porque ellas lo dicen. Es parte de los problemas serios de gestión que tiene la CCSS, donde los mismos que hacen las cosas se auto revisan y cuando la Auditoría Interna los cuestiona no le obedecen. El lector puede ver en ese informe que las mismas maquillistas autoras del estudio actuarial, son las que posteriormente se autoevalúan, determinan que la definición de las hipótesis fue correcta, que no era necesario incluir las reservas pues “no es la práctica en el seguro de salud”, indican que “los proyectos que se encuentran en etapa de ejecución y contratación (escenario base) pueden ser financiados totalmente con las provisiones actuales destinadas para tal fin. Por su parte, que para el financiamiento del total de los 182 proyectos (escenario 4), la suficiencia de las provisiones es la que se muestra en los cuadros 52 y 53 (página 114 de la Valuación Actuarial del Seguro de Salud, 2017)” y obviamente que las tarifas eran correctas. Luego justifican el desvío de fondos del seguro IVM citando los oficios DJ-1820-2015 y DJ-0431-2017; pero como parte del maquillaje, ocultaron el oficio DJ-3519-2008 que aporto aquí, escondieron el informe de la Auditoría Interna de la CCSS que dejo aquí y omitieron la resolución No 00197-2018 de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. También a las funcionarias se les olvidó leer el deber de probidad contenido en el artículo 3 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, que dice así:

Artículo 3º-Deber de probidad. El funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del interés público.  Este deber se manifestará, fundamentalmente, al identificar y atender las necesidades colectivas prioritarias, de manera planificada, regular, eficiente, continua y en condiciones de igualdad para los habitantes de la República; asimismo, al demostrar rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurarse de que las decisiones que adopte en cumplimiento de sus atribuciones se ajustan a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución en la que se desempeña y, finalmente, al administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.

Como parte del riesgo moral y del conflicto de intereses intrínseco en la auto revisión, a las actuarias se les olvidó referirse a mi petición que dice “trasladar esa función actuarial al Departamento Actuarial de la Dirección Actuarial y Económica y ordenar que se realice un nuevo estudio actuarial”.

En cuanto al punto segundo de mi petición, las actuarias dijeron lo siguiente: “En relación con esta petitoria realizada por el Sr. Arias, es importante indicar que la toma de tales decisiones no corresponde a una competencia de la Dirección Actuarial y Económica. Adicionalmente, la toma de tales decisiones se basa en aspectos de índole jurídico, para la cual puede requerirse de un criterio jurídico que pueda contribuir en la toma de decisiones por parte de la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social”. Como puede observarse, es parte del maquillaje de la novia, pues al inicio del documento y en el oficio enviado al Gerente General, se afirma que todos mis cuatro requerimientos fueron atendidos.

Lo mismo contestaron las actuarias encargadas de vestir a la novia en relación con mi tercera petición, para la cual dicen: “Al igual que en la pregunta citada anteriormente, esta solicitud del Sr. Arias implica la toma de decisiones que no corresponden a una competencia de la Dirección Actuarial y Económica…

Para mi cuarta petición las profesionales dicen en relación con mi oficio enviado a Román Macaya: “por lo que se presume que ya inicialmente tuvo que haberse remitido dicho oficio a ese Órgano Colegiado”. Omitieron decir que ellas lo tenían porque Macaya se los había enviado para atención prioritaria; pero es parte de los adornos de la novia. De esa forma también se libraron de informar que ellas no podían darle una orden a su jefe el Sr. Macaya, quien también les consentía el pago de las 10 anualidades antes citadas. Obviamente tampoco me entregaron el dictamen jurídico que solicité, sobre el sustento para el desvío de más de ₡900 mil millones anuales de fondos del Seguro IVM, pues no existe.

En resumen, si las dos actuarias no se hubieran prestado para maquillar a la novia, hubieran enviado un oficio a su superior diciéndole que tenían conflictos de interés para elaborar el informe, pues ellas eran las autoras del estudio actuarial cuestionado en el punto primero de mi petición y que mis otras tres peticiones no eran competencia de ellas ni del Área donde ellas laboran, sino de la misma Junta Directiva. Sin embargo; prevaleció el interés por dejar bien coqueta a la novia.

Todo lo anterior lo repliqué ante la Junta Directiva de la Caja en el documento RAL-028-2021, en el cual nuevamente insistí en una respuesta sin maquillajes de mi petición; pero aún sigo a la espera. Lo dejo aquí.

De esta forma, aprendiendo el oficio del maquillaje, los nueve directivos de la Caja omitieron referirse al desvío de fondos que le hacen al seguro IVM, que hoy lo tienen al borde de la quiebra. ¿Lo reportarán los “expertos” de la OIT?