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Etiqueta: libertad sindical

Un siglo de explotación laboral y una continuidad de diversas formas modernas de trabajo forzoso en la agroindustria costarricense

Información compartida con SURCOS por Maikol Hernández Arias

Durante más de cien años los trabajadores agrícolas han sido sometidos a condiciones de trabajo inaceptables por parte de las compañías extranjeras que en complicidad con el Estado costarricense, se apropiaron de las mejores tierras del país. ¿Por qué hoy prevalecen condiciones de trabajo semejantes a las de hace un siglo? ¿Por cuáles razones, después de tantos avances en instrumentos internacionales de derechos humanos, la realidad laboral sigue siendo muy semejante a la de un siglo atrás?

El 16 de noviembre de 2020, Costa Rica ha depositado el instrumento de ratificación del Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930, convirtiéndose en el 47° país que ratifica el Protocolo a nivel mundial y el quinto a nivel de la región de América Latina y el Caribe.

Por otra parte, ha pasado más de un siglo del Convenio 11 de la OIT sobre el derecho de asociación sindical de los trabajadores agrícolas, y a pesar de ello, no ha sido posible que estos puedan organizarse en sindicatos. Fueron las administraciones a partir de la década de los años ochenta las responsables de la desarticulación del sindicalismo agrícola y la eliminación de toda forma de negociación colectiva. Esta fue sustituida por organizaciones solidaristas y comités empresariales de trabajadores denominados comités permanentes. Estos últimos en supuesta representación de los trabajadores sustituyen a los sindicatos y firman arreglos directos. Las empresas transnacionales no permiten la negociación colectiva y apenas dejan existir algunos sindicatos para dar la apariencia que permiten la libertad sindical.

A pesar de la ratificación de los Convenios de OIT, números 11, 87 y 98 sobre libertad sindical y el Convenio 30 y su protocolo, no existen políticas eficaces para acabar con las formas de trabajo forzoso, prevalece la explotación de los trabajadores con mayor repercusión en migrantes, mujeres y niños y otros grupos vulnerables. 

El Protocolo requiere que los Estados adopten medidas efectivas para prevenir y combatir el trabajo forzoso, incluido el trabajo por servidumbre de deudas, el trabajo doméstico forzoso, o la trata de personas, y para proporcionar a las víctimas protección y acceso a acciones jurídicas y de reparación apropiadas, tales como una indemnización. Sin embargo, el acceso a la justicia está muy limitado, resulta oneroso y esto se agrava cuando se trata de poblaciones en situación de pobreza y marginalidad, como lo es la mayoría de los trabajadores agrícolas del país.

El trabajo asalariado ha estado concentrado desde finales del siglo XIX en los productos agrícolas de exportación, especialmente banano, café, caña de azúcar y más recientemente palma aceitera, piñas y otras frutas tropicales. Así se formó el proletariado agrícola que ha trabajado para los latifundios y empresas transnacionales que se fueron apropiando de las mejores tierras del país y construyeron sus propios enclaves sin fiscalización estatal. 

En las zonas de enclaves agroindustriales, las personas tienen imposibilidad de acceder a la educación formal superior y a la formación profesional, debido a la inexistencia de las instituciones públicas en estas regiones.  Situación que provoca que los niveles educativos sean bajos y de esta forma garantiza el relevo generacional de mano de obra en condición de vulnerabilidad. Aprovechando su condición de únicos empleadores en las comunidades, los jóvenes solamente tienen la oportunidad laboral en la agroindustria. Esta es una realidad perversa. 

Las plantaciones afectan además la agricultura de producción de alimentos de los costarricenses, fueron cosechados con trabajo familiar de un sector de campesinos pobres, que muchas veces no cuentan con los medios para impulsar empresas agrícolas exitosas. Muchos de ellos ocupan mano de obra temporal en cosecha, y los propios miembros de la familia incluidos los niños y las niñas.

En el café, estos campesinos, con la orientación del Estado logran organizarse en cooperativas y vincularse al comercio internacional, conformando una clase media campesina. Los avances educativos y sanitarios promovidos por el Estado costarricense le permitirán junto al café, construir condiciones de vida y trabajo diferenciadas de los asalariados agrícolas.

Los trabajadores ocupados en las empresas agroindustriales donde la explotación capitalista impuso las condiciones de trabajo, un siglo después se encuentran en condiciones de miseria, sin posibilidad de tener acceso a la tierra y menos aún de aprovechar el desarrollo logrado por el país en materia de salud, educación y condiciones de vida.

Si los comparamos con otros sectores económicos, los trabajadores agrícolas están débilmente protegidos por las leyes laborales nacionales. En algunos casos esto se debe a que el alcance de la legislación es muy limitado para orientar las relaciones laborales, en donde prevalecen prácticas históricas de explotación y trabajo forzoso, que supone la explotación del trabajo de las mujeres, niños y niñas, población migrante y trabajadores indígenas.

En Costa Rica la legislación de protección simplemente no se cumple y las instituciones estatales son omisas o carecen de políticas públicas eficaces, porque prevalece la protección de estas empresas transnacionales, sus negocios, sobre los derechos laborales, la salud y el medio ambiente.

Además, la aplicación de la legislación, en general, es una problemática en las zonas rurales, donde los trabajadores, muchos de ellos migrantes, no están familiarizados con los detalles de la ley. Incluso cuando existe una legislación específica sobre jornadas de trabajo, salarios y formas de pago, contratación y alojamiento, mientras que la inspección y la aplicación tiende a ser débiles o inexistentes. 

En el caso de las mujeres, la explotación se agrava por las distintas formas de violencia a que son sometidas. La mayor parte de las asalariadas agrícolas se caracteriza por la mala calidad de los empleos que se les ofrece, lo cual, redunda en los altos niveles de pobreza que persisten entre los trabajadores agrícolas.

Las mujeres no se encuentran en ningún puesto de mando. En la práctica realizan las mismas labores pesadas al igual que los demás trabajadores. Las líneas de ascenso no existen. No se regula en los acuerdos directos nada que tenga que ver con igualdad de género.

En este contexto se da mucha agresión sexual y contra el derecho a la intimidad de las trabajadoras. Los servicios sanitarios no están diferenciados ni existen en el campo. Las mujeres deben realizar sus necesidades fisiológicas en zanjas en condiciones humanamente inaceptables.

En cuanto a la salud laboral no se toman previsiones por su condición de mujeres. Deben trabajar con la misma intensidad que se les exige a sus compañeros de trabajo pues el pago es a destajo, el monto del pago depende del cumplimiento de la tarea asignada.

Sus empleos son mal remunerados y los salarios no les permiten satisfacer sus necesidades mínimas, a pesar de cumplir con extensas jornadas de trabajo. No obstante, estas condiciones, sus aportes son fundamentales para superar la pobreza del hogar. 

En estos escenarios se trabaja para comer y no para vivir, reproduce al mismo tiempo una mano de obra que desde muy joven se engancha en el mismo estilo de vida, con los mismos patrones culturales y con un futuro de limitaciones fácilmente pronosticable. Aparte en la importante población migrante en la agricultura, muchas son víctimas de explotación y trata de personas.

Las tarifas salariales fijadas a las labores por destajo las imponen las empresas sin que medie tutela del Estado o el Consejo Nacional de Salarios. Las fórmulas utilizadas para fijar estas tarifas son desconocidas por los trabajadores y por el mismo gobierno. Situación que coloca a los trabajadores en estado de indefensión, ya que deben ejecutarlas al ritmo e intensidad que unilateralmente le imponga el patrono. Desde nuestro punto de vista, el salario a destajo es el principal riesgo de trabajo, ya que arrastra a los trabajadores a realizar sobre esfuerzos, exponerse a riesgos y desgastarse físicamente de forma acelerada.

Podemos afirmar que el poder de las transnacionales agroindustriales no permite ningún nivel de inspección o control por parte del Estado costarricense y que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la administración de justicia, tampoco constituyen un límite para su violación de los derechos laborales y el trabajo forzoso, y por tanto realizan sus infracciones a las leyes y normas constitucionales con absoluta impunidad. Esto quedó demostrado durante la reciente pandemia de COVID-19 donde muchas empresas agroindustriales propiedad de transnacionales no permitieron el ingreso de autoridades de salud.

Así, por ejemplo, persiste el trabajo infantil, les retienen documentos a los trabajadores migrantes y los hacinan en cuartuchos, les cobran el transporte hasta la finca donde ese día laboran. También deben comprar su alimentación o prepararla en lugares insalubres. 

Los trabajadores y trabajadoras están por su cuenta sin una participación activa del Estado en materia de control de la salud laboral. Adolecen de agua potable y hasta se les sanciona por exigirla, trabajan largas jornadas bajo el sol, siendo personas iletradas riegan venenos, los trabajadores indígenas de las bananeras suscriben sus contratos de trabajo en idioma español aún y cuando no lean este idioma. No podemos omitir en este documento, la forma indiscriminada con que se vierten los agrotóxicos en la tierra, se contaminan los ríos, se talan los bosques, se enferman los vecinos, sufren los animales y se afectan de forma indirecta a los pequeños agricultores de las comunidades quienes padecen los efectos de plagas y reducción de tierra. 

El Estado es un gran ausente. El acceso a la salud, a la justicia y la inexistencia de controles en materia de inspección de trabajo para que se pague la seguridad social afecta gravemente las condiciones de trabajo que resultan indignas. Frente a todo esto los trabajadores y trabajadoras se les niega el acceso a la justicia, no solo porque para plantear una demanda laboral requieren contratar la asistencia legal de un profesional, lo que resulta costoso o significa disponer de la mitad de los que se le vaya a indemnizar, sino porque los juzgados están muchas veces a distancias importantes de los lugares donde se ubican las empresas. Esto afecta las denuncias administrativas y judiciales de riesgo de trabajo facilitando la impunidad empresarial.

Más grave aún, persisten condiciones favorables a la trata de personas por las migraciones descontroladas y la inacción del Estado y sus autoridades. Muchas de estas empresas están ubicadas a ambos lados de la frontera con Nicaragua y Panamá, y miles de trabajadores deambulan sin que existan estrictos controles fronterizos porque rigen las normas de libre circulación sin requisitos que exigen estos enclaves territoriales donde se siembran los monocultivos.

Todo esto sucede en un país donde las leyes, tratados y convenios internacionales, son letra muerta, mientras los trabajadores no pueden organizarse libremente en sindicatos. Mientras los sindicatos no operen con libertad en la agroindustria costarricense, seguirá imponiéndose la esclavitud y la violación a los derechos humanos.

El señor y la señora, Maikol Hernández Arias, secretario general de la Federación Nacional de Trabajadores de la Agroindustria (FENTRAGH) y Dania Bando Castillo, secretaria general adjunta, en el marco de la reunión sindical con Tomoya Obokata, Relator Especial de la ONU sobre las formas contemporáneas de esclavitud, alzan la voz sobre las empresas agroindrustriales multinacionales y los mecanismos que utilizan estas para violentar los derechos humanos de los trabajadores, la forma en que estos afectan a las comunidades y el impedimento de la libertad sindical, esto ultimo es relevante pues sin libertad sindical no hay forma de revertir o luchar contra las nuevas formas de esclavitud en Costa Rica, según lo dicho por los representantes de la FENTRAGH. 

Otros temas que se presentaron en la reunión fueron los de trabajadores migrantes, indígenas y el trabajo infantil en las agroindustrias. El tema de los migrantes es complejo pues estas poblaciones son invisibilizadas, y se les niega todo tipo de derecho laboral. La discriminación en la población indígena se presenta por medio de contratos en español, idioma que no manejan. 

Un genocidio silencioso

Foto: Gerardo Iglesias.

Piñas tóxicas, trabajo precario y comunidades agredidas

El cultivo de la piña en Costa Rica debe regularse, tanto en relación al uso de agrotóxicos como para prevenir formas de explotación laboral a los trabajadores y sus familias, en su mayoría migrantes.

Frank Ulloa

A los trabajadores agroindustriales no solo se les pagan bajos salarios y se les niegan libertades sindicales. También se les extermina de manera silenciosa, y al final es el Estado quien debe asumir la atención en salud pública.

Las autoridades del Estado deben mantener un compromiso ético de publicar información considerada relevante para el resguardo de la salud de las personas, pero las organizaciones sindicales tampoco pueden callar, aunque a veces estos temas ambientales no son su prioridad.

Las consecuencias para la vida humana de la expansión descontrolada de la piña son nefastas.

El Centro de Investigaciones en Contaminación Ambiental (CICA) de la Universidad de Costa Rica ha dado cuenta de la gravedad de esta situación.

Desde 2015 ya se tenía evidencia de que el agua de muchas comunidades estaba contaminada, pero esto no se reportó públicamente hasta el 14 de junio de 2018.

Ahora el tema se complica cuando las transnacionales impiden el acceso a las fincas en nombre del sacro santo derecho de propiedad, al que colocan por encima del derecho a la vida.

Muchas de estas empresas están certificadas. El sistema judicial puede actuar de oficio, pero no lo hace. Y todos callan.

Es un secreto a voces que muchos de los 32 puntos de muestreo están contaminados con herbicidas como Bromacil, Ametrina, Diuron y Hexazinona y fungicidas como Metalaxil y Carbendazim.

Algunos de esos sitios son fuentes de agua para consumo humano de comunidades pertenecientes a Pital, Agua Zarcas y Venecia de San Carlos y el cantón de Río Cuarto.

Desde Rel UITA y FENTRAGH debemos profundizar la lucha contra la utilización continuada de productos prohibidos en el país, el uso indiscriminado de agrotóxicos y el doble discurso de las transnacionales.

 

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/un-genocidio-silencioso/

Sindicato de la Defensoría de los Habitantes denuncia a Defensora y miembros de su despacho ante el Ministerio de Trabajo y la Procuraduría de la Ética

SURCOS comparte la siguiente información:

Martes 5 de octubre del 2021. Las denuncias se fundamentan en actos arbitrarios de persecución laboral, limitaciones a las libertades sindicales e irregularidades en nombramientos y recargos otorgados al círculo cercano de la jerarca.

Ante las reiteradas intromisiones arbitrarias en las labores gremiales, actos de persecución contra algunos funcionarios, irregularidades en los nombramientos y el reparto de recargos pagados entre los asesores del Despacho de la Defensora de los Habitantes, fueron presentadas dos denuncias, una en la Procuraduría de la Ética Pública (13 de agosto de 2021) y otra ante el Ministerio de Trabajo (22 de setiembre de 2021) contra Catalina Crespo Sancho, Defensora de los Habitantes, Mario Zamora Cordero, Director de Despacho y Fabricio Chavarría, Director de Regionales por recargo.

El Sindicato de Funcionarios y Funcionarias de la Defensoría de los Habitantes presentó incluso días después una adición al Ministerio de Trabajo, debido a una nueva intromisión de Zamora, quien insiste en que está a la espera de la posición del sindicato sobre algunos asuntos de los cuales, ni siquiera la Defensora de los Habitantes se ha pronunciado, ni ha salido a dar la cara por los derechos de los trabajadores del país, ante el desmantelamiento del sector público. A la fecha de este boletín tenemos acumuladas dos intromisiones más de Zamora, desacreditando los actos de celebración del 28 aniversario de la institución que realizó este sindicato.

Los hechos datan de agosto del 2020, luego de que un grupo de diputados decidió darle la oportunidad a Catalina Crespo de que continuara en el cargo, no así todo el Plenario, pese a las graves irregularidades por las que fue denunciada.  Luego de ello, Crespo Sancho asumió una actitud persecutoria contra todos los funcionarios y funcionarias que la denunciaron, al punto que algunos de ellos presentan incapacidad periódicas, otros han tenido largas incapacidades, otros han solicitado permisos sin goce de salario, y los que se quedaron han tenido que sufrir diferentes represalias como traslados arbitrarios de puesto, amedrentamientos, incomunicación y soportar la insolencia prepotente del Director del Despacho, Mario Zamora Cordero, quien no duda en humillar públicamente a cualquiera que se atreva a emitir una opinión distinta a la suya, recordándole que es un simple subordinado como si fuera un vasallo a su servicio. 

La situación empeoró luego de que Zamora Cordero, fue ascendido por la Defensora como Director del Despacho, en abril de este año, desplazando a la anterior directora, desde entonces han sido constantes los emplazamientos, cuestionamientos y otras intromisiones directas en las competencias del gremio sindical. Más recientemente ha optado por acosarlos con recordatorios y exigencias sobre la posición sindical en temas de su antojo para tratar de distraer la atención del sindicato de las irregularidades laborales que solicita y autoriza el mega despacho de la Defensora.

En la actualidad el mega despacho de Crespo Sancho consta de 15 funcionarios, y tiene en perspectiva continuar agrandándolo. Pues pese a que públicamente se presenta como promotora del diálogo, a lo interno optó por desarticular todas las instancias que existían para asesorarse con el criterio del personal experto en defensa y promoción de derechos. En lugar de buscar el diálogo y la reconciliación, se ha rodeado de un equipo de incondicionales que le aplauden todas sus ocurrencias sin chistar.

El ambiente laboral en la Defensoría de los Habitantes, está quebrado, deteriorado y tenso, al punto que no existe una comunicación fluida por parte de la Jerarca para con las Direcciones de Defensa y subalternos, ni para con esta representación sindical, y por ello, denunciamos una serie de actos de persecución sindical contra las y los miembros que van desde acusaciones infundadas, traslados arbitrarios de puesto, intimidaciones, e intromisiones en la administración del sindicato. 

Punto y seguimos.

Panorama gris para el empleo público

SITRAINA

El nivel de autoritarismo que se está pronunciando en la arquitectura jurídica nacional es alarmante. Uno de los principios fundamentales de la democracia es el pluralismo que le garantiza participación política, efectiva y real, a las diversas posiciones sobre la administración de la cosa pública. Para garantizar el pluralismo, contrario al autoritarismo que implica un sometimiento a una sola autoridad, el equilibrio de poderes es un pilar fundamental. De la necesidad del equilibrio de los poderes deriva la independencia de los tres poderes de la República (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), las autonomías municipales y universitaria y la libertad sindical y la negociación colectiva.

Los medios de comunicación masiva que representan la voz de los principales grupos de poder de este país se han encargado de estigmatizar a los sindicatos en una descarada campaña, generada después de la lucha en contra del TLC. Sin embargo, el desprestigio de los sindicatos en el fondo conlleva un profundo menosprecio por la libertad sindical y la negociación colectiva porque implican un equilibrio de poder entre la parte patronal y la parte trabajadora, una manifestación práctica de pluralismo político y un obstáculo para toda pretensión autoritaria de gobierno.

La reciente aprobación en segundo debate del Expediente 19431 o el proyecto de ley Marco de Empleo Público no es en realidad una medida de contención de gasto público, sino un abaratamiento de los bienes y servicios que presta el Estado para garantizar justicia y bienestar social. Bajo un argumento falacioso se ha hecho pensar a las masas que el problema fiscal es el “gasto” público y que recortando el “gasto” del Estado se solucionarán los problemas económicos. Ahora bien, lo que los/as neoliberales llaman “gasto” en realidad es “inversión” en salud, educación, agua, electricidad, seguros y calidad de vida que garantiza justicia y bienestar social para el pueblo costarricense. O sea, quieren desmejorar las condiciones de vida del pueblo para justificar un chivo expiatorio (el “gasto” público) que deje en el silencio la verdadera causa de la crisis económica: el fraude fiscal.

Además, este proyecto representa un avance del autoritarismo y un retroceso democrático en lo que concierne al pluralismo y el equilibrio de poderes, ya que imposibilita que la clase trabajadora de una institución negocie a través de sus sindicatos con las autoridades administrativas de la institución las condiciones salariales, mismas que son impuestas por MIDEPLAN.

Además, estas nuevas potestades de MIDEPLAN (un ente del Poder Ejecutivo) se aplicarán a todos los puestos comunes (el sector administrativo y de servicios no especializados) del Poder Judicial. O sea, el Poder Ejecutivo tendrá injerencia directa en los nombramientos del personal administrativo del Poder Judicial. Luego, esto constituye un golpe antidemocrático en contra del pluralismo y la independencia de los poderes de la República.

En conclusión, este proyecto de ley aprobado por la actual Asamblea Legislativa no es un proyecto de empleo público e implica un desmantelamiento descarado del orden jurídico nacional.

 

Foto: Archivo ODI, UCR

ANEP denuncia despido antisindical en el TSE con la venia del MTSS

ANEP informó:

«El secretario general del sindicato de TSE, Lic. Ruy González López, presentó este martes 4 de enero ante el Tribunal Contencioso solicitud de medida cautelar de suspensión de su antisindical despido, el cual fue avalado por el propio Ministerio de Trabajo. ANEP condena y denuncia la acción coordinada, políticamente hablando, del TSE y del Poder Ejecutivo, en contra del Derecho Humano de Libertad Sindical del sindicato SETSE en la humanidad de su secretario general. Es una agresión contra todas las Libertades Democráticas».

El movimiento sindical condena la criminalización de la protesta social

SURCOS comparte la siguiente información:

Las diversas corrientes sindicales aglutinadas en las Centrales Sindicales (CTRN,CMTC,CGT, CUT, CCTD), el Bloque Unitario Sindical y Social BUSSCO y demás sindicatos queremos denunciar a toda la ciudadanía costarricense sobre la persecución que las élites políticas, económicas, la extrema derecha y el actual gobierno están impulsando por medio de sus redes de influencia, para controlar y anular las críticas y las manifestaciones de descontento popular y sindical, que son de hecho la única oposición real que ha tenido el gobierno ante sus políticas antipopulares y antilaborales contra la clase trabajadora, con prepotencia y sin ninguna vocación de diálogo democrático con el pueblo, como dice la Constitución.

Ahora, en una nueva y amañada maniobra leguleya, somete al dirigente sindical, Albino Vargas Barrantes, a un juicio estrictamente político, que pone en entredicho una serie de derechos fundamentales, como son la libertad sindical, el derecho a la libertad de expresión y opinión y el derecho a la libertad de manifestación. 

Este acto responde a una práctica persecutoria a la dirigencia social y sindical que se viene ejerciendo por diversos gobiernos; en la lucha contra el Combo Fiscal las sedes de diversos sindicatos y dirigentes fueron objeto de vigilancia policial, también juicios anteriores contra activistas sociales, todo lo anterior, es inaceptable y refleja la deriva autoritaria del gobierno, con conductas que van en contra de nuestra institucionalidad democrática.

Esta es una muestra más de ese obsesivo control político sobre la población que el gobierno quiso instalar e intensificar con la fallida Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD), hecho que hasta la fecha se mantiene impune en cuanto a la responsabilidad presidencial.

Por lo tanto, denunciamos esta involución de represión selectiva y silenciamiento político de opositores, y solicitamos al pueblo costarricense, y las instituciones públicas no permitir ni en este ni en otros casos que triunfen las formas oscuras e intolerables de callar a la gente que exige sus derechos, empleo decente, dignidad y protección social.

No a la violencia política contra la protesta social y la libertad sindical

Abogado de ANEP logra que empresa reinstale a trabajador despedido por su afiliación sindical

SURCOS comparte la siguiente información:

Pese a que la empresa autobusera Solís y Mata se había negado a reinstalarlo luego de despedirlo por afiliarse al sindicato, mediante una conciliación, la Unidad de Asesoría Jurídica de ANEP y la empresa acordaron que el trabajador retornará a su puesto de trabajo como chofer bus y que se respetará su libertad sindical.

Para mayor información se invita a ver el siguiente video:

Sindicato de la Defensoría de los Habitantes denuncia a Defensora y miembros de su despacho ante el Ministerio de Trabajo y la Procuraduría de la Ética

SURCOS comparte la siguiente información:

Martes 5 de octubre del 2021. Las denuncias se fundamentan en actos arbitrarios de persecución laboral, limitaciones a las libertades sindicales e irregularidades en nombramientos y recargos otorgados al círculo cercano de la jerarca.

Ante las reiteradas intromisiones arbitrarias en las labores gremiales, actos de persecución contra algunos funcionarios, irregularidades en los nombramientos y el reparto de recargos pagados entre los asesores del Despacho de la Defensora de los Habitantes, fueron presentadas dos denuncias, una en la Procuraduría de la Ética Pública (13 de agosto de 2021) y otra ante el Ministerio de Trabajo (22 de setiembre de 2021) contra Catalina Crespo Sancho, Defensora de los Habitantes, Mario Zamora Cordero, Director de Despacho y Fabricio Chavarría, Director de Regionales por recargo.

El Sindicato de Funcionarios y Funcionarias de la Defensoría de los Habitantes presentó incluso días después una adición al Ministerio de Trabajo, debido a una nueva intromisión de Zamora, quien insiste en que está a la espera de la posición del sindicato sobre algunos asuntos de los cuales, ni siquiera la Defensora de los Habitantes se ha pronunciado, ni ha salido a dar la cara por los derechos de los trabajadores del país, ante el desmantelamiento del sector público. A la fecha de este boletín tenemos acumuladas dos intromisiones más de Zamora, desacreditando los actos de celebración del 28 aniversario de la institución que realizó este sindicato.

Los hechos datan de agosto del 2020, luego de que un grupo de diputados decidió darle la oportunidad a Catalina Crespo de que continuara en el cargo, no así todo el Plenario, pese a las graves irregularidades por las que fue denunciada.  Luego de ello, Crespo Sancho asumió una actitud persecutoria contra todos los funcionarios y funcionarias que la denunciaron, al punto que algunos de ellos presentan incapacidad periódicas, otros han tenido largas incapacidades, otros han solicitado permisos sin goce de salario, y los que se quedaron han tenido que sufrir diferentes represalias como traslados arbitrarios de puesto, amedrentamientos, incomunicación y soportar la insolencia prepotente del Director del Despacho, Mario Zamora Cordero, quien no duda en humillar públicamente a cualquiera que se atreva a emitir una opinión distinta a la suya, recordándole que es un simple subordinado como si fuera un vasallo a su servicio. 

La situación empeoró luego de que Zamora Cordero, fue ascendido por la Defensora como Director del Despacho, en abril de este año, desplazando a la anterior directora, desde entonces han sido constantes los emplazamientos, cuestionamientos y otras intromisiones directas en las competencias del gremio sindical. Más recientemente ha optado por acosarlos con recordatorios y exigencias sobre la posición sindical en temas de su antojo para tratar de distraer la atención del sindicato de las irregularidades laborales que solicita y autoriza el mega despacho de la Defensora.

En la actualidad el mega despacho de Crespo Sancho consta de 15 funcionarios, y tiene en perspectiva continuar agrandándolo. Pues pese a que públicamente se presenta como promotora del diálogo, a lo interno optó por desarticular todas las instancias que existían para asesorarse con el criterio del personal experto en defensa y promoción de derechos. En lugar de buscar el diálogo y la reconciliación, se ha rodeado de un equipo de incondicionales que le aplauden todas sus ocurrencias sin chistar.

El ambiente laboral en la Defensoría de los Habitantes, está quebrado, deteriorado y tenso, al punto que no existe una comunicación fluida por parte de la Jerarca para con las Direcciones de Defensa y subalternos, ni para con esta representación sindical, y por ello, denunciamos una serie de actos de persecución sindical contra las y los miembros que van desde acusaciones infundadas, traslados arbitrarios de puesto, intimidaciones, e intromisiones en la administración del sindicato. 

Punto y seguimos

 

Imagen tomada de Semanario Universidad.

La Sala Constitucional omitió aplicar control de convencionalidad

Manuel Hernández

En la opinión consultiva acerca del Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, notificada ayer a la Presidencia de la Asamblea Legislativa, la Sala Constitucional hizo una singular mención de la Opinión Consultiva de CORTE IDH (OC-27-21), acerca de las obligaciones que tienen los países en materia de Libertad Sindical (párrafo 94).

Fue únicamente una mención de un párrafo general de la Opinión Consultiva de CORTEIDH, digamos, circunstancial, casuística, puramente decorativa.

Pero, lamentablemente la Sala omitió señalar y desarrollar los contundentes párrafos de la Opinión Consultiva de la CORTEIDH, que expresamente reconocieron y se refirieron ampliamente al derecho de negociación colectiva en la Administración Pública.

Además, aquel párrafo de la OC-27-21 que estableció que, en situaciones de estabilización económica, debe privilegiarse la negociación colectiva en el sector público, en lugar, de promulgar leyes que limiten los salarios (cómo en nuestro caso, el Proyecto de Ley de Empleo Público), fue totalmente preterido por “nuestra” Sala constitucional.

Lamentablemente la Sala Constitucional no aplicó el control de convencionalidad, control a que estaba obligada; que haberlo aplicado, no le quedaba otra opción que no fuera declarar la inconstitucionalidad de las cláusulas del proyecto que prohíben la negociación colectiva.

La Sala incumplió una de las obligaciones internacionales que tiene nuestro país, en tanto que CR aprobó la Convención Americana de DH, conocido paradójicamente como el Pacto de San José.

Sin libertad sindical no hay trabajo decente

La CIDH y su opinión ante la libertad sindical, la negociación colectiva y la huelga

Una democracia bicentenaria ha retrocedido un siglo en materia de derechos humanos. Es evidente que Costa Rica estará bajo la mira de los organismos internacionales por la paulatina destrucción de su democracia.

Frank Ulloa

¿Qué dirán el presidente de la República y la ministra de Trabajo de la siguiente opinión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)?: “La libertad sindical y la libertad de asociación son derechos humanos fundamentales que, junto con el derecho de negociación colectiva, reunión y huelga, forman el núcleo básico para proteger y promover el derecho al trabajo y a sus condiciones justas y satisfactorias (…)”.

“El desarrollo del contenido del derecho al trabajo es clave para fortalecer los sistemas económicos y sociales desde un enfoque de derechos, en particular tienen importancia vital para la garantía y el disfrute de otros derechos humanos y el desarrollo autónomo de la persona”.

“Esto incluye la existencia de un sistema que garantice a cada trabajador o trabajadora el acceso a un empleo digno y a no ser privado injustamente de él. La Corte (…) se ha referido al contenido del derecho al trabajo como un derecho protegido por el artículo 26 de la Convención Americana respecto del cual los Estados tienen obligaciones específicas”.

Efectivamente, sin libertad sindical y sus correlativos derechos no será posible consolidar empleos dignos con trabajo decente.

Un empleo requiere estabilidad laboral, ejercer la denuncia de las irregularidades y la existencia de sindicatos. En las empresas costarricenses el sindicalismo no se permite, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social no toma en serio sus denuncias y, más grave aún, el sistema judicial es costoso, inaccesible y lento.

Sin duda, el país requiere profundos cambios. En este año electoral debemos posicionar a la libertad sindical como un tema de debate, porque la destrucción de las garantías sociales ha sido la tónica de este gobierno y de las leyes que ha enviado a la Asamblea Legislativa.

Si bien la teoría dice que los derechos humanos son irreversibles y progresivos, en el laboratorio antisindical costarricense han logrado retroceder en un siglo la historia de los derechos humanos en el agro, de manera especial mientras miles de trabajadores migrantes e indígenas se someten a condiciones de trabajo forzoso porque no existe la libertad de asociación.

¡Sin duda, la democracia costarricense está en cuidados intensivos!

 

Foto: Gerardo Iglesias

Fuente: http://www.rel-uita.org/costa-rica/sin-libertad-sindical-no-trabajo-decente/