Movimiento de Agricultura Orgánica se opone a reforma.
La nueva normativa golpeará a pueblos indígenas y pequeños productores orgánicos.
Comunicado
El Ministerio de Agricultura y Ganadería impulsa un reglamento cuestionado por el impacto negativo que tendrá en los pequeños y pequeñas agricultoras, pero sobre todo en territorios indígenas.
Con esta propuesta de Reglamento, el cierre del Departamento de Agricultura Orgánica, y el cierre de la Comisión Nacional de Agricultura Orgánica, una vez más el gobierno muestra que su interés en la agricultura orgánica es solo de palabras, no de hechos.
El pasado 10 de octubre, se publicó en la página de Consulta Pública del MAG, el nuevo “Reglamento Técnico” el cual modificaría el decreto ejecutivo n°29782 conocido como “Reglamento de Agricultura Orgánica” y el “Reglamento a la Ley N° 8591 Reglamento para el Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica”, decreto N°35242. Ambos documentos regulan actualmente el quehacer de la producción orgánica en el país, definen como se maneja la finca día a día. Pero la actual administración pretende volver más engorroso su cumplimiento, desincentivando así esta importante actividad.
Una preocupación central es la falta de consulta a los pueblos indígenas quienes serán los mayores afectados de este reglamento. El cambio en la normativa podría afectar mucho la producción orgánica en territorios indígenas por solicitar el registro individual de la tierra en el registro Nacional, lo cual es imposible en las zonas indígenas con esquemas de propiedad colectiva resguardada por la Ley Indígena. La certificación orgánica es un requisito para que los productos indígenas puedan ser exportados a Europa y Estados Unidos y para la venta a nivel nacional.
Según la Asociación de Agricultores Orgánicos de Talamanca (UCANEHÜ), “actualmente, en Talamanca existen más de 1500 productores de banano orgánico certificados, quienes nos veríamos afectados por cambios en este reglamento. Las ventas quincenales de banano orgánico son un ingreso importante que sostiene a muchas familias, y que reconoce nuestra forma tradicional de producir alimentos”.
Un cambio fundamental es que, a todos los operadores, se les pide un análisis de residuos ocasionalmente, pero con la reforma los Grupo de Producción Orgánica (GPO) se le estarán exigiendo todos los años a pagar análisis de residuos para un 2% de sus productores. Esto haría que productores orgánico-indígenas tengan que invertir grandes sumas de dinero en análisis que haría inviable la producción orgánica. Para MAOCO, el control no es el problema, el problema es el costo de esos análisis para micro y pequeños productores, especialmente indígenas.
Para el Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense (MAOCO), el control en temas de integridad orgánica es importante, pero el endurecimiento de las normas de producción orgánica en temas que no afectan la integridad o calidad del producto es contraproducente, y provocaría un desincentivo más a la actividad, haciendo que muchas de estas iniciativas desaparezcan, sobre todo la pequeña y mediana escala.
Para la presidenta de Asociación Orgánica Guanacasteca, Irene Burgués la propuesta del gobierno “imposibilita la certificación a la mayoría pequeños productores orgánicos al pedirles nuevos requisitos, que se sabe que no pueden cumplir por la naturaleza del productor. Lo peor de todo, es que estos nuevos requisitos nada tienen que ver con garantizar la naturaleza orgánica del producto, e imposibilitan el crecimiento de la agricultura orgánica, que es parte de la solución a la crisis de contaminación de nuestras aguas.”
Información compartida con SURCOS por Henry Picado.
Acabo de oír la presentación del ministro de Agricultura Víctor Carvajal y unos subordinados, el 28 de octubre en la comisión de Guanacaste, sobre proyecto de Agua contaminada para guanacaste.
El MAG y SENARA trabajan para hacer un embalse en rio Piedras para tener más agua para riego. Este proyecto es inviable económicamente, así lo indican todos los estudios de factibilidad. La ministra Laura Fernández señaló que todo el capital del préstamo para las obras y los intereses serían asumidos por el Gobierno, es decir el Estado, es decir por cada uno de los habitantes del país.
Tratan de justificar la enorme inversión, diciendo que llevarán agua potable a toda la provincia. Pero el agua que traen está contaminada.
Y en Guanacaste, está el acuífero del rio Tempisque, que puede abastecer miles de m3 de agua de los acuíferos subterráneos, de buena calidad y distribuida en los diversos cantones, Liberia, Carrillo, Santa Cruz, Nicoya.
Hoy esas aguas se usan en riego. Pero son del Estado y se le pueden pasar al AyA sin costo o gastos.
No hace falta agua, no hace falta potabilización, no hace falta transporte, no hace falta PAACUME – SENARA – MAG.
AyA no quiere el agua contaminada para guanacaste.
El presidente Chaves y su equipo, SI quieren venderle eso a los guanacastecos.
Unos 44 años atrás por iniciativa de productores conscientes de la contaminación de los pesticidas para ellos, sus familias y el ambiente, además de los altos costos de los insumos de síntesis química; la cooperación internacional y algunas ONG nacionales, nos dimos a la tarea de promover la agricultura orgánica en el país.
Al 2023, el MAG reportó poco más de 10.000 ha. bajo producción orgánica en el país, en contraste con las 348.000 ha. de cultivos convencionales; es decir un 2,9% del total de superficie bajo cultivo.
No obstante, cabe aclarar que el área orgánica está dedicada principalmente a productos de exportación (café, banano, piña, azúcar, entre otros), reduciendo aún más el área destinada para el mercado nacional, propósito principal de los pequeños productores del país, y sobre cuyo esfuerzo y sacrificio de nuevo, se montaron y aprovecharon las grandes empresas exportadoras, que nunca participaron, aportando tiempo y/o dinero, en las negociaciones con el gobierno, para crear la ley del 2007, iniciativa de productores, con el apoyo de la cooperación internacional, las ONG y diputados de la Asamblea Legislativa del momento, de la cual hoy usufructúan.
Así las cosas, queda claro el manifiesto desinterés en la promoción de la agricultura orgánica de los diferentes gobiernos, que al parecer tiene su remate final con el de turno.
Esta afirmación, tiene su evidencia en que 35 años después de la aprobación de la ley de agricultura orgánica, el MAG no había creado aún el «Departamento de Fomento a la Producción Orgánica» (DFPAO), responsable de su implementación; lo que claramente confirma el desinterés de los gobiernos por hacer cumplir la ley y de los diputados por su fiscalización.
Sobre el desmeritamiento histórico que ha sufrido la agricultura orgánica en el país, tenemos algunos señalamientos:
– Ser una actividad productiva inducida inicialmente por pequeños productores, y no por grandes productores o el gobierno.
– Falta de control político de la sociedad civil, productores (por falta de recursos que les otorgue capacidad) y diputados, para el cumplimento de la ley.
– El haber observado la agricultura orgánica como una agricultura donde se sustituyen insumos convencionales por orgánicos, y el productor controla (es el centro) de todo el proceso productivo; y no como una agricultura ecológica, donde el productor más bien es parte del proceso productivo.
– El enfrentamiento de los pequeños productores orgánicos en desigualdad de condiciones, con un sistema político – económico dominante de la economía nacional, que privilegia la importación, elaboración y utilización de agroquímicos, así como el monocultivo de productos convencionales y la exportación.
– La generación de un círculo vicioso limitada oferta – limitado consumo – limitada oferta, que obstaculiza el crecimiento y desarrollo de los mercados nacionales.
– La comercialización en el mercado nacional de productos orgánicos con un mayor costo que los convencionales, sobre la premisa de algunos productores de sus altos costos de producción, en contraposición de quienes los adversan, señalando más bien sus bajos costos.
– La visión negativa que en los últimos tiempos han tomado para los consumidores los productos orgánicos (acceso a ellos), en el mercado nacional, quiénes por su limitada oferta y altos precios, los consideran productos «gourmet».
– Nuestra educación, cultura y promoción alimentaria, dependiente de la producción, dieta y estilo de vida importada de otros países, dominada por comidas rápidas de baja calidad y limitada diversificación.
– Altos costos de certificación de tercera parte para el mercado nacional; y falta de promoción, apoyo e implementación del Estado, de la certificación participativa para este mercado.
– Falta de información y educación al consumidor nacional sobre la importancia y beneficios de la producción orgánica.
– Salida del país de la cooperación internacional, aliado económico de la gestión de la agricultura orgánica nacional.
– Existencia de una escuela de agricultura orgánica (CNEAO) para pequeños productores del INA en la Chinchilla de Cartago, con 28 años de creación, graduando cientos de estudiantes de todo el país, de los cuáles se desconoce la aplicación de los conocimientos adquiridos en su experiencia productiva.
– La confusión generada en los consumidores, a los que el mercado nacional les ofrece una oferta distorsionada de productos orgánicos, bajo calificativos como: producidos de manera natural, sostenible, en equilibrio con el ambiente, sin agroquímicos, como productos eco y/o ecológicos, etc.
Probablemente existan más señalamientos de los aquí anotados, que han limitado el desarrollo de la agricultura orgánica en el país; no obstante, éstos nos llevan a plantear que quizá parte de la solución para que la agricultura orgánica no se quede sin apoyo Estatal, implicará un movimiento social de productores, organizaciones de la sociedad civil y otros actores vinculados e interesados en la actividad, que busquen y establezcan alianzas y sinergias con entidades de defensa de los intereses de los ciudadanos y diputados de la Asamblea Legislativa, interesados, proclives o sensibles al tema, tal que sean ellos los que se encarguen no solo de llamar a cuentas al gobierno, sino también de salvaguardar el contenido de la ley y su ejecución, dejando para el futuro los mecanismos de control viables, factibles y sostenibles, para garantizar que la ley nunca más vuelva a estar en peligro de ser manipulada, de quedar sin efecto, o de desaparecer.
El MAG ha llevado a cabo la desintegración del Departamento de Producción Orgánica sin criterio técnico, sin consulta pública y desobedeciendo la normativa nacional.
Desde inicios de septiembre de 2024, no hay una persona encargada de la inspección, el apoyo, la asesoría o el seguimiento a las personas productoras orgánicas.
MAOCO. El Ministerio de Agricultura y Ganadería, sin importar el color político del gobierno de turno, siempre ha otorgado un lugar marginal a la agricultura orgánica. No se recuerda, en tiempos recientes, una administración que haya apostado por la aplicación real de la Ley 8591 (Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica), pero el gobierno de Rodrigo Chaves ha radicalizado esta inacción. El ministro Víctor Carvajal Porras ha acelerado el cierre de los pocos espacios dedicados a la producción orgánica. En lo que va del año, Carvajal ha cerrado tanto la Comisión Nacional de la Actividad Agropecuaria Orgánica como el Departamento de Producción Orgánica.
Bajo el supuesto de un proceso de “reestructuración” institucional, se han eliminado los espacios de apoyo técnico a las personas productoras orgánicas y la participación política de las organizaciones dentro del Ministerio. Todo esto ha ocurrido al margen de la legalidad, contraviniendo los principios más básicos de la administración pública y la participación social en materia de política alimentaria.
En mayo de 2022, al inicio de este gobierno, el Departamento de Producción Orgánica contaba con cuatro personas, quienes han sido reubicadas en otras labores, tanto dentro como fuera del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El Movimiento por la Agricultura Orgánica Costarricense (MAOCO) denuncia que, a septiembre de 2024, no hay un solo funcionario encargado de velar por el cumplimiento de las inspecciones en fincas orgánicas, dar seguimiento a los procesos de transición, o apoyar a las asociaciones de productores orgánicos y a los Grupos de Personas Productoras Orgánicas (GPO). En síntesis, no hay nadie trabajando en la promoción de la agricultura orgánica, desobedeciendo el artículo 10 de la ley, que indica que por medio de una oficina especializada el MAG destinará los recursos humanos y materiales necesarios para cumplir los fines de la ley.
Desde MAOCO consideramos que el ministro Carvajal ha abandonado sus funciones, tal y como lo establece la Ley 8591 (Ley de Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica). Las órdenes ministeriales dispusieron la reubicación de las personas encargadas de las funciones de apoyo al sector orgánico, así como de la inspección y el cumplimiento del artículo 8 del Decreto N.º 35242-MAG-H-MEIC, “Reglamento para el Desarrollo, Promoción y Fomento de la Actividad Agropecuaria Orgánica.
El desmantelamiento del Departamento de Producción Orgánica, la salida del personal a cargo, y la reestructuración que está ocurriendo dentro del MAG se están llevando a cabo sin ningún sustento técnico, legal ni participación de organizaciones, agencias certificadoras o personas productoras afectadas.
Desde MAOCO, además, denunciamos que, al parecer, las altas esferas del MAG están trabajando en una nueva versión del Decreto 29782, «Reglamento de Agricultura Orgánica», sin compartir ni invitar al sector orgánico a participar.
El día de ayer, desde la Asociación para el Desarrollo de la Ecología, se emitió un comunicado dirigido a la Licda. Natalia Díaz Quintanilla, Ministra y Presidenta del Consejo Nacional Ambiental (CNA), solicitando asistencia técnica para la elaboración de un nuevo Reglamento para las Actividades de Aviación Agrícola. Esta petición se basa en la preocupación por el bienestar de los costarricenses y la necesidad de actualizar las regulaciones ambientales en este ámbito.
El comunicado, respaldado por el oficio DM-MAG-1113-2021 emitido por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) en noviembre de 2021, apela a la conciencia e integridad de las autoridades competentes para garantizar la protección del medio ambiente y la salud de la población. Se solicita la colaboración de representantes de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) en Costa Rica o de un organismo internacional similar para asesorar en la elaboración de un nuevo reglamento que se ajuste a estándares internacionales y regulaciones ambientales más avanzadas.
El comunicado resalta la importancia de establecer adecuadas «Zonas de amortiguación» para la fumigación aérea, así como la necesidad de protocolos escritos y normas preventivas para proteger a los trabajadores agrícolas y a la población en general de la exposición a productos químicos tóxicos.
Sin embargo, el MAG ha manifestado su oposición a la derogación del actual Reglamento para las actividades de la Aviación Agrícola, plasmado en el Decreto Ejecutivo Nº 31520-MS-MAG-MINAE-MOPT-MGPSP, argumentando que dicha norma cumple con su objetivo y que no se han presentado criterios técnicos que demuestren que ha quedado obsoleto.
La discusión sobre este tema continúa abierta, y se espera que las autoridades competentes consideren todas las perspectivas y evidencias disponibles para tomar decisiones que beneficien a la sociedad y al medio ambiente.
Gracias al esfuerzo conjunto del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA), los pequeños y medianos productores de nuestro país contarán con 16 drones de última tecnología para impulsar sus actividades productivas, así como sus capacitaciones respectivas para un uso adecuado.
El proyecto se enmarca en los ejes de fomento a la competitividad, así como productividad y sostenibilidad de la Política para el Sector Agro Costarricense 2023-2032, e impactará positivamente en 7.775 hectáreas, las cuales corresponden a 23 cultivos principales y actividades como piña, arroz, frijoles, hortalizas y caña de azúcar.
«Como jerarca rector del Sector Agropecuario, he coordinado con las instituciones para asegurar que la tecnología respalde el crecimiento sostenible de nuestra agricultura y contribuya al bienestar de todos los actores. La incorporación de drones en la agricultura permite ampliar las perspectivas y optimizar todas las etapas de un cultivo haciéndolos más eficientes.”, indicó el ministro de Agricultura y Ganadería Víctor Carvajal.
Para desarrollar el proyecto, el MAG y el Inder firmaron un convenio de cooperación específico. En esta misma línea el INA, mediante su Unidad para el Fomento y Desarrollo Empresarial (UFODE), estará becando a un primer grupo 41 personas productoras, bajo el Programa SBD, para que cuenten con el conocimiento necesario en el uso de estas aeronaves, y de esta manera puedan obtener la licencia que otorga Aviación Civil.
“Uno de los principales objetivos del Gobierno de la República es dotar de tecnología al sector agropecuario para mejorar su productividad. Por esta razón desde el INA, de manera articulada con el Ministerio de Agricultura, iniciaremos desde febrero hasta junio, una serie de capacitaciones para más de 40 personas productoras de varias regiones del país. Una inversión de más de ₡30 millones, para que puedan adquirir conocimientos en el manejo de drones y mejorar su productividad”, enfatizó Juan Alfaro, Presidente Ejecutivo del INA.
La inversión por parte del Inder es de ₡319,1 millones, que estarán destinados a la compra de los drones, mientras el MAG aportará ₡237,7 millones en acompañamiento técnico a las organizaciones, por lo que la inversión total será de ₡556,8 millones.
“Este proyecto se realizará mediante el servicio del Inder denominado Fomento a la Producción y Seguridad Alimentaria que permite brindar de herramientas e insumos a los productores del país, mediante recursos no reembolsables.” indicó el Presidente Ejecutivo del Inder, Osvaldo Artavia.
-INA beca al primer grupo de 41 productores con capacitación en uso de drones.
-16 organizaciones recibirán aeronaves para apoyar las labores de micro, pequeños y medianos productores.
Las organizaciones beneficiadas serán:
-Centro Agrícola Cantonal para el Progreso de Sarapiquí
-Cooperativa de Comercio y Servicios Múltiples de Productores de Piña de Pital de -San Carlos R.L.
-Asociación Cámara de productores de caña de San Carlos
-Coopeparrita Tropical R.L
-Cooperativa Agrícola e Industrial de Productores de Arroz del Pacifico Central R.L
-Centro Agrícola Cantonal de Alajuela
-Asociación Cámara Ganaderos del Caribe
-Asociación de Productores de Plátano ASOPLATAL
-Asociación de productores agrícolas El Águila de Pejibaye
-OSACOOP
-El Centro Agrícola Cantonal de Alvarado, con sede en Cervantes
-Asociación Cámara de Productores de Caña del Atlántico
El Comité Ejecutivo de la Asociación de Empleados del Senara (ASES) hace de conocimiento público que la administración superior del Senara, se empeña en continuar con el traslado hacia las oficinas centrales del MAG en Sabana Sur. Estas instalaciones, Matrícula 310031, según consulta a la Área Rectora de Salud Hospital-Mata Redonda y respuesta dada por la Sra. Leandra Madrigal G “NO SE TIENE NINGÚN PERMISO REGISTRADO PARA LA ACTIVIDAD DE OFICINAS”.
La Dirección Administrativa Financiera de Senara, mediante oficio SENARA-DAF-SA-264-2023, comenta que los activos trasladados al MAG han sufrido un grado de deterioro, evidenciando un traslado poco planificado, atropellado y negligente, (la negrita es nuestra). Continúa diciendo, que estos daños representan un costo adicional para su reparación en caso que sea posible. Ante esta inquietud plasmada en el oficio, la respuesta de la Sub Gerencia del Senara es que haciendo uso de cartones y cintas se evita el movimiento dentro del vehículo, y que el traslado es necesario porque es más caro no realizarlo. (ver imagen 1 adjunta) y gira la instrucción “sigamos con los traslados”.
Ante la instrucción de continuar con los traslados, la Auditoría Interna le recuerda que aún no se ha subsanado algunas condiciones físicas de las áreas asignadas en el MAG tales como, ventanas sin celosías donde se pueda meter el agua en caso de lluvias, cables sueltos, ventanas sin persianas, cables con evidencia de algún corto circuito (ver foto 1) y una limpieza general profunda al área, entre otros. Recalca la Auditora que se expone a funcionarios a lesiones físicas y que el traslado, así como se está realizado, NO responde a un proceso debidamente planificado. Recalca la misma, que como titular tiene el deber de proteger, conservar los activos institucionales y que el incumplimiento de este deber es causal de responsabilidad administrativa. (ver imagen 2 adjunta)
Condición de algunas tomas de electricidad
Adicionalmente, los funcionarios que han participado en el traslado de activos (escritorios y otros) se ven expuestos a un alto riesgo de sufrir lesiones físicas, considerando además que esto no está dentro del alcance de las funciones del área de Servicios Administrativos y expone a riesgos laborales al estar subiendo a un tercer piso por gradas y sin contar con implementos de salud ocupacional, que son requisitos cuando se realiza este tipo de trabajos, lo cual podría implicar a la institución enfrentar alguna demanda ante el INS u otras instancias y además una incapacidad de los funcionarios, que tendría impacto en la atención de las actividades que realiza cada uno de ellos como parte de la gestión institucional, siendo esto un eventual riesgo de continuidad de gestión.
Apunta el oficio SENARA-DAF-SA-264-2023, que los activos institucionales dejados en el MAG, al no contar con las llaves de los espacios asignados, se encuentran sin resguardo mínimo, por lo que el funcionario que tiene asignado estos activos, son responsables directos de la pérdida o daño de los mismos.
Siendo, así las cosas, la Asociación de Empleados del Senara (ASES) respalda el pronunciamiento de la Dirección Administrativas financiera y sus unidades con respecto a los riesgos que conlleva un traslado tal y como se está realizando.
Los riesgos asociados a esta situación:
Riesgo de dirección: asociado a toma de decisiones que atentan contra la protección adecuado del patrimonio público.
Riesgo de operación: relacionado con la gestión institucional en el momento que se tenga que utilizar algunos de esos activos y los mismos ya se encuentren deteriorados.
Riesgo financiero de patrimonio: asociado al deterioro de los activos y por ende la perdida institucional que implicaría la custodia inadecuada de estos, por no cumplir con la protección-mínima que requieren para su resguardo.
Riesgo estratégico de planificación insuficiente: pese a existir un cronograma y se está evaluando las condiciones físicas y de seguridad.
Riesgo de salud del personal: por no respetarse las normas de salud ocupacional.
Riesgo de infraestructura: por pérdida parcial o total de activos, por deterioro o robo.
Comunicado de la Asociación de Empleados del Senara (ASES)
La Asociación de Empleados del Senara (ASES) quiere aclarar a toda la comunidad nacional que ante el comunicado de prensa del MAG con fecha del 20 de septiembre 2023, existe previo al mismo, el documento denominado ADVERTENCIA RELACIONADA CON POSIBLE TRASLADO A INSTALACIONES DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (MAG). (SENARA-AI-200-2023) el cual menciona lo siguiente:
La responsabilidad de la Auditoría Interna respecto a esta advertencia consiste en brindar observaciones para prevenir lo que legal, administrativa y técnicamente corresponde sobre el asunto advertido, a fin de evitar posibles consecuencias negativas en la gestión asociada y realizar labor de seguimiento respecto a lo actuado; sin perjuicio de que, según corresponda, como resultado del seguimiento este órgano emita informes de control interno, de responsabilidades (Relaciones de Hechos), u otros pertinentes.
El 10/02/2023 en Sesión Ordinaria 03-2023, el actual Gerente comenta a la Junta Directiva que a través del Consejo Técnico se había tomado la decisión de sacar al SENARA del edificio actual, que es un edificio que está en desuso, quizás más del 50% y que, con el teletrabajo totalmente implementado, se podría disminuir el concepto de alquiler de edificio con todos los servicios asociados: limpieza, seguridad, agua potable, electricidad, etcétera y estar en un edificio más pequeño. Comenta que está en proceso la creación del informe técnico que eventualmente va a llegar a la Junta Directiva, sobre todas las alternativas para el desplazamiento y buscar la mejor opción para desplazar al Senara a un edificio que no cueste tanto y destinar los recursos a otras cosas.
En Sesión Ordinaria 04-2023 del 24/02/2023 : El gerente en ejercicio comenta que se están haciendo evaluaciones y valoraciones porque si bien es cierto puede haber en el MAG instalaciones, no necesariamente conlleva que se tengan todas las condiciones para hacer la movilización que podría ser temporal y que posiblemente la solución sea una construcción porque hay edificios que ya tienen una capacidad instalada y hay organizaciones que están ahí, y si sucede alguna situación ellos van a ocupar los espacios porque son espacios muy limitados y que por tanto se está evaluando edificaciones que tiene el MAG y otras instituciones del Estado. De nuevo se observa que el tema se maneja desde la óptica de varias alternativas. Nótese que a esta fecha se refiere a otro lugar y no necesariamente al MAG y se manifiesta por parte de uno de los directivos la necesidad de establecer una posición colegiada al respecto.
En la Sesión ordinaria 07-2023 el Sr. Ministro del MAG y presidente de la Junta Directiva ha estado viendo la posibilidad de irse al MAG ya que con las reestructuraciones y el teletrabajo hay demasiado espacio disponible en el MAG. La idea de llevarse ahora a SENARA es ahorrarse en el tema de alquileres y en otros tales como internet, seguridad, limpieza, médico de empresa, estos últimos porque serían costos que asume el MAG. Indica que la idea es conseguir cotizaciones de diferentes opciones para movilizarse en alquiler y obtener un comparativo. Reconoce que tal vez no fue lo suficientemente transparente con lo que se iba a hacer. Nótese que aún a esta altura se mantiene el posible análisis de alternativas de alquiler versus traslado al MAG.
Con SENARA-DAF-0100-2023 del 12/05/2023, se consulta a Gerencia de quién provino la instrucción para cancelar la reunión que se tenía programada para el 12/05/2023 para el Proyecto Ciudad Gobierno, ya que salió un correo de la asistente de gerencia solicitando la cancelación de dicha reunión debido a reunión celebrada con la Directora del Despacho y Director Administrativo del MAG y representante del proyecto Ciudad Gobierno, donde se aclaró la movilización del Senara a las instalaciones del MAG a partir de junio 2023, lo que evidencia que se tomó una decisión respecto al traslado del Senara y que hubo una interferencia del MAG en la decisión de excluir al Senara del Proyecto Ciudad Gobierno, lo cual estaba fuera de sus competencias.
Se observa que existe para el 2023 una decisión gerencial de gestión orientada al traslado al MAG sin considerar las otras opciones, aún y cuando a nivel de Junta Directiva indica que es una opción más en análisis e ignorando incluso la valoración del Consejo Técnico que observa como mejor alternativa el contar con un edificio propio, instruyendo no participar en reunión del Proyecto Ciudad Gobierno que era otra de las alternativas e ignorando el criterio experto que señala una serie de inconvenientes del traslado al MAG.
En ese sentido se advierte que no se ha localizado un documento formal que respalde el acto administrativo gerencial debidamente justificado, motivado, con un fin claro y comunicado (Ley General de la Administración Pública, capítulo III), de seleccionar la opción de traslado al MAG como la mejor opción para disminuir el pago de alquileres, dejando de lado las demás alternativas y especificando los costos asociados a traslado, remodelaciones, rediseños de redes, sistemas eléctricos, telefonía, y otros que no se pueden ni se deben ignorar, por cuanto hay un tema presupuestario y de liquidez de fondo. Además, hay derechos de terceros que se verán afectados, lo cual también podría generar pagos de resarcimiento. Ignorar estas situaciones podrían estar atentando contra el principio de gestión financiera dispuesto en el inciso b) del artículo 5 de la Ley 8131 y que señala que los recursos financieros del sector público deben orientarse a los intereses generales de la sociedad, atendiendo principios de economía, eficacia y eficiencia, con sometimiento pleno a la ley.
De la información recabada por la Auditoría Interna, se desprende que esta decisión se ha manejado entre la Gerencia del Senara y representantes del MAG, sin que existiera una posición colegiada del máximo jerarca institucional: Junta Directiva, posición que un directivo manifestó como necesaria en Sesión Ordinaria 06-2023 y sobre lo cual previamente el gerente en ejercicio indicó que respecto a las opciones de traslado se iban a tomar decisiones de alto nivel (Sesión Ordinaria 11-2022 del 04/11/2022). Del contenido del Acta ordinaria # 11-2023 se desprende, según lo manifestado por el Sr. Ministro de Agricultura, que esta es una opción que se maneja entre él y el Gerente del Senara, bajo el criterio de que el MAG “concede presupuesto al Senara para que ejecute” e incluso manifestando que ellos van a llevar a Junta Directiva un presupuesto extraordinario para tomar dinero de alquiler para el pago de remodelaciones, acciones ambas que escapan a la competencia del Ministro en su rol de ministro, ya que aunque presida por ley la Junta Directiva, las decisiones deben ser tomadas por el órgano colegiado donde sus miembros se encuentran en una relación de igualdad recíproca u horizontal con derecho de voz y voto y ser reflejadas en el acuerdo respectivo.
No se debe perder de vista que, según lo dispuesto en el artículo primero de la Ley de Creación del SENARA, No.6877 de 18 de julio de 1983 y sus reformas, y numeral segundo de su Reglamento General, Decreto Ejecutivo No.16277 del 24 de abril de 1985, es una institución autónoma del Estado, que cuenta con personalidad jurídica propia e independencia administrativa. Esto significa que el Poder Ejecutivo (del cual el MAG forma parte), ejerce una tutela administrativa de dirigir o controlar mediante directrices de carácter general, sin que sea válido dictar órdenes o instrucciones relativas a la forma en que el Senara debe ejercer sus funciones o administrar su patrimonio. En ese sentido el MAG no está frente a un órgano desconcentrado que actúa como órgano del ministerio, sino frente a un ente con autonomía propia dirigido por una Junta Directiva. Resulta inconstitucional una posible actuación del Ministro de agricultura como director de la gestión del Senara, ente autónomo por ley.
Por tanto, aún y cuando existe criterio de la Dirección Jurídica institucional de que desde la perspectiva meramente jurídica no constituye un requisito legal que el traslado deba ser autorizado por la Junta Directiva ni que se requiera un acuerdo previo para que la administración actúe y que además la Junta Directiva ha sido informada por lo que ha tenido oportunidad de debatir y tomar acuerdos y que el traslado no plantea una afectación legal ni administrativa que altere la independencia administrativa del Senara (SENARA-DJ-060-2023), la presunta actuación unipersonal del Ministro en conjunto con la Gerencia para disponer el traslado al MAG, que se ha presentado a Junta Directiva con una opción en análisis pero que a lo interno se ha manejado como una decisión, incluso para la formulación del presupuesto 2024, denota una posible afectación en la gobernanza institucional y por tanto una posible alteración en la práctica, a la independencia administrativa institucional, actuación que de comprobarse implica un debilitamiento del sistema de control interno en cuanto al desempeño eficaz y eficiente de las actividades relacionadas con el gobierno corporativo, por cuanto se está privando a la Junta Directiva de ejercer una supervisión activa, independiente e informada, relegándolos a asumir una actitud pasiva y sin toma de decisiones sobre el tema. En ese sentido hay una exposición a riesgo de incurrir en causal de responsabilidad administrativa por debilitamiento al sistema de control interno (Ley 8422. Artículo 38.d).
Ahora bien, la Comisión conformada emitió informes de avance (elemento de control) a la Gerencia con los siguientes oficios:➢ SENARA-DAF-0102-2023 del 16/05/2023: se analizó cada requerimiento solicitado por Senara versus lo que ofrece el MAG, plasmando en una matriz los requerimientos de las unidades según necesidades de SENARA de forma detallada, se realiza nuevo levantamiento de espacios físicos según oficio SENARA-GG-0208-2023. Se adjunta información de la Minuta del 11/05/2023 donde destacan como puntos de atención:
Requerimientos técnicos de dimensiones de espacios y bodegas asignadas. • Condiciones sobre el traslado del archivo institucional, Unidad de Gestión Informática y Bodega de Proveeduría ubicados junto con las áreas relacionadas en el edificio del MAG, debe coordinarse la verificación correspondiente de las áreas involucradas ya que debe cumplirse con temas de control y técnicos. • Ubicación personal de transportes y parqueo asignado para los vehículos institucionales no se encuentra techado. • No se incluye espacios para sala de Junta Directiva, reuniones y capacitaciones. • Respecto al archivo institucional se recibe MAG-DAF-025-2023 que refiere a espacio suficiente para contar con un Archivo Institucional del MAG y SENARA en el PIMA (Barrial de Heredia).
Observación de Archivo Institucional: El depósito de documentos en un lugar externo no es lo más conveniente, sobre todo por cuestiones de préstamo, documentos, o de inmediatez. Hay que tener claro que se debe tener un área administrativa para el archivo donde para recibir la atención de público, siempre y cuando sea parte de la institución. Otra opción es incluso alquilar bodegas, cerca del MAG para resguardar el archivo, pero esto implicaría muchos riesgos que se deben valorar previamente. Hay consulta a Unidad Servicios Técnicos Archivísticos Dirección General Archivo Nacional, como ente rector en materia archivística a nivel nacional, legal o normativa asociada que establezca la obligatoriedad de contar con el depósito del Archivo Central Institucional en el mismo lugar donde se ubicará la institución, así como, las consideraciones necesarias para garantizar una adecuada custodia del acervo documental institucional tanto en sus instalaciones finales como al momento del traslado. • Parqueo para funcionarios: MAG indica que una vez apartado el espacio necesario para los vehículos oficiales del MAG y SENARA se harán los estudios correspondientes para determinar la capacidad disponible de espacio para empleados. Senara señala los riesgos asociados al traslado con equipo institucional alquilado y posible costo ante robo.
Se concluye entonces que:
No es recomendable un traslado en este momento considerando que podría exponer a la institución a los siguientes riesgos:
Debilitamiento del sistema de control interno entre otros en temas de seguridad de activos, seguridad informática, seguridad documental, control de operaciones, salud ocupacional y ambiental. Riesgo de cumplimiento asociado al posible incumplimiento de normativa interna y externa en temas de Ministerio de Salud, Ambiental, Bomberos, control interno, seguridad documental, calidad de gestión en temas informáticos y protección del patrimonio público. Riesgos de operación relacionado con debilitamiento de gestiones operativas que se encuentran normadas internamente para garantizar seguridad del actuar institucional con la definición de controles y procedimientos que se verían afectados ante un eventual traslado. Riesgos de eficiencia asociados a la limitante de no poder aplicar una gestión adecuada y oportuna de procedimientos y controles actuales que se aplican, siendo que se verían afectados. Riesgos de dirección asociado a una toma de decisiones incorrecta por parte de los superiores jerárquicos que expondrán el actuar institucional en temas de rendición de cuentas y transparencia si deciden realizar un traslado sin cumplirse con requerimientos mínimos. Riesgos de autonomía institucional. Riesgos de pérdidas de información
La figura jurídica que se ha establecido por parte de la Administración Activa para respaldar el uso de instalaciones del MAG es un convenio interinstitucional para el préstamo a título precario de instalaciones, amparado en decreto ejecutivo No. 42473-MAG, denominado: “Reglamento para el préstamo de uso en precario de los bienes inmuebles del Ministerio de Agricultura y Ganadería y sus Órganos Adscritos” publicado en La Gaceta 215 del 27/08/2020.
Como puede observarse del reglamento de cita, efectivamente la figura jurídica utilizada parece responder al criterio de inmediatez que ha manifestado la Gerencia para desocupar las actuales instalaciones, pero es también una solución que podría ser temporal, debido a que en cualquier momento el MAG puede disponer de las instalaciones dadas en préstamo precario, lo que hace más relevante que la opción de Ciudad Gobierno no se cierre para el Senara (Artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública: los permisos de uso del dominio público, y los demás actos que reconozcan a un administrado un derecho expresa y válidamente a título precario, podrán ser revocados por razones de oportunidad o conveniencia sin responsabilidad para la administración). De otra forma, existe un riesgo a futuro de que el Senara se quede sin instalaciones para ejecutar sus funciones.
RESPECTO A OTROS ELEMENTOS A CONSIDERARNo se ha encontrado en la documentación analizada:
Medidas para la salvaguarda y protección de activos durante el proceso de traslado y en la ubicación propuesta, particularmente de activos que deberán ser mantenidos en bodega y de los vehículos institucionales. Según SENARA-DAF-SA-121-2023 y SENARA-DAF-SA-123-2023 no se cuenta con espacios físicos para bodegas para almacenar activos en tránsito o activos en mal estado o para desecho ni para el almacenamiento de bienes y suministros. En ese sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo 110 de la Ley 8131, un hecho generador de responsabilidad administrativa es la omisión, el retardo, la negligencia o la imprudencia en la preservación y salvaguarda de los bienes o derechos del patrimonio público o la adopción de acciones dolosas contra su protección, independientemente de que se haya consumado un daño o lesión.
Medidas para atender los requerimientos de tecnologías de información: asignación de área para Unidad de Gestión Informática, espacio para los 7 servidores de la red LAN del Senara, red de cableado estructurado UTP Categoría 6 con un ancho de banda a 10 gigabits con hasta 250 MHz en voz y datos, certificada. Hilos de fibra óptica con velocidad de 200 MHz y dos redes WiFi para para funcionarios y otra para invitados, bajo los requerimientos de seguridad promovidos por el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT), la Normativa COBIT 5, ITIL3 e ISO 2230. Acceso de seguridad biométrica al Centro de datos y Comunicaciones. Sistema de ventilación y enfriamiento en el Centro de Datos y Comunicaciones. Ubicación de RACK para dispositivos tecnológicos: switches, routers, cableado estructurado, fibra óptica, dispositivos de almacenaje externo y conectores de fluido eléctrico planificación de la distribución de espacio físico para centro de copiado, cableado de datos entubado interno (dentro de pared) y cableado eléctrico entubado, físicamente separado y cableado en tiros (línea de cable sin cortes) que interconectan las estaciones de trabajo con los equipos switch, router y equipos de respaldo externos (NAS) en forma directa.. Así mismo, tomas de datos, telefonía IP y fluido eléctrico etiquetadas (toma-rack) y debidamente polarizadas. Sistema centralizado de soporte eléctrico. Wifi institucional con una topología de red tipo “maya” que interconecta los Access Point Cisco-Meraki y los canales configurados en estos equipos, posibilitando que la señal WiFi sea recibida en toda la planta física con la misma intensidad sin importar su localización.
Según SENARA-GG-UGI-044-2023 las condiciones actuales en el MAG respecto a instalaciones estructurales y configuración en logística de sistemas y aplicaciones no son adecuadas para sustentar el eficiente y eficaz funcionamiento de la plataforma informática y de telecomunicaciones ya operativa en SENARA. Este criterio experto evidencia que de no tomarse previsiones en este campo existe un riesgo de funcionamiento óptimo de la institución y un retroceso en todos los avances que se han tenido en este campo y que el costo del ajuste puede ser significativo. Al respecto debe tomarse en cuenta que un deber básico del titular es velar por el adecuado desarrollo de la actividad del ente (Ley de control interno, artículo 12.a) lo que implica que se debe realizar una valoración de riesgos en este campo y decidir las acciones para administrarlos (Ley de control interno, artículo 14)
De lo expuesto en páginas precedentes, se observa que el posible traslado al MAG expone al nivel gerencial a los siguientes riesgos de conformidad con la estructura de riesgos del Senara:➢ Riesgo interno/Financiero/Presupuestario. ➢ Riesgo interno/Financiero/Control de activos. ➢ Riesgo interno/Información y comunicación/Administrativa-gestión. ➢ Riesgo interno/ Información y comunicación/Comunicación. ➢ Riesgo interno/Dirección/Liderazgo. ➢ Riesgo interno/ Dirección/Cumplimiento normativo. ➢ Riesgo interno/Estratégico/Alineación o vinculación con la planificación institucional. ➢ Riesgo interno/ Estratégico/Planificación insuficiente. ➢ Riesgo interno/ Estratégico/Imagen. ➢ Riesgo interno/ Estratégico/Niveles de coordinación entre unidades. ➢ Riesgo interno/Recurso humano/Motivación. ➢ Riesgo interno/ Recurso humano/Clima organizacional. ➢ Riesgo interno/Recurso humano/Integridad, ética y valores. ➢ Riesgo interno/Procesos-operaciones/Diseño. ➢ Riesgo interno/Procesos-operaciones/Eficiencia. ➢ Riesgo interno/Procesos-operaciones/Eficacia. ➢ Riesgo interno/ Procesos-operaciones/Ejecución y nivel de cumplimiento en el desarrollo de procesos y actividades. ➢ Riesgo interno/Infraestructura, equipos y materiales/Pérdida total o parcial de activos institucionales. ➢ Riesgo interno/Sistemas y tecnologías de información/Acceso de información. ➢ Riesgo interno/Sistemas y tecnologías de información/Disponibilidad de información. ➢ Riesgo interno/ Sistemas y tecnologías de información/Infraestructura tecnológica. ➢ Riesgo interno/ Sistemas y tecnologías de información/Seguridad de la información y de la infraestructura tecnológica.
A estos se suman los riesgos de gobernanza y el riesgo de incurrir en causal de responsabilidad administrativa, civil y/o penal.
Texto anterior tomado de oficio SENARA-AI-200-2023
MAG no podría seguir emitiendo decretos unitariamente sino coordinadamente
Como hemos estado viendo en los últimos días: cargamentos contaminados de melones devueltos de Europa, reportajes internacionales, la contaminación el agua de Cartago y Río Cuarto, Escuelas y la niñez fumigadas en la Zona Norte, productos agrícolas con restos de venenos que superan el límite permitido en las ferias del agricultor y uno de los agroquímicos más mortíferos de las abejas sin ninguna prohibición, son evidencias de la falta de planes para el control y fiscalización del uso de plaguicidas para actuar de forma preventiva y no reactiva, como evidencia un reciente informe de la Contraloría General de la República.
Según el informe N.º DFOE-SOS-IAD-00002-2023 los ministerios no coordinan de oficio esas labores y solo reaccionan a desastres ambientales, es decir con todos los eventos de emergencia que se intensifican año con año y no hay planes para prevenir contaminación con plaguicidas.
La contraloría también recuerda que Costa Rica es uno de los países con mayor consumo de plaguicidas según datos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Otro aspecto importante que deja ver el informe es la división que hay entre el bloque de ministerios de Salud, Ambiente y el MAG, pues si bien los primeros sugieren prohibiciones el MAG veta, atrasa y cuestiona todas las sugerencias del ambiente y la Salud, como ha sido evidente en el caso de fipronil que no ha sido prohibido su uso agrícola como determinaron informes técnicos que la Sala constitucional mandó a pedir. El MAG amparado en que el uso agrícola es su competencia de dedica no hacer nada y justificarlo de manera muy detallada. Esto también se evidencia, una vez más, en un reciente informe emitido por los equipos técnicos del Ministerio de Salud, el MINAE y AYA, donde recomiendan la prohibición del clorotalonil, pero el MAG continúa guardando silencio, con tal de seguir manteniendo el peligroso plaguicida en el mercado y en el agua de la tubería en Cartago.
La contraloría asegura que la coordinación institucional: “Es importante recalcar que mediante el control se pueden detectarse causales de cancelación del registro de plaguicidas y sacar de circulación aquellos que, por ejemplo, aún utilizados bajo las recomendaciones de uso, representan un riesgo inaceptable para la salud, el ambiente y agricultura; son ineficaces para todos los usos aprobados por el SFE; o bien cuando por razones de afectación a la salud o al ambiente, se encuentran prohibidos en el ochenta por ciento de países de la OCDE o el producto registrado por la modalidad de homologación es cancelado o desautorizado por la autoridad reguladora del país miembro OCDE” ( pg. 18).
Esto último sería un paso muy importante porque el interés comercial de los vendedores de venenos y transnacionales es inscribir usando el registro europeo, pero cuando se habla de prohibir moléculas usando el mismo criterio y para lo cual hay normativa vigente ha sido hasta ahora imposible de aplicar. Es decir, lo que es bueno para el ganso debe ser para la gansa, pero sabemos que somos el basurero de productos prohibidos en Europa porque tiene un gran margen de ganancia para los que lucran a costa del ambiente y la salud pública.
La disposición final del informe ordena a las personas jerarcas de MINSA, MINAE y MAG “Definir, oficializar, divulgar e implementar de forma conjunta, la política que seguirá el país en cuanto a la gestión de los plaguicidas y los patrones de uso en Costa Rica en el corto mediano y largo plazo, que direccione el actuar de las instituciones competentes en la materia hacia un propósito común y de forma coordinada. Dicha política deberá incorporar objetivos, metas, actividades, roles, responsabilidades y seguimiento, con el fin de proteger el ambiente, la salud humana y la seguridad alimentaria”.
Con motivo de la celebración del día del Agricultor en la comunidad de Zarcero, el Ministro de Agricultura y Ganadería, Víctor Carvajal, en presencia del Presidente de la República y de algunos agricultores de la zona, expuso las actividades que ésta Administración está impulsando en el sector agropecuario, las que en lugar de generar buenas expectativas hacia el mejoramiento del sector, provocan cierta incertidumbre sobre la labor del Ministerio y sobre las expectativas de apoyo a la pequeña producción familiar.
El joven Ministro, para el que su función no será más que un trabajo que el Gobierno le ha encomendado y en el que no importa mucho el conocimiento que tenga del sector y los desafíos que plantea una actividad esencial para más de 200 mil productores que se debaten entre la sobrevivencia y la necesidad de mejorar las condiciones productivas, se enfrenta a una realidad agrícola afectada por las políticas que desde hace casi 4 décadas desmantelaron el apoyo estatal a la producción agroalimentaria, concebida como una actividad marginal dentro del modelo de desarrollo orientado a la producción de servicios y a la exportación.
Con las manifestaciones del Ministro, parece continuar el desmantelamiento y la desprotección de la producción agroalimentaria, que en los países desarrollados es una actividad estratégica y que es protegida con ayudas y subsidios por tratarse de la alimentación de la población, información que las Autoridades del sector deben conocer.
Entre los desvíos de su visión sobre la actividad agropecuaria y sobre los productores agrícolas, el Ministro, menciona que “queremos que el agricultor sea un empresario agrícola”, sin importar la actividad a que se dedica, la zona donde se ubica y los recursos de que dispone, desconociendo la diversidad de las actividades, el tipo de unidad de producción, el lugar donde se encuentra y la heterogeneidad de los productores; entonces todos deben ser empresarios agrícolas olvidando la poca asistencia que reciben del Estado.
Ya el Ministro había, mostrado su particular perspectiva sobre los productores agrícolas, cuando señaló con motivo de los decretos de la Ruta del arroz, que “para éstos solo hay una opción viable, recibir un subsidio mientras se fortalecen como sector y se hagan más competitivos, o cambiarse a otro cultivo, es un tema de decisión de cada quién, ya tienen las reglas claras”, dijo. (ElObservador,com,27-32023)
En el marco de esa estrecha visión, sobre la actividad y los productores, el Ministro expuso entre las acciones institucionales que está ejecutando el MAG, para mejorar sus procesos productivos, se efectúa “una reestructuración de personal en la institución, con el fin de ahorrar presupuesto y dirigirlo hacia procesos más eficientes, rápidos, y económicos, y a la vez brindar apoyo a los agricultores”.
No mencionó el Jerarca, sobre que bases y con fundamento en que evaluación de la labor de las áreas de trabajo y el escaso personal existente se realiza la reestructuración, luego de la movilidad laboral del gobierno de Figueres Olsen y de la salida progresiva del personal por jubilación que se ha dado en los últimos años, lo que ha reducido considerablemente el recurso técnico disponible y que no ha podido ser sustituido por el congelamiento de plazas en los sucesivos gobiernos.
Sin obviar la evidente contradicción, entre ahorrar presupuesto, lograr procesos más eficientes con escaso personal técnico y brindar apoyo a los productores, por lo que cabría preguntarse si es posible esa mezcla de propósitos.
Entre las principales acciones institucionales que se están ejecutando, el Ministro señaló que “estamos en la restructuración de tecnologías de información para reestructurar la información y llegar a lo digital, dentro de esa trasformación digital estamos haciendo algo para tener expedientes digitales, entonces cuando un técnico visita a un productor generará una calificación del producto”, (Según éste), todas estas reestructuraciones nos permiten reducir retrocesos y personal de sedes administrativas para ubicarlo en fincas”.
Ese es el gran desarrollo tecnológico que el MAG está impulsando, ligado a las tecnologías de información, es decir digitalizar todos los procesos y tener expedientes digitales, para presuntamente liberar personal técnico para la labor de asistencia técnica en las fincas, nuevamente cabe preguntarse será eso suficiente para mejorar la asesoría técnica a los productores.
Agrega el Ministro, “tenemos una dirección clara, ayudarle a los agricultores, queremos organizaciones más sencillas, más llanas y más tecnológicas”, si esa es la prioridad de la gestión actual, dónde quedan las necesidades de los productores y el mejoramiento de las tecnologías de producción para el desarrollo de los sistemas productivos más sostenibles?
Sin embargo, las acciones mencionadas aún no son las más preocupantes, lo más inquietante y fuera de lugar, es su visión sobre la extensión y la investigación agrícola, cuando afirma que “no hay asistencia técnica, la asistencia técnica se basa en el cuidado del animal, en investigación es muy curioso, tenemos una estación experimental los Diamantes, que mide 700 hectáreas, no hay ni un solo veterinario, es una finca modelo para lo que no hay que hacer”. (ElMundo.cr,17-5-2023)
Debido a que no hay asistencia técnica o que ésta es inadecuada y a que las entidades de investigación no hacen lo que debieran, “lo que estamos haciendo es reacomodar el personal”, simplemente eso, nuevamente no se sabe bajo que lineamientos se está realizando ese reacomodo.
Como si no fuera suficiente, lo más grave es la concepción de la extensión agrícola, que ha sido reducida a la capacitación y que ésta debe ser impartida por el INA, para lo que “el año pasado firmamos una directriz para generar una sinergia con el INA, que tiene presupuesto para capacitaciones, la idea es que el INA brinde un espacio para capacitar a los agricultores; queremos que el agricultor sea un empresario agrícola, para eso tiene que tener un curso de administración, de tecnología, esa es la capacitación que el INA nos va ayudar a hacer”.
No sólo el Ministro parece desconocer el verdadero papel y la importancia de la extensión, en el intercambio y transferencia tecnológica agricultor-técnico en el mejoramiento de sus sistemas de producción, si no que además desconoce que hace varios años se había impulsado una propuesta para promover las nuevas competencias de la extensión rural frente al recambio generacional en el MAG, que significaba una transformación de la extensión frente a las nuevas demandas del productor rural y del cambio climático.
En esa línea de los argumentos ligeros sobre la actividad agropecuaria y los productores que se dedican a ésta, según el Ministro “los agricultores hacen esfuerzos en sacar muchos productos al mercado, que son sumamente contaminantes y que además no tienen registros, son productos que han estado sin control y sin estudios de nada y están en el mercado”(ElMundo.cr,17-5-2023), grave afirmación que cuestiona la calidad de los productos que los agricultores comercializan en los mercados y desconoce el esfuerzo que los agricultores han hecho a través de los años para ofrecer a los consumidores alimentos sanos e inocuos.
En su presentación del día del agricultor, el jerarca terminó exponiendo que “el panorama inicial es complicado, de abandono y de falta de políticas públicas claras y dirigidas en pro del sector agropecuario»(pero que) ahora tenemos una visión clara del sector agropecuario que queremos: un sector competitivo, eficiente y sostenible. Aún falta muchísimo camino, pero vamos a buen paso; porque lo que prometimos, lo cumplimos”. (MAG.com,noticias,15-5-2023)
Resulta difícil comprender si efectivamente las nuevas Autoridades del MAG tienen una visión clara del sector agropecuario, pero la participación del Ministro, lejos de contribuir a la comprensión de las orientaciones del Ministerio en este período, deja una gran incertidumbre sobre los objetivos sectoriales de la actual Administración y sobre la pertinencia de las acciones que están ejecutando.
A diferencia del inicio de otros Gobiernos, en los que se esperaba dimensionar si la labor que proponían realmente favorecería la producción agropecuaria nacional y en especial a la pequeña y mediana producción agroalimentaria para el mercado interno, en esta oportunidad en las políticas y la acción institucional mencionadas, se vislumbran serias amenazas hacia un mayor debilitamiento de la institucionalidad y el deterioro del apoyo y la asistencia al sector tradicionalmente abandonado de la actividad agropecuaria: la producción familiar de alimentos.