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Etiqueta: Sudáfrica

Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de intervención recientemente presentada por Irlanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Fotografía de hombre en Israel escuchando el 26 de enero del 2024 a la Presidenta de la CIJ dando lectura a una primera ordenanza contra Israel en el marco de la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza. Foto extraída de artículo de prensa publicado en Israel por el medio digital Magazine+972, titulado «Israel shirked accountability for decades: is the ICJ breaking its armor?» edición del 5 de febrero del 2024.

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin(a)gmail.com

«Lo que está ocurriendo en Gaza no es una operación militar, es una agresión a gran escala contra nuestro pueblo. Son masacres contra civiles inocentes. Nada en el derecho natural ni en el derecho internacional permite atacar a civiles y perpetrar contra ellos ataques tan indiscriminados y bárbaros  /  What is happening in Gaza is not a military operation, it is a full-scale assault against our people. It is massacres against innocent civilians. Nothing in natural law or international law allows for the targeting of civilians and such indiscriminate, barbaric attacks against them» .  Intervención del representante de Palestina ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en su sesión del 16 de octubre del 2023 (véase acta S/PV/9439, en página 9)  /  Statement by the representative of Palestine to the United Nations Security Council, at its meeting on 16 October 2023 (see verbatim  S/PV/9439 at page 9

El pasado 6 de enero del 2025, Irlanda presentó formalmente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) una solicitud de intervención en el caso contencioso presentado por Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza: véase comunicado oficial de la CIJ en francés y en inglés.

Se trata de una gestión que había anunciado oficialmente Irlanda que iba a tramitar el 12 de diciembre del 2024 (véase comunicado oficial), celebrada y saludada por expertos y organizaciones de la sociedad civil irlandesa (véase nota del Irish Legal News).

Cabe recordar que Irlanda (conjuntamente con Eslovenia, España y Noruega) optó por reconocer a Palestina como Estado a mediados del año 2024 (véase comunicado oficial del 22 de mayo del 2024). El 19 de julio del 2024, Irlanda saludo el contenido de la opinión consultiva de la CIJ sobre el carácter ilegal de la colonización y de la ocupación del territorio palestino por parte d Israel (véase comunicdo) en términos y un largo texto que contrastan con los del Reino Unido (véase escueto texto de 11 líneas) y el mutismo absoluto de Canadá y de Estados Unidos.

En su solicitud de intervención (véase texto), Irlanda procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación que considera que debe darse a algunas de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948. Cabe recordar que, negociada y adoptada en 1948, los términos y formulaciones que se encuentran en esta convención deberían de poder ser interpretados a la luz de la evolución del derecho internacional público desde 1945, en aras de proteger mejor a un grupo o a una población determinada víctima de un intento de exterminarla; así como de prevenir nuevos actos perpetrados con el mismo objetivo.

Breve puesta en contexto a partir de datos recientes

Una entrevista a uno de los grandes especialistas en materia de genocidio (véase entrevista realizada por Democracy Now) dada a conocer el 30 de diciembre del 2024 y titulada «Total Moral, Ethical Failure»: Holocaust Scholar Omer Bartov on Israel’s Genocide in Gaza» viene a confirmar la urgente necesidad de frenar el ímpetu genocida de Israel en Gaza.

Desde la misma Israel, un historiador reunió y compiló datos de muy diversa índole sobre las exacciones de todo tipo a las que se han prestado las fuerzas militares israelíes en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 (véase nota de Haaretz y enlace al informe presentado el 5 de diciembre del 2024).

El pasado 30 de diciembre del 2024, un numeroso grupo de expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos exigió que Israel responda por todas las violaciones cometidas en Gaza a las normas internacionales existentes (véase comunicado conjunto). El 31 de diciembre del 2024, también se hizo público un informe de Naciones Unidas sobre el caracter sistemático y deliberado de los ataques a hospitales y centros médicos en Gaza por parte de Israel (véase comunicado oficial de Naciones Unidas con enlace al informe como tal): al respecto, resulta más que notoria la poca difusión hecha en los grandes medios de prensa internacionales a estos comunicados de prensa emitidos desde Naciones Unidas durante los últimos días del 2024.

Este comunicado conjunto desde Naciones Unidas con fecha del 2 de enero del 2025 posiblemente también sea muy pocamente referenciado, así como esta alerta lanzada por la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) el pasado 3 de enero sobre los dramáticos efectos de la lluvia y de las bajas temperaturas en la población desplazada en Gaza refugiada en campamentos de fortuna y expuesta a la intemperie.

Foto de niños palestinos en Gaza extraída de artículo publicado el 9 de enero del 2025 en Israel por Magazine+972 y titulado » ‘Every moment I fear losing another child’: newsborns freeze to death in Gaza tents», cuya lectura completa se recomienda.

El comunicado del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas en persona sobre el antisemitismo del 6 de enero del 2025 (véase texto) se inscribe de igual forma en esta extraña tendencia de la mayoría de los grandes medios de prensa internacionales cuando se trata de comunicado de prensa sobre Gaza e Israel que vienen con el sello de Naciones Unidas. Se lee en este comunicado que:

«I also reject attempts to conflate all criticism of Israeli government policies and military operations with antisemitism. It is not antisemitic, for example, to deplore military operations that raise grave concerns over violations of international humanitarian and human rights law. Nor is it antisemitic to condemn those violations and urge respect for the law – including the decisions of international courts . Nor is it antisemitic to call Israel to account for the tens of thousands of people in Gaza, including more than 250 of our own UN staff, who have been killed since 7 October 2023«.

A modo de complemento a los últimos informes de Naciones Unidas sobre la situación en Gaza (informe al 8 de enero del 2025 e informe al 31 de diciembre del 2024) que detallan la intensidad de los bombardeos de Israel en los últimos días del 2024 en Gaza, mientras gran parte del mundo celebraba Navidad y el fin del año 2024, se recomienda también:

– esta reciente entrevista (Al Jazeera, 6 de enero del 2024): con varios expertos de renombre internacional, esta emisión trata de los efectos en la salud humana en el mediano y largo plazo de las particulas que inhalan los sobrevivientes de bombardeos masivos en zonas altamente pobladas como Gaza. Se trata de efectos en la salud que en el pasado se observaron en los organismos de personas habitantes de ciudades en Irak y en Siria, y que en el 2024, además de Gaza, amenazan la salud de pobladores de centros urbanos en el Líbano ante la intensidad de los bombardeos por parte de Israel iniciados a mediados de septiembre del 2024;

– este informe de una ONG palestina titulado «How to hide a genocide: the role of evacuation orders and safe zones in Israel´s genocidal campaign in Gaza» que explica a qué tipo de estrategia responden los reiterados bombardeos de Israel observados sobre campamentos de refugiados y de desplazados en Gaza.

En el último informe de Naciones Unidas (informe al 8 de enero del 2025), con relación a la situación crítica de los niños en Gaza, un punto sobre el que Irlanda en su escrito a la CIJ se muestra particularmente incisiva, se indica que:

«On 6 January, MoH announced the death of a 35-day old baby due to the cold and lack of warm shelter in Gaza, adding that this had brought the total number of deaths due to hypothermia to eight across the Strip. MSF reports that, between October and December 2024, the Neonatal Intensive Care Unit (NICU) of the Nasser Medical Complex in Khan Younis had admitted 325 infants, with MSF teams embedded in the unit treating “newborns and premature babies with potentially life-threatening respiratory infections, dehydration, and other complications.” According to Dr. Mohammed Abu Tayyem, a pediatrician at Nasser, the pediatric ward is seeing an increased number of children with acute bronchiolitis, pneumonia, upper respiratory tract infections and even bronchial asthma exacerbations. The doctor attributes these rising cases to the harsh winter weather, dire conditions in tents and limited heating supplies, all of which render premature and low-birth-weight babies more vulnerable to hypothermia. Commenting on the death of at least seven newborns due to hypothermia in December, the WHO Director-General warned that “more children are in danger,” and that, while “every child deserves a healthy and safe start in life… the children of Gaza are paying the price of war with their own lives”.

Este 15 de enero del 2025, en esta declaración del jefe de la diplomacia norteamericana, se pone en evidencia el rotundo fracaso de la estrategia Israel en Gaza desde la perspectiva estrictamente militar: véase nota del Timesof Israel titulada «Blinken: we assess that Hamas has recruited almost as many new fighters as it lost«. Nuestros estimables lectores podrán por sí mimos percatarse de la pobre difusión en grandes medios de prensa internacionales de esta declaración del Secretario de Estado saliente, dada a conocer en sus últimos días como jefe de la diplomacia norteamericana.

El ejército de Israel: datos recientes pocamente divulgados

Cabe indicar que el pasado 2 de enero del 2025, Israel revisó a la alza el número de sus bajas en Gaza (totalizando un cifra de 891) que incluye 38 suicidios entre los integrantes de sus fuerzas militares (véase nota de Arham y nota del TimesofIsrael así como artículo de Haaretz).

El alza es bastante significativa si se compara a la cifra de 393 bajas militares registrada en el informe de Naciones Unidas sobre Gaza al 31 de diciembre del 2024, una cifra obtenida a partir de datos oficiales israelíes (véase informe).

Con relación a los suicidios y a la salud mental de los soldados israelíes enviados a Gaza, en octubre del 2024 este reportaje de CNN evidenció el tipo de traumas que sufren muchos reservistas al regresar de Gaza. Ya en el 2017 se pudo leer en este reportaje del medio de prensa digital israelí como Magazine+972 – cuya lectura completa se recomienda – que:

«According to a study conducted by Major Leah Shelef, who heads the Israeli Air Force’s Mental Health Clinic, 2009 saw 188 suicide attempts — a third of them by women. Am I included in those 188 attempts? According to statistics published in Haaretz, from 2007 until 2013, 124 soldiers committed suicide during their army service, while 237 soldiers committed suicide between 2002-2012. Even worse, between 2009 and 2011, the main cause of death among soldiers was suicide«.

No está de más señalar esta voluminosa recopilación de testimonios de soldados israelíes que participaron a la mortífera ofensiva militar terrestre en Gaza en el verano del 2014, realizada por la organización Breaking the Silence en Israel (242 páginas). Se trata de un ejercicio antecedido por otra recopilación similar (112 páginas) con relación a la igualmente mortífera ofensiva militar en Gaza del 2009: en ambas recopilaciones, queda en evidencia el tipo de instrucciones recibidas por estos jóvenes israelíes y el trauma que puede haberles significado ejecutarlas sin mayor preparación previa.

Finalmente, es de notar que la estadísticas oficiales dadas a conocer el 31 de diciembre del 2024 por las autoridades israelíes indican que durante el 2024, más de 82.600 ciudadanos israelíes han decidido viajar al exterior y no regresar (véase nota del TimesofIsrael de la misma fecha), sin que se precise en esta nota si se trata (o no) de personas en edad de ser llamadas por el ejército israelí en Gaza: en el mes de septiembre del 2024, se informó la manera bastante peculiar de resolver el faltante de combatientes en Gaza de las actuales autoridades israelíes (véase nota de France24).

Al saldo de bajas en el ejército de Israel antes referido, hay que añadir 5 nuevos jóvenes soldados (entre 19 y 23 años) caído el 13 de enero del 2025 (véase nota del Timesof Israel) y 4 el 11 de enero (véase nota del TimesofIsrael) de los cuales uno tenía 21 años y dos tan solo 19 años.

Vacacionar luego de haber cometido crímenes en Gaza: experiencias recientes observadas en Brasil y en Chile

A miles de kilómetros de Gaza, en Brasil, el primer fin de semana del 2025 de un soldado israelí sospechoso de cometer crímenes de guerra le significó una rocambolesca escapada in extremis a una solicitud de arresto de la justicia brasileña, gracias a gestiones realizadas por los diplomáticos de Israel en Brasil cuyos detalles no han trascendido.

Normalmente, una orden de arresto de la justicia es notificada a las autoridades aeroportuarias y migratorias y en este preciso caso, el interesado logró burlar los controles abandonando el territorio brasileño en el primer vuelo comercial disponible. ¿Cómo lo logró? No se sabe, pero esta nota de CNN indica que las autoridades de Israel van a ordenar ocultar la verdadera identidad de sus nacionales cuando son llamados a dar entrevistas para evitar en el futuro este tipo de problemas.

En este artículo del New York Times del 9 de enero, se indica que es muy probable que este caso detectado en Brasil no sea un caso aislado, sino que muchos otros casos similares se observen en el futuro:

«Unlike more senior leaders, lower-level soldiers do not usually have diplomatic immunity, or the resources to research which jurisdictions may leave them vulnerable to war crimes complaints«.

En esta otra nota del TimesofIsrael del 9 de enero, se señala que las autoridades isralíes establecerán una lista de destinos «seguros» y otros menos «seguros», sin que se tenga claridad sobre los cirterios usados:

«IDF reservists who fought in Gaza are being advised to first check with the Foreign Ministry regarding the level of danger in any country they wish to visit«.

En esta otra nota del TimesofIsrael del 15 de enero del 2025, al parecer Italia ya no es un destino «seguro».

La complicación súbita de lo que parece eran sus vacaciones en América Latina también la sufrió un soldado israelí que se encontraba en el extremo sur de Chile y que ha sido objeto de una acción de varias ONG ante los tribunales chilenos (véase nota de Radio UChile del 28 de diciembre). Se esperaría de las autoridades aeroportuarias y migratorias chilenas, de las aerolíneas acreditadas en los aeropuertos de Chile, y de la policía de frontera chilena un mayor cuidado, en aras de que no se pueda replicar lo observado en Brasil el pasado 5 de enero del 2025.

Es de señalar que este tipo de acciones legales ante tribunales nacionales también se han presentado ante tribunales europeos, sobre todo en el caso de soldados israelíes poseedores de un pasaporte europeo además del israelí, y sospechosos de haber cometido crimenes de guerra en Gaza.

En el caso de Costa Rica, en marzo del 2024, un reportaje de la televisión costarricense (véase nota) hizo ver que reservistas israelíes pasan de la paradisiaca playa de Santa Teresa en Cóbano a combatir en Gaza en cuestión de pocas horas, lo cual puede plantear algunas interrogantes muy válidas. Y de paso arrojar algunas pistas sobre lo que pudo motivar la sorprendente mención hecha de Costa Rica y de Irán en una sola frase por parte del Primer Ministro de Israel en uno de sus viajes a Estados Unidos en el 2017 (véase nota de La Nación: «hablamos de Costa Rica o de Irán» (sic.) y nota del Tico Times). A la fecha, no se conoce de algún tipo de explicación sobre tan extraña analogía entre Irán y Costa Rica hecha en la mente del actual Primer ministro de Israel.

Además de la precitada playa de Santa Teresa en el Cóbano, en la que murió un israelí al parecer asesinado por otros israelíes en el mes de abril del 2021 (véase nota del 2021 de DiarioExtra), existen varias otras playas que conocen un gran éxito en Israel como destino turístico. A la fecha de escribir estas líneas (9 de enero del 2025), no ha trascendido nada con relación a alguna acción legal similar a las observadas en Brasil y en Chile por parte de alguna autoridad judicial costarricese. Nótese que la prensa nacional informó de un soldado en Gaza con pasaporte costarricense (véase nota de Teletica de noviembre del 2024), sin brindar mayores detalles sobre el tipo de operaciones en las que ha estado involucrado.

La solicitud de Irlanda en breve

En su solicitud de intervención de 23 páginas (véase texto), Irlanda procede a detallar algunos argumentos con relación a la interpretación de las principales disposiciones de la convención contra el genocidio de 1948. Cabe precisar que, como Estado Parte a la convención contra el genocidio de 1948, Irlanda busca con esta solicitud hacer ver a los jueces de la CIJ que deberán también guiarse por las interpretaciones que mejor respondan al espíritu de dicha convención. La solicitud se fundamenta en el Artículo 63, inciso 2 del Estatuto de la CIJ, una disposición que se lee de la siguiente manera:

«Artículo 63:

  1. Cuando se trate de la interpretación de una convención en la cual sean partes otros Estados además de las partes en litigio, el Secretario notificará inmediatamente a todos los Estados interesados.
  2. Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él».

En la página 7 se detalla por parte de Irlanda que:

«20. Accordingly, Ireland has construed and applied Article I of the Convention as obliging Contracting Parties to prevent and punish commission of the crime of genocide and to refrain themselves from committing genocide. State responsibility under Article I will be engaged where the State has itself committed genocide or where it has failed to prevent its commission by persons acting on its behalf (whether ultra vires or not) or within its effective control.

  1. Therefore, in Ireland’s view the Convention should be considered not only as a criminal law instrument that obliges Contracting Parties to establish jurisdiction over, and punish commission of, the crime of genocide by individuals, but also as a human rights instrument that obliges them not to commit genocide as well as to prevent genocide against any national, ethnical, racial and religious group (a ‘protected group’) under their protection or within their power«.

Por otra parte, en la página 18 se explica por parte de Irlanda que:

«In respect of Article II (c) of the Convention, having regard to the object and purpose of the Convention, Ireland contends that the infliction of conditions oflife calculated to bring about the physical destruction of the protected group must also be construed and applied broadly. The Court has recognised Article II (c) as including ‘methods of physical destruction, other than killing. whereby the perpetrator ultimately seeks the death of the members of the group. ‘

In its Bosnia Judgment, the Court, while declining to reach a finding of genocide in that case, acknowledged that acts of encirclement, shelling and starvation could constitute material elements of genocide for the purposes of Article II ( c ). Again, the conditions of life imposed on the protected group, in whole or part, will have different impacts on different categories of group members, with vulnerable members such as children being more susceptible to adverse conditions, such as starvation«.

Se lee también que para Irlanda, la intención deliberada de realizar acciones militares que afecten la vida y la salud de menores de edad no debe ser entendida como algo casual (que algunos Estados, ejércitos y asesores legales de los mismos, denominan como «daños colaterales«), sino muy por el contrario (páginas 19-20):

«In assessing whether a pattern of conduct may disclose a genocidal plan or campaign, Ireland respectfully submits that extra weight should be given to evidence of the effects of the material acts of genocide on children, and on the consequences of such acts for the long-term viability of the protected group. This is especially important in the context of armed conflict where recent studies have concluded that children are up to seven times more likely to be killed by explosive weapons, and that hunger and malnutrition affects them much earlier and more severely.

Where there is evidence that children of the protected group have been particularly targeted, or that the conduct targeting the group made no distinction between child and adult members ofit, certain conclusions can be drawn. As children are essential to the continued existence of any human group, acts constituting the material elements of genocide directed at, or without making distinction for, child members of the group will have an obviously significantly greater impact on the resilience and ultimate survival of the group than the same acts directed at a similar or larger number of adult members.

Moreover, the psychological effects of these acts on surviving children may greatly impair their capacity to contribute to the growth of the group in the future. It therefore follows that certain reasonable inferences can be drawn from acts directed against, or failing to distinguish, child members of the group«.

También se hace ver por parte de Irlanda que las declaraciones oficiales escuchadas en Israel desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 revisten particular relevancia, así como la ausencia de recriminaciones o sanciones contra sus autores (página 20):

«Regular public statements made on behalf of State organs, or by persons or entities empowered to exercise govemmental authority, that denigrate the protected group, as such, or that incite hatred or fear of it should, in Ireland’s view, be considered as forming a pattern of conduct from which reasonable inferences can be drawn for the purposes of the Convention. Likewise, measures that systematically discriminate against or persecute the group should also form part of a pattern of conduct to be assessed. In its construction of the Convention, Ireland has attached importance to the role a tolerant political environment plays in safeguarding the existence of any protected group within a wider society».

Los puntos aquí indicados son una pequeña parte del escrito remitido por Irlanda a los jueces de la CIJ en La Haya, y se recomienda una lectura integral del documento: ello en aras de comprender mejor la importancia que estos y otros argumentos puedan nutrir la reflexión de los jueces a la hora de elaborar su decisión sobre el fondo.

Europa ante el drama indecible que vive Gaza

Con la solicitud de Irlanda, se contabiliza la segunda solicitud de intervención presentada por un Estado miembro de la Unión Europea (UE) a la CIJ en apoyo a la demanda de Sudáfrica contra Israel, después de España, que lo hizo el 28 de junio del 2024 y que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 1).

Tratándose de la UE, una organización regional que cuenta con 27 Estados miembros cuya política exterior se fundamenta en los derechos humanos y la lucha contra la impunidad, así como el respeto a las obligaciones internacionales derivadas de instrumentos internacionales, el número tan reducido de Estados apoyando la demanda de Sudáfrica evidencia su inconsistencia con los principios pregonados en una multitud de foros internacionales.

De paso, esta inconsistencia recuerda el titular de esta nota del Semanario Universidad de noviembre del 2023 sobre la reserva observada por Costa Rica (véase nota) para denunciar las exacciones cometidas por Israel en Gaza y que se lee como sigue: «Costa Rica es incoherente en su posición respecto a Gaza, mientras pesa la negociación de un TLC con Israel«.

Volviendo a Europa, la misma sensación de incoherencia aflora al leer por un lado el compromiso que pretende tener la UE con la justicia penal internacional y con la Corte Penal Internacional /CPI (véase comunicado oficial del 17 de julio del 2024); y por otro lado, el hecho que los Estados que han remitido con carácter urgente al Fiscal de la CPI una solicitud («referral«) ante el drama que se vive en Gaza hayan sido en un primer momento Bangladesh, Bolivia, Islas Comoras, Djibuti y Sudáfrica ( véase texto de solicitud urgente del 17 de noviembre del 2023), seguidos por Chile y México en enero del 2024 (véase comunicado oficial de Chile).

Este 9 de enero del 2025, Polonia anunció oficialmente haber tomado todas las previsiones del caso para que el Primer Ministro y su comitiva puedan realizar su visita prevista el proximo 27 de enero sin mayor complicación, con ocasión de la conmemoración de la liberación del campo de concentración de Auschwitz-Birkenau (véase nota del Washington Post). Como bien se sabe, Polonia ha ratificado el Estatuto de Roma de 1998 y debe cumplir con las obligaciones internacionales que derivan de este instrumento. Unas obligaciones que Francia también debería respetar y que sin embargo, su actual Poder Ejecutivo pareciera dispuesto a ignorar en el caso del Primer Ministro de Israel (Nota 2).

Este 9 de enero del 2025 también se adoptó por parte del congreso norteamericano una ley para sancionar al personal de la CPI por investigar y ordenar el arresto de dos dirigentes israelíes (véase nota del New York Times): un texto a todas luces insólito, adoptado con 247 votos a favor y 155 en contra (véase nota de CNN), pero que pone en evidencia la capacidad de cabildeo que tienen los círculos de influencia a favor de Israel dentro de la clase política de Estados Unidos. La posición externada unos días antes por un numeroso grupo de organizaciones de la sociedad civil en Estados Unidos (véase comunicado conjunto) da cuenta de la oposición a semejante maniobra del congreso norteamericano.

Volviendo a la CIJ, es de notar que la titular de la cartera diplomática de Bélgica había anunciado su intención de realizar una solicitud de intervención ante la CIJ para apoyar a Sudáfrica en marzo del 2024, anuncio no seguido de efectos (véase nota de TV5Monde del 11 de marzo del 2024). En similar situación se encuentra un anuncio oficial hecho por la diplomacia de Egipto (véase nota de Reuters de mayo del 2024).

Un reducido núcleo de Estados comprometidos con la justicia internacional en Gaza

Irlanda viene así a sumarse a solicitudes similares presentadas por varios Estados ante la CIJ, en apoyo a la demanda de Sudáfrica, a saber: Bolivia, Chile, Colombia, España, Islas Maldivas, Nicaragua, Palestina, Turquía y México. Se trata de Estados que, observando las mismas desgarradoras imágenes que provienen de Gaza día tra día desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, han decidido apoyar, más allá de los anuncios, la demanda presentada por Sudáfrica contra Israel desde el 30 de diciembre del 2023 ante la justicia internacional de La Haya.

Jurídicamente, únicamente los Estados que son Estados Partes a la convención contra el genocidio de 1948 (véase listado oficial) tienen la posibilidad de solicitar dicha intervención: según el tablero precitado sobre el estado de firmas y de ratificaciones, son en total 153 Estados los que han ratificado dicha convención.

El último Estado antes de Irlanda en haber presentado una gestión similar ante los jueces de la CIJ fue Bolivia el 8 de octubre del 2024 (véanse el comunicado de prensa oficial en francés y en inglés de la CIJ del 9 de octubre y también el comunicado oficial sobre esta gestión difundido por la misma diplomacia boliviana) que analizamos en su momento (Nota 3). Se trata (Bolivia) de la solicitud d eintervención número 5 proveniente de América Latina, despues de la que tempranamente en enero del 2024 presentó Nicaragua, seguida por la de Colombia (abril), de México (mayo), de Chile (septiembre) y que tuvimos la oportunidad de analizar cuando Bolivia la presentó en octubre del 2024 (Nota 4). A diferencia de las demás solicitudes, la de Nicaragua se distingue en razón de la base jurídica utilizada, a saber elArtículo 62 del Estatuto de la CIJ y no el Artículo 63, inciso 2 (Note 5).

No está de más señalar, con respecto a la CPI, que este 13 de enero del 2025 el Fiscal de la CPI contestó un escrito tardío presentado por Israel ante la Sala de Apelaciones en diciembre del 2024, para intentar restarle validez jurídica a las órdenes de arresto confirmadas por la Sala de lo Preliminar de la CPI: en su contestación (véase escrito), el Fiscal de la CPI rechaza uno tras uno todos los argumentos presentados por Israel pidiendo que se desestimen.

A modo de conclusión

El ensañamiento de Israel contra la población civil de Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023 es observable por parte de todos los miembros de la comunidad internacional. No obstante, no todos los Estados parecieran dispuestos a activar los mecanismos jurisdiccionales existentes a su disposición en aras de obligar a Israel a responder por sus actos ante la justicia internacional.

Pese a ello, tuvimos recientemente la oportunidad de explicar cómo el cerco de la justicia internacional (y también nacional en el caso de algunos Estados) se va lentamente cerrando sobre Israel, sobre sus máximas autoridades y sobre algunos de sus soldados que por alguna razón se encuentran viajando como turistas en América Latina después de haber cometido crímenes de guerra en Gaza (Nota 6).

En el marco de otro procedimiento de la CIJ, el procedimiento consultivo, el 2024 concluyó con una ordenanza de la CIJ para tramitar la solicitud de opinión consultiva desde la Asamblea General de Naciones Unidas ideada en un primer momento por Noruega, que tuvimos igualmente la ocasión de analizar en cuanto a sus alcances y sus perspectivas (Nota 7).

– – Notas – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes sobre la solicitud de intervención presentada por España ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)»3 de julio del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 2: Con relación al las órdenes de arresto confirmadas por la CPI contra dos dirigentes de Israel y un jefe militar del Hamás, Francia externó un comunicado oficial sumamente cuestionable: véase al respecto MAISON R., «France, l´amitié avec Israël comme excuse de la violation du droit international«, Oriente XXI, édición del 19 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.  En una nota que editamos a destinación del público de habla francesa sobre las órdenes de arresto confirmadas por la CPI el pasado 21 de noviembre, y titulada «Gaza / Israël : la portée des mandats d’arrêt délivrés récemment par la Cour Pénale Internationale (CPI) et la surprenante réaction officielle de la France» nos permitimos explicar que: «Cette ligne jurisprudentielle appliquée aux visites de chefs d´Etat étrangers en France mérite une explication un peu moins juridique que nous allons tenter de donner : on peut serrer la main de tout chef d´Etat étranger sur le perron de l’Elysée, y ajouter les accolades de rigueur, sourires affables et poses devant les journalistes, et ce chef d’Etat bénéficie sur le territoire de la France de l’immunité accordée à tout chef d’Etat. Et ce même si il est suspecté de commettre un génocide, des crimes de guerre, des crimes contre l’humanité ou d’autres violations graves des droits de l´homme. A la question que toute personne peut légitimement se faire «Mais,… ils sont nombreux ces chefs d’Etat étrangers?», on peut répondre qu’il y en a effectivement un bon nombre. Par contre, et dans ce cas le nombre est bien moindre, lorsque ces accusations ont été soigneusement examinées et méticuleusement documentées par le Procureur de la CPI, puis revues méthodiquement par trois juges de la CPI, et que ce chef d’Etat étranger fait finalement l’objet d’un mandat d’arrêt délivré par une Chambre préliminaire de la CPI, le droit international s’impose automatiquement aux autorités françaises en vertu du Statut de Rome : on procède alors à la capture de ce même chef d’Etat s’il se trouve en France par les autorités nationales compétentes, et on le remet sans tarder aux juges de la CPI à La Haye. Fini le temps des accolades devant les caméras«.

Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 4: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Bolivia ante la CIJ«, 9 de octubre del 2024. Texto disponible ici.

Note 5: La especificidad de Nicaragua en su solicitud de intervención depositada el 23 de enero del 2024 (véase texto en francés y en inglés) es la siguiente: mientras que Irlanda, al igual que otros Estados, invoca el Artículo 63 inciso 2 del Estatuto de la CIJ (véase texto), que permite a todo Estados parte a una convención intervenir cuando se trata de interpretar el alcance de sus disposiciones, Nicaragua (así como Palestina) han invocado el Artículo 62. La posición de Nicaragua (véase texto de su solicitud de intervención en francés y en inglés) busca llevar hasta sus últimas consecuencias la idea que la prohibición del genocidio es una norma imperativa del derecho internacional público (denominada también «norma de ius cogens» según el Artículo 53 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados de 1969): todos los Estados deberían, en buena lógica, tener un interés jurídico en que se respete esta prohibición y en que la obligación de prevenir un genocidio sea considerada como una norma imperativa de acatamiento obligatorio para todos los Estados. Una relectura de la solicitud de Nicaragua sobre la base de este elemento permite entender mejor las numerosas referencias hechas a esta categoría específica de normas del derecho internacional público, raramente invocada ante los jueces de la CIJ.

Nota 6: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes desde Costa Rica con relación al cerco de la justicia que se cierra poco a poco«, 3 de enero del 2025. Texto disponible aquí.

Nota 7: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: la reciente ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el marco de la solicitud de opinión consultiva«, 26 de diciembre del 2024. Texto disponible aquí.

Gaza / Israel: a propósito del depósito por parte de Sudáfrica de su memoria ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Foto extraida de artículo de prensa en Israel (Magazine+972) del bombardeo del 10 de septiembre sobre un campo de desplazados y refugiados en Gaza, publicado el 12 de septiembre del 2024 y titulado «People torn to pieces in Israeli airstrike on Gaza displacement camp». Se puede apreciar el tipo de artefactos explosivos que usa intencionalmente Israel en zonas densamente pobladas como campamentos de desplazados en Gaza bajo el argumento de eliminar a uno o a dos combatientes del Hamás.

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

«Since 7 October 2023, at least 150,000 Palestinians have been killed, injured, maimed or are missing – most of them women and children. Entire families have been exterminated, generations erased, and babies left limbless before they could crawl.

The violence that Israel has unleashed against the Palestinians post-7 October is not happening in a vacuum, but is part of a long-term intentional, systematic and State-organised forced displacement, intended to erase the Palestinians from their own land and allow Israel to fully annex Palestinian territory. These plans are now expanding to Lebanon, Albanese said«. 

Extracto de una nota de prensa de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de  Naciones Unidas del 31 de octubre del 2024 (véase texto), pasada por alto por la mayoría de los grande medios de prensa internacionales y agencias de noticias. De igual forma, el informe al que refiere: informe A/79/384 (véase enlace), titulado «El genocidio como supresión colonial«.

El pasado 28 de octubre del 2024, Sudráfrica ha anunciado mediante un comunicado oficial (véase texto) haber remitido formalmente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) su memoria a los jueces de la CIJ, en el marco de la demanda por genocidio en Gaza interpuesta contra Israel desde el 30 de diciembre del 2023. 

La memoria es un documento escrito que constituye la primera pieza en un procedimiento contencioso sobre el fondo que deposita un Estado demandante ante la CIJ. Este primer documento será respondido por el Estado demandado (Israel) en su momento con el depósito de una «contramemoria«. Una segunda ronda de alegatos escritos usualmente luego seguirá en el marco del procedimiento. 

Se trata de un documento que no es público hasta tanto no se de lectura a la sentencia final sobre el fondo por parte de los jueces de la CIJ.

Según las autoridades de Sudáfrica, el documento de más de 750 páginas recoge las siguientes pruebas que confirman la intención genocida de las actuales autoridades de Israel:

«The Memorial – the name for the document recording the main case of South Africa against Israel – contains evidence which shows how the government of Israel has violated the genocide convention by promoting the destruction of Palestinians living in Gaza, physically killing them with an assortment of destructive weapons, depriving them access to humanitarian assistance, causing conditions of life which are aimed at their physical destruction and ignoring and defying several provisional measures of the International Court of Justice, and using starvation as a weapon of war and to further Israel’s aims to depopulate Gaza through mass death and forced displacement of Palestinians.

The evidence will show that undergirding Israel’s genocidal acts is the special intent to commit genocide, a failure by Israel to prevent incitement to genocide, to prevent genocide itself and its failure to punish those inciting and committing acts of genocide«.

Como señalado anteriormente, el depósito de esta primera pieza escrita responde a los tiempos de la justicia internacional, dentro del marco de un procedimiento contencioso clásico entre dos Estados ante la CIJ.

Breve puesta en contexto

Como se recordará, Sudáfrica tempranamente se percató que la verdadera operación de venganza israelí por lo sufrido el 7 de octubre del 2023 en Israel podría rapidamente degenerar en una política de destrucción sistemática y exterminio en Gaza de la población civil. Es así como, usando como base de competencia de la CIJ en su demanda contra Israel la convención sobre el genocidio de 1948 (a la cual son Estados Partes Israel y Sudáfrica, así como 151 otros Estados más – véase estado oficial de firmas y ratificaciones -), Sudáfrica interpuso una demanda formal contra Israel en los últimos días del 2023 ante el juez de La Haya.

Este emblemático instrumento universal contra el genocidio define el crímen de genocidio de la siguiente manera (véase texto integral de dicha convención). Se reproduce a continuación la definición, de manera que nuestros estimables lectores puedan compararla a algunos escritos circulando que sostienen que esta noción jurídica no aplica a la situación que vive la población palestina de Gaza desde la tarde/noche del mismo 7 de octubre:

«Artículo II: En la presente Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpretados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:

  1. a) Matanza de miembros del grupo;
  2. b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
  3. c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
  4. d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
  5. e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo».

La demanda de Sudáfrica contra Israel fue formalmente presentada el 29 de diciembre del 2023 y es un documento público: véase el texto en inglés y en francés. Esta demanda fue acompañada de una solicitud de medidas provisionales de carácter urgente contra Israel (véase de igual manera el texto en inglés y en francés). 

Esta solicitud de medidas de carácter urgente fue respondida en un primer momento por la CIJ en su ordenanza del 26 de enero del 2024 (véase texto en inglés y en francés). En un segundo momento, a raíz del accionar desproporcional e indiscriminado de Israel en Gaza, la CIJ emitió una segunda ordenanza el 28 de marzo del 2024 (véase texto en inglés y en francés). Ante la inminencia de un nuevo ataque sobre el campo de refugiados y desplazados en Rafah, Sudáfrica nuevamente activó este mecanismo, a lo cual la CIJ respondió esta vez de manera mucho más afirmativa el 24 de mayo del 2024 (véase texto en inglés y en francés). Es probable que Sudáfrica vuelva a recurrir a una nueva solicitud de este tipo, en aras de exponer aún más a Israel y su actitud desafiante ante los jueces de la CIJ.

Es de notar que estas tres ordenanzas se tomaron (véase detalle de los párrafos finales dispositivos y de los votos a favor y en contra de cada punto resolutivo) por casi unanimidad entre los 15 integrantes de la CIJ y el juez ad hoc designado por Israel. En el párrafo 51 de la última ordenanza de mayo del 2024, los puntos resolutivos se adoptaron con 14 votos contra 2 e incluso 15 contra uno (véase texto en inglés y en francés): lo cual constituye un detalle formal de gran relevancia, a comparar con los numerosos editorialistas, analistas y «expertos» que se sienten obligados a replicar los argumentos defendidos por Israel como válidos ante el juez de La Haya en sus columnas de opinión. 

Las decisiones de la CIJ y su irrespeto por parte de Israel en Gaza

Ante estas diversas ordenanzas del juez de La Haya, la actitud de Israel ha consistido en no modificar en lo más mínimo sus acciones militares en Gaza y en desafiar abiertamente a la justicia internacional, manteniendo bombardeos incesantes sobre Gaza día y noche con elevados saldos de muertos y heridos entre la población civil palestina de Gaza, en flagrante violación a las reglas que imperan en derecho internacional humanitario.

En la precitada ordenanza de mayo del 2024 se lee al párrafo 27 que la CIJ toma nota de la actitud de Israel, al advertir qe:

«27. The Court recalls that, in its Order of 26 January 2024, it noted that the military operation conducted by Israel following the attack of 7 October 2023 had resulted in “a large number of deaths and injuries, as well as the massive destruction of homes, the forcible displacement of the vast majority of the population, and extensive damage to civilian infrastructure” (Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide in the Gaza Strip (South Africa v. Israel), Provisional Measures, Order of 26 January 2024, para. 46). In its decision communicated to the Parties by letters of 16 February 2024, the Court noted, quoting the United Nations Secretary-General, that the developments in the Gaza Strip, and in Rafah in particular, “would exponentially increase what [wa]s already a humanitarian nightmare with untold regional consequences” (see paragraph 8 above). The Court further recalls that, in its Order of 28 March 2024, it observed with regret that the catastrophic living conditions of the Palestinians in the Gaza Strip had deteriorated further since January 2024, especially in view of the prolonged and widespread deprivation of food and other basic necessities to which the Palestinians in the Gaza Strip had been subjected (Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide in the Gaza Strip (South Africa v. Israel), Request for the Modification of the Order of 26 January 2024 Indicating Provisional Measures, Order of 28 March 2024, para. 18)«.

«27. La Cour rappelle que, dans son ordonnance du 26 janvier 2024, elle a noté que l’opération militaire conduite par Israël à la suite de l’attaque du 7 octobre 2023 avait fait « de très nombreux morts et blessés et causé la destruction massive d’habitations, le déplacement forcé de l’écrasante majorité de la population et des dommages considérables aux infrastructures civiles » (Application de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide dans la bande de Gaza (Afrique du Sud c. Israël), mesures conservatoires, ordonnance du 26 janvier 2024, par. 46). Dans la décision qu’elle a communiquée aux Parties par lettres du 16 février 2024, elle a relevé, en citant le Secrétaire général de l’ONU, que l’évolution de la situation dans la bande de Gaza, et en particulier à Rafah, « pourrai[]t entraîner une aggravation exponentielle de ce qui [étai]t d’ores et déjà un cauchemar humanitaire aux conséquences régionales insondables » (voir ci-dessus, paragraphe 8). La Cour rappelle également que, dans son ordonnance du 28 mars 2024, elle a observé avec regret que les conditions désastreuses dans lesquelles vivaient les Palestiniens de la bande de Gaza s’étaient, depuis janvier 2024, encore détériorées, en particulier au vu de la privation prolongée et généralisée de nourriture et d’autres produits de première nécessité à laquelle ceux-ci étaient soumis (Application de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide dans la bande de Gaza (Afrique du Sud c. Israël), demande tendant à la modification de l’ordonnance du 26 janvier 2024 indiquant des mesures conservatoires, ordonnance du 28 mars 2024, par. 18)«

Reiterar advertencias hechas por la misma CIJ puede ser interpretado de diversas maneras: en nuestra opinión, la CIJ busca desde ya señalarle a Israel que, en su decisión sobre el fondo, dará plena validez a los argumentos presentados por el equipo jurídico sudafricano.

La insensatez de la respuesta militar de Israel en Gaza

En este mes de octubre del 2024, se presentó ante la Asamblea General de Naciones Unidas el informe A/79/384 (véase enlace), titulado «El genocidio como supresión colonial» por parte de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos ocupados desde 1967:su lectura completa se recomienda, al analizar y detallar la documentada intención genocida de las actuales autoridades israelíes en Gaza (léanse en particular los párrafos 11-23 y los párrafos 42-48, así como 68-82). En esta nota del servicio de prensa de Naciones Unidas del 30 de octubre del 2024, se puede escuchar su presentación en español; nuestros estimables lectores podrán por sí mismos verificar si esta nota de prensa fue referenciada en los prinicipales medios de prensa en Costa Rica o si, como suele suceder, las agencias internacionales de noticias y los grandes medios de prensa internacionales hicieron caso omiso de la misma.

Por otro lado, en un largo artículo sobre su conversación con jóvenes soldados israelíes que intentaron como estudiantes pertubar una de sus conferencias en Estados Unidos, se lee por parte de un de los grandes historiadores del genocidio y especialista de la Shoa (véase artículo publicado en septiembre del 2024 en Orient XXI) que, desde al ataque en Rafah de mayo del 2024, su lectura es otra sobre las intenciones de Israel:

«Ce n’est plus ce que je crois. Lors de mon séjour en Israël, j’avais fini par me convaincre que, depuis au moins l’offensive contre Rafah le 6 mai 2024, il n’était plus possible de nier qu’Israël s’était rendu coupable de crimes de guerre, de crimes contre l’humanité et d’actions génocidaires systématiques. Cette attaque contre le dernier refuge de la population gazaouie — dont la plupart des membres avaient déjà été déplacés à plusieurs reprises par l’armée israélienne, qui les parquait de nouveau dans une soi-disant zone de sécurité — témoignait non seulement d’un mépris total pour les normes humanitaires, mais trahissait aussi l’objectif ultime d’Israël depuis le tout début du conflit : rendre l’entièreté de la bande de Gaza inhabitable et réduire sa population à tel état d’impuissance qu’elle se verrait vouée à l’extinction ou chercherait par tous les moyens à fuir ce territoire ravagé«.

El último informe de situación en Gaza al 29 de octubre (véase enlace) detalla cómo se ha mantenido un dramático saldo de muertes y de heridos en Gaza en las últimas semanas, con un saldo total que supera las 43.000 muertes identificadas (y un saldo desconocido de personas muertas cuyos cuerpos yacen bajo lo escombros o no logran ser identificados cuando son recuperados por los equipos de rescate o por otras personas):

» Between the afternoons of 22 and 29 October, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 343 Palestinians were killed and 914 were injured. Between 7 October 2023 and 29 October 2024, at least 43,061 Palestinians were killed and 101,223 were injured, according to MoH in Gaza. The MoH further reported that these figures do not include the mass casualty incident in Beit Lahya on the morning of 29 October, nor the casualties in North Gaza on 25 and 26 October (see below). 

Between the afternoons of 22 and 29 October, nine Israeli soldiers were reportedly killed in Gaza, according to the Israeli military. Between 7 October 2023 and 29 October 2024, according to the Israeli military and official Israeli sources cited in the media, more than 1,565 Israelis and foreign nationals were killed, the majority on 7 October 2023 and its immediate aftermath. The figure includes 365 soldiers killed in Gaza or along the border in Israel since the beginning of the ground operation. In addition, 2,373 Israeli soldiers were reported injured since the beginning of the ground operation«. 

Con relación a las cifras exactas de muertes en Gaza se lee en un artículo publicado el 5 de julio del 2024 en la revista científica The Lancet y titulado «Counting the dead in Gaza: difficult but essential», que es una cifra cercana a las 186.000 personas fallecidas las que se debería estimar en Gaza (con un corte al 19 de junio del 2024):

«In recent conflicts, such indirect deaths range from three to 15 times the number of direct deaths. Applying a conservative estimate of four indirect deaths per one direct death to the 37 396 deaths reported, it is not implausible to estimate that up to 186 000 or even more deaths could be attributable to the current conflict in Gaza. Using the 2022 Gaza Strip population estimate of 2 375 259, this would translate to 7·9% of the total population in the Gaza Strip». 

En un reciente artículo publicado por The Guardian el pasado 5 de septiembre (véase texto), se lee que:

«If deaths continue at this rate – about 23,000 a month – there would be an additional 149,500 deaths by the end of the year, some six and half months from the initial mid-June estimate. Using the method, the total deaths since the conflict began would be estimated at about 335,500 in total«.

Estas variaciones entre las estimaciones sobre el drama indecible que se observa en Gaza varían debido a la falta de presencia de organizaciones internacionales para investigar lo que ahí ocurre y debido a la elimincación física de periodistas por parte de Israel: al 31 de octubre se registra el asesinato deliberado de 134 periodistas y comunicadores palestinos en Gaza desde el 7 de octubre del 2023 (véase informe del CPJ: una dato escalofriante que, al menos a la fecha, no ha dado lugar a condena alguna por parte del Colegio de Periodistas de Costa Rica.

Estas estimaciones son en parte respaldadas, desde la misma Israel, por diversas manifestaciones de altos oficiales confirmando la comisión de crímenes de guerra así como de actos de tortura contra prisioneros palestinos (véase, entre muchos, este documento interno del 26 de junio de un alto mando militar al Primer Ministro circulado en redes sociales así como este detallado artículo publicado en Israel por el medio digital Magazine+972 sobre testimonios de personas palestinas detenidas en la base militar ubicada en desierto del Neguev, Sde Teiman, dado a conocer el pasado 27 de junio y titulado «‘More horrific than Abu Ghraib’: Lawyer recounts visit to Israeli detention center. At Sde Teiman, Khaled Mahajneh found a detained journalist unrecognizable as he described the facility’s violent and inhumane conditions»).

Desde la perspectiva ambiental esta vez y su impacto sobre los derechos humanos de la población civil en Gaza este reciente informe de octubre del 2024 titulado «Ecocide: Israel´s deliberate and systematic environmental destruction in Gaza«, detalla el alcance del ecocidio intencional al que está procediendo Israel. En sus conclusiones (página 26) se señala que:

 «In conclusion, combined environmental and health consequences indicate a deliberate strategy aimed at systematically undermining the survival and well-being of the Palestinian population of Gaza, clearly demonstrating a calculated intent to inflict conditions of life designed to bring about its destruction«.

En meses anteriores se leyó por parte de un jurista que la detrucción deliberada de los suelos agrícolas en Gaza constituye un crímen de guerra:

«Viewed from this perspective, the destruction of agricultural land that undeniably contributes to the sustenance of civilian populations in Gaza is conceivably an inhumane means of warfare conducted by the Israeli Defence Forces (IDF)» (Nota 1)

Es muy probable que la perspectiva ambiental también haya sido incorporada a la memoria de Sudáfrica, como prueba irrefutable de la intención deliberada de Israel de volver en el futuro invivible la vida humana en Gaza.

Para entender mejor la insensatez de la estrategia de Israel en Gaza, no está de más referir a esta entrevista a una de las grandes especialistas francesas sobre Oriente Medio, a raíz de la publicación de su libro que presentó en los primeros días del mes de octubre, titulado «Le livre noir de Gaza» (así como a esta nota en Libération y a esta otra en Le Monde del 8 de ocubre).

Los plazos de presentación de escritos

Como bien se sabe, la solicitud de medidas provisionales de carácter urgente constituye un incidente procesal, y en sus ordenanzas, la CIJ no puede ordenar medidas que anticipen su decisión final sobre el fondo. 

Adicionalmente, la demanda sobre el fondo debe respetar el plazo establecido y las dos etapas procesales ante el juez de La Haya: una primera etapa escrita con dos rondas de alegatos, y una etapa oral, luego de la cual los jueces de la CIJ iniciarán sus deliberaciones. Precisamente, el 4 de abril del 2024, la CIJ emitió una ordenanza fijando el cronograma de entregas de la memoria (Sudáfrica) y contra memoria (Israel): véase texto en inglés y en francés que fija al 28 de octubre del 2024 la entrega de la memoria y al 28 de julio del 2025 la contramemoria. Deberá lugeo adoptar otra ordenanza sobre los plazos de entrega de la réplica (Sudáfrica) y dúplica (Israel).

Se lee en esta misma ordenanza de abril del 2024 que Sudáfrica solicitaba 12 meses para la preparación de estos primeros escritos, al tiempo que Israel consideraba que 6 meses eran suficientes. La CIJ en esta ordenanza de abril del 2024 se inclinó, como lo ha hecho a menudo en el pasado, por un plazo de tiempo intermedio (9 meses), con lo cual, Israel deberá entregar su contramemoria en julio del 2025.

Otro incidente procesal en un procedimiento contencioso, es la solicitud de intervención de Estados terceros cuando se trata de una controversia entre dos Estados sobre la interpretación de disposiciones de un instrumento jurídico del que es también Estado Parte el Estado que solicita intervenir (Artículo 63 del Estatuto de la CIJ): tuvimos la oportunidad de analizar la última registrada el 8 de octubre presentada por Bolivia (véase texto), en apoyo a Sudáfrica, antecedida por las solicitudes de intervención presentadas por Islas Maldivas (2 de octubre), Chile (12 de septiembre), Turquía (7 de agosto), España (3 de agosto), Palestina (3 de agosto), México (24 de mayo), Libia (10 de mayo), Colombia (5 de abril) y Nicaragua (22 de enero). Si bien, de los 153 Estados Partes a la convención de 1948 sobre genocidio, únicamente este pequeño grupo se ha mostrado dispuesto a apoyar a Sudáfrica ante los jueces de la CIJ (destacándose España como el único Estado miembro de la Unión Europea – UE – en hacerlo), es de notar que ninguno de los aliados de Israel se ha aventurado a solicitar intervenir ante los jueces de La Haya en apoyo a los argumentos defendidos por el aparato diplomático israelí.

A modo de conclusión

Pese a las imágenes desgarradoras que provienen de la franja de Gaza desde la tarde / noche del 7 de octubre del 2023, la justicia internacional no tiene cómo accelerar sus procedimientos. 

Si bien las medidas urgentes ordenadas a Israel desde el mes de enero del 2024 no han logrado surtir efecto alguno en Gaza, el hecho que Israel haya ignorado las tres precitadas ordenanzas de la CIJ la coloca en una posición cada vez más incómoda. Es muy probable que Sudáfrica haya incorporado en su escrito declaraciones oficiales de Israel en contra de los jueces de la CIJ y sus ordenanzas. 

En otro procedimiento ante la misma CIJ, una solicitud de opinión consultiva hecha a la CIJ en diciembre del 2022 por la Asamblea General de Naciones Unidas fue contestada por la CIJ el pasado 19 de julio del 2024, condenando a Israel por su prolongada ocupación en el territorio palestino ocupado (véase texto en inglés y en francés): se trata de una opinión consultiva que muy probablemente Sudáfrica haya incorporado a sus alegatos, al confortar la idea que en Gaza, Israel busca destruir las bases de un futuro Estado palestino con su accionar destructivo, entre otros aspectos (Nota 2). Es de recordar el comunicado oficial de Sudáfrica al darse a conocer el contenida de dicha opinión consultiva de la CIJ (véase comunicado) y las manifestaciones de beneplácito de muchos otros Estados, a contrastar con el mutismo absoluto de los aparatos diplomáticos de Canadá y Estados Unidos sobre esta decisión de la CIJ. 

En un reciente «position paper» (véase documento con fecha del 18 de octubre del 2024) la comisión internacional de investigación creada por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre lo que ocurre en el territorio palestino ocupado, ha hecho hincapié en las obligaciones que derivan también para los demás Estados de esta opinión consultiva de la CIJ: se trata de la obligación de no contribuir con sus lazos con Israel a consolidar y a fomentar dicha ocupación ilegal del territorio palestino ocupado.

Resulta de interés observar que, en aras de desplazar la atención mediática internacional que supone la entrega por parte de Sudáfrica de su memoria a los jueces de la CIJ,fue el mismo 28 de octubre que en Israel se votaron leyes que dificultan aún más a la UNRWA llevar a cabo sus operaciones en favor de los refugiados y desplazados palestinos (véase nota de The Guardian). Una decisión que la UE inmediatamente condenó, al igual que diversos Estados y organizaciones internacionales (véase comunicado de la UE y comunicado de la ONG Amnistía Internacional). En particular, se pueden mencionar el comunicado de Bélgica, el comunicado de Francia y el del Reino Unido (véase texto). También merece mención el comunicado conjunto de cuatro Estados europeos que recientemente reconocieron a Palestina como Estado: Eslovenia, España, Irlanda y Noruega (véase texto). Este 29 de octubre, el Presidente de la Asamblea General de Naciones Unidas recibió una larga carta del Director de la UNRWA, cuya lectura completa se recomienda. Ese mismo día, Noruega anunció una gestión ante la Asamblea General de Naciones Unidas para solicitar una nueva opinión consultiva a la CIJ sobre la necesidad de mantener las operaciones de la UNRWA en el territorio palestino ocupado (véase comunicado oficial del 29 de octubre, muy pocamente difundido y referenciado por parte de las principales agencias de noticias que cubren el ámbito internacional). La misma suerte informativa la ha sufrido la declaración del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas del 30 de octubre, reafirmando la imperiosa necesidad de mantener y consolidar a la UNRWA (véase texto oficial colgado por el aparato diplomático de Slovenia y por la misma UNRWA). 

En América Latina se registró, entre varias reacciones rechazando la legislación adoptada por Israel contra la UNRWA este comunicado oficial de Bolivia, la fuerte condena del jefe de la diplomacia de Brasil ante el Consejo de Seguridad (véase texto oficial de su alocución), así como este comunicado de Chile y el de Costa Rica (Nota 3) o de México (véase nota de prensa), al tiempo que varios otros Estados mantuvieron un incómodo mutismo de sus respectivos aparatos diplomáticos (Argentina, Ecuador, Panamá y Paraguay).

Finalmente, ante otra jurisdicción internacional ubicada en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI), el 28 de octubre del 2024 los representantes de las víctimas palestinas objetaron el reciente escrito remitido por Israel cuestionando la jurisdicción de la CPI (véase documento con fecha del 28 de octubre).

–  – Notas –  –

Nota 1: Véase BAGHERI S., «The silent victim of Israel’s war in Gaza«, Verfassungsblog, edición del 3 de abril del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 2: Sobre esta importante decisión de la CIJ del 19 de julio pasado, muy pocamente analizada en la doctrina europea pese a su enorme relevancia para la causa palestina, véase MAIA C.& POISSONIER G., «Avis de la CIJ de 2024 relatif à l’occupation du Territoire palestinien : une analyse au prisme du droit international des droits humains«, sitio especializado jurídico Actualités Droits – Libertés, 2024, edición del 7 de octubre del 2024.Texto completo disponible aquí. Véase también DUBUISSON F., «Les conséquences de l’avis de la CIJ relatif à l’occupation du Territoire palestinien«, Yaani, edición del 29 de julio del 2024. Texto disponible aquí.  Remitimos también a nuestra nota publicada en español: BOEGLIN N., «Ocupación prolongada y colonización ilegal israelí del territorio palestino: apuntes con relación a la reciente opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)», editada el mismo 19 de julio del 2024 y que recoge las manifestaciones oficiales de algunos Estados. Texto disponible aquí.

Nota 3: El texto del comunicado oficial de Costa Rica del 30 de octubre del 2024 se lee de la siguiente manera (véase enlace):

«Comunicado sobre legislación adoptada por parlamento de Israel contra UNRWA

San José, 30 de octubre del 2024. Costa Rica rechaza la adopción por parte de Israel de legislación contra la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados en Oriente Próximo (UNRWA), la cual hace inviable su labor humanitaria.

Esta nueva legislación impediría que la UNRWA opere en áreas bajo control israelí, lo que llevaría al cierre de sus oficinas en el territorio palestino ocupado. 

La legislación también terminaría unilateralmente el acuerdo entre Israel y UNRWA vigente desde 1967 en el que Israel se comprometió a facilitar el trabajo de UNRWA. Esto eliminará la capacidad de la agencia para cumplir su mandato según lo establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1949.

La función desempeñada por la Agencia es fundamental e insustituible para millones de refugiados palestinos en la región, especialmente en el contexto actual de Gaza.

Adicionalmente, la legislación aprobada por la Knesset establece un precedente sumamente preocupante para el trabajo de las Naciones Unidas y todas las organizaciones del sistema multilateral y podría implicar un incumplimiento por parte de Israel de al menos una de las medidas provisionales impuestas por la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

Costa Rica recuerda que la CIJ en su decisión vinculante del 26 de enero del 2024 en el caso Sudáfrica contra Israel, ordenó a Israel 6 medidas, siendo una de ellas: «Adoptar medidas inmediatas y eficaces que permitan la asistencia humanitaria urgente y los servicios básicos» a Gaza.

Costa Rica se une al apoyo de la comunidad internacional y del Consejo de Seguridad de la ONU en pleno, para la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados en Oriente Próximo (UNRWA), y hace un fuerte llamado a Israel para que no tome ninguna medida que suspenda o limite el mandato ni las operaciones de UNRWA ni de ninguna otra organización humanitaria en Gaza ni en otros territorios ocupados, por las devastadoras consecuencias que tendría para los civiles palestinos en la coyuntura actual.

Comunicación Institucional, 420-2024 Legislación adoptada por parlamento de Israel contra UNRWA, Miércoles 30 de octubre de 2024″

Gaza / Israel: a propósito de la solicitud de México de intervenir en la demanda de Sudáfrica contra Israel ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com

El pasado 28 de mayo, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunció, mediante una comunicado de prensa, haber recibido una solicitud formal de intervención de México en el marco de la demanda de Sudáfrica contra Israel (véase comunicado de prensa en francés y en inglés).

Esta fecha coincide con el anuncio oficial de España (véase comunicado), Irlanda (véase comunicado) y Noruega (véase comunicado) de darle pleno efecto al reconocimiento formal de Palestina como Estado anunciado días atras (véase nota de The Guardian): estos tres Estados de la Unión Europea (UE) rompen de esta manera con la línea tradicional de la UE de no reconocer a Palestina como Estado, y plantean un debate muy válido en el seno de la UE, al contar ya Palestina con el reconocimiento como Estado de 142 Estados en el mundo, previo a este gesto de España, Irlanda y Noruega. Brasil, así como muchos otros Estados, se felicitaron por esta iniciativa conjunta de estos tres Estados europeos (véase comunicado oficial).

Este 30 de mayo, fue Eslovenia la que anunció haber adoptado un decisión similar (véase comunicado oficial).

También este 28 de mayo del 2024 fue la fecha escogida por un importante medio digital israelí para divulgar un extenso reportaje con respecto a las presiones ejercidas directamente por el aparato de inteligencia israelí sobre la ex Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) y personal de esta misma jurisdicción y ello durante 9 años: intercepción de comunicaciones, rastreo del contenido de computadoras de los jueces de la CPI, amenazas directas sobre la ex Fiscal y sus familiares, rastreo de la información propiciada por organizaciones palestinas e israelíes de derechos humanos a la CPI, etc… Como era de prever, este reportaje ha desatado una ola mundial de repudio y de profunda indignación (véase reportaje de Magazine+972 titulado «Surveillance and interference: Israel´s covert war on the ICC exposed«). No está de más señalar que el Estatuto de Roma contiene una disposición – el Artículo 70, en particular incisos e) y f ) – que habilita a la misma CPI a tomar acciones cuando un Estado recurre a este tipo de presiones indebidas sobre su personal.

La tragedia indecible en el campo de refugiados  en Rafah provocada por Israel

Este anuncio de la CIJ fue precedido el 27 de mayo por una condena generalizada al bombardeo por parte de Israel de un campo de refugiados en Rafah, en Gaza.

El repudio es generalizado, dada las advertencias hechas a Israel por sus más cercanos aliados de no iniciar ninguna ofensiva militar en Rafah, al concentrar una cantidad muy alta de desplazados de otras partes de Gaza, y de una ordenanza emitida el 24 de mayo de la CIJ ordenando a Israel suspender de inmediato cualquier acción en Rafah.

Incluso, desde el 7 de mayo, el Secretario General señaló en un comunicado que «Un asalto a Rafah sería un error estratégico, una calamidad política y una pesadilla humanitaria» (véase comunicado oficial). Venezuela había por su parte condenado las primeras acciones en Rafah desde el 6 de mayo (véase comunicado oficial).

Pese a estas y otras advertencias, Israel consideró necesario iniciar sus operaciones en Rafah, provocando reacciones de muchos Estados denunciando una serie de bombardeos indiscriminados sobre un campamento de refugiados en Rafah acaecidos entre el 25 y 26 de mayo: podemos citar, entre muchos, el comunicado oficial emitido por Qatar así como por Sudáfrica. y el comunicado vehemente proveniente de varios expertos en derechos humanos de Naciones Unidas (véase comunicado).

Esta nota de la ONG palestina basada en Gaza Al Mezan, con fecha del 28 de mayo, urge a la comunidad internacional proceder a condenar y a tomar acciones para frenar la completa insensatez del accionar de Israel.

Al respecto, en el caso de las reacciones oficiales registradas en América Latina, remitimos a nuestros estimables lectores a los comunicados oficiales de Bolivia, de Brasil, de Chile, así como de Colombia: su lectura (recomendada) permite luego compararlos con el comunicado oficial de Costa Rica, que evita precisar que el «bombardeo» fue ocasionado por las fuerzas militares de Israel y omite mencionar a Israel en su comunicado (Nota 1).

Desde el 27 de mayo circula un borrador de resolución del Consejo de Seguridad propuesto por Argelia (véase texto) que bien podría forzar a Estados Unidos a desmarcarse esta vez de las solicitudes provenientes de las autoridades de Israel.

En el último informe de situación en Gaza elaborado por Naciones Unidas (véase informe al 29 de mayo) se lee que:

«On 28 May, at about 14:40, mass casualties were reported in an airstrike on a site hosting internally displaced persons (IDPs) in Al Mawasi area, southwest of Rafah. The Ministry of Health (MoH) in Gaza reported 21 fatalities and 64* injuries, including ten with serious injuries. On 27 May, in response to the 26 May Israeli military airstrikes that had also hit tents sheltering displaced people in Rafah, Under-Secretary-General for Humanitarian Affairs and Emergency Relief Coordinator, Martin Griffiths, had stated: “We have said repeatedly that no place is safe in Gaza. Not shelters. Not hospitals. Not the so-called humanitarian zones. We have also warned that a military operation in Rafah would lead to a slaughter. We’ve seen the consequences in last night’s utterly unacceptable attack. Whether the attack was a war crime or a ‘tragic mistake,’ for the people of Gaza, there is no debate. What happened last night was the latest – and possibly most cruel – abomination. To call it ‘a mistake’ is a message that means nothing for those killed, those grieving, and those trying to save lives.” The UN Human Rights Chief, Volker Türk, also voiced his horror at the further loss of civilian life in Gaza, noting that the recent Rafah airstrikes “point to no apparent change in the methods and means of warfare used by Israel that have already led to so many civilian deaths.”

Between the afternoons of 27 and 29 May, according to MoH in Gaza, 121 Palestinians were killed and 394 were injured, including 75 killed and 284 injured in the past 24 hours. Between 7 October 2023 and 29 May 2024, at least 36,171 Palestinians were killed and 81,420 were injured in Gaza, according to MoH in Gaza«.

La demanda de Sudáfrica contra Israel

Devolviendonos en el tiempo, es de precisar que la demanda de Sudáfrica contra Israel fue presentada el 29 de diciembre del 2023 (véase texto en francés y en inglés), acompañada de una solicitud urgente de medidas provisionales. La petitoria final sobre el fondo de la demanda como tal se encuentra en el párrafo 111 del precitado documento.

Esta demanda de Sudáfrica contra Israel se basa en las obligaciones que tiene Israel con relación a la Convención para la Prevención y la Sanción del Genocidio de 1948: en la actualidad, son 153 los Estados Partes a este importante instrumento universal, adoptado un día antes de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (véase estado oficial de firmas y ratificaciones).

La solicitud de México puesta en perspectiva

México se añade a varios Estados que han solicitado intervenir, a saber: 

–  Nicaragua (véase solicitud de enero del 2024 en francés y en inglés);

–  Colombia (véase solicitud del 5 de abril del 2024) y;

–  Libia (véase solicitud presentada el 10 de mayo del 2024).

Es de precisar que mientras los demás Estados invocan el Artículo 63 del Estatuto de la CIJ (véase texto), que habilita a cualquier Estado Parte a una convención a intervenir cuando se trata de la interpretación a darle a disposiciones de esta convención en discusión entre dos Estados ante la CIJ, Nicaragua ha optado por invocar el Artículo 62 del Estatuto de la CIJ que se lee de la siguiente manera:

«l. Si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte que le permita intervenir. 2. La Corte decidirá con respecto a dicha petición«.

La posición de Nicaragua buscar llevar hasta sus últimas consecuencias la idea que la prohibición del genocidio es una norma de ius cogens de carácter imperativo que obliga a todos los Estados por igual: todos deberían, en buena lógica, tener un interés jurídico en que se respete esta norma fundamental, y una declaración en ese sentido de la CIJ permitiría afianzar los efectos de las denominadas «normas imperativas de derecho internacional general«, tal como quedaron plasmadas en el Artículo 53 de la Convención de Viena    de 1969 sobre el Derecho de los Tratados (véase texto completo).

La solicitud de México en breve

En su solicitud (véase texto completo), México solicita a la CIJ intervenir para que se tome en cuenta su interpretación con relación a ciertas disposiciones de la Convención de 1948 sobre la Prevención del Genocidio de la que es Estado parte, al igual que los demás 152 Estados que han ratificado este instrumento internacional.

«30. Defined under international law, particularly by Article II of the Genocide Convention, genocide involves specific acts committed with the intent to destroy, in whole or in part, a national, ethnical, racial, or religious group. This framework sets genocide apart from other crimes by highlighting the necessity of a targeted, deliberate attempt to annihilate the identity and existence of protected groups.

  1. The core of the crime of genocide lies in the perpetrator’s «intent to destroy» the targeted group. This specific intent, or dolus specialis, distinguishes genocide from other forms of mass violence or atrocities. It requires proof that the perpetrators aimed to eliminate the group as such, not merely as a byproduct of their actions.
  2. Proving the contextual element of genocide involves gathering comprehensive evidence, including documents, witness testimonies, and expert analyses. This evidence must demonstrate both the specific acts and the intent to destroy a national, ethnical, racial or religious group. The process is fraught with challenges, such as the availability of reliable evidence and the safety of witnesses.
  3. Mexico claims that recognizing and proving the element of mens rea is paramount for preventing and addressing the grave atrocity of genocide, ensuring justice for victims, and upholding international legal standards«.

A diferencia de otras solicitudes presentadas por los demás Estados, México hace un énfasis paricular en la destrucción deliberada del patrimonio cultural e histórico al que ha procedido Israel en Gaza, al señalar de una manera bastante contundente y difícil de refutar que:

«34. It is widely understood under international law, and in line with Mexico’s submissions supra, that the Genocide Convention not only proscribes mass killings, but also a broader array of conducts brought together by the intention to destroy, in whole or in part, a national, ethnical, racial or religious group. It is Mexico’s position that the massive destruction of cultural property and the eradication of any cultural symbol related to a group can be construed as acts aimed to accomplish the severe harming of a group, diminishing or even destroying the connection between culture and the selfdetermination and identity of a population, in terms of Article II(b) of the Convention.

  1. Mexico considers, under the construction of this article, that genocidal intent encompasses serious harm against a group of people that may take various forms, including intentionally targeting or destruction of the cultural legacy attached to the identity of a group, as a different set of means to achieve the destruction of the group not only in the form of targeted executions or mass killings.

36.The destruction of cultural sites, museums, and symbols of cultural significance is often “used as a tactic of war to intimidate populations, attack their identities, destroy their link with the past, eliminate the existence of diversity, and disseminate hatred”. The language of the Convention was drafted broadly enough for the protection against intentionally targeting or destruction of the cultural legacy attached to the identity of the group, being consistent with the spirit of the law».

Tambíen se lee que para México el concepto de «prevención» del genocidio debe ser interpretado de la siguiente manera:

«48. From Mexico’s perspective, the aforementioned means that a State should not be held responsible, at the same time and for the same actions, for the commission of genocide and for the commission of any of the other acts enumerated in Article III. Nevertheless, this reasoning leads to the corresponding conclusion that a Sate may be responsible, at the same time, under Article III (a) concerning some actions, and responsible under Article III (b) to (e) with respect to different actions.

  1. A further distinction must be noted between Article III paragraphs (a), and (b) to (e): paragraph (a) implies the existence of actions that constitute genocide, while paragraphs (b) to (e) refer to actions not yet constituting genocide, but on the way to, that by themselves are internationally wrongful acts. In the Draft articles on Responsibility of States for Internationally Wrongful Acts, with commentaries, the International Law commission mentioned that Article III (b) to (e) constituted a particularly comprehensive formulation of rules that specifically prohibit threats of conduct, incitement or attempt, and that are themselves a wrongful act. Therefore, although the commission of any of the other acts enumerated in Article III do not constitute genocide, they are internationally wrongful acts by themselves«.

Se recomienda a nuestros estimables lectores, la lectura completa de la solicitud de intervención de México, ya que contiene muchos otros puntos sobre los cuales México pretende llevar los jueces de la CIJ a reflexionar, al momento de analizar las acciones Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

A modo de conclusión

La solicitud de México se añade a otros esfuerzos de otros Estados ante la CIJ en aras de frenar el accionar insensato de Israel en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

Resulta bastante notorio ver la gran facilidad con la que Estados de África activan a la CIJ en aras de frenar el ímpetu de las fuerzas militares de Israel en Gaza (Sudáfrica en diciembre del 2023, respaldada unos meses después por Libia), y la solidaridad expresada por Estados de América Latina con la acción interpuesta por Sudáfrica contra Israel (Nicaragua, Colombia y ahora México); al tiempo que, de manera bastante evidente, no se observa mayor acción similar por parte de Estados del continente europeo ni tampoco de los situados en la península arábica.

Ante otra instancia jurisdiccional también con sede en La Haya, la misma ausencia se observa, si nos recordamos del «referral» con carácter urgente inicial remitido a la Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) por parte de Bolivia, Bengladesh, Comoras, Djibutí y Sudáfrica (véase texto) el 17 de noviembre del 2023, así como otro «referral» remitido conjuntamente por Chile y México (véase texto) en enero del 2024.

Así como son 153 Estados Partes a la Convención contra el Genocidio de 1948, son 124 los Estados Partes al Estatuto de Roma de 1998, que crea la CPI (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). ¿Qué será lo que sí leen en ambas convenciones Estados de África y de América Latina que no quieren (¿pueden?) leer Estados del continente europeo?

Tuvimos la ocasión de analizar la declaración del pasado 20 de mayo del 2024 del Fiscal de la CPI solicitando a la CPI una orden de arresto contra altos mandos militares del Hamás y altos mandos de Israel (Nota 2), así como la tercera ordenanza de la CIJ ordenada a Israel por la justicia internacional, a solicitud de Sudáfrica, adoptada el pasado 24 de mayo a la casi unanimidad de los integrantes de la CIJ: un pequeño detalle de forma que no debe pasar desapercibido, al evidenciar la pérdida de credibilidad de Israel ante los jueces de la CIJ (Nota 3).

No está de más señalar que este 29 de mayo, Brasil optó por retirar formalmente a su embajador en Israel, en señal de profundio repudio ante el accionar militar israelí en Rafah (véase nota de la DW), sumándose a diversos actos similares realizados desde octubre del 2023 por los aparatos diplomáticos de Bolivia, Belice, Chile, Colombia y Honduras (Nota 4).

También merece mención el hecho que este 30 de mayo, en Estados Unidos se desató una tormenta interna en el seno del Departamento de Estado, al revelar una funcionaria la manera con la que se «falsean» informes internos para eximir de toda responsabilidad a Israel en el bloqueo de la ayuda humanitaria hacia Gaza (véase nota de The Guardian).

– – Notas – –

Nota 1: El comunicado oficial de Costa Rica del 27 de mayo, colgado a las 12:51 pm se lee de la siguiente manera (véase enlace). Se reproduce a continuación en su integralidad: ni en el título ni en el texto de este comunicado se refiere expresamente a Israel y se utiliza la palabra «incidente» para designar lo ocurrido en el título.

«Ante ataque a campo de refugiados en Rafah, Costa Rica hace llamado a un alto al fuego inmediato, al cumplimiento de las medidas provisionales de la Corte Internacional de Justicia y a la investigación del incidente

San José, 27 de mayo de 2024. Costa Rica ha recibido con consternación la noticia del bombardeo sobre un campo de refugiados en Rafah, que ha causado la muerte de civiles inocentes, incluidos mujeres y niños, además de múltiples heridos.

Esto suma mayor sufrimiento a una población varias veces desplazada, carente de las condiciones básicas de sobrevivencia por meses, que se encontraba en el último lugar donde se les había prometido refugio seguro.

Este ataque a civiles se ha dado dos días después de que la Corte Internacional de Justicia, órgano judicial supremo de las Naciones Unidas, emitió medidas cautelares de obligatorio cumplimiento en que ordenaba un alto inmediato a las operaciones terrestres y cualesquiera otras acciones en Rafah que pudieran llevar a la destrucción total o parcial de la población palestina en Gaza.

Costa Rica espera una investigación profunda y objetiva de este hecho con la correspondiente rendición de cuentas.

Reiteramos una vez más el llamado a un alto al fuego inmediato, a la liberación incondicional e inmediata de los rehenes, y al respeto y acatamiento de las normas y principios del Derecho Internacional, especialmente el Derecho Internacional Humanitario, así como a las resoluciones relevantes del Consejo de Seguridad y a todas las medidas precautorias dictadas por la Corte Internacional de Justicia.

Comunicación Institucional -195-2024 CR hace llamado a un alto al fuego inmediato, al cumplimiento de las medidas provisionales de la Corte Internacional de Justicia y a la investigación del incidente – Lunes 27 de mayo de 2024«

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito del anuncio del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) de solicitar órdenes de arresto por crímenes de guerra y de lesa humanidad«, editada el 20 de mayo y disponible aquí.

Nota 3: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordena a Israel suspender de inmediato su ofensiva en Rafah y abrir Gaza a investigación por parte de agencias de Naciones Unidas«, editada el mismo 24 de mayo y disponible aquí.

Nota 4: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israël : à propos de l’annonce par la Bolivie de rompre ses relations diplomatiques avec Israël et du rappel des ambassadeurs pour consultations par le Chili, la Colombie et le Honduras«, editada en francés el 7 de noviembre del 2023 y disponible aquí.

Los BRICS ¿Otro mundo es posible?

Félix Madariaga Leiva

Por Félix Madariaga

Se denomina BRICS al conjunto de cinco países que partieron formando este grupo y trabajando de forma consensual en áreas como el comercio, inversión, tecnología y finanzas con el fin de promover sus intereses en común en el panorama mundial, buscando hacer frente a la hegemonía de otras instituciones internacionales como el G7 o el Banco Mundial. Este grupo se fundó formalmente en el año 2006 cuando los líderes de los países miembros celebraron una reunión en Nueva Delhi, India. En el año 2010 Sudáfrica se unió al grupo para formar lo que hoy se conoce como BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica).

El BRICS es visto por muchos como un importante contrapeso a los países del G7 y su rol en la economía mundial es una cuestión que está generando debate y controversia, sobre todo, por los importantes resultados que han obtenido. El objetivo del BRICS es buscar una mayor independencia económica y financiera, especialmente en lo que respecta al sistema global y las instituciones financieras internacionales. También busca fortalecer los sistemas multilaterales entre estos países y también con otros que no son integrantes.

Otro de sus objetivos es impulsar a países emergentes y economías en desarrollo para que logren alcanzar su potencial de crecimiento; y de esta manera, crear un sistema político y económico mundial más justo y equilibrado.

Economías emergentes vs economías maduras

En conjunto los países del BRICS constituyen una gran parte de la población mundial y una proporción significativa del PIB mundial. El grupo reúne alrededor de 3.500 millones de personas (cerca del 45% de la población mundial) y según proyecciones del FMI, en 2028 los países del BRIC representarán el 33,6% de la producción mundial. Estos países en conjunto tienen un gran potencial de mercado, cuentan con una importante fuente de mano de obra y manejan recursos naturales claves para las economías mundiales.

Los BRICS+ en el panorama mundial

Sin duda los BRICS han surgido como una alternativa al orden económico y político dominado por naciones occidentales, lo que está generando un cambio en el equilibrio del poder global. Han formado nuevas alianzas y acuerdos con otros países emergentes y con algunos países desarrollados lo que les ha dado mayor influencia política y diplomática en organizaciones internacionales como las Naciones Unidas, lo que se verá reforzado con el ingreso, a partir del 1 de enero 2024, de 5 nuevos miembros: Irán, Egipto, Etiopía, Arabia Saudita y Emiratos Árabes Unidos, que en conjunto conformarán los BRICS+.

Han permitido una profundización de la cooperación económica, ya que los países del BRICS han establecido instituciones financieras para competir con las existentes y han intensificado su cooperación económica en áreas como el comercio, inversión y tecnología con países en desarrollo.

A pesar de las oportunidades de cooperación y colaboración entre los países miembros del BRICS, también existen tensiones entre ellos y con otras potencias mundiales que no están en el grupo, lo que podría generar conflictos, crisis económicas y políticas.

Hoy en días las naciones BRICS son conocidas por su significativo crecimiento económico y su influencia creciente en asuntos globales, en conjunto representan un 42% de la población mundial, el 23% del PIB mundial, alrededor del 30% del territorio terrestre y más del 18% del comercio mundial, comenzaron a organizarse como bloque económico y político, celebrando cumbres anuales desde el año 2009 y estableciendo el nuevo Banco de Desarrollo, conocido como el Banco BRICS desde el año 2014, el que está diseñado para financiar proyectos de desarrollo sostenibles en esos países y en otras economías emergentes y en desarrollo, aumentando su influencia en la economía mundial.

Cada vez más tiende a debilitarse y desaparecer el dólar como moneda de intercambio. Los BRICS podrían constituir una alternativa, una manera diferente de transar con otra moneda, otro sistema internacional libre de sanciones, libre de imposiciones por parte de las grandes potencias reunidas en el G7 (liderado por Estados Unidos) y otros países europeos. Los BRICS representan la libertad de usar la moneda que quieras.

Imagínense también si se lograse un bloque militar entre los BRICS, donde participan las mejores economías del mundo, Rusia, China, Brasil, India, Irán. Lamentablemente muchos países son extorsionados por EEUU para continuar utilizando el dólar bajo amenazas de represalias y corte de las ayudas. Será interesante ver la evolución con la incorporación de nuevos países que aportarán ideas, recursos, personas a un proyecto que podría convertirse en una seria y clara alternativa a la tradicional hegemonía occidental, que sólo explota a los países en desarrollo, y no los considera sus socios en la construcción de sociedades más libres, solidarias y equilibradas. Un caso claro es el de Argentina.

Argentina era uno de los países que había sido invitado a incorporarse al BRICS, sin embargo, con la llegada del nuevo gobierno de Javier Milei, se anunció la negativa, ya que los compromisos de los nuevos administradores estaban ya firmados con Estados Unidos, es así como a fines de 2023 anunciaron oficialmente su retirada, anunciando nuevas medidas económicas para su País entre las que lamentablemente destacan el cese de obras públicas y la cancelación de contratos que ya estaban aprobados. Esto tiene como consecuencia inmediata que abruptamente aumentará la tasa de cesantía, habrá mucha mano de obra paralizada, lo que en el mediano plazo profundizará la crisis económica que ya afecta a los trabajadores y provocará un aumento insostenible de la extrema pobreza.

Otra de las medidas tomadas por Milei es el fin de los subsidios en energía y transporte público, lo que aumentará los precios de los pasajes en los transportes públicos y estatales, y esto se verá reflejado directamente en los trabajadores que los utilizan, reduciendo aún más su poder adquisitivo; y junto a ello ha anunciado también la reducción de la plantilla del estado, lo que ya ha dejado a miles de cesantes nuevos.

En la nueva estructura del Estado argentino, los ministerios pasaron de 18 a 9, y las secretarías de 106 a 54. Esto significa más despidos, más cesantía y mayor presión para los funcionarios que quedan. Otra medida es la reducción “al mínimo” de las transferencias que el Estado hace a las provincias, las que en muchos casos dependen del gobierno central para funcionar. Estos son sólo algunos ejemplos de una política que no se entiende, medidas que no contribuyen al desarrollo económico integral de la nación. El fin del sistema SIRA, por el cual el Estado decidía qué importadores tenían acceso o no a dólares para cancelar sus pagos en el exterior, se reemplazará por un sistema estadístico y de información que no requerirá de la aprobación previa de licencias: el que quiera importar, ahora podrá hacerlo, ¿pero a qué precio?

Ante estas medidas – del todo opuestas a los principios del BRICS – más de un centenar de economistas de todo el mundo firmaron un texto en el que alertaron al resto del mundo que las propuestas del ultraliberal argentino son “potencialmente muy perjudiciales para la economía y el pueblo argentino”, entre ellos destacan entre otros, por la India Jayati Ghosh, el serbio Branko Milanovic, el francés Thomas Piketty o el colombiano José Antonio Ocampo. El de Argentina es un esquema neoliberal que ya conocemos, que ha sido aplicado en muchas de nuestras naciones, también conocemos de cerca las consecuencias en la piel de los más pobres. Tal vez, y sólo tal vez si nos permitiéramos pensar en que un mundo distinto es posible, comprenderíamos la enorme importancia que puede tener para las personas reales el crecimiento y consolidación del BRICS.

Fuente:

https://elpais.com/argentina/2023-12-13/las-diez-medidas-economicas-del-gobierno-de-javier-milei-para-argentina.html

https://elpais.com/argentina/2023-11-08/mas-de-un-centenar-de-economistas-de-todo-el-mundo-alertan-sobre-los-peligros-del-programa-de-milei.html

https://elpais.com/argentina/2023-11-08/los-peligros-del-programa-economico-de-javier-milei-en-argentina.html

https://es.statista.com/grafico/30676/paises-miembros-del-g7-y-brics/

https://www.youtube.com/watch?v=pPRzGuqvwoM

BRICS: Un Bloque Geopolítico Alternativo

Desde principios del siglo XXI, el escenario geopolítico internacional ha estado en constante cambio. Actualmente, países emergentes, nuevos actores y potencias regionales han planteado una alternativa al gastado modelo del mundo unipolar.

El caso más claro es el de BRICS+, compuestos por Brasil, Rusia, India, China Sudáfrica y otros países del Medio Oriente y Norte de África. Son países que por su territorio, población, su cooperación mutua, potencial de crecimiento económico y apertura comercial han logrado consolidarse como una representación que desafía el control del G7 y el tradicional mundo unipolar. 

En un mundo cada vez más interconectado y globalizado, el ascenso de los BRICS+ representa un fenómeno de gran importancia geopolítica y económica. Su capacidad para desafiar el status quo y promover un sistema más equitativo de gobernanza mundial es fundamental para comprender la evolución del orden geopolítico en el siglo XXI.

Bajo esta premisa presentamos el texto “BRICS: Un Bloque Geopolítico y Económico Alternativo” escrito por la MBA. Hellen Ruiz Hidalgo del Observatorio de Comercio Exterior de la UNED.

Compartimos el documento:

Información compartida con SURCOS por Carlos Carranza.

Imagen, Semanario Universidad.

Gaza / Israel: Colombia presenta solicitud de intervención en demanda de Sudáfrica contra Israel

Foto extraída de esta nota de prensa titulada «Bilan du Hamas: 5000 morts dont 2055 enfants, dans la bande de Gaza», Le Journal de Québec, edición del 23/10/2023.

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com

Este 5 de abril la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha informado que Colombia ha presentado una solicitud de intervención en la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel por el drama indecible que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre.

Si bien el procedimiento contencioso ante la CIJ refiere a dos Estados (en este caso Sudáfrica contra Israel), las reglas procesales permiten que un Estado tercero solicite intervenir en cualquier momento en una disputa entre dos otros Estados. Dos son los artículos del Estatuto de la CIJ que así lo disponen;

«Artículo 62 l. Si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte que le permita intervenir. 2. La Corte decidirá con respecto a dicha petición.

Artículo 63 1. Cuando se trate de la interpretación de una convención en la cual sean partes otros Estados además de las partes en litigio, el secretario notificará inmediatamente a todos los Estados interesados. 2. Todo Estado así notificado tendrá derecho a intervenir en el proceso; pero si ejerce ese derecho, la interpretación contenida en el fallo será igualmente obligatoria para él«.

Con relación a la solicitud de Colombia de intervenir en la demanda que opone Sudáfrica a Israel, el comunicado de la CIJ está disponible en francés y en inglés.

Cabe recordar que, con relación a Israel y a la prolongada ocupación ilegal del territorio ocupado palestino, Colombia presentó recientemente en La Haya, en el marco de un procedimiento consultivo esta vez, su opinión jurídica a los jueces de la CIJ (véase comunicado oficial del 21 de febrero del 2024 y documento remitido a la CIJ en julio del 2023 en francés y en inglés).

La solicitud de intervención de Colombia en breve

Colombia solicita intervenir con base en el Artículo 63 del Estatuto de la CIJ citado con anterioridad. En su extensa solicitud (véase texto completo), con fecha del 5 de abril del 2024, Colombia señala diversos puntos. Es así como se lee por ejemplo en la parte inicial que:

«23. As recognized by Article 63 of the Statute, by virtue of Colombia’s status as a Party to the Genocide Convention, the legal interest of Colombia as a declarant State in the construction of the Convention is presumed to exist.

  1. 24. To clarify, Colombia is not seeking to become a party in the proceedings brought by South Africa against Israel. Colombia’s intervention is aimed at assisting the Court in construing the provisions of the Convention that are in question in this case. Colombia recognises that once its Declaration of Intervention under Article 63 of the Statute is admitted, the construction of the Genocide Convention to be rendered in the Court’s judgment will be equally binding upon it«.

Mucho más adelante, se indica por parte de Colombia que la intención de cometer un genocidio debe entenderse de la manera más integral posible al abarcar a todos sus posibles responsables, al señalar que:

«145. In the present case, as disclosed by the facts set out in South Africa’s Application, individual Israeli officials who did not themselves commit or personally direct the commission of acts of genocide, may nonetheless be guilty of incitement to commit genocide.

  1. For its part, Article III (d) includes “attempt to commit genocide” as another action punishable under the Convention. The offence of attempt to commit genocide appeared in the earliest draft of the Convention and was adopted by the Sixth Committee without debate.
  2. The Rome Statute of the ICC, to which Colombia and Palestine are Parties, provides in Article 25 (3) (f) certain clarity as to the threshold to demonstrate attempt to commit genocide, when it states that an attempt occurs when the offender “commences its execution by means of a substantial step”. Colombia endorses this definition».

Leemos en las conclusiones de la solicitud que hace Colombia de intervenir en la disputa entre Sudáfrica e Israel, que:

«185. On the basis of the information set out above, Colombia avails itself of the right conferred upon it by Article 63, paragraph 2, of the Statute to intervene in the proceedings in the case concerning the Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide in the Gaza Strip (South Africa v. Israel). The present Declaration meets the requirements set out in Article 63 of the Statute and Article 82 of the Rules and is, thus, admissible

  1. 186. The Government of Colombia submits the present Declaration of Intervention in the genuine belief that the States parties to the Genocide Convention should do everything in their power to contribute to ensure the prevention, suppression and punishment of genocide and therefore, to assist the Court in finding the responsibility of any State Party to the Convention, for its failure to comply with the obligations contained therein, especially in the context of such a dramatic situation as that unfolding in the Gaza Strip«.

Una América Latina mucho más activa que las demás regiones para frenar la insensatez israelí en Gaza

Cabe recordar que ante la CIJ de La Haya, primeramente se registró una solicitud de intervención presentada el 22 de enero del 2024 por Nicaragua en la demanda de Sudáfrica contra Israel (véase texto en francés y en inglés). Desde el punto de vista jurídico, y en particular de la estrategia legal seguida, nótese que, a diferencia de Colombia, Nicaragua optó por solicitar una intervención sobre la base del Artículo 62 del Estatuto de la CIJ, en la que deberá demostrar a los jueces tener un «interés de orden jurídico que pueda ser afectado por la decisión» futura de la CIJ.

También se registró una demanda interpuesta por Nicaragua contra Alemania por complicidad de genocidio, presentada el primero de marzo del 2024 ante la CIJ (véase texto de la demanda en francés y en inglés), acompañada de una solicitud urgente de medidas provisionales). Tuvimos la oportunidad de analizar la fijación de audiencias que tendrán lugar los días 8 y 9 de abril del 2024 en La Haya entre Nicaragua y Alemania (Nota 1).

Además de la CIJ, pensemos también en otra jurisdicción internacional situada en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI).

A la remisión de carácter urgente presentada, primero por Bangladés, Bolivia, Comoras, Maldivas y Sudáfrica en noviembre del 2023 (véase texto), se añade la presentada luego por Chile y México en enero del 2024 que tuvimos la oportunidad de analizar (Nota 2): véase comunicado oficial de Chile al respecto

Es de señalar que el silencio ensordecedor de la Fiscalía de la CPI desde principios de 2024 está minando su credibilidad ante los ojos de un buen número de Estados, los cuales tienen aún muy presente la extrema celeridad con la que la CPI emitió una orden de detención internacional contra el Presidente de Rusia por el traslado de niños ucranianos a territorio ruso (véase el comunicado de prensa de la CPI de 17 de marzo de 2023).

No está de más señalar que este mismo 5 de abril, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas adoptó en Ginebra su ya tradicional resolución sobre el derecho a la libre autodeterminación del pueblo palestino, momento en el que se evidenció nuevamente el aislamiento total de Estados Unidos (cuyo único voto en contra fue acompañado esta vez por el de Paraguay). El tablero de votación es reproducido a continuación:

Las últimas cifras sobre la insensatez israelí en Gaza

Más allá de la continuidad de la política norteamericana tendiente a favorecer a toda costa a Israel en detrimento de los legítimos derechos del pueblo palestino, desde el 7 de octubre, es América Latina la región del mundo que ha optado por alzar la voz de manera tempranera ante la forma desproporcional e indiscriminada de bombardear a la población civil que ha adoptado Israel: tuvimos al respecto la oportunidad de analizar las acciones diplomáticas de diversa índole que se generaron en América Latina semanas después del 7 de octubre, mediante las cuales algunos Estados manifestaron su profundo repudio ante el accionar de Israel en Gaza (Nota 3).

Resulta oportuno señalar que el último informe de las Naciones Unidas sobre la situación en la Franja de Gaza (véase el informe a 3 de abril de 2024) indica un saldo de 32.975 palestinos muertos y 75.557 heridos. Al estar casi totalmente destruida la infraestructura hospitalaria y los servicios de atención médicos de Gaza, al faltar de agua potable, medicamentos, y al instalarse una hambruna generalizada en Gaza, es muy probable que una parte de los más de 75.500 heridos sucumban en las próximas semanas.

El pasado 3 de abril de 2024, un artículo publicado en Israel sobre «Lavender«, un programa de inteligencia artificial utilizado por el ejército israelí desde el 7 de octubre para llevar a cabo los llamados ataques supuestamente «selectivos» contra Gaza, alertó a la opinión israelí (e internacional) sobre la deriva insensata del alto mando militar israelí. La ONG gala AURDIP tuvo la generosa idea de proceder a una traducción del inglés al francés (véase enlace al mismo artículo traducido al francés con fecha del 4 de abril), mientras el mundo hispanoparlante encuentra la manera de dar a conocer el contenido de este reportaje israelí en castellano.

A modo de conclusión

Con esta nueva iniciativa de Colombia ante la CIJ, América Latina se ve confirmada como una región capaz de sustraerse de presiones diversas (en particular israelíes y norteamericanas), y de activar los diversos mecanismos jurisdiccionales existentes a disposición de todos los Estados, en aras de frenar los ímpetus destructores del aparato militar israelí en Gaza (y de algunos de sus aliados, en particular los que suplen de armas y componentes electrónicos con fines militares a Israel).

Se hubiese esperado de otras regiones del mundo (y Estados) mucha mayor consistencia, al mostrarse sumamente céleres para activar mecanismos jurisdiccionales e invocar el respeto al derecho internacional público luego de la agresión militar iniciada por Rusia en el territorio de Ucrania el 24 de febrero del 2022; regiones (y Estados) que, a diferencia de Bolivia, Colombia, Chile, Honduras, México y Nicaragua, así como Belice (que suspendió sus relaciones diplomáticas con Israel), se muestran desde el 7 de octubre, impedidos e inhibidos de invocar este mismo derecho (en particular las reglas del derecho internacional humanitario) ante el drama inhumano al que Israel somete la población civil de Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023.

 – – Notas – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Gaza / Israel: Corte Internacional de Justicia (CIJ) fija audiencias en demanda de Nicaragua contra Alemania», 15 de marzo del 2024. Texto disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 3; Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: algunos apuntes con relación al anuncio por parte de Bolivia de romper sus relaciones diplomáticas con Israel y al llamado a consultas de embajadores por parte de Chile, de Colombia y de Honduras», editada el 31 de octubre del 2023.Texto disponible aquí.

Gaza / Israel: a propósito de la tercera solicitud de medidas provisionales urgentes ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de Sudáfrica contra Israel

Foto extraída de nota de prensa del Times of Israel, en su edición del 12 de febrero del 2024, titulada «Court orders Netherlands to stop F-35 parts delivery to Israel over war on Hamas».

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com

El pasado 6 de marzo del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer una tercera solicitud formal de medidas provisionales urgentes presentada por Sudáfrica contra Israel. Esta acción se registra por parte de Sudáfrica luego de:

– una primera solicitud a la CIJ, presentada el pasado 29 de diciembre del 2023, a la cual la CIJ respondió mediante una ordenanza, el 26 de enero del 2024 (véase texto oficial en francés y en inglés); y

– una segunda solicitud, el pasado 12 de febrero del 2024 (a la que la CIJ respondió el 16 de febrero mediante un simple comunicado de prensa (véase texto en francés y en inglés), indicando que no eran necesarias nuevas medidas a las ordenadas a Israel el 26 de enero.

El texto de esta tercera solicitud de Sudáfrica (cuya lectura completa se recomienda), puede ser consultado en este enlace oficial de la CIJ en inglés.

Considerando el hecho que la primera solicitud de Sudáfrica se presentó pocos días después de la adopción, el 22 de diciembre del 2023, de la resolución S/RES/2720(2023) por parte del Consejo de Seguridad, un texto que adolecía de un contenido significativo para frenar los ímpetus de Israel (ello debido a la amenaza de un veto de Estados Unidos), se puede considerar que fue el tercer veto norteamericano registrado el pasado 20 de febrero en el Consejo de Seguridad el que originó esta tercera solicitud urgente a la CIJ por parte de Sudáfrica ante el drama indescriptible que se observa en Gaza.

Con relación al veto de Estados Unidos del pasado 20 de febrero, resulta de interés señalar que la Vice Presidenta de Estados Unidos exigió públicamente a Israel (véase nota de The Guardian del 3 de marzo) lo mismo que contenía la resolución propuesta por Argelia y vetada el 20 de febrero por la delegada norteamericana en Nueva York: un cese del fuego inmediato por razones humanitarias. En efecto, el primero párrafo operativo del proyecto de resolución S/2024/173 indicaba que el Consejo de Seguridad:

«1. Exige un alto el fuego humanitario inmediato que deben respetar todas las partes;»

La tercera solicitud sudafricana en breve

En el texto de esta tercera solicitud al juez de la Haya de ordenar medidas provisionales, se lee que las acciones militares desplegadas por parte de Israel deben ser frenadas a toda costa ante el drama inhumano que provocan, y ante las diversas alertas de una inminente hambruna que, desde Naciones Unidas, varios expertos y agencias han expresado.

Para el equipo legal de Sudáfrica, hay un cambio sustancial de circunstancias que deben obligar al juez internacional a reconsiderar sin más preludios parte de las medidas provisionales que ordenó el pasado 26 de enero a Israel.

Al inicio de su tercera petitoria, se puede leer que, para Sudáfrica, la respuesta a su segunda solicitud por parte del juez internacional amerita también una revisión:

«4. On 16 February 2024, the Court determined that the circumstances then prevailing did “not demand the indication of additional provisional measures” pursuant to Article 75(1) of the Rules of Court, on the basis that “the State of Israel remains bound to fully comply with its obligations under the Genocide Convention and with said Order”. However, the Court clarified that the obligations binding on Israel pursuant to the Order included the imperative to ensure “the safety and security of the Palestinians in the Gaza Strip”. The Court further determined that “the most recent developments in the Gaza Strip, and in Rafah in particular, ‘would exponentially increase what is already a humanitarian nightmare with untold regional consequences’, as stated by the United Nations Secretary-General” and that the “perilous situation demands immediate and effective implementation of the provisional measures indicated by the Court in its Order of 26 January 2024”.

  1. The situation then “perilous” is now so terrifying as to be unspeakable, as described by United Nations humanitarian chiefs, justifying — and indeed demanding — the indication of further provisional measures of protection pursuant to Article 75 of the Rules and modifications of the Court’s prior provisional measures decisions pursuant to Article 76«.

En la parte final conclusiva de esta tercera solicitud de Sudáfrica, podemos leer que varias declaraciones de las máximas autoridades de Israel son usadas por el equipo legal sudafricano para evidenciar el profundo menosprecio que ha manifestado oficialmente Israel hacia la ordenanza emitida por la CIJ:

«27. The new facts and/or change in situation in Gaza demand additional and/or modified provisional measures. The demand could not be starker, having regard to the magnitude and gravity of the situation facing the Palestinian people in Gaza. Israel has knowingly and deliberately continued to act in defiance of the Order. In addition to causing the death by starvation of Palestinian children in babies, Israel has also continued to kill approximately 4,548 Palestinian men, women and children since 26 January 2024, and to wound a further 7,556, bringing the grim totals to 30,631 killed and 72,043 injured. An unknown number of bodies remain buried under the rubble. 1.7 million Palestinians remain displaced — many of them permanently, Israel having damaged or destroyed approximately 60 per cent of the housing stock in Gaza. Approximately 1.4 million people are squeezed into Rafah — which Israel has stated it intends to attack imminently. Israel’s destruction of the Palestinian healthcare system has also continued apace, with ongoing, repeated attacks on hospitals, healthcare, ambulances and medics. Israel has also continued to conduct widespread attacks on schools, mosques, businesses and entire villages and areas. In sum, Israel has not changed its conduct materially or at all pursuant to the Order – it has instead doubled-down on its genocidal aims and acts.

  1. 28. Israel has thus shown contempt for the Court and its Order in what it has done. It has also done so in what it has said: alongside seeking to argue that the Court has not in fact imposed any requirements on Israel’s military operations additional to those by which Israel claimed to already be abiding, senior Israeli officials have poured scorn on the Court and its Order. They have called the Court’s failure to reject South Africa’s claim “a mark of disgrace that will not be erased for generations” (Israeli Prime Minister) and a “blood libel that undermines the very values on which this court was established” (Israeli President); and have asserted that “decisions that endanger the continued existence of the state of Israel should not be obeyed, and we must continue crushing the enemy until absolute victory” (Minister for National Security).
  2. 29. Having regard to the clear and deliberate acts, omissions and statements by Israel, South Africa submits that it is necessary to do more than to reiterate that “the State of Israel remains bound to fully comply with its obligations under the Genocide Convention and with the… Order”.

La CIJ entrará a deliberar sobre esta tercera solicitud de Sudáfrica y, como con ocasión de la segunda solicitud, se espera una decisión en los próximos días, dada la absoluta urgencia de frenar el accionar de Israel en Gaza.

Una ordenanza de la CIJ que espera desde el 26 de enero ser acatada

En el último estado de situación disponible elaborado por Naciones Unidas (al 6 de marzo del 2024, véase informe) se lee que las acciones mortíferas incesantes de Israel se mantienen con saldos en muertes y heridos injustificables:

«Intense Israeli bombardment and ground operations as well as heavy fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups continue to be reported across much of the Gaza Strip, resulting in further civilian casualties, displacement, and destruction of houses and other civilian infrastructure.

Between the afternoon of 5 March and 10:30 on 6 March, according to the MoH in Gaza, 86 Palestinians were killed, and 113 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 10:30 on 6 March 2024, at least 30,717 Palestinians were killed in Gaza and 72,156 Palestinians were injured, according to MoH in Gaza.

According to a press release by UN Women on 1 March, an estimated 9,000 women have been reportedly killed by Israeli forces in Gaza to date, not including those believed to be dead under the rubble. “Every day the war in Gaza continues, at the current rate, an average of 63 women will continue to be killed. An estimated 37 mothers are killed every day, leaving their families devastated and their children with diminished protection.”

Between the afternoons of 5 and 6 March, according to the Israeli military, there were no Israeli soldiers killed in Gaza. As of 6 March, 244 soldiers have been killed and 1,451 soldiers injured in Gaza since the beginning of the ground operation, according to the Israeli military. In addition, over 1,200 Israelis and foreign nationals have been killed in Israel, the vast majority on 7 October. As of 6 March, the Israeli authorities estimate that 134 Israelis and foreign nationals remain captive in Gaza, including fatalities whose bodies are withheld.

On 5 March, a 13-year-old girl who was trapped for 40 hours under the rubble of her destroyed house in Hamad city, west Khan Younis, was rescued and transferred to a field hospital in Rafah. Her entire family was killed. The Palestine Red Crescent Society (PRCS) and OCHA participated in her evacuation. On 4 March, the bodies of 41 Palestinians reportedly killed in various areas in Khan Younis were recovered from under rubble.

On 4 March, a nurse who worked at a primary health clinic supported by Project Hope was killed, along with seven of his relatives, including a child and a pregnant woman, in a strike on their family home in Rafah. In a statement, Project Hope said: “We are outraged and heartbroken by the loss of Mohammed and the countless other innocent humanitarians, health workers, and civilians who have died during this conflict,” warning that their remaining team members in Gaza “are in imminent danger.” Since the onset of hostilities, 364 health workers have been killed, according to the MoH in Gaza.

Tal y como se ha podido observar, y comprobar en el terreno por parte de varias agencias de Naciones Unidas, Israel no ha modificado su accionar en Gaza desde la ordenanza de la CIJ con fecha del 26 de enero del 2024: mantiene una campaña de bombardeos incesantes, desproporcionales e indiscriminados sobre Gaza similares a los iniciados desde el 7 de octubre por la tarde/noche, en abierta violación a las reglas más básicas del derecho internacional humanitario.

Cabe precisar además que, desde un punto de vista estrictamente estratégico, el cumplirse este 7 de marzo cinco meses de intensos bombardeos, Israel no ha logrado alcanzar los objetivos militares iniciales planteados, al:

– mantenerse los rehenes escondidos en Gaza con sus custodios;

– seguir los jefes militares del Hamás en vida instruyendo a sus combatientes, y;

– mantenerse operativa gran parte de la estructura militar del Hamás, disparando cohetes hacia Israel con cierta regularidad desde Gaza.

En cuanto al saldo de muertos y heridos debido a la intensidad de la ofensiva de Israel en Gaza, un ex militar en Francia y connotado experto en bombardeos aéreos, indicó en una nota de su blog titulada «Laissons Netanyahou dévaster la bande de Gaza et Poutine écraser l’Ukraine?» (véase nota completa con un juego de mapas muy detallados) que:

«Pour achever la dévastation de la bande Gaza, dont les ¾ ont été effectués en 4 mois de guerre, il ne manque plus à Netanyahou que quelques semaines pour y parvenir, un ou deux mois peut-être. Le bilan sera catastrophique en pertes humaines, l’actuel étant largement sous-estimé puisqu’il n’intègre pas les 8 à 9,000 « disparus » déjà recensés par ce qui reste de l’état-civil de Gaza, auquel il faut rajouter les personnes ensevelies sous les décombres et que personne ne recherche.

Compte tenu de l’intensité et de la durée des bombardements effectués par l’armée israélienne, une fois « l’offensive massive » sur Rafah achevée, les victimes palestiniennes dépasseront les 50,000 morts. Je parle volontairement de « victimes » car pour 80%, ce seront des civils sans rapport avec les miliciens du Hamas. Il faudra encore multiplier par 3 à 4 le nombre de blessés, soit un total supérieur à 200,000 morts et blessés à la fin de cette offensive israélienne».

Finalmente, el hecho que sea el mismo Secretario de Defensa norteamericano en persona el que haya precisado públicamente que son 25.000 los niños y mujeres que han fallecido en Gaza, durante una comparecencia realizada el pasado 29 de febrero (véase nota del Times of Israel de la misma fecha) viene a poner en jaque a quiénes, en Estados Unidos e Israel, y desde algunas salas de redacción en algunas partes del mundo, persisten en cuestionar el dramático saldo en vidas humanas observado en Gaza desde la tarde / noche del 7 de octubre del 2023.

A no ser que estas personas consideren que el secretario de Defensa norteamericano es una persona mal informada por sus servicios de inteligencia y asesores, y que es la información que proviene del ejército israelí la que hay que considerar como correcta… Otro dato que circula oficialmente desde Israel y que ha sido registrado en un gran número de notas de prensa y de analistas es el siguiente: el dato oficial de las autoridades militares israelíes según el cual se ha eliminado a 10.000 combatientes del Hamás. No obstante, su célera difusión y aceptación en varios grandes medios de prensa, son muchas las dudas que persisten sobre esta elevada cifra, como bien los detalla este interesante artículo de BBC Verify, titulado precisamente «Análisis BBC: ¿ha matado Israel realmente a 10.000 combatientes de Hamás?«

Acciones ante la justicia internacional de otros Estados

Con relación a otros Estados, que respaldan el accionar de la diplomacia sudafricana contra Israel, tuvimos la oportunidad en una nota anterior de explicar el alcance de la solicitud de intervención presentada por Nicaragua el pasado 22 de enero, la cual fue dada a conocer por la CIJ el 8 de febrero del 2024: véase nuestra nota previa titulada «Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en la demanda de Sudáfrica contra Israel«.

Notemos que Nicaragua ha interpuesto una nueva acción ante la CIJ, esta vez contra Alemania, el pasado primero de marzo (véase texto oficial de su demanda), haciendo ver que Alemania está ignorando con su actuar y sus declaraciones oficiales a favor de Israel, las obligaciones que todo Estado Parte a la Convención contra el Genocidio de 1948 debe respetar, incluyendo la de prevenir un nuevo genocidio (en particular si se trata de un Estado que exporta armas a Israel). En la parte final de su petitoria contra Alemania, se lee que Nicaragua:

«…, Nicaragua respectfully requests the Court, as a matter of extreme urgency, pending the Court’s determination of this case on the merits, to indicate the following provisional measures with respect to Germany in its participation in the ongoing plausible genocide and serious breaches of international humanitarian law and other peremptory norms of general international law occurring in the Gaza Strip:

(1) Germany shall immediately suspend its aid to Israel, in particular its military assistance including military equipment, in sor far as this aid may be used in the violation of the Genocide Convention, international humanitarian law or other peremptory norms of general international law such as the Palestinian People’s right to self-determination and to not be subject to a regime of apartheid;

(2) Germany must immediately make every effort to ensure that weapons already delivered to Israel are not used to commit genocide, contribute to acts of genocide or are used in such a way as to violate international humanitarian law;

(3) Germany must immediately do everything possible to comply with its obligations under humanitarian law;

(4) Germany must reverse its decision to suspend the funding of UNRWA as part of the compliance of its obligations to prevent genocide and acts of genocide and the violation of the humanitarian rights of the Palestinian People which also includes the obligation to do everything possible to ensure that humanitarian aid reaches the Palestinian people, more particularly in Gaza;

(5) Germany must cooperate to bring to an end the serious breaches of peremptory norms of international law by ceasing its support, including its supply of military equipement to Israel that may be used to commit serious crimes of international law and that it continue the support of the UNRWA on which this Organizations has counted and based its activities«.

Al no ser Alemania el único proveedor de Israel en armas o componentes electrónicos con fines militares, la petitoria de Nicaragua debería interesar a otros Estados que son Estados Parte a la Convención contra el Genocidio de 1948.

En cuanto al texto de la primera demanda sudafricana como tal presentada el 29 de diciembre del 2023, cuya lectura completa se recomienda (y en particular el detalle de las escalofriantes declaraciones oficiales de las máximas autoridades de Israel en los párrafos 101-107), se puede consultar de manera integral en francés y en inglés.

Precisamente, en las primeras reflexiones del Profesor Yussef Al Tamimi, el autor precisaba en sus conclusiones la impostergable tarea que esperaba a los Estados ante el desafío que Israel plantea a la comunidad internacional, al no parecer dispuesto a acatar lo ordenado por la CIJ desde el pasado 26 de enero del 2024:

«Since the ICJ handed down its provisional measures Order on 26 January, Israeli forces have reportedly killed hundreds of Palestinians as per UNOCHA’s daily briefings, civilians waiting to receive humanitarian aid were shot and injured, hospital staff have been killed, and government ministers called for the displacement of Palestinians from Gaza at a far-right conference. These events underscore the real and imminent risk of irreparable damage facing rights plausibly protected under the Genocide Convention. At a time when the credibility of international law hangs in the balance, the ICJ demonstrated the enduring relevance of its guidance by issuing a firm ruling in front of an expectant legal and non-legal community. States are now called upon to ensure, beyond assurances and words, that they are ready to take action to ensure compliance» (Nota 1).

Un riesgo «plausible» de genocidio en Gaza, confirmado por la CIJ desde el 26 de enero del 2024, y un Estado que, desde entonces, sigue desafiando con su accionar insensato en Gaza a la justicia internacional, interpelan a todos los integrantes de la comunidad internacional, y ello desde diversos planos, sea a nivel nacional, sea a nivel internacional.

A modo de ejemplo, en el plano nacional, el pasado 12 de febrero, las autoridades de Israel fueron informadas de una sentencia de una corte nacional holandesa que ordena el cese inmediato de exportaciones de componentes hacia Israel para aviones de combate F-35 desde Países Bajos (véase nota de la BBC del 12 de febrero). Por otra parte, el pasado 29 de febrero, fue Colombia la que anunció suspender todas sus compras de material militar proveniente de Israel (véase nota de prensa de Los Angeles Times). En otro ámbito Chile ha decidido excluir a Israel de la edición de su Feria Internacional del Aire y del Espacio (FIDAE) a celebrarse en este año 2024 (véase nota de la DW).

Con relación a otra instancia internacional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI), en otra nota anterior, titulada «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)» pudimos analizar los alcances de la remisión conjunta hecha por Chile y México ante el drama que se vive en Gaza.

Siempre con relación a la CPI, resulta de interés una acción legal de abogados australianos contra sus actuales autoridades, dada la inacción observada de su parte con relación a lo que ocurre en Gaza, y remitido a la CPI en estos días (véase nota de The Conversation del 5 de marzo del 2024).

De regiones del mundo (y ya no Estados) que podrían también tomar acciones

No está de más indicar la iniciativa conjunta reciente de España y de Irlanda en el seno de la Unión Europea (UE) de cara al régimen de sanciones previsto por las diversas regulaciones europeas, cuando un Estado que tiene un acuerdo de asociación con la UE viola de manera flagrante y masiva los derechos humanos (véase nota de The Guardian del 15 de febrero del 2024).

Con relación a América Latina, cabe señalar lo que ocurrió recientemente en una reunión de la Comunidad de Estados de América Latina y el Caribe (más conocida como CELAC) en la que ni Argentina, ni Costa Rica, ni Ecuador, ni El Salvador, ni Guatemala, ni Panamá, ni Paraguay, ni Perú, ni Uruguay aparecen firmando una declaración conjunta condenando de manera vehemente el accionar insensato de Israel en Gaza (Nota 2).

Siempre en el hemisferio americano, desde el 7 de octubre del 2023, la Organización de Estados Americanos (OEA) mantiene un profundo silencio con relación a las víctimas palestinas en Gaza. Al igual que el silencio de muchas otras organizaciones internacionales intergubernamentales, ello plantea interrogantes muy válidas. En el caso específico de la OEA, hay que remontar a julio del 2014 para leer a su anterior secretario general, el chileno José Miguel Insulza, referirse a lo que ocurre en Gaza (véase comunicado de prensa del 17 de julio del 2014), explicando que:

«El secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, expresó hoy su total adhesión al llamado de Naciones Unidas, en seguimiento de la propuesta de Egipto, de cese al fuego y pausa humanitaria en el territorio de Gaza, y condenó los ataques del ejército de Israel, que ya han cobrado más de 230 muertos. El secretario general Insulza también cuestionó la acción armada de Hamas contra territorio israelí y exhorto a ambas partes a colaborar con la iniciativa egipcia«.

En realidad, el saldo final de la operación militar en Gaza de julio del 2014 fue mucho mayor: en efecto, tras la ofensiva militar en Gaza (70 muertos del lado israelí, entre ellos 67 soldados ultimados durante la ofensiva terrestre y 3 civiles israelíes), se registró la muerte de 2 251 personas del lado palestino, entre ellos 551 niños (véase enlace para acceder al informe elaborado por una comisión de investigación de Naciones Unidas y su resumen). Invitamos a nuestros estimables lectores a revisar las cifras y a establecer un macabro ratio de víctimas palestinas por cada vida perdida por un civil israelí.

De algunos informes y datos pasados por alto en algunos grandes medios de prensa internacionales

Con respecto a las exportaciones de armas hacia Israel, el pasado 23 de febrero del 2024, es desde Naciones Unidas que un nutrido grupo de expertos en derechos humanos y de mecanismos ha solicitado un cese inmediato de exportaciones de armas hacia Israel. Sobre el particular, véase el texto completo del comunicado oficial, cuya lectura completa se recomienda) y en el que se lee que:

«The need for an arms embargo on Israel is heightened by the International Court of Justice’s ruling on 26 January 2024 that there is a plausible risk of genocide in Gaza and the continuing serious harm to civilians since then”, the experts said. The Genocide Convention of 1948 requires States parties to employ all means reasonably available to them to prevent genocide in another state as far as possible. “This necessitates halting arms exports in the present circumstances”, the experts said».

Posiblemente nuestros estimables lectores descubran la existencia de este texto colectivo suscrito por gran cantidad de relatores especiales y expertos independientes de Naciones Unidas al leer la cita previamente referenciada. No deben de sorprenderse mayormente: en efecto, como ya viene siendo costumbre desde la tarde/noche del pasado 7 de octubre, este importante llamado colectivo hecho desde la sede central de Naciones Unidas en Europa, exigiendo frenar el accionar militar de Israel en Gaza, ha sido escasamente difundido y mucho menos referenciado en los grandes medios de prensa internacionales.

Otros informes recientes totalmente pasados por alto en medios de prensa con relación al irrespeto de Israel hacia la justicia internacional de La Haya son:

– el informe de la ONG Human Rights Watch (HRW), detallando el nivel de desacato de Israel a la ordenanza de la CIJ con fecha del 26 de febrero del 2024 y disponible en este enlace;

– el informe de la ONG International Commission of Jurists (ICJ), publicado en la misma fecha y que va en el mismo sentido que el anterior (disponible en est enlace);

– un informe muy similar de la ONG Amnistia Internacional, publicado en la misma fecha (disponible en este enlace) y en el que se puede leer que:

«La catástrofe humanitaria que hoy se vive en la Franja de Gaza ocupada es el resultado del bloqueo que Israel impone desde hace 16 años y su intensificación adicional, así como de las reiteradas y devastadoras operaciones militares. Desde 2007, Israel mantiene el control del espacio aéreo, las fronteras terrestres y las aguas territoriales de Gaza, y restringe estrictamente la circulación de los productos básicos y las personas que entran o salen de la Franja, lo que alimenta un desastre humanitario. Israel ha obligado a la población de Gaza a vivir en condiciones cada vez más terribles, que desde octubre de 2023 se han deteriorado con tal celeridad y gravedad que la población en su totalidad hace frente actualmente a una hambruna que no obedece a causas naturales. El bloqueo de Israel es una forma de castigo colectivo y un crimen de guerra. Es uno de los medios fundamentales de Israel para mantener su sistema de apartheid contra la población palestina, que es un crimen contra la humanidad».

Es más que notoria la nula difusión de estos informes en medios de prensa internacionales, en particular en algunos de ellos usualmente sumamente pendientes de los comunicados emitidos desde HRW, la ICJ o desde una ONG del prestigio y la trayectoria de Amnistía Internacional.

Un drama inhumano al que Israel somete a la población civil de Gaza

El Consejo de Seguridad sesionó el pasado 27 de febrero para escuchar a diversos expertos y agencias de Naciones Unidas, alertando a los integrantes de dicho Consejo sobre la imperiosa necesidad de ordenar sin preludios un cese urgente de las hostilidades en Gaza ante la hambruna inminente que amenaza a toda la población (véase comunicado oficial de Naciones Unidas). En una de las intervenciones, uno de los responsables de una agencia de Naciones Unidas indicó (véase texto completo de su intervención ante el Consejo de Seguridad) que:

«Hunger and the risk of famine are exacerbated by factors that go beyond just the availability of food. Inadequate water, sanitation, and health services creates a cycle of vulnerability, where malnourished people – especially among the tens of thousands of people who are injured – become more susceptible to disease that further depletes the body’s nutritional reserves.

A steep rise in malnutrition among children and pregnant and breastfeeding women in the Gaza strip is a particularly grave concern. And add chronic overcrowding, exposure to the cold and an absence of adequate shelter to this lack of nutrition, and you have created the conditions for massive disease epidemics«.

Tuvimos la oportunidad de analizar el alcance del veto de Estados Unidos del pasado 20 de febrero, a un proyecto de resolución ordenando un cese al fuego por razones humanitarias presentado por Argelia. Este proyecto de resolución contó con 13 votos a favor una absención (Reino Unido) y el voto en contra (veto) de Estados Unidos: véase al respecto nuestra nota titulada «Gaza / Israel: en torno al veto indefendible de Estados Unidos en el seno del Consejo de Seguridad«.

Un diplomacia sudafricana muy activa

El pasado 1ero de marzo del 2024, en medio de un repudio generalizado por parte de otros Estados ante el accionar de Israel (véase nota de prensa de Le Figaro), fue de nuevo fue la diplomacia sudafricana una de las primeras en alzar fuertemente la voz ante un nuevo drama ocurrido el 29 de febrero, durante una entrega por parte de camiones con ayuda humanitaria cuyos beneficiarios fueron ultimados por soldados de Israel.

Al respecto, véase el comunicado oficial de prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores de Sudáfrica en el que se lee que:

«This attack comes just days after Israel submitted a report to the International Court of Justice (ICJ) and to which South Africa is preparing a response to. This latest atrocity is another breach of international law and in breach of the binding provisional orders of the ICJ. Legal remedies are one route to end institutionalised impunity that Israel has enjoyed for decades, which has emboldened them to act in the manner they have been doing on Thursday, 29 February 2024, and for decades before that«.

En América Latina, Chile de igual forma condenó tempranamente lo ocurrido en Gaza el 29 de febrero durante la entrega de ayuda humanitaria (véase comunicado oficial de prensa) así como Colombia (véase comunicado oficial de prensa).

Se sugiere a nuestros estimables lectores averiguar qué ha comunicado oficialmente su respectivo Estado ante esta verdadera masacre injustificable de civiles por parte de Israel observada por el mundo entero el pasado 29 de febrero. Y si no ha comunicado nada su respectivo aparato diplomático, preguntarse entonces qué es lo que puede estar inhibiéndolo de expresarse al respecto, teniendo acceso a las mismas imágenes y testimonios que circularon en todo el mundo.

En este inicio del 2024, un Estado como Sudáfrica se destaca ante el mundo por su incansable batalla legal ante la justicia internacional en aras de lograr frenar la insensatez de la maquinaria militar israelí en Gaza. Mientras que Sudáfrica ha reforzado su prestigio e imagen como raramente observado, para Israel el desprestigio es total, con aliados que se sienten cada vez más incómodos.

A modo de conclusión

Con relación a medidas provisionales ordenadas por la CIJ y que son posteriormente ignoradas por un Estado, tuvimos en el 2022 la ocasión de observar el irrespeto a las medidas provisionales ordenadas a Rusia por parte de la CIJ en el mes de marzo del 2022, solicitadas por Ucrania (véase ordenanza del 16 de marzo del 2022). Cabe recordar que Rusia optó en marzo del 2022 por no comparecer ante los jueces de La Haya, por razones que se desconocen (Nota 3). El conjunto de sanciones tomadas en contra de Rusia y que se reforzaron al no acatar Rusia lo establecido por el juez internacional a partir de marzo del 2022, interpela ahora a muchos decisores en Europa, Estados Unidos y Canadá con relación al desacato absoluto por parte de Israel a la ordenanza de la CIJ leída el 26 de enero del 2024. La inconsistencia de estos decisores es palpable y amenaza su credibilidad futura en acciones tomadas en defensa de las reglas del ordenamiento jurídico internacional.

Finalmente, cabe indicar que Israel se ha prestado para llevar a cabo una guerra informativa, con por ejemplo bebés decapitados que nunca dejaron ningún rastro documental (véase nota de Los Angeles Press) o un supuesto centro de comando principal del Hamás debajo del hospital de Al Shifa en Gaza que nunca se encontró: estas son tan solo algunas de las muchas «pruebas irrefutables» que se evaporaron como el aire, y sobre las que Israel ha intentado construir un discurso para justificar su accionar.

Ahora bien, poner a prueba a la justicia internacional y defender los principios elementales del derecho internacional humanitario ante la insensatez del accionar militar de Israel en Gaza deberían de poder ser asumidos por muchos otros Estados, además de Sudáfrica. No obstante, muchos se mantienen sumidos en una pasividad e inacción que llaman poderosamente la atención. En particular los Estados de Europa, de la península arábica así como y los ubicados en el Norte del continente americano, de los cuales se esperaba una mayor consistencia con sus posiciones en defensa de la justicia internacional y de las reglas que imperan en el ordenamiento jurídico internacional.

Es de precisar que ante las acciones interpuestas legales por Sudáfrica, el aparato estatal de Israel no ha logrado dar respuestas mayormente convincentes: el simple hecho que la ordenanza emitida por la CIJ el pasado 26 de enero fuera adoptada con 16 votos a favor y una sola jueza en contra, o en algunos puntos del dispositivo, con 15 votos a favor y 2 votos en contra (véase detalle en el párrafo 86 de la ordenanza de la CIJ del 26 de enero) evidencia la debilidad de la defensa legal israelí ante los jueces de La Haya.

Dada la contundencia de la petitoria elaborada por la diplomacia sudafricana, Israel no ha podido más que lanzar desde diversos sectores improperios, amenazas y otras reacciones iracundas que ya no impresionan mayormente.

Al respecto, es de notar que la jefa de la diplomacia sudafricana hizo ver que recibe amenazas veladas en redes sociales, apuntando sin tapujos hacia los servicios de inteligencia israelíes. En esta nota de prensa publicada el 8 de febrero, se puede leer que:

«I felt that [it would] be better if we had extra security. But what I’m more concerned about is my family, because in some of the social media messages my children are mentioned and so on, but this is par for the course. The Israeli agents, the intelligence services, [this] is how they behave, and they seek to intimidate you, so we must not be intimidated. There is a cause that is under way«.


– – Notas – –

Nota 1: Véase AL TAMIMI Y., «Implications of the ICJ Order (South Africa v. Israel) for Third States«, EJIL Talk, edición del 6 de febrero del 2024. Texto completo disponible aquí.

Nota 2: La Declaración de la CELAC sobre Israel y Gaza del 2 de marzo titulada «Statement on Israeli actions in Occupied East Jerusalem and the rest of the Occupied Palestinian Territory» se encuentra disponible en este enlace oficial del Palacio del Itamaraty de Brasil, sede del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil.

Nota 3: Con relación a esta inusitada no comparecencia de Rusia ante los jueces de la CIJ, remitimos a nuestros estimables lectores a unas breves reflexiones nuestras: BOEGLIN N., «La fuerza del derecho ante el derecho a la fuerza (el caso de Ucrania y Rusia) A propósito de la no comparecencia de Rusia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, Portal de la Universidad de Costa Rica (UCR), 23 de marzo del 2022. texto disponible aquí.

Gaza / Israel: a propósito de la reciente solicitud de intervención de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en la demanda de Sudáfrica contra Israel

Foto extraída de nota de prensa del Times of Israel, en su edición del 12 de febrero del 2024, titulada «Court orders Netherlands to stop F-35 parts delivery to Israel over war on Hamas».

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com

El pasado 8 de febrero del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer una solicitud formal de intervención presentada por parte de Nicaragua con relación a la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023: el texto del comunicado oficial de la CIJ puede ser consultado en este enlace en francés y en inglés.

En cuanto al texto de la demanda sudafricana como tal, cuya lectura completa se recomienda (en particular el detalle de las escalofriantes declaraciones oficiales de las máximas autoridades de Israel en los párrafos 101-107), se puede consultar de manera integral en francés y en inglés.

Es de notar que recientemente la jefa de la diplomacia sudafricana hizo ver que recibe amenazas veladas en redes sociales, apuntando sin tapujos hacia los servicios de inteligencia israelíes. En esta nota de prensa publicada el 8 de febrero, se puede leer que:

«I felt that [it would] be better if we had extra security. But what I’m more concerned about is my family, because in some of the social media messages my children are mentioned and so on, but this is par for the course. The Israeli agents, the intelligence services, [this] is how they behave, and they seek to intimidate you, so we must not be intimidated. There is a cause that is under way«.

Cabe recordar que Nicaragua, al igual que más de 150 Estados, externó en su momento su satisfacción y su apoyo a la demanda sudafricana presentada ante la justicia internacional (véase nota de prensa de Swiss Info del 10 de enero del 2024). En América Latina, el primer Estado en manifestar su respaldo a la demanda de Sudáfrica fue Bolivia en un comunicado oficial de su diplomacia, con fecha del 7 de enero (véase texto integral del comunicado).

Una breve puesta en contexto

Se trata de la primera solicitud de un Estado tercero de esta naturaleza registrada en La Haya, de otros muchas que posiblemente se observen a partir de ahora por parte de diversos Estados.

Un riesgo «plausible» de genocidio en Gaza, confirmado por la CIJ desde el 26 de enero del 2024, y un Estado que, desde entonces, sigue desafiando con su accionar insensato en Gaza a la justicia internacional, interpelan a todos los integrantes de la comunidad internacional, y ello desde diversos planos, sea nacional, sea internacional.

A modo de ejemplo, en el plano nacional, este 12 de febrero, las autoridades de Israel fueron informadas de una sentencia de una corte nacional que ordena el cese inmediato de exportaciones de componentes hacia Israel para aviones de combate F-35 desde Países Bajos (véase nota de la BBC del 12 de febrero).

En el plano internacional, la solicitud de Nicaragua es una de las muy diversas acciones que puede tomar un Estado: en este caso, la solicitud de Nicaragua se fundamenta en el artículo 62 del Estatuto de la CIJ que se lee de la siguiente manera:

«Artículo 62 1. Si un Estado considerare que tiene un interés de orden jurídico que puede ser afectado por la decisión del litigio, podrá pedir a la Corte que le permita intervenir. 2. La Corte decidirá con respecto a dicha petición«.

Es de precisar, desde la perspectiva estrictamente jurídica, que en su ordenanza del pasado 26 de diciembre, la CIJ destacó el tipo de obligaciones que genera la Convención de 1948 contra el Genocidio y reafirmó el carácter de «obligaciones erga omnes«, las cuales se imponen a todos los Estados debido a su importancia fundamental (Nota 1).

Resulta oportuno indicar que Nicaragua no mantiene relaciones diplomáticas con Israel desde junio del 2010, en razón del ataque a una flotilla turca de carácter humanitario por parte del ejército de Israel (véase nota de El Tiempo / Colombia del 1 de junio del 2010); al tiempo que Cuba no tiene relaciones con Israel desde 1967.

Por su parte Venezuela rompió sus relaciones diplomáticas con Israel en enero del 2009, a raíz de la dramática ofensiva militar en Israel observada entre diciembre del 2008 y enero del 2009 (véase nota de prensa de El Pais /España). Al igual que Venezuela en el 2009, Bolivia también rompió sus relaciones diplomáticas con Israel, las reanudó oficialmente a finales del mes de noviembre del 2019 (véase nota de prensa del 2019 de la agencia turca de noticias TRT) para suspenderlas el pasado 31 de octubre del 2023 (véase comunicado oficial de Bolivia de la misma fecha). El 14 de noviembre del 2023, Belice optó por tomar una medida similar a la de Bolivia (véase comunicado oficial).

En Nicaragua, para la conmemoración de los 10 años de la muerte del líder palestino Yasser Arafat, se realizó un acto oficial en Managua (véase nota de prensa de noviembre del 2014). Recientemente – finales de enero del 2024 -, se informó sobre la muerte de una renombrada poetiza nicaragüense cuya familia era oriunda de Palestina, quien acompañó sentimentalmente a Yasser Arafat (véase foto de archivos contenida en esta nota de La Prensa de Nicaragua, y esta nota de prensa del 28 de enero del 2024).

También es de recordar que, con ocasión de la ofensiva militar israelí terrestre en Gaza en julio del 2014, varios Estados de América Latina habían reaccionado ante el carácter desproporcional e indiscriminado de los ataques de Israel contra la población civil de Gaza (véase nota de la BBC). En aquella ocasión, tuvimos la oportunidad de escribir que:

«Un estudio pormenoriza las declaraciones y manifestaciones de los distintos jefes de Estados de América Latina a la violencia de la ofensiva militar desplegada por Israel, incluyendo el uso del calificativo de “genocidio” por parte del presidente del Uruguay, el de “masacre” por parte de la Presidenta de Brasil y las ambigüedades de la posición adoptada por las autoridades de Costa Rica. En un comunicado oficial, la cancillería del Uruguay, encabezada por Luis Almagro (hoy secretario general de la Organización de Estados Americanos –OEA-), no dudó en calificar de “crimen de guerra” la matanza de civiles palestinos, en agosto del 2014» (Nota 2).

Una ordenanza de la CIJ que espera desde el 26 de enero ser acatada

En el último estado de situación disponible elaborado por Naciones Unidas (al 8 de febrero del 2024, véase informe) se lee que:

« Israeli bombardment and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups continue to be reported across much of the Gaza Strip, resulting in further civilian casualties, displacement, and destruction of civilian infrastructure. In remarks to the UN General Assembly on 7 February, UN Secretary-General António Guterres warned that the expansion of hostilities to Rafah, where hundreds of thousands of Palestinians have sought refuge, “would exponentially increase what is already a humanitarian nightmare with untold regional consequences.”

Between the afternoons of 7 and 8 February, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 130 Palestinians were killed, and 170 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 12:00 on 8 February 2024, at least 27,840 Palestinians were killed in Gaza and 67,317 Palestinians were injured, according to the MoH.

Between the evenings of 7 and 8 February, no Israeli soldiers were reported killed in Gaza. As of 8 February, 225 soldiers were killed and 1,314 soldiers were injured in Gaza since the beginning of the ground operation, according to the Israeli military«.

En este mismo documento se advierte del inminente riesgo de hambruna, al precisar que:

«The risk of famine in Gaza is increasing by the day, particularly for hundreds of thousands of people in northern Gaza who have been predominantly cut off from assistance and where food security assessments show the greatest needs, with many reportedly grinding animal feed to make flour. Since the onset of the crisis, the World Food Programme (WFP) delivered a total of 1,940 trucks (19 per cent of all aid trucks) carrying over 32,413 metric tons of life-saving food supplies. The last time UNRWA was able to carry out a food distribution in the north of Wadi Gaza was 23 January«.

Con respecto a la demanda interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023 ante la CIJ, tuvimos la oportunidad en una nota anterior titulada «Gaza / Israel: a propósito de la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)» de analizar el alcance de la ordenanza de la CIJ dada a conocer por la CIJ el pasado 26 de enero (véase texto oficial en francés y en inglés ) y de vislumbrar las posibles reacciones en caso de desacato por parte de Israel.

En unas recientes reflexiones del Profesor Al Tamimi publicadas en el portal de EJIL-Talk (véase articulo titulado «Implications of the ICJ Order (South Africa v. Israel) for Third States«, cuya lectura completa se recomienda), el autor precisa en sus conclusiones la tarea que espera a los Estados ante el desafio que Israel plantea a la comunidad internacional, al no parecer dispuesto a acatar lo ordenado por la CIJ:

«Since the ICJ handed down its provisional measures Order on 26 January, Israeli forces have reportedly killed hundreds of Palestinians as per UNOCHA’s daily briefings, civilians waiting to receive humanitarian aid were shot and injured, hospital staff have been killed, and government ministers called for the displacement of Palestinians from Gaza at a far-right conference. These events underscore the real and imminent risk of irreparable damage facing rights plausibly protected under the Genocide Convention. At a time when the credibility of international law hangs in the balance, the ICJ demonstrated the enduring relevance of its guidance by issuing a firm ruling in front of an expectant legal and non-legal community. States are now called upon to ensure, beyond assurances and words, that they are ready to take action to ensure compliance».

Con relación a otra instancia internacional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI), en otra nota anterior, titulada «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)» pudimos analizar los alcances de la remisión conjunta hecha por Chile y México ante el drama que se vive en Gaza.

Vigilia en memoria de las víctimas palestinas en Gaza, organizada frente al Ministerio de Relaciones Exteriores Culto de Costa Rica en la tarde/noche del 2 de noviembre del 2023. Foto obtenida gracias a la cortesía de la Red de Solidaridad con Palestina / Costa Rica.

La solicitud realizada por Nicaragua en breve

El texto de la solicitud hecha por Nicaragua se encuentra disponible en el sitio oficial de la CIJ en este enlace desde este 12 de febrero: se trata de un documento con varios anexos, con fecha del 22 de enero del 2024.

En la página 10 se incluyen por parte de Nicaragua referencias a declaraciones oficiales de Israel, al precisar que:

«23. As pointed out above, Nicaragua has repeatedly called on Israel to cease its activities in the Gaza Strip that amount to violations of the Genocide Convention. The response of Israel has been not only to Nicaragua, but to South Africa, the Court and the international community during the hearings in Court on 12 January 2024, in which the representatives of Israel justified all of the actions that have been submitted to the Court by South Africa as violations of the Genocide Convention and indicated that it has no intention of ceasing their execution. For example, the Agent indicated that Israel “has the right to defend itself” and that the request for provisional measures “cannot stand” as it denies Israel of its rights. Furthermore, the very next day after the hearings the Prime Minister of Israel gave a press conference warning that “nobody will stop us — not The Hague, not the axis of evil and not anybody else,” and went on to condemned “the hypocritical onslaught at The Hague against the state of the Jews…” vowing to continue Isrel’s war in Gaza “until total victory”. Thus, the dispute is clearly established. There is no possibility of diplomatic agreement of this issue«.

En las conclusiones (página 12) se lee que Nicaragua solicita que su iniciativa no genere a los jueces de La Haya mayores dilaciones para responder de manera prioritaria a la solicitud urgente de medidas provisionales, las cuales fueron ordenadas a Israel el 26 de enero:

«25. For the reasons set out in this Application, Nicaragua respectfully requests the Court to permit its intervention as a party in the case concerning Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide in the Gaza Strip (South Africa v. Israel) for the object and purpose specified above and to participate in those proceedings in accordance with Article 85 of the Rules of Court. Nicaragua reserves its rights to present supplementary arguments and observations as and when the Court would allow it to do so, as well as any other rights granted by international law and in particular by the Statute of the Court.

  1. Furthermore, given the urgency of the situation, Nicaragua wishes to clarify to the Court that it does not wish for its request for intervention to delay the proceedings and deliberations of the Court related to the urgent request for provisional measures. The timing of the intervention merely reflects Nicaragua’s deep concern over the situation and the need to alert the Court as early as possible of Nicaragua’s intention«.

A modo de conclusión

Más allá de los mecanismos jurisdiccionales que los Estados pueden usar para intentar frenar a Israel en Gaza, se puede decir que, como región, América Latina destaca en el mundo ante el drama inhumano al que Israel somete a los habitantes de Gaza con bombardeos incesantes, desproporcionales e indiscriminados desde la tarde/noche del 7 de octubre.

En un comunicado conjunto dado a conocer el pasado 2 de febrero, varios expertos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos externaron que:

«With the ICJ alerting the international community to the risk of genocide in Gaza and ordering immediate and effective action to ensure the provision of humanitarian assistance to civilians, states must do more, including to avoid legal consequences for aiding and abetting, or possible complicity in acts of genocide,” they said. “Instead of castigating the agency that provides critical support for millions of Palestinians in Gaza, states must exhaust all efforts to avert serious violations of international law, including genocide—and this necessitates continued international support of UNRWA’s vital humanitarian services.

No está de más precisar que fueron varios los Estados latinoamericanos los que, tempranamente, alzaron la voz contra el accionar militar de Israel en Gaza. En una nota de finales del mes de octubre del 2023, tuvimos la posibilidad de detallar el conjunto de acciones de repudio contra Israel tomadas por varios Estados del continente americano en nuestras reflexiones tituladas: “Gaza / Israel: algunos apuntes con relación al anuncio por parte de Bolivia de romper sus relaciones diplomáticas con Israel y al llamado a consultas de embajadores por parte de Chile, de Colombia y de Honduras».

Se trata de acciones diversas tomadas por parte de Estados de América Latina en las que, cada uno a su manera, reafirman el apoyo de esos Estados al respeto del derecho internacional humanitario y a la justicia internacional, denunciando de paso el uso desproporcional de la fuerza por parte de un Estado contra civiles. Estas acciones, al menos a la fecha, no han encontrado eco alguno por parte de Estados en Europa ni en el norte del continente americano, sumidos en un mutismo e inacción colectiva que llaman ambos poderosamente la atención.

Este recurso, por parte de distintos Estados de América Latina, a los diversos mecanismos que ofrece el derecho internacional frente al accionar insensato del aparato militar israelí desde el pasado 7 de octubre se confirma con esta primera solicitud ante la CIJ presentada por Nicaragua. Es muy probable que sea seguida por otras solicitudes muy similares proviniendo de otras latitudes del planeta.

Finalmente, es menester indicar que la justicia internacional de La Haya iniciará este próximo 19 de febrero las audiencias orales con relación al procedimiento consultivo sobre la colonización israelí en territorio palestino: este 9 de febrero la CIJ comunicó el extenso programa de audiencias, cuyo detalle está disponible en francés y en inglés.

– – Notas – –

Nota 1: Se lee en efecto por parte de la CIJ (parrafo 33) en su ordenanza del 26 de enero del 2024 que:» The Court notes that the Respondent did not challenge the standing of the Applicant in the present proceedings. It recalls that, in the case concerning the Application of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide (The Gambia v. Myanmar) where Article IX of the Genocide Convention was also invoked, it observed that all the States parties to the Convention have a common interest to ensure the prevention, suppression and punishment of genocide, by committing themselves to fulfilling the obligations contained in the Convention. Such a common interest implies that the obligations in question are owed by any State party to all the other States parties to the relevant convention; they are obligations erga omnes partes, in the sense that each State party has an interest in compliance with them in any given case. The common interest in compliance with the relevant obligations under the Genocide Convention entails that any State party, without distinction, is entitled to invoke the responsibility of another State party for an alleged breach of its obligations erga omnes partes» (el subrayado es nuestro).

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «A un año del inicio de la operación “Margen Protector”: breves apuntes desde la perspectiva del derecho internacional«, Estudios del CURI (Centro Uruguayo de Relaciones Internacionales), Núm. 7/2015, p. 14. Texto integral disponible aquí . También remitimos a otro artículo BOEGLIN N., «Reacciones en América Latina a la operación «Margen Protector» del ejército israelí en la franja de Gaza«, CEMOAN, Universidad Nacional (UNA), Num. 15, agosto de 2014. Texto integral disponible aquí.

Gaza / Israel: la ordenanza de la Corte Internacional de Justicia (CIJ)

Nicolas Boeglin. Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho,Universidad de Costa Rica (UCR).

Este 26 de enero del 2024, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) dio a conocer su ordenanza, repondiendo a la solicitud urgente de medidas provisionales interpuesta por Sudáfrica contra Israel el pasado 29 de diciembre del 2023: el texto de la ordenanza puede ser consultado en este enlace en francés y en inglés.

Cabe advertir desde ya que esta ordenanza es una decisión preliminar de carácter ugente del juez de La Haya, distinta a la sentencia o fallo sobre el fondo, que se tomará tan solo dentro de unos años por parte del juez de La Haya.

Breve puesta en contexto

La petitoria final de Sudáfrica sobre las medidas provisionales de carácter urgente figura en las páginas 83-84 de su intervención ante los jueces de La Haya realizada el pasado 11 de enero y consta de un total de 9 puntos (véase texto). Por su parte, las conclusiones finales de Israel pidiendo desestimar y archivar esta solicitud se encuentran en la página 75 de su intervención ante los jueces realizada el 12 de enero del 2024 (véase texto

Resulta de interés señalar que durante estas audiencias realizadas los días11-12 de enero, Chile envió a su máximo representante en La Haya  y lo hizo ver mediante un documento circulado por su aparato diplomático (véase comunicado oficial del 11 de enero). Menos de una semana después, conjuntamente con México, Chile solicitó a otra instancia jurisdiccional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) la remisión urgente de la situación en Gaza a la Oficina del Fiscal de la CPI (véase comunicado oficial de Chile y comunicado de México, ambos del 18 de enero del 2024): tuvimos oportunidad de analizar en detalle ambos comunicados (Nota 1), planteando de paso la inacción observada por parte de los demás 122 Estados Partes al Estatuto de Roma.

El contenido de la ordenanza de la CIJ en breve

En el texto de su ordenanza dada a conocer este 26 de enero (parte dispositiva tomada con 15 votos a favor en su casi totalidad, párrafo 86), la CIJ declara que: 

«1) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit, conformément aux obligations lui incombant au titre de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide, prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir la commission, à l’encontre des Palestiniens de Gaza, de tout acte entrant dans le champ d’application de l’article II de la convention, en particulier les actes suivants : 

a) meurtre de membres du groupe ; 

b) atteinte grave à l’intégrité physique ou mentale de membres du groupe ; 

c) soumission intentionnelle du groupe à des conditions d’existence devant entraîner sa destruction physique totale ou partielle ; et 

d) mesures visant à entraver les naissances au sein du groupe ; 

2) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus ; 

3) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre toutes les mesures en son pouvoir pour prévenir et punir l’incitation directe et publique à commettre le génocide à l’encontre des membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

4) Par seize voix contre une, 

L’État d’Israël doit prendre sans délai des mesures effectives pour permettre la fourniture des services de base et de l’aide humanitaire requis de toute urgence afin de remédier aux difficiles conditions d’existence auxquelles sont soumis les Palestiniens de la bande de Gaza ; 

5) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit prendre des mesures effectives pour prévenir la destruction et assurer la conservation des éléments de preuve relatifs aux allégations d’actes entrant dans le champ d’application des articles II et III de la convention pour la prévention et la répression du crime de génocide commis contre les membres du groupe des Palestiniens de la bande de Gaza ; 

6) Par quinze voix contre deux, 

L’État d’Israël doit soumettre à la Cour un rapport sur l’ensemble des mesures qu’il aura prises pour donner effet à la présente ordonnance dans un délai d’un mois à compter de la date de celle-ci. 

../..

(1) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall, in accordance with its obligations under the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide, in relation to Palestinians in Gaza, take all measures within its power to prevent the commission of all acts within the scope of Article II of this Convention, in particular: 

(a) killing members of the group; 

(b) causing serious bodily or mental harm to members of the group; 

(c) deliberately inflicting on the group conditions of life calculated to bring about its physical destruction in whole or in part; and 

(d) imposing measures intended to prevent births within the group;

(2) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

(3) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take all measures within its power to prevent and punish the direct and public incitement to commit genocide in relation to members of the Palestinian group in the Gaza Strip ; 

(4) By sixteen votes to one, 

The State of Israel shall take immediate and effective measures to enable the provision of urgently needed basic services and humanitarian assistance to address the adverse conditions of life faced by Palestinians in the Gaza Strip; 

(5) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II and Article III of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide against members of the Palestinian group in the Gaza Strip; 

(6) By fifteen votes to two, 

The State of Israel shall submit a report to the Court on all measures taken to give effect to this Order within one month as from the date of this Order». 

De algunos detalles de interés

Resulta muy inusual que la Presidenta de la CIJ refiera expresamente, en el resumen de una decisión como la ordenanza leída este 26 de enero del 2024,  al contenido de declaraciones oficiales, como las declaraciones israelíes escalofriantes oídas desde el pasado 7 de octubre: en la gestual extremadamente formal y a veces  muy parsimoniosa de los jueces de la CIJ, este primer detalle no ha pasado desapercibido para muchos de los observadores internacionales.  Tratándose además de una magistrada oriunda de los Estados Unidos, esta señal enviada desde la Presidencia del máximo órgano judicial de Naciones Unidas puede considerarse particularmente clara. 

Como se recordará la solicitud de Sudáfrica planteaba como primer punto (de los 9 que contenía su solicitud) el ordenar un cese al fuego inmediato, tal y como tuvimos la oportunidad de analizarlo en una nota anterior cuando presentó su demanda en diciembre del 2023 (Nota 2). La dificultad consistía para los jueces de La Haya en ordenar un cese al fuego entre dos bandos, con uno solo sentado en el banquillo del Peace Palace de La Haya. Un cese al fuego por definición aplica para dos contendores, y no uno.

La CIJ no acogió esta solicitud de manera expresa. Algunos juristas podrían interpretar que la CIJ deja entonces a Israel la posibilidad de continuar sus acciones militares en Gaza, las cuales ya han causado la muerte de casi  26.000 personas y herido a más de 64.000 según el último informe de situación de Naciones Unidas al 25 de enero (véase informe). No obstante, el inciso 2 del párrafo operativo 86 viene a restringir esta interpretación literal, al señalar la CIJ que hay una inmediatez ordenada a Israel:

«(2)L’État d’Israël doit veiller, avec effet immédiat, à ce que son armée ne commette aucun des actes visés au point 1 ci-dessus  /…/  The State of Israel shall ensure with immediate effect that its military does not commit any acts described in point 1 above ; 

Es de notar que con relación a una solicitud similar pero no idéntica proveniente de Ucrania en febrero del 2022, esta misma solicitud de cese de operaciones militares sí había sido acogida de manera expresa  en la ordenanza del 16 de marzo del 2022 adoptada por la CIJ (véase texto   de la ordenanza, párrafo 86 inciso 1, adoptado con 13 votos a favor y 2 en contra): pero se trataba de un Estado objeto de una agresión militar exigiendo a la CIJ ordenar inmediatamente el cese de la agresión por parte de otro Estado.

Por otro lado, Sudáfrica solicitaba que la CIJ ordenara a Israel permitir la entrada de misiones internacionales de investigaciones en Gaza (más conocidas como «fact finding missions«). El punto 7 de su petitoria indicaba en efecto que:

«(7) The State of Israel shall take effective measures to prevent the destruction and ensure the preservation of evidence related to allegations of acts within the scope of Article II of the Convention on the Prevention and Punishment of the Crime of Genocide; to that end, the State of Israel shall not act to deny or otherwise restrict access by fact-finding missions, international mandates and other bodies to Gaza to assist in ensuring the preservation and retention of said evidence«.

La CIJ no acogió esta petitoria: en el punto 5 del precitado párrafo 86 ordena únicamente a Israel proceder a evitar la destrucción de indicios de actos cubiertos por la Convención contra el Genocidio de 1948.

No obstante estos dos puntos de importancia que no fueron expresamente contemplados por los jueces de la CIJ en su ordenanza, los puntos 1,2,3,4,5 y 6 de su decisión leída este 26 de enero del 2024 dejan entrever que actos cometidos por Israel en Gaza desde la tarde /noche del 7 de octubre sí interesan disposiciones de la Convención contra el Genocidio de 1948: lo cual constituye en sí una señal muy significativa y debería interpelar en Israel (así como fuera) a muchos decisores sobre la forma tan peculiar que tiene Israel de llevar a cabo sus operaciones militares en Gaza. 

En el párrafo 54 de la ordenanza de este 26 de enero del 2024 se lee que:

« 54. La Cour est d’avis que les faits et circonstances mentionnés ci-dessus suffisent pour conclure qu’au moins certains des droits que l’Afrique du Sud revendique et dont elle sollicite la protection sont plausibles. Il en va ainsi du droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et du droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention.

../..

54. In the Court’s view, the facts and circumstances mentioned above are sufficient to conclude that at least some of the rights claimed by South Africa and for which it is seeking protection are plausible. This is the case with respect to the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts identified in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention»

Al tiempo que en el párrafo 59 la CIJ dictamina que:

«59. La Cour considère que, par leur nature même, certaines au moins des mesures conservatoires demandées par l’Afrique du Sud visent à préserver les droits plausibles qu’elle invoque sur le fondement de la convention sur le génocide en la présente affaire, à savoir le droit des Palestiniens de Gaza d’être protégés contre les actes de génocide et les actes prohibés connexes visés à l’article III et le droit de l’Afrique du Sud de demander qu’Israël s’acquitte des obligations lui incombant au titre de la convention. En conséquence, il existe un lien entre les droits revendiqués par la demanderesse que la Cour a jugés plausibles et au moins certaines des mesures conservatoires sollicitées.

../..

59. The Court considers that, by their very nature, at least some of the provisional measures sought by South Africa are aimed at preserving the plausible rights it asserts on the basis of the Genocide Convention in the present case, namely the right of the Palestinians in Gaza to be protected from acts of genocide and related prohibited acts mentioned in Article III, and the right of South Africa to seek Israel’s compliance with the latter’s obligations under the Convention. Therefore, a link exists between the rights claimed by South Africa that the Court has found to be plausible, and at least some of the provisional measures requested». 

La ofensiva militar israelí en Gaza: algunas interrogantes

Desde un estricto punto de vista militar,  la «estrategia» de Israel plantea serias interrogantes, al no haber alcanzado ninguno de sus objetivos militares después de más de 110 días de intensos bombardeos en Gaza: los rehenes israelíes siguen sin ser localizados, escondidos en alguna parte en Gaza con sus custodios; al tiempo que los principales mandos militares del Hamás siguen en vida y su estructura militar pareciera resistir al asedio total que Israel inflige diariamente a Gaza con sus bombardeos. Los numerosos escombros de inmuebles en Gaza constituyen ahora escóndites muy útiles para los combatientes del Hamás en sus operaciones contra las fuerzas militares israelíes. Un especialista francés en asuntos militares y connotado comentarista, recientemente escribió en su blog que:

«La situation sur la bande de Gaza est parfaitement désespérante. D’un côté, le gouvernement israélien annonce régulièrement qu’il va enfin sortir de cette opération dévastatrice dont le bilan est parfaitement catastrophique. Mais dans la réalité, rien ne change à ce stade où chaque jour renouvelle son lot de bombardements qui dévastent littéralement la bande de Gaza.

/../

Dans la partie Nord, censée avoir été nettoyée (c’est le terme militaire) par l’armée israélienne, les unités de Tsahal sont régulièrement harcelées par des miliciens qui ont fait des décombres leur refuge. Dans la partie Sud, l’armée affirme vouloir réduire le « quartier général stratégique » du Hamas qui se situerait à Khan Younes, après avoir été vainement cherché à Gaza même puis sous l’hôpital Al Shifa, un QG fantôme qui ne justifie en aucun cas les bombardements opérés sur l’ensemble de la bande de Gaza.  

/…/

Si cette opération déclenchée par le gouvernement Netanyahou contre la bande de Gaza continue, le risque d’escalade régional est avéré et le risque pour l’avenir d’Israël est constitué. Il appartient aux alliés d’Israël et à toutes les sociétés qui comprennent que la paix ne se construit pas dans la vengeance, de l’obliger désormais à sortir de cette impasse sanglante et de construire sur ces décombres inutiles l’avenir et la stabilité de cette région» (Nota 3).

Una ordenanza de la CIJ que lanza un llamado a la acción

Al haber Sudáfrica invocado la Convención contra el Genocidio de 1948 como base de competencia para interponer su demanda contra Israel el pasado 29 de diciembre,  la CIJ tenía limitado su ámbito de acción, procediendo a verificar únicamente si las evidencias probatorias presentadas por Sudáfrica eran de recibo (o no) y si guardaban alguna relación (o no) con las disposiciones de este instrumento multilateral.  El sútil equilibrio que la CIJ imprime tradicionalmente a sus decisiones no pareciera esta vez haberse verificado del todo.

Al señalar en su ordenanza que sí existe esta relación, que es plausible que Israel esté violando disposiciones de este instrumento, y al ordenarle a Israel varias de las medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica, el equipo legal de Sudáfrica puede sentirse muy satisfecho por la labor realizada.

Esta ordenanza de la CIJ también interpela de ahora en adelante al resto de la comunidad internacional para idear cómo frenar de manera significativa a un Estado cuyas máximas autoridades parecieran decididas a llevar a cabo una operación militar punitiva contra la población civil de Gaza, en represalia al ataque sufrido en la mañana del 7 de octubre perpetrado en territorio israelí por parte del Hamás. 

Es  muy probable que, ordenanza de la CIJ en mano, Estados, sea a título individual o colectivo, se planteen algunas interrogantes muy válidas:

-¿se puede seguir manteniendo relaciones diplomáticas, económicas «normales» con un Estado al que la CIJ señala que puede estar violando varias disposiciones de una emblemática convención como la Convención contra el Genocidio de 1948?

-¿se puede seguir exportando armas y municiones, componentes electrónicos con fines militares a un Estado que está demostrando no saberlos usar correctamente, con bombardeos indiscriminados y desproporcionales y una deliberada política de destrucción total?

-¿se puede seguir manteneniendo relaciones en el ámbito académico, en materia de cooperación técnica y científica, con un Estado que desde la tarde/noche del 7 de octubre destruye de manera intencional y deliberada escuelas, centros educativos superiores, y universidades en Gaza, aniquilando proyectos de vida de muchos jóvenes palestinos?

Por su parte, es muy probable que, también con la ordenanza de la CIJ en sus respectivas carpetas, los integrantes del Consejo de Seguridad, de la Asamblea General  y de otras instancias de Naciones Unidas opten por nuevas iniciativas. 

En cuanto a la Oficina del Fiscal de la CPI (que se ha mostrado hasta ahora bastante distante con el drama cotidiano que se vive en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre), alguna declaración de su parte permitiría encausar acciones y materializarlas, de cara a establecer la responsabilidad penal individual de varios altos mandos israelíes:  es lo que diversos sectores en Europa buscan realizar, en particular desde Francia y Bélgica (Nota 4).

En su comunicado oficial (véase texto) acogiendo con beneplácito la  ordenanza de la CIJ, se lee por parte de Sudáfrica que:

«The United Nations Security Council will now be formally notified of the Court’s order pursuant to Article 41(2) of the Court’s Statute. The veto power wielded by individual states cannot be permitted to thwart international justice, not least in light of the ever-worsening situation in Gaza brought about by Israel’s acts and omissions in violation of the Genocide Convention. Third States are now on notice of the existence of a serious risk of genocide against the Palestinian people in Gaza. They must, therefore, also act independently and immediately to prevent genocide by Israel and to ensure that they are not themselves in violation of the Genocide Convention, including by aiding or assisting in the commission of genocide. This necessarily imposes an obligation on all States to cease funding and facilitating Israel’s military actions, which are plausibly genocidal «.

A modo de conclusión

No está de más señalar que los argumentos elaborados por la defensa de Israel, acompañados por esfuerzos inusuales por parte de algunos grandes medios de comunicación, no tuvieron mayor impacto en los jueces de la CIJ: esta ordenanza se tomó con un voto contudente de 16 contra uno (siendo el juez ad hoc israelí la única voz en contra), o  en algunas partes del párrafo dispositivo 86, con 15 contra 2 (siendo la jueza oriunda de Uganda la otra voz discordante observada, que consideró oportuno emitir una opinión disidente). Cabe precisar que el juez ad hoc de Israel sí votó en favor de los puntos 3 y 4 del precitado párrafo operativo 86, mientras la juez titular oriunda de Uganda votó en contra. 

Con relación a Israel, es de esperarse a reacciones iracundas contra los jueces de la CIJ por parte de sus máximas autoridades, las cuales ya no deben impresionar mayormente. En una nota reciente, ya tuvimos la oportunidad de señalar que:

«Israel deberá entonces ponderar si se arriesga a no acatarla o si cesa sus acciones militares en Gaza. El descrédito generalizado de su accionar en Gaza ha ido en aumento desde el pasado 7 de octubre, y colocarse en abierto desafío al máximo órgano judicial dentro del organigrama de Naciones Unidas conllevaría consecuencias, en particular para algunos de sus aliados más cercanos«.

Con relación a medidas provisionales ordenadas por la CIJ y posteriormente ignoradas por un Estado, recientemente tuvimos la ocasión de observar  el irrespeto a las medidas ordenadas contra Rusia por parte de la CIJ en el mes de marzo del 2022, solicitadas por Ucrania (véase ordenanza del 16 de marzo del 2022). 

El conjunto de sanciones tomadas en contra de Rusia y que se reforzaron al no acatar Rusia lo establecido por el juez internacional a partir de marzo del 2022, interpelará probablemente a muchos en Europa, Estados Unidos y Canadá con relación a un eventual desacato por parte de Israel a la ordenanza de la CIJ leída este 26 de enero del 2024.

Nota 1:  Véase BOEGLIN N., «Gaza /  Israel: a propósito del  anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «»Gaza / Israel: a propósito de la reciente demanda interpuesta por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, editada el 29 de diciembre del 2023 y disponible aquí.

Nota 3: Véase ANCEL G., «L’Ukraine oblige l’Europe à se réveiller tandis qu’Israël sombre dans le déni«, Ne pas subir, Blog de Guillaume Ancel, édición del 20 de enero del 2024, disponible aquí.

Nota 4: En el caso de Francia, una propuesta del Senado circula desde el 5 de enero del 2024 (véase texto de la «proposition de résolution«) llamando a Francia a solicitar a la CPI e invitando en particular «… le Gouvernement à inclure dans ce renvoi une demande de saisine de la Chambre préliminaire aux fins que soient délivrés des mandats d’arrêt à l’encontre de M. Benyamin Netanyahou et de toute autre personne impliquée, selon l’évolution de l’enquête» (página 28).  Cabe señalar además una declaración conjunta de profesores belgas de derecho internacional público  (véase texto) con fecha del 13 de noviembre del 2023, indicando: «5. Compte tenu du risque de génocide, l’obligation de le prévenir, due conformément à la Convention de 1948 pour la prévention et la répression du crime de génocide, est dès à présent déclenchée«. Esta declaración hecha en nombre de la Société Belge pour le Droit International (SBDI) denota una sensibilidad mucho mayor a la de otras sociedades europeas de derecho internacional público. Salvo error de nuestra parte, solamente se registra, anteriores al texto de la SBDI, esta declaración de expertos españoles en derecho internacional público y relaciones internacionales (véase texto) y esta otra adoptada en nombre de la Società Italiana di Diritto Internazionale (SIDI) el 13 de octubre del 2023. 

Gaza / Israel: decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) anunciada para este 26 de enero

Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto : nboeglin@gmail.com.

En un comunicado dado a conocer este 24 de enero (véase texto en francés y en inglés), la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha anunciado que dará a conocer su ordenanza sobre las medidas provisionales urgentes solicitadas por Sudáfrica el pasado 29 de diciembre del 2023 contra Israel.

Cabe advertir desde ya que se trata de una decisión preliminar de carácter urgente, que es distinta a la decisión o fallo sobre el fondo, que se tomará tan solo dentro de unos años.

La petitoria final de Sudáfrica sobre las medidas provisionales de carácter urgente figura en las páginas 83-84 de su intervención ante los jueces de La Haya realizada el pasado 11 de enero y consta de un total de 9 puntos (véase texto). Por su parte, las conclusiones de Israel pidiendo desestimar y archivar esta solicitud se encuentran en la página 75 de su intervención ante los jueces realizada el 12 de enero del 2024 (véase texto).

Breve puesto en contexto

Como se recordará, Sudáfrica presentó formalmente una demanda contra Israel, la cual vino acompañada de una solicitud urgente de medidas provisionales ante el drama absoluto que se vive en Gaza: véase a ese respecto el texto completo de su demanda inicial de 84 páginas, cuya lectura completa se recomienda: revisten especial interés los párrafos 101-107 que detallan las escalofriantes declaraciones oficiales oídas en Israel por parte de sus máximas autoridades.

Tuvimos la oportunidad de analizar el alcance de la acción interpuesta por Sudáfrica en una nota anterior, y los temores – fundados – que ha despertado esta acción en algunos círculos, tanto en Israel como en Estados Unidos (Nota 1).

Con relación a la forma de defenderse escogida por Israel durante las audiencias en La Haya realizadas el pasado 11 y 12 de enero del 2024, en esta muy recomendada entrevista publicada el 23 de enero del 2024 en la publicación le Magazine+972 en Israel, se lee que:

«My impression of the Israeli defense was that they appeared unable to deny or refute the accusations, providing only minimal and unconvincing attempts at justification. They appeared unprepared to confront the magnitude of the accusations, and struggled to mount a robust defense, often avoiding the critical evidence provided by the South African legal team — perhaps unaccustomed to being under such scrutiny, and also pressed for time«.

Cabe señalar que durante estas audiencias realizadas los días11-12 de enero, Chile envió a su máximo representante en La Haya (véase comunicado oficial del 11 de enero). Menos de una semana después, conjuntamente con México, Chile solicitó a otra instancia jurisdiccional con sede en La Haya, la Corte Penal Internacional (CPI) la remisión urgente de la situación en Gaza a la Oficina del Fiscal de la CPI (véase comunicado oficial de Chile y comunicado de México, ambos del 18 de enero del 2024): tuvimos oportunidad de analizar en detalle ambos comunicados (Nota 2).

Una urgencia absoluta raramente observada

De manera a tener claridad sobre la urgencia total de la situación en Gaza, al 29 de diciembre 2023, el estado de situación elaborado por Naciones Unidas (véase informe) indicaba el siguiente saldo:

«Between the afternoons of 28 and 29 December, 187 Palestinians were killed, and another 312 people were injured, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza. According to the MoH in Gaza, between 7 October and 7:00 on 29 December, at least 21,507 Palestinians were killed in Gaza. About 70 per cent of those killed are said to be women and children. As of then, 55,915 Palestinians have been injured. Many people are missing, presumably buried under the rubble, waiting for rescue or recovery.

On 29 December, the Israeli military announced that one additional soldier had been killed in Gaza. Overall, since the start of the ground operation, 166 soldiers have been killed, and 936 soldiers injured in Gaza, according to the Israeli military».

El último informe de Naciones Unidas (al 23 de enero) indica por su parte que:

» Intense Israeli bombardments from air, land, and sea continued across much of the Gaza Strip on 23 January, resulting in further civilian casualties and displacement, as well as destruction. Ground operations and fighting between Israeli forces and Palestinian armed groups were also reported across much of Gaza. Hostilities were particularly intense in Khan Younis, with Israeli forces reported to having surrounded and launched a large-scale operation in the city. Heavy fighting is reported in proximity to hospitals in Khan Younis, including Al Aqsa, Nasser and Al Amal, with reports of Palestinians trying to flee to the southern town of Rafah. Between the afternoons of 22 and 23 January, according to the Ministry of Health (MoH) in Gaza, 195 Palestinians were killed, and 354 Palestinians were injured. Between 7 October 2023 and 12:00 on 23 January 2024, at least 25,490 Palestinians were killed in Gaza and 63,354 Palestinians were injured, according to the MoH.

On 23 January, the UN Secretary-General, in remarks made to the Security Council on the Situation in the Middle East, stated: “The past 100 days have been heartbreaking and catastrophic for Palestinian civilians in Gaza. More than 25,000 people, mainly women and children, have reportedly been killed in operations launched by Israeli forces. More than 60,000 others have been reportedly injured. In recent days, the military offensive has intensified in Khan Yunis with many additional causalities. The entire population of Gaza is enduring destruction at a scale and speed without parallel in recent history. Nothing can justify the collective punishment of the Palestinian people.”

Between the afternoons of 22 January and 23 January, 21 soldiers were killed in a single incident in southern Gaza, the highest military toll on a single day since the start of the ground operation. As of 23 January, 219 soldiers have been killed, and 1,232 soldiers have been injured in Gaza, according to the Israeli military«.

No está de más indicar que muchas de las personas gravemente heridas en Gaza están prácticamente condenadas a perder la vida, al yacer bajo los escombros sin que puedan ser auxiliadas, solas y en el frío. Cuando logran ser auxiliadas por algún equipo de rescate aún operativo o por sobrevivientes en mejor estado, llegan a centros hospitalarios y refugios hacinados, muchos de ellos total o parcialmente destruidos, sin energía ni agua, ni suficientes medicamentos, ni suficiente personal médico para atenderlos.

El calificativo de «genocidio» y la acción interpuesta por Sudáfrica ante la CIJ fueron recientemente objeto de una emisión radial en Francia (France Culture), durante la cual el entrevistador pretendió saber más de derecho internacional público que la experta gala entrevistada, procediendo a un cierre abrupto de la entrevista bastante inusual y, en nuestra opinión, muy poco profesional (véase nota de Arret sur Images del 11 de enero del 2024).

A modo de conclusión

Es muy probable que la CIJ ordene un cese al fuego inmediato por razones humanitarias, tal como fue solicitado por Sudáfrica en su extensa demanda, y ello de manera unánime o casi. Esta acción de Sudáfrica se presentó luego de intentos fallidos en el Consejo de Seguridad, debido a dos vetos norteamericanos. La amenaza de un tercer veto de Estados Unidos condujo a la adopción de la resolución 2720 el 22 de diciembre del 2023, la cual adolece de una referencia a un cese al fuego por razones humanitarias.

Es de recordar que en una decisión anterior, relacionada a la construcción de un muro en territorio palestino por parte de Israel, la CIJ adoptó su opinión consultiva (véase texto completo) en julio del 2004 con 14 votos a favor y uno solo en contra en varios de los puntos conclusivos detallados en el párrafo 163, siendo la voz discordante la del juez norteamericano de la CIJ Thomas Buergental.

En el caso de la solicitud de medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica contra Israel en diciembre pasado, al haber invocado Sudáfrica la Convención de 1948 para la Prevención y Sanción del Crimen de Genocidio, y deberse centrar parte de la discusión legal sobre el punto de saber si es o no plausible que se esté cometiendo un genocidio en Gaza, es muy posible que el debate interpares en La Haya deje algún rastro en la decisión final, y que algunos otros párrafos operativos de esta ordenanza se deban someter a la votación de los 15 jueces titulares y de los dos jueces ad hoc designados por Sudáfrica e Israel.

Si bien los precitados párrafos 101-107 de la demanda de Sudáfrica (véase texto) constituyen una evidencia probatoria sobre la intención deliberada de las actuales autoridades israelíes, es posible que algunos jueces busquen la manera de no darle la importancia que merecen estas escalofriantes declaraciones oficiales oídas en Israel desde el pasado 7 de octubre

En caso de que Israel desacate esta ordenanza de la CIJ que será leída este próximo 26 de enero del 2024, será entonces la comunidad internacional (Consejo de Seguridad y accesoriamente Asamblea General de Naciones Unidas en caso de veto norteamericano en el primer órgano mencionado), la llamada a idear un mecanismo para obligar a Israel a cesar sus operaciones militares en Gaza: las cuales, desde el 7 de octubre por la tarde / noche consisten, a modo de represalia por el ataque sufrido el mismo 7 de octubre perpetrado por el Hamás, en una acción punitiva colectiva en contra de la población civil de Gaza. Ello en abierta violación a las reglas más básicas del derecho internacional humanitario.

Desde un estricto punto de vista militar, un especialista francés en asuntos militares y connotado comentarista recientemente escribió en su blog que:

«La situation sur la bande de Gaza est parfaitement désespérante. D’un côté, le gouvernement israélien annonce régulièrement qu’il va enfin sortir de cette opération dévastatrice dont le bilan est parfaitement catastrophique. Mais dans la réalité, rien ne change à ce stade où chaque jour renouvelle son lot de bombardements qui dévastent littéralement la bande de Gaza.

/../

Dans la partie Nord, censée avoir été nettoyée (c’est le terme militaire) par l’armée israélienne, les unités de Tsahal sont régulièrement harcelées par des miliciens qui ont fait des décombres leur refuge. Dans la partie Sud, l’armée affirme vouloir réduire le « quartier général stratégique » du Hamas qui se situerait à Khan Younes, après avoir été vainement cherché à Gaza même puis sous l’hôpital Al Shifa, un QG fantôme qui ne justifie en aucun cas les bombardements opérés sur l’ensemble de la bande de Gaza.

/…/

Si cette opération déclenchée par le gouvernement Netanyahou contre la bande de Gaza continue, le risque d’escalade régional est avéré et le risque pour l’avenir d’Israël est constitué. Il appartient aux alliés d’Israël et à toutes les sociétés qui comprennent que la paix ne se construit pas dans la vengeance, de l’obliger désormais à sortir de cette impasse sanglante et de construire sur ces décombres inutiles l’avenir et la stabilité de cette région» (Nota 3).


Nota 1: Véase BOEGLIN N., «»Gaza / Israel: a propósito de la reciente demanda interpuesta por Sudáfrica ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, editada el 29 de diciembre del 2023 y disponible aquí.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: a propósito del anuncio de remisión conjunta de México y de Chile a la Corte Penal Internacional (CPI)«, editada el 18 de enero del 2024, y disponible aquí.

Nota 3: Véase ANCEL G., «L’Ukraine oblige l’Europe à se réveiller tandis qu’Israël sombre dans le déni«, Ne pas subir, Blog de Guillaume Ancel, édición del 20 de enero del 2024, disponible ici.

Foto extraída de esta nota de prensa titulada «Bilan du Hamas: 5000 morts dont 2055 enfants, dans la bande de Gaza», Le Journal de Québec, edición del 23/10/2023.