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Etiqueta: Walter Antillón

Palabras del doctor Walter Antillón al recibir el Premio Rodrigo Facio

Quiero dedicar estas palabras a mi Alma Mater, la Universidad de Costa Rica. Tengo plena conciencia de lo que las Universidades Públicas, y particularmente mi universidad, la Universidad de Costa Rica, significa para el destino de nuestro pueblo; como instancia del pensamiento académico, de laicidad, de libertad de conciencia. Es la madre que nos ha nutrido, que nos ha hecho fuertes para que a la vez nosotros llevemos su luz a nuestro pueblo.

¿Lo estamos haciendo?

¿Lo estamos haciendo?

En el momento presente la Universidad debe tomar la palabra, y lo hará a través de nosotros, sus hijos.

Levantemos esa honrosa carga. Pongamos a la Universidad en el centro de los grandes debates, en los que se sortea el destino de nuestras instituciones. Es hora de que hagamos retroceder la insolencia de los oportunistas y los ignorantes.

Expondré mi asunto en tres secciones

         Una brevísima introducción histórica general a partir de la Independencia Patria en el contexto mundial.

         Exposición de algunos aspectos político-económicos del País y del Mundo en el Siglo XX,

         Consideraciones acerca de la función de Garantía que corresponde al Poder Judicial dentro del Estado.

  1. Brevísima introducción

 A.- En el primer decenio del siglo XIX en que se gesta la independencia de América Latina, el Imperio Napoleónico está en momentos de auge y España tiene un Rey francés. Una revolución industrial basada en la máquina de vapor y la mecanización de la industria y los transportes ha tomado cuerpo en Inglaterra y pronto pasará a Estados Unidos y al norte de Europa Occidental.

En los decenios siguientes el Imperio napoleónico ha desaparecido, la monarquía francesa ha retomado el poder; y los reinos europeos firman la Santa Alianza para emprender una restauración anti-iluminista; mientras la industrialización iniciada en Inglaterra prospera rápidamente en Estados Unidos, Holanda, Bélgica, Francia, los Principados Alemanes y el Imperio Austro-Húngaro, cuyas economías se expanden a costa de la clase obrera: es la época del Capitalismo Salvaje.

Por su parte, las flamantes Repúblicas Latinoamericanas pronto se ensarzan en luchas caudillistas y caen en manos de los banqueros, primero europeos, después norteamericanos. Su ingreso al mercado mundial se configura en la forma de productores de materias primas; mientras el Primer Mundo prospera, ellos no acceden a la industrialización ni al desarrollo económico; soportan el extractivismo de grandes enclaves empresariales extranjeros; y cada vez más frecuentemente presentan formas dictatoriales de gobierno. Europa transmite los ideales de la Cultura greco-latina a las elites criollas, pero sus banqueros cobran puntualmente los intereses de la deuda.

La rivalidad entre las potencias conduce a la Primera Guerra Mundial, que produce 7 millones de muertos y más del doble de heridos; y la crisis político-económica de uno de los beligerantes: la Rusia Zarista, hace posible el triunfo de la Revolución Bolchevique y la fundación de la Unión Soviética, cuya sola existencia va a modificar durante más de 70 años la actitud de los Estados capitalistas con respecto de sus obreros en todo el Mundo.

La iniquidad con la que se trató en Versailles a los vencidos de la Primera Guerra, produjo muchos de los gérmenes que condujeron a la Segunda, en la que una Alemania engrandecida y fanatizada por el Nazismo causó la mayor parte de los cincuenta millones de muertos, trágico saldo de dicha conflagración.

El final de la Segunda Guerra produjo la Organización de las Naciones Unidas y su antídoto: la Guerra Fría entre Estados Unidos y la Unión Soviética que terminaría 45 años más tarde con el colapso de ésta y del Socialismo de Europa Oriental.

En el ínterin, la ‘empresa de negocios’ creció en la forma de gigantescos monopolios que se liberaron de los Estados nacionales y que, liderados por los grandes bancos, sometieron la Política a la dictadura de la Economía Financiera; y se dispararon en una competencia feroz que ha deteriorado el ambiente y ha producido el cambio climático que amenaza gravísimamente al Planeta.

El Neoliberalismo es la ideología de este movimiento, y sus brazos seculares son los sempiternos cancerberos reciclados: el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, que acosan al Tercer Mundo y le imponen la reducción al mínimo de los Estados nacionales.

Hasta ahora las expectativas que tenían nuestras jóvenes Repúblicas de llegar a constituir Estados prósperos y democráticos se han visto frustradas por sus propias debilidades y por la codicia y la mala fe las Naciones del Primer Mundo con las que nos tocó en suerte relacionarnos. Pero la Historia no ha llegado a su fin, como algunos sostenían, de modo que aún podremos aprender de los golpes recibidos y enderezar muchos entuertos que hemos venido padeciendo.

 B.- Me refiero seguidamente a Costa Rica en los años de la Independencia. Una República paupérrima que padece de la casi inexistencia de instituciones educativas. Se estima en un 95% el analfabetismo. En 1821 sólo hay 1 abogado en toda Costa Rica: don Rafael Barroeta y Castilla, que fue miembro de la Primera Junta Gubernativa y muy probablemente, el principal redactor del Pacto de Concordia.

Y así. Por varios decenios continuamos padeciendo de un bajísimo nivel de instrucción general: todavía en 1864, a poco más de 40 años de la Independencia, a pesar de los esfuerzos de Castro Madriz y de la Universidad de Santo Tomás, el analfabetismo es del 75%

Un producto de lo anterior son las graves deficiencias en la preparación de los juristas nacionales durante el Siglo XIX y buena parte del XX; lo cual se revela claramente, entre otros aspectos, en su incapacidad de redactar leyes originales:

Otra muestra es que durante los primeros 20 años de vida independiente, la exProvincia de Costa Rica continuó aplicando la Legislación Colonial Española, incluyendo la Ley de Vagos del rey Fernando VII, que es de 1828, es decir, cuando ya llevábamos 7 años de independencia de España.

A partir de 1840 la legislación patria que se promulga fue copiada literalmente de leyes extranjeras: el caso es que nuestros tatarabuelos no tenían otra salida.

El Código General de Carrillo de 1841 es copia de los Códigos del General Santa Cruz (Bolivia)

El Código de Comercio de 1853 es copia literal del español de 1829.

La Legislación sobre Hipotecas y Quiebras de 1865 es una traducción que hizo el jurista alemán Fernando Streber de sendas leyes del Reino de Prusia.

El Código Penal de 1880 es en gran medida copiado del Código Penal Chileno.

El Código Civil de 1887 es copiado en gran medida del Proyecto que elaboró don Florencio García Goyena para España.

El Código de Procedimientos Civiles de 1887 es copia, algo abreviada, de la Ley de Enjuiciamiento Civil española de 1881.

El Código de Procedimientos Penales de 1910 está también copiado de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española de 1872; etc.

Esta situación de dependencia, que fue el resultado objetivo de las debilidades que nos aquejaban en materia jurídica, se prolonga durante gran parte del siglo XX, con algunas honrosas excepciones, como la Ley General de la Administración Pública, la Ley de la Jurisdicción Constitucional y algunas más. Pero, en general, la situación imperante es reveladora de carencias importantes de nuestra formación jurídica que aún tenemos que corregir.

  1. El desarrollo económico-social del País

Todos requete-sabemos que el producto de exportación que introdujo a Costa Rica en la red del Comercio Mundial fue el café. Desde los años 30 del siglo XIX los exportadores costarricenses de café en grano empiezan a recibir divisas extranjeras y eso constituye un motor que potencia el mercado interno, las finanzas y las obras públicas, la banca, el consumo y la inversión.

Un grupo pequeño de cafetaleros se enriqueció notablemente en la segunda mitad del Siglo XIX y comienzos del XX, al combinar la producción del grano, el beneficiado, la exportación y la banca; y los gobiernos de entonces, controlados por ellos mismos, no quisieron ni pudieron gravar sus cuantiosas ganancias con impuestos adecuados, que habrían formado la base de una sólida estructura tributaria a futuro. Cuando lo intenta don Alfredo González Flores en 1916, es tumbado por un golpe de Estado proveniente de la oligarquía cafetalera a la que él mismo pertenecía. Y desde entonces hasta la fecha, Costa Rica ha carecido de aquella estructura redistributiva que fue el soporte del desarrollo de muchos Estados del Primer Mundo.

Gracias a lo que nuestros historiadores han llamado ‘la expansión de la cultura impresa’, provocada por la importación de pequeñas imprentas a partir de los años 30s del siglo XIX, la clase trabajadora nacional llegó a saber acerca de los progresos de la lucha proletaria de Europa y Estados Unidos y del pensamiento de izquierda, anarquista y socialista; hasta el punto de que en 1920, caída la Dictadura de los Tinoco, una huelga general que se riega por casi todas las ciudades del País, consigue que el Gobierno acepte la jornada máxima de 8 horas y un aumento salarial general del 20% .

Con vista del triunfo huelguista, la clase trabajadora inició una etapa caracterizada por una fuerte tendencia a organizarse en sindicatos y otras formas asociativas, aunque no hubiera ninguna ley que regulara esas organizaciones. La tendencia fue luego exacerbada durante la Crisis Económica Mundial, y ampliamente aprovechada por el Partido Comunista que se fundó en 1931 para estimular el desarrollo sindical y político de izquierda, y divulgar el pensamiento marxista; de manera que en el 43, cuando se promulgan las garantías Sociales y el Código de Trabajo, hay una clase trabajadora organizada en más de 200 sindicatos en la Meseta Central, que respalda con fuerza dicha legislación, la cual, en efecto, viene promulgada, a pesar de la furibunda oposición de la Oligarquía nacional.

Pero estamos ya en 1945: termina la 2ª Guerra Mundial y empieza la Guerra Fría.

A partir de ese momento los EEUU se proponen borrar de América Latina todos los gobiernos, los partidos y los sindicatos que, de cualquier modo, signifiquen ayuda o ventaja para el crecimiento de la influencia Soviética en nuestro Subcontinente y en el Mundo.

De modo que cuando estalla en Costa Rica el conflicto por la anulación de las elecciones del 48 y el levantamiento en armas de José Figueres, la Oligarquía criolla y el Departamento de Estado observan con complacencia el progreso de la insurrección, porque coinciden en el mismo deseo: arrojar del gobierno al trío Teodoro Picado, Calderón Guardia y Manuel Mora:

Por el lado de la oligarquía, el objetivo final es que desaparezcan el Código de Trabajo y las Garantías Sociales;

Por el lado del Departamento de Estado, el objetivo final es borrar el Comunismo de Costa Rica.

Ambos coincidían también en aceptar que sus objetivos fueran alcanzados mediante la toma del poder por parte de Figueres y su grupo.

         Ahora bien, el resultado final que vino con el triunfo de Figueres, defraudó a la oligarquía: porque el Código de Trabajo y las Garantías Sociales se quedaron; pero complació al Departamento de Estado: porque el Partido Vanguardia Popular fue diezmado y proscrito durante 25 años; y durante ese mismo plazo nadie de izquierda pudo postularse para un puesto de elección popular; y el sindicalismo comunista fue, de ahí en adelante, borrado y perseguido implacablemente durante varios decenios hasta quedar eliminado en la Meseta Central.

         Ahora bien, aunque es cierto que el Código de Trabajo y las Garantías Sociales permanecieron vigentes, de hecho sus potenciales efectos fueron minimizados,

  1. Porque un decreto autorizó a los patronos a despedir sin prestaciones a todo trabajador sospechoso de pertenecer, o haber pertenecido a partidos o sindicatos considerados de izquierda;
  2. porque mediante una hábil y permanente combinación de represión y propaganda, los trabajadores en la mayor parte del territorio nacional fueron enseñados

         a rechazar toda idea o proyecto proveniente de organizaciones sospechosamente comunistas

         a renunciar a organizarse en sindicatos, y a no firmar convenios colectivos, ni promover conflictos y huelgas.

         A odiar a sus hermanos trabajadores del sector público, porque éstos sí tenían sindicatos, firmaban convenciones colectivas y hacían huelgas, gozando por ello de un nivel salarial superior y mejores prestaciones laborales.

Porque lo cierto es que, con la sola excepción de los trabajadores bananeros, cuya historia es muy particular, tenemos que por más de 50 años, al no contar con sindicatos que los defendieran, al no contar con los convenios colectivos y el arma disuasiva de la huelga, los asalariados de los empleos y de las empresas privadas quedaron indefensos frente a los patronos: carecían de medios idóneos para defender sus intereses individual y colectivamente (POR EJEMPLO, no pudieron sostener una lucha eficaz por un aumento adecuado del salario, por la reducción de la jornada laboral, prestaciones familiares, educativas, etc.), de modo que la condición social y el nivel económico de ese sector mayoritario de los costarricenses fueron perdiendo terreno en general, y por contraste con lo que estaba ocurriendo con los trabajadores del sector público.

Pues, en efecto, gracias sobre todo a la institución del Servicio Civil, en Costa Rica el Estado/Patrono no puede aplicar el despido inmediato al empleado público, sino que debe justificarlo mediante un procedimiento administrativo cuya decisión final puede ser impugnada en vía judicial, etc., etc.

Así las cosas, los sindicatos públicos han podido en general resistir las arremetidas de los gobiernos. Lo cual, en la práctica, se ha traducido para ellos en estabilidad y permanencia en el empleo como situaciones normales. Lo cual ha permitido a los empleados públicos, en ejercicio de sus derechos legales y constitucionales, consolidar una experiencia sindical de lucha y negociación que dura ya varios decenios: que ha consistido precisamente en discutir y firmar convenciones colectivas para mejorar sus salarios, su seguridad laboral, sus vacaciones, su régimen de pensiones, etc., o recurrir al instrumento legítimo de la huelga como medida de presión.

Habiendo sido ésta la realidad laboral costarricense, el resultado en lo que ha correspondido a los empleados, los obreros y los trabajadores agrícolas del sector privado, es que los mismos han sufrido, por varias generaciones, un inicuo despojo en sus derechos sociales, económicos y culturales cuyas desastrosas consecuencias son inconmensurables, al cual me he referido extensamente en otras sedes.

La actual brecha económica existente entre ricos y pobres en Costa Rica, es un claro espejo que nos permite ver a dónde fueron a parar los recursos que, durante decenios, fueron escatimados a la clase trabajadora del sector privado, por no haber podido ejercitar oportunamente sus derechos y garantías laborales. Pero, naturalmente, el daño sufrido no se detiene allí, según lo que ahora voy a decir.

Mi tesis, basada en la experiencia histórica de otros países, es la siguiente: los trabajadores que están sindicalizados y han alcanzado seguridad, estabilidad, capacitaciones, promociones, mejoras, y más conciencia de sus derechos por medio del ejercicio de sus instrumentos de lucha: la huelga y las convenciones colectivas, están más motivados y mejor preparados para participar activamente en los procesos políticos nacionales y locales en defensa de sus intereses de clase.

Y viceversa: los trabajadores aislados, que carecen de protección sindical, que son explotados y no pueden ejercitar aquellos instrumentos de lucha, de modo que su estabilidad y sus condiciones de trabajo dependen de la voluntad unilateral de los patronos, suelen carecer de conciencia y motivación de clase, de modo que sus opciones políticas son inauténticas y oscilan al vaivén de la propaganda de las campañas electorales.

Lo anterior se confirma aquí, en la Meseta Central, con sólo comparar la actitud y las trayectorias del sector laboral público, sindicalizado, politizado y combativo, con las del sector laboral privado, ausente de la palestra político-social, invisibilizado e inerte. El primero, protagonista de históricas luchas cívicas y suscriptor de convenios colectivos que acarrearon bienestar y seguridad a sus trabajadores; el segundo disperso, soportando impotente despidos arbitrarios, fijaciones salariales por debajo del costo de vida y otros abusos semejantes, con un costo trágico para la gran mayoría de sus miembros, que forman parte del quintil más numeroso y más pobre en la estratificación económica del País.

Recapitulemos: lo que ocurrió es que la generación de los trabajadores del sector privado que protagonizaron la Huelga de 1920 y que formaron cientos de sindicatos en la década de los 40, son los padres de los trabajadores que a partir de 1948 sufrieron represión, persecuciones por ser sindicalistas, y la cancelación arbitraria de sus sindicatos; y son los abuelos y bisabuelos de los trabajadores del sector privado que, desde las décadas finales del Siglo XX y en lo que va del Siglo presente ya no participan en ninguna lucha y más bien dicen odiar los sindicatos.

Recordemos que a partir de 1948 los trabajadores costarricenses estuvieron, en su gran mayoría y por más de seis períodos electorales, privados de su legítimo derecho de optar por candidatos de la izquierda; y sometidos a la disyuntiva de no votar, o de hacerlo por alguno de los candidatos disponibles: los conservadores del Partido Unión Nacional o los socialdemócratas del Partido Liberación Nacional. De manera que, aparte de un alto porcentaje que se abstuvo, los restantes terminaron por inclinarse hacia Liberación Nacional, tal vez por ser aparentemente el más progresista de los dos (lo cual se manifestaba en el acelerado desarrollo de las empresas e instituciones públicas en el programa de dicho Partido, durante las administraciones de Figueres, Orlich y Oduber); y posteriormente por la opción Social Cristiana (o ‘Calderonista’) que reaparece con la candidatura del liberal José Joaquín Trejos Fernández.

Aquella masa amorfa de trabajadores a los que se les había cercenado su derecho a sindicalizarse, que nunca, durante más de 50 años participó en una huelga o firmó un convenio colectivo, en el plano de la política nacional aportó la materia prima de ese electorado costarricense mayoritario que conocemos, propio de la época del Bipartidismo, que no se expresa, que no protagoniza un rol propio en la esfera de lo público; que entonces oscilaba mecánicamente cada cuatro años, contribuyendo involuntariamente a conformar la elogiada “alternabilidad en el poder” que caracterizó un tiempo a la Democracia costarricense, según algunos panegiristas.

Si aquellos trabajadores, herederos de una honrosa tradición de lucha, no hubieran sido acosados durante tres generaciones hasta obligarlos a renegar de los derechos a la sindicalización y a la huelga (que eran y siguen siendo sus derechos legítimos); si no se les hubiera limitado su opción de voto durante 25 años; si no les hubieran llenado la mente de odios y temores, muy probablemente el panorama nacional de partidos, diputaciones y gobiernos hubiera sido muy diferente de lo que ha sido.

Al repasar el devenir político de ese período nos parece inexplicable, irrazonable que el electorado costarricense, formado mayoritariamente por las clases pobres, a partir de la Administración Monge Alvarez y hasta la fecha haya votado siempre por candidatos neoliberales que, usando alternativamente distintas etiquetas, siempre lo han defraudado; hasta que al fin entendimos que durante ese largo período, los pobres del campo y de las ciudades han sido adiestrados para optar por lo irrazonable.

El grupo de intelectuales que fundó en 1940 el Centro para el Estudio de los Problemas Nacionales: Rodrigo y Gonzalo Facio, Fernando Fournier, Carlos Monge, Isaac Felipe Azofeifa, Daniel Oduber, Jorge Rossi, Alberto Cañas y otros constituyó, junto con estudiosos como Emilio Valverde Vega y Alberto Martén, la base teórico-ideológica en que se fundó José Figueres y el Partido Liberación Nacional para consolidar los fundamentos normativos e institucionales del Estado Social de Derecho en Costa Rica, apoyándose para ello en los valiosos aportes de don Alfredo González Flores (Banco Nacional), de don Ricardo Jiménez (Instituto Nacional de Seguros) y de Rafael Angel Calderón Guardia (Universidad de Costa Rica, Caja Costarricense de Seguro Social), en asocio con Monseñor Sanabria y Manuel Mora (Garantías Sociales, Código de Trabajo); para no hablar de la precursora Fábrica Nacional de Licores, fundada por Juanito Mora en 1853. Entre todas estas instituciones destaca la Caja Costarricense de Seguro Social que en 1973, en la última administración de don Pepe Figueres, llegó a la universalización de sus servicios en beneficio de los más necesitados, y a mantener un ritmo creciente de expansión de sus servicios que sólo se detuvo por obra de los presidentes neoliberales a partir de Oscar Arias.

Aquel nuevo modelo del Wellfare State estaba constituido institucionalmente por la Banca nacionalizada (cinco bancos) y otras muchas instituciones y empresas de propiedad del Estado que cubrían una amplia gama de bienes y servicios: además de la Caja, el INS y FANAL ya mencionadas, estaban el ICE, CODESA, Acueductos y Alcantarillado, el Consejo Nacional de Producción, Fertica, Alcorsa, Cempasa, Incofer, Recope y otras. Era el Estado Empresario y Paternalista que permitió el protagonismo político y económico de las capas medias y el acceso general a los servicios públicos, pero continuó durante decenios alentando la persecución sindical y la neutralización ideológica y política de la clase trabajadora.

Modelo que a la larga mostró grandes deficiencias, no por aquello de que “el Estado es el problema” como decía el loro de Reagan siguiendo los dogmas neoliberales, sino porque la corrupción del poder y el burocratismo invadieron el Bipartido que acaparó el poder; y porque, por miedo al viejo fantasma del Comunismo, el proyecto nunca incorporó activamente a la clase trabajadora del sector privado, cuya productividad se mantuvo constantemente a la baja.

Al iniciar los años 80s tocaron a la puerta de los países del Tercer Mundo los filántropos del FMI y el Banco Mundial, dispuestos a salvarnos si adoptábamos sus Planes de Ajuste Estructural. En primera estancia salieron expulsados de Costa Rica por el Presidente Rodrigo Carazo, Presidente de la Dignidad, cuyo gesto le costó al País la revancha imperialista de una severa crisis económica, y a Carazo le costó la pulverización de su carrera política.

Pero Carazo tenía razón: los planes de ajuste estructural y luego los TLC con Estados Unidos no nos ahorraron las crisis económicas ni nos libraron de la deuda, que continuó creciendo, ni contribuyeron a sacar a los trabajadores del umbral de la pobreza; sólo sirvieron para engordar los bolsillos de las oligarquías nacionales y transnacionales y aumentar la dependencia de nuestros países.

El ajuste estructural del Estado costarricense empezó con Luis Alberto Monge (que pasó de joven sindicalista a viejo neoliberal) y siguió avanzando a ritmos variados con todos los demás presidentes que hemos tenido, hasta la fecha.

En el camino recorrido desde entonces, hemos visto el constante acoso y el paulatino desmantelamiento de nuestro Estado Social de Derecho: apertura del servicio bancario y cierre del Anglo y del Crédito Agrícola; las ventas de Fertica y Cempasa: empresas pujantes; la apertura de los seguros y la privatización del INS; apertura de la educación superior y acoso de las universidades públicas; el cierre de Incofer; apertura de la telefonía celular y acoso y desfinanciamiento del Ice; desfinanciamiento de la Caja y fuerte favorecimiento de los hospitales privados, que en pocos años se hicieron gigantescos; etc.

En particular, la Caja Costarricense de Seguro Social y el Instituto Costarricense de Electricidad son sendos ejemplos, paradigmáticos de instituciones poderosas que fueron expresamente debilitadas y desmanteladas por Gobiernos y juntas directivas en los que predominaba el propósito final de suprimirlas, suplantando sus servicios por los de la empresa privada.

Por su parte, el TLC con los Estados Unidos significó, entre muchos otros inconvenientes, la perdida de la ‘soberanía jurisdiccional’ de los Estados Centroamericanos y la República Dominicana. Me explico: desde hacía más de un siglo nuestra Constitución (como todas las de Latinoamérica) disponía que los inversionistas extranjeros debían ventilar sus diferencias patrimoniales ante los jueces del País; ahora, por disposición del TLC, esos inversionistas pueden demandar al Estado ante paneles arbitrales internacionales; lo cual, de hecho, ha significado una inicua sangría en la económica de nuestros países y un grave debilitamiento para los Estados afectados.

Como quiera que sea, es notorio que el ajuste estructural que las citadas agencias financieras internacionales pretendieron empezar a implementar en Costa Rica durante la Administración Carazo, hace más de 40 años, no avanzó con la rapidez esperada por ellos y todavía se encuentra a medias. Eso tuvo que producir, en cierto momento, una reacción de parte de los ‘directores del proyecto’. ¿Qué pasa en Costa Rica? ¿Por qué la vigencia plena del TLC duró más de 4 años en completarse, e incluso estuvo a punto de naufragar, cuando en los demás países suscriptores tardó algo más de un año como promedio? ¿Por qué cada paso adelante del ajuste intentado por cada gobierno de turno en Costa Rica despierta reacciones populares que van desde marchas y bloqueos de carreteras hasta huelgas prolongadas de parte de maestros y escolares, transportistas, empleados públicos, estudiantes y profesores universitarios, etc?

Vino la reacción neoliberal: se tomaron algunas medidas: se endurecieron algunas leyes, se criminalizó la protesta callejera; menudearon las acusaciones, las detenciones y los juicios contra estudiantes y trabajadores. Pero como la cosa seguía, alguien propuso atacar directamente las fuentes de la resistencia, es decir: los empleados públicos, con sus sindicatos y sus fueros; y especialmente los maestros y profesores de escuelas y colegios públicos, así como las universidades públicas y su autonomía jurídica y financiera.

Porque, en efecto, quienes en estos tiempos neoliberales han defendido eficazmente a las instituciones autónomas no fueron sus juntas directivas; han sido los sindicatos del sector público, los estudiantes y profesores y sectores de población que responden al llamado de los partidos de izquierda.

Entonces pareció necesario que los gobiernos respondieran destruyendo aquellos focos de resistencia con sendas medidas puntuales, y las respuestas puntuales han aparecido en los dos últimos Gobiernos.

Porque, en efecto, podemos ver que, invocando maliciosamente una gravísima crisis fiscal, a partir del 2018 durante el Gobierno Alvarado se aprueban leyes dirigidas a centralizar poder en el Ejecutivo, y a debilitar instituciones como los órganos judiciales y las universidades públicas; a socavar los sindicatos públicos, derogar las convenciones colectivas, reformar las leyes laborales y desvirtuar la huelga como arma de lucha de los trabajadores.

Y respecto al Gobierno Chaves Robles, aunque apenas comienza, ya mostró el Presidente su talante autoritario frente al Poder Judicial, así como sus intenciones con respecto al FEES y al Banco de Costa Rica, lo que parece un claro indicio de continuidad de la línea seguida por el Gobierno anterior.

También se ha rebelado necesario en la política de ajuste estructural poner al servicio de la causa o, en todo caso, neutralizar toda instancia institucional de control jurídico que pudiera poner reparos; lo cual ya había sido advertido por las cúpulas políticas con respecto al Poder Judicial desde hace ya algunas décadas. De ello me ocuparé seguidamente.

 3.- La función de garantía del Poder Judicial

Lo que hemos dicho de la situación del País en el Siglo XIX: su bajo nivel de educación en general; y lo que hemos dicho en particular de la Universidad de Santo Tomás en materia jurídica, ayuda a entender los problemas de la Justicia causados básicamente por la inopia de jueces y abogados y su deficiente formación.

Esto se refleja fuertemente en el diseño y la redacción de las Constituciones y la organización de la Justicia, generalmente adaptados o copiados de manera más o menos literal de modelos extranjeros. Así, a la pregunta que más nos interesa:

¿quién nombra a los jueces, conjueces o magistrados de la Corte Suprema de Justicia? Las respuestas en Costa Rica oscilaron entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. Pero, en todo caso, la solución que prevaleció y se mantiene hasta la fecha es básicamente la que ofrece la Constitución de 1859 en su artículo 69, inciso 3º:
 “…Artículo 69.-Ambas Cámaras se reunirán en Congreso presidido por el Presidente de la de Senadores, para ejercer las atribuciones siguientes:

 

1ª.- (…)

2ª.- (…)

3ª.-Nombrar los Magistrados de la Cortes Suprema de Justicia y los Conjueces de que habla el artículo 132, sección 2ª, título 9º de esta Constitución: recibir a aquellos y al Presidente de la República el juramento constitucional: admitir o no las renuncias de todos los individuos de los Supremos Poderes; y resolver las dudas que ocurran en el caso de incapacidad física o moral del Presidente de la República, declarando si debe o no procederse a nueva elección…”

Con algunas variaciones, esa fórmula fue reproducida en la Constitución de 1871.

Ahora bien, en la época en que vivimos, en razón de los avances de la teoría política y la doctrina constitucionalista, sabemos que poner el destino de los llamados a juzgar en manos de los que serían juzgados por ellos es UNA PÉSIMA SOLUCIÓN; pero nuestros tatarabuelos no se percataron, debido a su impreparación jurídica y al atraso general de la doctrina de la época en materia constitucional.

Sin embargo, muchas concepciones jurídicas operantes en ese mismo tiempo, como el trato vejatorio dado a los llamados “hijos naturales”, la prisión por deudas, los delitos de adulterio y de sodomía, las penas de mutilación corporal, etc., ahora son rechazadas por bárbaras o simplemente anticuadas y fueron derogadas de todos los códigos civilizados.

¿Por qué sigue vigente entre nosotros aquella antigualla del nombramiento de los magistrados por parte del cuerpo legislativo, que quedó consagrada en el artículo 158 de la Constitución ( que dice literalmente:

 “…ARTÍCULO 158.-Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia serán elegidos por un período de ocho años y por los votos de dos terceras partes de la totalidad de los miembros de la Asamblea Legislativa. En el desempeño de sus funciones, deberán actuar con eficiencia y se considerarán reelegidos para períodos iguales, salvo que en votación no menor de dos terceras partes de la totalidad de los miembros de la Asamblea Legislativa se acuerde lo contrario. Las vacantes serán llenadas para períodos completos de ocho años…”)?

Porque creó redes de poder institucional a las cuales sus titulares (aparentes y ocultos) están fuertemente apegados.

Este sistema de nombramiento de los magistrados de la Corte había sido denunciado en 1907 por don Antonio Zambrana, jurisconsulto cubano que ejerció una benéfica influencia sobre la flamante intelectualidad costarricense de fines del siglo XIX y comienzos del XX.

Apuntaba certeramente Zambrana que dicha forma de nombramiento introduciría la política en la administración de la Justicia; y muchas pruebas elocuentes de ello fueron aportadas por varios diputados procedentes de distintos partidos, en los debates de la Asamblea Constituyente de 1949.

Leyendo las actas respectivas se comprueba que todos los diputados que intervinieron en la polémica alrededor de la propuesta de la Fracción Social-Demócrata, estaban de acuerdo en que el sistema de nombramientos por parte de la Asamblea Legislativa había dado pésimos resultados en lo que iba del siglo; que durante la vigencia de dicho sistema se habían registrado abusos y humillaciones contra magistrados que habían sido intachables, como don Alfonso Barrantes, el presidente don Luis Dávila y otros.

Sin embargo, no hubo acuerdo en la Constituyente sobre los cambios a implementar, y al final ocurrió lo increíble: quedó aprobada una versión del viejo e impresentable sistema de las Constituciones del 59 y del 71, que todos criticaron y nadie defendía.

Así las cosas, después del 49 los gobiernos liberacionistas ejercieron por mucho tiempo un discreto dominio sobre la Corte Suprema, que se notaba sobre todo en los mayoritarios rechazos de los recursos de Hábeas Corpus y de Inconstitucionalidad, y en un crecimiento de la impunidad en delitos de cuello blanco.

Una sana reacción de la Justicia contra la impunidad no provino entonces de la Corte, sino de los fiscales y jueces garantistas de primera instancia y de apelación, a través de un proceso gradual:

Figueres Ferrer y Oduber, con claros episodios de corrupción, nunca fueron molestados; Monge fue procesado y absuelto al final; no así su Secretaria, que resultó condenada. Poco después los nuevos jueces, fiscales y defensores hicieron el cambio a partir del cual muchos de aquellos delitos de cuello blanco fueron condenados; dos expresidentes fueron a la cárcel y un tercero se alejó preventivamente del País. En esa etapa nuestros jóvenes garantistas emularon a los magistrati italianos de la llamada ‘Operación Manos Limpias’, que a fines del Siglo XX escribieron una página gloriosa en la historia judicial del Mundo.

Entre tanto, la corrupción política había penetrado de nuevo por aquella brecha que ofrecía el nombramiento/enganche de los magistrados por parte de los políticos, lo cual quedó claro en el conocido affaire de la reelección presidencial, así como en la promulgación del TLC y sus leyes complementarias. Y después vinieron otros casos que todos recordamos, y que nos han permitido comprobar que el blanco preferente de los ataques ha sido la Sala Penal y la Sala Constitucional, pero que la Corte entera se encuentra en asedio.

Por esa razón está creciendo en el seno de la Judicatura toda, la exigencia de un cambio radical en la estructura de la Institución Judicial, que aleje de sus mandos todo tutelaje proveniente de las cúpulas políticas y de los poderes de facto. Es preciso que la Corte misma, y la propia Asamblea Legislativa, reaccionen en esa dirección, aunque ello signifique renunciar a prácticas de poder que halagan vanidades personales, pero que son fatales para la institucionalidad del País. La majestad de la Justicia debe ser restaurada por el camino de la independencia y la dignidad de sus sacerdotes.

Aunque está en sus inicios, el actual Gobierno muestra respecto del anterior una continuidad que nos permite percibir, por encima de ambos, la intensificación de la conducción superior del Fondo Monetario y del Banco Mundial, dispuestos a acabar con las resistencias locales (sindicatos, universidades públicas, partidos de izquierda) que estorban y retardan precisamente el proceso de ‘ajuste final’ del Plan de Ajuste Estructural.

 Y al cabo da uno en pensar que quizás el Presidente Chaves Robles no ha dejado del todo el Banco Mundial, sino que siente a Costa Rica como un nuevo destino en su carrera proconsular: de ahí su tono, no de un presidente constitucional, sino de un mandarín, habitual quizás durante los años de su mandato asiático. Pero no hay que confundir: Indonesia, hasta hace relativamente poco tiempo, estuvo sometida al dominio plurisecular de una potencia colonial.

Debemos tener fe en las reservas democráticas de nuestro Pueblo, que no sin sacrificio conseguirá finalmente sacudirse las rémoras del fanatismo y la irracionalidad que acechan desde las tiendas de algunas organizaciones advenedizas. La movilización de la clase trabajadora que crece y se integra bajo renovadas agrupaciones sindicales, y la conciencia de los alumnos y los profesores de nuestra Alma Mater y otras universidades y corporaciones cívicas, feministas, indígenas, deben constituirse en la alternativa humanista y democrática contra los abanderados del ‘ajuste’ que, agitando las sinrazones financieras de la oligarquía transnacional, pretenden reducir y vanificar el Estado Social y Constitucional de Derecho, transformando la comunidad ciudadana en un puñado de “recursos humanos”, y en mercancía el sagrado territorio.

Esto es un llamado a renovarnos, agruparnos y luchar. Otro mundo es posible.

Nota editorial: Puede descargar el PDF para imprimir y compartir.

https://surcosdigital.com/wp-content/uploads/2022/10/Palabras-de-Walter-Antillon-al-recibir-Premio-Rodrigo-Facio.pdf

Walter Antillón Montealegre es Premio Rodrigo Facio 2022

Nuestro querido Walter Antillón Montealegre, profesor emérito de la Facultad de Derecho de la UCR es el Premio Rodrigo Facio 2022.

Merecidísimo reconocimiento que dignifica aún más, al grupo de prestigiosas personalidades que se han «destacado por su aporte al desarrollo político, social, económico y de la justicia social del país».

Conjunto selecto conformado por Manuel Mora Valverde, Isaac Felipe Azofeifa, Jorge Manuel Dengo, Rodrigo Carazo, Fernando Soto Harrison, Rodrigo Madrigal Nieto, María Eugenia Dengo, Hilda Chen-Apuy, Jorge Romero Pérez, Guido Miranda, Elizabeth Odio, Daniel Camacho, María Eugenia Bozzoli y José María Gutiérrez.

Con especial regocijo recibimos la fresca noticia y la compartimos para que igualmente la celebren nuestros amigos y los muchos amigos de ese gran compañero de patrióticas causas.

Muchas felicidades Walter.

Freddy Pacheco León

La propuesta del grupo socialdemócrata. (Un episodio de Historia Constitucional)

Walter Antillón

En memoria de Fernando Baudrit Solera y Fernando Fournier Acuña,
paladines de la independencia judicial

Hoy día casi nadie en Costa Rica recuerda que en el año de 1949, apenas convocada la Asamblea Constituyente, un grupo de intelectuales cercano a la Junta Fundadora de la Segunda República (gobernaba de facto desde hacía algunos meses) propuso oficialmente un Proyecto de Constitución moderadamente social-demócrata; un Proyecto que la aplastante mayoría conservadora de la Asamblea desechó in limine con argumentos deleznables, optando por utilizar la vieja Constitución de 1871 como modelo a seguir en la redacción de la nueva Carta.

Ello a la postre constituyó, indudablemente, una gran pérdida, porque dicho Proyecto era mucho más moderno y amplio que la vieja Constitución, y que la actual; y en particular, su Titulo VIII, dedicado al Poder Judicial, desarrollaba en 17 enjundiosos artículos, una concepción más racional y garantista que la de las Constituciones anteriores; siendo que éstas, entre otros vicios, en el mecanismo del nombramiento de los Magistrados, colocaban a la Corte Suprema de Justicia en riesgo de sufrir la politización y el sometimiento a las cúpulas políticas y fácticas del País.

Así por ejemplo, en lo que atañe al nombramiento de los magistrados, los artículos 153 y 157 del Proyecto Socialdemócrata aportaban una mejora sustancial con respecto al sistema de la Constitución de 1871, pues proponían la elección a partir de ternas escogidas por la Corte, y planteaban la inamovilidad de los magistrados en sus cargos. Veamos los textos:

Artículo 153. Los Magistrados serán elegidos por la Asamblea Legislativa, necesariamente de entre los candidatos que le presentará la Corte Suprema de Justicia, en número de tres por cada uno que deba nombrarse. La integración de las ternas se hará por voto secreto no inferior a la mitad más cualquier fracción total de los Magistrados que componen la Corte; en la designación se procurará dar preferencia a los funcionarios del Poder Judicial; pero, en todo caso, uno de ellos debe figurar siempre en cada terna.”

Artículo 157. Los Magistrados tendrán derecho a conservar su puesto, mientras dure su buen desempeño y no hubieren cesado en sus funciones, y a gozar de pensión de retiro en los términos que fije la ley, salvo en el caso de destitución. No podrán ser suspendidos sino por declaratoria de haber lugar a formación de causa o por los otros motivos legales dentro del régimen disciplinario respectivo; en este último caso, por acuerdo de la Corte Suprema de Justicia, votando en secreto por no menos de dos tercios del total de sus miembros.”

Del análisis del artículo 153 del Proyecto extraemos las siguientes disposiciones:

  1. La Asamblea legislativa tiene una potestad limitada en la elección de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, para evitar que su intervención no se traduzca en influencia política que socave la independencia de aquellos.

  1. La limitación de dicha potestad consiste en que la elección que haga la Asamblea debe recaer necesariamente en uno de los tres nombres contenidos en una terna escogida por la Corte. El acto de elección de los magistrados por la Asamblea se convierte así en una mera solemnidad, como corresponde en obsequio de la paridad entre dos poderes supremos.

  1. La Corte, un colegio de jueces expertos en la función jurisdiccional, tiene la potestad de designar, con buen criterio, las personas que integrarán la terna que se someterá a la Asamblea.

  1. La Corte integrará la terna mediante el voto secreto de la mayoría absoluta de los Magistrados, para garantizar a éstos una plena libertad de elección.

  1. En la designación de los candidatos, la Corte ‘procurará dar preferencia’ a los jueces en propiedad pertenecientes al Poder Judicial, pues se considera que ellos están mejor calificados, porque presuntamente dominan mejor el oficio de juzgar.

  1. Por lo menos uno de los integrantes de la terna será necesariamente un juez en propiedad perteneciente al Poder Judicial. De hecho, la Corte podría colocar dos o tres jueces en la terna; pero la regla comentada sirve para asegurar en cualquier caso su presencia.

En cuanto al artículo 157, de su análisis se desprende la intención de la Comisión redactora del Proyecto Socialdemócrata de otorgar a los Magistrados de la Corte la inamovilidad en sus cargos ‘mientras dure su buen desempeño’. Se trata de una disposición que hoy es una regla de oro que, en los países civilizados, atañe a todos los jueces, fiscales y defensores del sistema de Justicia.

Ahora bien ¿por qué motivo estas propuestas más que razonables no llegaron a formar parte de nuestra Constitución vigente?

La discusión del Título relativo al Poder Judicial consta en las Actas números 139-148 de la Asamblea Nacional Constituyente de 1949, de las cuales extractaremos las piezas pertinentes a nuestro propósito.

  1. Acerca de la inamovilidad de los Magistrados

En el Acta No. 139 del 29 de agosto de 1949 encontramos la propuesta del artículo ‘de la inamovilidad’, redactado por la Fracción Socialdemócrata, y presentada al pleno por el diputado Fernando Fournier Acuña, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica. Veamos el Acta:

“ …En relación con el artículo ciento veintitrés, la fracción Social Demócrata presentó moción para que se lea así:

Los Magistrados tendrán derecho a conservar su puesto, mientras dure su buen desempeño y no hubieren cesado en sus funciones y a gozar de pensión de retiro en los términos que fije la ley, salvo en el caso de destitución. No podrán ser suspendidos sino por declaratoria de haber lugar a formación de causa o por los otros motivos legales dentro del régimen disciplinario respectivo; en este último caso, por acuerdo de la Corte Suprema de Justicia, votado en secreto por no menos de dos tercios del total de sus miembros”.

El Licenciado FOURNIER explicó que el artículo anterior pretende establecer lo que la ciudadanía ha venido anhelando por espacio de muchos años: la inamovilidad de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, con el objeto de ponerlos al margen de los vaivenes de la política. Luego indicó que todo el título del Poder Judicial del Proyecto del cuarenta y nueve, se basó fundamentalmente en el similar de la Carta de mil ochocientos setenta y uno. Añadió que su Partido -el Social Demócrata-, ha pensado que la independencia del Poder Judicial se garantiza decretando la inamovilidad de los Magistrados.

El Diputado FOURNIER hizo uso extensamente de la palabra, conceptos que se reproducen en el acta. Manifestó que, en su concepto, de no aprobarse la inamovilidad, todo el edificio constitucional que estamos creando, quedaría desquiciado. La inamovilidad, como una de las mayores conquistas democráticas de los pueblos, es la condición esencial para disfrutar de una Corte Suprema de Justicia bien integrada, que sea una verdadera garantía para todos los ciudadanos, sin discriminaciones de ninguna clase, libre de influencias extrañas. La Corte viene a ser -de acuerdo con el nuevo texto constitucional- algo así como el contrapeso de los otros Poderes, que garantiza la justicia por igual de todos los costarricenses. Hay que tener presente que la Corte no sólo va a resolver los conflictos de carácter particular, sino también otros de gran importancia planteados entre los particulares y el Estado. Si las disposiciones de la Corte van a estar tachadas de politiquería, todas esas garantías que hemos creado para los costarricenses -como por ejemplo, el recurso de Hábeas Corpus y el de Amparo- vendrán a quedar por el suelo, y en su calidad de simples principios teóricos, inoperantes en nuestra realidad. Tampoco debe olvidarse que la Corte va a nombrar a los miembros del Tribunal Supremo de Elecciones, bajo cuyo patrocinio se van a efectuar los procesos electorales. Si la Corte va a estar integrada con un carácter político, la pureza electoral se habrá esfumado también de nuestro medio, pues el partido político mayoritario, a través de la Asamblea Legislativa, decidirá en la integración de aquélla. La Corte, entonces, vendrá a ser un reflejo de los intereses políticos que imperan en la Asamblea Legislativa. Ahí está precisamente el peligro. Para evitar ese peligro, es fundamental decretar la inamovilidad de los Magistrados, para que éstos no estén sometidos a los vaivenes de la política.

En apoyo de la moción de FOURNIER acudió don Fernando Baudrit Solera, quien fue también Profesor y Decano de la Facultad de Derecho, Rector de la Universidad de Costa Rica y finalmente Presidente de la Corte Suprema de Justicia.

El Representante BAUDRIT SOLERA se pronunció en términos que íntegros se publican en “La Gaceta”. Manifestó que en ocasión anterior, había expuesto las razones por las cuales la Comisión Redactora del proyecto del cuarenta y nueve había adoptado el sistema de la inamovilidad de los Magistrados. En el seno de la Comisión se discutieron extensamente los beneficios e inconvenientes de ese sistema, que son, estos últimos, los señalados por el señor Arias y aun otros más. El sistema, es claro, tiene sus desventajas. Pero si colocamos sus inconvenientes frente a los del sistema actual, que deja en manos de un cuerpo político, como es el Congreso, la integración de la Corte, llegamos a la conclusión de que es fundamental adoptar el sistema de la inamovilidad de los Magistrados. Agregó que prácticamente el país ha venido viviendo este sistema de la inamovilidad, pues algunos buenos Magistrados han sido reelectos sucesivamente, salvo contadas excepciones y aun cuando tales reelecciones hayan tenido a veces origen político. En cuanto a la idea del señor Arias (don Juan Rafael) de alargar el período a los señores Magistrados, no le parece conveniente por las razones que pasó a exponer. Un abogado electo Magistrado tendrá que abandonar su bufete. Si a él vuelve pasados diez años, por ejemplo, le será muy difícil, si no imposible, recuperar su clientela. Eso le obligaría a acudir al Congreso para influir en el ánimo de los señores Diputados con el propósito de lograr su reelección. Siendo que muchas veces los Diputados abogados tienen asuntos pendientes en los tribunales, tal procedimiento vendría a acarrearnos grandes males, pues aquellos también tratarían de influir en el ánimo de los miembros de la Corte. Por esa y otras razones, fue que en el seno de la Comisión Redactora -continuó diciendo el señor Baudrit-, propuso que los representantes en la Asamblea Legislativa que fueran abogados mientras durasen en sus funciones, no pudiesen ejercer su profesión, moción que cree sólo contó con su voto. Insiste en que el mejor sistema es el de la inamovilidad, que ha dado tan buenos resultados en los países que lo han adoptado, como Brasil, Chile, Argentina, Cuba y los Estados Unidos. Si en esos países el sistema ha dado tan buenos resultados, ¿por qué razón no adoptarlo entre nosotros, máxime si el sistema actual permite abusos, que ya se han cometido? Aclaró el Licenciado Baudrit que la inamovilidad de los Magistrados se mantiene, mientras cumplan a cabalidad su función y no es absoluta. El mismo proyecto del cuarenta y nueve, en sus artículos ciento cincuenta y nueve y ciento sesenta, establece las causales de cesación y de destitución. Agrega que un artículo transitorio del Proyecto de mil novecientos cuarenta y nueve, dijo que le corresponderá a la próxima Asamblea Legislativa integrar la Corte Suprema de Justicia. Debemos pensar que la Cámara procederá en la mejor forma, a efecto de integrar una Corte que merezca la más absoluta confianza a todos. Concluyó el orador diciendo que mantener el sistema actual le parece un gravísimo error.

Muchos otros constituyentes se sumaron a la tesis de la inamovilidad, recordando situaciones en las que se demostraba la influencia politiquera que acarreaba el régimen de la Constitución de 1871. Aduzco como ejemplo, entre muchos, el testimonio del Diputado don Manuel Antonio González Herrán, prestigioso abogado litigante de San José:

“ …El Diputado GONZALEZ HERRAN declaró que su voto será favorable a la moción planteada. La razón fundamental que lo mueve a otorgar la inamovilidad a los Magistrados, es la de preservar al Poder Judicial de toda influencia extraña, para que se maneje con absoluta independencia. Añadió que no fue a partir de 1940 que se operó la intervención de la política en el Poder Judicial. Ya antes aun cuando el Presidente no influía poderosamente en el nombramiento de los Magistrados los abogados nos dábamos cuenta de lo difícil que era litigar contra un Diputado. Para el país es de muy graves consecuencias que los Diputados, supremos electores de los integrantes de la Corte, tengan juicios pendientes con la justicia. De ahí que opina que a los Altos Jueces que integran la Corte, debe colocárseles al margen de toda posibilidad de quedar bien o mal con los que son sus electores. Los intereses políticos privaban en la elección de los Magistrados cada cuatro años. Es por estas razones, que no puede aceptarse el sistema vigente, que tan pésimos resultados ha dado en nuestro medio, especialmente en los últimos años. Si no se consagra la inamovilidad -concluyó el señor GONZALEZ HERRAN-, nos estaremos exponiendo a padecer los inconvenientes de Magistrados interesados en conseguir los votos de una mayoría parlamentaria. Mientras los Altos Jueces que integran la Corte cumplan con sus obligaciones, deben mantenerse en sus puestos.

La moción de Fournier y Baudrit recogió muchas adhesiones como la que acabo de transcribir, y no tantas opiniones contrarias, pero a la hora de votarla, sorpresivamente fue rechazada. Esa mayoría contraria no contaba en realidad con muchos argumentos; pero parece ser que el desconocimiento de la materia y el miedo a todo lo que es nuevo en muchos de los constituyentes; o el mero espíritu de contradicción; o la conveniencia que les reportaba el sistema vigente a aquellos que ejercían la ‘abogacía política’, etc., hicieron su trabajo.

La tragedia estuvo en que ninguno de los tenaces opositores, como por ejemplo el cartago Mario Alberto Jiménez o el herediano Fernando Vargas, propuso alternativas al sistema que criticaban, de modo que cuando hicieron fracasar la propuesta socialdemócrata, lo que quedó finalmente aprobado fue una versión de la impresentable fórmula de 1871, que irónicamente ninguno de ellos recomendaba, ni nadie en la Asamblea había defendido.

En el Acta de la Sesión No. 141 del 31 de agosto citado, don Fernando Baudrit presenta y razona su moción de revisión del rechazo de la propuesta socialdemócrata sobre la inamovilidad, con abundancia de argumentos y referencias, y presenta una carta del Presidente de la Corte, don Gerardo Guzmán, en apoyo de la inamovilidad.

“ …Artículo 2º.- El Representante BAUDRIT SOLERA presentó moción de revisión sobre la ponencia rechazada en la sesión anterior de la fracción Social Demócrata en relación con la inamovilidad de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. El mocionante expuso las razones que lo llevan a solicitar la revisión planteada. Empezó diciendo que sus convicciones de mucho tiempo, así como el hecho de desempeñar en nuestra Escuela de Derecho la Cátedra de Derecho Procesal, desde la cual siempre ha abogado por la tesis de la inamovilidad judicial, lo movían a agotar todos los recursos como lo expresó en la sesión anterior para que en la Constitución de 1949 se incorpore el principio de la inamovilidad de los integrantes de la Corte, que estima necesario y saludable para la vida institucional del país. Por otra parte, la votación de ayer no es un reflejo exacto de la mayoría de la Cámara, ya que la moción respectiva se desechó por un solo voto. Por estas razones considera que es necesario ahondar el debate para ver si es posible llevar al ánimo de los señores Representantes la necesidad y conveniencia del sistema de la inamovilidad. Para corroborar su tesis, el señor Baudrit dio lectura a las siguientes opiniones de conocidos tratadistas de la materia, que se pronuncian en un todo de acuerdo con la inamovilidad del Poder Judicial: Francis Lieber, expositor americano, en su libro “On Civil Liberty and Self Government” [1853] página 204, nos dice: “La independencia de los jueces es un concepto de la vieja raigambre de los escritores de la filosofía política de nuestra lengua. Pero debe hacerse observar que la independencia del Poder Judicial, por la cual se entiende generalmente aquella posición del juez independiente del Poder Ejecutivo, (en los Estados Unidos el Presidente nombra los Magistrados sometiendo su aprobación al Senado), sólo es factible si su nombramiento es de por vida y se les respalda con la prohibición de que sus salarios no deben ser disminuidos, después de que su nombramiento ha tenido lugar”. Y reafirmando ese concepto en la página 220, agrega: “La independencia del Derecho y de la Administración de Justicia, requiere esa independencia del Juez”. El tratadista don Fernando Mellado, en su obra Derecho Político, página 780 expone: “La independencia, la inamovilidad y la responsabilidad de los jueces, completan el cuadro de la autoridad judicial. La independencia, porque sin ella los jueces no pueden obrar libremente, ni conforme a Justicia, sino que subordinarían sus sentencias o disposiciones materiales o morales extrañas por completo a lo que debe ser la autoridad judicial. La inamovilidad conduce inmediatamente a la independencia a que acabamos de referirnos; la seguridad por parte del juez de que obrando rectamente no se le ha de seguir perjuicio alguno en el ejercicio de su cargo, facilita que obre con la independencia debida, ajustando todas sus disposiciones a los preceptos de la ley, según los comprenda, los desarrolle y analice su propia conciencia”. El profesor Felipe Tena Ramírez (Derecho Constitucional, página 421), defendiendo el mismo principio y doliéndose de que en México no haya sido respetado en las últimas constituciones políticas, cita la opinión de Rabasa (expuesta en su tratado Organización Política de México), que dice: “La inamovilidad del Magistrado es el único medio de obtener la independencia del tribunal… El nombramiento puede ser del Ejecutivo, con aprobación del Senado, que es probablemente el procedimiento que origina menores dificultades y promete más ocasiones de acierto… Las ligas de origen se rompen por la inamovilidad, porque el Presidente que confiere el nombramiento no puede revocarlo ni renovarlo; el Magistrado vive con vida propia, sin relación posterior con el que tuvo la sola facultad de escogerlo entre muchos, y que no vuelva a tener influencia alguna ni en sus funciones, ni en la duración de su autoridad”. Sobre esta misma materia -continuó diciendo el señor Baudrit- recabó la opinión de don Gerardo Guzmán, actual Presidente de la Corte, con quien los costarricenses tienen contraída una gran deuda. Piensa que el pueblo costarricense, representado en el seno de esta Asamblea, tiene la obligación de conocer y pesar la opinión del gran patricio, don Gerardo Guzmán, el reo de los calderocomunistas, arrancado a su vida hogareña, después del triunfo de la revolución libertadora, para ponerlo al frente del Poder Judicial que ya él había honrado con su vida honesta puesta al servicio de la justicia nacional. El más alto representativo del Poder Judicial está absolutamente de acuerdo con nuestra tesis. Ninguna persona más autorizada para opinar respecto a la inamovilidad que el señor Guzmán. Y no puede de ninguna manera pensarse que don Gerardo esté interesado en este asunto, ya que él tendrá que abandonar la Corte por razones de edad. Terminó el orador dando lectura a la siguiente carta que le enviara el señor Guzmán, advirtiendo que la realidad debió comenzar con la lectura de ese documento.

CARTA DEL PRESIDENTE DE LA CORTE DON GERARDO GUZMÁN QUIRÓS.

“ …San José, 31 de agosto de 1949.

Señor Licenciado don Fernando Baudrit.

S. D.

Muy estimado colega:

En vista de su deseo de obtener mi opinión en cuanto a los bases fundamentales sobre las que debe descansar el Poder Judicial de la República, según la Constitución que ahora se proyecta, con el propósito de estabilidad y prestigio y de que constituya una garantía efectiva para los ciudadanos que a él ocurren en demanda de justicia, me es muy grato complacerlo externando mi parecer en la forma siguiente:

La experiencia de los puebles más cultos los ha llevado al convencimiento de que es indispensable rodear a la administración de justicia de efectivas garantías, a fin de ponerla al abrigo de extrañas y funestas influencias que a veces se dan, pudiendo enturbiar su actuación, y de ahí que en tales países se haya colocado a la judicatura en condiciones especiales y, puede decirse, hasta de ventaja sobre los demás cargos de la Nación, más todo esto, bien se comprende, no con la mira interesada o injusta de favorecer a los ciudadanos que desempeñan las funciones de Magistrados, sino en beneficio directo de todos los habitantes de la República. Relativamente a este punto hay que recordar un yerro del pasado que es preciso rectificar, la Constitución de 1871 fijaba un corto período para el ejercicio de la Magistratura y atribuía la elección de los Magistrados, sin contralor alguno, a un cuerpo esencialmente político, como lo es el Congreso; éste, además, tenía la facultad irrestricta de fijarles sueldo, de aumentárselos o disminuírselos, a su arbitrio. No se concibe una base más deleznable y a todas luces resulta inconveniente por el peligro manifiesto que entraña, y debe reconocerse que la Constitución aludida ofreció amplio campo a los otros Poderes para falsear el Judicial, con quebranto de su prestigio, todo lo cual, indudablemente, debe ser impedido en la nueva Carta Fundamental.

Todo plan para el establecimiento del Poder Judicial bien organizado debe basarse, según lo demuestra la experiencia, en la inamovilidad de los jueces, mientras desempeñen sus funciones con entera dedicación y honradez. Esta idea no es nueva, pues el principio de la inamovilidad de los jueces se halla incorporado, desde hace muchos años, en varias constituciones de otros países y, progresivamente, se ha ido incluyendo en las de otros de avanzada cultura jurídica. En cuanto a las vacantes que ocurran debiera atribuirse al Congreso la facultad de llenarlas, pero escogiendo dentro de las ternas que le envíe la Corte, la cual queda en absoluta liberta de integrarlas, procurando siempre el ascenso, si éste fuera posible. La bondad de este sistema resulta innegable, si se tiene en cuenta que el único interés que podría privar en la Corte, al formar la terna respectiva, sería el de mejor servicio público, sugiriendo como candidatos a la Magistratura a profesionales que por su probidad reconocida, preparación, cultura y esfuerzo personal, fueran idóneos para el desempeño de tan delicadas funciones en un tribunal colegiado. Un procedimiento semejante debiera adoptarse para la elección de Magistrados suplentes, mediante el envío que hiciera la Corte al Congreso de una lista de candidatos, dentro de la cual este último elegiría a dichos funcionarios; y, asimismo, las vacantes también debieran llenarse por medio de ternas enviadas por la Corte al Congreso.

Nuestra Ley Orgánica de 1888 (derogada) contenía la prohibición de rebajar los sueldos de los funcionarios que administraran justicia durante el período para el cual hubieran sido nombrados. Al incorporar esa garantía -que en otros países existe en sus respectivas constituciones- en el estatuto orgánico del Poder Judicial de nuestro país sin duda se tuvo el propósito de evitar represalias de otros poderes que, aun cuando muy improbables, tampoco serían imposibles en momentos de extraordinaria exaltación política. Disposiciones semejantes a la que contenía nuestra Ley Orgánica de Tribunales de 1888, y a la cual me he referido, existían desde hace muchos años en las más avanzadas constituciones políticas de otros países por estimarse como indispensable complemento de la inamovilidad judicial. En cuanto a lo que se conoce como autonomía económica, sea de un poder o de una institución del Estado semiautónoma, debo decir que durante más de medio siglo en el presupuesto general de gastos del Estado, se le reconoció a la Corte y se le estuvo asignando una modesta partida para cubrir los alquileres de locales destinados a oficinas judiciales que, en su mayoría, se alojan en edificios de propiedad particular, compra y reparación de mobiliario, papelería y otros gastos menudos, no habiendo ofrecido ese sistema ningún tropiezo; sin embargo, desde la promulgación de las leyes llamadas de organización fiscal, ya no es el Presidente de la Corte quien gira contra la respectiva partida sino el Ministro de Hacienda, previos dilatados trámites, todo lo cual acarrea pérdida de tiempo y entorpecimiento en el pago de esos pequeños desembolsos, lo cual indica que es conveniente autorizar en la nueva Constitución a la Corte para manejar esa pequeña partida girando contra ella el Presidente de la Corte, sin más requisito que el pago esté debidamente justificado. Las anteriores reformas las había estimado indispensables la corte, en otra oportunidad, para asentar al Poder Judicial sobre bases inconmovibles, ideal que se ha venido intentando durante muchos años, sin que hasta ahora se haya incorporado, como sería de desear, en la Constitución de la República.

Agradezco a Ud. la distinción que se ha servido hacerme al solicitar mi modesto parecer al debatirse la organización del Poder Judicial al cual he servido durante tantos años y por cuya mejora siento el más vivo deseo; aprovecho la ocasión para renovarle las muestras de mi consideración muy distinguida.

GERARDO GUZMÁN

Entre otros colegas, el Diputado Ricardo Esquivel Fernández adujo los siguientes argumentos para apoyar la moción de revisión del Diputado Baudrit:

“…Mucho se ha escrito, en España y fuera de ella, en defensa de la inamovilidad de la magistratura. Resumiremos ahora los principales argumentos aducidos por los partidarios de este principio, a un tiempo orgánico, judicial y político.

Si la inamovilidad se ha dicho es una condición de que deberán gozar todos los servidores del Estado, claro es que no puede dejar de establecerse en favor de aquellos que tienen a su cargo los servicios judiciales, esto es, los jueces y magistrados, y aun con más motivo en cuanto a éstos, no porque tengan a ella mejor derecho, sino por la mayor gravedad de los intereses que se les confían.

Los legisladores de Cádiz conocieron ya la necesidad de declarar inamovibles a los funcionarios judiciales. “Cuando la integridad de los jueces -expone la comisión encargada de extender el proyecto de la Constitución del año 1812- es el requisito más esencial para el buen desempeño de su cargo, es preciso, asegurar en ello esta virtud por cuantos medios sean imaginables. Su ánimo debe estar a cubierto de las impresiones que pueda producir hasta el remoto recelo de una separación violenta. Y ni el desacuerdo del monarca, ni el resentimiento de un Ministro han de poder alterar en lo más mínimo la inexorable rectitud del juez o magistrado. Para ello nada es más a propósito que el que la duración de su cargo dependa absolutamente de su conducta, calificada en su caso por la publicidad de un juicio …”.

“ …El Diputado FOURNIER hizo uso extensamente de la palabra, conceptos que se reproducen en el acta. Manifestó que, en su concepto, de no aprobarse la inamovilidad, todo el edificio constitucional que estamos creando, quedaría desquiciado. La inamovilidad, como una de las mayores conquistas democráticas de los pueblos, es la condición esencial para disfrutar de una Corte Suprema de Justicia bien integrada, que sea una verdadera garantía para todos los ciudadanos, sin discriminaciones de ninguna clase, libre de influencias extrañas. La Corte viene a ser -de acuerdo con el nuevo texto constitucional- algo así como el contrapeso de los otros Poderes, que garantiza la justicia por igual de todos los costarricenses. Hay que tener presente que la Corte no sólo va a resolver los conflictos de carácter particular, sino también otros de gran importancia planteados entre los particulares y el Estado. Si las disposiciones de la Corte van a estar tachadas de politiquería, todas esas garantías que hemos creado para los costarricenses -como por ejemplo, el recurso de Hábeas Corpus y el de Amparo- vendrán a quedar por el suelo, y en su calidad de simples principios teóricos, inoperantes en nuestra realidad. Tampoco debe olvidarse que la Corte va a nombrar a los miembros del Tribunal Supremo de Elecciones, bajo cuyo patrocinio se van a efectuar los procesos electorales. Si la Corte va a estar integrada con un carácter político, la pureza electoral se habrá esfumado también de nuestro medio, pues el partido político mayoritario, a través de la Asamblea Legislativa, decidirá en la integración de aquélla. La Corte, entonces, vendrá a ser un reflejo de los intereses políticos que imperan en la Asamblea Legislativa. Ahí está precisamente el peligro. Para evitar ese peligro, es fundamental decretar la inamovilidad de los Magistrados, para que éstos no estén sometidos a los vaivenes de la política.

¿Cuáles fueron los principales argumentos de los impugnadores de la inamovilidad? Como antes lo indiqué, el más tenaz opositor fue el Diputado Fernando Vargas Fernández, cuyas razones, así como las del notorio iconoclasta Mario Alberto Jiménez Quesada y las del honesto pero despistado Ramón Arroyo Blanco pesaron para que la mayoría de los constituyentes terminaran instaurando, por la vía de la inercia, el actual sistema que, en realidad ninguno pretendía o se atrevía a defender abiertamente. Veamos el Acta:

“ …El Diputado VARGAS FERNANDEZ usó de la palabra extensamente en términos que se publican en “La Gaceta”. Indicó que se mantenía firme en su criterio anterior opuesto a la inamovilidad de los Magistrados, ya que durante la revisión no se han expuesto nuevos argumentos por parte de los defensores de la tesis contraria. Por esas razones, no votará la revisión planteada. Agregó que ha estado en desacuerdo con esa inamovilidad tan especial que se propone y que ampara sólo a los Magistrados, y no a los Jueces y Alcaldes. Dichosamente el señor Solórzano se ha dado cuenta de esta injusticia y ha presentado una moción para que se incorpore la frase final del artículo 123 de la Constitución del 71. Piensa que el problema no está en la inamovilidad. La base del problema está en el nombramiento de los Magistrados, que anteriormente hacía el Congreso y en el futuro la Asamblea Legislativa. Conceptúa que todas las deficiencias que se la han apuntado al sistema estriban en la falta del establecimiento de la carrera judicial en Costa Rica. Mientras no se establezca, estaremos expuestos siempre a llevar advenedizos a la Corte. Establecida la carrera judicial, los ascensos se operarán automáticamente. Cuando la limpia credencial de un juez sea factor para llegar a la magistratura, coronación de la carrera judicial, entonces sí se podrá estar seguro que en el nombramiento de los Magistrados no intervendrán los factores políticos. ¿Qué se pretende con la inamovilidad si antes no se crea la carrera judicial? Que cualquier litigante que no ha sido funcionario del Poder Judicial, de la noche a la mañana, sin tener quizás credenciales para ello, sea nombrado Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, en evidente perjuicio de quienes por muchos años han venido laborando en funciones judiciales. El caso del Juez don Alfonso Barrantes, ya citado aquí, constituye argumento para el establecimiento de la carrera judicial, pero no para esta inamovilidad por la que se está abogando. Si esa inamovilidad hubiera estado establecida en esa oportunidad, el señor Barrantes habría podido quedarse sin alcanzar la magistratura, no así si la carrera judicial lo hubiera estado. Las opiniones de los tratadistas están muy divididas.

El Diputado ESQUIVEL nos leyó las opiniones favorables a la tesis de la inamovilidad que transcribe la Enciclopedia Jurídica española. Pero en la misma Enciclopedia se transcriben, seguidamente, las opiniones contrarias. Todo esto nos demuestra que en materia tan compleja las opiniones son muy diversas. La tesis tiene sus defensores e impugnadores. Para terminar, el señor Vargas Fernández dio lectura a las opiniones contrarias a la inamovilidad que leyó de la Enciclopedia Jurídica española. Esas opiniones son las siguientes:

2.- OPINIONES CONTRARIAS A LA INAMOVILIDAD JUDICIAL.

El principio de la inamovilidad de la Magistratura ha tenido y tiene también impugnadores, que lo combaten fundados en diversas consideraciones y desde diferentes puntos de vista.

Verdad es que los jueces, siendo inamovibles -dice Meunier- no pueden descender, pero nada les impide el ascenso con tal que satisfagan y contenten al Jefe del Estado; y con el mismo sentido afirma Vaulabelle que la inamovilidad no logra destruir la ambición, el espíritu de intriga y el deseo de aumentar el sueldo. La justicia se administra constantemente -sostiene Comte- según el modo como se haya hecho el nombramiento de los jueces, y la inamovilidad puede ser muchas veces la permanencia de la ineptitud, de la venalidad o del fanatismo. Tal vez por esto haya creído Stuart Mill que nadie podía negar que la inamovilidad de la magistratura fuese un mal. Pues ¿qué? dice Fasy-, ¿no será posible destituir a un juez incapaz o parcial, y el público habrá de soportar continuamente tales defectos? Y sin negar este autor ciertas ventajas que ha producido la inamovilidad, opina que sólo puede servir como una garantía contra los gobiernos monárquicos, que están facultados para proveer los cargos judiciales”.

Se ha objetado también que, dado el modo de ser del espíritu humano, su tendencia al reposo y la facilidad con que el envanecimiento de los altos cargos lo ciega, cuando el Juez o Magistrado se cree seguro en su oficio para toda su vida, esa seguridad engendra el descuido, y a la larga hasta las naturalezas más activas se tornan perezosas, la práctica degenera en rutina, y la jurisprudencia se hace caprichosa y personal. “Una vez resuelto un caso determinado, el Magistrado, aplica en los análogos la propia doctrina como verdad indiscutible, sin preocuparse por hacer nuevos estudios, de modo que un error varias veces repetido acaba por convertirse en axioma, en verdad infalible. Está en la miseria del corazón humano la tendencia a sostener sus actos y opiniones, encaprichándose en ellos con tanto mayor empeño, cuanto mayor grado de humildad se requiere para volver atrás, o para confesar el error; difícilmente cede el de arriba ante el que cree abajo… La jurisprudencia es una ciencia que adelanta día por día, y como las locomotoras, al que no va con ellas lo deja atrás, cuando menos piensa, como inútil rezagado. Los Magistrados que se sienten seguros en sus puestos, se limitan por lo regular a despachar con las luces y la práctica que ya tienen, las muchas cuestiones concretas, la mayor parte semejantes, que diariamente entran a su estudio, sin cuidarse de la jurisprudencia abstracta y general que avanza y cambia con la rapidez de la civilización, y que sin sospechar se les escapa. De ahí que a veces los hechos vengan a desmentir la fama de sabios de algunos viejos jurisconsultos, porque confiados en su acopio de conocimientos y engreídos con antiguos triunfos, se han quedado, sin saberlo ellos mismos, sentados sobre sus laureles a la vera del camino por donde vuela el tren de la ciencia”.

Finalmente, se ha señalado como otra desventaja de que los cargos judiciales sean inamovibles, la de imponer a los pueblos cual insacudible yugo, la obligación de soportar “a individuos gastados, ignorantes o morosos, sólo porque su conducta es buena y su hogar respetable. Contra esos Magistrados perniciosísimos, no por lo malo que hacen, pues de ello son incapaces, sino por lo bueno que no hacen, debe dejarse a la sociedad al menos el consuelo de esperar en su reemplazo al fin de un período”; y es peligroso “no dejar más medios de salir de ellos que los trastornos públicos, la muerte o la escandalosa promoción a mejores puestos que merecen todavía menos”.

Don Fernando Baudrit, al salir al paso de dichos argumentos, indicó

“ … que parecía deducirse de las afirmaciones del compañero Vargas Fernández, que se estuviera propiciando la llegada de advenedizos a la Corte. Semejante suposición carece por entero de fundamento. El mismo Proyecto del 49 contempla el caso de las vacantes que serán llenadas por la Asamblea Legislativa, escogiendo de una terna que le enviará la Corte; se establece allí que, cuando menos, uno de los integrantes de las ternas, ha de ser funcionario del Poder Judicial. En otra disposición del mismo Proyecto se establece que la ley, en aquello que no está previsto en la Constitución, indicará las condiciones que deben reunir los funcionarios y empleados del Poder Judicial, la duración de sus cargos y la manera de nombrarlos, procurando establecer el sistema de ascenso por méritos. El principio de la carrera judicial está consignado en el Proyecto, que ha sido presentado en forma de mociones a la consideración de la Asamblea. De aprobarse esa disposición de nuestro Proyecto, la futura Ley Orgánica del Poder Judicial tendrá que venir a establecer el sistema de ascenso por méritos. Terminó diciendo que si bien era cierto que la tesis de la inamovilidad contaba con muchos impugnadores, pero frente a los resultados del sistema contrario, es indispensable incorporarla a la nueva Constitución, para acabar de una vez para siempre con la intromisión de la politiquería en las Cortes, a través de cuerpos eminentemente políticos, como son nuestros Congresos y aun del Presidente de la República. Si todos aceptan que la politiquería ha influido en mayor o menor escala en la integración de la Corte, ¿cómo, entonces, empeñarse en mantener un sistema que tan funestos resultados ha dado en nuestro medio?

A pesar de la abundancia de razones a favor de la revisión y de la inconsistencia de los argumentos en contra, la Asamblea la rechazó por dos votos. Lo cual motivó que en el Acta No. 142 del primero de setiembre siguiente, en su última intervención sobre el tema de la inamovilidad, el diputado Baudrit manifestara lo siguiente:

“… que parecía desprenderse de la discusión habida en torno de este asunto en las sesiones anteriores que el escollo principal para establecer la inamovilidad era que ese sistema, a juicio de algunos Diputados, no dejaba abierta la puerta para que la representación nacional ejerciera una especie de contralor en la Corte. Pero hoy -añadió- con gran sorpresa noto que quiere crearse ambiente favorable en la Cámara para mantener el sistema actual de elección de Magistrados, aumentando simplemente el período a diez años. Pero con diez o con ocho años, indiscutiblemente volveremos a tener la politiquería metida en la Corte. La Asamblea Legislativa, bien podrá llevar al seno del Supremo Tribunal de Justicia a cualquier advenedizo. ¿Cómo es posible, señores Representantes, que nos olvidemos tan rápidamente de lo ocurrido en Costa Rica hace apenas muy pocos años? Es cierto que debemos tener confianza en los gobernantes del futuro, pero eso no nos libra de la obligación de evitar, en lo posible, que se abran las puertas para la intromisión de la politiquería en el Poder Judicial. Agregó que se mantenía dentro de su tesis, esto es, que la única forma de poner coto a aquel mal, era estableciendo la inamovilidad de los Magistrados. Fiel a su pensamiento, agotará todos los esfuerzos posibles para que la nueva Constitución incorpore ese principio que juzga imprescindible. Durante la revisión final, volverá a insistir en su tesis aun cuando sólo cuente con su voto. Si ésta es de nuevo rechazada, al menos le quedará la satisfacción moral de haber cumplido hasta el último momento con su deber; no quiere cargar con la responsabilidad histórica de lo que aquí se haga en contra de aquella tesis…”

  1. Acerca de las ternas

El artículo 153 del Proyecto, relacionado con el mecanismo de las ternas a proponer por parte de la Corte Suprema a la Asamblea Legislativa, reintroducido al debate por moción del Diputado Ramón Arroyo (ver Acta 143 citada), no suscitó una discusión tan prolongada como el de la inamovilidad, y perdió fuerza cuando éste fue rechazado. En todo caso, su defensa corrió a cargo del infatigable don Fernando Baudrit. Veamos:

“ …El Representante BAUDRIT SOLERA expresó que la exigencia de las ternas venía a completar el sistema de transacción, que se ha visto obligado a aceptar, al desechar la Cámara la moción que creara la inamovilidad del Poder Judicial. La terna es de todo punto de vista conveniente. La Corte la integrará con los elementos más capaces ¿Quién sino la Corte, va a estar más capacitada para escoger a los miembros que van a integrar esa terna? Añadió que en la práctica, aun cuando no se ha establecido la carrera Judicial, la mayoría de los Magistrados ha pasado previamente por las posiciones inferiores del Poder Judicial. Las ternas, a no dudarlo, vendrán integradas cuando menos por dos elementos del Poder Judicial. Luego expresó que no existía tal contradicción entre la atribución otorgada a la Asamblea Legislativa de nombrar a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y la moción en debate. En el primer caso se indicó que la Asamblea Legislativa elegiría a los Magistrados, pero no se dijo en qué forma. Ahora en cambio se vienen a establecer las condiciones de esos nombramientos, la forma en que habrá de operar la Asamblea…”

Dichos argumentos fueron secundados por el Diputado Ramón Arroyo Blanco, en los siguientes términos:

“ …se justifica que al Poder Judicial se le otorguen más garantías por cuanto es de los tres Poderes el que más garantías requiera para cumplir su cometido. Hamilton, en su libro “El Federalista” nos dice que el Ejecutivo tiene en sus manos la fuerza pública; el Legislativo dicta las leyes; el Poder Judicial solamente se concreta a dictar el derecho. De ahí que todas las legislaciones, teniendo en cuenta esta debilidad del Poder Judicial, que lo coloca en una situación de inferioridad con respecto a los otros Poderes, lo ha reforzado. Montesquieu expresó que la esencia de las Democracias estaba en la independencia del Poder Judicial. Piensa en consecuencia, que se está desarrollando ese principio, colocando al Poder Judicial en una situación de amparo frente a los otros dos Poderes. El simple hecho de que estemos rodeando de garantías al Poder Judicial -concluyó el señor Arroyo- no debe alarmar a nadie, si se toman en cuenta sus palabras anteriores…”

Sin embargo, la moción del Diputado Arroyo sufrió modificaciones que desvirtuaron su sentido original y finalmente fue desechada sin pena ni gloria (penúltimo apartado del Acta 143).

Y de esa manera, la innovadora propuesta de la Fracción Socialdemócrata, alabada por tirios y troyanos en los debates de la Constituyente, fue derrotada en sus partes más esenciales; mientras que el vetusto sistema de las Constituciones del Siglo XIX (las de 1859, 1869 y 1871), que todos criticaron y nadie defendió, fue emergiendo incólume, como producto impensado (¿indeseado?) de los mil ajustes y reajustes, dudas y asertos, propuestas y contrapropuestas del conjunto de los integrantes de la Asamblea, trayendo irónicamente a la memoria el chiste de la definición del camello: ‘el producto de una comisión que se proponía producir un caballo’.

En un momento crucial para el futuro de la Judicatura y del País, es impostergable el deber de todos de reflexionar acerca de lo que apostamos y perdimos los costarricenses en el campo judicial, durante los trabajos de la Asamblea Constituyente de 1949, y acerca del camino a seguir.

Otro mundo es posible.

A la juventud costarricense… Una conversación de Walter Antillón con Rodrigo Madrigal Montealegre

Walter Antillón

¿Podrías, Rodrigo, resumir en unos pocos trazos, la historia que le tocó vivir a nuestra generación?

Walter Antillón

R.M: Bueno, vos y yo nacimos al concluir el primer tercio del Siglo XX, de modo que hemos vivido gran parte de dicho Siglo y las primeras décadas del presente con la cabeza y el corazón puestos en las cosas de Costa Rica; pero también pensábamos en Centroamérica y en el Mundo. Gracias a una prolongada y reflexiva experiencia, modestamente creo que poseemos una mediana comprensión de lo que ha venido ocurriendo en esos escenarios.

Nuestra infancia -década de los treintas- registró las secuelas de la Crisis Mundial que estalla precisamente en 1929: difusas imágenes de la Presidencia de León Cortés, de la última breve campaña política de don Ricardo Jiménez; de la Guerra Civil Española, así como la sensación de vago temor y algunas vivencias de la escasez durante el período de la Segunda Guerra Mundial.

Rodrigo Madrigal Montealegre

Aquí pocos se daban cuenta de que la situación del País reflejaba equívocamente y en pequeño lo que se estaba fraguando en dimensiones planetarias.

Los gobiernos de Calderón y Picado, con la constitucionalización de las Garantías Sociales y el Código de Trabajo, coinciden con nuestra adolescencia colegial, erótica y festiva, sacudida por la Huelga de Brazos Caídos, la Revolución del 48; luego una fragante Constitución y los cambios que trajo el gobierno de la Junta Fundadora de la 2ª República. Y coincide asimismo con (y es una respuesta a) el estallido de la Guerra Fría y el triunfo de la Revolución Comunista en China.

Así es; y agregaría que con aquellos avances (no circunscritos a Costa Rica, sino de dimensiones regionales), la clase obrera disponía de una ‘cabeza de playa’: un punto firme para iniciar un avance paulatino hacia una factible ecualización social que, sin embargo, fue sistemáticamente rechazada por las oligarquías; lo cual ocurría en paralelo con la etapa universitaria de nosotros, ya en la segunda mitad del Siglo XX (grados y postgrados: combinación de ilusiones, estudio y dolce vita). Son, en efecto, los años del predominio socialdemócrata del flamante Partido Liberación Nacional: sus logros de entonces, por todos conocidos y sus reprobables decisiones: la proscripción del Partido Comunista, la represión ideológica y la violenta eliminación del sindicalismo de izquierda, que se cebó predominantemente en los trabajadores de la empresa privada; eliminación propiciada mediante la sucesiva, sistemática persecución sindical (prolongada hasta el presente Siglo) por parte de un sector mayoritario de los patrones. Todo lo cual coincide temporalmente (pero no temáticamente) con la descolonización de África y del Oriente, las Guerras nada frías de Corea y Vietnam; y el nacimiento de lo que después será la Unión Europea, en el plano internacional.

R.M: Y bueno: evocar los detalles de ese largo período sería la de nunca acabar. En suma, una centuria cruenta para los pueblos del Mundo. En lo personal, los decenios siguientes trajeron los afanes y las alegrías de nuestras vidas adultas (matrimonios, hijos); y pasaron como un soplo los días, los meses y los años. En el camino fueron desapareciendo sucesivamente abuelos, tíos, padres, hermanos, y muchos otros parientes y amigos, nuestros viejos profesores, tu hijo Federico. Y nosotros mismos, sin decirlo a nadie, nos fuimos haciendo a la idea de nuestra propia, inevitable muerte.

Entre tanto el mundo exterior seguía tan campante: en los noventas desaparecieron la Unión Soviética y los otros Estados europeos del Socialismo Real; y entonces un japonés angloparlante habló del fin de la Historia. Pero dichosamente la Historia no se enteró; y gracias a eso surgieron las nuevas potencias mundiales de la India abigarrada, la China Comunista, el Brasil y luego el BRICS, y luego, y luego … en fin, que la Historia aún tiene para rato.”

En fin, nosotros dos nos encontramos ahora al borde de los noventa años, como testigos privilegiados de la dramática transformación de aquel Mundo que nos vio nacer: transformación masiva y multiforme que algunas veces he llamado ‘gatopardesca’, porque ha servido para que, en lo importante, todo continuara igual: bajo la espectacularidad de los cambios tecnológicos que revolucionaron las telecomunicaciones y dispararon procesos multitudinarios, continuaban inexorables la desigualdad, la exclusión, el infortunio de miles de millones de seres humanos, al par de la degradación del ambiente, el cambio climático, la extinción de la vida animal y vegetal a gran escala, y un largo etcétera.

Así es, desgraciadamente; y todo ello a consecuencia del desatinado y codicioso frenesí y la criminal indiferencia del Capitalismo Transnacional, que ha hecho predominar en Occidente su visión y su política neoliberales; y ha suspendido su ominosa Espada de Damocles sobre el destino de los empobrecidos países del Sur.

Ahora bien, en lo que atañe a la Costa Rica de hoy ¿qué tendrías que decir?

R.M: Diría que estoy convencido de que nuestro País está hoy pagando las consecuencias de haber sido gobernado alegremente “a la derecha” durante los últimos cuarenta años: primero, bajo el Bipartidismo; ahora, bajo el Tripartidismo, que es prácticamente la misma cosa: lo nuevo que distinguía inicialmente al PAC de los partidos tradicionales (el discurso moralista y promisorio de Otón Solís) no se materializó en ninguna de las dos administraciones de dicho Agrupación, que terminaron cayendo en las prácticas neoliberales y las rutinas del Bipartido del Pacto Figueres-Calderón.”

Yo, de mi parte, señalaría además que la persecución sindical desatada a partir del 48, y la consiguiente indefensión y subalternidad de los trabajadores costarricenses, sobre todo del sector privado, prolongadas por varias décadas y respaldadas por una campaña sistemática en los medios de comunicación, alcanzaron las dimensiones de un fenómeno masivo, creando una atmósfera generalizada y silenciosa de temor e inseguridad en aquel importante segmento de la población; lo cual determinó la aparición de la cultura de mimetismo político y conformismo laboral predominante en dicho segmento, en la que, por ejemplo, la palabra ‘sindicalista’ equivalía a ‘comunista’; y comunista se había convertido en una condición infamante que acarreaba menosprecio, desempleo y ruina (jueces costarricenses de entonces estimaron que ‘comunista’ era una injuria igual o peor que ladrón o criminal). Esta perversa y prolongada maquinación, que cercenó y satanizó por largo tiempo una opción que era legítima en cualquier país civilizado, terminó por sumir a la clase trabajadora costarricense en un estado de miedo crónico a ser visualizado como sindicalista, socialista, comunista, y produjo en ella una reacción defensiva de negación de sí misma, de mimetismo (invisibilización) cuyo resultado fue todo un extenso sector social ideológicamente ‘neutralizado’, desunido y paralítico: ‘domesticado’, como cínicamente (pero certeramente) lo calificó don Pepe Figueres.

¿Cómo podrán nuestra clase gobernante y el País entero reparar el inmenso daño económico, social, moral y político infligido a tantas generaciones de trabajadores costarricenses a partir del 48, por haberlos privado ilícitamente de su derecho a formar sindicatos, y a los legítimos y esenciales servicios de dichos sindicatos que el Código de Trabajo, la Constitución y las Convenciones Internacionales habían creado en su beneficio? ¡Les pintaron como crímenes los que eran sus legítimos derechos!

Estoy convencido de que el vacío político producido por la ausencia de una populosa clase trabajadora organizada y beligerante, que hubiera sido un fuerte interlocutor en la palestra política, poniendo en la balanza del poder el peso de sus legítimos intereses para sacar lo mejor de cada partido y de cada gobierno; repito: la ausencia de esa clase trabajadora unida y consciente que Costa Rica bien se merecía por sus tradiciones de civismo, hizo posible el deslizamiento y la degradación de un socialcristianismo y una socialdemocracia ideológicamente anémicas y sin contrapesos, hacia aquel neoliberalismo oportunista y chapucero que ha sido la tónica de quienes nos han venido gobernando:

a) con las consecuencias político-jurídicas disolventes que hoy se reflejan por doquier: se reflejan en el control politiquero consumado sobre las cúpulas judiciales y otros órganos de garantía; se reflejan en los contubernios entre los Poderes para asegurarse la impunidad de los excesos y de los compadrazgos en las altas esferas de la política y la economía que nos condujeron al Cementazo; en el desmantelamiento del MOPT y la concesión de las obras a un oligopolio que nos condujo a Cochinilla y al Diamante; en el abandono de toda política asistencial constructiva, junto a la carta blanca de los empresarios en la aplicación de la infame “flexibilización de las relaciones laborales”; en el ataque a los últimos bastiones institucionales del servicio público (la CCSS, el ICE). Todo lo cual se tradujo en la violación reiterada y flagrante de los derechos humanos económicos, sociales y culturales consagrados en beneficio de nuestro Pueblo por la Constitución y las Convenciones Internacionales.

R.M: Como lo he dicho tantas veces, partiendo de la premisa falsa y absurda de los anarco-capitalistas de que el Estado es nefasto, han condenado a muerte al ICE, esa institución benemérita y venerada que ha impulsado con patriotismo la industrialización, la democratización y la modernización del Pais; han condenado a muerte a la Caja, que por más de medio siglo ha protegido la vida, la salud y la seguridad social de los costarricenses; han condenado a muerte a las Universidades Públicas, sembradoras del saber y de la conciencia crítica en millares de jóvenes, sin distingo de clase social ni condición económica.)

b) con las nefastas secuelas económico-financieras que se transparentaron en el sempiterno e inducido desequlibrio fiscal, en el creciente desempleo, en la profunda y acusadora brecha entre ricos y pobres que se ha ensanchado bajo los pliegues del modelo del derrame.

R.M: Cierto: mientras la pobreza de un millón de seres humanos permanece inalterada, los más afortunados duplicaron el monto de sus riquezas;

Es una realidad chocante: avergüenza que cien mil compatriotas sobrevivan con un dólar al día y que los enemigos del modelo de solidaridad social y del Estado Benefactor hayan procedido a su demolición sistemática desde hace años, agravando una peligrosa polarización.

En cuanto a la pandemia del Corona Virus, la misma resultó ser, en manos del Gobierno y las clases dirigentes, una providencial excusa para hacernos apurar aquella pócima deletérea de la privatización, buscando con ello destruir lo que nos queda del incompleto y perfectible Estado de Bienestar que en su día osaron levantar Figueres, Oduber y Carazo sobre la base plantada por el Presidente Calderón Guardia, la Iglesia de Monseñor Sanabria y los comunistas de don Manuel Mora; fecundo legado que, a la vista de todos, vienen intentando destruir otro Calderón, otro Figueres, Oscar Arias Sánchez y su nefasta secuela, hasta llegar al presente, sin solución de continuidad.

Pero la pandemia del Corona Virus es un mal que, como dice el refrán, trajo al Planeta un bien: la claridad de algunas verdades palmarias, a la vista de quien quiera comprobarlas:

a) La palmaria verdad de un Mundo insolidario y autodestructivo regido por el afán insaciable de lucro de un grupo de poderosas transnacionales que han subordinado a los Estados-Nación al logro de sus designios, dando al traste con la Naturaleza y los más altos valores de la Cultura;

b) la evidencia pública de la necesidad de reducir la enorme brecha económica existente entre ricos y pobres con medidas como sistemas tributarios fuertemente progresivos, vigorosas políticas de inversión y otras, para garantizar juntamente la reactivación y un acceso equitativo y seguro de todas las personas a los servicios de salud y, en general, a los servicios públicos esenciales;

c) una verdad inocultable acerca de la misantropía y la ceguera de los gobiernos neoliberales, grandes y pequeños, que venían desmantelando minuciosamente las estructuras de la salud pública, reduciendo la plantilla de los médicos y enfermeros, cerrando hospitales y clínicas, y han tascado amargamente su impotencia frente a la magnitud de una peste que ha puesto en evidencia la mezquindad de sus miras;

d) una verdad transparente acerca de la desembozada codicia de las transnacionales farmacéuticas, que frente a la tragedia y las penurias de la Humanidad causadas por la Pandemia, hacen prevalecer su avidez de ganancias a través de los precios de las vacunas y las maniobras oligopólicas;

e) una verdad inocultable acerca de la carencia vergonzosa de un robusto mecanismo coordinador de la Salud Mundial que centralizara todos los recursos científicos, financieros y logísticos para brindar rápida, gratuita y equilibradamente al Planeta, lo que los países aislados, pequeños y grandes, han terminado haciendo tarde y mal, de manera inequitativa y con altísimos costos.

R.M: Me alegra comprobar que el impacto de algunas de esas verdades ha sacudido al Mundo, movilizando importantes grupos de opinión, e inspirando iniciativas promisorias. Coincido en que, con sus duros y crueles estragos, el azote de la Pandemia nos está llamando a recobrar la sensatez ¿Escucharán el mensaje los detentadores del poder? ¿Conseguirán las personas de buena voluntad, que en el Mundo suman miles de millones, doblegar la obcecación y la insensibilidad de tantas transnacionales y de los poderosos Estados que continúan precipitando el cambio climático y el acoso a la Naturaleza? En medio de tantos males ¿cabe abrigar algunas buenas expectativas a corto y mediano plazo?

Yo creo que sí: por encima del pandemonium y la anarquía de las redes sociales, van emergiendo aquellas verdades que el látigo de la Pandemia y del Cambio Climático han contribuido a revelar; y terminarán por imponerse aún a los más ciegos, porque los problemas que acarrean la desigualdad, el hambre, la exclusión y toda otra negación de la vida son reales, aprietan sin tregua y claman por ser resueltos.

Aquí concluye ésta que es, quizás, la última de tantas conversaciones que mantuvimos desde siempre. Declaramos estas cosas sine spe, sine metu: sin la expectativa de un beneficio, sin miedo a una represalia, sólo movidos por el amor y el respeto debidos a nuestro Pueblo, a la juventud costarricense cuyo futuro peligra, y en particular a los estudiantes de la gloriosa Universidad de Costa Rica, nuestra Alma Mater, firme bastión de la esperanza en que otro Mundo es posible.

San José, en diciembre de 2021.

Rodrigo Madrigal Montealegre, Céd. 1.234.164*

Walter Antillon Montealegre, Céd. 1.221.295*

* Profesores eméritos, Co-fundadores de la Escuela de Ciencias Políticas, Universidad de Costa Rica