UCR, Voz experta: La violencia de género y los dos discursos del Poder Judicial, el público y el no tan público
Reflexiones a partir de un caso real
Las convenciones suscritas por Costa Rica para proteger a las mujeres de la violencia chocan con la desidia de algunas plataformas judiciales
Es una lamentable realidad que la violencia de género se haga presente en nuestra sociedad, sin respetar sitios ni estratos sociales. Por eso, la mayor parte de los Estados han adoptado convenciones, como la denominada Cedaw (Convención para la eliminación de toda forma de discriminación contra la mujer) y la denominada Convención de Belém do Pará (Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer), para poner un freno a lo que en definitiva constituye un flagelo, y se han comprometido a realizar acciones a lo interno para tratar de erradicar esas situaciones, heredadas de un contexto de sociedades patriarcales.
Dentro de los esfuerzos, al menos visibles, que ha realizado el Poder Judicial, se cuenta con una página que se denomina «Observatorio de violencia de género contra las mujeres y acceso a la justicia» (https://observatoriodegenero.poder-judicial.go.cr/). Sé que existe, además, una Comisión en el Poder Judicial encargada del tema, integrada de una forma que sinceramente desconozco, y se crearon los denominados Pisav (Plataformas Integradas de Servicios de Atención a la Víctima), que según se ha dicho vienen a “facilitar” la obtención de los servicios por parte de las personas usuarias.
Todo eso forma parte del discurso oficial y público de un poder del Estado que pretende constituirse como un referente, enviándose un mensaje a la ciudadanía respecto de la necesidad de denunciar casos de violencia de género y además, de rápidas acciones de respuesta por parte del sistema.
Pese a esto, en días pasados una joven, hija de una pareja de amigos cercanos, en un acto de enorme valentía y, evidentemente decidida a no dejar pasar las cosas a más, se hizo presente a una de las citadas plataformas con miras a denunciar eventos prima facie constitutivos de agresión o violencia patrimonial y agresión psicológica, en perjuicio de su abuela materna, mujer y, además, adulta mayor. Una vez en el lugar y exponer sucintamente lo sucedido, de manera inicial le indicaron que ahí se tramitaban casos por agresiones de índole física únicamente.
Con estupor, la joven, afortunadamente una chica inteligente, profesional y con una cultura y formación más amplia que muchas, evidenció a quienes le estaban atendiendo que en el sitio había letreros que daban cuenta de los tipos de agresiones existentes, y que evidentemente pueden ser observados y leídos por cualquiera, que contemplaban las situaciones que pensaba denunciar, siendo incluso ella consciente del revuelo que ocasionaría a nivel familiar. Olvidaba mencionar el escenario: un día viernes bien entrada la tarde, aunque todavía en horario de oficina y en momentos en que la interposición de una denuncia por violencia y su eventual tramitación podría generar un atraso en la salida de la oficina de las personas servidoras.
Luego de una enorme insistencia -que pone de manifiesto el empeño de la joven profesional en denunciar lo sucedido- y de protestas de su parte, se le recibió su denuncia, no sin antes indicarle que se la iban a “rechazar”.
Al enterarme del incidente, procedí a cuestionarme la actitud de quienes son la cara visible del servicio y que originan in situ un discurso muy diferente al que se promueve y al que se pretende hacer creer a la gente. De igual manera, me cuestioné si en lugar de una joven valerosa y decidida, la que hubiese llegado fuera una persona tímida y apocada, que se conforma con la versión inicial de que eso “no se tramitaba ahí”, rendida por parte de quienes deseaban retirarse a la hora de finalizar sus funciones. Y aún más, me hizo reflexionar sobre qué sucedería si por una infundada negativa, no se recaba la denuncia y por inacción del Estado (obligado a actuar en protección de una mujer adulta mayor), tuviera lugar una situación más grave que pudiera comprometer otros bienes jurídicos de la abuela afectada.
Pensé inicialmente, desde mi perspectiva de abogado y juez jubilado, en recomendar que se pusiera la queja en la Inspección Judicial, en vista del mal rato pasado por la joven denunciante en un momento crucial, pero luego me puse a meditar que últimamente el régimen disciplinario del Poder Judicial se limita a solicitar informes, que generalmente satisfacen al órgano disciplinario y llevan al archivo de las denuncias, sobre todo con el argumento del exceso de trabajo.
Opté por escribir sobre la experiencia vivida por una mujer valerosa y digna representante de un sector de las nuevas generaciones, para llamar la atención de la ciudadanía y quizá, de alguna autoridad de la supra citada Comisión, respecto de la realidad que se atraviesa en oficinas judiciales, en el discurso no tan público que se maneja y en donde el derecho de acceso a la justicia, consagrado a nivel de la Convención Americana de Derechos Humanos, no parece ni tan accesible, ni tampoco tan derecho.
Manuel Rojas Salas
Docente de la Facultad de Derecho, UCR
Poder Judicial, violencia contra las mujeres, Violencia de Género, voz expertaUCR