Va de nuevo: mentiras y verdades sobre Dekra y ARESEP

Luis Paulino Vargas Solís
Economista / Investigador CICDE-UNED

En relación con las tarifas de revisión vehicular, no sé cuántas veces he oído al presidente Chaves y al ministro Amador, afirmar que, reiteradamente, le plantearon a ARESEP que la reinspección debía ser gratis, pero que a la ARESEP “no le dio la gana”. Por todos los medios ha procurado presentar a la ARESEP como enemiga de la gente, y como una entidad que actúa arbitrariamente.

Todo lo cual violenta la verdad.

1) Ni el presidente ni el ministro son superiores jerárquicos de la ARESEP. Esta se rige por su propia ley, la cual le asigna potestades y responsabilidades que le son propias. Chaves y Amador, no solo irrespetan -una vez más- la legislación y la institucionalidad, sino que -igualito que con las universidades- quieren convertir la regulación de los servicios públicos, en territorio colonizado por la politiquería del gobierno de turno.

2) En su primera resolución sobre las tarifas de la revisión técnica, ARESEP no fijó tarifa para la reinspección. Cito textualmente: “…en el presente estudio no se están definiendo tarifas para la reinspección ya que no se dispone de información sobre los tiempos, costos y actividades que implica la realización de una reinspección frente a una inspección… En ese sentido, se está considerando que los costos de dicha actividad se estarían cubriendo con los ingresos a percibir mediante el cobro de la tarifa de inspección, la cual le permitirá al nuevo operador continuar con la prestación del servicio y mantener su equilibrio financiero, por lo cual no podrá cobrarse por el servicio de reinspección” (resolución RE-0087-IT-2022, Alcalce N° 175 a La Gaceta N° 156 de 12 de agosto de 2022).

3) Resumo: no se cobra por reinspección; se consideró que las tarifas de inspección cubrirán el costo de la reinspección; el MOPT (léase Luis Amador) no proporcionó suficiente información para decidir otra cosa sobre la reinspección.

4) El 17 de agosto de 2022, la señora Paula Víquez Barrantes, usuaria del servicio, interpone un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, contra la resolución a que hice referencia más arriba. Esto obliga a reconsiderar lo atinente a las tarifas de reinspección y lleva a fijarlas dentro de un rango que, para vehículos livianos, queda comprendido entre un mínimo de ₡1.727 y un máximo de ₡1.917. Entretanto, la tarifa de inspección inicial, quedó fijada, para autos livianos, en el rango entre ₡6.445 y ₡7.156 (resolución RE-0101-IT-2022, Alcance N° 225 de La Gaceta N° 200, 19 de octubre de 2022). No se dice absolutamente NADA sobre tarifas para “reinspección por dos o más fallas graves”

5) La fijación de una tarifa para reinspección por dos o más faltas “graves” igual a la tarifa de la inspección inicial, es un decisión unilateral y arbitraria tomada por Chaves y Amador, complaciendo una solicitud expresa de la propia empresa Dekra (véase: “Dekra sí solicitó cobro oneroso por volver a revisar vehículos con dos faltas graves”, Universidad 22 de octubre de 2022). O sea: una graciosa y gentil concesión, por parte de los mismos que eligieron a dedo a Dekra, desechando a la empresa sueca que ganó el concurso realizado.