Actuario insta a personas beneficiarias del IVM a organizarse para que defiendan sus derechos ante ajustes no realizados en las pensiones

SURCOS comparte un escrito del actuario matemático Rodrigo Arias López. El experto explica en detalle la forma como la CCSS ha venido actuando en cuanto a los ajustes de las pensiones, así mismo, indica lo que debió ser justo y correcto de acuerdo con la normativa vigente.

Rodrigo Arias López escribe:

“Comparto el oficio de la CCSS N° GP-DAP-ACICP-SAPCP-0764-2023- GP-DAP-SIEE-0070-2023 del 26 de julio de 2023 (verlo aquí) con los pensionados por invalidez o vejez (causantes) de IVM que en enero de 2023 recibían una pensión inferior a ₡153,192.00, para que estén informados sobre lo que les pagaron en mayo y junio de 2023.

Como pueden ver, la CCSS venía violando el artículo 29 del Reglamento de IVM desde agosto de 2022, pues desde esa fecha la pensión mínima debió ser de ₡143,680.50 en lugar de ₡142,517.00. Vean lo que dice en el oficio, lo cito aquí entre comillas:

«En la planilla vencida de mayo y adelantada de junio 2023, se procedió con el ajuste indicado en el párrafo anterior, la pensión mínima se ajusta de ₡142,517.00 a ₡143,680.50, con el pago del retroactivo de agosto a diciembre 2022».

Es decir, en mayo pagaron un retroactivo a todos los pensionados causantes que en agosto de 2022 estaban recibiendo la pensión mínima de ₡142,517.00, reconociendo cinco meses de ₡1,163.50 que no se les pagó desde agosto de 2022 hasta diciembre de 2022, lo que significa un monto retroactivo de ₡5.817,5 pagado en mayo de 2023. Si alguien se pensionó con la pensión mínima después de julio de 2022; por ejemplo, el 31 de octubre de 2022; entonces solo recibió 2 meses de pago retroactivo; o sea, los meses pendientes hasta el 31 de diciembre de 2022.

También se estaba violentando el mismo artículo a partir de enero de 2023, pues desde ese mes la pensión mínima debió ser de ₡153,192.00 en lugar de los ₡143,680.50 corregidos con el pago retroactivo realizado en mayo de 2023. Cito a continuación entre comillas lo que dice el mismo oficio:

«se instruyó aplicar el aumento al periodo de enero a junio 2023, por ₡9,511.50 para un 6.62%, dicho pago con retroactivo se realizó en la planilla vencida de junio y adelantada de julio 2023, correspondiente al ajuste y reconocimiento del retroactivo de las pensiones mínimas de ₡143,680.50 a ₡153,192.00.»

Eso quiere decir que los pensionados causantes que en diciembre de 2022 estaban recibiendo la pensión mínima, en junio de 2023 le tuvieron que pagar cinco meses retroactivos (enero a mayo) de ₡9,511.50, o sea, ₡47.558 más la pensión actualizada de junio de ₡153,192.00, o sea, en total debió recibir ₡200.749,5. Si alguien se pensionó con la pensión mínima después del 31 de diciembre de 2022, debió recibir un monto proporcional al tiempo transcurrido desde que se pensionó hasta el 30 de junio de 2023. También, si alguien estaba recibiendo una pensión superior a la mínima pero inferior a ₡153,192.00 tiene que haber recibido en junio de 2023 un pago retroactivo proporcional.

Observen que lo anterior es válido para los pensionados y pensionadas por invalidez o vejez que recibían menos de ₡153,192.00 de pensión mensual. Si fuese un «causante pensionado fallecido» lo anterior también aplica tal y como se indicó anteriormente para el fallecido; en tal caso sus beneficiarios recibirán una proporción: si es solo un beneficiario, recibirá el 70% de esa mejora y si son más de dos beneficiarios recibirán conjuntamente el 100% de esa mejora.

Espero que esta explicación les sea de ayuda; si alguien tiene alguna duda o no entiende algo, acuda a la sucursal más cercana de la CCSS a preguntar, pues comprenderán que yo no puedo dedicarme a atender y como no soy funcionario de la CCSS no conozco todos los detalles.

Noten que hasta donde tengo conocimiento, la CCSS no ha realizado ningún reajuste por pérdida de valor adquisitivo debido a la inflación de los precios de los años 2020 y 2022. Por lo tanto, eso que pagaron en mayo y junio de 2022 no beneficia a los pensionados que en junio de 2022 estaban recibiendo más de ₡153,192.00 de pensión mensual.

Como pueden ver, el oficio que les comparto me lo entregaron después de interponer un recurso de amparo que aún no se ha resuelto; pero que le fue notificado a la CCSS antes de la fecha que me entregaron esta información.

Confío en que, con esto que les comparto comprenderán con suficiente claridad, que las publicaciones y denuncias que he venido realizando por este y otros medios, no son ocurrencias mías, sino que se apegan a la verdad, a lo que ordenan los reglamentos, las leyes y la Constitución.

Los invito a que lean los reglamentos y las leyes que rigen a la CCSS y al IVM y que aprendan a organizarse para que defiendan sus derechos. En particular, los invito a leer el oficio que motivó mi recurso de amparo, publicando en SURCOS Digital Al final de esa publicación está el documento completo”.