Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR). Contacto: nboeglin@gmail.com
Según informaron distintos medios de prensa, el pasado 1ero de febrero la Asamblea Legislativa de Costa Rica optó por no mantener en la corriente legislativa el expediente correspondiente al trámite de aprobación del Acuerdo de Escazú, puesto a su conocimiento desde el mes de febrero del 2019 (véase por ejemplo cable de la agencia EFE replicado en Swissinfo y esta nota muy completa cuya lectura integral se recomienda publicada en el medio digital Delfino.cr).
Al vencerse el plazo cuatrenial, este expediente pasa a ser definitivamente archivado, a menos que el Poder Ejecutivo costarricense decida presentarlo de nuevo en la corriente legislativa: se estima que esta posibilidad no ocurrirá con las actuales autoridades que tomaron posesión en mayo del 2022.
Como se recordará, el Acuerdo de Escazú es un tratado internacional adoptado bajo los auspicios de la Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL) en marzo del 2018 en Costa Rica por 33 delegaciones de América Latina y del Caribe y consta de 26 artículos (el texto se encuentra disponible en este enlace): su objetivo es traducir en términos legales el Principio 10 de la Declaración de Río de 1992 sobre participación pública informada en materia ambiental.
En marzo del 2022, una cita en la capital costarricense auspiciada por la CEPAL con los principales bancos internacionales de cooperación al desarrollo (Banco Mundial, BCIE, BID, BEI) reafirmó que el Acuerdo de Escazú se enmarca perfectamente con los lineamientos generales sobre transparencia y rendición de cuentas que promueven estas entidades internacionales en materia de inversión (véase comunicado oficial de prensa).
Un hecho insólito
Cabe precisar que fue sin Costa Rica que el Acuerdo de Escazú entró oficialmente en vigor el 22 de abril del 2021, con 12 Estados Parte, siendo Argentina y México los Estados que permitieron alcanzar la cifra necesaria para su entrada en vigor: el estado actual de firmas y ratificaciones está disponible en este enlace oficial de Naciones Unidas, con un instrumento de ratificación adicional (Chile) depositado en junio del 2022, y otro pendiente (Colombia) luego de aprobarse por parte de ambas cámaras de su congreso y ser sancionado por el Presidente colombiano en noviembre del 2022 (véase nota nuestra al respecto).
En el caso de Costa Rica, es la primera vez que se observa semejante ausencia por parte de un Estado que lidera la negociación de un instrumento internacional y que le da el nombre de uno de sus cantones: es ausente al no estar entre los primeros Estados en ratificarlo y es de igual forma ausente al no figurar en el grupo de Estrados que le dan vida jurídica para lograr su entrada en vigor (11 Estados requeridos en el caso del Acuerdo de Escazú).
Se trata de una situación totalmente anómala e insólita, y sobre todo desconocida hasta la fecha en la práctica diplomática internacional. Tanto dentro como fuera de Costa Rica, la inconsistencia con la imagen internacional proyectada es absoluta.
En el ámbito interno, la incongruencia de varios partidos políticos es más que evidente al recordarse que en febrero del 2020, este mismo instrumento internacional fue aprobado en primer debate con 44 votos a favor y 0 en contra (véase tablero con detalle de los votantes del 13 de febrero del 2020): raramente se ha observado en Costa Rica tan súbito cambio de parecer de diversas agrupaciones políticas, las cuales se retiraron en mayo del 2022 de aquella legislatura (2018-2022) sin brindar ninguna explicación al respecto.
Las lagunas persistentes del ordenamiento jurídico en materia ambiental
Es totalmente erróneo sostener que el Acuerdo de Escazú no aporta nada nuevo al marco legal existente costarricense, tal y como escuchado por parte de las actuales autoridades costarricenses para justificar su no aprobación.
Entre muchos ejemplos de omisiones legales en Costa Rica que busca precisamente solucionar este tratado regional de vanguardia, la indefensión de las personas que defienden el ambiente constituye una persistente realidad. Una valiosa publicación titulada «Una memoria que se transforma en lucha: 30 años de criminalización del movimiento ecologista en Costa Rica» documenta una realidad muy alejada de la imagen de democracia verde y pacífica promovida internacionalmente por el Estado costarricense en los últimos 30 años. Incluso, un informe presentado por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas en septiembre del 2022 recomendaba expresamente a Costa Rica ratificar sin más preludios el Acuerdo de Escazú, ante la situación de total vulnerabilidad que sufren líderes de varias comunidades indígenas costarricenses, dos de ellos habiendo sido asesinados en menos de un año entre marzo del 2019 y febrero del 2020 (véase nota nuestra al respecto).
Otro aspecto que busca regular este tratado internacional, como por ejemplo el acceso a la información en materia ambiental, es objeto de lagunas persistentes que obligan a ciudadanos y a organizaciones costarricenses a recurrir sistemáticamente a los tribunales de justicia para obtener información que entidades estatales les niegan. El mismo recurso a la justicia nacional se puede observar en materia de consulta y de participación de comunidades potencialmente afectadas por un proyecto de cierta envergadura: sobre este preciso punto, Chile recientemente estableció un mecanismo siguiendo precisamente los lineamientos del Acuerdo de Escazú (véase enlace oficial del SEA – Servicio de Evaluación Ambiental – al respecto).
La conflictividad socioambiental en aumento registrada en Costa Rica en los últimos tiempos evidencia las diversas carencias de su actual marco normativo en materia ambiental (y los reiterados informes del Estado de la Nación así lo documentan).
A modo de conclusión
Más allá del desconocimiento que parecieran tener algunos jerarcas sobre el carácter incompleto del marco legal en materia ambiental en Costa Rica y de las razones esgrimidas por las actuales autoridades ambientales costarricenses para justificar su posición, es muy probable que el archivar el Acuerdo de Escazú dañe sustancialmente la imagen de Costa Rica en el exterior.
Tal y como se indicó en una nota publicada por el Semanario Universidad este mismo 1ero de febrero, al no aprobar el Acuerdo de Escazú, «Costa Rica está perdiendo toda credibilidad internacional, al estar dándole la espalda a dos pilares tradicionales de su política exterior, como lo son derechos humanos y ambiente«.