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Autor: María José Ferlini Cartín

Talleres de junio en el CEDI: el Fenómeno Neopentecostal y las Elecciones 2018 en Costa Rica

El CEDI le recuerda la continuación de los Talleres de la Serie Religión y Política, los días sábado 16 de junio de 9 a.m. a 4 p.m. y domingo 17 de junio de 9 a.m. a 1 p.m.

  • Taller el Fenómeno Neopentecostal y las Elecciones 2018 en Costa Rica, con la participación de los expositores Andrey Pienda y Alberto Rojas; moderador Juan Manuel Fajardo.
  • Taller Religión y Elecciones 2018 en Costa Rica, con los y las expositoras Esteban Arias, María Laura Fernández, Marielos Araya y Priscila Barredo; moderador Jorge Arturo Chaves.

 

Todos los detalles en el Flip, enlace siguiente:

https://www.flipsnack.com/jachaves/flip-talleres-16-17-junio-2o18.html

 

Enviado por CEDI.

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Por la defensa de la justicia transicional

Carlos Meneses Reyes

 

En esto de buscar métodos y técnicas para explicar el contenido de una justicia transicional, conviene indicar a quienes va dirigida esta clase de justicia, por qué y quienes la imparten.

UNA CLASE DE JUSTICIA DIFERENTE

La materia o contenido del Derecho Internacional, comprende la distinción entre los Tratados Internacionales, celebrados entre los Estados parte del sistema internacional. En tanto, los Acuerdos son celebrados entre un Estado parte y un Sujeto de Derecho Internacional. Taxativamente se señalan los sujetos de derecho internacional y entre ellos se comprenden “Los movimientos de liberación nacional con sus fuerzas beligerantes”. La Convención de Ginebra y los Protocolos, como parte integrante del sistema universal, indican algunas valoraciones para calificar a una fuerza interna armada en un Estado parte como beligerante; pero, no obstante, el estatus o reconocimiento de beligerancia lo hace el Estado parte como acto soberano. El Acuerdo celebrado entre el Estado colombiano (debidamente representado por el Ejecutivo) y el Sujeto de Derecho Internacional Farc-ep, se llevó a cabo para dar por terminado un conflicto armado interno, que lo define el derecho Internacional, como diferente del conflicto armado entre Estados. Esa categoría de conflicto entre un Estado y una fuerza insurgente está reglamentada en el sistema universal del derecho internacional y por ende lo rigen los Principios Fundamentales de ese sistema. Mencionemos algunos: el principio res inter alius acto; por medio del cual lo acordado solo crea obligaciones entre las partes. El principio de la Bone fide (Buena fe) y que del consentimiento- ex consensu advienent vinculum– deviene la obligación. El pacta sur servanda, de estar obligado a cumplir lo pactado.

La Justicia Transicional, como instrumento de justicia universal, se inspira en los principios del ius cogens y el derecho de gentes. Por el llamado ius cogens, los Estados, debidamente representados, por el Jefe de Estado, se obligan. Todo obedece al marco jurídico del Derecho Internacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y a esas normas no se puede oponer la ley nacional o local (Lex Fori). Para el ámbito de aplicación de esa jurisdicción se califica de aforados a los (ex) guerrilleros de las Farc-ep y los miembros de la Fuerza pública incursos en delitos de Lesa Humanidad y Crímenes de Guerra, cometidos durante el conflicto y a los insurgentes incursos en delitos políticos y la conexidad con los mismos, como es el caso típico de conductas relacionadas con el narcotráfico.

DEL ORIGEN DE LA JEP

Seamos elementalmente claros: La JEP, como instrumento del sistema internacional de Justicia Transicional, no tiene origen constitucional. La Jurisdicción Especial de Paz no está taxativamente señalada en el Capítulo de Jurisdicciones Especiales (Artículo 246. Constitución de 1991). La fuente constitucional de la JEP radica en los artículos 22 y 93 ibidem y concordantes. Los Magistrados de la JEP no fueron o son nombrados por autoridad estatal ni del orden administrativo. No son empleados públicos. Fungen como servidores públicos. A manera de discusión planteo que No requerían de posesión para ejercer el cargo, puesto que, conforme al principio de inmediatez, el nombrado se posesiona ante quien le nombra y no fue el presidente de la República quien lo hizo. Tampoco juramento de posesión del cargo, no obstante, como servidores públicos están sometidos a la Constitución y Leyes de Colombia. Vale lo del formalismo impetrado. A la JEP, por no decir a sus integrantes, les cabe la observancia de los Principios Fundamentales, de los Derechos, Garantías, Deberes de la Constitución de 1991. No hacen parte de la Jurisdicción ordinaria y su existencia es transitoria y de competencia y jurisdicción calificada para los casos propios de su naturaleza jurídica. Su inspiración funcional no lo es la Rama Judicial de la Constitución Política, puesto que el Sistema Integral de Justicia, Verdad, Reparación y No Repetición (SIJVRNR), no contempla un órgano máximo de justicia, como sucede en la Jurisdicción ordinaria. Lo Acordado definió con claridad que la JEP expediría su propio reglamento, puesto que la razón de ser de su existencia obedece al Sistema Universal de Justicia. Esto que es lo que sirve de fundamento para un prístino u original criterio de distinción es de lo que adolece en la práctica la Corte Constitucional, por su activismo judicial y contrario a la concepción dialógica de proyección de sus decisiones o sentencias para superar el estado de cosas inconstitucionales (eci) en Colombia.

DE CHUPATINTAS Y PICAPLIETOS

Da grima la manera como llamados abogados analizan la naturaleza de la JEP. Son cajas de resonancia de la adulteración mediática y desdicen, por carencia, del juicio razonado de los juristas. “La crítica es fácil, el arte difícil”. No es que desconozcan, es que no comprenden ni asimilan, por el peso del sofisma, que el cuerpo normativo que inspira y rige a la EJP, como instrumento de la Justicia Transicional, emana de los principios universales, consuetudinarios y normativas del Derecho internacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Las competencias de la JEP no las fija el legislador colombiano, ni la Corte Constitucional, que se erigió, mutuo propio, en superior jerárquico del sistema de jurisdicción alternativa que expresa la JEP, como aplicación de la Justicia Universal Transicional. Acorde y tal como se concibió para Colombia, La JEP se rige por los protocolos existentes y el reglamento interno de funcionamiento que conciba. Intentar aplicarle a la JEP el principio procedimental de normas de orden público, significa constreñir y desconocer su propia naturaleza. No es dable aplicar y/o delegar el ejercicio de jurisdicción y el de competencia, por parte del legislador y por la Corte Constitucional, al sistema de justicia transicional vigente en Colombia. Por ello es dable concluir, que la producción normativa y las resoluciones y sentencias del poder judicial o jurisdicción ordinaria, no tienen el carácter de vinculante para los (as) Honorables Magistrados(as) de esa Jurisdicción Especial, mientras esté vigente el artículo 93 de la Constitución Política, que se erige en el garante para que las leyes que se emitan y las decisiones de la Corte Constitucional no vayan en contravía o desconozcan la autonomía, independencia e inscindibilidad de la JEP y su Tribunal para la Paz.

La carencia de argumentaciones o mejor exhibir temáticas sin peso jurídico desdice de la renovación del Foro Jurídico nacional. Las Facultades de Derecho, los Colegios y Asociaciones de Abogado no pueden ser ajenos a tamaña irresponsabilidad. Asimilemos el enunciado de la JEP cuando suspende el procedimiento de extradición al heroico ex guerrillero J. Santirch, en el sentido que aceptemos el cambio de paradigmas en esto del desempeño y ejercicio de una justicia transicional en Colombia. Incorporemos, en lo jurídico-político, el desarrollo y asimilación de experiencias ante la situación de conocimientos nuevos que el modelo transicional brinda, de manera que se incorpora a los criterios de juristas, superando la concepción cuadriculada de antaño. Contribuyamos en la profundización del debate jurídico, para que no solo los intérpretes de la norma sino los operadores de esta incorporen cambios en la forma de pensar y de actuar. Que cuando la Corte Suprema toma la decisión, en el caso del exguerrillero de las Farc-ep, Pedro Luis Zuleta Noscué, solicitado en extradición por una Corte Distrital del Sur de New York- quien se acogió a la jurisdicción especial de paz- sienta el criterio que “el juez natural para continuar conociendo del pedido de extradición es la JEP”.

No todo puede ser regido por el estereotipito dictatorial de la mediática. Pretender privar al Jugador natural de los aforados de las antiguas Farc-ep, en la definición de fondo de sus conductas, cuando sean sindicados, es un exabrupto y causa enfado a la dignidad del juzgador. Eso es inconcebible e inaceptable en el mundo jurídico. Pretender colocar al juez natural de la JEP como un amanuense, contador de fechas, como si su oficio fuere copiar escritos, transcribir el dictado que una autoridad extranjera violatoria de la soberanía nacional, mancomunada con una Fiscalía tejedora de montajes judiciales y acusaciones apócrifas, falsas, supuestos o fingidos, puesto que en más de un mes no ha acreditado las “irrefutables” pruebas enunciadas, sienta la más profunda indignación. Hace más de un mes han mantenido encerrado al cantor popular. Al poeta de los arreboles de la selva, convertido en mártir y ejemplo.

En el caso concreto de J. Santrich, no se pueden desconocer los Principios Fundamentales y los Derechos y garantías que concede la Constitución Política a un sindicado. En particular el principio de inocencia le ha sido vulnerado por parte de la Fiscalía General, que en modo alguno hace parte de la Rama Judicial y que, al actuar en contra de un aforado de la JEP, puesto que en la consideración intuite personae de desmovilizado del ejército irregular rebelde Farc-ep, cometió abuso de autoridad al declarar su captura y detención. La orden de captura emitida por una autoridad judicial USA sobre un presunto delito no cometido en ese territorio, ni en Colombia, con su informe, expediente y acusación concreta, ha debido remitirse en forma insalvable a la instancia correspondiente de la JEP. Al materializar su captura y luego ponerlo a disposición del competente se incurre en nulidad de toda nulidad y ante esa situación una vez conocido el fondo del asunto por el Tribunal Especial de Paz, en buen romance, corresponde declarar la libertad inmediata del sindicado.

Y para colmo, por más que esculco y escarbo el motivo por el cual la JEP no resuelve el fondo del asunto de la nulidad por captura ilegal, percibo la intranquilidad de Guadalupe Salcedo en su mortaja histórica por la traición aplicada a quienes pretendieron igualarlo y no superarlo en el Siglo XXI.

 

Enviado por el autor.

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Autoridades de cantones libres de herbicidas se reunirán

  • FECON, 31 de mayo 2018. Pérez Zeledón fue el primer cantón libre de herbicidas en áreas públicas de Costa Rica, hoy Costa Rica cuenta con más de 20 declaraciones en este sentido

 

En respuesta a la firma de los decretos presidenciales que legalizan cientos de plaguicidas sin estudios ecotoxicológicos, el ecologismo social se ha dado el banderazo de salida para liberar las áreas públicas de herbicidas. Proponemos a todos los gobiernos locales adoptar medidas para el no uso de herbicidas en áreas públicas.

El movimiento por cantones libres de herbicidas es animado por organizaciones de todo el país, campesinas, ecologistas y de la sociedad civil en general. Vale la pena destacar que se trata del mismo movimiento social responsable de obtener 75 declaraciones de territorios libres de transgénicos en la Campaña de la Defensa del Maíz en Costa Rica. Esto se realizó ante la amenaza de introducción de maíz transgénico de la compañía Monsanto en el año 2013. Esa campaña logró obtener que el 91 % del territorio nacional fuera declarado libre de transgénicos por los gobiernos locales. Fueron75 municipalidades liberadas de transgénicos y en ese momento existían en total en 81 municipalidades. Esta campaña, sin precedentes a nivel nacional, permitió llevar la discusión alrededor de las semillas campesinas y sus amenazas a todos los rincones del territorio nacional.

Henry Picado de la FECON mencionó que: “… el ecologismo social costarricense esta vez asume el reto de desintoxicar el país. El banderazo de salida está dado y ahora estamos trabajando para que nuestro dinero público no llegue a las arcas de los señores del agroveneno. Queremos vivir en un país con zonas públicas libres de herbicidas. Preferimos que contratan trabajadores para que “vuelen machete” (control mecánico de las hierbas) y así generar más empleo. Trabajaremos cantón por cantón para obtener un país entero libre de herbicidas en las áreas públicas.”

Esta es una gran oportunidad para tener una discusión nacional y una profunda reflexión de los modelos de desarrollo que realmente queremos. Esta es la oportunidad de defender la salud pública frente al beneficio económico de algunos pocos.

Por el momento han tomado estos históricos acuerdos las siguientes Municipalidades. Algunas de ellas libres de todo tipo de herbicida y otros solamente de Glifosato:

1) Pérez Zeledón (FECON, 7-4-2017), 2) Desamparados (FECON, 5-7-2017), 3) Aserrí (FECON 3-7-2017), 4) Belén (FECON, 30-6-2017), 5) Tibás, 6) Santo Domingo, 7) Montes de Oca, 8) UNED (solo Glifosato), 9) Tibás, 10) Esparza, 11) Orotina, 12) San Mateo, 13) Curridabat, 14) Escazú, 15) Barva, 16) San Isidro de Heredia (no usaran Glifosato solo en el 2018), 17) Acosta (solo Glifosato), 18) Alajuela (solo Glifosato), 19) Santa Ana y otros más que aún no tenemos las actas

Fabián Pacheco miembro de FECON y Director de Centro Nacional Especializado en Agricultura Orgánica señaló que: En lo personal considero que no es acertada una declaración de cantón libre de Glifosato y que permita que sigan usando otros herbicidas como el 2,4,D o el Paraquat; pero sin lugar a dudas es un buen inicio y debemos seguir trabajando por un país menos tóxico. Nos ponemos a su servicio para brindar charlas y motivaciones para que otras instituciones o comunidades se declaren libre de herbicidas en áreas públicas. Es importante trabajar para que la declaración sea de todo tipo de herbicida ya que hay herbicidas tan nocivos para la salud como el Glifosato.”

Primer encuentro nacional de territorios libres de Herbicidas y similares

En el marco del Festival de Semillas 2018, el cual se celebrará el día sábado 23 de Junio de este 2018, en el Salón Comunal de Tinamaste. Evento anual que se centra en la recolección, conservación e intercambio de semillas dentro de la comunidad. Se llevará a cabo una mesa redonda liderada por la Municipalidad de Pérez Zeledón en donde se estará compartiendo información sobre el acuerdo de no utilizar agro tóxicos en zonas públicas y en conjunto con los representes de otras Municipalidades para analizar cómo se estarán implementado en nuestras comunidades tan importantes acuerdos. La participación de representantes de otras municipalidades de Costa Rica que han tomado acuerdos en este tema será de suma importancia y riqueza. Para información de este primer encuentro nacional de territorios libres de herbicidas

Para más información llamar a:

Elena Vargas correo elena.vargas@gmail.com teléfono 8880-4850.

Henry Picado Cerdas 8760-9800

Autoridades de cantones libres de herbicidas se reuniran

 

Enviado por FECON.

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Boletín de Observatorio de la Política Internacional

Boletín N°63

ENERO-FEBRERO 2018

 

Lista de contenidos:

 

Ingrese en el siguiente enlace para descargar el boletín: OPI enero febrero 2018

OPI enero febrero 2018

 

 

Enviado por Observatorio de Política Internacional.

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LA UNA presente en Feria EXPO CALIDAD 2018

  • Carreras acreditadas

 

La Expo Calidad 2018 congregará alrededor de 18 mil colegiales de todo el país que podrán conocer la oferta de más de 160 carreras universitarias, parauniversitarias, así como posgrados que cuentan con la acreditación oficial de SINAES.

La actividad tendrá lugar en el Parque Viva los días 31 de mayo y 1 de junio a partir de las 8 a.m. y hasta la 1 p.m. La Expo Calidad SINAES ha registrado un notable crecimiento en los últimos años. A su primera edición asistieron 2.500 estudiantes y a la del 2017 acudieron 17.000, es decir, un aumento del más del 680%.

De acuerdo con los organizadores, para esta edición 2018 ya se han inscrito más de 220 colegios, cifra que supera lo registrado el año pasado, con una asistencia confirmada de más de 18 mil jóvenes.

Las carreras que estarán participando en la Expo Calidad 2018 son las siguientes:

  1. Bachillerato y Licenciatura en Bibliotecología y Documentación
  2. Bachillerato y Licenciatura en Biología
  3. Licenciatura en Medicina Veterinaria
  4. Bachillerato y Licenciatura en Planificación Económica y Social
  5. Bachillerato y Licenciatura Relaciones Internacionales
  6. Bachillerato en Ingeniería en Sistemas de Información
  7. Bachillerato y Licenciatura Pedagogía con énfasis en Preescolar
  8. Bachillerato y Licenciatura Pedagogía con énfasis en I y II Ciclo de la Educación General Básica
  9. Bachillerato y Licenciatura Educación Especial con énfasis en Integración
  10. Bachillerato y Licenciatura en la Enseñanza de la Matemática
  11. Bachillerato en la Enseñanza del Inglés
  12. Bachillerato Enseñanza de la Educación Física, Deporte y Recreación
  13. Bachillerato y Licenciatura en Enseñanza de los Estudios Sociales y la Educación Cívica
  14. Bachillerato y Licenciatura en Enseñanza de las Ciencias con salida lateral de Bachillerato y Profesorado
  15. Bachillerato y Licenciatura en Orientación
  16. Bachillerato en la Enseñanza del Francés
  17. Bachillerato y Licenciatura en Ingeniería en Topografía y Catastro
  18. Bachillerato y Licenciatura en Ingeniería en Ciencias Forestales
  19. Bachillerato y Licenciatura en Ciencias Geográficas
  20. Bachillerato y Licenciatura Ingeniería en Agronomía
  21. Bachillerato en Danza

 

Enviado por Msc. Efraín Cavallini Acuña, Asesor Comunicación, Rectoría UNA.

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Cine Foro: The way he looks

El próximo viernes 8 de junio de 4 p.m. a 7 p.m. en la Biblioteca Carlos Monge Alfaro de la UCR, se proyectará en el espacio de Cine Foro la película “The way he looks”.

Acerca de la película

Leonardo (Ghilherme Lobo) es un adolescente ciego que, como cualquiera, está en busca de su lugar. Al inicio de la película se encuentra charlando en la piscina de casa de su inseparable mejor amiga, Giovana (Tess Amorim). Leo está preocupado porque se acerca el final del verano y nunca ha tenido ninguna relación ni ha sido besado. Fantasea con que su primera vez sea especial. Gi, por su parte, espera que en el inicio del curso por fin conozca a un chico del cual enamorarse. Al final de la tarde Gi acompaña a Leo hasta su casa, cosa que hace habitualmente, aunque viven a cierta distancia. Ya en casa Leo tiene que enfrentarse con sus protectores padres. En su deseo de ser cada vez más independiente consigue, con condiciones, que sus padres le dejen pasar una tarde solo en casa.

 

Entrada gratuita

Organizado por Fuera del Closet – Costa Rica.

 

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Jornadas de Comunicación en la UCR

El pasado 30 y 31 de mayo se llevaron a cabo las Jornadas de Comunicación en la UCR para conmemorar los 50 años de ejercicio profesional del periodismo en Costa Rica: impacto social, retos y perspectivas.

Tres temas fueron tratados en los foros:

  • Foro 1: Contexto fundacional de la profesionalización del periodismo en Costa Rica
  • Foro 2: De la profesionalización al oficio; fallo de la Sala Cuarta
  • Foro 3: Realidad mediática entre la informalidad y la especialización

Jornadas de Comunicacion en la UCR

 

Imagen con fines ilustrativos.

Enviado por el Sindicato Nacional de Periodistas de C.R.

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Invitación Mercadito Azul – Cartago

El equipo de RedESS le invita al Mercadito Azul en Cartago, este sábado 02 de junio de 8:00 a.m. a 12:00 m.d. Habrá venta de productos locales, artesanales y orgánicos, además, algunas actividades como talleres, yoga y se estará impartiendo la charla sobre Consumo Responsable y Solidario a cargo Carlos Hernández, de 10 a 11 a.m.

Vea más detalles en el programa adjunto (pulse las imágenes para agrandarlas).

Enviado por Equipo Dinamizador, Red de Economía Social Solidaria-Costa Rica y Carlos Hernández.

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UCR elimina el plástico de un solo uso

  • Súmese a la campaña UCR libre de plástico y etiquete sus buenas acciones con #noseásindiferente

 

Bajo el lema «UCR libre de plástico, #noseásindiferente», la Universidad de Costa Rica promueve la eliminación del plástico de un solo uso como parte de una estrategia de sustitución y un consumo responsable, informado y consciente dentro del campus universitario.

El plástico de un solo uso es aquel que utilizamos una sola vez y lo desechamos. Ejemplo: las pajillas, las bolsas y botellas plasticas. Permanece unos minutos en nuestras manos pero dura años en desaparecer.

El plástico representa el 13 % de los residuos y la naturaleza no sabe qué hacer con ello.

Desde enero del presente año, se emitió una directriz para sustituir el plástico de un solo uso por productos amigables con el ambiente, tanto en las sodas como en las provedurías internas. Esta disposición se une a la directriz de eliminación del estereofón en el año 2016.

En la semana ambiental, se hará el lanzamiento de la campaña «UCR libre de plástico», que utilizará el hashtag #noseásindiferente.

El objetivo prioritario es promover, en primera instancia, un consumo responsable para disminuir y, en el mejor de los casos, eliminar el plástico en nuestras actividades cotidianas.

UCR elimina el plastico de un solo usoo
¿Qué es el plástico? Los plásticos son materiales formados por polímeros constituidos por largas cadenas de átomos. Según su procedencia, los plásticos pueden ser naturales (vegetales o animales) o sintéticos (a partir de compuestos derivados del petroleo, el gas natural, o el carbón). – foto Karla Richmond.

 

29/05/2015, Iniciativa rescate de la Cuenca Río Barranca
En el 2050 habrá 12 000 millones de toneladas de basura plástica en vertederos o en el medio ambiente. En la actualidad, 9 % del plástico es reciclado, el 12 % incinerado y el 7,9 % acumulado en vertederos o entornos naturales. Fuente: Science Magazine. Foto: Río Barranca. – foto Anel Kenjekeeva.

 

01/10/2017, contaminación, basura, estañones de basura, Manzanillo, Limón,
¿Qué sucede en Costa Rica? Se generan 1 460 000 toneladas anuales de desechos sólidos, de los cuales 190 000 toneladas son de plástico. – foto Cristian Araya Badilla.

 

UCR elimina el plástico de un solo uso4
La directriz emitida por la UCR desde enero del 2018, exige a todos los comedores y sodas dentro del campus universitario la sustitución del plástico de un solo uso por alternativas renovables y compostables, como por ejemplo, la sustitución de vajilla de plástico por vajilla de vidrio o porcelana, removedores plásticos por formas alternativas como removedores de bambú. Laura Rodríguez Rodríguez.

 

UCR elimina el plástico de un solo uso5
UCR promueve que los estudiantes, cuerpo docente y administrativo modifiquen sus prácticas para reducir la cantidad de residuos al rechazar el plástico y sustituirlo por vajilla de losa, vidrio, entre otros. Laura Rodríguez Rodríguez.

 

UCR elimina el plástico de un solo uso6
Diseño: Ana Sibaja, Adolfo Ramírez, UCR.

 

Rebeca Madrigal López

Periodista Oficina de Divulgación e Información

 

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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