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La reciente decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) con relación a la demanda de Guyana contra Venezuela: breves apuntes

Nicolas Boeglin (*)

 

La CIJ ha anunciado este 2 de julio su primera decisión con respecto a la demanda interpuesta por Guyana contra Venezuela en marzo del 2018: se trata de una ordenanza (o «providencia«) en la que ofrece a ambos Estados la posibilidad de dar a conocer su criterio sobre su jurisdicción, fijándoles un plazo para hacerlo (véase el texto de su comunicado de prensa en inglés y en francés con fecha del 2/07/2018). La CIJ tomó esta decisión pese al anuncio hecho por Venezuela el 18 de junio del 2018 de no participar en el procedimiento contencioso al que Guyana quiere someter la disputa territorial sobre la región de Esequibo (véase nota nuestra sobre decisión venezolana del 18 de junio pasado).

Dos Estados distantes con el juez internacional

Tanto Venezuela como Guyana han históricamente mantenido sus distancias con la CIJ: no son parte al Pacto de Bogotá de 1948 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones), un tratado interamericano que permite a un Estado entablar una demanda en La Haya contra otro Estado del hemisferio americano; tampoco han reconocido nunca la jurisdicción de la Corte de La Haya mediante la declaración facultativa prevista en el Artículo 36, párrafo 2 del Estatuto de la CIJ (véase lista oficial de declaraciones hechas).

La situación de Guyana con relación a la CIJ es idéntica a la de otra antigua colonia británica en el continente, Belice. En el caso de Venezuela, se trata de una verdadera política de varios decenios. Se leyó recientemente por parte del jurista Victor Rodriguez Cedeño la posición que como delegado de Venezuela debió de externar en un sinfín de negociaciones multilaterales:

«En muchas reuniones, incluso de codificación, hemos dejado en forma expresa y clara nuestra reserva en relación con el carácter obligatorio de la jurisdicción de la corte. Recuerdo que como representante de Venezuela en muchas reuniones jurídicas hice declaraciones muy claras al respecto, entre otras, en la Conferencia de Viena de 1986, en las negociaciones cuando se adoptó la Constitución de la Onudi, en 1977-78, que evitó, como consta en actas, que se incluyera el recurso obligatorio y entre muchas otras, durante el proceso de adopción del Acuerdo Constitutivo del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, FIDA, también a finales de los años setenta del siglo pasado. Posiciones coherentes formuladas con base en una política exterior jurídica seria que desarrollaron los gobiernos democráticos desde 1959» (véase artículo publicado en El Nacional, y cuya lectura recomendamos).

Breve puesta en contexto de la controversia entre Guyana y Venezuela

El litigio entre Guyana y Venezuela sobre la región de Esequibo es la más antigua controversia territorial que se mantiene irresuelta en el hemisferio americano. Un laudo arbitral de octubre de 1899 (véase texto), escasamente fundamentado, y considerado como muy favorable al Reino Unido, fue objeto de investigaciones que llevaron a Venezuela a considerarlo como nulo en los años 60. Nótese que el tribunal arbitral presidido por un jurista ruso, contó con dos árbitros norteamericanos y con dos árbitros británicos.

En una publicación oficial editada en el 2015 y titulada «Guayana Esequiba: historia de un despojo» (disponible aquí), Venezuela detalla su posición con respecto a algunos aspectos históricos y con respecto a este laudo de 1899.

La reciente decision de la Corte Internacional de Justicia con relacion a la demanda de Guyana contra Venezuela

Mapa de la zona en litigio extraído de artículo de la BBC titulado «El Esequibo, el territorio que disputan Venezuela y Guyana desde hace más de 50 años».

En este artículo del jurista venezolano Allan Brewer-Carías publicado en el 2009 por el Max Planck Institute de Heidelberg en Derecho Internacional Público y Derecho Comparado, el autor explica que:

«The boundary established in the 1899 arbitration tribunal was considered to be settled for the next half-century, until a memorandum written by Severo Mallet-Provost (11 August 1944), a lawyer who had acted as a junior counsel for Venezuela at the Paris tribunal, was published posthumously in the 1949 issue of the American Journal of International Law (O Schoenrich ‘The Venezuela-British Guiana Boundary Dispute’ (1949) 43 AJIL 523, 528–30). The memorandum adduced that the arbitral tribunal’s president had coerced several members into assenting to the final decision, the result of a political deal between Britain and Russia. Reportedly, this memorandum had been dictated five years earlier by Mallet-Provost to Judge Otto Schoenrich, his partner in the US law firm of Curtis, Mallet-Prevost, Colte and Mosle, with instructions that it was not to be published until after his death, and even then, only at Judge Schoenrich’s discretion. Mallet-Prevost died on 10 December 1948, and his memorandum appeared in print some six months later» (punto 17).

En el año de 1966 Reino Unido y Venezuela suscribieron en Ginebra un tratado en aras de encontrar una solución negociada (véase texto del tratado en inglés y español). Si bien, en el texto, no se declara nulo el laudo arbitral de 1899, puede interpretarse como una aceptación tácita de su nulidad por parte de ambos Estados. Desde 1966, consultas entre ambos Estados, buenos oficios del Secretario General de Naciones Unidas y otros intentos no lograron plasmarse en ningún acuerdo, adoptando Venezuela y Guyana un peculiar modus vivendi con relación a más de 150.000 kilómetros que los separan, y declarados en mapas oficiales de Venezuela como «zona disputada» (como el usado en esta nota de prensa). En febrero del 2017, el actual Secretario General nombró al diplomático noruego Dag Halvor Nylander para proceder a un nuevo intento de mediación (véase nota oficial de Naciones Unidas).

Es de notar que esta vieja controversia ha tomado un inédito rumbo desde que llegó a ejercer sus funciones el actual ocupante de la Casa Blanca, como lo veremos en la parte final de este análisis.

Cabe recordar que la demanda de Guyana fue interpuesta formalmente contra Venezuela el pasado 29 de marzo del 2018 ante el juez internacional (véase texto completo de la demanda). Guyana explica en su demanda que no hace más que implementar (de forma unilateral) una recomendación hecha por el Secretario General de Naciones Unidas en enero del 2018 (véase comunicado de prensa). El texto de la carta del Secretario General a las autoridades de Guyana, incluida como anexo 7 en el juego de anexos que acompañan la demanda de Guyana, está disponible aquí. En la petitoria final con la que concluye su demanda, Guyana solicita a la CIJ, entre otros puntos, que declare como perfectamente válida la sentencia arbitral de 1899 (párrafo 55).

El 30 de marzo del 2018, Venezuela circuló un comunicado de prensa (véase texto completo) en el que Venezuela reitera a Guyana que:

«recurrir al arreglo judicial para dirimir la controversia, resulta inaceptable, estéril e inaplicable, dado que la República Bolivariana de Venezuela no reconoce como obligatoria la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia, y en este sentido, ha sido siempre consecuente con su posición histórica de hacer expresa reserva o no ser signataria de ningún instrumento jurídico internacional que contenga cláusulas compromisorias que otorguen jurisdicción obligatoria a la referida Corte«.

Los plazos establecidos por la CIJ

Un juez solicitado por un Estado solamente y al que el otro Estado no le reconoce ninguna competencia, advirtiéndole que no participará en el procedimiento en La Haya constituye una singular situación para el juez internacional: no obstante, no es la primera vez que ocurre, como lo veremos a continuación.

En aras de dirimir la controversia existente sobre si tiene o no jurisdicción, la CIJ ha optado por invitar a ambas partes a dar a conocer su posición al respecto.

Los plazos fijados por la CIJ para determinar si es o no competente para examinar esta demanda son los siguientes: Guyana tiene hasta el 19 de noviembre del 2018 para presentar sus alegatos escritos, mientras que Venezuela tendrá hasta el 18 de abril del 2019 para hacerlo. Cabe precisar que Guyana solicitaba nueve meses de plazo para presentar sus escritos, y que la CIJ optó por un plazo de cinco meses tan solo.

Ambos comunicados de prensa de la CIJ refieren a la ordenanza tomada por la CIJ hace 10 días, con fecha del 19 de junio del 2018, y cuyo texto está disponible aquí (versión en inglés). En esta ordenanza, tomada 24 horas después de recibir el Presidente de la CIJ en La Haya a una delegación de Venezuela, encabezada por su Vice Presidente, se lee que:

«Whereas, at the above-mentioned meeting, the representatives of Guyana reiterated, in response to the statement of the Vice-President of Venezuela, that their Government wished to proceed with the case;

Whereas the possibility for Venezuela of availing itself of its procedural rights as a Party to the case is preserved;

Whereas the Court considers, pursuant to Article 79, paragraph 2, of its Rules, that, in the circumstances of the case, it must resolve first of all the question of the Court’s jurisdiction, and that this question should accordingly be separately determined before any proceedings on the merits;

Whereas it is necessary for the Court to be informed of all of the legal and factual grounds on which the Parties rely in the matter of its jurisdiction,

Decides that the written pleadings shall first be addressed to the question of the jurisdiction of the Court;

Fixes the following time-limits for the filing of those pleadings:

19 November 2018 for the Memorial of the Co-operative Republic of Guyana;

18 April 2019 for the Counter-Memorial of the Bolivarian Republic of Venezuela«.

Tal y como se puede apreciar, la CIJ busca permitirle a Venezuela objetar su competencia: una opción de la que se privaría la misma Venezuela al mantener incólume su posición de no participar en el procedimiento contencioso.

No participar en un procedimiento contencioso en La Haya: algunos precedentes en la región

El Artículo 53, párrafo 1 del Estatuto de la CIJ estipula que:

«Cuando una de las partes no comparezca ante la Corte, o se abstenga de defender su caso, la otra parte podrá pedir a la Corte que falle a su favor«.

En otras palabras, la no comparecencia de un Estado no afecta el procedimiento contencioso como tal ante la CIJ. Esta última debe proceder a tomar una decisión balanceada e incuestionable con base en un procedimiento contradictorio sin serlo: un verdadero desafío que la CIJ ha logrado superar sin mayores problemas en varios casos desde 1945 frente a Estados renuentes a comparecer ante ella, como por ejemplo:

– Francia, no compareciente en el caso sobre Ensayos Nucleares de 1973 auspiciado por Australia y Nueva Zelanda (véase ficha técnica);

– Turquía, en el caso sobre Plataforma continental en el Mar Egeo, con una acción interpuesta por Grecia en 1976 (véase ficha) o;

– Irán en el caso conocido como Personal diplomático y consular de Estados Unidos en Teherán, con la demanda interpuesta en 1979 por Estados Unidos (véase ficha).

Los efectos de la no comparecencia fueron analizados por diversos autores como por ejemplo el jurista francés Pierre Michel Eisemann (véase artículo publicado en 1973). En la doctrina, en 1991, el Institut de Droit International elaboró una serie de reglas de manera que la ausencia de una de las partes no afecte mayormente la labor de la CIJ (véase resolución de Basilea).

En lo relativo a estados del hemisferio americano, un caso en el que se pudo observar la no comparecencia a un procedimiento contencioso ante la CIJ remonta a la decisión tomada por Estados Unidos en 1985: Nicaragua interpuso una demanda contra Estados Unidos en abril de 1984, a lo cual Estados Unidos presentó una serie de excepciones preliminares cuestionando la competencia de la CIJ. Luego de declararse competente la CIJ en su decisión del 24 de noviembre de 1984 (véase texto) para examinar, Estados Unidos optó por no comparecer más. En el mes de setiembre de 1985, la CIJ dio por concluidas las audiencias orales a las que solamente participaron los asesores de Nicaragua (véase comunicado de prensa de la CIJ), procediendo a elaborar lo que se convertiría en un histórico fallo cuya lectura tuvo lugar el 27 de junio de 1986.

La situación de Venezuela es no obstante distinta, en la medida en que Estados Unidos sí participó en la etapa preliminar sobre competencia de la CIJ, y optó por no comparecer cuando la CIJ se declaró competente.

Para completar el panorama en lo correspondiente a Estados del hemisferio americano litigando en La Haya, cabe mencionar una actitud un tanto original de Colombia en abril del 2016 al inclinarse por hacer algo que no se sabe muy bien cómo calificar: optar por no asistir a una reunión convenida con el Presidente de la CIJ y con Nicaragua (en el marco de las demandas pendientes de resolución contra Colombia presentadas por Nicaragua en el 2013). Nos permitimos escribir en una nota al respecto que:

«estamos anuentes a incluir un acápite en el caso de Colombia, en particular si se logra avanzar la idea de alguna ventaja del Estado que no asiste. Salvo error de nuestra parte, no se ha oído de una sobrecarga de trabajo de la legación diplomática en La Haya o de un problema de salud generalizado a todo el personal de la misión colombiana durante la tercera semana de abril del 2016 que impidiera enviar a un representante a una cita con el Presidente del máximo órgano jurisdiccional de Naciones Unidas«.

La misma nota fue también publicada en el sitio jurídico especializado colombiano de Debate Global (disponible aquí) en la que escribimos que:

«Ante la duda sobre lo que pudo impedir que un diplomático colombiano se hiciera presente, nos permitimos solicitar a nuestros estimables lectores colombianos (y en particular a los integrantes de círculos como la Academia Colombiana de Derecho Internacional (ACCOLDI) o que forman parte de su aparato diplomático) remitirnos el texto de esta carta, con el fin de conocer las razones oficiales presentadas por Colombia a la CIJ para desistir del envío de su representante a una cita de esta naturaleza (se puede enviar al correo electrónico: cursodicr(a)gmail.com y se garantizará absoluta confidencialidad si así fuese requerida)«.

Algunos detalles poco divulgados

Haciendo a un lado las inexplicables (e inexplicadas) gesticulaciones del aparato diplomático colombiano en La Haya, y volviendo a la demanda de Guyana contra Venezuela, es de notar que los costos de Guyana en La Haya serán cubiertos por la empresa norteamericana Exxon Mobil (véase nota de prensa del medio guyanés Oilnow). Es probablemente la primera vez en la historia de la CIJ que una empresa privada hace público su intención de sufragar los gastos de defensa en La Haya de un Estado (y que este último consiente a ello). En este caso, las autoridades guyanesas estiman el costo en La Haya en unos 15 millones de US$ (véase nota de prensa y este artículo en el que se hacen interesantes preguntas sobre el monto y los tiempos con los que fue anunciada la contribución de la empresa petrolera). En esta nota oficial del 28 de abril del 2018 de las autoridades de Guyana, se precisa que «Government had announced that some US$15M of the US$18M signing bonus received from ExxonMobil in 2016 will be used as payment for services relative to the ICJ case«.

La totalidad de los gastos que supone una demanda en La Haya constituye un ámbito en el que los Estados se han mostrado usualmente extremadamente discretos (y la prensa, poco curiosa). Con relación a algunos pocos datos arrojados por Estados de América Latina que han llevado sus controversias en La Haya, remitimos a nuestros estimables lectores a la sección «El costo de una demanda en La Haya para un Estado: breve recapitulativo sobre una zona gris-oscura» de este análisis nuestro publicado en el sitio de CIARGlobal.

Sin guardar relación directa con lo anteriormente señalado, pero tal vez no del todo ajeno a la generosidad de Exxon Mobil hacia Guyana, resulta el hecho que el que fuera el jefe de la diplomacia norteamericana designado por el Presidente Donald Trump hasta hace unos pocos meses, Rex Tillerson, fue Director Ejecutivo de Exxon Mobil entre el 2006 y el 2016.

La reciente decision de la Corte Internacional de Justicia con relacion a la demanda de Guyana contra Venezuela2

Foto extraída de nota de prensa titulada «Trump Will Pick Exxon CEO With Close Russia Ties for Secretary of State».

Precisamente en el 2006, un cable confidencial norteamericano dado a conocer por el sitio Wikileaks (véase texto completo) indicaba que: «Development of the region’s oil resources is also held up by the border situation. ExxonMobil, which holds a potentially lucrative concession in the offshore beds that fall within the disputed area, has been unable to cultivate the block lest it jeopardize its holdings in the BRV«.

Recientemente, académicos guyaneses cuestionaron la tasa impositiva extremadamente baja (un 2%) a las ganancias («royalties«) de Exxon Mobil (véase nota titulada «President Granger’s Petroleum Advisor criticizes ExxonMobil’s low royalty payment, control of large concession«). Nótese que un reciente informe del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) hace ver las deficiencias de Guyana en materia fiscal de cara a lo que denomina en su título «oil boom» (véase informe titulado «Strengthening Guyana’s Fiscal Framework in Anticipation of an Oil Boom» en el que se encuentra una comparación entre el modelo tributario aplicado en Nigeria y en Noruega – pp.15-17).

Cabe precisar que los yacimientos de hidrocarburos concesionados a Exxon Mobil no se encuentran en el territorio de Guyana sino en las zonas marítimas adyacentes, cercanas a la desembocadura del Río Esequibo: la soberanía sobre estas zonas marítimas depende de la proyección que se haga de la frontera terrestre en el mar. Los bloques concesionados por Guyana a Exxon Mobil pueden ser observados en diversos mapas como por ejemplo en este artículo de Offshore.mag titulado «E&P activity on the rise offshore Guyana«. El 20 de mayo del 2015, Exxon Mobil anunció el descubrimiento de un importante yacimiento frente a las costas de Guyana (véase comunicado de prensa). Pocos días después, el 26 de mayo del 2015, Venezuela adoptó un Decreto que crea las Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular (ZODIMAIN), las cuales abarcan parte del territorio marítimo pretendido por Guyana (véase decreto publicado en la Gaceta Oficial, pp. 420-896 / 420-901).

La reciente decision de la Corte Internacional de Justicia con relacion a la demanda de Guyana contra Venezuela3

Figura 1: bloques concesionados por Guyana a Exxon Mobil. Figura extraída de este artículo de Offshore.mag titulado «E&P activity on the rise offshore Guyana».

La reciente decision de la Corte Internacional de Justicia con relacion a la demanda de Guyana contra Venezuela4

Figura 2: proyección de Venezuela en las costas adyacentes a Guyana. Figura extraída de esta nota de prensa de El Nuevo Pais, titulada «Maduro se la deja en bandeja de plata a Guyana y a Exxon Mobil: No participará en juicio ante la CIJ».

En junio del 2016, Guyana suscribió un importante contrato con la filial de Exxon Mobil, Esso (véase texto completo del contrato).

Como un elemento adicional para entender mejor la fuerte contienda entre el Secretario de Estado Rex Tillerson y las máximas autoridades de Venezuela, hay que añadir el hecho que Venezuela logró en marzo del 2017 que un tribunal arbitral de apelación anulara parcialmente los términos de una decisión inicial de un tribunal arbitral del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionista Extranjero y Estados) del 2014. Esta última condenaba a Venezuela a pagar más de 14 mil millones de US$ a Exxon Mobil y a sus asociados en Venezuela por las nacionalizaciones ordenadas a partir del 2007 (véase texto del laudo). El texto completo de esta segunda decisión del CIADI, de marzo del 2017, pocamente divulgada, está disponible en este enlace. Revisar un monto indemnizatorio por más de 14.000 millones de US$ para ordenar en su lugar el pago de 188 millones merecía (además de un estudio pormenorizado sobre el estado de ánimo de los dirigentes de Exxon Mobil), una mayor difusión en medios de prensa y en algunos círculos especializados en materia de arbitraje de inversión. En julio del 2017, se supo que una Corte de Apelaciones del Segundo Distrito en Estados Unidos adoptó una polémica decisión con relación a los 188 millones de US$ que debe pagar Venezuela (véase nota de Lexology).

A modo de conclusión

Raramente una controversia entre dos Estados soberanos ha reunido detalles que dejan ver de forma tan evidente los intereses que se mueven en aras de una pronta resolución de la misma. Es probable que estos aspectos llamen más la atención a analistas políticos que a especialistas en derecho internacional público: estos (y muchos otros detalles) permiten no obstante entender mejor el paso acelerado que ha conocido esta antigua controversia entre Guyana y Venezuela en los últimos meses.

El mantenimiento durante tantos años de una indeterminación acordada entre ambos Estados sobre la posesión de la región de Esequibo pretende ser ahora reemplazado por una sentencia de la CIJ, en aras de permitir a algunos (urgidos) explotar yacimientos situados en el subsuelo marino de las áreas marinas adyadcentes a Venezuela y a Guyana. Al contar en derecho internacional público con una viejo adagio que indica que en materia de fronteras, «la tierra domina el mar«, la indeterminación en tierra firme debiera proyectarse también en el mar, pese a la urgencia antes aludida, declarándose una «zona marítima en disputa» no concesionable (y mucho menos explotable) hasta tanto no haya claridad sobre el límite terrestre entre ambos Estados.

No obstante, Guyana ha optado por accelerar el paso, y la CIJ ha debido tramitar su demanda. Sobre este punto, vale la pena recalcar que los jueces de la CIJ no cuentan con ninguna herramienta jurídica que les permita rechazar y archivar motu propio una demanda planteada por un Estado contra otro Estado: si uno de los dos Estados cuestiona su competencia, la etapa preliminar sobre excepciones preliminares permite analizar los argumentos de ambos y decidir en un fallo inicial si es o no competente. Es lo que pareciera priorizar en estos momentos la CIJ, dándole la oportunidad a ambos Estados de presentar sus alegatos sobre su competencia.

Guyana recurre al artículo IV del tratado suscrito en 1966 entre Reino Unido y Venezuela y a la carta remitida por el Secretario General en enero del 2018 para establecer la competencia de la CIJ en aras de dirimir esta controversia. Por su parte, Venezuela hace valer un principio angular en derecho internacional: el consentimiento previo de un Estado a la justicia internacional. Se trata de una regla según la cual ningún Estado puede ser llevado ante un juez internacional sin su consentimiento. Algunas organizaciones civiles venezolanas han dado a conocer otras acciones que debiera, según ellas, también estar llevando a cabo Venezuela (véase por ejemplo Declaración del Consejo Venezolano de Relaciones Internacionales de abril del 2018).

En una nota nuestra anterior sobre el anuncio hecho por Venezuela de no participar (publicada en el sitio de DIPúblico en Argentina), nos permitimos concluir al respecto que:

«Cabe precisar que la estrategia que ha escogido Venezuela no está exenta de todo riesgo: en efecto, la no participación de Venezuela la priva de la posibilidad de presentar sus argumentos legales en la etapa preliminar en la que puede precisamente cuestionar la competencia de la CIJ en el marco del procedimiento contencioso: la etapa de las excepciones preliminares. Dicho en otras palabras, al optar Venezuela por no participar, la base de competencia usada por Guyana (que se limita a una recomendación del actual Secretario General de Naciones Unidas) no será cuestionada ante los jueces de la CIJ«.

 

Artículos sobre la demanda de Guyana contra Venezuela registrada en la CIJ (breve selección):

BOEGLIN N., «Guyana presenta demanda contra Venezuela ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ)«, DIpúblico, Edición del 6/04/2018, disponible aquí.

RODRIGUEZ CEDEÑO V., «Lo político y lo jurídico en la controversia con Guyana«, El Nacional, edición del 17/04/2018, disponible aquí.

RODRIGUEZ CEDEÑO V., «Breves reflexiones sobre la demanda de Guyana ante la CIJ«, El Nacional, edición del 19/06/2018, disponible aquí.

WENTKER A., «Venezuela’s Non-Participation Before the ICJ in the Dispute over the Essequibo Region«, EJIL Talk, June 29, 2018, disponible aquí.

 

(*) Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.

 

Enviado por el autor.

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Resolver el problema fiscal y no morir en el intento

Luis Paulino Vargas Solís (*)

 

Consideraciones generales

1) Costa Rica necesita encontrar una solución para el problema del déficit fiscal, cuyos riesgos principales derivan del crecimiento de la deuda, el estrujamiento que ésta pone sobre servicios públicos esenciales y, en especial, las presiones internacionales que todo esto trae consigo.

2) Hablar de déficit fiscal y deuda pública, inevitablemente evoca la idea de “exceso”, de donde se desprende el convencimiento de que es necesario “socarse la faja”, y optar por la austeridad y la contención. Es un “sentido común” muy popular que, dependiendo de las condiciones económicas, puede constituir un grave error.

3) En el período posterior a 2008, ciertamente ha habido un crecimiento de los gastos que excede del crecimiento de la producción nacional. En principio (años 2009-2013) la presión alcista venía principalmente de los rubros de remuneraciones y transferencias. Posteriormente su crecimiento se modera un poco, pero, en cambio, se disparan los gastos por intereses.

4) Con la crisis de 2008-2009, la capacidad de recaudación del Estado se cayó y jamás logró recuperarse, lo cual también abrió un hueco considerable en las finanzas públicas.

5) Durante todo el período posterior a 2008, la economía de Costa Rica crece alrededor de un 25-30% por debajo de sus estándares históricos de largo plazo (período 1983-2008). Por ello, hoy es alrededor de un 14-15% más pequeña de lo que sería si hubiese logrado reinstalar aquellas tendencias históricas. Ello ha tenido dos consecuencias dañinas: agrandó el efecto relativo del aumento de los gastos públicos, y debilitó los ingresos desde sus raíces más fundamentales, toda vez que la anemia crónica de la economía –sobre todo en un contexto de agudos problemas del empleo– inevitablemente impacta sobre la progresión de los ingresos que el gobierno logra captar.

6) En la Costa Rica actual, hay una enorme cantidad de personas que, por más que quisieran, no pueden contribuir con el pago de impuestos, porque o no tienen trabajo o el que tienen es muy mal remunerado. De ahí que podamos decir que más que gastos en “exceso”, lo que tenemos es ingresos insuficientes. Pero se nos propone recortar gastos, poniendo en riesgo el desarrollo futuro del país y creando condiciones para el ahondamiento de la desigualdad, o bien aumentos de impuestos cuyo inapropiado diseño podría hacer que gente que hoy sí tiene trabajo y sí paga sus impuestos, pierda ese trabajo y deje de pagar esos impuestos. Por cierto, los recortes de gasto también harían que la economía, que ya viene lenta, termine de quedar varada, empeorando entonces el empleo y debilitando aún más la recaudación de impuestos.

7) Recortar gastos públicos tendría sentido, si pudiéramos tranquilamente afirmar que todas las necesidades y demandas de la ciudadanía están satisfechas de sobra. Sin la menor duda, no es el caso. Lo cual no niega que haya ineficiencias, entrabamientos burocráticos e incluso vicios y excesos, que deben corregirse. Pero corregir para mejorar es algo muy distinto que mutilar.

8) A lo cual debe sumarse el hecho de que el sistema tributario de Costa Rica está de cabeza: quienes más tienen no contribuyen como se debiera (de hecho defraudan al fisco con pasmosa regularidad), lo que debilita aún más la capacidad recaudatoria del Estado y ahonda la injusticia y la desigualdad.

En resumen estamos necesitando:

  1. Condición sine qua non: Reactivar vigorosamente la economía y, sobre todo, el empleo.
  2. Avanzar hacia un sistema tributario realmente justo, progresivo, asentado en un diseño moderno.
  3. Llevar adelante una reforma del Estado sustantiva, que permita levantar la productividad, la calidad, eficiencia, calidez y eficacia de los servicios públicos y de la institucionalidad pública en general. Esto demanda un proceso participativo y democrático de diálogo transparente, generoso y muy patriótico.

Para reactivar la economía y el empleo

1. No existe ninguna fórmula milagrosa, y definitivamente no se resolverá con las groseras simplezas que se han venido proponiendo (capacitación en el INA; crédito de banca para el desarrollo; “formalizar ‘a güevo’ la informalidad”, etc.).

2. La economía y el empleo podrían reactivarse si se lograran activar una o varias de las siguientes fuerzas impulsoras:

  1. El consumo de la gente (muy improbable, dado el estancamiento de los salarios, los gravísimos problemas del empleo y los altos niveles de deuda de personas y familias).
  2. La inversión productiva de las empresas (difícil en el tanto no hayan mercados dinámicos que justifiquen producir más, ni se subsanen los problemas de competitividad –recordemos que estamos en un contexto capitalista– que afecta a buen parte de la planta empresarial costarricense).
  3. Las exportaciones y el turismo: ya se han dinamizado tanto como era posible en un contexto mundial algo más favorable. Sin embargo, y dado que el grueso de ese dinamismo se concentra en las zonas francas, el efecto positivo para el resto de la economía –inclusive el empleo y las finanzas públicas– ha sido insignificante.
  4. La inversión pública: la cual se mantiene varada, en parte por rigideces burocráticas jamás resueltas, en parte por decisión política derivada de las medidas fiscales de austeridad.

3. De las anteriores, la única opción susceptible de un manejo político directo en el corto plazo, es la inversión pública: darle un buen empujón, planificada de forma tal que, hasta donde resulte posible, maximice su capacidad de generación de empleos y el uso de insumos de producción nacional, lo que a su vez maximizará el efecto multiplicador sobre el resto de la economía. Esto se dice fácil, pero es mucho más complicado de llevar a cabo. De hecho, solo es posible con base en un gran acuerdo nacional para:

  1. Romper cuellos de botella burocráticos y facilitar una fluida coordinación institucional;
  2. Desanudar “amarres” legales;
  3. Aprovechar expeditamente todos los fondos externos disponibles que no se están utilizando, y movilizar recursos financieros actualmente existentes en fondos de pensiones y asociaciones solidaristas;
  4. Establecer un compromiso efectivo y real de cooperación –generosa, patriótica y transparente– entre las diversas instituciones públicas, organizaciones ciudadanas y también las empresas privadas, en especial las que puedan participar en los contratos de construcción de obra pública.

4. Se podría intentar asimismo tratar de reanimar la inversión privada, mediante la orientación prioritaria del crédito y la reducción de las tasas de interés, aunque dadas las condiciones adversas a las que brevemente hice referencia, ello en lo inmediato no sería fácil de lograr.

5. Medidas de carácter más focalizado y puntual podrían contribuir a dinamizar la economía en regiones más deprimidas y empobrecidas:

  1. Promoción del turismo interno.
  2. Facilitación de mercados regionales para productos agropecuarios, artesanales y de pequeña industria.
  3. Fortalecimiento de las cadenas de comercialización que facilite el que esas producciones locales alcancen los mercados urbanos masivos.

6. Todo lo anterior sentaría las bases para un esfuerzo más amplio, que se prolongaría a mediano y largo plazo, encaminado a refundar nuestro aparato productivo sobre nuevas bases que, asimismo, cree las condiciones para un dinamismo sólido y perdurable:

  1. Mayores niveles de productividad, con más valor agregado en la producción, densos encadenamientos productivos y mayor contenido de conocimiento.
  2. Una economía más diversificada, capaz de aprovechar plenamente sus potencialidades y dotación de recursos productivos, incluyendo las especificidades de cada una de las regiones.
  3. Con un desarrollo regionalmente equilibrado y socialmente inclusivo, que democratice la propiedad, abra posibilidades para la participación de las mujeres y distribuya los ingresos equitativamente.
  4. Capaz de aprovechar mejor los mercados internacionales a los que hoy se tiene acceso, y de proyectarse a nuevos mercados, hoy escasamente explorados, y que busque maximizar las posibilidades de integración económica, cooperación, inversión conjunta y comercio a nivel centroamericano.
  5. Construido de forma democrática y participativa, desde las regiones, las municipalidades y las diversas organizaciones ciudadanas.
  6. Meticuloso en grado sumo en todo lo que signifique el cuido de los equilibrios naturales.
  7. Asentado, por lo tanto, en una matriz energética renovada, basada en fuentes limpias.

Resolver el problema fiscal y no morir en el intento

Reforma tributaria de fondo, moderna, justa y progresiva

1. La reforma tributaria actualmente en discusión en la Asamblea Legislativa es, en el mejor de los casos, un parche mal puesto y, en el peor, otro retroceso que agrava la inequidad del sistema tributario costarricense. En su mayor parte lo que hace es sustraer recursos del bolsillo de grupos medios y pobres, lo que debilitará aún más el consumo privado y, por lo tanto, ralentizará aún más la economía. La han justificado aduciendo que facilitará tener acceso a créditos externos por $1000 millones. Al momento de escribir esto se ha dado a conocer además, planes para la colación de bonos en los mercados financieros internacionales por $4000 millones. Con ello, sin embargo, lo que se hace es admitir que el problema no está siendo resuelto y que se opta, una vez más, por patear la bola hacia delante, pero además eligiendo la vía que mayor vulnerabilidad puede generar en el mediano y largo plazo: la emisión de deuda en una moneda extranjera que, por lo tanto, Costa Rica no emite ni controla.

2. Teniendo en cuenta que el discurso oficial magnifica las amenazas asociadas al actual problema fiscal, lo que entonces corresponde, de forma proporcional, es exigir que este sea el momento para un verdadero acuerdo nacional alrededor de una reforma sustantiva, y dejar de perder el tiempo con anodinas vagabunderías.

3. Una reforma tributaria seria, debe diseñarse a partir de un criterio central ineludible: que cada quien contribuya según sus posibilidades efectivas, y que los grupos sociales más vulnerables sean protegidos. Esto, que es un imperativo ético y humano ineludible, también es una condición de viabilidad, e incluso una consideración pragmática y de sobrevivencia política. Es así por una cuestión de indispensable legitimidad política, y para empezar a revertir la desigualdad y toda la peligrosa involución que pone en peligro y amenaza destruir la democracia costarricense.

4. Esta reforma debería diseñarse y aplicarse de forma compatible con los esfuerzos de reactivación de la economía y el empleo. Ni cualquier reforma ni cualesquiera tributos resultan entonces apropiados. Evitar, por lo tanto, y en lo posible, los impuestos que compriman el consumo de grupos medios y populares, como los que pudieran penalizar la inversión productiva y frenar la necesaria creación de empleos. Por ello deben priorizarse tributos sobre altos ingresos personales, formas pasivas de riqueza personal, consumo conspicuo, actividades socialmente dañinas y ambientalmente perjudiciales, incluyendo las emisiones de gases de efecto invernadero.

5. Equidad horizontal y vertical: es decir, pagarán más quienes más riqueza tienen y mayores ingresos perciben, pero, al mismo tiempo, pagarán igual quienes reciben montos similares de ingreso o controlan cuantías similares de riqueza, independientemente de la fuente de aquellos ingresos o de las características de esta riqueza.

6. Una mayor progresividad sobre los ingresos personales: escalas del 15% en adelante, hasta una tasa marginal del 50% para ingresos muy altos (mayores a 10 millones al mes). Se aplicaría tanto a ingresos provenientes del trabajo, como a ingresos de capital o patrimoniales, a las mismas tasas progresivas. Por ello mismo es importante avanzar hacia la puesta en vigencia del llamado principio de “renta global”, de modo que se tribute sobre la totalidad de los ingresos que una persona recibe, y que se apliquen tasas progresivas y uniformes, independientemente del tipo de ingresos de que se trate.

7. Impuestos sobre grandes herencias, gravadas como un impuesto progresivo sobre ingresos de capital a lo largo de un período suficientemente largo, según las mismas tasas progresivas que se aplicarían a los ingresos del trabajo o del patrimonio o capital, pero a partir de un monto mínimo de herencia (por ejemplo: 200 millones de colones).

8. Impuesto progresivo sobre riquezas o patrimonios personales acumulados (que podrías oscilar entre 0,5 y 1,5% anual), a partir de un mínimo que podría ser de 300 millones de colones.

9. Sobrecargo del 10% sobre impuesto a la renta empresarial para actividades que generen efectos sociales y/o ambientales indeseables.

10. Elevación del impuesto selectivo de consumo al 20% sobre las diversas formas de consumo conspicuo o formas de consumo que propicien la generación de gases de efecto invernadero: autos de lujo; yates; jets privados; joyas; pinturas de muy elevado precio; bebidas alcohólicas muy caras; perfumes exquisitos; etc. Algo similar se aplicaría sobre formas de consumo dañinas para la salud (la comida chatarra, por ejemplo), o para el ambiente (el plástico, por ejemplo).

11. Aprobación del IVA con una tasa del 13%: en la medida en que haya voluntad política de avanzar en una reforma tributaria realmente justa y progresiva, podría justificarse políticamente la aprobación del IVA, sin modificar su tasa actual, con tasas preferenciales para aquellos bienes y servicios considerados prioritarios desde el punto de vista social, y procurando afinar y maximizar las posibilidades del IVA como mecanismo para el control cruzado del fraude fiscal. En todo caso, la aplicación del IVA se pospondría por un plazo de dos años a fin de que no entorpezca los esfuerzos de reactivación de la economía.

12. Combatir decididamente el fraude fiscal: la evitación del pago de impuestos, hasta por un monto que excede del 8% del PIB (según algunos estudios), es a todas luces excesivo, sobre todo cuando la carga tributaria (monto de impuestos respecto del PIB) apenas llega al 13%. Al respecto, cabe considerar políticas como las siguientes:

  1. Definir metas cuantitativas explícitas de reducción del fraude, a razón, por ejemplo, del equivalente al 0,75% del PIB al año.
  2. Reforzar el personal de la administración tributaria y elevar sus niveles de calificación.
  3. Elevar la calidad de la infraestructura informática y tecnológica.
  4. Reformas legales que permitan levantar los velos que encubren la riqueza y los ingresos de las personas y familias más adineradas. Es indispensable que se instale en nuestra cultura la convicción de que la transparencia en materia tributaria es un muy básico deber ciudadano.
  5. Una política de Estado que promueva una vigorosa cooperación internacional para combatir y sancionar el fraude fiscal, con la meta de llegar a la total proscripción de los paraísos fiscales.

Reforma del Estado sobre bases dialógicas y participativas

1. El sector público de Costa Rica no es excesivamente grande. Por el contrario, es pequeño: lo es respecto de lo que es usual en los países de más alto nivel de vida en el mundo, como claramente lo es respecto de las necesidades y demandas de la ciudadanía, del desarrollo de la economía, la construcción de una sociedad más equitativa e inclusiva, y el logro de una efectiva protección de la naturaleza.

2. Revolución de la productividad en el sector público costarricense: es un completo desatino ideológico hablar de recorte o reducción. Lo que corresponde es centrar el esfuerzo en el logro de mayor eficiencia y eficacia; mayor calidad y calidez en los servicios; fluidez organizativa y cooperación interinstitucional; combate enérgico a cualquier forma de corrupción.

3. Es seguramente necesario entrar a estudiar los sistemas de contratación y remuneración en el sector público. Hay incoherencias y algunos excesos, sin que esto signifique que deba imponerse criterios estándar, inapropiados puesto que distintas instituciones atienden distintos problemas y tienen distintos requerimientos. Es indispensable llevar adelante este proceso de forma dialógica y respetuosa, con generosidad y ánimo constructivo por todas las partes. El interés central debería ser uno: tener un personal altamente calificado y muy motivado, comprometido y productivo, remunerado de forma apropiada.

4. ¿Realmente se requiere –como alguna gente lo plantea– fusionar instituciones? No lo creo, o a lo sumo podría tal vez justificarse en casos muy calificados. Lo que sí se requiere es mejorar sustancialmente los mecanismos de cooperación, diálogo y articulación, lo cual también supone desanudar trabas burocráticas y airear espacios feudalizados.

5. Por ello mismo, se requiere reforzar decididamente los dispositivos de rendición de cuentas, participación democrática y control ciudadano. El Estado costarricense debe ser mucho más democrático y el debate sobre las políticas públicas mucho más transparente y participativo, y mucho mejor informado. Costa Rica no puede darse el lujo de permitirse ninguna involución democrática. Por el contrario, nuestro objetivo debe ser avanzar hacia una democracia más plena y participativa, realmente pluralista.

 

(*) Director Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

 

Enviado por el autor.

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Construir y Reconstruir la Democracia Directa

Marlin Oscar Ávila

Un indicador sobre la debilidad en el ejercicio del sistema democrático, puede ser la perseverancia de monarquías sin que la ciudadanía llegue a elegir a su primer ministro, como ocurre todavía, como es el caso de Asia donde hay 13 países con monarquías. En Europa queda una docena de ellas, después de haber disuelto 18, pero ahora mantienen un sistema electoral parlamentario que les ha dado buenos resultados. La de Rumanía fue la última en disolverse en 1947 en Europa. África tiene tres y Oceanía mantiene dos. El continente americano es quien no tiene monarquía alguna, aunque sí tuvo en Brasil (hasta 1888), Haití (hasta 1859) y México (hasta 1867).

Cada vez más se demuestra que el sistema democrático como doctrina política y sistema de vida en nuestras sociedades requiere de algunas adecuaciones para recuperarse del trauma causado por los golpes militares, técnicos, suaves e indirectos, en los cuales ha estado presente y activa la corrupción, el narco tráfico y los secuestradores de la democracia representativa. América Latina necesita urgentemente volver a los principios fundamentales de la democracia que respeta la libertad y los derechos humanos, así como favorecer la igualdad de oportunidades en la participación activa de la vida económica, social y política de cada nación que la integra. Debemos rescatar los principios de una democracia directa y participativa que exprese la voluntad de las mayorías, respetando las minorías y los derechos individuales. Esto no se importa ni del Norte de América, ni de Europa y menos de Asia o África. Esto exige nuestra propia reconstrucción.

Estamos observando como algunos ex presidentes se han dedicado a guiar y dirigir proyectos políticos de organismos multilaterales, encaminados, según ellos a recuperar la democracia de algunos Estados. Su nominación para integrar comisiones de esta índole, generalmente depende de la voluntad de los Secretarios Ejecutivos de los organismos mismos, con criterios políticos de quienes controlan al organismo multilateral, como ha venido siendo el caso de la OEA. El señor Luis Almagro ha llevado y traído ex presidentes a cumplir misiones trascendentes en la política nacional e internacional, de acuerdo a sus criterios personales. Esto lo ha llevado a integrar ex funcionarios con dudosa reputación, e incluso, juzgados como delincuentes, que luego guardan prisión (caso Álvaro Colom). Se integran en comisiones de observación electoral, en Comisiones de Investigaciones Políticas, etc, que luego, producen o, la re elección fraudulenta de un proceso electoral viciado (caso Honduras) o la implementación de estrategias intervencionistas, para la quiebra económica, política y social y, eventualmente militar de un Estado (caso Venezuela con Grupo Lima). Pero sabemos que el Sr. Almagro tiene superiores por encima de él, que no necesariamente es el Consejo Superior de la OEA, pero seguro es el Departamento de Estado y la Casa Blanca. Mike Pence, esta activamente involucrado en esta estrategia imperial. Ya la ex presidenta Sra. Chinchilla de Costa Rica, miembro del ala conservadora del PLN, tiene listas sus valijas para irse a Brasilia, a dirigir la Comisión de Observadores Electorales, sospechamos que para asegurar un fraude contra Lula Da Silva, en el mes de octubre próximo. Para las próximas elecciones en México, el primero de julio, la OEA lleva a 80 observadores, también sospechamos de sus maniobras.

En muchos casos, los perfiles de los y las altas funcionarias de las élites políticas que utilizan los organismos multilaterales, son conservadores con currículum que no muestra los resultados exitosos de sus anteriores gestiones públicas. Así que el producto de su gestión no es otra que asegurar la continuidad de poder en manos de grupos políticos que llegan a la similitud de mafias instaladas para robar, como lo ha demostrado la CICIG y la MACCIH en Guatemala y Honduras, respectivamente.

Es sabido que cualquier re-elección se da en importantes condiciones desfavorables para cualquier opositor o contendiente a procesos electorales por muy transparentes que estos sean, lo que realmente no lo son. Después de cuatro o cinco años de sostener el poder presidencial de una nación, quien preside o dirige una nación, logra concentrar toda una serie de mecanismos, recursos e influencias que, ningún partido de oposición logra superar. Después, queda al libre criterio del re-electo si gobierna con una visión socialista (en sus distintas variantes), liberal (en sus distintas variantes), conservadora, hegemónica dictatorial y hasta militarista o neo fascista. Estas últimas son las atractivas del gobierno estadounidense, por estar afín a sus principios de trasfondo.

Es por esto que en América Latina hemos venido experimentando algunos procesos que distan de ser democráticos y, mucho menos directos y participativos con un seguimiento constante desde la ciudadanía.

El caso nicaragüense actual ilustra lo que sucede cuando una ciudadanía no ejerce sus facultades democráticas de vigilancia activa hacia sus elegidos. Por varias razones, la ciudadanía que logró re establecer el gobierno sandinista, permitió que su gobierno se fuera adecuando al sistema capitalista de mercado y sacara provecho individual del poder que el pueblo le prestó. Así, logró, con cantos de sirena, poesía y música folclórica, adormecer un amplio sector social, además de utilizar el monopolio de la fuerza, que le da la constitución, para amedrentar a sus oponentes. Su astucia fue la utilización del histórico y revolucionario partido FSLN y toda su simbología para mantener la hegemonía del poder. Si hubiese habido algo de testosterona, posiblemente no se hubiera re elegido a Daniel Ortega. Si hubiera consultado con Pepe Mujica, y siguiera sus conceptos, no se hubiera lanzado nuevamente.

Después de poco más de dos meses, Nicaragua, con casi dos centenas de muertes, centenas de heridos, instituciones de servicio público a medio funcionamiento y una economía al bordo de la quiebra, su instrumento de salvación es indiscutible mente la Mesa de Diálogo, coordinada por el Consejo Episcopal de la Iglesia Católica. En pasos hacia adelante y con cortos estancamientos, Nicaragua ha avanzado más que Honduras en resolver su crisis política, con una gran diferencia en formas de resolución de conflictos, años de batallas y victimas sociales y políticas. Desde luego, aún les falta definir sus proyectos políticos y económicos para el futuro, reformas institucionales y jurídicas, definición de posiciones ideológicas, etc. Esto será cuando inicien con un nuevo proceso electoral. Ahora, esperamos que los Ortega den ese trascendental paso y decidan una fecha para las próximas elecciones. Deben saber, que prolongar este conflicto es extender el dolor, llanto y luto de miles de familias inocentes. Si dan la fecha, todos y todas, incluyendo el FSLN, se preparan para la contienda electoral, a construir la Nicaragua que soñó Sandino, Carlos Fonseca, los comandantes sandinistas y mucha ciudadanía de ese valiente pueblo. Además, eso es una necesidad de toda Centroamérica.

Entre los compromisos de la ciudadanía latinoamericana esta en: ayudar a Nicaragua a salir de esta crisis; como es ayudar a Venezuela a no caer en las garras de las corporaciones mundiales y estadounidenses, con un control salvaje del Pentágono; contribuir con la lucha contra la amplia corrupción e impunidad, además del narco Estado, existentes en Honduras; como lograr que Lula Da Silva participe en las próximas elecciones de Brasil; además de, evitar los acostumbrados fraudes en México, para que López Obrador dirija los destinos de ese grandioso país; que se construya el tren transoceánico en Sur América, para sacar a Bolivia de su aislamiento comercial; presionar al nuevo gobierno colombiano para que cumpla los compromisos de la Paz y, desde luego, evitando una invasión militar donde participen los gobiernos lacayos de nuestro continente, contra Venezuela.

Seguramente, podríamos entusiasmarnos para que en el próximo mundial de fútbol en el Norte de América, en ocho años, contemos con paz, prosperidad, equidad y justicia social para todas nuestras poblaciones, ausentes de mafias controlando gobiernos e instituciones internacionales.

Enviado por el autor.

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El voto en blanco de Yesid Reyes a la JEP

Por Carlos Meneses Reyes

 

El exministro de Santos, Yesid Reyes Triana, declinó posesionarse como Magistrado del Tribunal para la Paz de la Jurisdicción Especial de Paz, JEP. Su decisión es política no jurídica.

Son momentos en que a la JEP se le ha de rodear de máximo apoyo nacional y popular para que cumpla los fines altruistas que le han sido encomendados como es el juzgar los delitos de crímenes de guerra y de lesa humanidad en que hayan incurrido miembros de las fuerzas armadas del Estado, de todas las ramas de poder público incursos en el conflicto armado interno contra las farc-ep, sus comandantes, guerrilleros y personas privadas que hayan cometido acciones, así calificadas, en el mismo.

En este acometido de objetivos y de concepción de la justicia transicional bajo una inspiración universal y no el atosigado reducto de estereotipo de una justicia especial, a acomodarla a las camisas de fuerza de un sistema de justicia ordinario en Colombia, como si nada en absoluto hubiere pasado puesto las insurgencias no derrotadas militarmente ya están desarmadas y sometidas al establecimiento. Ante ese, que es el panorama que la dictadura mediática impone, yergue enhiesta la concepción del Sistema Integral de Justicia Reparación y No Repetición (SIJRNR) pactado en los Acuerdos de la Habana y del teatro Colón en el año 2016.

Llega el momento de dilucidar ante la opinión pública nacional e internacional, que los innumerables sofismas de desvirtuar los principios de la justicia transicional universal con que la mediática alienadora ha presentado como logros para el estado de derecho en Colombia , el que la rama legislativa y posteriormente la judicial del poder público, hayan desempeñado una labor de injerencia y verdaderos instrumentos para hacer trizas los Acuerdos erigiéndose en suplantadores de la voluntad de las partes contratantes, debidamente representadas en el escenario internacional como plenipotenciarios del Estado colombiano y los rebeldes insurgentes.

Como resultado del triunfo del NO se impusieron más de 85 reformas al Acuerdo inicial de La Habana, en particular al logro de una verdadera reforma rural integral, al espejismo de la definición de una economía sustitutiva de cultivos ilícitos, el culto a las víctimas para revictimizarlas y dejar en el limbo sus reparaciones y al difuso entretejido de no imponer una implementación, acorde con la alteración de orden público que la reforma de raíz de un sistema electoral corrupto demandaba. Garantizaban así los del mandato del NO la no implementación de los tales Acuerdos.

Respecto al universo de la justicia transicional, expresado en la JEP, no lograron vulnerar su esencia de inspiración universal acorde con la fuente consuetudinaria y la normativa del derecho Internacional y El Derecho Internacional Humanitario y de los Derechos Humanos. Lograron modificar el que los Magistrados(as) del Tribunal Especial de Paz no fueren extranjeros; pero a contrarréplica se acordó la inclusión de togados amicus curiae (amigos de la corte). Estos tienen una función de auxiliares del sistema de justicia creado y contribuyen con su voz y voto a dirimir conflictos en que en las salas de juicio o definición de situaciones en que no haya mayoría. Son verdaderos conjueces y en esta clase de definiciones de tales delitos de jurisdicción a los magistrados integrantes no se puede quedar en solo “salvar el voto”. Resulta que la enredadera jurídica para desnaturalizar e impedir la implantación de este instrumento de justicia especial, dispuso el “soberano” legislativo que esos amicus curiae serán unos invitados de piedra y no tendrían voz ni voto sino aporte de opiniones escritas. Esto traído a colación, como el que los terceros incursos en delitos de lesa humanidad opten voluntariamente a acogerse a esta jurisdicción especial, irrita al foro jurídico mundial y plasma la inquietud por la impunidad, sin ahondar en la asimetría aplicada para excluir de la comparecencia a la JEP y al deber de concurrir a la Comisión de la Verdad, a los altos mandatos de las fuerzas armadas y a la casta del generalato colombiano, activo en la implementación de la guerra contrainsurgente, cual arrodillados al mandato del Departamento de Estado USA, en el control y manejo de la guerra contrainsurgente en Colombia.

ILUSTRACIÓN SOBRE LA NATURALEZA DE LA JEP

De manera que el thema de contenido jurídico y político a abordar en su majestuosa independencia y soberanía judicial el Tribunal de Paz del SIVJRNR, podríamos resumirlo en:

-Definir sus verdaderas competencias internas, incluido su ordenamiento interno de funcionamiento, para lo cual no requiere de ley auxiliar procedimental del Congreso colombiano.

-Definir las normativas de procedimiento, que son de orden público y estricto cumplimiento y por no ser de contenido sustantivo, han de ajustarse al capítulo de las garantías y derechos constitucionales del ordenamiento vernáculo. Ello es posible hacerlo internamente, sin acudir a acto legislativo.

-Garantizar el dictado de las sentencias acorde con los principios de autonomía y de inescindibilidad del sistema universal de justicia transicional. Esta que es la función altruista y máxima responsabilidad de los togados de la JEP, tiene que asimilarlo pedagógicamente la ciudadanía que para su ejercicio – esos Magistrados (as)han de estar libres de agobio alguno. El criterio de no exigibilidad; la autonomía no vinculante de normativas existentes y nuevas creadas; lo no vinculante de la jurisprudencia de las altas cortes colombianas. Comprender, como cualquier colombiano raso, que mientras exista el artículo 93 de la constitución política, se explica la existencia invulnerable de la JEP y su fuente de respaldo constitucional lo fue el artículo 22 ibidem.

ERRADICAR LA IMPOSICIÓN MEDIÁTICA DE LO FEMENTIDO

No tiene fe ni palabra el que la JEP ha de estar sometida a la Corte Constitucional y a la Corte Suprema de Justicia. Mucho menos a los dictados del Congreso. Es falso y engañoso que a la competencia de la justicia transicional los incursos en delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra puedan decidir si optan o no someterse a esa jurisdicción especial. Sobre ellos caerá la implacable egida de esta justicia. En grado de discusión está el que los expresidentes de la república no queden vinculados a esta situación de aforo especial, por así haberlo pactado, expresamente, las Altas partes contratantes y plenipotenciarias de los Acuerdos logrados para el fin del conflicto ya conocido e identificado; pero ello no obsta para que sobre los mismos este latente – cual espada de Damocles- el veredicto de la Justicia Internacional.

LO ESQUIVADO POR EL MAGISTRADO DIMITENTE

Pues sin lugar a duda fue al desarrollo de estas definiciones en las que no deseo quedar inmerso el pusilánime Yesid Reyes Triana. Demuestra que era un alfil del grupo de poder oligárquico dominante en el seno de la JEP. Que como resultado del efecto electoral presidencial se impone la hegemonía de derecha en el país y en compromiso con sus intereses personales y de clase dominante otea que un escenario de opinión judicial magisterial no le conviene. Opta por el ejercicio de “contribuir” en la docencia, a sabiendas que su mensaje al Foro y a la Academia será engañoso y falso a ritmo con la hegemonía imperante de derecha.

A su vez, la onda sonora de repercusión de esa tal renuncia , pone en entredicho la improcedencia del Comité de Escogencia de optar por cuadros del sistema de justicia corrupto cuestionado en todo el mundo; aplicar en contravía la exigencia de la carrera judicial y el acumulado de pergaminos de especialización de sus designados; optar por la NO escogencia del juez sabio por su experiencia en el terreno de los padecimientos regionales y la edad; descartando a los innumerables juristas de localidades y provincias, a los abogados (as) “de pueblo”, a los activistas sociales del derecho, a los desplazados del sistema de justicia imperante en Colombia, abogadas y abogados con suficientes calidades humanas y de formación que fueron explicablemente descalificados.

Es en el acumulado de la reserva popular donde se encuentra su reemplazo.

 

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La victoria pirrica de la oligarquía

Por Carlos Meneses Reyes

 

En Colombia ganó la presidencia de la República un representante del bloque de poder oligárquico. Triunfó el continuismo de un modelo económico neoliberal a tono con la estructura de inversión de un Narco Para Estado. Se impuso la continuidad y lo aplauden los corruptos, detentadores de la Administración Pública. Impera un modelo extractivista de las riquezas naturales, y las fauces de la ferocidad inversionista de las depredadoras multinacionales que se mueven – como “Pedro por su casa”-en los territorios de las desmovilizadas farc, aplauden la acción de la traición del establecimiento a las insurgencias que, de buena fe y acorde con la observancia internacional, confiaron en un sistema político matrero e indecente. Ganaron los de siempre contra los que pierden siempre. Perdieron los que mueren sin asistencia en las puertas de lo que fueron los hospitales públicos, hoy privatizados, de inconmensurable valor, entregados a las mafias blancas del capital privado, los jóvenes y los padres de quienes soportan préstamos y no podrán entrar a la universidad pública y popular, puesto que los recursos oficiales son entregados para el buen funcionamiento “científico” de las universidades privadas. Perdieron los jóvenes rurales que engrosaran las fuentes de empleo de las fuerzas armadas, cuales maquinaria voraz de guerra en Latinoamérica, ante la permanencia de un servicio militar obligatorio y extorsivo y la potencialidad de niveles de elevación del conflicto armado interno. De jolgorio quienes ayudan a la permanencia de los fatídicos Tratados de Libre Comercio desiguales con Colombia, la permanencia de las bases y los efectivos militares estadounidenses, quienes abogaron por la suspensión de Colombia de la UNASUR, para conspirar abiertamente contra el gobierno venezolano. Quienes precipitaron a Colombia a la OCDE y en brazos de la OTAN, acorde con la teoría del enemigo interno, el gigantismo del ejército nacional y la expansión territorial del imperio para dominar la Amazonía. En el país festejan los de siempre, quienes no ajenos a despropósitos de creerse con un “mandato claro” en beneficios de sus intereses revivirán el conflicto armado interno, político, militar, económico, ecológico. Los del capital financiero parasitario y explotador que usufructúan el fruto del trabajo honrado, privando la posibilidad de ahorro y bienestar. Acaparan los fondos públicos de pensiones impidiendo un disfrute de cesantía digna. Los latifundistas, terratenientes y casa tenientes, que engordan el patrimonio improductivo y desconocen la función social de la propiedad, que implica obligaciones, conforme al espíritu constitucional vigente de 1991. Brindan los fundamentalistas religiosos de la tradición en una sociedad excluyente a las determinaciones de la libre personalidad, la escogencia de sexo y respeto por la comunidad LGTB. Están de jolgorios los sub judice de cuello blanco y crímenes de lesa humanidad, que esperan la reunificación de las altas cortes para continuar disfrutando de impunidad; puesto que los ex insurgentes están sometidos, el generalato colombiano y los terceros coparticipes en el conflicto armado interno, sindicados de crímenes de lesa humanidad, esperan la definición autónoma, e inescindible de una JEP que les atormenta. Festejan los que derrotaron a las negritudes, a los mestizos, a los pobres, a los indígenas, a los obreros, a los campesinos, a los líderes sociales, populares, sindicales, comunales, ambientalistas. Quienes desconocieron el llamado de solidaridad internacional de personalidades, filósofos, economistas, científicos, cientistas sociales, de una intelectualidad cosmogónica que subsumen el padecimiento de un pueblo para conjurar el caos y la incertidumbre en un mundo de inequidades, en búsqueda civilizada a extirpar, tantos padecimientos del pueblo colombiano.

¿QUÉ VENDRA?

De todas formas, el panorama político de Colombia ha cambiado. La social democracia liberal desvaneció y se integró a la derecha. El Liberalismo dejó de existir en Colombia. El MOIR con Robledo y el tal Fajardo se pusieron al lado de los que vencieron al pueblo. Si el Polo Democrático Alternativo no se autocritica y purga internamente, desaparece. Los Verdes no se ubicaron hacia la izquierda. Los Progresistas se corrieron hacia el centro. La tendencia de los candidatos del bloque de poder oligárquico: Duque, Vargas Lleras, De La Calle, Fajardo, confluyeron tácticamente. El discurso del centro y derecha tomó auge, con la distinción que el bloque de poder oligárquico no matiza en tendencias y consolida la vigencia de una hegemonía de partido único de derecha. Hasta ahora habrá una verdadera oposición al sistema; pero carente de un partido político de masas, oteando el reto de las próximas elecciones de Alcaldías y consejos en que las oligarquías locales y militaristas- no así triunfantes absolutas en las grandes ciudades- cuentan con inconmensurables recursos de corrupción y del narcotráfico y con la existencia de un sistema electoral que le garantizará el dominio y ejercicio de los poderes locales. De otro lado, los incontables, quienes expresan el pensamiento de la izquierda revolucionaria NO armada y aquellos que permanecerán en la opción de la lucha armada por la consecución del poder por ese medio incivilizado y que les inspira el derecho universal de rebelión de los pueblos, contra las injusticas empotradas de un régimen neoliberal, sumiso al imperio, militarista, expansionista y salvaje. En ese sentido aceptemos la distinción entre la izquierda legal y la izquierda ilegal dentro de los elementos de distinción analítica de la compleja situación colombiana plasmada, un día después de una decisión electoral en que en cualquier país del mundo los corruptos (genocidas) son destituidos y en Colombia en cambio son entronizados.

Se demostró la eficacia del andamiaje electorero corrupto, anacrónico y condicionante del sistema electoral para perpetuarse en el poder. En forma insolente e insultante para la opinión nacional e internacional comenzó la emisión de boletines electorales cuando, aún en vivo, las cadenas televisivas registraban entrevistas a los jurados in situ, preguntando sobre la labor del conteo, manifestando que duraría en esa labor, cada mesa unos 20 minutos o más. Resulta ofensiva la arrogante presentación por parte de la Registraduría de conteo de millones de votos en menos de un cuarto de hora. Es despectivo que ab initio, en la mediática dictatorial, al lado de los guarismos anunciados, la fotografía del candidato Petro aparezca con una fisonomía o rostro de derrotado o afligido y la del Duque retocada, maquillada y su nariz (“el hocico del oso” de la derecha como lo indicó el hiriente expresidente Ernesto Samper) reluciente, aguileña y respingada. Resultó una prueba de fuego para el movimiento popular y revolucionario aceptar esa segunda vuelta electoral pese a todos los entuertos y falencias observadas durante la primera vuelta. Ante la no implementación de la Reforma Electoral, Rebelion.org publicó, en el mes de julio de 2017, mi artículo sobe la Imperiosa Necesidad de Aplazar las elecciones de 2018, demandándose, para entonces, la aplicación de conmoción interna por parte presidencial, ante la inminencia del saboteo a los Acuerdos de La Habana. Pero todo resultó ser hábil maniobra del jugador de póker Santos. (Una de las mil observaciones que se le hacen a la incapacidad política del Secretariado de las antiguas farc-ep, para sortear, a futuro, el manejo del brioso corcel de la implementación). La sola firma no valía.

Loable el discurso de reconocimiento institucional del candidato Petro. Ya no es el caudillo presidenciable, ahora se erige en el Dirigente de su pueblo. Sobre el elegido Duque, quien tendrá que alejarse de sus conmilones de camarilla corrupta tradicional, para alcanzar un mínimo respeto de los gobernados. Electo o escogido por siniestro personaje, resultó elegido en toda la acepción irregular del verbo. 8 millones de votos de imperiosa potencialidad de actividad política en las calles serán su prueba de fuego en los llamados primeros cien días de su gobierno. Anunció la Seguridad para los colombianos, pero en el imaginario popular significa la seguridad a los latifundistas terratenientes y explotadores de todos los pelambres, para continuar disfrutando de los privilegios de casta en el segundo país más inequitativo del planeta. El panorama de las disidencias armadas, que en modo alguno nos vengan con el cuento, son carteles de la droga, repuntan la gravedad y ahondamiento del conflicto armado que persiste en el país.

¡Entonces concluimos que fue lo que se ganó la oligarquía colombiana y que tanto lo que perdió el movimiento popular!

 

Enviado por el autor.

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Primera infancia: desarrollo emocional y mental en los primeros tres años

Gloria Gavioli

 

Es de gran importancia la presencia familiar, más que todo materna, para el desarrollo emocional y cerebral de las niñas y niños entre 0 y tres años.

Esta certeza que hace años tenía, me la confirmó una doctora especialista en audiología. Ella me explicó que, si los padres se percatan de la sordera de su hijo y le ponen un audífono en los primeros tres años, el pequeño aprende a hablar perfectamente.

Si el audífono lo ponen entre 3 y 6 años, aprende a hablar más o menos bien, pero, si lo ponen después de los 6 años, los centros de la palabra ya están CERRADOS.

Esta es la más clara demostración de que los primeros tres años determinan el futuro de nuestras capacidades y características emocionales e intelectuales.

Tenemos el deber de insistir para hacer conciencia en los padres y las madres de la importancia de su presencia y de su cariño, para despertar y estimular la mente, la curiosidad y la compasión de sus hijas e hijos para desarrollar personas con más oportunidades.

Es de gran importancia si se inicia una campaña de divulgación de la necesidad de que al menos el papá o la mamá se mantengan con su niño o su niña en los primero tres años, porque, en mi opinión, tanta delincuencia e infelicidad juvenil, deriva de la falta de amor que han sufrido y que no les ha permitido aprender la autoestima y la empatía con las otras personas.

Estoy convencida de que muchas familias no se han percatado del daño que hacen al tratar, -lo más precioso que tienen-, como un paquete que se pone por aquí y por allá sin evaluar el daño y el dolor que provocan.

 

Imagen ilustrativa tomada de www.oticon.es

Enviado por la autora.

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Presidente Alvarado: Por favor, no juegue con fuego

Luis Paulino Vargas Solís (*)

 

Si algo ha caracterizado a la Costa Rica del nuevo siglo, ha sido el hecho de que, cada vez más, el crecimiento económico depende de la deuda. Y, en particular, de la deuda privada, algo que tanto la prensa como las/los economistas de la ortodoxia dominante, acostumbran abordar con cierta indisimulada histeria y su dosis de amarillista superficialidad. Se trivializa el problema y, de paso, se evita sacar conclusiones que, por relevantes, podrían ser incómodas.

Hace 20 años, el ratio o relación entre el crédito y la producción nacional (“crédito al sector privado / Producto Interno Bruto (PIB)”) era tan solo del 17%. Al finalizar 2017 esa relación alcanza el 61%, y solo la parte de crédito a las familias (consumo + vivienda) llega al 37%. O sea, más del 60% del total del crédito es deuda de las familias.

Y, sin duda, el auge que la economía costarricense experimentó en los años 2006-2007 (con tasas de crecimiento del PIB en el orden del 7-8%), se alimentó fundamentalmente del crédito al sector privado y, en especial, a las familias. En total, ese crédito se multiplicó por 3,06 veces entre diciembre de 2004 y diciembre de 2008. El crédito para consumo aumentó en 2,87 veces y para vivienda en 3,09 veces, muy por encima del crecimiento total del PIB.

Con el impacto negativo de la crisis económica mundial y el abrupto deterioro del empleo, el crédito se frenó en 2009. Pero en el período posterior a ese año y hasta la actualidad, el dinamismo muy mediocre que la economía costarricense manifiesta, vuelve a sustentarse sobre esas mismas bases. Así, entre diciembre de 2009 y diciembre de 2017, las colocaciones crediticias al sector privado pasaron de representar un 48% del PIB, hasta llegar al 61%, mientras la parte correspondiente a las familias saltó del 27% al 37%. Con un agravante: también la deuda pública ha crecido sostenidamente durante esos mismos años.

Y, sin embargo, es posible que nuestros niveles de deuda, medidos relativamente a la producción nacional (el PIB), todavía sean pequeños comparados, por ejemplo, con los de Estados Unidos. El problema, sin embargo, es que veníamos de niveles de deuda mucho más bajo, y en poco tiempo esta se ha multiplicado espectacularmente. Nos vamos haciendo adictos a la deuda. Siendo por otra parte claro, porque así lo manifiestan los datos, que ese gris crecimiento de la economía –incluso en los momentos algo mejores que se vivieron hacia 2015– responde principalmente al impulso que le da el consumo de las familias -impulsado por el crédito– y, en menor grado, el consumo público, ya que, por su parte, la inversión empresarial, para la formación de nuevas capacidades productivas, se mueven en una tendencia muy opaca y declinante, y el sector externo sigue pesando negativamente.

Esto introduce elementos de inestabilidad, potencialmente peligrosos. Lo cual es mucho más claro si tenemos en cuenta el peso del crédito en moneda extranjera (principalmente dólares). En la banca privada éste último representa, al día de hoy, el 73% del total del crédito colocado (29% para los bancos públicos). Ello permite entender el empeño del Banco Central por mantener estable el tipo de cambio, ya que, en caso contrario, no solo muchas familias y empresas podrían verse en problemas, sino que incluso podríamos ver caer más de un banco privado.

Y, por favor, no olvidemos la gravedad, imposible de exagerar, del problema del empleo, claramente asociado a un modelo económico donde las actividades más dinámicas –finanzas y zonas francas, incluyendo servicios empresariales– aportan muy poco empleos (y también muy pocos impuestos, en particular las zonas francas), mientras que las que sí crean mayor cantidad de empleos (y pagan más impuestos), como es el caso de la industria manufacturera, la actividad agropecuaria y la construcción, atraviesan un largo proceso de declive.

En su conjunto son condiciones que propician el agravamiento de las desigualdades y del malestar social, en virtud de que una parte sustantiva de la población trabajadora vive la frustrante realidad de la carencia de empleos dignos. Esto último, mezclado con las características del modelo de crecimiento de la economía, los altos niveles de fraude fiscal y las graves deficiencias de nuestro sistema tributario, son, a fin de cuentas, las razones fundamentales detrás del problema del déficit fiscal. Cierto que los gastos –en particular remuneraciones y transferencias– tendieron a crecer con relativa celeridad, y que ello detonó el problema del déficit en los años inmediatos posteriores a 2008. Pero nada de eso hubiera tenido, ni de lejos, el impacto que a la larga ha tenido, si la economía no hubiese quedado atrapada en ese estado de anemia crónica y con tan agudos problemas del empleo.

El sentido común dominante –incluso entre el muy hegemónico contingente de los/las economistas de la ortodoxia– ignora sistemáticamente estos factores estructurales más profundos. Todo se reduce a una operación propagandística enfocada en la criminalización de los empleados y las empleadas del sector público, y en el ataque contra diversas instituciones públicas. Lo cual no niega que hay excesos, ineficiencias y burocratismos que deben corregirse. Pero es algo que debe hacerse en bien de la calidad y eficacia del servicio que la ciudadanía merece recibir, sin pretender ilusamente que ello pueda corregir el actual problema fiscal.

Por otra parte, y en correspondencia con lo anterior, se ha popularizado una historia mítica, que atribuye la pérdida de dinamismo que la economía viene experimentando en el último año y resto, al problema fiscal. Es la misma leyenda urbana que asegura que las tasas de interés han subido a causa del déficit del gobierno, y que corregir este déficit reanimará el crecimiento económico y la creación de empleos.

Las relaciones de causalidad que subyacen a estas presunciones, siempre son omitidas: lo afirman, pero se guardan muy mucho de explicar cómo operan las relaciones que dan lugar a los resultados observados. Pero no es difícil adivinar la teoría detrás de tales fantasías, la cual básicamente imagina un mundo de “agentes económicos” racionales, en capacidad de modular su comportamiento y sus decisiones, teniendo en cuenta, con precisión matemática, las implicaciones atribuibles al déficit fiscal. Un absurdo de dimensiones galácticas, insostenibles como lo es el edificio total de la economía ortodoxa, del cual también se deduce la idea errónea de que ha sido el déficit gubernamental el que ha hecho subir las tasas de interés. En realidad, es fácil constatar que éstas aumentaron en el momento justo en que el Banco Central así lo quiso, y puso en marcha los diversos instrumentos de política a su disposición, para hacerlas subir.

Todas estas supercherías son las que subyacen a las propuestas frente al déficit fiscal que el gobierno de Carlos Alvarado viene presentándonos, tanto las medidas de restricción del gasto, como las diversas propuestas de reforma tributaria en la Asamblea Legislativa.

El error de fondo surge de un sentido común tan popular como erróneo: el de que la mejor forma de resolver un problema de acumulación de deuda, es “socándose la faja”. Y si bien ello podría ser correcto en el caso de una persona o una familia sobre-endeudada (pero incluso en ese caso no siempre lo es), deja de serlo cuando hablamos de una economía en su conjunto. Porque apretarse el cinturón, y optar por la vía de la austeridad, provocará lo que normalmente provoca, tal cual la teoría crítica-heterodoxa lo anticipa y la evidencia lo ratifica: el derrumbe de la economía y, con esto, la pérdida de capacidad económica para afrontar la deuda, y, entonces, el agrandamiento relativo de ésta. Justo por ello la deuda de Grecia se volvió impagable. Y, en efecto, jamás será pagada, pero, entretanto, el pueblo griego fue desangrado brutalmente, bajo el prejuicio estúpido de que la cuestión se resolvería si se “apretaban la faja”.

Presidente Alvarado por favor no juegue con fuego2

El gobierno de Carlos Alvarado no parece querer entender esto. Y ello es grave. Porque si la economía viene débil y con severísimos problemas del empleo, la vía por la que se está optando agudizará esa debilidad y deteriorará aún más el empleo. Y si eso ocurre, el peso de las deudas privadas se multiplicará, como también su efecto deflacionario, con lo que el retroceso de la economía podría agravarse. Con lo que podría darse el auto-cumplimiento de las profecías tantas veces pronunciadas: el déficit fiscal desembocaría en una grave crisis, pero no por causa del déficit mismo, sino en virtud de haberse optado por una estrategia errónea.

No imagino que el presidente Alvarado ni ninguno de los encumbrados personajes que le rodean, lean esto. De seguro no lo harán. Aun así, y con todo respeto, concluyo con este mensaje: “presidente Alvarado, por favor medite, sé que a usted le sobran buenas intenciones, pero ello no basta para impedir que lo que está haciendo pueda causar mucho más daño que bien”.

 

(*) Director Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

 

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Situación en Nicaragua: el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

Nicolás Boeglin (*)

 

Este 21 de junio, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) (véase sitio oficial) dio a conocer su informe sobre la situación de violencia que se vive en Nicaragua, la cual se originó a partir de protestas callejeras el 18 de abril del 2018. Como Estado parte al Pacto de San José de 1969, Nicaragua debe cumplir con algunas obligaciones en materia de derechos humanos en cuanto al uso de la fuerza por parte de sus fuerzas para contener manifestaciones callejeras.

Es precisamente el uso desproporcional de la fuerza por parte de las autoridades contra manifestantes y estudiantes el que explica la gran cantidad de personas fallecidas (212) y heridas (más de mil) desde hace dos meses en Nicaragua, provocando diversas reacciones por parte de la comunidad internacional. Este 22 de junio, los integrantes del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) examinaron la situación en Nicaragua y respaldaron el contenido del informe, pese al «rechazo integral» del informe, externado por el delegado de Nicaragua, aduciendo el sesgo con el que fue elaborado (véase declaraciones disponibles en este enlace de YouTube).

Situacion en Nicaragua el informe de la Comision Interamericana de Derechos Humanos
Foto extraída de nota de prensa titulada «Nicaragua convulsionada por represión de protestas al Gobierno» (La Prensa Gráfica).

El texto del informe (que consta de 91 páginas en total) está también disponible en este otro enlace, por si el acceso al enlace oficial no logra la descarga completa del documento.

Hace exactamente un mes, el pasado 22 de mayo, la misma CIDH había publicado un informe preliminar después de una visita in situ a Nicaragua, que tuvimos la ocasión de reproducir (véase nota nuestra al respecto). Las quince recomendaciones hechas en este informe preliminar siguen sin ser acatadas por las autoridades de Nicaragua, por lo que fueron nuevamente reproducidas en la parte final del informe presentado este 21 de junio por la CIDH (véase punto 285 de la página 88).

El pasado 5 de junio, fue en el marco de la Asamblea General de OEA que se adoptó una resolución (véase texto reproducido en esta nota nuestra).

En las conclusiones y recomendaciones del informe presentado este 21 de junio, se lee que:

278. La respuesta de represión a las protestas ejercida por el Gobierno de Nicaragua, ha tenido como consecuencia una grave crisis de derechos humanos. En particular, la CIDH constata un uso excesivo de la fuerza por parte de la policía, grupos parapoliciales y grupos de terceros armados. Lo anterior se refleja en más de las 212 personas que han perdido la vida hasta el 20 de junio, así como en el número de heridos y personas detenidas realizadas de manera arbitraria, que hasta el 6 junio la CIDH tenía registradas en 1.337 y 507, respectivamente. A pesar del llamado al cese inmediato a la represión estatal por la propia Comisión, ésta no ha sido detenida. Por el contrario, la respuesta represiva ha recrudecido en las últimas semanas, acentuándose la crisis que afecta al país.

279. La Comisión concluye que el Estado de Nicaragua violó los derechos a la vida, integridad personal, salud, libertad personal, reunión, libertad de expresión y acceso a la justicia. Es de especial preocupación para la Comisión los asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, malos tratos, posibles actos de tortura y detenciones arbitrarias cometidos en contra de la población mayoritariamente joven del país. De igual forma, la CIDH manifiesta su preocupación la violación al derecho a la salud y a la atención médica, las represalias de personal público por abstenerse de cumplir órdenes contrarias a los derechos humanos; actos de censura y de violencia contra la prensa, por los actos de hostigamiento contra personas defensoras de derechos humanos, irregularidades en el inicio de las investigaciones respecto de los asesinatos y lesiones ocurridos en este contexto, así como otros hechos graves constatados por la Comisión.

280. De igual forma, la CIDH reprueba todos los actos de violencia, hostigamiento y amenazas cometidos por particulares contra agentes estatales o personas por ser de reconocida afinidad al gobierno. Reprueba además los ataques a instituciones públicas y medios afines al gobierno. El Estado debe investigar y esclarecer las circunstancias en que ocurrieron estos hechos, así como identificar y sancionar a los responsables.» (p. 87)

Con relación al hostigamiento que sufren líderes sociales y defensores de los derechos humanos, se lee (punto 264 en página 82) que:

«264. La CIDH advierte el constante uso de las redes sociales y otros medios de información con el objeto de difundir mensajes estigmatizantes y deslegitimadores en contra de defensoras y defensores de derechos humanos. Desde el inicio de las protestas, defensoras y defensores de derechos humanos, líderes estudiantiles y religiosos han sufrido diversos señalamientos por parte de autoridades estatales y actores no estatales en los que se les hostiga, descalifica y estigmatiza, tanto por denunciar las violaciones a derechos humanos ocurridas en el marco de la represión estatal a las protestas, como por presuntamente alentar a la participación de la población en las manifestaciones. En sus observaciones al proyecto del presente informe, el Estado rechazó la existencia cualquier política de persecución a las personas defensoras de derechos humanos».

Se recomienda la lectura completa del informe, así como la parte de conclusiones y de recomendaciones finales (pp. 87-91) de manera a poder apreciar mejor la labor de fiscalización ejercida por un órgano de derechos humanos como la CIDH y la urgente necesidad de acompañar a las autoridades de Nicaragua y a las organizaciones de la sociedad civil en la efectiva implementación de sus recomendaciones incluidas en la parte final de dicho informe.

En Nicaragua, como en muchas otras partes del mundo, la violencia sólo puede generar mayor violencia y conflictividad: una crisis política debe resolverse sin enlutar cada día a más familias cuyos miembros son ultimados a tiros por fuerzas de seguridad (o fuerzas paramilitares que actúan en la mayor impunidad con la complicidad del Estado).

Este sábado 23 de junio, un niño de 14 meses fue abatido de un tiro en la cabeza (véase nota de prensa), sumándose a once menores de edad fallecidos en Nicaragua en los últimos dos meses en el marco de los enfrentamientos entre manifestantes y fuerzas de seguridad.

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

Enviado por el autor.

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La abrumadora condena de la Asamblea General de Naciones Unidas a las exacciones de Israel en Gaza: breves apuntes

Nicolás Boeglin(*) 

 

El pasado 13 de junio, fue convocada una reunión urgente de la Asamblea General de Naciones Unidas, a solicitud de Argelia y de Turquía, para examinar la dramática situación que se vive en Gaza, con una violencia que enluta a más de un centenar de familias palestinas desde el pasado 14 de mayo (véase carta oficial de ambos Estados del 8 de junio). A los miles de heridos provocados por la respuesta desproporcional e indiscriminada de las fuerzas militares de Israel ante las manifestaciones en Gaza, y que suman ya más más de 13.000 (según datos aportados en esta nota de prensa de EuropaPress), hay que añadir un mortífero saldo de 124 muertes, al 9 de junio del 2018 (véase nota de France24).

El calificativo de «crímenes de guerra» usado por una ONG norteamericana como Human Rights Watch el mismo 13 de junio viene ahora a interpelar a las entidades a cargo de la aplicación del derecho penal internacional y a quiénes siguen justificando el uso de la fuerza por parte de Israel (véase comunicado oficial del 13 de junio del 2018).

Como se recordará, el pasado 1ero de junio, un veto de Estados Unidos impidió al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas adoptar una resolución presentada por Kuwait con relación a la urgente necesidad de proteger a los civiles palestinos y sus vidas. Este proyecto de resolución se discutió ante el recrudecimiento de la violencia, el cual se originó a partir del pasado 14 de mayo, y el uso de la fuerza por parte de las fuerzas israelíes contra civiles palestinos, incluyendo a mujeres y a menores de edad, a médicos y a periodistas.

Breve puesta en contexto

Cabe precisar que Israel y Estados Unidos escogieron el 14 de mayo, día de la proclama de independencia de Israel y víspera de la conmemoración de la Nakba para Palestina, para inaugurar oficialmente la sede diplomática norteamericana en Jerusalén, un hecho condenado por varios integrantes de la comunidad internacional, incluyendo a la Organización de la Conferencia Islámica que preside Turquía (véase declaración oficial del 15/5/2018). La declaración de Francia (véase texto) refleja la desaprobación generalizada a esta decisión norteamericana que la comunidad internacional no debiera de pasar por alto, y que ningún Presidente de Estados Unidos se había atrevido a materializar, por más solicitudes recibidas por parte de Israel.

Remitimos a nuestros estimables lectores a nuestras reflexiones publicadas en MiddleEastMonitor, bajo el título «The US Embassy move to Jerusalem: the need for a response from the international community«. Entre algunas opciones, se sugiere que Estados que aún no han reconocido a Palestina como Estado lo hagan: en el caso de España, se trata de una asignatura pendiente desde noviembre del 2014, mes en el que el pleno del Congreso de España adoptó una resolución mediante la cual “instaba” al Poder Ejecutivo a reconocer a Palestina como Estado, con 319 votos a favor, una abstención y dos votos en contra.

Es de notar además que el 16 de mayo, fueron 10 los integrantes del Consejo de Seguridad que exigieron mediante misiva formal (véase texto) al Secretario General de Naciones Unidas preparar un informe escrito, de conformidad con lo expuesto en la resolución 2334 adoptada por este mismo órgano en diciembre del 2016: este informe, cuyo contenido detalla las exacciones cometidas en Jerusalén Oriental, en Gaza y en Cisjordania por parte de Israel (véase texto del informe), será presentado y discutido este 19 de junio durante la reunión mensual sobre Oriente Medio del Consejo de Seguridad.

Foto de la delegada de Estados Unidos saliendo de la sala de sesiones del Consejo de Seguridad al iniciar su alocución el representante de Palestina el pasado 15 de mayo del 2018, extraída de nota de prensa titulada "EE.UU. se queda solo en la ONU" (La Vanguardia, edición del 16/5/2018).
Foto de la delegada de Estados Unidos saliendo de la sala de sesiones del Consejo de Seguridad al iniciar su alocución el representante de Palestina el pasado 15 de mayo del 2018, extraída de nota de prensa titulada «EE.UU. se queda solo en la ONU» (La Vanguardia, edición del 16/5/2018).

Nótese que el contundente voto obtenido este 13 de junio en el seno de la Asamblea General de Naciones Unidas refleja el profundo y cada vez mayor repudio a las exacciones israelíes y a los intentos de justificarlas por parte de Israel. La reciente suspensión, el pasado 5 de junio, de un partido de fútbol entre las selecciones de Israel y de Argentina previsto en Jerusalén para este 9 de junio, y la anterior cancelación de un concierto de la popular cantante Shakira oriunda de Colombia en Israel (29 de mayo), evidencian este repudio que se manifiesta desde la misma sociedad civil (movimiento «Boicot, Desinversiones y Sanciones contra la colonización y la ocupación ilegal israelí«, más conocido por sus siglas como «Movimiento BDS«).

El voto de la resolución en breve

Materializado el traslado de la embajada norteamericana a Jerusalén el 14 de mayo, las manifestaciones en Palestina no tardaron, así como la violenta respuesta israelí, con un saldo de 59 muertes palestinas acaecidas el mismo 15 de mayo.

La resolución votada este 13 de junio (véase texto final reproducido al final de esta nota y disponible en este enlace) es muy similar a la vetada por Estados Unidos el pasado 1ero de junio en el Consejo de Seguridad. Después de los considerandos colocados en la parte inicial de la resolución, se incluyeron 17 párrafos operativos, cuyos tres primeros se leen de la siguiente manera:

«1. Pide a todas las partes que respeten plenamente el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, en particular en lo que respecta a la protección de la población civil, y reitera la necesidad de adoptar medidas apropiadas para velar por la seguridad y el bienestar de los civiles y asegurar su protección, así como para garantizar que se rindan cuentas por todas las violaciones;

2. Deplora el uso excesivo, desproporcionado e indiscriminado de la fuerza por las fuerzas israelíes contra los civiles palestinos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y especialmente en la Franja de Gaza, en particular el uso de munición real contra manifestantes civiles, incluidos niños, así como personal médico y periodistas, y expresa su grave preocupación por la pérdida de vidas inocentes;

3. Exige que Israel, la Potencia ocupante, se abstenga de llevar a cabo esas acciones y cumpla plenamente las obligaciones y responsabilidades jurídicas que le incumben en virtud del Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la Protección debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, de 12 de agosto de 1949» ;

El detalle del voto

Puesta a votación después de un intento de Estados Unidos de enmendar el texto con una condena expresa a Hamas, que no recogió votos suficientes, la resolución titulada «Protección de la población civil palestina» obtuvo a su favor 120 votos, y tan solo 8 Estados votaron en contra (Australia, Estados Unidos, Israel, Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Islas Salomon y Togo).

Posiblemente en razón de presiones de diversa indole recibidas por parte de Estados Unidos y de Israel, fueron 45 Estados los que optaron por abstenerse, entre los cuales Argentina, Canadá y México.

De manera a completar el panorama, hay que precisar también que 20 Estados optaron por el «No Show« (ausencia física del delegado al momento de registrarse el voto): en el caso del hemisferio americano, se registra a Haití y a Dominica (Commonwealth de).

En América Latina, votaron a favor de esta resolución los siguientes Estados: Brasil, Bolivia, Chile, Costa Rica, Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Nicaragua, Perú, Uruguay y Venezuela. Por alguna razón que sería extremadamente oportuno conocer en algunos casos, se abstuvieron Argentina, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay, así como República Dominicana.

Con relación a la Unión Europea (UE), de sus 28 Estados miembros, votaron a favor de esta resolución 11 Estados, a saber: Bélgica, Eslovenia, Estonia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Luxemburgo, Malta, Portugal, así como Suecia.

A modo de conclusión: el descrédito de Israel y de su incondicional aliado

El mayoritario apoyo recibido pese a los intentos de Israel y de Estados Unidos de frenarlo constituyen un nuevo episodio en el que claramente la diplomacia de Palestina sale victoriosa.

Cabe precisar que el frustrado intento de Estados Unidos de presentar un texto condenando expresamente a Hamas ya se había presentado en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el pasado 1ero de junio, dando lugar a una inédita situación en los anales de Naciones Unidas: de quince votos posibles, el texto norteamericano obtuvo un solo voto a favor (Estados Unidos).

Es posiblemente la primera vez desde 1945 que Estados Unidos exhibe ante los demás integrantes del Consejo de Seguridad una soledad tan pronunciada, la cual evidencia la total pérdida de credibilidad de la diplomacia norteamericana.

Este 19 de junio, después de una fuerte crítica del jefe de la diplomacia del Reino Unido al Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas y a la inclusión de Israel en el punto 7 de su agenda, Estados Unidos probablemente notifique su retiro del máximo órgano de Naciones Unidas en materia de derechos humanos (véase nota de The Telegraph titulada “United States ‘to announce withdrawal from UN human rights council”).

La abrumadora condena de la Asamblea General de Naciones Unidas a las exacciones de Israel en Gaza

Texto de la resolución adoptada este 13 de junio del 2018 por la Asamblea General de Naciones Unidas, titulada «Protección de la población civil palestina»

Medidas ilegales israelíes en la Jerusalén Oriental Ocupada y el resto del Territorio Palestino Ocupado

Argelia, Turquía y Estado de Palestina: proyecto de resolución

Protección de la población civil palestina

La Asamblea General,

Recordando sus resoluciones pertinentes relativas a la cuestión de Palestina,

Recordando también sus resoluciones pertinentes sobre la protección de los civiles, en particular la resolución 71/144, de 13 de diciembre de 2016, sobre la situación de los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra de 1949 relativos a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados, la resolución 72/131, de 11 de diciembre de 2017, relativa a la seguridad del personal de asistencia humanitaria y protección del personal de las Naciones Unidas, y la resolución 72/175, de 19 de diciembre de 2017, relativa a la seguridad de los periodistas y la cuestión de la impunidad,

Recordando además los informes pertinentes del Secretario General, incluido el más reciente, de 14 de mayo de 2018, sobre la protección de los civiles en los conflictos armados,

Recordando todas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, entre otras, las resoluciones 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967, 338 (1973), de 22 de octubre de 1973, 605 (1987), de 22 de diciembre de 1987, 904 (1994), de 18 de marzo de 1994, 1397 (2002), de 12 de marzo de 2002, 1515 (2003) de 19 de noviembre de 2003, 1544 (2004), de 19 de mayo de 2004, 1850 (2008), de 16 de diciembre de 2008, 1860 (2009), de 8 de enero de 2009, y 2334 (2016), de 23 de diciembre de 2016,

Recordando también la declaración de la Presidencia del Consejo de Seguridad de 28 de julio de 2014,

Teniendo presente la carta de fecha 21 de octubre de 2015 dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario General

Recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad sobre la protección de los civiles en los conflictos armados, en particular las relativas a los niños y los conflictos armados, entre otras, sus resoluciones 1894 (2009), de 11 de noviembre de 2009, y 2225 (2015), de 18 de junio de 2015, así como las declaraciones pertinentes de su Presidencia, y las resoluciones sobre la protección del personal médico y de asistencia humanitaria y de los periodistas, los profesionales de los medios de comunicación y el personal asociado en los conflictos armados, entre otras, las resoluciones 2222 (2015), de 27 de mayo de 2015, y 2286 (2016), de 3 de mayo de 2016, así como las demás resoluciones y declaraciones de la Presidencia pertinentes,

Reafirmando la obligación de respetar y velar por que se respete el derecho internacional humanitario en todas las circunstancias, de conformidad con el artículo 1 de los Convenios de Ginebra, de 12 de agosto de 1949,

Expresando su grave preocupación por la intensificación de la violencia y las tensiones y por el deterioro de la situación en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, en particular desde el 30 de marzo de 2018, así como su profunda alarma por la pérdida de vidas de civiles y el elevado número de bajas de civiles palestinos, en particular en la Franja de Gaza, incluidas muertes de niños, causadas por las fuerzas israelíes,

Condenando todos los actos de violencia contra civiles, incluidos los actos de terror, así como todos los actos de provocación, incitación y destrucción,

Reafirmando el derecho a la reunión y protesta pacíficas y la libertad de expresión y de asociación,

Poniendo de relieve la necesidad de aplicar medidas de rendición de cuentas, y destacando a este respecto la importancia de velar por que se realicen investigaciones independientes y transparentes que sean conformes a las normas internacionales,

Alarmado por el empeoramiento de la grave crisis humanitaria en la Franja de Gaza, y destacando la necesidad de lograr una solución duradera de esta crisis que sea conforme al derecho internacional,

Destacando que los conflictos armados tienen un efecto particular sobre las mujeres y los niños, incluso en cuanto refugiados y desplazados, así como sobre otros civiles que pueden ser vulnerables por motivos específicos, entre ellos las personas con discapacidad y las personas de edad, y destacando la necesidad de que el Consejo de Seguridad y los Estados Miembros fortalezcan más la protección de los civiles,

Recordando que solo se puede alcanzar una solución duradera del conflicto israelo-palestino por medios pacíficos, de conformidad con el derecho internacional y las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, así como mediante negociaciones creíbles y directas,

Destacando que la Franja de Gaza constituye una parte integral del territorio palestino ocupado en 1967,

Reafirmando el derecho de todos los Estados de la región a vivir en paz dentro de fronteras seguras y reconocidas internacionalmente,

1. Pide a todas las partes que respeten plenamente el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, en particular en lo que respecta a la protección de la población civil, y reitera la necesidad de adoptar medidas apropiadas para velar por la seguridad y el bienestar de los civiles y asegurar su protección, así como para garantizar que se rindan cuentas por todas las violaciones;

2. Deplora el uso excesivo, desproporcionado e indiscriminado de la fuerza por las fuerzas israelíes contra los civiles palestinos en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y especialmente en la Franja de Gaza, en particular el uso de munición real contra manifestantes civiles, incluidos niños, así como personal médico y periodistas, y expresa su grave preocupación por la pérdida de vidas inocentes;

3. Exige que Israel, la Potencia ocupante, se abstenga de llevar a cabo esas acciones y cumpla plenamente las obligaciones y responsabilidades jurídicas que le incumben en virtud del Cuarto Convenio de Ginebra relativo a la Protección debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, de 12 de agosto de 1949 ;

4. Deplora todas las acciones que pudieran provocar actos violentos y poner en riesgo la vida de civiles y exhorta a todos los agentes a que velen por que las protestas se desarrollen de manera pacífica;

5. Deplora también el lanzamiento desde la Franja de Gaza de cohetes dirigidos contra zonas civiles israelíes;

6. Pide que se adopten medidas urgentemente para velar por que se establezca inmediatamente un alto el fuego duradero que se respete plenamente;

7. Pide también a todas las partes que actúen con la máxima moderación y calma y destaca la necesidad de que se adopten inmediatamente las medidas significativas necesarias para estabilizar la situación e invertir las tendencias negativas sobre el terreno;

8. Destaca la necesidad de responder a las situaciones de conflicto armado en que los civiles sean objeto de ataques o se obstaculice deliberadamente la asistencia humanitaria a ellos destinada, incluso considerando la posibilidad de adoptar las medidas apropiadas que puedan tomarse de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas;

9. Pide que se examinen medidas para garantizar la seguridad y la protección de la población civil palestina en el Territorio Palestino Ocupado, en particular en la Franja de Gaza;

10. Pide también que se adopten medidas inmediatas para poner fin al cierre y las restricciones impuestos por Israel a la entrada y salida de la Franja de Gaza y a los desplazamientos en esa zona, en particular la apertura continua de los puntos de paso de la Franja de Gaza para que se permita la circulación de la ayuda humanitaria, los bienes comerciales y las personas, de conformidad con el derecho internacional, incluido en lo que respecta a las legítimas necesidades de seguridad;

11. Exige que todas las partes cooperen con el personal médico y de asistencia humanitaria para permitir y facilitar el acceso sin trabas a la población civil, y pide el cese de todas las formas de violencia e intimidación dirigidas contra el personal médico y de asistencia humanitaria;

12. Insta a que se preste asistencia humanitaria inmediatamente y sin obstáculos a la población civil palestina de la Franja de Gaza, teniendo presentes las necesidades fundamentales de atención médica, alimentos, agua y combustible, e insta a que se preste más apoyo al Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente, en reconocimiento de la función esencial que desempeña, junto con otros organismos de las Naciones Unidas y organizaciones humanitarias, en la provisión de asistencia humanitaria y de emergencia, especialmente en la Franja de Gaza;

13. Alienta a que se adopten medidas tangibles en pro de la reconciliación entre los palestinos, en particular en apoyo de los esfuerzos de mediación realizados por Egipto, así como medidas concretas para reunir la Franja de Gaza y la Ribera Occidental bajo el legítimo Gobierno palestino y velar por su funcionamiento efectivo en la Franja de Gaza;

14. Acoge con beneplácito la colaboración del Secretario General y el Coordinador Especial de las Naciones Unidas para el Proceso de Paz del Oriente Medio y Representante Personal del Secretario General ante la Organización de Liberación de Palestina y la Autoridad Palestina para prestar asistencia, en cooperación con los asociados pertinentes, en los esfuerzos para distender la situación inmediatamente y hacer frente a las necesidades urgentes en materia de infraestructuras, asistencia humanitaria y desarrollo económico, en particular mediante la ejecución de proyectos aprobados por el Comité Especial de Enlace para la Coordinación de la Asistencia Internacional a los Palestinos, e insta a que se refuerce esa colaboración;

15. Solicita al Secretario General que examine la situación actual y presente un informe por escrito lo antes posible, como máximo en un plazo de 60 días a partir de la aprobación de esta resolución, que contenga, entre otras cosas, sus propuestas sobre las maneras y los medios de garantizar la seguridad, la protección y el bienestar de la población civil palestina que vive bajo ocupación israelí y, en particular, recomendaciones sobre un mecanismo de protección internacional;

16. Pide que se redoblen los esfuerzos de manera urgente para crear las condiciones necesarias para iniciar negociaciones creíbles sobre todas las cuestión es relativas al estatuto definitivo a fin de poner fin sin demora a la ocupación israelí que comenzó en 1967 y lograr una paz amplia, justa y duradera basada en el ideal de una región en la que dos Estados democráticos —Israel y Palestina— vivan el uno al lado del otro en paz y con fronteras seguras y reconocidas, sobre la base de las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, los principios de referencia de la Conferencia de Madrid, incluido el principio de territorio por paz, la Iniciativa de Paz Árabe y la hoja de ruta del Cuarteto, como se pide en la resolución 2334 (2016) del Consejo de Seguridad y demás resoluciones pertinentes;

17. Decide suspender temporalmente el décimo período extraordinario de sesiones de emergencia y autorizar al Presidente de la Asamblea General en su período de sesiones más reciente a que lo reanude cuando lo soliciten los Estados Miembros.

 

(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).

 

Enviado por el autor.

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Una llamada por Corcovado

Marcos Chinchilla M.

 

Hace poco más de un mes, participé en una actividad que organizó la Escuela de Biología de la Universidad de Costa Rica sobre el tema de la minería en Crucitas.

Entre las personas expositoras, estaba el nuevo y a su vez repitente ministro del Ambiente y Energía, Carlos Manuel Rodríguez. Dado que inicialmente él y una persona más no cabían en la mesa principal, se quedaron en sus asientos entre el público mientras podían integrarse como expositores.

Me pasó por la mente poder abordarlo y darle a conocer una preocupación que desde hacía varios años me venía inquietando sobre el tema del ingreso y estancia en el Parque Nacional Corcovado.

Como la actividad se alargaba y me urgía trasladarme a otro lugar del campus, no me resultaba factible quedarme a la ronda de preguntas, y menos comentarle al ministro mi percepción sobre el tema.

Cuando finalmente el ministro tomó su lugar en la mesa principal, se me ocurrió redactarle en una hoja el motivo de mi preocupación, detallando las implicaciones que una medida tomada años atrás tenía para el desarrollo del parque y particularmente para quienes lo solíamos visitar. La hoja con mala letra, quedó estratégicamente visible entre su paraguas y una libreta que había dejado en la silla; en la misma quedó mi nombre y el número de teléfono.

Esta noche, mientras cenaba con una amiga y colega española que está de pasó por Costa Rica, el señor ministro tuvo la gentileza de llamarme para platicar sobre los contenidos de la nota, y afirmó que en una visita reciente que había hecho a Corcovado, había percibido esa misma situación, y que él compartía las impresiones que yo le hice llegar en su momento. Me indicó que existía la voluntad para analizar la situación y buscar una solución.

En primer lugar, no puedo negar mi asombro que el ministro en persona me llamara a esas horas; en segundo lugar, me agradó que no delegara la situación a un cargo intermedio, sino que él mismo lo atendiera, máxime cuando la carga ministerial debe ser enorme y compleja.

Igual me motiva la disponibilidad que muestra el jerarca ambiental para escuchar y atender las preocupaciones que tiene la ciudadanía en materia de conservación y relacionamiento con la naturaleza. Que se mantenga y profundice esa convicción y práctica por rescatar, escuchar e incluir las preocupaciones de la ciudadanía y el movimiento social.

Por su parte, la colega española no salía de su asombro que el ministro no solo me hubiera llamado pasadas las 9 de la noche, sino que se tomara el asunto tan en serio.

 

Imagen tomada de la nota publicada en SURCOS titulada: Invasión masiva del Parque Nacional Corcovado.

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