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Carta Encíclica Magnifica Humanitas del Santo Padre León XIV sobre la custodia de la persona humana en el tiempo de la inteligencia artificial

SURCOS le presenta los títulos de los capítulos y el texto de la introducción. Puede ir al texto original mediante el siguiente enlace:

https://www.vatican.va/content/leo-xiv/es/encyclicals/documents/20260515-magnifica-humanitas.html

Introducción

Capítulo primero: Un pensamiento dinámico fiel al evangelio

Capítulo segundo: Fundamentos y principios de la Doctrina Social de la Iglesia

Capítulo tercero: Técnica y dominio – La grandeza de la persona humana ante las promesas de la IA

Capítulo cuarto: Custodiar lo humano en la transformación. Verdad, trabajo, libertad

Capítulo quinto: La cultura del poder y la civilización del amor

Conclusión

Introducción

1. La magnífica humanidad que Dios ha creado se encuentra hoy ante una elección decisiva: levantar una nueva torre de Babel o edificar la ciudad donde Dios y la humanidad habiten juntos. Cada generación recibe como herencia la tarea de dar forma a su propio tiempo: hacer madurar la historia como un lugar donde se proteja la dignidad de cada persona, se promueva la justicia y se haga posible la fraternidad. Pero en cada época se cierne el riesgo de construir un mundo inhumano y más injusto. Allí donde la humanidad corre el peligro de perder su rostro, nosotros, los cristianos, alzamos los ojos hacia el Dios que se hizo carne, sabiendo que «el misterio del hombre sólo se esclarece en el misterio del Verbo encarnado». [1] En Jesucristo, esta magnífica humanidad encuentra el camino, la verdad y la vida, abriendo a cada uno de nosotros la vía para crecer hacia la plenitud.

2. Cimentados en Cristo, la piedra viva, experimentamos la acción poderosa y misteriosa del Espíritu Santo, y creemos que todo esfuerzo humano auténtico por cooperar con Él en pro del bien será bendecido por el Padre celestial, en quien ponemos nuestra esperanza. Por este motivo, podemos contribuir con determinación a todas aquellas iniciativas que construyen un mundo más justo, y podemos invitar a otros a colaborar con nosotros en la promoción del desarrollo integral de cada ser humano. Deseamos entrar en diálogo con todos los hombres y mujeres de nuestro tiempo, con quienes participamos juntos en los acontecimientos, las preguntas y las aspiraciones de la humanidad. [2] Queremos identificar, junto con ellos, nuevos caminos para el bien común y la promoción de una vida digna para todos. Esta actitud de diálogo es parte integrante de la vocación de la Iglesia, ya que ella, constituida «en Cristo como un sacramento, […] de la unión íntima con Dios y de la unidad de todo el género humano», [3] reconoce en la historia el lugar donde el Evangelio interpela y acompaña la experiencia humana.

3. Con este espíritu, en 1891 León XIII publicó la Encíclica Rerum novarum, cuyo 135° aniversario celebramos este año con profunda gratitud. Con ese documento, mi querido Predecesor impulsó aquella reflexión sobre la sociedad, la economía y la política que hoy llamamos “Doctrina social de la Iglesia”. Y cuando algunos objetaban que la Iglesia no debía desperdiciar energías en cuestiones mundanas, sino preocuparse por comunicar un mensaje de vida eterna, él respondía con realismo y sabiduría que el anuncio del Evangelio no puede olvidar la vida concreta de los pueblos. [4] Han pasado muchas décadas desde entonces, y el Magisterio, los pastores, los teólogos y los fieles han seguido reflexionando sobre las cuestiones sociales a la luz del Evangelio. Hoy, la Doctrina social de la Iglesia es un patrimonio de sabiduría, en el que encontramos principios para pensar, criterios para discernir y juzgar, y orientaciones concretas para actuar. Se fundamenta en la Sagrada Escritura y en la Tradición y, en diálogo con las ciencias, nos ayuda a leer con lucidez los desafíos del presente, identificando caminos adecuados para vivir un testimonio cristiano límpido, con alegría y al servicio del mundo. No es un conjunto estático de conceptos, sino un corpus vivo de verdades, que custodia e interpreta la vocación de la humanidad a una vida plena y justa. A esta tradición viva deseo, por tanto, sumar mi voz, invocando la asistencia del Espíritu de sabiduría, que habita en el mundo desde su creación (cf. Pr 8,22-31).

Las “res novae” de nuestro tiempo

4. Si en su momento León XIII hablaba de “nuevos asuntos” ( rerum novarum), hoy no podemos limitarnos simplemente a repetir sus valiosas enseñanzas, sino que debemos pedirle a Dios la sabiduría para interpretar las grandes tendencias de nuestro tiempo, en particular los avances de la técnica. En los últimos años se ha hecho cada vez más evidente cuán rápida y profundamente la digitalización, la inteligencia artificial (IA) y la robótica están transformando nuestro mundo. La técnica no debe considerarse, en sí misma, como una fuerza antagónica respecto a la persona; por el contrario, está arraigada en nuestra historia desde el principio, en cuanto es «un hecho profundamente humano, vinculado a la autonomía y libertad del hombre». [5] A lo largo de los siglos, el desarrollo tecnológico ha contribuido a una mejora significativa de las condiciones de vida de la humanidad; al mismo tiempo, cada etapa del progreso también ha puesto de manifiesto el lado ambiguo de instrumentos capaces de causar daño cuando no se orientan hacia el bien. Hoy, sin embargo, nos encontramos ante una situación nueva, en la que el poder y la omnipresencia de las tecnologías emergentes se entrelazan con el tejido de la vida cotidiana, moldean los procesos de toma de decisiones e inciden profundamente en el imaginario colectivo: «Nunca la humanidad tuvo tanto poder sobre sí misma». [6]Las nuevas tecnologías abren un horizonte que se extiende en direcciones que, aunque intuibles, aún no podemos prever por completo. Esto hace que sea más complejo evaluar su impacto y sus efectos a largo plazo sobre la dignidad de las personas y el bien común.

5. Ahora nos corresponde asumir con lucidez y responsabilidad los retos de nuestro tiempo. Es necesario adoptar instrumentos normativos adecuados, capaces de salvaguardar la justicia y de contener los efectos distorsionadores del poder tecnológico. Pero la cuestión no se limita a la regulación. Como advertía el Papa Francisco, debemos preguntarnos con realismo quién detenta hoy ese poder y hacia qué fines lo orienta: «No podemos ignorar que la energía nuclear, la biotecnología, la informática, el conocimiento de nuestro propio ADN y otras capacidades que hemos adquirido […] dan a quienes tienen el conocimiento, y sobre todo el poder económico para explotarlo, un dominio impresionante sobre el conjunto de la humanidad y del mundo entero». [7] En el pasado, eran principalmente los estados los que impulsaban y orientaban la innovación. Hoy, en cambio, los principales motores del desarrollo son actores privados, a menudo transnacionales, dotados de recursos y capacidad de acción superiores a los de muchos gobiernos. El poder tecnológico adquiere así un rostro inédito, predominantemente “privado”, y por ello aún más difícil de discernir, gobernar y orientar hacia el bien común.

6. Por esta razón es preciso iniciar un discernimiento compartido capaz de profundizar en las raíces espirituales y culturales de las transformaciones que se están produciendo. Si nos limitamos a las circunstancias contingentes, corremos el riesgo de dejar que la sucesión de emergencias decida por nosotros la dirección del camino. Estamos viviendo una rápida fase de transición, un “cambio de época” en el que —mientras algunos se disputan el futuro de las nuevas tecnologías y otros se dedican a reflexionar sobre ellas— la mayoría de las personas permanece a la espera, observa desde lejos y simplemente aguarda a que todo salga bien. Precisamente por eso se imponen en nuestra conciencia preguntas decisivas, que ya no pueden eludirse: ¿Hacia dónde vamos? ¿Hacia qué meta deseamos orientarnos? ¿Qué dirección elegir como comunidad humana y como pueblos?

Dos imágenes bíblicas

7. Para responder a estas preguntas y discernir cómo vivir con responsabilidad en la era de la IA, me gustaría evocar dos imágenes bíblicas: la construcción de la torre de Babel (cf. Gn 11,1-9) y la reconstrucción de los muros de Jerusalén (cf. Ne 2-6). En el libro del Génesis, el relato de Babel se sitúa en los orígenes de la humanidad, inmediatamente después de las genealogías de los hijos de Noé. Los seres humanos, habiéndose establecido en la llanura de Senaar, deciden construir una ciudad y una torre «cuya cúspide llegue hasta el cielo» (Gn 11,4). Quieren así asegurarse estabilidad y poder, y sobre todo “perpetuarse un nombre”, temiendo ser dispersados por la tierra. La empresa parece imponente: una sola lengua, una sola tecnología, una sola dirección. Sin embargo, el proyecto esconde un profundo engaño: es una obra concebida sin referencia a Dios, sustentada por una uniformidad que elimina la diversidad y que, en lugar de la comunión, elige la homogeneización. Cuando la ciudad se edifica sobre el orgullo y la pretensión de bastarse a sí misma, la comunicación se rompe, las lenguas se confunden y los seres humanos ya no se comprenden. El resultado no es la unidad, sino la dispersión. Babel revela así el límite de toda construcción que, por grandiosa que sea, surge de la absolutización de lo humano y de su pretensión de autosuficiencia, sacrifica la dignidad de las personas en aras de la eficiencia y aspira a alcanzar el cielo sin la bendición de Dios.

8. El libro de Nehemías, a su vez, comienza en un momento de gran vulnerabilidad en la historia del antiguo Israel. Tras el exilio babilónico, una parte del pueblo ha regresado a Jerusalén, pero la ciudad sigue en ruinas, las murallas se han derrumbado y las puertas han sido quemadas (cf. Ne 1-2). Nehemías, un judío al servicio del rey persa Artajerjes, recibe la noticia del desastroso estado de la ciudad de sus padres. Antes de actuar, ayuna, reza e intercede por el pueblo; luego pide permiso al rey para regresar a Jerusalén y, una vez allí, examina en silencio los lugares destruidos. No impone soluciones desde lo alto. Convoca a las familias, confía a cada una un tramo de muralla para reconstruir, escucha los temores, coordina los esfuerzos y hace frente a las oposiciones. El relato muestra cómo la ciudad renace no gracias a la iniciativa de una sola persona, sino a través de la responsabilidad compartida de todo el pueblo: sacerdotes, artesanos, jefes de familia, mujeres y jóvenes. Es una obra que tiene a Dios en el centro y reconstruye los vínculos incluso antes que las piedras. La antigua Jerusalén recupera así un lenguaje común, no el de la uniformidad, sino el de la comunión: la armonía que nace cuando cada uno asume su parte y todo el pueblo reconoce que su fuerza viene del Señor.

9. A la luz de estas dos imágenes, el Espíritu Santo hoy nos interpela acerca de nuestra relación con la tecnología y con la revolución digital en curso. Los descubrimientos científicos son un talento entregado a la humanidad para que lo haga fructificar (cf. Mt 25,14-30). La tecnología puede curar, conectar, educar, cuidar la Casa común; pero también puede dividir, descartar, generar nuevas injusticias. En abstracto, esta, en sí misma, no es una solución a los problemas de la humanidad, como tampoco es un mal en sí; pero, concretamente, no es neutral, porque toma el rostro de quien la concibe, la financia, la regula, la utiliza. Por eso, la primera elección no es entre un “sí” o un “no” a la tecnología, sino entre construir Babel o reconstruir Jerusalén: entre un poder que pretende dominar el cielo y un pueblo que, en presencia de Dios, se pone a trabajar unido para levantar de nuevo las murallas de la convivencia fraterna.

10. Evitemos, por tanto, el “síndrome de Babel”: la idolatría del lucro que sacrifica a los débiles, la uniformidad que aplana las diferencias, la pretensión de un lenguaje único —incluso digital— capaz de traducirlo todo, incluso el misterio de la persona, en datos y rendimientos. Este es el riesgo de la deshumanización —construir el futuro excluyendo a Dios y reduciendo al otro a un medio—, una tentación antigua y siempre nueva, que hoy también toma un rostro técnico. Elijamos, en cambio, el “camino de Nehemías”, que pone de relieve el valor del trabajo compartido para hacer que la ciudad de Dios sea un lugar seguro para los exiliados que regresaron. Hoy, reconstruir significa reconocer que, en la pluralidad de voces y visiones que a veces recuerda la dispersión de las lenguas, existe, sin embargo, una posibilidad luminosa: la de edificar juntos, transformando la diversidad en un recurso y haciendo de la escucha y del diálogo el terreno común en el cual hacer crecer la justicia y la fraternidad. Y, en esta obra compartida, los cristianos encuentran su propia forma de construir: orientar la acción hacia Dios, para que, bajo su luz, el pluralismo no se disperse en el desorden, sino que, en la práctica de la sinodalidad, se convierta en el espacio en el que la humanidad recupere sus cimientos sólidos y su fin último. En el Apocalipsis, Juan ve la nueva Jerusalén «que descendía del cielo y venía de Dios» (Ap 21,2) como un regalo para toda la humanidad. Y esta visión de gracia es para nosotros, los cristianos, una llamada a trabajar juntos, cultivando una vida común pacífica, justa y digna en las “ciudades” de hoy.

Edificar en el bien

11. Edificar una ciudad centrada en el bien común exige, ante todo, edificar sobre la roca de la relación con Dios. Significa reconocer que la verdad de su amor nos llama a una vida «en abundancia» ( Jn 10,10) y a la comunión con Él. Junto con san Agustín, también nosotros podemos decir: «Porque nos has hecho para ti y nuestro corazón está inquieto hasta que descanse en ti». [8] En efecto, Dios ha inscrito en nuestro corazón un deseo de felicidad que abraza todas las dimensiones de la vida; y la Iglesia, en el diálogo con los hombres y las mujeres de nuestro tiempo, siente la urgencia de custodiar y orientar esa aspiración hacia su verdad más profunda.

12. En segundo lugar, edificar en el bien significa aceptar los límites y la fragilidad de la humanidad sin considerarlos un error que haya que corregir. Hoy en día, el deseo de plenitud del ser humano corre el riesgo de desviarse hacia metas engañosas: la ilusión de una tecnología que promete liberarnos de toda fragilidad o modelos de bienestar que “dejan atrás” a pueblos enteros. No es raro que pongamos nuestra esperanza en un potencial ilimitado, en formas de progreso que pueden agudizar las desigualdades, en soluciones inmediatas incapaces de sanar las heridas de los pueblos. Así, mientras algunos persiguen la quimera de una autoafirmación ilimitada, muchos carecen de lo necesario. La Iglesia recuerda, con voz humilde pero firme, que la verdadera realización no nace de la eliminación de las fragilidades, sino de un crecimiento armonioso: allí donde la libertad y la responsabilidad se entrelazan con el cuidado recíproco y la verdadera solidaridad, y donde el progreso se mide por la dignidad de cada uno y por el bien de los pueblos.

13. En tercer lugar, edificar un mundo en el que todos puedan “florecer” exige una corresponsabilidad valiente. Ninguna mano, por sí sola, basta para sostener el peso de los desafíos que atraviesa el mundo; y ninguna es tan débil como para no poder ofrecer su contribución: «Mi poder triunfa en la debilidad» (2 Co 12,9). A cada uno corresponde su tramo de muralla: científicos e investigadores, empresarios y trabajadores, educadores y legisladores, sociedad civil, movimientos populares y comunidades de fe. Esta es la lógica de la subsidiariedad, que valora la cooperación entre generaciones, entre pueblos, entre disciplinas y culturas como el camino privilegiado para hacer crecer la estabilidad, la prosperidad y la paz. Las tensiones y las diferencias no deben intimidar; pueden convertirse en energías creativas cuando están orientadas por una responsabilidad compartida.

14. Por último, edificar en el bien requiere un lenguaje evangélico. Evitemos las palabras que humillan o enfrentan. Optemos por la claridad que ilumina y la franqueza que abre caminos. No bendigamos entusiasmos ingenuos ni alimentemos miedos estériles. Más bien, indiquemos criterios de discernimiento —la dignidad de la persona, el destino universal de los bienes, la opción por los pobres, el cuidado de la Casa común, la paz— y traduzcámoslos en prácticas: planificación responsable, evaluaciones del impacto humano y social, inclusión de los más frágiles, alfabetización digital, investigación e industria orientadas a la justicia y la paz.

Permanecer siendo humanos

15. En el reciente Jubileo ordinario del 2025, hemos caminado como peregrinos de la esperanza y hemos sido colmados de gracias. Fortalecidos por estos dones, podemos avanzar con ánimo confiado ante las arduas tareas y los exigentes desafíos que se perfilan en nuestro futuro. En la era de la inteligencia artificial, en la que la dignidad humana corre el riesgo de verse eclipsada por nuevas formas de deshumanización, tenemos el deber urgente de permanecer profundamente humanos, custodiando con amor esa magnífica humanidad que se nos ha dado y revelado en plenitud en Cristo, y que ninguna máquina podrá jamás sustituir en su esplendor. El verdadero progreso nace siempre de un corazón abierto al otro, de una inteligencia dispuesta a escuchar, de una voluntad que busca lo que une más que lo que separa.

16. A todos los fieles católicos, a todos los cristianos, a todos los hombres y mujeres de buena voluntad les dirijo un vehemente llamamiento: no temamos ensuciarnos las manos en la obra de nuestro tiempo. Como Nehemías, oremos, proyectemos con sabiduría, trabajemos con perseverancia, poniendo a Dios en el horizonte de nuestro actuar y al ser humano en el centro de nuestras decisiones. Entonces las piedras desechadas —los pobres, los enfermos, los migrantes, los pequeños— se convertirán en piedras angulares, y sobre la tierra surgirá un hogar común sólido y hospitalario, donde el amor y la verdad finalmente se encontrarán, y la justicia y la paz se besarán (cf. Sal 85,11). Esta es la bendición que imploramos a Dios y la tarea que tenemos por delante: ser constructores de comunión, no arquitectos de Babel; siervos del Reino que viene, no dueños de torres destinadas a derrumbarse. Y, con ánimo de pastor y de padre, pido a todos que detengan la construcción de la enésima Babel y que unan fuerzas para edificar en el bien, para que la humanidad nunca pierda su propia belleza y el mundo pueda reconocer una vez más, en el corazón del ser humano, el lugar donde Dios desea habitar.

Imagen: https://omp.es/noticias/leon-xiv-nuevo-papa/

La ruta está trazada

Óscar Madrigal

Oscar Madrigal

Esta es una frase lapidaria pero absolutamente cierta. Es una afirmación que no da lugar para dudar. El llamado “chavismo” es un proyecto político que va más allá de Rodrigo Chaves y mucho más, de Laura Fernández. Es un programa bien diseñado para “tomar” el Poder Judicial, ganar elecciones, controlar todas las instituciones, reducir derechos civiles, sociales y políticos y el Estado de Derecho, privatizar, minimizar el Estado de Bienestar y, en general, imponer un régimen autoritario alineado con las políticas del gobierno de Trump.

La gran pregunta que surge es: ¿quién ha trazado esa ruta?

Evidentemente no es Rodrigo Chaves. Él no tiene la capacidad intelectual para ello, como se ha demostrado; las funciones que ha desempeñado en su vida profesional en el Banco Mundial han sido de ejecutor, de obedecer órdenes. Sin embargo, hay que reconocer que ha sido un excelente intérprete, un actor de de primera línea para conectar con la gente y llevar a cabalidad la partitura escrita. La actual presidente, heredera del continuismo, es un accidente imprevisto de esa Ruta.

Hay alguien que maneja los hilos detrás de los personajes principales. Pilar Cisneros y su equipo sí tiene la capacidad y la experiencia como para diseñar una campaña y una estrategia orientadas a ganar elecciones. Sin embargo, la Ruta trazada rebasa sus posibilidades. Pilar está moviendo los hilos detrás de Chaves y Laura, pero dentro de unos parámetros predeterminados.

La política costarricense está diseñada desde el exterior, desde el extranjero, y los titiriteros mueven los hilos que le indican los estrategas de la internacional ultraderechista.

No resulta aventurado decir que la política costarricense está dirigida por un grupo, principalmente estadounidense, que dirige las políticas de Trump, Bukele, Milei y otros orientados a salvaguardas los interese económicos de los EEUU.

Esta Ruta implica una intervención directa de los EEUU en los asuntos internos de los países, como se ha demostrado en las elecciones de Honduras, Ecuador, Argentina y otras. Es una intervención sobre los procesos electorales, sobre los partidos, sobre los empresarios, sobre los medios de comunicación, sobre los pueblos, ya sea amenazando y aplicando sanciones. Impone aranceles si no aceptan las decisiones de USA, retiran visas si ponen obstáculos a sus objetivos, secuestran personas y hasta bombardean países.

El gobierno de EEUU interviene descarada o indirectamente a favor de los gobiernos latinoamericanos de su simpatía, que están directamente involucrados en su estrategia de pasar a un nuevo modelo económico-social basado en el autoritarismo.

El gobierno de Chaves se ha apuntado clara y definitivamente en este camino.

La presencia del gobierno de USA en la política costarricense es cotidiana: logró silenciar a los empresarios con la amenaza de las visas ( solo basta leer la entrevista a la directora ejecutiva de la UCAEPP en La Nación, donde se refleja el sometimiento y miedo a las políticas estadounidenses), el retiro de visas a políticos provenientes y empresarios del riñón de la oligarquía nacional; la participación directa de las fuerzas y oficiales de las agencias, como la DEA, CIA y FBI, de los Estados Unidos en las operaciones nacionales contra los traficantes de drogas, con desprecio por nuestra soberanía o saber de los compromisos, que no se conocen, sobre la explotación de los recursos naturales del país. En fin, la Embajada norteamericana está presente en los más diversos eventos políticos nacionales.

La Ruta está trazada por fuerzas externas, poderosas y capaces. Es una ruta inteligente, bien diseñada y se basa -también y no menos importante- en el convencimiento de la gente de que ese sendero es el mejor, sea, el control ideológico para que la ciudadanía no se rebele, sino que simplemente obedezca.

¿Quién está intelectualmente detrás de este gobierno? No es Chaves desde luego. Podría ser Pilar y su equipo, como ejecutores nacionales, sometidos estrictamente a la Ruta trazada internacionalmente por asesores principalmente estadounidenses. El aporte nacional se limitará a la simple adecuación de las formas (a quién atacar, cómo hacerlo, etc.), el manejo de los tiempos, pero bajo la dirección estricta externa.

Los dirigentes chavistas solo están obedeciendo fielmente los dictados de una política claramente diseñada e impulsada desde una internacional enemiga de los pueblos. Creo que es claro.

Ahora bien, ese proyecto autoritario y enemigo de la soberanía de las naciones, encuentra grandes resistencias. Los pueblos no aceptan sumisamente la imposición de medidas que limiten o eliminen los logros sociales y políticos alcanzados. En EEUU la oposición a las políticas nacionales e internacionales de Donald Trump crece hasta producirse casi que guerras civiles en algunos Estados; en Argentina, Bolivia, Panamá, Perú o Ecuador se han producido o están ocurriendo grandes movilizaciones sociales e incluso rebeliones contra las políticas ultraderechistas de esos presidentes. La derecha autoritaria, está lejos de representar la solución a los problemas de América. Los gobiernos autoritarios no resuelven los problemas, los agudizan.

En Costa Rica si no descarrilamos esa Ruta, se van a producir grandes retrocesos sociales y políticos, como está quedando en evidencia. Esa es una tarea nacional.

Una solución de fondo en la reforma del Poder Judicial: el Consejo Supremo de la Judicatura

Walter Antillón

Llegó la hora, en Costa Rica, de reformar sustancialmente la organización y la administración del sistema judicial; es decir, lo que se refiere a los órganos que lo integran y su posición en el aparato del Estado; a cómo ingresa uno al Cuerpo Judicial, cuál es la condición del funcionario dentro de dicho Cuerpo, cuáles sus funciones y su responsabilidad, etc.

¿Qué sabe Usted, lector, sobre los Consejos Supremos de la Judicatura?

A.- Historia

Para empezar, hay que saber que el modelo dominante en Occidente durante los Siglos XIX y XX (VIGENTE EN COSTA RICA DESDE LA CONSTITUCIÓN DE 1859) era una modalidad del Napoleónico: los magistrados integrantes de la cúspide jerárquica llamada Corte Suprema, son nombrados y destituidos por la Asamblea Legislativa; ellos, a su vez, nombran al resto de los jueces del sistema (Conf.: Robert Badinter: Un desafío prolongado; en Pouvoirs. Les Juges, N.74; Paris, 1995, págs. 8 y sigtes.).

Este modelo era, obviamente, muy defectuoso; y durante más de medio siglo colocó a los magistrados de la Corte Suprema de Costa Rica en un plano de inferioridad con respecto a los otros Poderes. Hubo clamorosos abusos; los constituyentes de 1949 eran conscientes de la situación y trataron de mejorar el modelo: el diputado don Fernando Baudrit, catedrático de Procesal de la UCR, ofreció una fórmula novedosa: 1) la Asamblea escoge al magistrado de una terna enviada por la Corte; 2) el nombramiento es vitalicio. Pero la propuesta chocó con un muro de prejuicios y malentendidos: no hubo acuerdo y al final, casi inadvertidamente, las cosas quedaron como venían.

De ese modo continuamos por otro medio siglo con un modelo que cargaba aquella fragilidad en los niveles altos (aunque discretamente decoroso en la judicatura ordinaria, gracias a la tradición republicana de nuestro pueblo), mientras el Mundo y Costa Rica cambiaban aceleradamente. En los últimos años las cosas empeoraron, por el temor de la clase política a ser investigada y castigada por los fiscales y los jueces de base: se sucedieron los nombramientos politizados y las decisiones sesgadas a los intereses partidarios del momento. Hasta que la bomba estalló con el Cementazo, donde se evidenció el contubernio que había prosperado entre magistrados, diputados, ministros y figurones políticos.

En ese punto se alzaron muchas voces pidiendo una reforma del Poder Judicial, y proponiendo distintos remiendos al modelo, pero sin atreverse a hacer lo que verdaderamente correspondía: cambiarlo; porque ignoraban las alternativas; porque durante setenta años ignoraron lo que había ocurrido en la materia, en muchos países de Europa, después de la Segunda Guerra Mundial.

Y, en efecto, desde mediados del Siglo XX había surgido en el Viejo Continente un nuevo modelo de organización Judicial que se ha extendido por el Mundo, cuyo elemento principal es un Consejo Supremo Judicial totalmente independiente de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, encargado de la administración del sistema.

La doctrina moderna estima que las BASES DE UNA REFORMA SUSTANCIAL DE LA JUSTICIA son tres:

1.- La administración del Sistema Judicial debe ser competencia exclusiva de un consejo supremo, independiente de todo otro órgano o entidad de poder estatal o extra-estatal, público o privado.

2.- El consejo supremo, administrador del sistema, debe estar integrado mayoritariamente por un grupo de jueces en ejercicio, elegidos por el conjunto de los jueces en propiedad de todo el País, en elecciones directas y secretas; y la parte minoritaria del órgano estará compuesta por abogados litigantes y catedráticos de Universidad, escogidos por la Asamblea Legislativa de sendas ternas provenientes del Colegio de Abogados y de la mejor Facultad de Derecho del País.

3.- La función jurisdiccional es técnicamente única. Lo que diferencia a un juez de otro es la materia (penal, civil, etc.) o la función (apelación, casación, etc.) que le compete. Todos deben ser tratados con igual dignidad y deben estar sometidos al mismo régimen jurídico. En consecuencia, la administración del sistema judicial (ingreso al régimen, nombramientos, disciplina, etc.) debe incluirlos a todos. Ninguno de los nombres con los que se los designe (juez contravencional, juez de apelación, magistrado de casación, etc.) implicará relaciones de jerarquía entre ellos.

B.- Los Consejos Supremos

En las páginas siguientes reafirmaré lo que ya he dicho otras veces sobre el tema del Consejo ¿En qué consiste la propuesta de un Consejo Supremo para administrar el sistema de la Justicia de nuestro País?

Para responder voy a referirme a la TRAYECTORIA HISTÓRICA DE LA ADMINISTRACIÓN JUDICIAL BASADA EN EL MODELO DEL CONSEJO SUPREMO.

Dejando de lado algunos antecedentes precursores, el primero y más importante sistema judicial basado en el Modelo del Consejo Supremo fue el de la Constitución de la República Italiana de 1948, cuyo “Consiglio Superiore della Magistratura” (CSM) empezó a funcionar en 1959, con resultados excelentes que han sido poco a poco reconocidos en todo el Orbe (Confr. Edmondo Bruti Liberati: Magistratura e società nell’Italia repubblicana. Laterza, Bari, 2018).

Entre otros casos, en un proceso de varios años que empezó en 1992, los jueces y los fiscales italianos demostraron con abnegación y sacrificio su independencia y su mística, cuando llevaron a cabo la conocida mundialmente como Operación manos limpias, en la que juzgaron y condenaron por corrupción a dos primeros ministros, decenas de ministros de Estado y Directores Generales, gerentes y dueños de empresas, políticos, banqueros, religiosos, industriales, altos militares, diputados, etc., así como decenas de mafiosos, incluyendo al Capo de la Mafia Siciliana Totò Rina, que fue condenado y murió en la cárcel.

Eso no había pasado nunca en la Historia de Europa ni del Mundo; e indudablemente el Mundo tomó nota de aquellos resultados. Porque lo cierto es que de acuerdo con estudios recientes de Naciones Unidas, más del 70% de los países del Mundo ha adoptado el modelo del Consejo Judicial Supremo en sus sistemas de Justicia, ya en el estilo de Italia o de otras variantes.

Me voy a referir sólo a Europa, donde la lista empieza con Francia (Confr. Hubert Haenel: Le Conseil superieur de la magistrature: clef de voute de l’independence judiciaire, en ‘La vie judiciaire’ N.2606, Paris, 1996).

En Francia existe un Consejo Superior de la Magistratura dirigido por el presidente de la República y el ministro de Justicia, con dos Salas:

La primera, que se ocupa de los jueces, compuesta por cinco jueces, un fiscal, y un consejero de Estado, electos por sus respectivas asambleas; y tres personalidades designadas por el presidente de la República, el presidente del Senado y el presidente de la Asamblea Nacional.

La segunda, que se ocupa de los fiscales, compuesta por cinco fiscales, un juez y un consejero de Estado, electos por sus respectivas asambleas; y tres personalidades nombradas igual que en la Sala de jueces.

Después de Italia y Francia, acogieron el modelo Portugal, Suecia, Bélgica, Grecia, Croacia, Turquia, España, Dinamarca, Bosnia y Erzegovina, Irlanda, Malta, Noruega y Holanda.

Otros países donde, en la búsqueda de garantizar la independencia judicial, se ha constitucionalizado el modelo del Consejo son las antiguas Repúblicas Socialistas: Hungría, con el Consejo Nacional de Justicia; el Consejo Judicial de la República Eslovaca; los Consejos Judiciales de la República Checa; el Consejo General del Poder Judicial de Rumania; el Consejo Nacional de la Magistratura de Polonia; el Consejo de Justicia de Letonia; y el Consejo de los Tribunales y el Comité de Examen de Jueces de Estonia y Lituania.

En estos momentos se puede afirmar con absoluta certeza que el viejo modelo napoleónico al que muchos magistrados y muchos políticos en Costa Rica están aferrados, es reconocidamente obsoleto y está en total minoría, mientras que el sistema basado en el Consejo Supremo Judicial ha sido objeto de atentos estudios y de cada vez más apremiantes recomendaciones por parte de los expertos de la Unión Europea y las Naciones Unidas, así como de organizaciones científicas independientes.

Vuelvo a reproducir aquí algunas significativas referencias.

I.- CARTA EUROPEA SOBRE EL ESTATUTO DE LOS JUECES, publicado por el Consejo de Europa en 1998:

art 1.3. “… la selección y el desarrollo de la carrera de los jueces se realicen con la intervención de un órgano independiente de los poderes ejecutivo y legislativo, en el cual al menos en la mitad de sus miembros fueran jueces elegidos por sus pares con arreglo a métodos que garanticen la más amplia representación del poder judicial.”

II.– El ESTATUTO UNIVERSAL DEL JUEZ

Este instrumento proclamado por la Asociación Internacional de Magistrados fue aprobado en el Congreso de Taipei, Taiwan, el 17 de noviembre de 1999; y en relación con el tema que nos intersa dispone, en lo conducente:

Art. 9. …la elección (de los jueces) debe estar asegurada por un órgano independiente integrado por una parte sustantiva y representativa de jueces.

Art. 11. …la administración judicial y la acción disciplinaria deben ser competencia de un órgano independiente integrado por una parte sustancial y representativa de jueces.”

III. CONSEJOS JUDICIALES AL SERVICIO DE LA SOCIEDAD.

En 2007, el Consejo Consultivo de Jueces Europeos aprobó, a petición del Comité de Ministros del Consejo de Europa, un informe sobre el Consejo de la Justicia al servicio de la sociedad, con un análisis de la composición y funciones de los Consejos Judiciales.

IV. CARTA MAGNA DE LOS JUECES (Principios Fundamentales), aprobada en la 11a sesión plenaria del Consejo Consultivo de Jueces Europeos, celebrada en Estrasburgo (Francia) del 17 al 19 de noviembre de 2010,

Párr. 13. “…un Consejo de la Justicia u otro órgano específico, que sea independiente de los poderes Ejecutivo y Legislativo, provisto de las más amplias competencias para decidir sobre todas las cuestiones que afecten al estatuto de los jueces, así como a la organización, al funcionamiento y a la imagen de las instituciones judiciales

V. RECOMENDACIÓN del Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobó, en 2010 una nueva recomendación sobre la independencia judicial, que incluía un capítulo específico sobre los consejos de la judicatura, así como disposiciones detalladas sobre sus facultades y funciones.

VI.- UN AÑO ANTES, el relator especial de la ONU para la independencia de los magistrados, Dr. Leandro Despouy, 2009, había recomendado que:

“…Los Estados miembros estudien la posibilidad de establecer un órgano independiente encargado de seleccionar a los jueces, con una composición que debe ser plural y equilibrada, y que evite la politización permitiendo la participación sustantiva de los jueces;

Los Estados miembros aprueben legislación en la que se recojan los criterios objetivos que se han de aplicar en la selección de los jueces y que garantice que esa selección se base exclusivamente en los méritos; y que

Los Estados miembros estudien la posibilidad de seleccionar a los jueces a través de concursos realizados, al menos en parte, mediante exámenes escritos y anónimos;

– Los procedimientos de selección y nombramiento sean transparentes y los registros pertinentes públicos;

– Se establezcan por ley procedimientos claros y criterios objetivos para los ascensos de los jueces; y que un organismo independiente encargado de la selección de los jueces adopte, de ser posible, las resoluciones finales relativas a los ascensos.

En diversas normas regionales, así como en varias observaciones finales del Comité de Derechos Humanos, se recomienda establecer una entidad independiente encargada de la selección de los jueces.

La composición de este órgano reviste gran importancia para la independencia de la judicatura, pues sus integrantes deben seleccionar a los jueces de manera objetiva, justa e independiente. Aunque se recomienda que dicha composición sea genuinamente plural, con una presencia equilibrada de legisladores, abogados, académicos y otros interesados, en muchos casos es importante que la mayoría de sus integrantes sean jueces, con vistas a evitar interferencias externas de carácter político o de otra índole.

A fin de asegurar que ese órgano sea apto para seleccionar a los jueces de manera objetiva, justa e independiente, la judicatura y otras partes directamente relacionadas con el sistema de justicia deberán tener un poder de decisión sustancial sobre la selección y el nombramiento de sus integrantes. De conformidad con algunas normas regionales, la judicatura debe seleccionar a los miembros de dicho órgano independiente. Es importante, además de la composición del órgano de selección, que se determine el alcance de sus facultades, aspecto que tiene una gran repercusión en el grado de independencia de los jueces, no sólo respecto del poder político, sino también del propio órgano de selección.

La competencia de este órgano podría abarcar desde la responsabilidad de organizar los concursos y las entrevistas para seleccionar a los candidatos que obtengan los mejores resultados hasta la facultad directa de nombrarlos a su discreción. El Relator Especial subraya que, para asegurar la independencia de los jueces y la selección de los candidatos más idóneos, es importante establecer y aplicar criterios de selección objetivos. El Comité de Derechos Humanos y el Comité contra la Tortura también hicieron hincapié en el principio de los criterios objetivos. Estos criterios objetivos deben aplicarse en particular en lo que se refiere a las cualificaciones, la integridad, la capacidad y la eficiencia. El Relator Especial insiste en que la selección de los jueces debe basarse únicamente en los méritos, principio básico que se consagra también en la Recomendación Nº R ( 12 del Consejo de Europa y en el Estatuto del Juez Iberoamericano. El Relator Especial subraya que los concursos realizados, al menos en parte, por escrito y de manera anónima, pueden ser un instrumento importante del proceso de selección.

Como complemento de un proceso de selección y nominación de los jueces en que se utilicen criterios objetivos, podrían aplicarse otros procedimientos dirigidos a que el público tuviera una mayor certidumbre de la integridad del candidato. Por ejemplo, podrían celebrarse audiencias públicas en que los ciudadanos, las organizaciones no gubernamentales y otros interesados tuvieran la posibilidad de expresar sus inquietudes o su apoyo en relación con un determinado candidato.”

VII. NOTA DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ONU (2018).

Los Consejos Judiciales desempeñan un papel esencial a la hora de garantizar la independencia y la autonomía del poder judicial. La creación de estos consejos está motivada por la necesidad de proteger los procesos del poder judicial y la carrera judicial frente a presiones políticas externas. Además de tener como función principal la salvaguardia de la independencia judicial, cada vez hay más Consejos Judiciales con amplias competencias en materia de promoción de la eficiencia y la calidad de la justicia y de racionalización de la administración de justicia, la gestión de los tribunales y la elaboración de presupuestos.”

VIII. EL ACTUAL RELATOR ESPECIAL PARA LA INDEPENDENCIA DE LOS JUECES.

El entonces Relator Especial de la ONU, profesor Diego García Sayán, presentó en mayo de 2018 un amplio Informe sobre la importancia de los Consejos Supremos Judiciales para la independencia de los jueces, ante el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en su 38º período de Sesiones. Y en ese informe lo que vamos a encontrar es la confirmación del parecer constante y unánime de los órganos especializados de las organizaciones mundiales y regionales, de las asociaciones internacionales de jueces y de los comités de expertos en la materia.

El Relator García Sayán no inventa nada nuevo con respecto al tema, pero completa y actualiza las opiniones y materiales ya producidos, para decirnos y confirmarnos lo que muchos ya sabíamos; es más, lo que ya sabía y advirtió públicamente don Antonio Zambrana hace más de un siglo, siendo Magistrado de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica:

  1. Que nuestra Justicia no podia ser independiente si los magistrados de la Corte eran nombrados por la Asamblea Legislativa;

  2. Que la injerencia del Poder Legislativo en esos nombramientos terminaría corrompiendo la Justicia.

  3. Que era preciso encontrar una solución que alejara a los Poderes Ejecutivo y Legislativo de la administración del sistema judicial.

La opinion prácticamente unánime de la doctrina juridica internacional se inclina por recomendar la adopción del Consejo Supremo de Justicia como una solución satisfactoria, probada por la experiencia de más de medio siglo. Y eso es lo que va a defender el Relator García Sayán en su informe, para asegurar la autonomía efectiva del Poder Judicial y la independencia de los jueces. Así queda claramente expresado en sus Conclusiones y Recomendaciones.

Conclusiones

  • 84. Los consejos judiciales desempeñan un papel esencial a la hora de garantizar la independencia y la autonomía del poder judicial. La creación de estos consejos está motivada por la necesidad de proteger los procesos del poder judicial y la carrera judicial frente a presiones políticas externas, principalmente del poder ejecutivo. Además de tener como función principal la salvaguardia de la independencia judicial, cada vez hay más consejos judiciales con amplias competencias para promover la eficiencia y la calidad de la justicia y racionalizar la administración de justicia, la gestión de los tribunales y la elaboración de presupuestos.

  • 85. El Relator Especial ha mostrado que no existe un modelo único de consejo judicial. Cada órgano rector del poder judicial procede de un ordenamiento jurídico con raíces históricas, culturales y sociales diferentes; su función específica varía de un país a otro, según los problemas concretos a los que se intenta dar respuesta con su creación. En el presente informe, el Relator Especial ha mostrado que el número de consejos judiciales ha aumentado considerablemente en los últimos decenios: según estimaciones recientes, más del 70% de los países del mundo cuentan con algún tipo de consejo judicial o un órgano independiente y autónomo análogo. Sin embargo, no hay datos estadísticos a nivel mundial a este respecto, por lo que es difícil evaluar las tendencias mundiales.

  • 86. El Relator Especial también ha puesto de manifiesto que, a pesar del aumento del número de consejos judiciales en todas las regiones del mundo, faltan normas jurídicas internacionales que regulen específicamente el papel, la composición y las funciones de los consejos judiciales. Los Principios Básicos relativos a la Independencia de la Judicatura no contienen ninguna disposición dedicada específicamente a los consejos judiciales. Es en Europa, bajo los auspicios del Consejo de Europa, donde se han realizado los esfuerzos más amplios para elaborar normas mínimas relativas a la creación, la composición y la función de los consejos judiciales.

  • 87. El elevado número de respuestas al cuestionario del Relator Especial permite determinar tendencias generales y buenas prácticas en relación con el establecimiento, la composición y las funciones de los consejos judiciales o los órganos independientes y autónomos análogos establecidos a nivel nacional para garantizar la independencia del poder judicial.

Recomendaciones

88. A la luz de las normas internacionales y regionales existentes, y sobre la base de las contribuciones recibidas de los Estados y los agentes no estatales, el Relator Especial quisiera ofrecer las siguientes recomendaciones relativas a la creación, la composición y las funciones de los consejos judiciales. Estas recomendaciones no pretenden determinar un modelo ideal de consejo judicial, sino que más bien tratan de determinar principios comunes para asegurar la independencia de esos órganos, cuando existan, y su eficacia en el desempeño de sus funciones como garantes de la independencia judicial.

Elaboración de normas internacionales

89. Habida cuenta de la ausencia de normas jurídicas detalladas en el plano internacional sobre la función de los consejos judiciales como garantes de la independencia judicial, el Relator Especial recomienda que se elabore un conjunto amplio de principios bajo los auspicios de las Naciones Unidas para determinar los principios comunes y las buenas prácticas en relación con la creación, la composición y el funcionamiento de esos consejos.

90. Estas normas mínimas pueden ser útiles como instrumento de referencia para todos los Estados miembros, en particular los que aún no han constituido un consejo judicial. Se deberían elaborar mediante un proceso abierto y transparente en el que participen no solo los Estados miembros, sino también las instituciones nacionales de derechos humanos, la sociedad civil y los jueces y las organizaciones que los representan. En la elaboración y la aplicación de este nuevo conjunto de principios deberían tenerse en cuenta las normas internacionales existentes relativas a los consejos judiciales y las recomendaciones de los órganos internacionales y regionales.

Creación de los consejos judiciales

91. El Relator Especial considera que la creación de un órgano independiente encargado de proteger y promover la independencia del poder judicial constituye una buena práctica y alienta a los Estados que no cuenten con un consejo judicial o una institución independiente similar a que consideren la posibilidad de crearlo, excepto en los casos en que la independencia judicial se garantice tradicionalmente por otros medios.

92. A fin de garantizar la independencia de los consejos judiciales ante los poderes ejecutivo y legislativo y asegurar la autonomía efectiva del poder judicial, el establecimiento de los consejos judiciales debería preverse en la Constitución en los países que cuenten con una constitución escrita, y en la ley fundamental o instrumento constitucional equivalente en los demás países. La Constitución o la ley fundamental equivalente deberían incluir disposiciones detalladas sobre el establecimiento de ese órgano, su composición y sus funciones, y garantizar la autonomía del consejo con respecto a los poderes ejecutivo y legislativo del Estado.

93. Los consejos judiciales deberían estar dotados de recursos humanos y financieros suficientes. En particular, deberían contar con locales propios, una secretaría y personal calificado en número suficiente para ejecutar sus funciones de forma independiente y autónoma.

Deberes y responsabilidades de los consejos judiciales

94. Los consejos judiciales deberían tener muy amplias competencias en materia de selección, ascensos, formación, evaluación profesional y régimen disciplinario de los jueces. Deberían ejercer responsabilidades generales en relación con la administración de los tribunales o la asignación de recursos presupuestarios a los distintos tribunales.

95. A fin de evitar la excesiva concentración de poderes en un único órgano judicial y la percepción de corporativismo, el Relator Especial considera que constituye una buena práctica establecer órganos independientes distintos para cada aspecto concreto de la administración de justicia (por ejemplo, la selección, la formación, los ascensos y el régimen disciplinario de los jueces). La composición de esos órganos debería tener en cuenta su cometido específico.

96. Habida cuenta de la importancia y el alcance de las funciones de los consejos judiciales, estos deberían rendir cuentas de sus actos, en los planos tanto institucional como legal, ante la sociedad y las instituciones del Estado correspondientes.

Selección y nombramiento de los jueces

97. Las decisiones sobre el nombramiento y el ascenso de los jueces deberían ser adoptadas, mediante un procedimiento transparente, por un consejo judicial o un órgano análogo independiente de los poderes legislativo y ejecutivo del Estado.

98. El procedimiento para la selección y el nombramiento de los jueces debería basarse en criterios objetivos establecidos previamente por ley o por la autoridad competente. Las decisiones relativas a la selección y a las carreras de los jueces deberían basarse en el mérito, teniendo en cuenta las calificaciones, aptitudes y capacidades de los candidatos, así como su integridad, sentido de independencia e imparcialidad. Los concursos realizados, al menos en parte, por escrito y de manera anónima pueden ser un instrumento importante del proceso de selección.

99. El Relator Especial considera que la participación de los poderes legislativo o ejecutivo en los nombramientos judiciales puede dar lugar a la politización de los nombramientos judiciales. En los casos en que los jueces son nombrados oficialmente por el Jefe de Estado, el Gobierno o el poder legislativo, el nombramiento debería realizarse sobre la base de una recomendación emitida por el consejo judicial y que las autoridades correspondientes encargadas de los nombramientos deberían de seguir en la práctica.

Administración de los tribunales y control presupuestario

100. Sin perjuicio de las responsabilidades existentes de los poderes ejecutivo y legislativo, el Relator Especial considera que los consejos judiciales deberían tener responsabilidades generales con respecto a la administración del sistema judicial, la elaboración del presupuesto judicial y la asignación de recursos presupuestarios a los distintos tribunales.

Procedimientos disciplinarios

101. La responsabilidad de los procedimientos disciplinarios contra los jueces debería estar a cargo de una autoridad independiente integrada principalmente de jueces, como un consejo judicial o un tribunal.

102. La competencia para recibir denuncias disciplinarias y realizar investigaciones de esa índole y la competencia para resolver los casos de disciplina judicial deberían conferirse a divisiones diferentes del consejo judicial o a órganos distintos.

103. Esos órganos pueden incluir a personas ajenas a la profesión judicial (como abogados, académicos y miembros de la sociedad civil), pero en ningún caso a miembros de los poderes legislativo o ejecutivo.

104. Los procedimientos disciplinarios deberían ofrecer a los jueces acusados todas las garantías procesales establecidas en el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, incluido el derecho a defenderse personalmente o ser asistidos por un abogado de su elección.

105. Las decisiones del órgano disciplinario deberían estar motivadas y sujetas a recurso ante un tribunal competente.

Composición de los consejos judiciales y selección de sus miembros

106. Todos los procesos de nombramiento en los consejos deberían ser transparentes y participativos a fin de evitar y prevenir el corporativismo y la apropiación del proceso por parte de los poderes fácticos.

107. Los consejos judiciales deberían incluir a jueces entre sus miembros. A fin de evitar el riesgo de corporativismo y defensa del propio interés, los consejos pueden incluir también a miembros legos, por ejemplo, abogados, profesores de derecho, juristas, miembros del colegio de abogados y ciudadanos de reputación y experiencia reconocidas. Los políticos en activo y los miembros del poder legislativo o ejecutivo del Estado no pueden prestar servicio simultáneamente en un consejo judicial. Los jueces miembros del consejo deberían ser elegidos por sus pares con arreglo a métodos que garanticen la representación más amplia posible del poder judicial a todos los niveles. Algunos miembros de un consejo, por ejemplo, el presidente del Tribunal Supremo, pueden ser seleccionados como miembros natos.

108. La elección de miembros legos del consejo debería encomendarse a autoridades que no sean políticas. Cuando sean elegidos por el parlamento, los miembros legos deberían ser elegidos por mayoría cualificada, lo que requiere un apoyo importante por parte de la oposición. En ningún caso deberían ser seleccionados ni nombrados por el poder ejecutivo.

109. La selección y el nombramiento de los miembros de un consejo judicial debería llevarse a cabo de manera abierta y transparente a fin de eliminar los riesgos de injerencia política y la apropiación del proceso por parte de los poderes fácticos y prevenir las denuncias de corporativismo.

110. Los Estados deberían adoptar medidas apropiadas para garantizar una perspectiva de género en la composición del consejo y promover la paridad entre los géneros en los órganos judiciales, en particular mediante la reducción de las barreras al ascenso y la promoción profesional basadas en el género que persisten en el sector de la justicia.

111. Cuando los miembros del poder ejecutivo, por ejemplo el ministro de Justicia, participen en la labor del consejo como miembros natos, deberían adoptarse las medidas apropiadas para garantizar su independencia ante cualquier posible injerencia.

112. La presidencia de un consejo debería ser ejercida por una persona imparcial que no tenga afiliación política. En los sistemas parlamentarios en que el presidente o el jefe de Estado solo ostentan poderes formales, se permite nombrarlos para la presidencia del consejo. En los demás casos, el presidente debería ser elegido por el propio consejo entre sus miembros procedentes de la carrera judicial. No debería nombrarse presidente de un consejo judicial al presidente de la Corte Suprema o Tribunal Supremo ni al ministro de Justicia.

Costa Rica debe ponerse al día, venciendo la tenaz resistencia mostrada por la Corte Suprema y por la clase política, sempiternamente empeñada ésta en controlar la Justicia. Una vez más apelo a la Asamblea Legislativa, al Colegio de Abogados, a las Facultades de Derecho, a los institutos de Investigación, al Estado de la Justicia y a los colegas en general, para que estudiemos con rigurosa atención la doctrina y la normativa que sustentan el modelo del ‘consejo supremo de la judicatura’, para ver si al fin salimos de la barbarie e ingresamos a la civilización.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Perfecto Andrés Ibáñez: En torno a la Jurisdicción. E. del Puerto, Buenos Aires, 2007

ID: Tercero en Discordia. Trotta, Madrid, 2015

Violaine Autheman, Sandra Elena, Global Best Practices: Judicial Councils. IFES, Arlington, 2004.

Edmondo Bruti Liberati: Magistratura e società nell’Italia repubblicana. Laterza, Bari, 2018.

Roberto Bin: Capire la Costituzione. Laterza, Roma-Bari, 2017.

Beniamino Caravita (a cura di), Magistratura, CSM e principi costituzionali, Bari, 1994

Hubert Haenel: Le Conseil superieur de la magistrature: clef de voute de l’independance de l’autorité judiciaire, en ‘La vie judiciaire N.2606, Paris, 1996.

A.Martinel – F.Natali: Le Conseil Superieure de la Magistrature, protecteur des magistrats ou des justiciablesen Après-Demain Nº30, Paris, 2014.

Wim Voermans y Pim AlbersCouncils for the Judiciary in EU Countries. Consejo de Europa, Estrasburgo, 2003.

Otra masacre (esta vez) consumada

Por Memo Acuña
Sociólogo y escritor costarricense

A raíz de mi columna anterior sobre la relación entre aumento de violencia y mercado ilegal de armas en Costa Rica, recibí una amable comunicación vía correo electrónico por parte del Señor Adolfo Morales en la que saludaba la reflexión propuesta y me invitaba a colocar el interés en otro drama igual o peor de serio.

En efecto, Costa Rica ha entrado en los últimos años en un viaje sin retorno en materia de muertes producidas en carretera. Solo en 2025, la cifra de personas fallecidas en accidentes de tránsito en sitio y como resultado de complicaciones posteriores fue de 903, un dato que excedió los 873 homicidios cometidos en el mismo año, según una nota del sitio teletica.com.

Hemos venido insistiendo en nuestras intervenciones en medios de comunicación, sobre los cambios culturales que se registran e impactan el comportamiento vial en el país día tras día.

En la conducción se condensa una mezcla de aceleración por la vida, una ira incontenible, la irresponsabilidad absoluta, el desafío permanente a la autoridad, los tiempos qcortados para trasladarnos y llegar a nuestros destinos.

A esto debemos agregar la competencia en que se ha convertido conducir en nuestras calles y el pobre manejo de las tensiones y emociones, que derivan en otro tipo de violencias con resultados lamentables y que hemos observado en los últimos años en el país.

Es este un desafío de salud pública que debe ser combatido con prevención, capacitación en cultura vial a edades tempranas y una decidida apuesta política y técnica por impulsar el transporte ferroviario moderno que desahogue esas trampas mortales en la que se han convertido nuestras carreteras.

También allí nos estamos matando.

Si no hacemos algo de inmediato la masacre terminará de consumarse en un corto plazo y para siempre.

De la gloria del Estado Social al espejismo del cambio (Parte II)

Por: JoseSo (José Solano-Saborío) / Entre Verdades y Opiniones

En nuestra primera columna repasamos cómo Costa Rica construyó un Estado de Bienestar ejemplar y cómo, a partir de los años 80, ese modelo empezó a fracturarse bajo la receta neoliberal. Pero el cambio de rumbo no solo nos trajo recortes; trajo consigo una cultura donde la función pública dejó de ser un servicio para convertirse, en muchos casos, en un botín.

Hoy vamos a hablar de esa herida abierta: la corrupción del bipartidismo, la factura social que nos cobraron y cómo esa indignación parió un movimiento político que prometió salvarnos de nosotros mismos.

El festín del bipartidismo y el descaro institucional

A partir de los años 90, los ticos empezamos a desayunar con escándalos de cuellos blancos. Ya no eran rumores, eran millones de colones de los fondos públicos esfumándose frente a nuestros ojos.

Recordemos el sonado caso del Fondo de Emergencias, uno de los primeros grandes golpes a la confianza institucional. Pero la verdadera sacudida llegó con el saqueo del Banco Anglo Costarricense. Durante la administración de Rafael Ángel Calderón Fournier (PUSC, 1990-1994), el banco más antiguo del país fue desangrado mediante inversiones ruinosas. El detalle que no se nos puede olvidar es que miembros de la Junta Directiva y la Gerencia de la institución eran socios o allegados al bufete de la familia Calderón Fournier.

A su llegada al poder, y bajo la presión y recomendación de la Contraloría General de la República (CGR), la administración de José María Figueres Olsen (PLN, 1994-1998) se apresuró a decretar el cierre definitivo del Banco Anglo en septiembre de 1994. Fue un golpe durísimo a la economía y al orgullo nacional, aunque, para la historia, queda el consuelo de que por lo menos en esa ocasión los responsables, incluyendo al gerente Carlos Hernán Robles y a su Junta Directiva, terminaron en prisión.

A partir de ahí, la bola de nieve no se detuvo:

En el año 2000, durante el gobierno de Miguel Ángel Rodríguez (PUSC), el país estalló en las calles contra el famoso “Combo del ICE”, un intento de apertura disfrazado que la ciudadanía leyó como un claro intento de privatización a medida.

En 2004, bajo el gobierno de Abel Pacheco, el país se paralizó: estallaron los casos CCSS-Fischel y ICE-Alcatel, tramas de comisiones ilegales que llevaron a los mismísimos expresidentes Calderón Fournier y Rodríguez a la cárcel preventiva, aunque no llegaron a cumplir penas definitivas, y que mantuvieron al expresidente Figueres Olsen fuera del país, a pesar de que su causa no por años.

Más adelante, durante el segundo mandato de Óscar Arias Sánchez (PLN, 2006-2010), se gestó el Caso Crucitas, un desastre ambiental y legal tras la declaratoria de “conveniencia nacional” de la minería a cielo abierto.

Y como si no fuera suficiente, bajo la administración de Laura Chinchilla (PLN, 2010-2014), nos topamos con el vergonzoso Caso de la Trocha Fronteriza (Ruta 1856), donde el pretexto de la defensa nacional ante Nicaragua sirvió para que empresas fantasmas y funcionarios corruptos drenaran miles de millones.

La factura: El campo abandonado y la clase media asfixiada

Mientras las cúpulas del PLN y el PUSC se repartían el pastel y los tribunales, ¿qué pasaba con la Costa Rica real?

Se gestó una crisis sostenida. Mientras se perdían millones en corrupción, la excusa para el pueblo seguía siendo “no hay plata”. Esto provocó un abandono sistemático de nuestros agricultores y ganaderos, a quienes se les dejó a la libre competencia frente a mercados internacionales subsidiados, sin apoyo técnico ni crediticio. Paralelamente, la histórica clase media costarricense —el gran orgullo del Estado de Bienestar de los años 50— empezó a endeudarse para sobrevivir, viendo cómo el costo de la vida subía mientras la brecha entre los más ricos y los más pobres se ensanchaba a niveles históricos.

El advenimiento del PAC: La indignación como bandera

Fue exactamente en este caldo de cultivo de asco y frustración ciudadana donde germinó la ruptura. A finales de los años 90 e inicios del 2000, un grupo de dirigentes históricos del Partido Liberación Nacional, indignados por la podredumbre interna y el abandono de la socialdemocracia, decidieron que ya era suficiente.

Así nace el Partido Acción Ciudadana (PAC) en el año 2000, fundado por Ottón Solís Fallas. Pero Ottón no se fue solo. Detrás de él caminaron nombres que eran verdaderos pesos pesados de la política nacional, figuras de una moralidad y un peso histórico indiscutibles: don Alberto Cañas Escalante (fundador del PLN), don Guido Miranda (arquitecto de la CCSS moderna), y Margarita Penón Góngora, entre otros grandes intelectuales y ciudadanos.

Todos se cobijaron bajo una sola bandera suprema: la lucha frontal contra la corrupción.

El discurso era impecable. Era la promesa de la ética en la función pública. Sin embargo, con el paso de los años, Ottón Solís se adueñó por completo de la narrativa y de la estructura del partido que ayudó a crear. Lograron convencer a un país herido de que ellos eran los únicos depositarios de la decencia política.

Pero el poder es el ácido que prueba los metales. Y cuando finalmente les tocó gobernar, la historia dio un giro que nadie —o muy pocos— esperaban.

De eso hablaremos en nuestra tercera entrega, bajo un título que resume lo que nos pasó a todos como país: “¿Más cara la medicina que la enfermedad? Cuando te conviertes en esclavo de tus palabras”.

A los 85 días del improvisado ataque de Estados Unidos y de Israel a Irán: un balance

Nicolas Boeglin
Profesor de Derecho Internacional Público
Facultad de Derecho, UCR
nboeglin@gmail.com

Introducción

Hace ya casi tres meses que inició el ataque por parte de Estados Unidos e Israel contra Irán.

Esta confrontación, que empezó el sábado 28 de febrero del 2026, y que cesó provisionalmente desde el 8 de abril, constituye un nuevo episodio que ha desestabilizado significativamente a la ya convulsa región de Oriente Medio y al mundo en general, con consecuencias imprevisibles de muy diversa naturaleza.

Este 22 de mayo, una enésima propuesta de acuerdo entre Estados Unidos e Irán para poner fin a esta confrontación militar que no ha llevado a mayor cosa ni a Estados Unidos ni a Israel, ha sido revelado por la prensa en Arabia Saudita: véase nota de prensa titulada «US–Iran draft agreement signals to ease tensions and open Hormuz strait – Al Arabiya«.

Como se puede observar, el programa nuclear iraní no figura en esta versión, concentrándose el texto en ver la manera de normalizar paulatinamente y de común acuerdo, el paso por el estrecho de Ormuz únicamente, cesando ambos Estados (Estados Unidos e Irán) operaciones de tipo militar. En esta nota del 20 de mayo de la agencia Reuters, se detalla el sistema previsto por Irán para el paso de embarcaciones, en esta ocasión un tanquero cargado de petróleo de Irak a destinación de Vietnam.

Será de interés observar si esta nueva versión de acuerdo entre Estados Unidos e Irán satisface a ambos contendientes, o si se trata únicamente de una simple etapa más en la estrategia dilatoria a la que parecieran conformarse ambos Estados, pese a las consecuencias muy graves para la economía mundial, incluyendo la economía norteamericana y la iraní, de la actual situación en el estrecho de Ormuz.

Si el futuro acuerdo final entre Estados Unidos e Irán se limita a la principal causa que afecta a la economía mundial, se podrá confortar aún más la idea que nada lograron Estados Unidos ni tampoco Israel al iniciar su ataque contra Irán el pasado 28 de febrero. Este 21 de mayo, Estados Unidos reconoció haber redirigido un total de 97 embarcaciones e inmovilizado a cuatro de ellas, desde que estableció su propio bloqueo en el Golfo Pérsico (véase «tweet» oficial en este enlace).

Al analizar los primeros 14 días de esta confrontación, en los que pasamos en revista las reacciones oficiales de Estados observadas en América Latina, incluyendo el apoyo a Estados Unidos y a Israel por parte de Argentina y de Paraguay, y la incapacidad de la diplomacia de Costa Rica de condenar a Estados Unidos y a Israel, ya nos habíamos permitido concluir que:

«Aventurarse a iniciar una guerra contra un Estado resulta siempre una decisión que se toma luego de ponderar detenidamente los riesgos que una confrontación militar implica. En el caso del ocurrente ocupante de la Casa Blanca, todo pareciera indicar que esta ponderación del riesgo se hizo de manera bastante aproximativa, exponiendo de manera irresponsable a varios Estados árabes y a la economía mundial a sufrir las consecuencias» (Nota 1).

Nótese que este 22 de mayo renunció en Estados Unidos una de la jerarcas en materia de servicios de inteligencia (véase nota de la BBC), y que es probable que el autodenominado «Secretario de la Guerra» conozca una suerte similar en las próximas semanas. Esta renuncia fue precedida de varias más que detallaremos en las líneas que siguen.

Una confrontación militar ayuna de objetivo estratégicos

Desde el 28 de febrero del 2026, Estados Unidos e Israel han demostrado al mundo que, pese a contar con servicios de inteligencia considerados entre los mejores del mundo, subestimaron la capacidad de respuesta militar iraní: lo que se planificó de manera conjunta desde el punto de vista militar para durar unos pocos días (unas cuantas semanas a lo sumo), lleva ya 85 días sin que se deje entrever una salida airosa para ambos.

Adicionalmente, Estados Unidos ha exhibido ante los ojos de la comunidad internacional una desesperación raramente observada, con iniciativas anunciadas y suspendidas a los pocos días, despotricando de paso contra sus aliados más cercanos al no visualizarse ninguna salida honorable para su errático presidente.

«¿Informantes mal informados?». Es una interrogante que ya tuvimos la ocasión de utilizar cuando, con base en «información de inteligencia» israelí en mayo del 2018, el Presidente de Estados Unidos optó por retirar a Estados Unidos del pacto nuclear suscrito por Irán con Estados Unidos y varios Estados más en julio del 2015, a partir de datos que fueron públicamente desmentidos por la entidad internacional de Naciones Unidas a cargo de verificar in situ el nivel de enriquecimiento del uranio en Irán pactado en el 2015 (Nota 2): contrario a lo sostenido por Estados Unidos, Irán si estaba cumpliendo, en mayo del 2018, los términos acordados de manera muy precisa en el pacto nuclear del 2015. Veremos que confiar ciegamente en lo que Israel remite a Estados Unidos es una tendencia bastante consolidada del actual ocupante de la Casa Blanca.

El pasado 6 de mayo del 2026, se hizo ver en Estados Unidos que el cerco informativo tiene sus límites, y que los periodistas de investigación en Estados Unidos todavía están en capacidad de desmentir algunas declaraciones oficiales dadas por sus autoridades con relación a los daños sufridos en Oriente Medio por el ejército norteamericano (véase artículo del The Washington Post cuya lectura integral es altamente recomendada)

El estrecho de Ormuz: un problema inexistente hasta el 28 de febrero

Un problema nuevo desde el 28 de febrero del 2026 para el mundo (y para Estados Unidos e Israel) lo constituye el estrecho de Ormuz: hasta el 28 de febrero, eran muy pocos en el planeta los que sabían de su ubicación exacta y de su importancia estratégica. Hoy son muy pocos en el planeta los que no están pendientes de lo que ahí ocurra. El 7 de abril, Irán dio a conocer diez puntos que exige que sean objeto de una negociación con Estados Unidos (véase nota de Gulf News del 7 de abril): de los diez puntos, cinco se relacionan al estrecho de Ormuz. Se trata de un tema sobre el que Irán va a insistir, una y otra vez, siendo Ormuz una problemática inexistente hasta el 27 de febrero entre Estados Unidos, Israel e Irán.

Al respecto, el pasado 17 de abril Irán anunció que restablecía el paso por el estrecho de Ormuz (véase nota de la BBC y el tweet del jefe de su diplomacia), condicionado al mantenimiento del cese al fuego en el Líbano. y obligando a Estados Unidos a explicar por qué mantiene su bloqueo marítimo a la salida de este mismo estrecho, tan vital para la economía mundial. Como era previsible, Estados Unidos optó por mantener su bloqueo, por lo que Irán respondió cerrando de nuevo el paso por el estrecho de Ormuz, exhibiendo así ante al mundo la intransigencia de Estados Unidos. Una situación que perdura hasta este 22 de mayo del 2026, mientras el jefe de la diplomacia iraní se ha activado con viajes y reuniones al más alto nivel en Pakistán (25 de abril), Omán (26 de abril), Rusia (27 de abril) y en China (6 de mayo).

Como resulta bastante fácil prever las reacciones iracundas de Estados Unidos, el desgaste político al que Irán ha estado sometiendo a Estados Unidos una y otra vez reviste especial interés para muchos observadores y analistas de la vida internacional. El desgaste es tal que luego de haber anunciado una operación tendiente a escoltar naves en Ormuz con dos «Destroyers» de la marina norteamericana, iniciando el 4 de mayo, el presidente de Estados Unidos debió suspender la iniciativa el pasado 6 de mayo, evidenciando una nueva improvisación de Estados Unidos.

Esta nueva hábil maniobra iraní se da en momentos en los que la presión del tiempo para poner definitivamente fin a esta improvisada aventura militar de Estados Unidos en Oriente Medio juega en contra del presidente de Estados Unidos: en efecto el Poder Ejecutivo norteamericano disponía de 60 días antes de solicitar una aprobación del Congreso norteamericano para continuarla. Lo cual explicaría la sensación de desesperación e impaciencia observada por parte del actual ocupante de la Casa Blanca en los últimos días de marzo y primeras semanas del mes de abril del 2026, y permitiría entender mucho mejor la estridencia de sus últimas declaraciones y «tweets«, así como el tono iracundo externado contra Su Santidad el Papa León XIV.

La fecha exacta de los 60 días correspondió al 30 de abril, por lo que el margen de maniobra para Estados Unidos se reducía conforme pasaba el tiempo, aumentando la exasperación del actual ocupante de la Casa Blanca (véase artículo del New York Times). Cabe precisar que el 5 de marzo del 2026, un primer ejercicio anticipado en el Congreso de Estados Unidos arrojó una muy corta ventaja de 215 votos contra, y 212 votos a favor de exigir pasar por el Congreso mucho antes de los 60 días previstos (véase nota de CNN), por lo que el nivel de irritación y de exasperación debe ser aún mayor. En esta nota del 1ero de mayo de France 24 se hace ver la batalla legal que enfrentará ahora a diversos sectores políticos en Estados Unidos, dada la creatividad interpretativa de algunos jerarcas en Estados Unidos.

A la fecha del 30 de abril pasado, se sumaba la de los 14-15 de mayo (visita del presidente de Estados Unidos a China), seguida del 4 de julio, con la conmemoración de los 250 años de independencia de Estados Unidos: se trata de fechas para las que el Presidente quiso poder anunciar algo que le permita decir que salió victorioso de su contienda con Irán. No se logró para el 30 de abril, tampoco para los 14-15 de mayo.

Arrancarle tal vez a Irán un acuerdo en el que Irán acepte un freno a su programa nuclear con exigencias mayores a las concedidas en el pacto nuclear suscrito en Viena en el mes de julio del 2015 (el denominado JPCOA) sería para el actual ocupante de la Casa Blanca lo ideal, y sin embargo, Irán no ha cedido ni pareciera dispuesto a hacerlo. Ni programa nuclear, ni programa de misiles balísticos son tema de negociación al parecer entre los negociadores iraníes y norteamericanos.

Es muy probable que el espectáculo dado por el actual ocupante de la Casa Blanca también se relacione con el aumento significativo del precio del barril del petróleo que ha ocasionado esta confrontación militar con Irán y que inquieta el mundo de los negocios en Estados Unidos y mucho más allá; el precitado espectáculo también puede explicarse en razón del descontento cada vez mayor entre los seguidores del actual ocupante de la Casa Blanca, a los que les prometió que nunca llevaría a cabo aventuras militares en Oriente Medio durante la campaña electoral.

«La impotencia de la superpotencia» podría en apariencia leerse como una expresión conteniendo una contradicción absoluta. No obstante, intentaremos en las líneas que siguen explicar que lo que ha ocurrido en Irán desde el 28 de febrero hasta este 1ero de mayo del 2026 ilustra de manera bastante elocuente esta aparente contradicción en el caso de Estados Unidos.

No sin olvidar a Israel, que ha aprovechado del desplazamiento del foco de la atención mundial para;

– continuar el genocidio en Gaza (asfixiando cada vez más a 2,3 millones de habitantes en Gaza desnutridos, muchos de ellos gravemente heridos, viviendo a la intemperie en medio de un campo de ruinas, al privarlos de una ayuda humanitaria urgente) y;

– expandirse en el resto del territorio palestino ocupado: desde varias semanas, en el Sur del Líbano, sus acciones califican como crímenes de guerra y debieran poder interesar a la justicia penal internacional, si es que las autoridades del Líbano así lo quisieran (Nota 3).

El pasado 27 de abril se anunció en la prensa de Costa Rica la posible presencia de altos dirigentes de Israel a la toma de posesión de las nuevas autoridades electas, prevista este 8 de mayo (véase nota de La Nación): lo cual demuestra que pese al repudio generalizado causado por las exacciones de todo tipo en Gaza desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023, Israel posee lo que se puede designar como «fichas útiles» en América Latina, siendo actualmente Costa Rica una de ellas, conjuntamente con Argentina y Paraguay.¿No vino a Costa Rica el Primer Ministro israelí en persona a asistir a la toma de posesión de las nuevas autoridades electas el pasado 8 de mayo, prefiriendo enviar Israel a su Presidente? Cual sea la presencia de uno u otro, observar y analizar lo que hizo Costa Rica con las obligaciones internacionales que ha asumido en virtud del Estatuto de Roma de 1998, fue objeto de unas cuantas reflexiones nuestras (Nota 4).

En esta nota de ElPais (España) del 16 de mayo del 2026, se detalla la clara alineación de las pasadas y nuevas autoridades Costa Rica con Israel: con en la mira, el próximo traslado de la embajada de Costa Rica de Tel Aviv a Jerusalén, en abierta violación al consenso internacional existente desde 1947 sobre el estatuto particular de Jerusalén. Esta entrevista de Democracy Now a uno de los mas renombrados expertos sobre el Holocausto realizada el 19 de mayo, detalla la deriva genocida y supremacista que Israel ha emprendido y que debiera interpelar a unos cuantos jerarcas y sectores corporativos en Costa Rica;

El informe de situación de Naciones Unidas al 15 de mayo (véase enlace) puede ser completado con con el anterior al 8 de mayo (véase informe): ambos dan cuenta de la destrucción sistemática a la que se libra Israel en el territorio palestino ocupado.

El día 16 de abril, se anunció otro cese al fuego, esta vez entre Israel y el Hezbollah, debido a fuertes presiones sobre Israel del antes mencionado gobernante en la Casa Blanca, algo exasperado.

Un artículo publicado en el New York Times dado a conocer el 7 de abril del 2026, y de lectura muy recomendada, explicaba cómo el actual ocupante de la Casa Blanca se dejó fácilmente convencer por el Primer Ministro de Israel, pese a recibir advertencias de algunos jerarcas norteamericanos sobre los riesgos de atacar a Irán. Su lectura permite conocer detalles de una reunión que se supone es de las reuniones de las que nada debe filtrarse entre dos mandatarios. A la fecha, no se sabe cómo llegaron a filtrarse a la prensa norteamericana estos llamativos detalles.

Por otra lado, un muy completo artículo sobre el funcionamiento del servicio de información del ejército israelí, publicado el 8 de abril del 2026 por el medio digital en Israel Magazine +972 (véase enlace) permite entender mucho mejor cómo la situación en Gaza y, más generalmente, lo que ocurre en el territorio palestino ocupado, es objeto de una cobertura periodística con información parcial de grandes cadenas de noticias internacionales favoreciendo a Israel ante la opinión pública.

El pasado 20 de abril, desde Naciones Unidas, expertos en derechos humanos reiteraron la urgente necesidad de suspender el Acuerdo de Asociación existente ente Israel y la Unión Europea (UE) (véase comunicado oficial): se trata de una solicitud que debiera interpelar a los entusiastas jerarcas en Costa Rica en materia de comercio exterior, que no ven problema alguno en comerciar libremente con Israel y firmar un tratado bilateral al respecto, suscrito el 8 de diciembre del 2025. Entre los Estados europeos que más han abogado por suspender este acuerdo con Israel, están Eslovenia, España, Irlanda y Noruega. En el caso de España, el pasado 18 de abril auspició una reunión en Barcelona con líderes mundiales en defensa de la democracia, de los derechos humanos y del multilateralismo: por parte de América Latina participaron los jefes de Estado de Brasil, Colombia, México, y de Uruguay así como el ex Presidente de Chile (véase nota de CNN y enlace del Palacio de la Moncloa).

Este mismo 20 de abril, se dio a conocer un informe del Banco Mundial y de la UE que cuantifica en más de 71.000 millones de US$ la destrucción causada por Israel en Gaza desde el 7 de octubre del 2023 (véase comunicado oficial de Naciones Unidas).

Como si la fecha del 20 de abril fuera particularmente cargada de noticias negativas para Israel, la única capital en Europa donde podía aterrizar sin problemas el actual Primer Ministro israelí, dejó de serla (véase nota sobre posición de las nuevas autoridades húngaras con respecto a la justicia penal internacional de La Haya).

Un espectáculo casi diario en materia de improvisación del ocupante del la Casa Blanca

La Agencia Internacional de la Energía advirtió de la crisis energética mundial sin precedentes que se iba perfilando con esta confrontación (véase artículo de The Guardian del pasado 24 de marzo), mientras en Filipinas se publicó por parte de su máxima autoridad una declaración de «emergencia energética» (véase comunicado oficial).

El 28 de marzo del 2026, se informó del caos energético que afecta muchos sectores en Tailandia, en particular en materia agrícola (véase nota de The Guardian). En Francia, el subsidio a los pescadores anunciado por las autoridades el 27 de marzo fue considerado insuficiente por muchos de ellos (véase nota de prensa de FranceInfo). En Etiopía, la crisis energética ya obliga a proceder a despidos masivos (véase nota de prensa del 30 de marzo de Dawan.Africa).

Cabe precisar que la destrucción de centrales eléctricas, de plantas de hidrocarburos y de gas licuado, asi como de refinerías e industrias petroquímicas de diversa índole en Oriente Medio supone varios largos meses y hasta años en el caso de algunas de ellas, antes de que puedan volver a funcionar como lo hacían el 28 de febrero.

En otro ámbito, la exportación de helio, necesario a la fabricación de microprocesadores, se ha visto seriamente alterada por esta confrontación militar con Irán (véase nota de la DW al respecto). Este artículo de la BBC refiere de igual forma a la muy probable crisis que derivará por la falta de exportación de los fertilizantes que se producen en la península arábica.

Quiérase o no, la respuesta iraní consistiendo en regionalizar la confrontación militar con Israel y Estados Unidos y en afectar gravemente a la economía mundial (economía norteamericana incluida), parece haber logrado su objetivo.

Mientras que por un lado, el imprevisible y errático Presidente de Estados Unidos no pareciera escuchar a los estrategas militares y políticos que lo rodean, sino únicamente a entusiastas cortesanos, Irán ha demostrado en estos 85 días tener una estrategia mucho más certera, al parecer preparada, planificada y articulada desde hace muchos años.

Mientras Irán pareciera seguir una estrategia, jugando con el tiempo, Estados Unidos pareciera improvisar en la urgencia: dentro del aparato militar norteamericano dirigido por una persona sin mayor formación ni experiencia militar, los jefes militares que hacen preguntas o plantean dudas son mal vistos, y ello explica que el 2 de abril del 2026 se anunciara la destitución del jefe de las fuerzas militares terrestres, un nuevo responsable militar de alto rango destituido, de una larga lista (véase nota de CBSNews y nota del TimesofIsrael).

El pasado 3 de abril, fue la misma cadena norteamericana CNN la que desmintió la supuesta «destrucción total» y la «eliminación absoluta» de las capacidades militares de Irán a las que se refirió el errático Presidente de Estados Unidos en una alocución 48 horas antes (véase nota de CNN). Aquel mismo 3 de abril, con la noticia de dos aeronaves norteamericanas abatidas por Irán (véase nota de Forbes), también se desmintió el supuesto «open sky» o «control total» del espacio aéreo iraní al que refirió 48 horas antes el actual ocupante de la Casa Blanca, con una intensa carrera contra el tiempo para recuperar a uno de los pilotos antes que lo hiciera Irán (véase al respecto este muy completo  análisis publicado en Francia por un experto militar este 4 de abril en su blog, titulado «La guerre du Golfe pourrait-elle perturber la partie de golf de Donald Trump ?«).

En esta confrontación con Irán, los daños han sido cuantiosos en Irán, pero también lo han sido en Israel y en varias otras partes de Oriente Medio. Proceder a evaluarlos y a cuantificarlos de manera muy precisa por parte de cada Estado afectado por explosiones en su territorio, permitirá tener una idea del alto costo de esta improvisada decisión que tomaron Estados Unidos e Israel sin ningún tipo de consulta.

Una confrontación militar sin justificaciones

Estos 85 días desde que Estados Unidos e Israel iniciaron sus ataques contra Irán, suspendidos desde la entada en vigencia de un cese al fuego provisional el pasado 8 de abril, permiten hacer un primer balance, no sin antes indicar que refuerzan como nunca las dos ideas siguientes:

– la deriva a la que Estados Unidos está mal acostumbrando al mundo, con operaciones militares y decisiones unilaterales totalmente ilegales desde el punto de visto jurídico, debe ser frenada y debe ser firmemente condenada, sin mayores titubeos, pese al apoyo, en América Latina, recibido por parte de Argentina y de Paraguay (Nota 5);

– la lógica implacable de la fuerza que Israel busca imponer dada su incuestionable superioridad militar en Oriente Medio, no lleva a ningún lugar: con más destrucciones, más familias enlutadas, más heridos que llegan a hospitales colapsados (siendo la mayoría civiles), más desplazados caminando a la intemperie, y dejando a gobernantes ya exhaustos de estos Estados bombardeados, desoladores campos de ruinas que no pueden sino alimentar la sed de venganza y una mayor radicalización.

Desequilibrar por completo a regiones enteras y al resto del planeta y buscar erosionar las reglas más elementales del derecho internacional público, no puede ser visto como beneficioso para ninguno de los 193 Estados que conforman Naciones Unidas. ¿O sí? Aumentar el nivel de resentimiento y de odio hacia Israel en la región, con miles de integrantes de familias enlutadas dispuestos a vengar la muerte de sus seres más queridos, muchos de ellos niños (Nota 6), repartidos en todos los Estados de Oriente Medio o por el mundo, no puede augurar un futuro más seguro y más próspero para Israel.¿O sí?

En esta nota de prensa del 2018, se hacía ver que gran parte de los combatientes del Hezbollah en el Líbano son huérfanos abandonados a su suerte cuando eran niños.¿Cuántos batallones de futuros combatientes radicalizados se está garantizando tener a futuro en su contra Israel con todas las destrucciones realizadas en diversas partes de Oriente Medio desde el 2018?

Esta tribuna publicada en Francia el 21 de marzo del 2026 por parte de intelectuales iraníes e israelíes denunciaba el hecho que, lejos de beneficiar a las poblaciones de Israel y de Irán, esta confrontación militar respondió a intereses muy distintos y que ya es hora de que el mundo lo sepa.

Acciones militares de Estados Unidos e Israel que califican como crímenes de guerra

Este artículo titulado «Attacks on dual-use objects and the prohibition of terrorising civilians: the attacks on Iran’s oil facilities» publicado en el sitio especializado de EJIL-Talk sobre la clara intención de aterrorizar a toda una población mediante bombardeos por parte de Estados Unidos e Israel que causan daños significativos a la salud humana y al ambiente en Irán, detalla lo que se ha podido observar y que claramente, desde la perspectiva jurídica, califica como crímenes de guerra.

Para nuestros estimables lectores que, tal vez, no estén mayormente familiarizados con la noción de crimen de guerra, la definición legal internacional del crimen de guerra está contenida en el Artículo 8 del Estatuto de Roma adoptado en 1998, y en particular en el inciso 2 b):

«iv) Lanzar un ataque intencionalmente, a sabiendas de que causará pérdidas incidentales de vidas, lesiones a civiles o daños a bienes de carácter civil o daños extensos, duraderos y graves al medio ambiente natural que serían manifiestamente excesivos en relación con la ventaja militar concreta y directa de conjunto que se prevea;

  1. v) Atacar o bombardear, por cualquier medio, ciudades, aldeas, viviendas o edificios que no estén defendidos y que no sean objetivos militares«;

  1. ix) Dirigir intencionalmente ataques contra edificios dedicados a la religión, la educación, las artes, las ciencias o la beneficencia, los monumentos históricos, los hospitales y los lugares en que se agrupa a enfermos y heridos, siempre que no sean objetivos militares;

Llama poderosamente la atención el uso de adjetivos tales como «presuntos«, «supuestos«, «eventuales» o «posibles» crímenes de guerra cometidos en Irán por parte de los aparatos militares de Estados Unidos e Israel en algunos medios de prensa internacionales y en cables de agencias internacionales de noticias en estos días de marzo y abril del 2026. Este juego semántico recuerda los titulares leídos en la prensa sobre las exacciones cometidas por Israel en el territorio palestino ocupado desde la tarde/noche del 7 de octubre del 2023. La simple lectura de la definición contenida en el Artículo 8 del Estatuto de Roma (5 páginas y medio en total) no admite duda alguna: permite además entender mucho mejor, porqué es que Israel y Estados Unidos han desatado toda una campaña en contra de la justicia penal internacional de La Haya, de los jueces y del mismo Fiscal de la CPI, ante el drama indecible que vive la población de Gaza desde la misma tarde/noche del 7 de octubre del 2023 y ante las órdenes de captura emitidas por la CPI contra dos dirigentes israelíes en noviembre del 2024, incluyendo una contra su actual Primer Ministro.

¿Descubrieron acaso Estados Unidos e Israel que los crímenes de guerra tienen siempre a responsables que deben responder por sus actos ante la justicia penal internacional si la justicia penal nacional se desinteresa por hacerlo?

Nótese que el pasado 28 de marzo, en esta nota de la BBC sobre las 168 niñas que murieron al bombardear Estados Unidos su escuela en la localidad de Minab en Irán, se hace ver que la administración norteamericana sigue sin querer dar explicaciones solicitadas por varias entidades internacionales así como norteamericanas.

Explicaciones similares deberían tomar el mismo tiempo sobre las razones que justificaron el bombardeo de una planta de desalinización iraní este 31 de marzo del 2026 (véase nota de France24) o bien la destrucción de parte de la Catedral ortodoxa San Nicolas en Teherán, registrada este 1ero de abril (véase nota de prensa de la agencia de noticias Ahram), así como la del puente vial más elevado en Oriente Medio entre Teherán y Karaj que estaba aún en construcción el pasado 2 de abril (véase nota de TheTelegraph): en este último caso, se observó la técnica del «double tap strike» que consiste en separar por unos minutos un bombardeo de otro bombardeo (véase nota de War Zone). Con la finalidad de eliminar a socorristas, periodistas, camarógrafos y personas válidas que intentan venir a socorrer a las víctimas del primer bombardeo, esta técnica ha sido usada una y otra vez por Israel en Gaza (Nota 7). El pasado 4 de abril, se informó del bombardeo de una de las más prestigiosas universidades iraníes, la universidad de Beheshti en Teherán (véase nota de prensa de Bernama). El 6 de abril, la universidad Sharif de mayor renombre en Irán fue igualmente bombardeada (véase video de la agencia AP). Una semana antes, fue la misma UNESCO la que advirtió de la destrucción parcial de majestuosas joyas arquitectónicas en Teherán y en la ciudad de Isfahán, varias de ellas declaradas patrimonio mundial de la humanidad (véase nota de EuroNews).

Es de señalar que el 2 de abril del 2026, se hizo pública una carta suscrita por más de un centenar de académicos, expertos y especialistas en derecho internacional en Estados Unidos, haciendo ver que Estados Unidos ha cometido una agresión contra Irán y que varias de sus acciones militares en suelo iraní califican como crímenes de guerra, susceptibles de acciones legales a nivel internacional pero también a nivel nacional (véase carta reproducida en el sitio de JustSecurity). No se ha escuchado de una iniciativa similar por parte de profesores y expertos en derecho internacional en Israel: al ser una operación militar conjunta perfectamente coordinada entre los aparatos militares de Estados Unidos y de Israel, la omisión antes señalada reviste mayor interés, no sin plantear interrogantes muy válidas.

Un tema dejado de lado en la cobertura periodística de esta confrontación militar es el tema ambiental: el efecto acumulativo de bombardeos a plantas de producción de hidrocarburos, centros de almacenamientos de productos petroquímicos y de otras instalaciones industriales o semi industriales, viene a poner seriamente en riesgo el ya escaso recurso hídrico en toda la región. Salvo error nuestro, no se cuenta aún con un informe por parte de alguna entidad internacional adscrita a Naciones Unidas, detallando los daños causados en materia ambiental durante esta intensa confrontación, y sobre los que alertaba tempranamente, en el caso de Irán, este artículo del 10 de marzo publicado en The Guardian. Con relación a las plantas de desalinización existentes para producir agua potable, algunas de éstas han sido objetivos militares en esta confrontación, exhibiendo la gran vulnerabilidad de los Estados que han optado por esta opción en Oriente Medio para suplir de agua potable a su población (véase nota de este sitio especializado al respecto, del 30 de marzo del 2026).

Un Presidente de Estados Unidos bastante mal informado y algo errático

El nivel de impreparación de Estados Unidos e Israel para contrarrestar la respuesta militar de Irán viene ahora a plantear muchas dudas e interrogantes, todas muy válidas, sobre la estrategia seguida por ambos Estados:

– ¿cómo explicar que Israel y Estados Unidos no conocieran mayormente la capacidad real de respuesta militar de Irán?

– ¿cómo sostener que los servicios secretos israelíes están muy bien infiltrados en Irán, con una amplia red de informantes y con un acceso privilegiado a información estratégica muy sensible, ante semejante demostración iraní de sus capacidades militares?

Resulta elocuente que, tanto Israel como Estados Unidos, no tenían idea de muchas cosas en Irán, como bien lo señaló un ex jefe de los servicios secretos británicos en esta entrevista realizada el pasado 25 de marzo (véase enlace).

El hecho que el Presidente de Estados Unidos anunciara en los últimos días del mes de marzo la llegada de más tropas, más naves y más material militar a Oriente Medio, y despotrique de mala manera contra sus aliados europeos y árabes, contra la OTAN, insultando de paso a dirigentes europeos así como a la máxima autoridad en Arabia Saudita por no ayudarlo militarmente, viene a evidenciar la precitada impreparación y a confirmar el error de apreciación inicial hecho por Israel y Estados Unidos sobre la duración de la confrontación militar con Irán.

Con relación a la gestual corporal y la verborrea presidencial observadas en Washington, especialistas sobre el comportamiento iracundo, el berrinche y el pataleo de un niño mimado que no obtiene su juguete preferido, deberían poder realizar interesantes paralelismos con la gestual corporal observada y el vocabulario escuchado por parte del actual ocupante de la Casa Blanca en los últimos días del mes de marzo del 2026 y los primeros de abril.

Nótese que la prohibición por parte de Francia de sobrevuelo de un cargamento de material militar desde Estados Unidos hacia Israel (véase información posteada por un siempre muy bien informado analista galo) causó una reacción iracunda en Estados Unidos pero también en Israel (véase nota del Jerusalem Post del 31 de marzo). Austria de igual manera negó autorizaciones de sobrevuelo (véase nota de la agencia turca Anadolu del 2 de abril), reduciendo las opciones de itinerario a los pilotos de estos vuelos cargados de armamento a destinación de Israel. España fue el primer Estado en declarar oficialmente su espacio aéreo cerrado a aviones militares involucrados en acciones militares contra Irán (véase nota de RTVE del 30 de marzo).

La falta de objetivos claros de esta aventurada operación militar conjunta es otro aspecto altamente preocupante. ¿Cómo finalizar una confrontación militar que adolece de objetivos claros? Es el insólito dilema que debe resolver el mandatario norteamericano, con una presión del tiempo cada vez mayor jugando en su contra. Durante las negociaciones iniciadas en Pakistán el pasado 11 de abril, se pudo observar a numeroso y experimentado equipo iraní de diplomáticos y expertos (76 personas en total), con varios de ellos con más de 10 años negociando con la comunidad internacional álgidos aspectos relacionados al programa nuclear iraní. Frente a ellos, se contó con un pequeño equipo negociador norteamericano compuesto por el yerno del Presidente de Estados Unidos y su mejor amigo, un exitoso promotor inmobiliario y gran jugador de golf, dirigidos por el Vice Presidente de Estados Unidos.

En esta nota de prensa del 14 de marzo, se hizo ver el faltante de interceptores por parte de Israel, detectado en Estados Unidos en esta otra nota de CNN: ambas notas confirman la precitada impreparación de ambos Estados. En efecto, sin interceptores, los misiles y drones iraníes logran alcanzar sus objetivos en Israel, lo cual se ha efectivamente podido observar desde varias semanas.

Este informe del 21 de abril de un sitio especializado en Estados Unidos en cuestiones militares, hace ver que Estados Unidos ha gastado una enorme cantidad de municiones de diversa índole en Irán, que afectan significativamente las reservas de las que dispone usualmente.

En esta nota del 27 de marzo, es un alto jefe militar israelí el que advierte del riesgo de «colapso» (sic.) del mismo ejército israelí (véase nota publicada en el TimesofIsrael y titulada «Zamir said to warn cabinet that IDF will ‘collapse in on itself’ amid manpower shortage«). El hecho de hacer público el desgaste de Israel en el plano militar posiblemente repercutió en los días siguientes en acciones de grupos desde Yemen (que no habían aún lanzado ataques desde el 28 de febrero en apoyo a Irán), así como un recrudecimiento de acciones contra Israel y Estados Unidos desde el Líbano, Irak, Siria y tal vez otros Estados en los que existen grupos armados organizados. En el caso de los grupos armados organizados ubicados en Yemen, se puede buscar alterar también el flujo de la carga marítima que pasa por el estrecho de Bab-Al-Mandab, agravando así aún más la crisis energética. El pasado 29 de marzo, CNN reportó los primeros ataques desde Yemen (véase nota en la que no se explica porqué entran tan solo ahora en confrontación contra Israel los grupos armados de Yemen y no lo hicieron desde el 28 de febrero o justo después).

En las últimas semanas del mes de marzo del 2026, el mismo Presidente de Estados Unidos exhibió su desesperación pidiendo que otros Estados en Europa y en Asia lo ayudasen a desbloquear el estrecho de Ormuz, una trampa previsible que le tendió Irán y de la que no pareciera poderse salir, al menos desde el punto de vista militar (véase nota de prensa del 17 de marzo).

¿Acaso no preveía Estados Unidos y en particular los estrategas de la Casa Blanca, que Irán bloquearía el estrecho de Ormuz? Por más sorprendente sea, es lo que ocurrió. Se trata de una amenaza hecha desde el 2006 por las máximas autoridades iraníes (véase por ejemplo, entre muchas, esta nota de Radio Free Europe/ Radio Liberty).

También el pasado 17 de marzo se informó en Estados Unidos de la renuncia del más alto funcionario a cargo de la lucha contra el terrorismo: véase nota de The Guardian y carta de renuncia difundida en las redes sociales, cuya lectura se recomienda al plantear de manera muy clara que fueron las autoridades de Israel las que arrastraron a Estados Unidos en esta confrontación militar con Irán. El artículo precitado del New York Times editado este 7 de abril (véase texto) detalla cómo Israel logró convencer al actual ocupante de la Casa Blanca.

En una comparecencia ante una comisión del Congreso de Estados Unidos, celebrada el 18 de marzo del 2026, la máxima responsable de los servicios de inteligencia de Estados Unidos no supo contestar si Irán representaba (o no…) una «amenaza inminente» para Estados Unidos (véase video). ¿No supo? Así como se lee: no supo. Es la misma funcionaria que renunció a su cargo, el 22 de mayo del 2026 (véase nota de la BBC).

Todos estos aspectos (y muchos otros por conocerse algún día …) denotan una total improvisación por parte de Estados Unidos e Israel a la hora de decidirse a atacar a Irán el pasado 28 de febrero.

Esta entrevista de Democracy Now dada a conocer el pasado 18 de marzo explica los límites de la inteligencia artificial a la que han recurrido Estados Unidos e Israel para identificar miles de blancos militares en Irán y en otras partes en Oriente Medio. Se trata de una inteligencia artificial a la que Israel también recurrió en Gaza después del 7 de octubre del 2023, identificando miles de «objetivos» en Gaza sin lograr mayormente «erradicar» al Hamás: véase al respecto este muy completo artículo del 2024 de lectura recomendada sobre el programa informático Lavender. Siempre en Democracy Now, este experto sobre Oriente Medio entrevistado el pasado 20 de marzo del 2026 explica la trampa en la que parecieran haber caído Estados Unidos e Israel (véase video de la entrevista). En esta otra entrevista a un influyente senador norteamericano realizada también el 20 de marzo, se explica la forma tan errática de actuar del actual ocupante de la Casa Blanca.

Los objetivos de Estados Unidos: una incógnita luego del fiasco inicial

El ataque a la infraestructura pública iraní ha llevado a tal indignación por parte de varios aliados de Estados Unidos, así como por parte de la población iraní exiliada (y no exiliada) que el Presidente de Estados Unidos optó el pasado 23 de marzo por anunciar que aplazará nuevos bombardeos de este tipo sobre Irán por cinco días (véase nota del New York Times). Este plazo fue nuevamente reconducido seis veces, dado el sinsentido de bombardear lo único que le permite a la población iraní subsistir a duras penas en medio de bombardeos diarios desde el 28 de febrero del 2026.

El «galvanizar a la oposición iraní» que menciona este artículo publicado en el Times of Israel el pasado 23 de marzo, titulado «Netanyahu said frustrated that Mossad promise it could instigate Iran uprising has fallen short» (y cuya lectura completa se recomienda) pareciera constituir una premisa sobre la que se basaron tanto Israel como Estados Unidos de manera totalmente errónea: desde que inició esta intensa confrontación militar, no se ha galvanizado nada en Irán, confirmándose la sensación de fiasco total de esta operación militar conjunta contra Irán.

Esta premisa errada llevó a identificar como objetivo por parte de Estados Unidos y de Israel un cambio de régimen en Irán (lo cual fue afirmado en las primeras horas luego de iniciar su ataque contra Irán el 28 de febrero). Ambos quedan ahora ayunos de objetivos estratégicos claros en Irán: lo cual puede explicar las inconsistencias de los respectivos mandatarios de Israel y de Estados Unidos en sus diversas declaraciones.

En el caso específico de Israel, queda muy claro que su actual Primer Ministro persigue lo que ha hecho de manera casi ininterrumpida en toda la región (Gaza, Siria, Líbano, Irak, Irán) desde hace muchos años, y que le ha permitido sobrevivir políticamente en Israel: causar la mayor destrucción. Mientras Israel esté en confrontación militar, sea con quien sea, su supervivencia política está asegurada. Este habilidoso político israelí sabe que en el momento en que callen las armas, la justicia israelí y varias comisiones de investigación en Israel lo sepultarán en el plano político. Desde esta perspectiva, el intentar torpedear los esfuerzos de negociación y violar los ceses al fuego aceptados por la presión de Estados Unidos, se han vuelto la especialidad de este hábil político, y ello desde que llegó al poder en el 2006 en Israel. No debería sorprender el hecho que Israel busque la manera de torpedear cualquier intento de pacificación entre Estados Unidos e Irán en estos últimos días.

Un renombrado analista en Francia, con amplia experiencia como militar, ya señalaba, al cumplirse apenas 8 días de intensos combates entre Estados Unidos e Israel por un lado, Irán por otro (véase su artículo titulado “Trump a-t-il renoncé au prix Nobel de la paix ?” editado el 7 de marzo del 2026), que:

Les objectifs poursuivis réellement par Trump dans cette guerre contre l’Iran sont d’autant plus difficiles à comprendre que celui-ci n’en est pas sûr non plus ou semble les oublier d’un jour sur l’autre. Son cercle essaye de les expliquer, à l’exception remarquée du vice-président JD Vance qui est foncièrement hostile à cette aventure militaire.

Les pires arguments sont probablement ceux de Pete Hegseth, le Secrétaire d’Etat (Ministre) de la défense que les militaires états-uniens considèrent comme « un abruti qui ferait mieux de se contenter de commenter des rencontres sportives ». Ce ministre de Trump a beau répéter, en multipliant les coups de poing en l’air, que cette opération militaire est « fantastique », il n’ose pas pour autant en rappeler les objectifs stratégiques tellement ceux-ci sont changeants”.

Es de notar que, pese a una primera «pausa» parcial de Estados Unidos anunciada el 23 de marzo, los bombardeos continuaron como le detalla este informe realizado para el día 25 de esta guerra. Desde el 8 de abril, los bombardeos han cesado, y las acciones militares de Estados Unidos y de Irán se han concentrado en el estrecho de Ormuz.

Según unas primeras estimaciones, al día 6 de esta confrontación, Estados Unidos habría gastado más de 11.000 millones de US$ y al día 12, más de 16.000 millones de US$ (véase informe). Al finalizar el mes de marzo del 2026, se prevé que Estados Unidos habrá gastado unos 25.000 millones de US$ en esta aventurada guerra contra Irán (véase artículo).

No se tiene reportes similares con relación al costo que le ha significado a Israel.

Negociar con Irán: ¿una propuesta invalidada por lo ocurrido el 28 de febrero?

Durante la última semana de marzo del 2026, el ocurrente ocupante de la Casa Blanca había afirmado públicamente estar negociando con Irán, lo cual fue categóricamente rechazado por las autoridades Irán.

Somos del criterio que nuevamente se anunciaron cosas que no son desde la Casa Blanca, como parte del espectáculo de improvisación de su ocupante antes mencionado: no ha habido ninguna negociación directa entre Estados Unidos e Irán, sino intentos de Estados terceros de mediar como por ejemplo, Turquía, Omán, Egipto y mucho más recientemente, Pakistán. Cabe recordar que en enero del 2026, como parte de su espectáculo diario en las redes sociales, el Presidente de Estados Unidos había anunciado estar negociando con Dinamarca sobre el futuro de Groenlandia, lo cual fue desmentido categóricamente por las mismas autoridades danesas.

Este artículo publicado en el Reino Unido sobre el ciclo de negociaciones existentes entre Estados Unidos e Irán llevado a cabo en Ginebra (Suiza) días antes del 28 de febrero, permite entender la profunda desconfianza de Irán de negociar con Estados Unidos, al señalar que:

«In the final session of the talks, Iran agreed to a three- to-five-year pause on domestic enrichment, but the US in the afternoon session, after consultations with Trump, demanded a 10-year pause. In practice, Iran had no means to enrich domestically because of the bombing of its enrichment plants in 2025«.

Hacer concesiones mayores a Estados Unidos durante un arduo proceso de negociación, para verse atacado sin razón alguna el 28 de febrero no fue una experiencia nueva para Irán.

En efecto, una ronda de negociaciones muy similar se había dado justo antes de la denominada guerra de los 12 días en junio del 2025 llevada a cabo por Israel y Estados Unidos contra Irán.

Este breve historial permite entender mejor el hecho que Irán ya no confíe en la buena fe de Estados Unidos a la hora de negociar.

Pese al precitado espectáculo anunciando cosas en sentido contrario desde la Casa Blanca, es muy probable que Irán no prioriza negociación alguna con Estados Unidos: y que de hacerlo eventualmente, buscará la forma de hacer ver a la comunidad internacional la intransigencia de Estados Unidos. Al respecto, se pudo observar que, luego de 21 horas de discusiones en Pakistán, el pasado 11 de abril, la delegación norteamericana regresó a Estados Unidos sin ningún resultado.

El pasado 21 de abril, la segunda ronda prevista de negociaciones en Pakistán no tuvo lugar, al optar Irán por no enviar delegación alguna a la capital pakistaní. Estados Unidos respondió anunciando de manera unilateral mantener el cese al fuego por una período indeterminado este 21 de abril: al respecto, cabe destacar que se trata de una verdadera «premiere» en materia de ceses al fuego entre dos Estados, al haberse declarado una prórroga indeterminada y de manera unilateral. ¿Es tal la desesperación en Estados Unidos para obtener un acuerdo, aunque sea mínimo con Irán?

Mientras crecen el descontento dentro de Estados Unidos y la presión sobre el errático ocupante de la Casa Blanca, y mientras sube el precio internacional del barril de petróleo, Irán apuesta por dejar correr el tiempo.

Una oportunidad que no ha desaprovechado Israel en el territorio palestino ocupado

En un comunicado de prensa de varios expertos en derechos humanos de Naciones Unidas del 19 de marzo del 2026 (véase texto), se lee que Israel ha aprovechado el hecho que la atención mundial se ha desviado de la situación en Palestina, para continuar con la anexión de gran parte de Cisjordania, procediendo a una verdadera limpieza étnica:

«Since 28 February, most road gates of the West Bank have been closed by occupation forces, obstructing access to workplaces, schools, health services and aid, isolating communities even from ambulances and fire brigades.”

“Entrapped and out of reach, entire communities live in fear of settler terrorism rampaging across the West Bank day and night,” they warned. “Thousands of Palestinian families have been forced to flee their homes because of escalating settler attacks, and the destruction of essential infrastructure, especially in the Jordan valley, some of them displaced months earlier from other communities».

El comunicado oficial de España (véase texto) del pasado 15 de marzo condenando estas mismas acciones de Israel en Cisjordania – cuya lectura completa se recomienda – plantea interrogantes muy válidas sobre el silencio observado por los aparatos diplomáticos de muchos otros Estados en Europa, así como en América Latina.¿Qué será lo que sí ve España que ocurre en Cisjordania y que no quieren ver los demás Estados?

Este 31 de marzo del 2026, fue nuevamente España y otros Estados europeos la que alzó la voz ante la adopción en Israel de una ley que instaura la pena de muerte contra personas palestinas (véase comunicado oficial). El Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas condenó esta nueva iniciativa legislativa israelí (véase comunicado oficial).

Este comunicado oficial de una ONG como Amnistía Internacional del 16 de marzo sobre el asesinato de palestinos en Cisjordania, evidencia la sordera y ceguera persistentes de algunos Estados con relación a las exacciones de todo tipo a las que se libra Israel en el territorio palestino ocupado.

Foto de soldado israelí amenazando en Bethleem, territorio palestino ocupado, a un vendedor de frutas en el 2025, extraída de esta nota de prensa difundida en las redes sociales de AlJazeera

Veremos en las líneas que siguen que no es solamente Cisjordania el territorio palestino en el que, desde el 28 de febrero del 2026, Israel adelanta sus posiciones en abierta violación a los derechos que asisten a la población palestina.

Una nueva violación flagrante a la Carta de Naciones Unidas

Desde el estricto punto de vista jurídico, hay que tener claro que lo ocurrido el 28 de febrero del 2026 con esta nueva acción militar contra Irán califica como agresión. ¿Como así? Como se lee.

Esta agresión militar de dos Estados (Estados Unidos e Israel) contra un Estado (Irán) contraviene con los principios y las reglas enunciadas en la Carta de Naciones Unidas de 1945. Un análisis publicado el mismo 28 de febrero del 2026 en el sitio especializado de EJIL Talk y titulado «The American-Israeli Strikes on Iran are (Again) Manifestly Illegal » precisa y detalla la ilegalidad total que constituye (sin discusión alguna) el ataque conjunto de Estados Unidos e Israel perpetrado contra Irán. En esta entrevista un reconocido académico norteamericano no duda en referir al «desastre» provocado por Estados Unidos e Israel y al año «catastrófico» para la economía mundial que se avecina de insistir Estados Unidos e Israel en una confrontación con Irán.

Este comunicado conjunto de varios expertos de Naciones Unidas en derechos humanos del 12 de marzo condena el accionar conjunto de Estados Unidos e Israel contra Irán y contra el Líbano, en términos vehementes: al respecto, nuestros estimables lectores podrán por sí mismos observar la casi nula difusión de este comunicado oficial de Naciones Unidas en medios de prensa internacionales.

Como todo hecho ilícito internacional, el derecho internacional público prevé la posibilidad, para el Estado víctima, de reclamar compensaciones de todo tipo en caso de daños, en particular a su infraestructura pública, a su agricultura, a su patrimonio histórico y más generalmente a todo lo que estalla y se pierde de manera irremediable cuando una bomba potente es lanzada en una capital como Teherán por parte de Estados Unidos e Israel o en otra zona de Irán. A modo de ejemplo reciente, en Naciones Unidas, este informe de febrero del 2026 establece una estimación por los daños causados en Ucrania (luego de sufrir la agresión militar de la que ha sido víctima por parte de Rusia desde el 24 de febrero del 2022) a más de 195.000 millones de US$. La metodología aplicada para cuantificar los daños en el caso de Ucrania es aplicable a todo Estado que sufra un ataque militar masivo por parte de otro Estado. En el caso de Gaza, este otro informe del Banco Mundial (a febrero del 2025), estimaba los daños causados por Israel a 53.000 millones de US$. Una actualización de los datos a febrero del 2026 (ya que los bombardeos sobre Gaza por parte de Israel no han cesado desde febrero del 2025) arroja ahora (abril del 2026) la cifra a más de 71.000 millones de US$ (véase nota oficial de NAciones Unidas del 20 de abril del 2026).

En 1986, luego de una ejemplar batalla legal en La Haya, Nicaragua obtuvo una histórica sentencia de la justicia internacional, condenando a Estados Unidos por adiestrar, financiar y asesorar a fuerzas contrainsurgentes en su contra (véase sentencia de la CIJ del 26 de junio de 1986, en particular el párrafo dispositivo final 292), con una etapa sobre reparaciones posterior que Nicaragua no continúo, pudiendo hacerlo (Nota 8). La relectura del fallo de la CIJ del 27 de junio de 1986 permite revisar, 40 años después, las diversas tentativas de los asesores legales norteamericanos buscando evitar a toda costa que la justicia internacional de La Haya no conociera de este asunto: todas sus maniobras, algunas tan creativas como fantasiosas e ilusas, fracasaron de manera estrepitosa ante el juez internacional.

Cabe precisar que ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, el delegado de Estados Unidos no encontró nada mejor que … sostener que Estados Unidos actuó el 28 de febrero en legítima defensa, invocando el Artículo 51 de la Carta de Naciones (véase texto de intervención): desde el 28 de febrero del 2026, se sigue esperando de Estados Unidos que aporte pruebas sobre la «amenaza inminente» a la que refirió su delegado ante los demás 14 integrantes del Consejo de Seguridad.

Al respecto, merece lectura la intervención del delegado de China durante la misma sesión urgente del Consejo de Seguridad, celebrada el mismo 28 de febrero por la noche en Nueva York (véase texto intregral).

Irán y Estados Unidos ante la justicia internacional: asuntos pasados y pendientes (varios)

Contrario a una opinión generalizada, Irán sí ha hecho uso de los recursos legales existentes a disposición de un Estado víctima de otro Estado en el pasado.

Cabe recordar que de los 21 casos inscritos ante la justicia internacional de La Haya, tres asuntos distintos se relacionan a tres demandas de Irán contra Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), tal y como se puede revisar en el listado oficial de casos pendientes de resolución:

– en el año 2003, luego de una ardua y larga batalla legal, la CIJ condenó a Estados Unidos en una sentencia en el marco de una demanda presentada por Irán por bombardeos de Estados Unidos a sus instalaciones petroleras realizados en 1987 y en 1988 (véase texto, en particular párrafo operativo 125);

– en octubre del 2018, en una ordenanza de la CIJ tomada por unanimidad de sus 15 integrantes, la CIJ ordenó levantar las sanciones de Estados Unidos contra Irán que afectaran la salud, la agricultura, la aviación civil y otros ámbitos (veáse comunicado oficial de Naciones Unidas);

– en febrero del 2021, la CIJ rechazó los alegatos sobre su incompetencia presentados por Estados Unidos, declarándose perfectamente competente para examinar una demanda de Irán contra Estados Unidos, aún pendiente de resolución en La Haya (véase sentencia sobre excepciones preliminares).

– en marzo del 2023, la CIJ declaró que Estados Unidos debe proceder a compensar a Irán con relación a los activos bancarios congelados en Estados Unidos (véase sentencia, y en particular el párrafo operativo final 236 votado con 10 jueces votando a favor contra cinco de ellos).

Nótese que pocos días antes del 28 de febrero del 2026, la CIJ adoptó una ordenanza indicando el cronograma de escritos para la fase de compensación en el caso de los activos iraníes congelados ilegalmente en bancos norteamericanos y que Estados Unidos tiene la obligación de devolver a Irán (véase ordenanza del 25 de febrero del 2026). Se lee en esta ordenanza que Irán propuso inicialmente un plazo de seis meses, Estados Unidos uno de nueve meses para la presentación de los escritos, a lo cual Irán accedió sin mayor problema. Esta ordenanza del 25 de febrero constituye un nuevo revés para Estados Unidos y puede llamar la atención el poco interés suscitado en la prensa internacional para dar a conocer esta decisión de la CIJ. Es de precisar que esta ordenanza no pareciera haber sido objeto de un comunicado de prensa oficial por parte de la CIJ (véase listado).

En una nota reciente sobre los 80 años de la CIJ (17 de abril del 2026), un aniversario pasado totalmente desapercibido o casi, se incluyó esta y varias otras decisiones de la CIJ desacatas (véase nuestra nota): de haberlo sido, le hubieran ahorrado a la comunidad internacional graves crisis.

Estados Unidos e Israel: una dupla a toda prueba

De manera a relacionar lo ocurrido desde el 28 de febrero del 2025 con el contexto propio de las relaciones entre Israel y Estados Unidos, no resulta de más recordar que el actual mandatario norteamericano confía ciegamente en las informaciones con las que le provee Israel.

En efecto, como bien se recordará, durante su primer mandato, optó el 8 de mayo del 2018 por retirar a Estados Unidos del denominado «pacto nuclear» sellado en julio del 2015 entre Irán y la comunidad internacional, luego de casi 20 años de intensas negociaciones.

Esta decisión unilateral de Estados Unidos se basó en «informes de inteligencia» de Israel sobre el programa iraní, dadas a conocer a finales del mes de abril del 2018 (véase artículo de prensa del New York Times). Las conclusiones a las que llegó Estados Unidos fueron formal y categóricamente desmentidas por la Agencia Internacional de la Energía Atómica (AIEA) de Naciones Unidas, al sostener que Irán sí estaba cumpliendo a cabalidad con todo lo pactado en el 2015 con la comunidad internacional, tal y como tuvimos la oportunidad de plantearlo en una nota nuestra titulada precisamente:

«¿Informantes malinformados? OIEA desmiente a Estados Unidos: Irán sí cumple con obligaciones pactadas en materia nuclear» (Nota 9).

Retirarse de un acuerdo nuclear pactado entre Irán y la comunidad internacional en julio del 2015 con base en información de inteligencia proporcionada por Israel, es lo que el actual mandatario norteamericano no dudó en hacer en mayo del 2018 (y ello pese al carácter falaz de la información proporcionada por Israel).

En este año 2026, la misma confianza ciega en la información proporcionada por Israel pareciera ser el origen de esta improvisada aventura militar contra Irán iniciada el 28 de febrero pasado.

La decisión de Estados Unidos de mayo del 2018 fue precisamente la que llevó Irán a acudir a la justicia internacional de La Haya. Es posible que Irán busque la manera de llevar a conocimiento de la CIJ lo ocurrido desde el 28 de febrero del 2026. Dada la gran cantidad de crímenes de guerra cometidos desde entonces en su territorio, Irán podría también inspirarse de Ucrania y acudir, mediante una sencilla declaración de reconocimiento de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional (CPI), a la justicia penal internacional de La Haya.

Una amenaza pasada reiterada… hecha realidad

A modo de respuesta a este ataque inicial de Estados Unidos y de Israel, Irán ha materializado desde el mismo 28 de febrero una amenaza hecha en su momento: una respuesta militar de su parte con un alcance regional, abarcando no solamente a Israel sino a todos los Estados de la región en los cuales se encuentra una base militar norteamericana (Arabia Saudita, Bahréin, Catar, Emiratos Arabes Unidos, Irak, Kuwait, Jordania y Omán).

Las embajadas de Estados Unidos en la región, sus naves, sus empresas, sus turistas o simples nacionales de igual manera pueden verse convertidos en blancos militares a partir del 28 de febrero y puede resultar bastante aventurado y presumido pretender estar en capacidad de proteger puntos tan dispersos, de posibles ataques por parte de Irán. Ello sin contar con actos violentos que se puedan dar contra legaciones diplomáticas de Israel y de Estados Unidos y contra sus empresas o grupos de turistas en muchas otras partes del mundo por parte de individuos, grupos organizados y/o colectivos radicales dispuestos a «vengar» a Irán.

El observar si las capacidades militares iraníes lograron penetrar en el suelo de Israel y en diversos otros puntos permite determinar si los decisores en Estados Unidos e Israel ponderaron y balancearon de manera correcta (o incorrecta …) los enormes riesgos que conllevaba su agresión militar inicial contra Irán.

De igual manera, la amenaza de bloquear el flujo de carga naviera que pasa frente a las costas de Irán imposibilitando el paso por el estrecho de Ormuz es otra amenaza hecha en su momento por Irán, en caso de iniciar Estados Unidos hostilidades en su contra. Cabe recordar que Desde 1973, el estrecho de Ormutz cuenta con un texto (véase documento) de la Organización Marítima Mundial en el que se precisan las atribuciones y los derechos de Irán y de Omán sobre este estrecho marítimo, de vital importancia para la zona. El aumento significativo del precio del barril del petroleo y del gas licuado desde que inició esta confrontación indica que Irán ha logrado poner a ejecución su amenaza, abriéndose así una espiral inflacionaria en todo el mundo que afecta a todas las economías del planeta.

Desde el punto vista del derecho internacional público, cabe precisar que la Convención sobre Derecho del Mar de 1982 no ha sido ratificada por Estados Unidos, ni por Israel (que tan siquiera la han firmado), ni por Irán (que sí la ha firmado mas no ratificado), ni tampoco por Emiratos Árabes Unidos (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). Los Estados costeros de la región que si son Estados Partes a este instrumento son Arabia Saudita (desde 1996), Bahréin (1985), Catar (2002), Koweit (1986) y Omán (1989).

El 2 de abril del 2026, se informó de un protocolo que Irán negocia con Omán para ajustar los términos del acuerdo de 1973 a la actual confrontación militar, de manera a permitir el paso con restricciones de carga marítima por el estrecho de Ormuz (véase nota de SwissInfo).

Cráter causado por un misil iraní en Tel Aviv. Foto extraía de artículo de prensa publicado en Israel por el medio digital Magazine+972 y titulado » ‘Our coverage is not thruthful’: How Israel is censoring reporting o the war», edición del 13 de marzo del 2026

Nótese que un proyecto de resolución ante el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas presentado por Bahréin intentó en un primer momento incluir una autorización para el uso de la fuerza (con una referencia explícita al Capítulo VII de la Carta de Naciones Unidas) en aras de intentar desbloquear el estrecho de Ormuz: fue tal la oposición de varios miembros permanentes del Consejo de Seguridad (China, Francia, Reino Unido, Rusia) que los delegados de Bahréin han debido proceder a revisar el texto, de manera que no haya referencia alguna al Capítulo VII de la Carta (ello de manera a encontrar una salida diplomática al estrecho de Ormuz, lo cual implica una negociación con Irán – véase nota del sitio especializado PassBlue y nota del New York Times del 4 de abril del 2026). En la sesión del Consejo de Seguridad del 7 de abril, el proyecto de resolución enmendado finalmente por Bahréin (véase proyecto de resolución bajo el numeral S/2026/273) fue vetado por China y Rusia (véase video de la sesión) al tiempo que Colombia y Pakistán se abstuvieron.

Cabe también recordar que ya en el mes de junio del 2025, tuvimos la oportunidad de analizar desde la perspectiva jurídica, la total ilegalidad de los bombardeos realizados por Israel y Estados Unidos en Irán, durante 12 días. Dicho sea de paso, en aquel episodio, varios misiles y drones enviados por Irán en respuesta a este ataque lograron burlar los sistemas de defensa de Israel pese a las «seguridades» dadas por algunos altos jefes militares en Israel: véase al respecto nuestra nota titulada «Irán / Israel: algunas reflexiones desde la perspectiva del derecho internacional público», del 28 de junio del 2025. En aquella oportunidad, tampoco analistas encontraron una «inminente amenaza» para Estados Unidos o Israel, concluyendo que la decisión de atacar a Irán resultó de un sencillo cálculo político (véase artículo publicado en The Guardian el 23 de junio del 2025).

En cuanto a los Estados que aceptaron (bajo una fuerte presión de Estados Unidos) normalizar sus relaciones con Israel en septiembre del 2020 mediante los denominados «Acuerdos de Abraham» a un alto costo político como Bahréin y Emiratos Árabes Unidos, pueden observar la verdadera burla a su seguridad que les ha significado estos acuerdos, ante la incapacidad de Israel y de Estados Unidos de protegerlos y resguardarlos de los ataques de Irán.

Drones: la nueva componenda militar en conflictos bélicos

En las más recientes confrontaciones entre dos Estados, el recurso a drones militares de cierto alcance (pero incluso drones comerciales de muy bajo costo) permite ahora al ejército de un Estado ya sea:

– burlar de manera relativamente sencilla los sistemas de defensa de otro Estado (pensados para interceptar misiles, y no drones), ya sea;

– saturar el espacio con drones y misiles de poca carga y desgastar los sistemas de defensa antimisiles, para luego, agotados los sistemas antimisiles, enviar misiles y drones con cargas mucho mayores en determinados puntos considerados estratégicos.

Con respecto al uso de los drones, resulta más que sorprendente para muchos observadores militares que Estados Unidos no haya incorporado como variable la experiencia militar de Ucrania desde el 2022, al recibir una multitud de drones rusos que burlan una y otra vez, de manera bastante sencilla, los sistemas de defensa antimisil de Ucrania más sofisticados proporcionados por Estados Unidos y por Europa.

Esta constatación es aún más sorprendente al registrase en el «Top12» de las empresas dedicadas a la producción de drones militares a nivel mundial, a seis empresas norteamericanas y a dos israelíes (véase enlace).

No se sabe si Estados Unidos e Israel han tomado en consideración el hecho que Irán también está dotado de drones marinos que burlan la vigilancia de los radares y de otros modernos sistemas de detección, y que han causado, en el caso de su uso por parte de Ucrania, daños significativos a la marina rusa en el Mar Negro.

Estados Unidos e Israel: una urgente necesidad de desplazar la atención

No está de más indicar que esta aventurada operación militar conjunta de Estados Unidos y de Israel y la previsible respuesta de Irán permite a ambos Estados y a sus dos máximos dirigentes, desviar totalmente la atención mediática internacional y la de la comunidad internacional en su conjunto.

En el caso norteamericano, tanto el escándalo por los denominados «Epstein files» como la verdadera humillación sufrida el pasado 20 de febrero por el actual ocupante de la Casa Blanca ante el mundo y ante su propia opinión (al declarar la Corte Suprema totalmente ilegales los aranceles decididos de manera arbitraria al iniciar su gestión), han pasado a un segundo plano desde el 28 de febrero, lo cual resulta sumamente útil de cara a la contienda electoral del los «midterms» en Estados Unidos. No obstante, desde el punto de vista electoral, el apoyo popular (incluso dentro de su propio partido) a esta nueva aventura militar de Estados Unidos en Oriente Medio no parecería darse para el actual ocurrente ocupante de la Casa Blanca, luego de 40 días de intensa confrontación con Irán, y con las primeras personas muertas y heridas (tanto en Israel como en las filas del mismo ejército norteamericano – que suman 13 al 17 de abril del 2026). Esta nueva y costosa aventura militar, cuyos objetivos son inciertos, es incluso contraria a una promesa firme hecha y reiterada como candidato presidencial a sus correligionarios por parte del actual ocupante de la Casa Blanca. En cuanto a los efectos inflacionarios de una nueva crisis petrolera, es probable que genere un profundo descontento en el electorado norteamericano si logra impactar directamente a la economía norteamericana.

En el caso de Israel, esta operación militar conjunta con Estados Unidos permite a Israel desviar toda la atención del mundo:

– del drama indecible al que somete a la población civil palestina y al genocidio en curso en Gaza, presentido con gran anticipación por parte de Sudáfrica en diciembre del 2023 al presentar su demanda contra Israel ante la justicia internacional de La Haya (véase texto), confirmado en julio del 2024 por la Relatora de Naciones Unidas Francesca Albanese en su informe titulado «Anatomía de un genocidio«, y reconfirmado por tres expertos investigadores designados por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas en su informe A/HRC/60/CRP.3 de septiembre del 2025 (Nota 10), así como;

– de la colonización a marcha forzada muy intensa que lleva a cabo en otro territorio palestino ocupado, Cisjordania, la cual fue objeto de un reciente comunicado de varios Estados condenandola de manera vehemente (véase comunicado del 23 de febrero colgado por la diplomacia de España). Nuestros estimables lectores costarricenses podrán revisar este otro texto conjunto suscrito por más de 100 Estados condenando el accionar de Israel en Cisjordania, entre los cuales no aparece Costa Rica, como tampoco Argentina, Bolivia, Ecuador, Haití, Honduras, Guatemala, Nicaragua, Paraguay, Panamá ni Perú. Este informe de Naciones Unidas del 17 de marzo del 2026 viene a confirmar cómo Israel ha acelerado la colonización y la destrucción de viviendas palestinas en Jerusalén Oriental y en Cisjordania.

El hecho de posponer nuevamente una investigación independiente en Israel sobre las responsabilidades del actual pimer ministro y sus jefes militares al permitir el ataque del Hamás del 7 de octubre del 2023, teniendo información de sus servicios de inteligencia sobre los planes del Hamás que fue archivada (véase artículo del New York Times del 2 de diciembre del 2023), es otro aspecto muy positivo para el actual primer ministro israelí.

Es de notar que el pasado 4 de marzo, el denominado Grupo de La Haya, liderado por Colombia y Sudáfrica convocó a una reunión urgente con 35 Estados que han dicho presente, para considerar nuevas acciones de cara al genocidio en curso en Gaza (véase nota de prensa).

Resulta oportuno señalar que al finalizar el mes de febrero, la Universidad de Costa Rica (UCR) anunció el otorgamiento de su máxima distinción académica a la Relatora de Naciones Unidas para los Derechos del Pueblo Palestino, la jurista italiana Francesca Albanese (véase anuncio oficial de la UCR): un apoyo a su valentía y a su labor que bien podría replicarse en otros recintos universitarios, y ello pese a la intensa campaña en su contra orquestada desde Estados Unidos e Israel y desde sus círculos afines (Nota 11). Sobre las recientes acusaciones en su contra, se recomienda en particular leer el texto de la misma Francesca Albanese publicado en Le Monde Diplomatique (número de marzo 2026), titulado «Réponse a mes détracteurs» y (cuyo texto integral esta disponible desde el 1 ero de abril). Este 2 de abril, se informó que Francesca Albanese recibió la máxima distinción académica remitida por tres universidades en Bélgica (véase nota de prensa). En Costa Rica, personalidades e intelectuales han saludado esta llamativa iniciativa de la UCR (véase artículo de opinión publicado el pasado 29 de marzo en La Extra y este otro publicado con anterioridad en Delfino.cr, entre muchos más), al tiempo que otros han considerado oportuno repetir en artículos de opinión las falacias que el aparato diplomático israelí ha difundido en su contra, y ello desde su primer informe antes mencionado y titulado «Anatomía de un genocidio«, cuya lectura integral se recomienda.

El anuncio hecho el pasado 8 de abril sobre la declaración como organizaciones terroristas de cuatro entidades de Oriente Medio por parte de las autoridades de Costa Rica, evidencia la alineación de Costa Rica a Estados Unidos (véase nota de La Nación), que tuvimos la oportunidad de señalar con relación a otra iniciativa conjunta entre Costa Rica y Estados Unidos (Nota 12). Sería de interés conocer la justificación oficial exacta para declarar justo en estos momentos, horas después de anunciar Estados Unidos un cese al fuego con Irán, a estas cuatro entidades como entidades terroristas, una iniciativa que consideramos que no es exempta de riesgos dada la fuerte tensión que se vive en Oriente Medio y la gran cantidad de turistas israelíes que visitan a Costa Rica (Nota 13).

Cabe precisar que en su informe más reciente (documento A/HRC/61/71, titulado «Torture and genocide» presentado el 23 de marzo), se lee en las conclusiones de la Relatora de Naciones Unidas para los Derechos del Pueblo Palestino que:

«82. Since October 2023, the systematic torture of Palestinians has become an integral component of Israel’s settler-colonial genocide, functioning as an instrument of annihilatory violence directed at the Palestinians as a people. When torture is perpetrated across an entire territory, against a population as such and sustained through policies that destroy the conditions of life, the genocidal intent is apparent.

83.This report merely scratches the surface. It situates torture within a broader framework of both custodial and non custodial policies and practices, in which the infliction of collective long-term harm reflects a concerted effort to control and erase a people: by destroying basic conditions of life, breaking social bonds and collective resistance, and ultimately forcing Palestinians from their land to replace them with settlers«.

Como señalado, este informe fue presentado en Ginebra este 23 de marzo (véase comunicado oficial de Naciones Unidas): nuestros estimables lectores podrán revisar por sí mismos la casi nula difusión de este comunicado de prensa oficial de Naciones Unidas en los medios internacionales de prensa. El comunicado de esta organización en Estados Unidos denunciando la tortura a un bebé de un año frente a su padre palestino en Gaza por parte de militares israelíes, del 23 de marzo, conoció la misma nula difusión. Este comunicado de la Sociedad Española de Epidemiología conoció la misma suerte, interpelando de paso, a las sociedades de epidemiología de otras latitudes y más generalmente a las asociaciones profesionales de médicos y de personal de la salud.

Siempre con relación al territorio palestino ocupado, esta vez Jerusalén Oriental, el pasado 6 de marzo del 2026, varios expertos de Naciones Unidas hicieron un vehemente llamado a Israel a cesar sus acciones tendientes a forzar familias palestinas a abandonar esta parte de la Ciudad Santa (véase texto) en el que se lee que:

What is being done to this world symbol of spiritual coexistence and shared heritage is irreversible.” In occupied East Jerusalem, extrajudicial killings, large-scale demolitions and forced displacement have escalated. Checkpoints and closures are severing the city from its Palestinian hinterland, isolating communities from their social, cultural, economic and religious life and undermining their rights to self-determination and development. Punitive policing and systematic interference with freedom of worship are designed to coerce Palestinians to leave«.

Con relación a la situación en Gaza, el antepenúltimo informe de Naciones Unidas al 27 de marzo del 2026 (véase informe) registraba la muerte de 72.265 personas en Gaza, de las cuales 21.283 corresponden a la de niños, 10.983 a mujeres y 5.100 a adultos mayores. En el penúltimo informe al 10 de abril, la precitada cifra global de personas fallecidas actualizada registra a 72.315 víctimas mortales. En el último informe (al 16 de abri del 2026l), la cifra aumentó a 72.344 personas fallecidas en Gaza.

Nótese que el pasado 24 de marzo, con ocasión de una alerta por misiles iraníes, ciudadanos israelíes encontraron en un refugio el cuerpo sin vida de un reservista israelí, cuyo suicidio viene a añadirse a una larga lista de soldados israelíes (Nota 14) que optan por quitarse la vida luego de regresar de meses de servicio en Gaza (véase nota del Jerusalem Post).

Finalmente, en Perú, la justicia peruana ha sido recientemente solicitada por una fundación palestina que rastrea a criminales de guerra israelíes que turistean por América Latina (véase nota de la Fundación Hind Rajab). Una cción similar se llevó a cabo en Sri Lanka (véase nota).

La prohibición de la tortura: un detalle en una votación en noviembre del 2025 muy pocamente divulgado

Es de notar que un episodio muy poco referenciado por las grandes agencias de noticias que cubren a Naciones Unidas, tuvo lugar el 20 de noviembre del 2025: se votó la resolución trienal en el seno de la IIIa Comisión de de la Asamblea General, que reafirma la prohibición de la tortura y de los malos tratos (véase texto de la resolución).

Por primera vez en los últimos decenios, se contabilizaron en noviembre del 2025 un total de 169 Estados votando a favor y … votaron en contra Argentina, Estados Unidos e Israel. De estos tres Estados, únicamente Estados Unidos procedió a explicar su voto en contra, con argumentos risibles si no se tratara de un tema tan grave (véase texto). Se registraron además 4 abstenciones que deberían de interpelar a muchos: Burundi, Papua Nueva Guinea, Nicaragua y Rusia.

Este detalle (véase recuadro) de la votación merecía, en nuestra modesta opinión, una mención en medios informativos: mucho más llamativo resulta que haya pasado totalmente desapercibido en la prensa internacional y que muchas salas de redacción omitieran toda referencia a este intento por erosionar una regla internacional fundamental en materia de protección de los derechos humanos. ¿No interesará realmente a nadie que hayan Estados objetando la prohibición de la tortura y de los tratos inhumanos, crueles o degradantes?

Usualmente, este resolución trienal de la Asamblea General de Naciones se adopta por consenso entre los 193 Estados miembros de Naciones Unidas, tal y como ocurrió en ejercicios similares en el 2022 (véase texto), en el 2017 (véase texto) y en el 2014 (véase texto).

En febrero del 2025, en un informe publicado por una ONG en Israel (véase informe completo), se leía:

«By disregarding the extended evidence from human rights organizations submitted to Israel courts and authorities, and allowing abuses and torture to persist, the State creates an environment of impunity where these acts are normalized, further exacerbating human rights violations. The lack of accountability for perpretators further underscores the systemic nature of the issue, with victims facing ongoing violations and no legal recourse» (p. 20).

Nótese que en el 2002, con relación a la prevención de la tortura, Estados Unidos fracasó estrepitosamente en Naciones Unidas en su intento por frenar a como diera lugar la adopción de un Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura de 1984 (véase nota de prensa del New York Times y texto del Protocolo): un instrumento internacional finalmente adoptado en diciembre del 2002 con una abrumadora mayoría. Sobre el detalle de las negociaciones en Naciones Unidas, lideradas por Costa Rica desde 1991 de manera ininterrumpida, remitimos a nuestros estimables lectores a esta publicación del 2004. en particular el Capítulo II a páginas 41-73).

La demanda contra Israel por genocidio en Gaza: recientes solicitudes de intervención

Con respecto a la demanda contra Israel por genocidio en Gaza interpuesta por Sudáfrica el 30 de diciembre del 2023, el pasado 11 de marzo del 2026 fueron Países Bajos e Islandia los que se sumaron a la demanda sudafricana, con una solicitud de intervención al juez internacional en la que ambos Estados, de manera separada, buscan incorporar a la noción de genocidio plasmada en 1948 el desplazamiento forzado, el ensañamiento contra la niñez palestina y la privación sostenida de la ayuda humanitaria a la que Israel sigue sometiendo a la población en Gaza (Nota 15).

Estos dos Estados fueron precedidos por solicitudes similares por parte de Bélgica (diciembre el 2025), Comoros (octubre del 2025), Brasil (septiembre del 2025), Belize (enero del 2025), Cuba (enero del 2025) e Irlanda (enero del 2025), Bolivia (octubre del 2024), Islas Maldivas (octubre del 2024), Chile (septiembre del 2024), Turquía (agosto del 2024), España (junio del 2024), Palestina (mayo del 2024), México (mayo del 2024), Libia (mayo del 2024), y Colombia (abril del 2024).

Resulta oportuno indicar que los aliados de Israel presentaron el 12 de marzo del 2026 sus respectivas solicitudes de intervención en apoyo a las tesis jurídicas de Israel, con la presentación de una solicitud por parte de Estados Unidos que sostiene que son infundadas las acusaciones de genocidio en Gaza, por parte de Hungría (presentada también el 12 de marzo – véase texto) y por parte de Islas Fidji (véase texto): esta perfecta sincronización de apoyos a Israel ante el juez internacional de La Haya en este mes de marzo del 2026 debe obedecer a algo que se nos escapa: agradeceríamos desde ya el concurso de eminentes especialistas para entender a qué podrá responder tan repentina y coordinada maniobra conjunta (pueden para ello escribirnos a cursodicr(a)gmail.com y se garantiza total confidencialidad si así fuese requerida).

Es de indicar que en Chile, la fundación Hind Rajab ha logrado recientemente activar la justicia contra un soldado israelí con cargos por genocidio y crímenes de guerra (véase nota), así como contra otros tres soldados israelíes ante esta vez la justicia de Brasil (véase nota). Más recientemente es la justicia rumana la que ha sido solicitada contra un soldado israelí (véase nota). Desde Bélgica, la Fundación Hind Rajab (del nombre de una niña palestina de 5 años asesinada por Israel en Gaza en enero del 2024 – véase enlace) rastrea a diversos responsables de crímenes de guerra en Gaza que salen a viajar por el mundo como turistas. En este enlace de la misma fundación aparece la cadena de mando israelí responsable de la muerte de 5 periodistas de la agencia de noticias catarí Al Jazeera acaecida en agosto del 2025, recurriendo Israel a la técnica del «double tap strike«. Por el momento, no se ha sabido de acciones legales iniciadas en Costa Rica contra integrantes del ejército israelí por crímenes de guerra cometidos en Gaza y que pasean por sus playas (Nota 16).

También es de notar que recientemente la justicia francesa solicitó órdenes contra dos ciudadanos israelíes que cuentan con un pasaporte galo, por bloquear la entrada de la ayuda humanitaria a Gaza, bajo el cargo de «complicidad por genocidio» (véase nota de Liberation del 4 de febrero del 2026): dicho sea de paso, se trata de una demanda ante tribunales nacionales que debiera interesar a organizaciones y a jurisdicciones de otros Estados cuya nacionalidad poseen personas muy activas en Israel para bloquear a toda costa la entrada de la ayuda humanitaria a Gaza.

Toma de la ciudad de Meybod en Irán, extraída de artículo de prensa sobre destinos turísticos recomendados por la revista National Geographic para el 2016, en el que aparece – ver artículo – Irán como primer destino recomendado, seguido luego por Costa Rica

El carácter desproporcional e irracional de la respuesta israelí al ataque del 7 de octubre del 2023 era previsible. Desde el mismo mes de octubre del 2023, nos permitimos vaticinar con respecto al «asedio total» anunciado po Israel, que:

«Como ya ha ocurrido en el pasado, estas acciones de represalias israelíes serán objeto de una estricta observación por parte de varios órganos de Naciones Unidas así como de algunas de sus instituciones especializadas. De ser nuevamente tan mortífera y dañina para la población civil palestina de Gaza – como ya se observó en ocasiones anteriores – la Corte Penal Internacional (CPI) podría también iniciar una nueva investigación al respecto, incluyendo tanto las exacciones cometidas por Hamás como por parte de las fuerzas de seguridad de Israel en Gaza» (Nota 17).

Un panorama cargado de incertidumbres

Este ataque de Estados Unidos e Israel del pasado 28 de febrero ha iniciado un período cargado de incertidumbres y de dudas, así como de interrogantes, en el que al parecer, algunos pocos decisores en Estados Unidos e Israel evaluaron de manera poco precisa la capacidad de respuesta militar de Irán.

Investigaciones periodísticas futuras deberían poder dar a conocer advertencias internas de altos mandos militares archivadas por la Casa Blanca. De no aparecer estas advertencias en lo interno del aparato militar norteamericano, se plantearán dudas razonables sobre la capacidad de lectura y de anticipación a partir de datos de inteligencia del mismo ejército norteamericano.

Con respecto a Israel, resultan muy válidas preguntas sobre la supuesta infiltración por parte de sus servicios secretos en Irán con acceso a información sensible:

– ¿será que la contra inteligencia militar iraní intoxicó a los informantes de Israel en Irán a tal punto que no se percatarán de nada?

– ¿será que Israel fue mal informada por sus informantes iraníes?

– ¿será que de las diferentes «capas» que ha establecido el régimen iraní dentro de su organización militar y política interna, Israel solamente pudo acceder a información sensible de las primeras de ellas?

Estas y muchas otras interrogantes son las que se plantean expertos en inteligencia y contra inteligencia para determinar qué es lo que puede haber ocurrido para que Irán lograra disimular a Israel cantidades tan elevadas de misiles, de drones, y de muchos otros armamentos y artefactos usados desde el 28 de febrero del 2026.

Resulta oportuno señalar que las advertencias a Estados Unidos de no enfrentarse a Irán provinieron de los Estados árabes de la zona, semanas antes del 28 de febrero del 2026. En esta nota de prensa publicada en India el 3 de marzo del 2026, se hace ver la profunda frustración de varios Estados árabes con Estados Unidos, al exponerlos de manera irresponsable a los misiles y a los drones de Irán, lo cual puede poner en tela de duda parte de los diversos acuerdos suscritos con el actual ocupante de la Casa Blanca durante su gira en Oriente Medio en el 2025.

Los daños causados durante esta confrontación exhiben ahora la gran vulnerabilidad de algunos de estos Estados árabes, dotados de costosos sistemas de defensa de fabricación norteamericana que no logran interceptar siempre los misiles y drones iraníes. El hecho que estos Estados lleven semanas sin poder exportar su petróleo y su gas licuado debido al bloqueo del estrecho de Ormuz por parte de Irán y el hecho que Irán, en respuesta a ataques de Israel sobre sus plantas de petróleo, haya decidido emprenderla también contra plantas de petróleo y de gas licuado en algunos de estos Estados, son dos aspectos que confirman la extrema vulnerabilidad de estos Estados árabes. Asistir impotentes a la destrucción diaria de parte de su valiosa infraestructura ligada al petróleo y al gas es la dura realidad que viven estos Estados árabes, que han advertido una y otra vez que no quieren verse involucrados ni entrar en confrontación militar directa con Irán. Una reconocida experta gala sobre Oriente Medio recordaba que frente a los 93 millones de habitantes con los que cuenta Irán, Emiratos Árabes Unidos tiene una población de un millón de emiratíes, el resto de la población no siendo emiratí (véase programa, mn 28:30). La población de nacionales de Bahréin por su parte, no alcanza los 800.000 personas.

En respuesta a un daño muy similar sufrido en su territorio, Irán bombardeó una planta de desalinización del agua de mar en Bahréin (véase nota de Al Jazeera): se trata de un recurso vital para todo un Estado y su población en una zona desértica, y que plantea ahora muy serias interrogantes en Bahréin. En la mira podrían estar ahora las plantas de desalinización de Emiratos Árabes Unidos, que suplen el 80% del agua que se consume en este Estado.

En respuesta a un daño a varias de sus entidades bancarias en su territorio, Irán ha advertido el pasado 11 de marzo que los bancos en varios Estados del Golfo serán también considerados blancos militares (véase nota de Al Jazeera).

En este comunicado del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas del 10 de marzo del 2026, se advierte del impacto que puede tener el atacar infraestructura pública relacionada al agua en esta región del mundo, en clara violación a las reglas más elementales del derecho internacional humanitario:

Under the laws of war, civilians and civilian infrastructure must be protected at all costs. All parties are bound by these rules, and must be held to account if they do not.”

“The world is watching.”

In Iran, a water desalination plant and fuel facilities were hit over the weekend, with oil spilling into the streets and fires igniting along roadside drainage lines. On Qeshm Island in Hormozgan Province, an attack on a water desalination plant reportedly disrupted water access for at least 30 villages.

Following the attacks, Iran’s Red Crescent Society warned that the rainfall in the country could be «highly dangerous and acidic» and could cause chemical burns and serious lung damage.

“I am deeply worried about the health and environmental consequences people will suffer as a result of these oil fires, including acid rain contamination,” Türk said.

“The foreseeable impacts on civilians and the environment of these strikes raise serious questions as to compliance of these attacks with the requirements of international humanitarian law of proportionality and precaution. This warrants careful legal scrutiny.”

Attacks across the region have also caused civilian casualties and affected civilian infrastructure. This includes a desalination plant in Bahrain, which provides crucial access to water for many».

De igual manera, en respuesta a un ataque a sus principales instalaciones de gas licuado, Irán respondió al ataque con bombardeos a la principal planta de gas licuado de Qatar (véase nota de Al Jazeera del 19 de marzo).

El pasado 21 de marzo, en respuesta a un ataque a su sitio nuclear en Natanz realizado la víspera, Irán atacó las instalaciones nucleares de Dimona en Israel (véase nota de Al Jazerra y video de la misma agencia de noticias catarí detallando los daños ocasionados).

Un dato que bien conocen los especialistas en derecho internacional público – pero que se difunde muy poco – es que Israel no es Estado Parte al Tratado de No Proliferación (TNP) de 1970 mientras que Irán si lo es, habiendo aceptado en el pasado misiones de verificación en sus centrales nucleares por parte de la Agencia Internacional de la Energía Atómica (véase estado oficial de firmas y ratificaciones del TNP). Al ser supuestamente Dimona una de las ciudades de Israel mejor protegidas en razón de las instalaciones nucleares que posee, preguntas muy válidas se han hecho ver en la misma Israel (véase emisión de la DW alemana al respecto).

Con relación a otro instrumento internacional en materia de desarme, otro dato que bien conocen los especialistas en derecho internacional público y que nunca se divulga, es que Israel no es parte a la Convención de Nueva York de 1997 sobre prohibición de armas químicas. La revisión del estado oficial de firmas y ratificaciones indica que todos los Estados del planeta son Estados Partes a esta importante convención menos uno: Israel. ¿No lo sabía, estimado(a) lector(a)? No debe sorprenderse mayormente, ya que, como indicado anteriormente, es un dato que no se difunde.

El pasado 29 de marzo, en respuesta a un ataque sobre universidades iraníes, Irán ha señalado como objetivos legítimos los diversos recintos universitarios existentes en la región (véase nota de prensa del 29 de marzo de la agencia de noticias turca Anadolu Agency).

No está de más añadir que el pasado 27 de marzo un ataque de Irán a una base militar norteamericana ubicada en Arabia Saudita dañó un avión de vigilancia sin el cual Estados Unidos e Israel no podrían estar llevando a cabo sus operaciones aéreas (véase nota del Jerusalem Post del 29 de marzo). Se estima el valor de este tipo de aeronave en unos 700 millones de US$. En esta otra nota de un sitio especializado, se lee que:

«The loss of this E-3 is incredibly problematic, given how crucial these battle managers are to everything from airspace deconfliction, aircraft deconfliction, targeting, and providing other lethal effects that the entire force needs for the battle space,” said Heather Penney, a former F-16 pilot and director of studies and research at AFA’s Mitchell Institute for Aerospace Studies».

Como se puede observar, desde que inició el ataque en su contra por parte de Estados Unidos e Israel, y pese a haber sufrido severos daños, Irán ha respondido de manera gradual y bastante precisa a los ataques que recibe, lo cual evidencia una capacidad de respuesta militar notable, y una total coordinación existente en el seno de sus fuerzas de seguridad: confirmándose de paso, la poca capacidad de anticipación de Estados Unidos y de Israel al atacar a Irán.

Por otra parte, este editorial del New York Times advertía de manera tempranera de lo riesgoso y costoso que podría significarle a Estados Unidos esta nueva aventura militar improvisada por el actual ocupante de la Casa Blanca.

Una pequeña digresión sobre la lógica imperial de Estados Unidos desde la instalación del nuevo ocupante de la Casa Blanca en enero del 2025

El nuevo ocupante de la Casa Blanca se ha esmerado desde su llegada en amenazar y manifestar sus pretensiones sobre Canadá, Cuba, el canal de Panamá, Groenlandia o Venezuela, como si estuviera gobernando los destinos de Estados Unidos en pleno siglo XIX. Raramente se habrá observado a un mandatario en el ejercicio de sus funciones gozando de sus plenas facultades, y recurriendo a la narrativa y a la lógica de los emperadores de antaño.

En el caso más reciente de Groenlandia (diciembre 2025-enero del 2026), se pudo observar un espectáculo raramente visto en la Casa Blanca, con pretensiones ocurrentes totalmente desapegadas de la realidad y del derecho internacional por parte de su errático ocupante, y que sus aliados europeos debieron hacerle ver (Nota 18).

Su lema «La Paz por la Fuerza» (véase enlace oficial) se encuentra a contrapelo de toda la evolución de la comunidad internacional desde 1945, tendiente a reemplazar progresivamente mediante normas, regulaciones, instituciones y jurisdicciones internacionales, el «derecho a la fuerza» por «la fuerza del derecho«.

Este lema de «La Paz por la Fuerza» recuerda la denominada «diplomacia de la cañonera» tan de voga en el siglo XIX y en los primeros decenios del siglo XX por parte de las potencias de aquellas épocas, y que bien conocen los historiadores, en particular los que han analizado la historia de América Latina o bien la de Asia.

Si bien en el siglo XIX era bastante usual ver a Estados intercambiar a cambio de algún tipo de pago la cesión de un territorio mediante un tratado, recurriendo a la fuerza si fuese necesario, o bien adquirir mediante el uso de la fuerza territorios de otros Estados sin pago alguno, desde 1945 tres obstáculos mayores frenan este tipo de pretensiones y de apetitos: el principio de prohibición del uso de la fuerza en las relaciones entre dos Estados, el principio de respeto a la integridad territorial de un Estado, asi como el principio de libre determinación de los pueblos, plasmados en la Carta de Naciones Unidas desde 1945.

Con relación al hemisferio americano, podemos indicar que la compra de Alaska por parte de Estados Unidos al Imperio de Rusia en 1867 es, a modo de ejemplo, algo que no se puede hacer desde 1945, en virtud del.principio de libre determinación de los pueblos. Por su parte, el tratado Torrijos-Carter de 1977 entre Estados Unidos y Panamá vino a reajustar los términos del tratado leonino suscrito en 1903, obteniendo Panamá en 1977 la retrocesión y el pleno control del Canal de Panamá, a partir del 31 de diciembre de 1999.

Otro tratado con disposiciones leoninas a favor de Estados Unidos lo es el tratado de 1848 Guadalupe Hidalgo (véase texto integral) que puso fin a la guerra entre Estados Unidos y México, obligando México a ceder gran parte de su territorio ilustra de igual forma lo observado en el siglo XIX y en los inicios del siglo XX. Se lee en esta publicacion mejicana que:

«Mediante el Tratado Guadalupe Hidalgo México le entregó a Estados Unidos cerca de 2,300,000 kilómetros cuadrados, lo equivalente a las superficies de España, Francia, Alemania, Italia, Reino Unido, Portugal, Suiza, Bélgica, Holanda, Dinamarca, Hungría y Croacia. A cambio, México recibió 15,000,000 de dólares. El territorio cedido es el que hoy comprende los estados de California, Nuevo México, Arizona, Texas, Nevada, Utah y parte de Colorado y Wyoming, una zona extensa que había sido mal gobernada y descuidada desde tiempos de la Nueva España«.

Desde 1945, este tipo de acuerdos entre Estados suscritos bajo amenaza resulta cuestionable desde la perspectiva legal. Precisamente, con respecto a las pretensiones recientes expresadas por el mandatario de Estados Unidos sobre Groenlandia, en este comunicado conjunto de varios expertos en derechos humanos de Naciones Unidas, difundido el 14 de enero del 2026, se lee que:

«Such statements risk eroding fundamental principles of the UN Charter, including the prohibition of the use of force, respect for territorial integrity and the political independence of all States. These statements are inconsistent with international human rights law and the right to self-determination«.

En el caso de América Latina, en el año 2015 habíamos tenido la oportunidad de analizar, gracias a la CELAC (Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe), el caso muy específico de la base militar de Guantánamo que «alquila» Estados Unidos a Cuba desde la firma de un tratado bilateral suscrito en 1903, y reconducido en 1934, que Cuba considera nulo desde el punto de vista legal desde 1960 (Nota 19)

A modo de conclusión

Más allá de la aparente confusión existente en la mente del actual ocupante de la Casa Blanca sobre los límites que impone el ordenamiento jurídico internacional – así como el derecho interno en Estados Unidos (Nota 20) – , en febrero del 2026, los decisores en Washingthon y en Tel-Aviv obviaron también, al parecer, las lecciones aprendidas bastante evidentes en Irak (2003), Afganistán (2002), o Libia (2011): las intervenciones militares externas logran a veces decapitar a un régimen y derrocarlo, pero lejos de estabilizar la situación en un Estado, provocan un caos tal y una radicalización extrema de ciertos sectores políticos tal, que hacen imposible un consenso nacional dentro de los Estados víctimas de este tipo de intervenciones.

Cabe recordar que en el caso de la agresión militar sufrida por Irak en el 2003, y el caos total que siguió, Estados Unidos había invocado una legítima defensa denominada «preventiva«: un concepto legal inexistente en la Carta de Naciones Unidas.

Desde el punto de vista de los derechos humanos, el comunicado oficial del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas en persona (véase texto completo) difundido el mismo 28 de febrero del 2026, alertaba sobre el siguiente punto:

«I have already warned that failing to do so risks an even wider conflict, that will inevitably lead to further senseless civilian deaths and destruction on a potentially unimaginable scale, not just in Iran but across the Middle East region«.

Para concluir estas reflexiones, podemos indicar nuevamente que aventurarse a iniciar una guerra contra un Estado resulta siempre una decisión que se toma luego de ponderar detenidamente los riesgos que una confrontación militar implica: en el caso del ocurrente e imprevisible ocupante de la Casa Blanca, todo pareciera indicar que esta ponderación del riesgo se hizo de manera bastante aproximativa, a partir de información proporcionada por Israel, exponiendo de manera irresponsable a los Estados árabes del Golfo y a toda la economía mundial a sufrir las consecuencias.

Su profunda exasperación al ver que cayó en la trampa que le tendió Irán, al tener que reconocer (sin hacerlo expresamente) que midió muy mal la capacidad de respuesta militar iraní, y al no obtener el apoyo de ningún aliado para liberar el estrecho de Ormuz, lo han llevando a una violencia verbal raramente observada por parte de un Jefe de Estado en plena posesión de sus facultades, planteándose una interrogante muy válida en diversos círculos en Estados Unidos en las últimas semanas: ¿estará realmente el Presidente de Estados Unidos en posesión de todas sus facultades?

El pasado 16 de abril, tuvimos la oportunidad en el programa radial «Consulta Legal» de la Facultad de Derecho de la UCR, de esbozar algunas de las ideas desarrolladas a continuación (véase enlace en YouTube). Quisiéramos agradecer profundamente a los productores de este programa radial universitario por su interés en dar a conocer un análisis, desde una perspectiva jurídica, de esta crisis desatada por Estados Unidos e Israel. El pasado 28 de abril, fuimos de igual manera invitados al programa radial de Desayunos de Radio UCR (véase entrevista en FaceBook y YouTube en la que indicamos, entre otras cosas, el alcance de las obligaciones internacionales que establece el Estatuto de Roma para Costa Rica).

No está de más recordar que esta improvisada acción militar conjunta contra Irán que inició el 28 de febrero del 2026 se dió mientras en Ginebra (Suiza) un equipo negociador iraní y otro norteamericano estaban a punto de alcanzar un acuerdo sobre el programa nuclear iraní y el levantamiento de las sanciones norteamericanas contra Irán. Se lee en este análisis publicado en The Guardian el 16 de marzo del 2026, que:

«On the final day of talks in Geneva, Iran offered a three-to-five-year moratorium, taking the pause past the end of the Trump presidency, but after a phone consultation with Trump during a lunchtime break, Witkoff came back insisting on 10 years. The US said it would pay for nuclear fuel to be imported over that decade.

By that final day – two days before the US and Israel launched their attack – the two negotiating teams had also reached agreement on the lifting of 80% of the sanctions imposed on Iran, a source involved in the talks said. Oman said at least three more months were needed to work on the details».

– – Notas – –

Nota 1: Véase BOEGLIN N.A 14 días del ataque de Estados Unidos y de Israel a Irán – Balance y perspectivas y un repaso a las reacciones oficiales registradas en América Latina,» LaRevista.cr, edición del 14 de marzo del 2026. Texto integral disponible en este enlace.

Nota 2: Véase BOEGLIN N., «¿Informantes malinformados? OIEA desmiente categóricamente a Estados Unidos: Irán sí cumple con obligaciones pactadas en materia nuclear«, 9 de mayo del 2018. Texto integral disponible en este enlace.

Nota 3: Véase al respecto BOEGLIN N., «Le Liban et la justice pénale internationale«, La Revistacr, edición del 18 de abril del 2026. Texto integral disponible en este enlace .

Nota 4: Véase al respecto BOEGLIN N., «¿El Primer Ministro Benjamín Netanyahu en el próximo acto de traspaso de poderes en Costa Rica?», 30 de abril del 2026. Texto integral disponibe en este enlace.

Nota 5: Sobre las diversas reacciones oficiales a lo ocurrido el 28 de febrero contra Irán, remitimos a nuestra nota publica en LaRevistacr, BOEGLIN N., «EL ataque de Estados Unidos y de ISrael a Irán del 28 de febrero del 2026 y el derecho internacional a la luz de las diversas reacciones oficiales en América Latina», edición del 7 de marzo del 2026,disponible en este enlace.

Nota 6: En uno de los primeros bombardeos contra Irán, murieron 168 niñas al bombardear una escuela en la localidad de Minab: este comunicado de Amnistía Internacional exige sentar responsabilidades tanto en Estados Unidos como en Israel por lo que claramente califica como un crimen de guerra. Este reportaje de LeMonde en Francia sobre los daños causados por este ataque es de lectura recomendada. En el caso de la ofensiva militar de Israel en el Líbano iniciada el 2 de marzo del 2026, se contabilizan ya a 118 niños libaneses los que han fallecido (véase nota de prensa del 21 de marzo). En esta nota del medio de prensa libanés l´Oriente-le-jour, del 27 de marzo, se lee que: « Il n’y a aucun endroit sûr où les gens peuvent se rendre, même ici à Beyrouth », a déclaré pour sa part le représentant de l’Unicef au Liban, Marcoluigi Corsi, lors d’un briefing, déplorant qu’environ 20 % de la population du Liban a été déplacée, ce qui représente plus de 370.000 enfants qui ont été contraints de quitter leur domicile. Il a par ailleurs rappelé que 121 enfants ont été tués et 399 blessés dans des bombardements israéliens».

Nota 7: Véase al respecto BOEGLIN N., «Informar al mundo desde Gaza y prensa: el cerco persistente que Israel intenta mantener desde hace 23 meses, analizado desde una Costa Rica inaudible», 5 de septiembre del 2025. Texto disponible en este enlace

Nota 8: Pese a esta victoria categórica e indiscutible de 1986 en La Haya de Nicaragua ante Estados Unidos, en septiembre de 1991, Nicaragua optó por retirar la demanda pendiente por daños y perjuicios y nunca, desde La Haya, se le pudo ordenar a Estados Unidos el pago de un monto indemnizatorio a Nicaragua, estimado en unos 17.000 millones de US$ (véase el comunicado de la CIJ del 27/09/1991).

Nota 9: Véase BOEGLIN N., «¿Informantes malinformados? OIEA desmiente a Estados Unidos: Irán sí cumple con obligaciones pactadas en materia nuclear«, 9 de mayo del 2018. Texto integral disponible en este enlace.

Nota 10: En el último informe de Naciones Unidas (al 12 de febrero del 2026), sobre la realidad que se vive en Gaza desde el punto de vista humanitario, se detalla el nivel de violencia al que Israel sigue sometiendo a los habitantes de Gaza con bombardeos incesantes, destruyendo lo que queda de la poca infraestructura educativa existente. Se lee en particular, entre muchos otros aspectos, que:

«Over the past two weeks, strikes were reported on both sides of the “Yellow Line,” including in densely populated areas, heightening risks to civilians. Médecins Sans Frontières (MSF) reported that its teams across Gaza treated seven patients, including two children, injured in incidents attributed to Israeli attacks between 31 January and 2 February. On 5 February, Israeli forces reportedly demolished an UNRWA school that was the last remaining structure within a compound of six schools. Highlighting the extremely precarious situation for many children in Gaza, UNICEF noted that children continue to be affected by airstrikes and the disruption of essential services, with 37 children reported killed since the beginning of the year«.

Este informe puede ser completado con el anterior informe  de Naciones Unidas (al 28 de enero del 2026), en el que se lee que:

«The MoH reported that since the ceasefire, 492 Palestinians have been killed, 1,356 injured, and 715 bodies retrieved from under the rubble«.

Nota 11: Estados Unidos, en el mes de julio del 2025, una reconocida ONG como Amnistía Internacional calificó de «vergonzosas» las sanciones tomadas por Estados Unidos contra, esta vez, ya no integrantes de la CPI, sino contra la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre los Derechos del Pueblo Palestino, la jurista italiana Francesca Albanese (véase comunicado de prensa).Tuvimos la oportunidad de analizar su tercer informe sobre Gaza del mismo mes: remitimos a nuestros estimables lectores a nuestra nota titulada «Gaza / Israel: reflexiones desde una Costa Rica omisa sobre reciente informe de Naciones Unidas detallando la responsabilidad directa de empresas privadas en el genocidio en curso en Gaza«. Desde entonces, las intensas presiones contra la labor de Francesca Albanese no han cesado: el 12 de febrero del 2026, un colectivo de juristas franceses presentó una demanda contra las autoridades francesas (véase comunicado del 12 de febrero) y emplazó al Secretario General de Naciones Unidas ante una condena por parte de Francia a la persona de Francesca Albanese (condena hecha con base en un montaje bastante burdo que al parecer no detectó el jefe de la diplomacia de Francia, lo cual plantea algunas interrogantes sobre la capacidad de lectura de este alto funcionario galo y la de su equipo de asesores): véase al respecto la carta del Presidente de la ONG francesa JURDI del 20 de febrero del 2026 con dos anexos que evidencian lo burdo de la maniobra.

Nota 12: Véase BOEGLIN N., «Costa Rica – Estados Unidos: algunos apuntes con relación al reciente «acuerdo migratorio» sobre deportaciones vía aérea«, 27 de marzo del 2026. Texto integral disponible en este enlace.

Nota 13: Son muy diversos los artículos publicados en inglés en el exterior como éste y este otro y esta nota y que detallan la presencia de una importante comunidad israelí en algunas playas en Costa Rica.

Nota 14: La tasa de suicidios dentro de las filas del ejército israelí ha empezado a interesar a la prensa israelí: véase este artículo del TimesofIsrael de agosto del 2025 sobre tasa de suicidios y este artículo de mayo del 2025 sobre reservistas sufriendo serios traumas llamados a … volver a ponerse el informe y enviados a Gaza. Este artículo en el Jerusalem Post del 23 de agosto da cuenta del deterioro generalizado de la salud mental de muchos de los soldados israelíes que han regresado de Gaza (véase enlace). No está de más añadir que Israel envía a Gaza personas extremadamente jóvenes, sin mayor experiencia militar previa. La extrema juventud de los soldados israelíes llamados a incorporarse a operaciones terrestres en Gaza ya se había observado con ocasión de la ofensiva militar terrestre israelí en Gaza en el mes de julio del 2014. Tuvimos la ocasión de señalar, en aquella oportunidad (véase nuestro artículo publicado por el CURI en Uruguay), que: «En esta nota de The Jerusalem Post de julio del 2015 titulada “In Memoriam: The 64 IDF soldiers who gave their lives to protect Israel”, se rinde homenaje a los 64 efectivos del ejército israelí fallecidos durante la operación Margen Protector. En ella se consigna que de estos 64 soldados, 17 contaban con 20 años, 15 con 21 años, 8 con 22 años, 5 con 19 años, 4 con 23 años y 2 con 18 años«.

Nota 15: Véase BOEGLIN N., «Gaza / Israel: Países Bajos e Islandia solicitan intervención en el marco la demanda de Sudáfrica contra Israel por genocidio en Gaza», 12 de marzo del 2026. Texto integral disponible en este enlace.

Nota 16: Un reportaje de la televisión costarricense (véase enlace) de marzo del 2024 explicaba cómo en pocas horas, de surfear en un conocida playa en el Cóbano, jóvenes israelíes pasaban a combatir en Gaza unos días después. Este reportaje merecería ser completado por otro para saber un poco más sobre los israelíes que, de regreso de varios meses en Gaza, entran a Costa Rica para ir a surfear en esta misma playa de Santa Teresa de Cóbano, objeto del precitado reportage. Es de señalar que en el 2021, en esta misma playa se registró la muerte de un israelí por parte, al parecer, de coterráneos de la misma víctima (véase nota de CRHoy). En diciembre del 2025, en otra playa en Guanacaste, se registró un fuerte altercado con activistas costarricenses denunciando el genocidio en curso en Gaza (véase nota del Semanario Universidad).

Nota 17: Véase BOEGLIN N., «Ataque de Hamás desde Gaza y el «asedio total» de Gaza anunciado como respuesta israelí«, Portal de la UCR, Sección Voz Experta, edición del 30 de octubre del 2023. Texto integral disponible aquí.

Nota 18: En el caso de Groenlandia, las recientes amenazas proferidas por el actual ocupante de la Casa Blanca para adquirir este territorio que se encuentra bajo la jurisdicción de Dinamarca «por las buenas o por las malas» demostró su profundo desconocimiento de su parte de las reglas internacionales en la materia vigentes desde 1945. Por cierto, el pasado 22 de febrero del 2026, Groenlandia y Dinamarca, algo desconfiadas y precavidas, rechazaron la oferta de enviar un barco hospital a Groenlandia ofrecido por Estados Unidos (véase nota de The Guardian). Tuvimos la oportunidad de indicar en un breve análisis desde la perspectiva legal sobre este repentino apetito norteamericano por adquirir Groenlandia observado en estos primeros meses del 2026 (véase nota nuestra titulada «Groenlandia y Estados Unidos: aspectos desde la perspectiva jurídica internacional muy, pero muy, basicos …» ) que:

«no hay manera de sostener en este inicio del 2026 que Groenlandia está en venta o que puede ser adquirida. Sostenerlo es hacer un ridículo internacional, raramente observado por parte de un jefe de Estado en ejercicio gozando de sus plenas facultades«.

Nota 19: Véase nuestra nota BOEGLIN N., «La devolución de la base de Guantánamo: primeras consideraciones de la CELAC«, OPALC, Sciences-Po (Paris). Texto disponible en este enlace.

Nota 20: Sobre las numerosas «Executive Orders» firmadas en la Casa Blanca que terminan siendo declaradas ilegales por los mismos tribunales norteamericanos, véase este interesante compendio realizado por autores del sitio JustSecurity, y titulado «The “Presumption of Regularity” in Trump Administration Litigation (4th edition)«.

La dignidad del cargo

Dr. Oscar Aguilar Bulgarelli

Mi padre, que tantas cosas buenas me enseñó, me habló siempre de lo que él llamaba: el respeto a la dignidad del cargo, pues consideraba que siempre se debe respetar el cargo, función o papel que cada quien tenga en la sociedad, por humilde, sencillo o encumbrado que sea y así, también, ser uno respetado. Pero, sobre todo reiteraba, uno debe respetar su propio cargo, su dignidad, y el que puede representar al ejercer una función, ya sea de carácter privado o público, pues quien no respeta la dignidad de su cargo se irrespeta a sí mismo y a los demás. Hoy, tal vez, muchos estén en desacuerdo con el pensamiento de mi querido padre, pero para mi siguen siendo palabras sabias.

De ahí que cuando escucho los insultos e improperios que salen de la boca de altos jerarcas del gobierno de nuestro país, que se dan el lujo de utilizar un podio presidencial o la curul legislativa para “mentar la madre”, imitar la forma de hablar de otras personas o propalar insultos y agravios a otros funcionarios públicos o personas irrespetando, precisamente, su propia dignidad personal o funcional, me da enorme tristeza por la Patria. Para mi resulta, de remache, un signo evidente de la decadencia nacional, que haya un porcentaje importante de costarricenses que aplauden, apoyan y hasta se satisfacen de semejantes desafueros, gracias a la posverdad y mentiras que generan las políticas de odio que utilizan los sistemas autoritarios o de aspirantes a fascistas. Por lo anterior, lo ocurrido esta semana en las oficinas de la Presidencia de la República ante la “invitación” de la presidenta Laura Fernández a los miembros de los poderes judicial y legislativo, resulta chocante y bochornoso y justifica una elemental explicación de Educación Cívica, muy elemental para que se entienda, como una dosis necesaria de ubicación institucional.

Presten atención doña Laura, el Mini Chaves y todos los demás que se sienten parte de la “Corte Imperial”: dice la Constitución Política -que todos juraron obedecer (hasta los ateos)- que Costa Rica es una República (¡y solo una¡) libre, independiente y que la soberanía reside exclusivamente en la Nación, y de acuerdo al artículo 4, nadie puede asumir “la representación del pueblo, arrogarse sus derechos o hacer peticiones a su nombre” pues eso es caer en la sedición; primera cosa importante de la urgente ubicación mental de algunos funcionarios que ya tienen tiempo de andar muy cerca del filo de esa navaja.

Ahora, debemos referirnos al artículo 9 de la CP que señala ,claramente, que el Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable ejercido, en primer lugar, por el pueblo y luego por tres poderes distintos e independientes entre si, y en el orden cita en primer lugar al Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial y ninguno puede delegar las funciones que le son propias y en ninguna parte del texto constitucional se dice que, alguno de ellos, tiene primacía sobre otro, al contrario señala la independencia de cada uno.

Por otra parte, el capítulo IX se refiere al Poder Legislativo y señala que la potestad de legislar reside en el pueblo, que por medio del sufragio lo delega a la Asamblea Legislativa a través de 57 diputados que lo son por la Nación y no por ningún partido, a nadie más, y establece la opción del referéndum excluyendo determinadas materias que, por cierto, están contempladas en lo que ha anunciado doña Laura. Por ello ese poder lo integran los 57 por igual, y merecen el respeto a la dignidad de su cargo, pues son los legítimos representantes del soberano.

El capítulo X posterior, se refiere al Poder Ejecutivo que, de acuerdo con el artículo 130 lo ejercen el Presidente de la República en nombre del pueblo y los Ministros de Gobierno en calidad de obligados colaboradores, son nombramientos de confianza del Presidente para la gestión administrativa y política de las diferentes carteras y su autoridad se deriva, ahí sí, de su superior, que los puede remover libremente, y obviamente no tienen la jerarquía constitucional de los miembros de los otros supremos poderes. El presidente y los vicepresidentes, cuando éstos ocupen temporalmente el cargo, lo hacen por delegación del pueblo conforme al resultado electoral, pero no son el poder absoluto, solo administradores de la cosa pública conforme al artículo 140 y las leyes aprobadas por la Asamblea Legislativa, ante la cual prestan juramento e informa de sus gestiones, como representantes reales del soberano.

Por último, el capítulo XI está destinado al Poder Judicial, que de acuerdo con el 152, lo ejercen los Magistrados electos por la Asamblea Legislativa que conforman la Corte Suprema de Justicia y es el tribunal superior del Poder Judicial, los demás tribunales que establezca la ley, funcionarios, y empleados en el ramo judicial dependen de él. Precisamente esa elección por la Asamblea Legislativa, es decir por los representantes del Soberano, es para garantizar lo dispuesto en el artículo 154 que señala que el Poder Judicial solo está sometido a los dictados de la Constitución y las leyes. Es decir, en sus decisiones son independientes y soberanos, y ningún otro poder puede pretender influir en ellas.

Por lo tanto, el presidente de la República, los diputados y los magistrados tienen igual rango y dignidad en el ejercicio de sus funciones constitucionales propias que, por existir la independencia de poderes, deben ser respetados en sus funciones y representaciones igualmente. Precisamente, ésta básica explicación de educación cívica, que deben saber y conocer los costarricenses, es para señalar que, lamentablemente, la presidenta Laura Fernández y el Mini Chaves desde hace más de cuatro años, han irrespetado la Constitución Política y la dignidad del cargo que les confirieron los costarricenses.

Quien ejerza la presidencia de la República debe saber que no se convoca a una encerrona, se coordina una reunión de trabajo en primer lugar; no se quitan celulares y aparatos electrónicos a los invitados y se les deja a los del Poder Ejecutivo, eso es ofensivo y humillante y un signo de desconfianza que no debe existir en esos niveles de gobierno, pues no son enemigos, son miembros por igual de los supremos poderes. Pero especialmente no puede pedirse al presidente de la Corte Suprema de Justicia que “termine la persecución política a funcionarios de gobierno”, ¿cuál? Si fuera que la hay, no habrían archivado la mayoría de las acusaciones contra el Mini Chaves y si las hay pendientes y en trámite es porque se justifican, igual que las que se encuentran en la Fiscalía contra 14 diputados del PPSO, protegidos por la red de cuido creada por ellos para los nuevos “ticos con corona”. Más grave aún, si esa petición viene acompañada de una amenaza presupuestaria contra la corte, que obligó a la magistrada Patricia Solano a desmentir a doña Laura públicamente. Y si nos referimos a la “conferencia de prensa” por el tono, el lenguaje ofensivo contra los diputados “invitados”, el fiscal general, y la magistrada Solano y del ataque público al gobierno de Panamá, se concluye que el concepto mínimo de la dignidad del cargo no lo conoce, con el agravante que como presidentes de este país, cuando insultan, agravian, mienten, ofenden, calumnian y engañan lo hacen a nombre de todos los costarricenses a quienes representan, y no todos somos tan básicos.

Se que posiblemente esta explicación no llegue por algoritmos a los “ticos básicos” del chavismo, así calificados por Pilar Cisneros, que creen sus mentiras y viven felices sumergidos en el engaño. Pero guardo la esperanza de que, poco a poco, se convenzan de que se han burlado de ellos miserablemente, se rebelen y exijan respeto a su propia dignidad, pues como dice el dicho…. a pellizcos se mata un burro.

Dio inicio el Festival Grito por la Paz

Édison Valverde Araya

La primera actividad dedicada a la Paz se realizó en la Biblioteca Municipal Emma Gamboa de Paso Ancho, el 21 de mayo 2026, con la participación del personal de la biblioteca, madres de familia, niños y miembros de la Comunidad Paso Ancho Buen Vivir.

Los adultos firmaron la Carta por la Paz y los niños con sus manitas llenas de pinturas de colores, firmaron el Árbol de la Paz.

El Festival se extenderá por 25 comunidades del país, en los próximos meses.

Personas, organizaciones y comunidades interesadas en sumarse al Grito por la Paz pueden inscribirse a más tardar el 31 de mayo; para ello deben comunicarse con el colectivo “Buen Vivir” mediante sus redes.

Le invitamos a ver detalles de la actividad en los siguientes videos:

Del altar a la tribuna política: las nuevas relaciones iglesia-Estado en Costa Rica

Dr. Fernando Villalobos Chacón*

Durante buena parte de los siglos XVIII, XIX y la primera mitad del siglo XX, cuando en Costa Rica se hablaba de las relaciones Iglesia-Estado, el concepto remitía exclusivamente al vínculo entre el Estado costarricense y la Iglesia católica. No podía ser de otra manera. La religión católica constituía no solo la fe mayoritaria de la población, sino también el eje espiritual y cultural sobre el cual descansaba buena parte de la vida pública nacional. Desde la colonia hasta bien entrado el siglo XX, la Iglesia católica ejerció una influencia determinante en la educación, la moral pública, los rituales cívicos y la legitimación simbólica del poder político.

La Constitución Política de Costa Rica reconoció históricamente a la religión católica como la religión oficial del Estado, condición que aún conserva en el artículo 75 constitucional. Sin embargo, las relaciones entre ambas instituciones nunca estuvieron exentas de tensiones. La historia política costarricense del siglo XIX estuvo marcada por múltiples episodios de conflicto entre los gobiernos liberales y la jerarquía eclesiástica. La secularización de los cementerios, la creación del Registro Civil, la laicización de la educación pública y las vacantes episcopales producto de disputas políticas evidenciaron una relación compleja, marcada por momentos de acercamiento, ruptura y negociación permanente.

A mediados del siglo XIX el presidente Juan Rafael Mora Porras abolió el cobro del diezmo y desató un agrio enfrentamiento con el obispo Anselmo Llorente y la Fuente, que desencadenó en su expulsión del país en 1858. Posteriormente la llamada era liberal del último tercio del siglo XIX impulsó reformas orientadas a disminuir la influencia eclesiástica sobre la vida pública. El Estado buscó consolidar su autoridad administrativa y política mediante instituciones civiles independientes de la tutela religiosa. Aquellos conflictos no fueron exclusivos de Costa Rica; respondían a un fenómeno latinoamericano más amplio en el cual los proyectos liberales intentaban modernizar las estructuras estatales y redefinir los límites del poder clerical.

Dentro de ese contexto histórico también surgieron restricciones a la participación política directa del clero católico. La Constitución de 1949 estableció limitaciones para que sacerdotes ocuparan cargos de elección popular, procurando evitar que la autoridad religiosa se confundiera con la autoridad política. Tales disposiciones estaban claramente pensadas para el clero católico, pues en aquella época las iglesias protestantes tenían una presencia mínima en el país y carecían de peso electoral significativo.

No obstante, el panorama religioso costarricense comenzó a transformarse aceleradamente durante el último cuarto del siglo XX. El crecimiento de las iglesias evangélicas y protestantes modificó profundamente el mapa de las creencias religiosas tanto en Costa Rica como en América Latina. El antiguo monopolio cultural del catolicismo empezó a ceder terreno frente a una diversidad creciente de expresiones cristianas, especialmente pentecostales y neopentecostales, que encontraron gran receptividad en amplios sectores sociales.

Así, el concepto tradicional de relaciones Iglesia-Estado dejó de referirse únicamente al vínculo entre el Estado y la Iglesia católica para ampliarse hacia una interacción más compleja entre el aparato estatal y múltiples iglesias de orientación cristiana (judeo-cristiana). La pluralidad religiosa pasó a convertirse en un elemento central del debate político contemporáneo.

El avance del protestantismo en América Latina ha sido notable. Países como Brasil, Guatemala, Honduras, Colombia y El Salvador muestran hoy porcentajes muy elevados de población evangélica, con una incidencia creciente en la vida electoral y parlamentaria. Costa Rica no ha sido la excepción. Aunque el catolicismo continúa siendo la religión mayoritaria, el crecimiento de otras confesiones cristianas ha reducido considerablemente la hegemonía religiosa que mantuvo durante siglos.

En el caso costarricense, las iglesias evangélicas han logrado construir estructuras organizativas con gran capacidad de movilización política y social. Algunas operan como microempresas, otras como empresas y algunas como verdaderas corporaciones. Las hay de capital nacional, algunas de corte familiar, otras tipo cooperativa y también algunas operan como transnacionales y responden a organizaciones con presencia en varios países bajo la figura de filiales, similar a una franquicia.

A diferencia del clero católico, las limitaciones constitucionales históricas no alcanzaron de igual forma a los liderazgos protestantes, situación que facilitó la aparición de partidos políticos vinculados a sectores evangélicos conservadores. Estas agrupaciones alcanzaron representación legislativa significativa y llegaron incluso a presidir en dos ocasiones la Asamblea Legislativa.

Uno de los momentos más representativos de este fenómeno ocurrió en las elecciones presidenciales del año 2018, cuando un partido de fuerte inspiración evangélica logró avanzar hasta la segunda ronda electoral, evidenciando la capacidad de este sector para disputar espacios de poder nacional. En distintos momentos, estas fuerzas alcanzaron hasta nueve diputados, consolidando un protagonismo político impensable décadas atrás.

En las recientes elecciones nacionales de 2026, la representación política vinculada a sectores protestantes conservadores pareció insertarse de manera más directa dentro del partido oficialista triunfador, reflejando nuevas formas de articulación entre religión y poder político. Este fenómeno confirma que las dinámicas religiosas continúan influyendo de manera relevante en la configuración electoral costarricense.

Pero Costa Rica no constituye un caso aislado. En Brasil, por ejemplo, el voto evangélico ha resultado decisivo en varios procesos presidenciales recientes y en la integración del Congreso Nacional. En Honduras, Guatemala y El Salvador, sectores protestantes han logrado una influencia considerable dentro de las estructuras gubernamentales. En Colombia también se observa una creciente capacidad de incidencia electoral de las iglesias cristianas no católicas.

Desde el punto de vista ideológico, el panorama latinoamericano revela interesantes contrastes. Históricamente, parte del clero católico ha mostrado mayor afinidad con discursos sociales cercanos a posiciones progresistas o de izquierda, especialmente a partir de la influencia de corrientes como la doctrina social de la Iglesia y, en algunos momentos, la teología de la liberación. Sin embargo, ello no significa necesariamente que los votantes católicos reproduzcan electoralmente esas orientaciones.

Por otra parte, amplios sectores del protestantismo latinoamericano han desarrollado discursos conservadores en materias éticas, familiares y culturales, generando afinidades más cercanas con partidos y movimientos de derecha. En Costa Rica, durante las elecciones presidenciales de 2022 y 2026, el voto evangélico mostró importantes inclinaciones hacia candidaturas identificadas con posiciones conservadoras, fenómeno similar al observado en otros países latinoamericanos.

Las relaciones entre Iglesia y Estado, por tanto, continúan atravesando procesos dinámicos de adaptación. Ya no se trata únicamente de la antigua tensión entre liberalismo y catolicismo que caracterizó el siglo XIX, sino de una realidad mucho más diversa, donde distintos credos religiosos buscan espacios de influencia dentro de sociedades democráticas cada vez más plurales.

A lo largo de la historia costarricense, estas relaciones han transitado por etapas de conflicto, acercamiento, cooperación y distanciamiento. Han existido momentos de abierta confrontación y también períodos de convivencia armónica. Como ocurre con muchos procesos históricos, la relación entre religión y política rara vez permanece estática; evoluciona según las transformaciones culturales, electorales y sociales de cada época.

En la actualidad, pareciera que sectores del protestantismo político disfrutan de una etapa de cercanía con el poder gubernamental y mantienen afinidades ideológicas con corrientes conservadoras latinoamericanas, mientras muestran mayor distancia frente a proyectos políticos de izquierda. Sin embargo, la historia enseña que las alianzas entre religión y política suelen ser cambiantes y responden a circunstancias específicas de cada coyuntura nacional.

Costa Rica continúa siendo un laboratorio particularmente interesante para observar la evolución de las relaciones Iglesia-Estado en América Latina. La convivencia entre tradición católica, crecimiento evangélico y pluralidad democrática plantea desafíos inéditos para el sistema político y para la propia cultura nacional.

Al final, la historia demuestra que ni las alianzas políticas son eternas ni las hegemonías religiosas permanecen intactas para siempre. Como un péndulo que oscila entre acercamientos y distancias, la relación entre Iglesia y Estado seguirá transformándose conforme cambien las sensibilidades sociales, los liderazgos políticos y las creencias de la ciudadanía. El tiempo dirá cuánto perduran las actuales convergencias y qué nuevas configuraciones surgirán en el futuro de la democracia costarricense.

Historiador y especialista en Geopolítica Internacional:
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