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Consideraciones sobre el proyecto AGUA PARA GUANACASTE

Freddy Pacheco León

Los grandes proyectos de obra pública que se han desarrollado en nuestro país, siempre han sido vistos como parte del proceso de desarrollo que nos hemos propuesto en pro del progreso. ¡Jamás se ha objetado que una carretera, una represa hidroeléctrica, un acueducto, un aeropuerto, un hospital, una universidad, etcétera, pudiese beneficiar a un grupo particular de compatriotas!, por lo cual, para evitar que algunos fueren a resultar “premiados”, lo mejor que se podría hacer es tomar la decisión de no construir la infraestructura pública que se ha propuesto. Y así alegan, que si tal o cual carretera va ser usada por los que no son de nuestra simpatía, pues que no se construya. Si tal o cual proyecto hidroeléctrico o de acueducto va a llevar electricidad y agua a unos habitantes que “de por sí ya son ricos”, pues a detener el progreso… aunque las grandes mayorías se queden sin esos servicios públicos, solo les falta decir irracionalmente.

Por ello, porque algunos prejuicios así hemos percibido en relación con el proyecto Agua para Guanacaste, queremos compartir con ustedes algunas consideraciones que podrían ser de utilidad si así fuere posible. ¡Veamos!

  1. HOY toda el agua que se aprovecharía proveniente del embalse Arenal (después de generar electricidad en tres plantas del ICE) sigue «cuesta abajo» hasta irracionalmente DESPERDICIARSE EN EL MAR vía río Tempisque, mientras, paradójicamente, cientos de miles de guanacastecos padecen de escasez de agua para consumo humano y producción agropecuaria.
  2. Agua con que se abastecerían decenas de acueductos rurales (asadas) de los cantones de Nicoya, Santa Cruz, Carrillo…, que hoy sufren por no tener acceso al agua potable en cantidad y calidad adecuadas, incumpliéndose así el derecho humano al agua.
  3. También el importante sector turismo, principal fuente de empleo de la provincia, no solo podría sustituir con esa agua a la de origen subterráneo que hoy utilizan (¡y que no sobra!) sino que también permitiría reactivar proyectos que esperan ser desarrollados y que no lo han sido precisamente por escasez del líquido vital. La mayoría se trata de pequeños hoteles de menos de 30 habitaciones, como es la norma en todo el territorio nacional.
  4. Se estima que unas 400 fincas existentes en las más de 16 mil hectáreas de fértiles tierras de uso agropecuario, que ven limitada su producción por falta de agua, tendrían eventualmente la que necesitan, sin importar quiénes sean los dueños de fincas que podrían abastecerse, para así generar producción y empleo para los guanacastecos.
  5. Agua, tanto la de aprovechamiento agropecuario como la de consumo humano, que independientemente de las tarifas que la Aresep ha determinado para su uso actual otorgada por concesiones, será igualmente sujeto de fijación tarifaria en cuanto el ansiado proyecto entrare en funcionamiento. Es decir, después de construir los cientos de kilómetros de nuevos canales, la represa, el lago artificial de 800 hectáreas, y los acueductos que la trasladarán hacia la margen derecha del río Tempisque. Cumplida esa magna tarea, entonces sí será posible para el organismo técnico del Estado fijar las tarifas que sean necesarias. Antes, sencillamente, es imposible.
  6. El agua de la represa en el río Piedras, también podría, y esperamos que así sea, aprovecharse parcialmente por el ICE para generar electricidad para la región.
  7. De la reserva biológica Lomas de Barbudal, donde se destaca la presencia de unas 250 especies de valiosas abejas, y flora y fauna de la zona de bosque seco, se inundarían 113 hectáreas de un total de 2.279 HECTÁREAS, o sea ¡el 4.9% del área de conservación!, que se compensarían con dos fincas colindantes de unas 500 hectáreas, de características ambientales similares, según fuere estudiado por los equipos de expertos que realizaron la evaluación ambiental.
  8. Es preciso anotar que en la reserva biológica que, repetimos, se inundaría en menos del 5%, se encuentran y no se tocarían, varias asociaciones vegetales como la sabana arbolada, el bosque siempre verde, el bosque ripario al lado de los cursos de agua y principalmente, el bosque tropical seco de mayor extensión. Y sobre la esplendorosa ave “Galán sin Ventura” (Jabiru mycteria) ha de aclararse que por error, hay quienes han afirmado que esta especie en extinción en Costa Rica se vería afectada por el área del embalse que impacta el borde de la reserva, cuando en realidad sus especímenes remanentes NO se encuentran en el sitio, pues entre otros, están ausentes las tres especies de árboles que forman parte de su hábitat de anidación y reproducción, como sí sucede en el Cerro Corral de Piedra y otros ecosistemas del parque nacional Palo Verde, que son determinantes para su conservación.
  9. Es relevante, además, señalar que la evaluación de impacto ambiental la realizaron profesionales de la Organización de Estudios Tropicales (OET) de muy reconocido prestigio e independencia, donde participan universidades costarricenses y estadounidenses, con programas en biología tropical, además de profesionales del ICE y Senara. Estudio de impacto ambiental, que como corresponde al principio del DESARROLLO SOSTENIBLE, valora en una balanza por un lado los impactos y por otro los beneficios sociales y económicos que tendría el proyecto para Guanacaste y Costa Rica. La meta: de garantizar a las futuras generaciones un uso sustentable de los recursos naturales, en este caso muy particular, del agua, lo más valioso que podamos imaginar en tiempos del cambio climático.
  10. Se ha señalado por allí, que pareciere probable que se hubieren detectado algunas inconsistencias en los registros catastrales en los bordes del gran embalse, que, dicho sea de paso, ese lago artificial se convertiría en un atractivo turístico y recreativo de gran potencial. Por razones de técnicas usadas hace muchos años y por errores muy comunes en mapas de catastro, lo que corresponde es hacer las correcciones pertinentes si así se determinare, pero ¡jamás! concluir que por esas particularidades el proyecto no debe construirse. Los guanacastecos no merecen que algo soñado por tantos años, ahora que está a punto de iniciarse, vaya a rechazarse por algo tan intrascendente.
  11. Recordemos: en tan solo dos años, estaremos celebrando el BICENTENARIO de la incorporación, de la anexión voluntaria de la tan querida Región Chorotega a la entonces «incompleta» Costa Rica. Sin duda alguna, porque su vida fue un ejemplo, el Benemérito de la Patria diputado del Partido Confraternidad Guanacasteca, Dr. Francisco Vargas Vargas, muy posiblemente estaría al frente de su pueblo luchando porque se haga realidad ese trascendental proyecto en su todavía olvidada provincia. Por su memoria, por su pueblo, al cumplirse los doscientos años de aquella decisión que vino a transformar nuestro suelo patrio, deseamos infinitamente que en el año 2024 esa fiesta nacional se celebre con la información de cuánto se ha avanzado en la construcción del proyecto. Los guanacastecos, los costarricenses, no podemos desaprovechar esta histórica oportunidad.

Sin sujeto político formado que nazca de la base popular no será posible la transformación

Mainier Barboza

Mainier Barboza

Los procesos sociales se suceden por pasos, al igual que la variabilidad de germinación de las semillas, que atienden a sus composiciones químicas, orgánicas, otras características, como suelos, fértil o menos fértil, seco, humedad, sol, clima…

Así las sociedades y dentro de ellas el eje que las mueve, la humanidad, que también atiende ese proceso de la semilla, pero con otras terminologías, por ejemplo, dependerá de sus contextos, modelo organizacional, selección del sujeto político que corresponda, su perfil, entre otras.

El aspecto cultural es muy importante, la recuperación de la memoria histórica, la relectura de nuestras tradiciones, los principios universales que hemos arraigado y fomentado por decenas de años, la identidad país, la conciencia de que nacemos libres, por lo que recuperar esa conciencia de libertad como máxima expresión de los valores que nos identifican como Nación es clave.

Todo esto se confronta con la realidad, se balancea y se actúa…

Sin sujeto político formado, que nazca de la base popular, en la comunidad, el campo, la ciudad, el litoral, la montaña, lo urbano, lo rural, el paso hacia una acción que cambie el status quo, no será posible, la razón:

Estamos jugando en la cancha enemiga, con sus tácticas y estrategias…

Fingimientos del totalitarismo de nuestro tiempo

COLUMNA LIBERTARIOS Y LIBERTICIDAS (32).
Tercera época.
Rogelio Cedeño Castro, sociólogo y escritor costarricense.

Cualquier intento de plantear siquiera como existente determinado tema, o dimensión de la realidad que se salga de los cánones o versiones preestablecidas por las gentes que conforman los poderes fácticos, le acarrea al transgresor una interminable cantidad de epítetos, incluso relacionados con su vida personal, aflorando el odio hasta dimensiones insospechadas, sobre todo en las llamadas redes sociales. Todo esto implica la existencia de un culto descarado hacia la mentira, como una parte esencial de eso que ahora llaman la posverdad, sin tener en cuenta las afirmaciones, argumentaciones o demostraciones de quien se atreva a salirse de la unanimidad establecida dentro de lo asumido como “políticamente correcto”, por parte de la gran mayoría de la población, la que viene siendo hábilmente manipulada por los medios corporativos de la gran prensa escrita, radiofónica o televisada, aunque buena parte de ella se sume en la indiferencia de una manera inconsciente.

Los reporteros y entrevistadores de esos medios, en realidad meros apéndices del capital financiero, se han convertido, ni más ni menos, que en los operadores políticos por excelencia del conservadurismo y de la ultraderecha totalitaria en este cambio de siglo, mientras que buena parte de las gentes de la llamada izquierda, ni siquiera atinan a reaccionar y tampoco logran entender el fenómeno en su totalidad, mucho menos en lo que se refiere a sus raíces en el pasado, dentro del tiempo de la larga duración histórica. Su anclaje en una especie de presente continuo, a la manera anglosajona, ha terminado por reducirlos a la inmovilidad, a la indefensión o incluso los ha llevado a hacerle el juego a sus declarados e implacables enemigos. La falta de profundidad en el análisis de la atmósfera política prevaleciente, tanto en términos coyunturales como estructurales, cuando no su manifiesta ausencia, les impiden salir del fango de la politiquería de lo puramente contingente, de ahí su ausencia de metas que les permitan salir de su manifiesta crisis, sus voceros si acaso alcanzan a mostrar una cierta nostalgia hacia un pasado que ya no mantiene ninguna relación de correspondencia con la realidad, de ahí que buena parte de los “progres” y una cierta izquierda boba han terminado por hacerle el trabajo a la llamada “derecha”, tampoco exenta de la acelerada decadencia que ha terminado por afectar a todo el espectro político, dentro del que ya no hay partidos políticos sino meras franquicias electorales, donde se afinca la corrupción más desenfrenada.

Sucede así que las prioridades en materia de información e interpretación de eso que llamamos eufemísticamente “la realidad” están en manos de quienes de verdad mandan en nuestros países, no precisamente los presidentes de la república o los políticos circenses a su servicio, más o menos encubierto, a pesar de los telones de humo de los discursos que acostumbran a lanzar con cierta periodicidad.

Los rasgos más refinados del totalitarismo contemporáneo residen en esa capacidad para distorsionar lo que ocurre: sin necesidad de acudir a la brutalidad, o a la violencia física descarnada propias del fascismo italiano, español o alemán de hace un siglo, sus cultores se llaman o se consideran a sí mismos como demócratas o califican a sus prácticas detestables como “democráticas”, aunque en realidad no pasan de ser las de puños de hierro con guantes de seda, para el caso.

Estos liberticidas, enemigos descarados de cualquier tipo de libertad para los seres humanos de carne y hueso, pretenden establecer una tutela sobre nuestros pensamientos, o al menos intentan, con cierto éxito, evitar que nos expresemos en voz alta. De esta manera, en la España de la falsa transición a la democracia, se pena hasta con cárcel a quienes se atrevan a ironizar al corrupto monarca, impuesto por el déspota Francisco Franco, poco antes de morir, y en la poscomunista y católica Polonia hoy se pretende castigar a quienes ironicen sobre las prácticas de esa iglesia y sus jerarcas, los que por lo general no se han caracterizado por ser ejemplares “demócratas” o algo parecido.

UCR: Voz experta: Chile es oficialmente el Estado Parte número 13

Nicolas Boeglin, profesor de la Facultad de Derecho. Foto: Laura Rodríguez Rodríguez, UCR.

Después de Antigua y Barbuda, Ecuador, Panamá, Nicaragua, Santa Lucía (en el 2020), Argentina y México (2021), Chile es oficialmente el Estado Parte número 13

Por Nicolas Boeglin, profesor de la Facultad de Derecho

En la última semana del mes de junio del 2022, Naciones Unidas ha procedido a actualizar el estado oficial (véase enlace) de las firmas y de las ratificaciones del Acuerdo de Escazú. Desde el 13 de junio, por parte de la Oficina de Tratados de la Secretaría General de Naciones Unidas, fue registrado el instrumento de adhesión depositado formalmente por el Poder Ejecutivo de Chile.  

La forma con la que Chile adhirió al Acuerdo de Escazú, el nivel de consenso con el que se aprobó, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, plantea ahora algunas interrogantes: en particular en los Estados en los que los detractores al Acuerdo de Escazú referían a la discusión enardecida en Chile como un «argumento» para no aprobar este tratado regional, adoptado en el 2018 en Costa Rica por 33 delegaciones de América Latina y del Caribe (y cuyo texto se encuentra disponible en este enlace). 

Con relación a Costa Rica, esta adhesión de Chile la coloca en una situación aún más aislada e incómoda, confirmándose de paso la pronunciada soledad del Poder Judicial costarricense en América Latina, tal y como lo veremos en las líneas que siguen.

Un detalle de números que merece mención

Resulta oportuno precisar los números obtenidos en las votaciones que se realizaron en las dos cámaras del Poder Legislativo chileno en menos de 20 días en el mes de mayo del 2022 en favor del Acuerdo de Escazú:  

– El 11 de mayo, la Cámara de Diputados lo aprobó con 105 votos a favor, 34 en contra y 3 abstenciones; 

– El 31 de mayo lo aprobó el Senado con 31 votos a favor, 3 en contra y 11 abstenciones.  

Estas mayorías indiscutibles evidencian que los supuestos «argumentos» en contra del Acuerdo de Escazú ya no impresionan sino a unos muy pocos, y que forman parte del pasado. Y que cuando un Poder Ejecutivo se toma el tiempo de explicar los alcances de este tratado, no hay «argumentos» en su contra que se logren sostener. 

A su vez, estas cifras alcanzadas en ambas cámaras chilenas recuerdan que, en noviembre del 2020, el Senado de México aprobó el Acuerdo de Escazú por unanimidad (véase comunicado oficial de su Senado); que, en septiembre del 2020, en Argentina, la votación en la Cámara de Diputados registró 240 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones (véase nota oficial); y que, en el 2019, el Parlamento bicameral de Uruguay lo aprobó por unanimidad (véase ficha técnica). 

Como se ha indicado anteriormente, a partir del 13 de junio del 2022, gracias a Chile, el número de Estados Partes al Acuerdo de Escazú se eleva a 13 (de 33 Estados que pueden serlo). Cabe recordar que, de estos 33 Estados, 24 lo han firmado mientras que 9 no lo han hecho. De los 24 que ya lo han firmado, permanecen 11 Estados sin aprobación legislativa del Acuerdo de Escazú.

Una anhelada rectificación por parte de Chile

La aprobación del Acuerdo de Escazú constituye un gran logro del actual Poder Ejecutivo, que pone fin a una innecesaria polarización que se inició a mediados del 2018 con la negativa de las autoridades chilenas de tan siquiera firmar este instrumento regional de vanguardia para la región y para el mundo. De poca grata memoria, cabe recordar que en el mes de septiembre del 2018, Chile ni siquiera envió a un delegado a la gran ceremonia oficial en la sede de Naciones Unidas en Nueva York de apertura oficial del Acuerdo de  Escazú a la firma de los 33 Estados Miembros de la Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina (CEPAL): un gesto insólito por parte de una desconcertante administración como la del Presidente Sebastián Piñera, jamás observado en un recinto como el de la Asamblea General de Naciones Unidas.

La movilización de un importante sector de la sociedad civil chilena solicitando que el Poder Ejecutivo reconsiderara tan insólita posición (véase carta colectiva que circuló en septiembre del 2018) no logró mayor efecto. El hecho que, desde el Vaticano, la Conferencia Latinoamericana de Religiosos (CLAR) reiterara en el 2020 a Chile (y a los demás Estados de la región) la necesidad de aprobar el Acuerdo de Escazú (véase nota del VaticanNews) conoció la misma suerte: sobre este último llamado hecho desde una entidad cercana al Vaticano, resulta de interés observar que no todas las cúpulas de la Iglesia Católica le dieron eco en algunos Estados de América Latina, y que varias agrupaciones políticas en América Latina que se reclaman de la Doctrina Social de la Iglesia hicieron caso omiso de esta excitativa.

Escazú: un instrumento de vanguardia

Escazú ha sido descrito por especialistas como un instrumento moderno en materia de gestión y de gobernanza ambiental (Nota 1).  

Pero tal es el carácter visionario de Escazú que el pasado 24 de junio del 2022 se anunció por parte de la Comisión Económica de Naciones Unidas para Europa (UNECE) la designación de un relator sobre personas defensoras del ambiente (véase comunicado oficial de la UNECE), inspirándose en los debates y en los logros inobjetables e incuestionables alcanzados en el Acuerdo de Escazú, no contemplados en la Convención de Aarhus (Nota 2). Como se recordará, Escazú (2018) es el equivalente para América Latina y el Caribe del Aarhus (1998) en Europa.  

Una evidencia más de la visión meridiana que tuvieron, y ello desde sus inicios los Estados que gestaron el Acuerdo de Escazú, y que debería reforzar en América Latina y el Caribe, la convicción de su urgente y necesaria aprobación. 

En el mes de abril, la CEPAL difundió una guía de implementación (de casi 200 páginas) del Acuerdo de Escazú, de lectura muy recomendada para organizaciones sociales y entidades públicas, así como público en general interesado.  

En estos primeros días del mes de julio, Argentina ha anunciado (véase nota de prensa) una consulta pública de cara a mejorar su estrategia nacional sobre cambio climático, una consulta que se inscribe dentro de los lineamientos del Acuerdo de Escazú. 

Sean o no Estados Partes al Acuerdo de Escazú, la implementación del Artículo 9 que versa sobre la protección a los defensores del ambiente debería interesar de manera urgente a muchos Estados en los que, semana tras semana, son asesinadas personas que alzan la voz en defensa de su comunidad;  y otros Estados en los que lideres de pequeñas comunidades urbanas, campesinas y/o indígenas (muchas veces mujeres) sufren distintas formas de presión y de intimidación cuando reclaman por el cumplimiento de la legislación ambiental vigente.

Chile avanza con Escazú y se abren perspectivas

Chile en este mes del ambiente logró realizar el depósito de su adhesión en Naciones Unidas pocos días después de las festividades del Día Internacional del Ambiente. Es de notar que otros Estados, al igual que Chile, al ratificar el Acuerdo de Escazú tuvieron el esmero de depositar su instrumento formal de ratificación en Naciones para fechas simbólicas para el Ambiente y para el mismo Acuerdo de Escazú (Nota 3). 

Días antes del 5 de junio, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Chile emitió también una instrucción ( véase texto) que debería desde ya inspirar a muchos otros Estados de América Latina sobre participación de las comunidades afectadas o potencialmente impactadas.  

El pasado 22 de junio, las tres titulares de carteras ministeriales chilenas (Ambiente, Relaciones Exteriores y Justicia) se reunieron para elaborar una hoja de ruta de cara a la implementación del Acuerdo de Escazú (véase comunicado oficial del Ministerio de Justicia). Unas semanas antes, el titular de la cartera de Agricultura de Chile externó criterios (véase comunicado oficial) sobre el Acuerdo de Escazú que debería inspirar a algunos de sus homólogos en América Latina a cambiar de parecer, al sostener que: 

«los conflictos se basan en la falta de confianza entre los actores y para eso es fundamental la información y la participación. Este tratado nos obliga a cumplir fielmente la participación e información para las decisiones ambientales sustentables de un ministerio comprometido con la agricultura verde«. 

No cabe duda que el Acuerdo de Escazú ha encontrado en Chile en este 2022 a uno de los equipos de gobierno que mejor entiende el alcance de su contenido y ejemplifica a los demás cómo implementar y materializar los principios que enuncia. Después de la primera Conferencia de las Partes (COP) celebrada en Chile en abril del 2022 (que tuvimos la oportunidad de analizar), la segunda se realizará también en Chile en el 2024, al tiempo que una reunión intermedia se realizará en el 2023 en Argentina. 

En América Latina se considera que, a raíz de los cambios políticos acaecidos en Colombia, Escazú tiene ahora posibilidades de ser aprobado ahí, sin más titubeos, zancadillas y maniobras de todo tipo gestadas desde el mismo Poder Ejecutivo colombiano saliente. Así lo deja entrever quien asumirá próximamente la Presidencia del Congreso de Colombia en una muy reciente entrevista

Honduras por su parte sigue con un Ejecutivo que a la fecha no ha iniciado la firma del Acuerdo de Escazú. Se trata de un gesto político de importancia que bien podría materializarse, si se considera que la fecha del 4 de marzo del 2018 para el Acuerdo de Escazú se escogió como un homenaje de América Latina y del Caribe al natalicio de Berta Cáceres, lideresa hondureña lenca asesinada en Honduras en el 2016: el autor intelectual de este vil asesinato acaba de ser condenado el pasado 21 de junio  (véase nota de la BBC), al tiempo que persisten dudas sobre las reiteradas negligencias de las entidades bancarias europeas a cargo del proyecto Agua Zarca. El 30 de junio del 2022, la ONG Human Rights Watch envió una larga petitoria a las autoridades hondureñas (véase texto) que solicita la firma y pronta aprobación del Acuerdo de Escazú, al señalar que:  

«Al menos 10 defensores de derechos humanos fueron asesinados en 2021, indicó la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), mientras que 199 defensores de derechos humanos sufrieron hostigamiento, amenazas o ataques ese mismo año. De esa cifra, el 80 % defendía derechos sobre la tierra o ambientales. En casi todos los casos, las amenazas y los ataques contra los defensores de derechos humanos quedan en la impunidad«.   

En estos primeros días de julio se ha informado de campañas de información en Honduras sobre el Acuerdo de Escazú (véase nota de La Tribuna de Honduras) que deberían de poderse replicar en otras latitudes. Cabe precisar que Honduras, al igual que Cuba, El Salvador y Venezuela permanecen ausentes entre quienes no han firmado tan siquiera el Acuerdo de Escazú.

El nuevo presidente de Chile, Gabriel Boric, y Constance Nalegach, exnegociadora del Acuerdo de Escazú, durante su proceso de discusión (2012-2018) en la ceremonia oficial de la firma del Acuerdo de Escazú, en el Palacio de la Moneda, celebrada el 18 de marzo del 2022 (foto extraída de redes sociales).

Costa Rica y Escazú: interrogantes y situación incómoda

No está de más señalar que los siguientes Estados han firmado el Acuerdo de Escazú y se niegan a la fecha a aprobarlo sus respectivos congresos: Brasil, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Haití, Paraguay, Perú y República Dominicana. Se observa a Costa Rica en semejante lista de ¿Estados renuentes a proteger los derechos de quienes defienden el ambiente? Así como se lee. 

En el caso de Costa Rica, la ejemplar adhesión de Chile podría iniciar sus efectos en la discusión en el seno de su Poder Legislativo, tal y como se explicó en su momento con ocasión del Día Internacional del Ambiente en este 2022.  

Lamentablemente, iniciativas legislativas recientes (y promovidas desde el Poder Ejecutivo) altamente preocupantes, que limitarían sustancialmente en Costa Rica la participación ciudadana en materia ambiental, han encendido las alarmas en estos primeros días del mes de julio del 2022 (véase, por ejemplo nota de prensa titulada «Ambientalistas advierten sobre deriva autoritaria de Chaves en materia ambiental» y artículo sobre las incertidumbres que plantea esta «reforma» de la máxima instancia ambiental en Costa Rica, al igual que este reportaje publicado en el Semanario Universidad el 6 de julio del 2022).

Un reciente artículo publicado en el Semanario Universidad el 13 de julio titulado «Cámaras empresariales le sonríen a Rodrigo Chaves» da cuenta de una agenda del Poder Ejecutivo muy cercana a las exigencias de las principales cúpulas empresariales. 

Casi al mismo tiempo, un notorio caso de contaminación del agua potable en la comunidad de Cipreses (Cartago) evidencia la total falta de pericia de las actuales autoridades costarricenses a cargo de velar por la calidad del agua suministrada (véase carta del colectivo EcoCipreses del 30 de junio): este caso confirma – una nueva vez – la urgente necesidad de garantizar y de consolidar una participación ciudadana informada en materia ambiental en Costa Rica. El impacto en la salud humana de personas pertenecientes a comunidades afectadas por la expansión piñera es otra pesada y dramática deuda que arrastran desde muchos años las autoridades sanitarias y ambientales de Costa Rica (véase este muy completo reportaje del 2019 publicado en el medio digital Delfino.cr, cuya lectura se recomienda y el documental siempre de una indignante actualidad, “No nos tapen la boca: hablemos de contaminación piñera. Homenaje a Mayra Umaña, lideresa ecologista”, del programa Era Verde, Canal 15 UCR, realizado en el 2014). No está de más señalar la catástrofe ambiental provocada por una empresa minera en Abangares el pasado 15 de julio (véase nota del Semanario Universidad) que viene a desnudar nuevamente la falta de capacidad fiscalizadora del Estado costarricense y los altos riesgos de la minería química en países tropicales.

Manifestación contra el Ministerio de Salud (con la presencia de la ministra de Salud María Luisa Ávila), el 21 de agosto del 2008, por el intento (algo original) de las autoridades de salud de legalizar el bromacil en el agua potable (no es ninguna broma, así como se lee, legalizar el bromacil en el agua potable) de varias comunidades afectadas por la insensata expansión de la piña de exportación MD2 (o «Sweet Gold») en la región de Siquirres. En el 2011, las autoridades sanitarias rehuyeron de un debate público en la misma UCR (véase nota). En el 2017, el Decreto Ejecutivo 40423 prohibió finalmente el uso de bromacil en Costa Rica.

Se leyó en el 2009 por parte de la misma titular de Salud que «Los del IRET se han negado a dar los nombres de los niños, con el argumento de la confidencialidad, lo cual en lo personal me parece un absurdo en estos casos. En lo personal y como Ministra me parece una barbaridad» (véase artículo del Semanario Universidad titulado «Revelación de agroquímicos en orina de menores genera disputa»). La foto pertenece a los archivos del autor.

Recientemente el Acuerdo de Escazú fue usado en Argentina por un juez para obligar a un municipio a entregar información sobre la calidad del agua suministrada (véase nota de El Eco de Tandil).

Costa Rica y Escazú: de silencios y preguntas sin responder y de algunas otras extrañezas

Como lo recordamos, durante la última semana de junio en un foro internacional sobre Derechos Humanos celebrado en San José (Congreso sobre BioDerecho y Derechos Humanos, véase el video con nuestra intervención a partir del 1:59:00), el eje de la participación ciudadana informada en materia ambiental constituye uno de los tres pilares del Acuerdo de Escazú del 2018, así como de la Convención de Aarhus para Europa (1998). Si todos somos titulares de derechos, estos deben poder ejercerse. Permitir una participación informada permite en gran medida desjudicializar. No permitir que las pequeñas comunidades puedan participar en asuntos ambientales irremediablemente lleva a una pronunciada judicialización, tal y como la que se observa en Costa Rica y en muchas partes de América Latina.

En esta misma ponencia reiteramos también, con relación a Costa Rica, lo que tuvimos la oportunidad de externar en la emisión de abril pasado del Programa de Canal15 UCR, «Lo que importa«, dirigido por la periodista Alejandra Fernández Bonilla y lo que recientemente tuvimos la oportunidad de destacar con dos colegas desde Chile (véase video de emisión auspiciada por Diario Financiero-Live de Chile realizada el 21 de julio del 2022).

Los costarricenses (pero también los colombianos, los guatemaltecos, los paraguayos y los peruanos) ya han podido por sí solos apreciar que nada de lo que se prevé por parte de algunas pocas cámaras empresariales que va a ocurrir si se aprueba el Acuerdo de Escazú ocurrió en el caso de las economías de Argentina, Bolivia, Ecuador, México, Panamá y Uruguay al aprobarlo. Se prevé que la economía chilena tampoco se verá impactada negativamente y que más bien, el indiscutible liderazgo ambiental y en materia de derechos humanos en la región que reafirma con esta adhesión al Acuerdo de Escazú, le deparará a Chile novedosos proyectos de inversión y en materia de cooperación. 

Siguen siempre esperando una respuesta varias preguntas que lanzamos a las cámaras empresariales costarricenses en el medio digital de Delfino.cr, en marzo pasado. Reiteramos el hecho que los supuestos «argumentos» contra el Acuerdo de Escazú corresponden a mitos, promovidos por varias cúpulas empresariales de América Latina y por sus (siempre hacendosas) fichas políticas. 

Ya nuestro colega Mario Peña Chacón ha explicado que la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental aplica desde 1998 en el ordenamiento jurídico costarricense y que no ha ahuyentado a nadie en particular, pese a lo sostenido por cámaras empresariales para oponerse al Acuerdo de Escazú; así como por una magistrada de la Sala Constitucional, quien redactó una «nota» en marzo del 2020 adjunta a una decisión de la Sala Constitucional, en la que se lee que:

«Es indiscutible que en nuestro régimen constitucional, es el Estado quien tiene la obligación de probar la existencia del hecho delictivo y la responsabilidad del acusado; en ese sentido la norma consultada al permitir que se aplique la inversión de la carga de la prueba en contra del acusado, en estos supuestos, es violatoria del derecho de defensa como aspecto integrante del debido proceso. Podría alegarse que la norma se puede interpretar para excluir la materia penal utilizando la frase «cuando corresponda» citada en la norma, no obstante, estimo que no puede dejarse a criterio del operador jurídico, vía interpretación, un aspecto tan delicado, que -por sus efectos-, no puede quedar al arbitrio interpretativo, de tal forma que estimo debió excluirse expresamente la materia penal de la posible inversión de la carga de la prueba» (Nota 4).

Para tranquilidad de muchos colegas, y pese al criterio externado en su extraña «nota» por la precitada magistrada, en ninguno de los Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú, la inversión de la carga en materia ambiental ha venido a amenazar el principio de inocencia invadiendo el ámbito del derecho penal; como tampoco se ha observado desde 1998, año en que el ordenamiento jurídico costarricense consagró este principio propio del derecho ambiental, algún debilitamiento de la presunción de inocencia en materia penal. A modo de confidencia entre un autor y el lector, es con un sentimiento de profunda pena que su pluma redactó estas dos últimas frases (y desde ya se agradece la cómplice comprensión de nuestros fieles lectores).

Con relación a otros supuestos “argumentos” contra Escazú, tempranamente el equipo de periodistas de la Universidad de Costa Rica (UCR) de Doble Check así lo demostró con un titular que (a la fecha de hoy) no ha dado lugar a ningún derecho de respuesta o de rectificación por parte de la entidad aludida y que se lee así: «UCCAEP usa argumentos falsos para oponerse al Acuerdo de Escazú». 

El mismo jurista Mario Peña Chacón había por su lado desmitificado en otra valiosa contribución publicada en noviembre del 2020 las sinrazones y verdaderas leyendas vehiculadas por algunos sectores en Costa Rica en contra de Escazú. Sinrazones y leyendas que encontramos diseminadas de manera casi idéntica en otros comunicados al de la UCCAEP (véase, por ejemplo, la carta de cámaras ligadas al sector agroexportador costarricense) y en otras latitudes del continente (véanse, por ejemplo, en Perú, este documento suscrito por su Colegio de Ingenieros —y este otro documento suscrito esta vez por altos mandos militares peruanos sobre la supuesta pérdida de soberanía en la Amazonía peruana—, o bien, este anuncio de cámaras paraguayas del sector agropecuario (véase el texto completo).

Volviendo a Costa Rica, la Cámara Nacional de EcoTurismo y Turismo Sostenible (Canaeco) tuvo el valor de refutar públicamente a sus homólogas en un comunicado a favor del Acuerdo de Escazú, no así la Canatur (véase comunicado). La cámara nacional de la industria turística costarricense, que basa gran parte de su quehacer en los atractivos de la prodigiosa biodiversidad de Costa Rica, ¡adversa el Acuerdo de Escazú establecido para proteger a quienes defienden el ambiente! Vaya tristeza, desconsuelo y profunda consternación para muchos. 

Igualmente, puede resultar desconcertante el hecho de que este comunicado de prensa oficial de la CEPAL del 8 de marzo del 2022 no encontrara eco alguno en los medios de prensa costarricenses. El desconcierto y la consternación deben ser mayores al observarse que esta importante cita con todos los Estados que integran a la CEPAL tuvo lugar en la capital costarricense. El asombro debe llegar a límites jamás sospechados al ver que un comunicado de prensa oficial de la Cancillería costarricense sobre esta misma reunión no encontró eco en ningún medio de prensa en Costa Rica (Nota 5).

La profunda soledad del Poder Judicial costarricense en América Latina

Siempre con relación a Costa Rica, cabe mencionar un «descubrimiento», único en todo el continente americano, al momento de redactar estas líneas, realizado por su Poder Judicial.  

En efecto, ningún otro Poder Judicial en los 12 Estados que ya han ratificado el Acuerdo de Escazú, como tampoco el Poder Judicial peruano (véase documento), y mucho menos el chileno (véase documento de abril del 2022), ha sostenido un criterio similar al expuesto por la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. Según ella (y solamente ella…), el inciso 5 del artículo 8 del Acuerdo de Escazú conllevaría un gasto adicional para el funcionamiento del Poder Judicial costarricense.  

El Acuerdo de Escazú ¿obliga a un esfuerzo económico adicional para el presupuesto de la justicia en Costa Rica y únicamente en el caso de Costa Rica? Vaya innovación y vaya notable esfuerzo de creatividad. Una interpretación realmente novedosa pero totalmente errada, y detectada por tan solo un magistrado constitucional, de los siete que integran a la Sala Constitucional (Nota 6).  

En realidad, este «descubrimiento» no debería verse como algo fortuito, sino que, confirmado por la Sala Constitucional, se inscribe en una línea jurisprudencial regresiva del mismo juez constitucional costarricense en materia de participación ciudadana en materia ambiental, muy pocamente divulgada y cuestionada (Nota 7).

Es más que probable que se acentúe, con el pasar del tiempo (y de nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú por venir), la mezquindad —en nuestra opinión bastante insólita— del Poder Judicial Costa Rica ante sus demás pares de América Latina y del Caribe.

Algunos aportes realizados desde la UCR

A diferencia de lo ocurrido en otras latitudes, son realmente escasos los documentales/videos realizados en Costa Rica sobre el Acuerdo de Escazú por parte de especialistas en comunicación colectiva y producción audiovisual.  

De las pocas producciones audiovisuales existentes, podemos referir a dos documentales provenientes de la Universidad de Costa Rica (UCR) elaborados desde la Vicerrectoría de Acción Social (VAS) en agosto del 2021, titulado el primero «UCCAEP y el Acuerdo de Escazú«, el cual retrata, de manera bastante completa, la posición de las cámaras empresariales costarricenses y de algunas de sus fichas políticas (véase video).

Este primer video fue completado por otro sobre la precaria situación en la que viven los defensores del ambiente costarricenses, titulado «El Acuerdo de Escazú y los defensores ambientales«, que también se recomienda (véase video).

Entre otros, este documental incluye una entrevista al líder indígena Jerhy Rivera, asesinado en el 2020 en Costa Rica, y otra a una valiente lideresa que lleva muchos años denunciando la expansión insensata de la piña en su cantón (Guácimo). 

Por razones que desconocemos, ambos videos no han sido difundidos en las redes oficiales de la VAS de la UCR, como tampoco en las de la Rectoría (pese a incluir ambos documentales una entrevista al actual rector de la UCR), ni en las redes institucionales de la UCR. Esperamos que, al haberlos incluido en este mismo texto, se pueda paliar esta inexplicada omisión.  

Desde ya hacemos un llamado a especialistas en comunicación colectiva y en producción audiovisual de Costa Rica a inspirarse en las producciones realizadas en Chile, Colombia o Perú sobre la importancia del Acuerdo de Escazú en aras de dar a conocer su verdadero alcance a la opinión pública. Este video realizado por el equipo de comunicadores de La Pulla (Colombia), titulado «La nueva trampa que nos quieren hacer los congresistas», da una idea de lo que puede producir un equipo talentoso.

Una emisión radial de mayo del 2021 realizada desde Radio UCR titulada «Costa Rica sin el Acuerdo de Escazú: el doble rasero en la narrativa de Derechos Humanos» conducida por las juristas Gisele Boza Solano y Rosaura Chinchilla Calderón (véase video) también merece mención, entras varias valiosas emisiones sobre el tema auspiciadas (todas) desde los medios de prensa de la UCR.

Con relación a otros medios de prensa, nos permitimos referir a nuestros estimables lectores a la emisión Café para Tres realizada en abril del 2021 desde el medio digital Delfino.cr (véase video). Se trató de un primer intento de debatir públicamente los «argumentos» de la UCCAEP.

A modo de conclusión

Conforme vayan registrándose nuevas ratificaciones del Acuerdo de Escazú, la posición exhibida por Costa Rica en el plano internacional se volverá más incómoda e insostenible, por lo que planteamos desde ya algunas interrogantes:  

– ¿Estaremos aún a tiempo, después de Chile, de rectificar?  

– Al haber coliderado Chile y Costa Rica el proceso de negociación entre el 2012 y el 2018 ¿no debió la primera COP realizarse en Chile y la segunda en Costa Rica?  

– ¿Habrá que esperar que Colombia también lo apruebe (y luego tal vez Brasil, Honduras o Paraguay) para que Costa Rica se sienta de una u otra manera interpelada por otros Estados de la región y reaccione?  

– Como ciudadanos, ¿qué más podemos hacer con relación a la urgente necesidad de consolidar un modelo de gobernanza ambiental mucho más funcional que el existente en Costa Rica (y que el Acuerdo de Escazú ofrece a todo Estado que lo aprueba)? 

No quisiéramos concluir estas breves líneas sin externar a la jurista chilena Constance Nalegach, con quien tuvimos el privilegio de compartir varios espacios y foros, en particular una entrevista a ambos en la televisión universitaria, nuestra profunda admiración por su labor incansable y su compromiso inclaudicable en favor de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe. El Acuerdo de Escazú y todos los defensores del ambiente de América Latina le deben mucho a esta gran figura chilena.

Notas

Nota 1: Véase por ejemplo PEÑA CHACÓN M., «Transparencia y rendición de cuentas en el Estado de Derecho ambiental», Delfino.cr, edición del 17 de abril del 2021, disponible aquí. Sobre el Acuerdo de Escazú, remitimos a dos valiosas publicaciones colectivas que detallan los alcances de su contenido y su importancia para la consolidación de una verdadera democracia ambiental en América Latina y el Caribe: BARCENA A., MUÑOZ AVILA L., TORRES V. (Editoras), El Acuerdo de Escazú sobre democracia ambiental y su relación con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, 2021, CEPAL/Universidad del Rosario (Colombia), 298 páginas, disponible en este enlace; y PRIEUR M., SOZZO G. y NAPOLI A. (Editores), Acuerdo de Escazú: pacto para la economía y democracia del siglo XXI, 330 páginas, 2020, Universidad del Litoral (Argentina), disponible en este enlace. El hecho que se trata de un instrumento de vanguardia se puede confirmar aún más al revisar los desarrollos para la aplicación del Artículo 7 y del Artículo 9, elaborados por la misma CEPAL en la guía de implementación del Acuerdo de Escazú, presentada formalmente en abril del 2022 (disponible aquí, pp.108-126).   

Nota 2: Salvo Liechtenstein y Mónaco, todos los Estados de la región europea lo han ratificado sin mayor problema, siendo Irlanda el último en hacerlo en el 2012 (véase estado oficial de firmas y ratificaciones). El mecanismo convencional de seguimiento sobre la implementación de la Convención de Aarhus, el denominado «Comité de Cumplimiento» (véase sitio oficial) ha cobrado particular interés de cara a la implementación del Acuerdo de Escazú y ha inspirado parte de las mismas disposiciones del Acuerdo de Escazú. ¿Proyectos de inversión en Europa paralizados a raíz de la adopción de la Convención de Aarhus? ¿Suspensión de grandes proyectos de infraestructura? ¿Salida masiva de inversión extranjera en Europa a partir de la entrada en vigencia de Aarhus? Otras preguntas muy válidas a externarles a los detractores al Acuerdo de Escazú en América Latina y sus pretendidos «argumentos» en contra de un tratado regional cuyos objetivos coinciden exactamente con los de la Convención de Aarhus para Europa.  

Nota 3: Es así como algunos Estados escogieron el segundo año de vida de Escazú (Antigua y Barbuda logrando el depósito en la misma fecha, Nicaragua y Panamá unos pocos días después), el primer aniversario de la apertura de su firma (Bolivia, San Vicente y las Granadinas, Uruguay con un cronograma realmente envidiable y ejemplar que debería inspirar a otras cancillerías). En el caso de Argentina y de México, ambos aparatos diplomáticos coordinaron la fecha del 22 de enero del 2021 para permitir una entrada en vigor de Escazú para el Día de la Tierra, el 22 de abril. Como vemos, cada Estado a su manera ha buscado honrar Escazú con una fecha simbólica escogida para depositar formalmente su instrumento de ratificación en Naciones Unidas, destacándose la perfecta sintonía y coordinación entre los aparatos diplomáticos de Argentina y de México para darle el mayor realce posible a la fecha de entrada en vigor del Acuerdo de Escazú. 

Nota 4: La posición de la antes mencionada magistrada se puede leer en la segunda «nota» que acompaña el voto de la Sala Constitucional de marzo del 2020 sobre el Acuerdo de Escazú: véase texto completo y las dos «notas». Con relación al contenido de la «nota» de la precitada magistrada, en un artículo publicado en Ojo al clima en abril del 2021 (véase artículo), la ex negociadora del Acuerdo de Escazú, Patricia Madrigal Cordero, detectó una coincidencia que, en nuestra modesta opinión, ameritaría una explicación: «Segundo, la magistrada Nancy Hernández, en una nota, manifiesta sus preocupaciones interpretativas del Acuerdo de Escazú que coincidentemente son las mismas que ha encontrado la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP) para oponerse al proyecto«, añadió Madrigal.» 

Nota 5: Este comunicado lo reproducimos en una nota anterior (véase texto en la Nota 3) en BOEGLIN N., «La aprobación del Acuerdo de Escazú en Chile. Algunas reflexiones a propósito de la celebración del Día Internacional del Ambiente», Portal UCR, Sección Voz Experta, edición del 7 de junio del 2022, disponible aquí.  

Nota 6: Es de notar que en su voto salvado que se adjunta a esta decisión (véase texto completo ) de la Sala Constitucional de marzo del 2020, el Magistrado Paul Rueda fue el único en señalar la lectura totalmente errónea hecha por sus colegas de la Sala: «Se advierte con facilidad que tal norma en ningún momento le impone al Poder Judicial la obligación de brindar asistencia técnica y gratuita, la cual corresponde implementarse a partir de las condiciones propias del ordenamiento jurídico de cada país. En el caso de Costa Rica, tal asistencia puede ser brindada por cualesquiera dependencias públicas afines al tema, verbigracia, la Defensoría de los Habitantes, las Defensorías Sociales del Colegio de Abogados o los consultorios jurídicos de la UCR (lo que no excluye la cooperación de aquellos correspondientes a universidades privadas). Erradamente, el voto de mayoría solo pensó en el Poder Judicial y estimó que el texto consultado “contiene en su articulado normas explícitas que disponen la creación, la variación sustancial o la supresión de órganos estrictamente jurisdiccionales o de naturaleza administrativa adscritos al Poder Judicial, o bien, crea, ex novo, modifica sustancialmente o elimina funciones materialmente jurisdiccionales o administrativas”. A partir de lo expuesto, sostengo que del texto expreso del numeral en mención en ningún momento se extrae lo que la Mayoría supone«. Este voto salvado es de marzo del 2020: a junio del 2022, el hecho que ningún otro Poder Judicial en América Latina haya llegado a semejante «descubrimiento» refuerza la justeza del criterio externado de forma solitaria por el Magistrado Paul Rueda. 

Nota 7: En efecto, no es la primera vez que, en Costa Rica, la mayoría de la Sala Constitucional busca la manera de limitar significativamente el alcance de la participación ciudadana en materia ambiental, uno de los tres pilares fundacionales del Acuerdo de Escazú. Se trata de una cara de la justicia costarricense constitucional pocamente divulgada y conocida, pese a que, en nuestra modesta opinión, debiera serlo, además de discutida y denunciada. En el 2017, la Sala Constitucional de Costa Rica, decidió que la participación ciudadana en materia ambiental, ya no califica (según ella y solamente ella) como un derecho humano. Ello se desprende del párrafo V de la sentencia 1163-2017 (véase texto completo). Resulta oportuno señalar que esta decisión fue objeto de tan solo dos votos salvados (suscritos por los magistrados Fernando Cruz y Paul Rueda): los cinco magistrados/a restantes consideraron que ir en contra de la jurisprudencia de la misma Sala Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no ameritaba ninguna reflexión particular. Un año antes, en el 2016, el juez constitucional costarricense consideró que la libertad de empresa prevalece sobre un acuerdo municipal estableciendo una moratoria para nuevas plantaciones de piña: un acuerdo municipal tomado en aras de proteger la salud pública de las comunidades aledañas a este monocultivo en el cantón de Los Chiles. Véase texto completo de la sentencia 11545-2016 en la que se lee textualmente que: «Dicho lo anterior, las municipalidades no tienen competencia para prohibir una determinada actividad económica lícita en sus territorios o declarar moratorias, definidas o indefinidas. Esa competencia corresponde al Estado, toda vez que el Derecho de la Constitución (valores, principios y normas) es claro y preciso, en el sentido de que el régimen de las libertades públicas está reservado a la Ley. En el caso que nos ocupa, no existe ninguna norma jurídica con rango de Ley que autorice a la municipalidad recurrida a prohibir el cultivo de piña en su territorio, o declarar una moratoria indefinida del cultivo de ese producto, de ahí que su actuación es arbitraria y, por consiguiente, contraria al ordenamiento jurídico». Al tratarse de una moratoria por un plazo muy preciso de 5 años, resulta más que cuestionable que la Sala considerara que se trataba de una «moratoria indefinida». Nuevamente aquí la lectura del voto particular del magistrado Fernando Cruz permite ver cuán errática, antojadiza y cuestionable es la decisión tomada por la mayoría de sus colegas: el magistrado Cruz concluye explicando que «dadas las amenazas y efectos lesivos para la salud y el ambiente que provoca el cultivo de la piña, las comunidades tienen plena legitimidad legal y política para dictar medidas preventivas, temporales, para asegurarse que sus ciudadanos no resultarán perjudicados por una actividad agroexportadora que provoca daños y amenazas sobre la biodiversidad».

 

Nicolas Boeglin,
Algunos breves apuntes

Comprender el concepto de corrupción – ¿Qué es Corrupción?

Corrupción es la acción y efecto de corromper, es decir, es el proceso de quebrar deliberadamente el orden del sistema, tanto ética como funcionalmente, para beneficio personal. Además de que el corrupto comete una acción ilegal, también presiona u obliga a otros a cometer tales actos. Fuente : https://www.significados.com/corrupcion/

Resulta que, en muchos   ámbitos de la   vida misma, diversidad de actores señalan el término “corrupción” y   dirigen su dedo índice señalando personas grupos

Aclarado esto,   el  flagelo o  cáncer de  la  corrupción  misma,  no  conoce  estrato social, clase o  género,  todo  está  en la  perspectiva  subjetiva  misma del  calificativo de  quizás  lo  bueno  o lo  malo y  de  ahí  la  justificación de  que  un  acto  corruptible,  quizás  para  alguien  es   calificado de  mayor  o  menor  grado y  en  ese  dimensionamiento  podamos  aplicar  el  reproche  social , como un  simple refrán lo  indicó  “ladrón que  roba  a ladrón , tiene   cien años  de  perdón”

La   bendita pública, como llamaban nuestros padres a la   Fiscalía o al Ministerio Público, fue en su momento demasiado intensa, quién se enfrentaba a la Bendita Pública, sabía que, era cosa seria, y aunque no se diera sentencia, debía purgar una condena social.

El robarse una gallina al vecino, podía provocar una contienda tal; que hasta se mataban los actores, el delincuente y la víctima.

Pues; resulta  que  la  “corrupción”   año  a año  fue  evolucionando,   desde   un  simple fruto en  una  finca,  hasta  llegar   hoy  día  a  los  miles de  millones,  que  un  fraude  financiero puede  provocar, señalamos   un  posible  caso,  denominado ALDESA,  de  ahí  se  observaría  la  penalidad del acto corruptible  y  fraude  financiero quizás  en  contra de  gente  humilde y  de   buena fe; pero  que  al  final sin  los  controles  adecuados, permitió que  un  grupo de  “gurús” ejecutivos o financieros,  dispusieran de  un  dineral   de  gran cuantía.

Sucede  que  el  ROP  es  un dinero que  podría  tentar a  muchos  a  realizar  actos  reprochables  y  corruptos,  desde  influenciar  con  los  amiguitos  y  crear  normas y  directrices   que  permiten por  ejemplo la  inversión de esos  fondos  en el  exterior,  digo   que  el ejercicio de  la presión en  favor de  una  política, que  no está   enmarcada en el  principio de legalidad, ingrese  para  que   se  permita  realizar  el acto, pero  con un  presunto dolo eventual,  ya se  sabe  o  se  presume  por  parte del “corrupto” hacia  que  va  dirigida esa  política, podría  ser; hasta  desaparecer los  dineros en el  exterior,  se  señala  presuntamente, porque los  hechos  podrían evidenciarlo, pero  también debe  comprobarse.

Entonces,  ese  dinero que  es  un poquito de plata, (ROP) se  va  al  exterior, y  eso  ya  es    normado, la  pregunta  aquí;  es quién o quiénes se  favorecen con recursos  frescos  y  baratos, y obtienen jugosas  ganancias, y  nosotros  los  trabajadores, no  podemos  ni  ir  a  Paso  Canoas a  compra  algo;  y mucho  menos   es de esperar  que  sin la  norma  jurídica que  nos  dé la  investidura de fiscalizador, podamos  realizar  aunque  tengamos  conocimiento técnico, un viaje al exterior para  la   auditoria  forense o  preliminar que  evidencia una  mala  inversión y  con ese  estudio ; generar  una  actuación en el  Ministerio Público, para  que se  inicie la  persecución  penal, contra los  que  conforman la junta  administradora de  ese  fondo de  pensiones.

Reitero la interrogante, no observó individuo del  sector  laboral, que  teniendo conocimientos  técnicos, conforme o integre  las distintas juntas  administrativas de  fondos  de  pensión y  que  posibilite en representación de  los  trabajadores, generar  esa  alerta  judicial y  llevar  a la  cárcel a  presuntos  malos administradores o  fraudulentos  actos  en   la  administración de  esos  fondos, que  puedan evidenciar,  dolo eventual, favorecimiento real, incumplimiento de  deberes, en  fin  actos  reprochables y calificados  en  muchos  de  “corruptos”

Si usted debe hacer, y deja de hacer, no está ayudando más que en tolerar muchos actos corruptibles.

Mucho se sabe, en la historia nacional del calificativo de corrupción, pero, no inserto quizás al  actuar personal o individual, y de ahí el  interés del suscrito en llamar la atención al  concepto mismo, concluyendo en la frase que evoca mi mente y la misma reza:

Un dilema trivial;

¿Es corrupto una persona?

Pues antes reflexionemos del

Deber de Hacer

Y

Dejar de Hacer

¿Responde acaso esto a esa pregunta?

Cuando un médico no pone el medicamento adecuado a su paciente; 

Cuando un profesional no defiende adecuadamente el presupuesto de su   gestión, 

Cuando un policía se hace de la vista gorda ante la presencia de un sospechoso delincuente

Cuando un profesor puede otorgar notas a cambio de favores

Cuando un legislador, no legisla como corresponde y se abriga en grupos élites para su beneficio particular

Cuando un productor vende producto de mala calidad al Estado, como si fuera de primera calidad

Cuando le doy un clip a una autorización que no corresponde, en el ejercicio del poder que se ostenta, etc.

Entonces, calificar un acto realizado por el individuo mismo de corrupto y que ese calificativo le preceda su nombre de pila, aunque la “bendita pública” lo libere, es delicadísimo; ya que como me resulta la idea, el que debe hacer y deje de hacer, a mi criterio es CORRUPTO

Una reflexión para un país libre de corrupción en gran cantidad de escenarios.

 

Compartido con SURCOS por SITRAHSAN.

Panamá: un pueblo en lucha

Autor: Efren Virreal Cedeño, miembro del Movimiento Humanista

Desde los años ochenta, específicamente en 1987 en las manifestaciones contra Manuel Noriega, no se veía esta reacción de la población panameña. Un pueblo unido en su diversidad: los educadores, estudiantes, profesionales de la salud, sindicatos, nuestros hermanos originarios y el pueblo en general. Nosotros los panameños somos pacíficos y quizás demasiado tolerantes al abuso, pero esta reacción indica el nivel de agotamiento, de hastío y diremos en el sentimiento, el engaño, la burla, las mentiras, la injusticia y el abuso constante de más de 30 años de los burócratas, políticos y la mafia especulativa de la clase dominante; 115 familias dueñas del 80 % de la riqueza.

Aquí –en Panamá–, Ernesto Pérez Balladares (PRD) privatizó las empresas de energía y de cable, telefonía y celulares, y Martín Torrijos (PRD) concesionó nuestros ríos para hidroeléctricas. En Panamá, hoy tenemos la electricidad más cara del mundo y las empresas de cables, celulares e internet nos estafan vendiendo un servicio que no brindan, En cuanto al combustible, también es un oligopolio manejado por los mismos que son dueños de bancos, aseguradoras, puertos, hidroeléctricas, empresas de gas licuado, hospitales, televisoras y líneas aéreas.

Las distribuidoras de medicamentos, después de la Ley de Libre Oferta y Demanda del 2001, acapararon todo el mercado, convirtiéndolo en un oligopolio. Hoy nos venden medicinas a precios hasta cuatro veces más que en otros países vecinos.

Hay hastío, hay cansancio, hay agotamiento. Este es un país con riqueza e ingreso per cápita suficiente, pero la peor distribución de los recursos en América Latina. Aquí hay dos países, uno que vive en el primer mundo: los privilegiados, y el pueblo cada vez más pobre, que vivimos en el tercer mundo.

Tenemos que construir una democracia real, participativa, un sistema de bienestar donde haya acceso a salud y educación de calidad para toda la población, y oportunidades de empleo para todos; para ello, necesitamos construir una verdadera mesa de diálogo y un verdadero proceso constituyente que termine con los oligopolios y burócratas corruptos, y que de él surja una nueva constitución, para construir una nueva República democrática, próspera, justa, incluyente y humanista.

 

Compartido con SURCOS por Ítalo Fera Fallas.

La democracia no tiene la culpa

Mauricio Ramírez Núñez
Académico

Las condiciones económicas que le daban estabilidad a la democracia liberal en épocas pasadas ya no existen. Por el contrario, vivimos en los tiempos accidentales y de descenso de la modernidad, los problemas estructurales relacionados a la mala distribución de la tierra, su deterioro sistémico y el aumento de las desigualdades de todo tipo, son el reflejo más contundente de esa realidad. No es de extrañarse entonces, los amplios grados de polarización política existente en el mundo actual, especialmente en América Latina y el Caribe, así como todo el sur global.

La democracia iliberal o democracia sin derechos como llaman muchos, y el liberalismo no democrático (derechos sin democracia), se ha empezado a convertir en el fenómeno por antonomasia en respuesta a esa falta de resonancia de la política con la ciudadanía. Por su parte, los defensores de la democracia liberal, tal cual la conocemos hoy, ya sean de izquierda o derecha, parecen gozar de poca credibilidad, en particular si esas voces pertenecen a partidos políticos tradicionales o asociados de alguna manera a aquellas prácticas políticas hacia las cuales las personas manifiestan fuerte rechazo. 

Sin dejar el tema de la exclusión-polarización económica de lado, parte del problema es que occidente ha convertido la democracia de corte liberal en ideología y propaganda, con rasgos totalitarios que ataca todo lo diferente a ella, sin tomar en cuenta la verdadera pluralidad que caracteriza al mundo. Por el contrario, trata de comprimirlo, para que entre en un molde preconcebido al cual todos deberían adecuarse. Lo preocupante de esto es que al convertirse en una forma de religión política laica, se vuelve un instrumento manipulable a muchos intereses adversos al bienestar común, desnaturalizando así su razón de ser, contrario a todo lo que en realidad debería ser una democracia robusta y pluralista en el siglo XXI.

Esta reflexión crítica no significa estar en contra de la democracia, es una forma de evidenciar o advertir sobre los riesgos de esta forma particular de la misma, para comprender los fenómenos políticos y buscar así formas alternativas para mejorarla y hacerla volver a su centro esencial. La creciente concentración de riqueza en nuestras sociedades dentro de los sistemas democráticos liberales defendidos a capa espada por el establishment, provoca el rechazo ciudadano, y al igual a lo sucedido con la izquierda o la derecha clásicas, este pierde la fe y su compromiso con ella. A primera vista y sin profundizar mucho en el análisis, constatan que no ha dado respuesta a sus necesidades más elementales, y paradójicamente, las perpetua. Ante los ojos de grandes sectores excluidos, sus condiciones de vida se han deteriorado en democracia.

Ahí reside uno de los mayores peligros reales para la democracia en nuestros días. El disgusto popular hacia ella es como si se estuviese rechazando una ideología por sus contradicciones y falta de resultados concretos, así las figuras que surgen como anti sistema, no llevan como prioridad una transformación ideológica del país en derecha o izquierda necesariamente, sino más bien, se dirigen directo a la institucionalidad democrática y sus principales pilares, para cambiar las reglas del juego, con sobradas razones, llegando a contar con el apoyo de amplios sectores, en especial aquellos menos beneficiados por el desarrollo.

No en vano existen muchos autores contemporáneos escribiendo sobre la relación existente entre el auge del populismo y la creciente fragmentación social. Estos académicos plantean que el creciente apoyo a partidos de corte extremista está asociado a sentimientos de marginación y desintegración social. La pérdida de sentido de pertenencia a la comunidad no solo genera marginación y problemas de violencia e integración, sino que promueve el auge de partidos populistas. Las personas tienden a sentirse socialmente marginadas en las sociedades del descenso, el consumo y la inmediatez actuales; el miedo a no ascender socialmente, no obtener un mejor salario o empleo, perder el estilo de vida adoptado o el temor de no poder llegar a fin de mes, provoca un descontento tal que es natural la búsqueda política de responsables ante dichas situaciones. Cada vez hay que correr más no para estar mejor, sino para no descender.

Esos sentimientos de marginación social pueden tener múltiples raíces, entre ellas el alto costo de la vida, la pérdida de una posición social y económica valorada, el crecimiento de las brechas digitales, culturales, educativas o laborales. En otras palabras, entre mayor sea la exclusión del modelo económico imperante en nuestras democracias liberales, mayor será la desafección hacia esta y más fuerte será la polarización social, así como las manifestaciones de carácter populista que se den en cada país afectado por esta realidad. El populismo no es una causa, sino un efecto, por esa razón, su combate más bien lo fortalece, el frío no está en las cobijas.

Hay quienes echan la culpa a los migrantes ilegales, a los sectores económicamente más acomodados de la sociedad junto con la evasión fiscal, y otros a la corrupción o al gobierno de turno. El objetivo es buscar un culpable para cobrarle la factura en las próximas elecciones, el problema es que no se busca tocar el modelo económico generador del problema de fondo. Es aquí donde los candidatos outsiders asoman la cabeza, con un discurso incendiario contra las élites, los partidos políticos, las minorías u otras estructuras de intermediación sociales clásicas, según sea su inclinación particular.

Así todo se empieza a volver más complejo y el (des)orden en su totalidad se torna en riesgo latente para todos por igual. No se sabe lo que pueda surgir de esas crisis, para muchos es lo correcto, para otros puede representar el fin del estado de derecho o la puesta en riesgo de grandes inversiones económicas. El punto acá es que el actual estado de las cosas no es viable para ningún actor social y económico de la sociedad.

Volver a la democracia real y su defensa pasa necesariamente por la construcción de un proyecto nación integrador, respetuoso de la pluralidad pero buscando superar la fragmentación económica y social. Pasa por replantear los mecanismos de distribución de oportunidades en todos los sectores para que el fruto de la productividad sea reflejado en el bienestar de todas personas, es volver a crear una voluntad social colectiva, cuyo sujeto histórico sea la comunidad en su amplitud de expresiones, visiones y demandas, donde el sentimiento de pertenencia sea otra vez parte del orgullo y no de la indiferencia.

En contraste con la globalización clásica donde los conceptos de nación o frontera fueron menospreciados, ahora deben ser retomados como garantes de la verdadera pluralidad, de respeto a la diferencia y la autonomía de cada pueblo que habita el planeta. Esto no significa cerrarse al mundo, ni mucho menos caer en nacionalismos destructivos de periodos superados, pero sí entender y respetar la forma de organización política de cada país (demos-kratos), respetar esas visiones, y en el marco de la diferencia buscar construir de forma colectiva un andamiaje sólido para fortalecer la paz y permitir que cada pueblo pueda volver a tomar en sus manos realmente el rumbo de sus destinos. Construir un nuevo pacto de la sociedad de acuerdo a las realidades de la época.

La democracia en su centro esencial, donde todas las personas se sientan parte de ella y no fuera, donde existan mínimos que garanticen una vida digna de no descenso, con instituciones eficientes que responden a las demandas ciudadanas y le acompañan en la realización de los proyectos de vida de cada quien. Es tener de nuevo la libertad de elegir el estilo de vida que se desea en una sociedad con reglas pero también derechos para todos, sin discriminación alguna y sobretodo, con mayor justicia social, digital y ambiental. Mientras no podamos resolver los problemas estructurales que nos han traído hasta este punto, y que no son culpa de la democracia como tal, ésta seguirá pagando los platos rotos y estando en cuidados intensivos por tiempo indefinido.

La sin razón de quienes objetan el Acuerdo de Escazú

Alberto Salom Echeverría

La Importancia del acuerdo.

El acuerdo de Escazú se firmó por parte de Costa Rica el 26 de setiembre del 2018, tras un evento regional de los países latinoamericanos, relacionado con acceso a la información, la participación y el acceso a la justicia para toda la ciudadanía en asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Se conoce con el nombre de “acuerdo de Escazú”, por haberse celebrado la primera reunión en este cantón costarricense en el año 2018.

Es un acuerdo internacional de los países de la región, que pretende asegurar la protección del medio ambiente y los derechos humanos de las personas. Su importancia radica en que los acuerdos que se tomen vinculados a esta temática deben estar sustentados en la participación inclusiva para todas las personas. Lo anterior está encadenado a la búsqueda de una mayor igualdad real, para propiciar un crecimiento económico sólido y un desarrollo sustentable para la totalidad del conglomerado ciudadano de los países. En tercer lugar, será menester una certera divulgación de la información ambiental y que la participación sea copiosa y naturalmente pública.

Uno de los objetivos cardinales del tratado se encamina a brindar protección eficaz y efectiva a todas las personas que con grandes sacrificios y convicción dedican su vida a la lucha por la obtención de un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. De modo que, el acuerdo en su esencia se basa en el principio “pro-persona”. En suma, se trata de alcanzar por fin un “Acuerdo” general asentado en principios entre las naciones Latinoamericanas y del Caribe cuyo fin es el de: “Igualdad y no discriminación, no regresión ambiental y progresividad, [que sea] preventivo y precautorio (en materia ambiental y de defensa), [que brinde] máxima publicidad, equidad intergeneracional, soberanía sobre los recursos naturales, igualdad soberana sobre los Estados y el principio pro-persona.” (Cfr. “Campaña Escazú Ahora, Costa Rica.” Toolkit Campaña #Escazú. Consúltese además en: https://www.cepal.org/es/acuerdoescazú).

Antecedentes del acuerdo.

Es importante constatar que, ya en la Constitución Política de Costa Rica en su artículo 50 se estipula la garantía que proporciona el país al derecho de todos sus habitantes a un “Ambiente sano” y “Debidamente equilibrado”. Ello implica que, aunque la Constitución consagra ese indiscutible derecho, en la vida real no ha sido posible garantizarlo.

Nuestro ambiente dista todavía mucho de ser sano y equilibrado. Afirmo tajantemente que hay responsabilidad dolosa del Estado en varios sentidos y de algunos sectores de la sociedad civil; como cuando se permite seguir importando autos que queman hidrocarburos, como gasolina y diesel, sin poner plazos fatales para culminar con ello. Lo mismo cuando se sigue importando fertilizantes sumamente contaminantes. Y también tienen responsabilidad las empresas que mercantilizan esos productos. El Estado no está pues “garantizando” lo expresado en el artículo 50 de la Constitución. Está de por medio la vida de seres humanos, plantas y animales. Mientras no se establezcan esos plazos con todo rigor frente a los productos que se sabe científicamente que afectan el ambiente; se obvia así el principio constitucional.

Otro tanto ocurre cuando empresas responsables de fomentar el resquebrajamiento de la Constitución, como ocurre con las piñeras, por ejemplo; pues no sufren siquiera el más mínimo castigo por el daño causado al ambiente. Cada vez hay más opciones de carácter orgánico para enfrentar las plagas, por lo que la elaboración de una agenda realista que le ponga freno paulatinamente al envenenamiento de nuestro ambiente, del ser humano, de la tierra, plantas y animales, es algo perfectamente factible.

Los seres humanos que se juegan la vida defendiéndonos a todos del calentamiento global derivado de la contaminación del ambiente, no son objeto de protección ante el matonismo y la persecución que sufren de parte de muchas empresas contaminantes. Esta es una transgresión flagrante del principio constitucional en su artículo 50, tanto como de los derechos humanos que se consignan en la Constitución, así como en tratados y acuerdos internacionales suscritos por Costa Rica. No nos referimos a vaguedades, hará unos 8 ó 9 años se asesinó al líder ambientalista y comunal Jairo Mora por su acción patriótica en favor de la lucha por el resguardo de la vida; no es el único caso en nuestro país y, los países de América Latina, unos más otros menos, están plagados de delitos que han quedado impunes, cometidos por algunas empresas contra la integridad de luchadores sociales por el medio ambiente.

Aparte de la Constitución Política, en el artículo ya citado “Campaña Escazú Ahora”, se mencionan como antecedentes directos del “Acuerdo de Escazú”: la Declaración de Estocolmo de 1972, la Carta Mundial de la Tierra de 1982, relacionada con la Conservación de la Naturaleza, la Declaración de Río del año 1992, específicamente en su principio 4, el principio 10, que de nuevo retoma el acceso a la información, la participación y la justicia, las ODS16 que dieron lugar a los derechos sobre procedimientos ambientales, la declaración de Río de Janeiro en el 2012, conocida como “Río+20”, en donde se fomentó un mecanismo regional. El ulterior antecedente que se menciona es el de la CEPAL, adscrita a la ONU, responsable de asesorar a los países de la región en asuntos atinentes al desarrollo económico y social. La CEPAL se constituye en una secretaría técnica para la consolidación del mecanismo regional para efectos de impulsar los “Acuerdos de Escazú”.

Por último, el 4 de marzo del 2018, se adopta el acuerdo regional sobre “el Acceso a la Información, la participación pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales o “Acuerdo de Escazú”.

Hay que agregar que las negociaciones contaron con una presidencia compartida por Chile y Costa Rica.

“El Corazón tiene razones que la razón no entiende”. Blaise Pascal

Tenemos mil razones de la razón para clamar al mundo por una nueva forma de vivir sin degradar el medio ambiente de la manera como lo hemos venido haciendo. Pero, ahora poseemos razones del corazón, cuando vemos rebalsados los cauces de los ríos de plásticos, cuya degradación tarda entre 100 y 1.000 años, o sea es lenta y a largo plazo. Tenemos razones del corazón, cuando observamos como todos estos materiales que desechamos con desenfado por doquier, una gran parte de las veces terminan en los océanos como basura contaminante que afecta los ecosistemas marinos y por lo tanto la vida de cientos de miles de especies, algunas de las cuales han desaparecido sin remedio y no las volveremos a ver más. Las razones del corazón brotan cuando presenciamos como si se tratara de una película ficción, arder miles de hectáreas por todo el orbe a causa del sobrecalentamiento del planeta, el único que tenemos. Hoy arde la tierra sin discriminación entre países pobres y ricos, Europa arde en llamas igual que el África, Los Estados Unidos como países del Asia.

Mientras tanto, muchos levantamos la voz de la razón y del corazón. Como puede verse, la importancia que revisten “los Acuerdos de Escazú” para toda la región es innegable. Sin embargo, en una buena parte de los países de la región se alzaron voces, para torpedear el acuerdo con argumentos falaces, como ha hecho la UCCAEP en Costa Rica. Pasamos a glosarlos basados en un documento estupendamente elaborado por dos intelectuales de alto nivel y especializados en medio ambiente, como son los doctores Patricia Madrigal Cordero y Rafael González Ballar. Un trabajo conjunto donde caen desmitificadas las falacias:

1-Los intelectuales Madrigal y Ballar señalan primero que UCCAEP acopia argumentos falaces hijos de generalizaciones infundadas por exageradas y por tanto con pruebas insuficientes que (con intención o sin ella, agrego), inducen a error. En cambio, afirman: “Queremos construir una historia diferente, proponiendo una interpretación que se base en las aspiraciones como sociedad y que permita fortalecer nuestra democracia, siguiendo la senda del desarrollo sostenible.” (Cfr.AcuerdodeEscazú-FES.pdf). Asimismo, dejan constancia que, el hemisferio americano fue la primera región del mundo en reconocer el derecho humano a un medio ambiente sano, de manera expresa y vinculante. (Ibid.) Para los autores, los “Acuerdos de Escazú” definen que se debe garantizar “los derechos de acceso a la información, a la participación pública y a la justicia ambiental”. Y puntualmente afirman que, estos derechos son el corazón de la democracia ambiental, necesaria para garantizar los derechos humanos en asuntos ambientales.

Por lo consiguiente es insubstancial que la UCCAEP señale como un error que los “Acuerdos de Escazú” vinculen temas ambientales con los de derechos humanos, para objetar que las personas que defienden derechos humanos puedan incidir en asuntos ambientales. Obviamente, para que los derechos humanos puedan florecer, requieren de un medio ambiente sano. Se trata de un círculo virtuoso, nunca vicioso.

2-La UCCAEP desliza la especie de que “cualquier persona puede bloquear el uso de nuevas tecnologías, así como de obras de infraestructura, etc”. Esta es una falsedad que no se sostiene, ya que, como puntualizan los autores el derecho administrativo costarricense no permite una discrecionalidad absoluta en esta materia, ella está limitada por el ordenamiento jurídico que no admite abusos ni arbitrariedades contrarios a la técnica o a principios de justicia, lógica y conveniencia. De modo que, el principio precautorio al que tanto teme la UCCAEP, no puede usarse para bloquear el desarrollo del país. En cambio, argumentan los autores, el Derecho Internacional Ambiental establece cuando cabe invocar el principio precautorio, y es taxativamente cuando hay peligro de daño grave o irreversible contra el medio ambiente. Establece que es en esos casos específicamente, cuando no es dable apelar a “falta de información o de certeza científica” para postergar la adopción de “medidas eficaces”, para impedir la degradación medioambiental. Ni siquiera en función de los costos. No media ningún abuso en ello. Se tutela el ambiente en el que vivimos todos. Por otro lado, no es cualquier persona, o de cualquier país quien invoca el principio precautorio, puesto que en el artículo 2d del “Acuerdo de Escazú”, se delimita el derecho a “personas físicas o jurídicas nacionales o que están sujetas a la jurisdicción nacional del “Estado parte.” No hay trampa ni engaño alguno frente a los engañosos argumentos de UCCAEP.

3-UCCAEP arremete también con otra argucia igualmente falaz: dicen que “el Acuerdo de Escazú” abre el acceso a la información sin restricciones, incluso para privados. El razonamiento jurídico de los doctores Madrigal y Ballar es contundente para desmentir este aserto. Debieron insistir y lo repito yo ahora, el “Acuerdo” es un “instrumento internacional” pero inscrito dentro del marco del ordenamiento nacional de cada país. Significa que está integrado por ejemplo con los tratados de Libre Comercio, donde se estipula tajantemente la protección a la propiedad intelectual. Por otra parte, el propio “Acuerdo de Escazú” contempla en su artículo 2, b el acceso a la información a las organizaciones privadas solo en el caso de que reciban fondos públicos, ya sea de forma directa o indirecta o que desempeñen funciones o servicios públicos. Además, los académicos añaden que se refieren exclusivamente a los fondos o beneficios públicos recibidos. Como se ve, ningún privado que no cumpla con esos requisitos podría solicitar información que fuera privada, aun cuando no estuviera protegida por las reglas de propiedad intelectual.

4-La organización empresarial asume que el “Acuerdo” violenta el principio de presunción de inocencia. Según su criterio ello ocurre por cuanto en el “Acuerdo de Escazú” se invierte la carga de la prueba en materia de ambiente a las empresas en lugar de recaer en los denunciantes. Madrigal y Ballar aclaran que la inversión de la carga de la prueba rige en el derecho ambiental, al revés de lo establecido en el derecho penal. En el Tratado se establecen además, las condiciones bajo las cuales rige la inversión de la carga de la prueba en materia ambiental: a. Según el artículo 8.3, cada país deberá considerar sus propias circunstancias para aplicar la medida; b. se considerará daño ambiental sólo “cuando corresponda y sea aplicable”; c. La inversión de la carga de la prueba se establece “como ejemplo” de medidas que se pueden tomar en un Estado, sin que recurrir a ellas sea obligatorio. O sea, no son de aplicación automática ni obligatoria, sino que es una opción en un marco de posibilidades. En otras palabras, solo se aplicaría “cuando corresponda y sea aplicable”, por tanto, se deberá analizar cada caso y, siempre serán los órganos nacionales los que dictarán su aplicabilidad, de acuerdo con el marco jurídico nacional. Así, el principio “indubio pro-reo” se atiene estrictamente a las reglas procesales prescritas. Pero en el Derecho Ambiental, dicen los académicos, la Ley de Biodiversidad de 1998, artículo 109, estipula en forma expresa la inversión en la carga de la prueba. En el derecho costarricense existe copiosa jurisprudencia al respecto sobre la forma en que se aplica este principio del derecho ambiental.

5-La UCCAEP afirma, faltando a la verdad, que el sector privado no fue tomado en cuenta en la construcción del acuerdo. Ciertamente, en este caso no se utilizó el mecanismo empleado en otros Tratados Internacionales que se conoce como “grupos principales”; pero, se estableció un mecanismo público regional por parte de la CEPAL, que es quien ejerció desde el inicio la secretaría ejecutiva. En dicho mecanismo se inscribieron a todas las personas que deseaban recibir información del proceso. Además, las reuniones del Comité de Negociación se transmitieron en directo por “webstreaming”. Aparte se abrió una página web de acceso público contentiva de todas las leyes de incumbencia, jurisprudencia y doctrina de los derechos de acceso y sobre los defensores de los derechos humanos. La página es de acceso libre y gratuita.

En conclusión, el “Acuerdo” no admite reservas, no amerita la existencia de cláusulas interpretativas, porque el “Acuerdo” es consonante y armónico con el ordenamiento jurídico costarricense y desde luego, con la Constitución de la República.

Alberto Salom Echeverría.

albertolsalom@gmail.com

 

Enviado a SURCOS por el autor.

Mantengamos la esperanza de lograr lo que esperábamos de este siglo

José Luis Pacheco Murillo

Se suponía que el siglo 21 sería un siglo que depararía un desarrollo social y económico como nunca antes se había tenido. Se suponía que todos los adelantos tecnológicos harían que nuestra vida fuera de una mayor calidad y que esos avances nos depararían condiciones para que no hubiera tantas enfermedades y que más bien ya se iban a controlar muchas más, por ejemplo, el cáncer. Se suponía que a estas alturas los hidrocarburos se utilizarían casi nada y que las fuentes renovables serían las que ocuparían el primer lugar.

Se suponía que la civilización avanzaría a pasos agigantados a una mayor y mejor organización sobre temas como la alimentación, el trabajo, la seguridad pública, las migraciones y en general un disfrute mayor de nuestra vida.

Ya estamos llegando casi al cuarto de este siglo 21 y las cosas no andan nada bien. En lo económico el tema inflacionario tiene al mundo de cabeza, las enfermedades han venido a afectarnos más que los últimos cien años, con una pandemia que no acaba el COVID-19 y otra en ciernes, la viruela del mono. La seguridad es cada vez más débil y son innumerables las acciones violentas que se suceden cada día. El petróleo sigue reinando y más bien se ha sentido en el mundo esa dependencia ante las decisiones que se han tomado por la situación de guerra entre Rusia y Ucrania. Otra cosa que se suponía obtendríamos: jamás guerras.

Es definitivo, la humanidad no avanza por los caminos que habíamos imaginado. Los liderazgos, políticos y sociales, a nivel mundial, han sido débiles y poco preparados para enfrentar y desarrollar lo que el siglo 21 nos deparaba con sueños y esperanzas.

Y es definitivo que la decisión de la inmensa mayoría de sacar a Dios de nuestras vidas y actividades tiene mucho que ver con esta calamidad de desarrollo del siglo 21. Ese sacar a Dios para en su lugar promover abortos, eutanasias, educación de pésima calidad que desarrolla y genera pobreza, una riqueza para muy pocos y una pobreza para la gran mayoría, un mundo cada vez menos equitativo y en donde en muchísimos países la decisión de sus habitantes es abandonar su tierra para emigrar, sin saber ni su destino y sin tener planificado el futuro. Mejor sacar a DIOS para que no interfiera en los actos de corrupción que han generado como práctica común esos líderes y gobernantes que se dedicaron a servirse ellos en lugar de servir a los demás. A esos, Dios es una molestia y una traba para sus intereses.

Aún queda muchos años de este siglo 21, tan prometedor, pero tan poco real ante lo que esperábamos.

Precisamente Dios quiera que quienes nos gobiernan y nos gobernarán, cambien sus actitudes y cambien sus decisiones para que con la ayuda de Dios se humanicen más y se encaminen por ese rumbo que todos esperábamos tener. Sigo manteniendo la esperanza de que se podrá lograr.

Hechos por detrás del Parque y el conflicto vial en La Guácima de Alajuela

Juan Francisco Campos

Julio 27- 2022

La ciudadanía costarricense debe conocer que, atrás del Parque Viva no sólo está lo que fue el Autódromo la Guácima, sino también que, ambos proyectos tienen significativas diferencias; no obstante, desarrollados en la misma localidad de la Guácima de Alajuela. Una característica relevante a nivel temporal, es que, entre la apertura formal de uno y el otro, transcurrieron aproximadamente 41 años; tiempo suficiente como para que, quienes ahí visitamos alguna que otra vez en los años setenta y hemos vuelto recientemente antes del “cierre” gubernamental, sean abundantes las evidencias de tal diferenciación, tanto en el área de los proyectos, como en sus áreas de influencia directa e indirecta. Obviamente que, para determinar esas diferenciaciones, no es indispensable la observación directa, si tan sólo, establecemos como referencia, la evolución de acciones históricas en la zona durante los últimos 50 años, determinantes de cambios sociales, políticos y económicos, entre otros; y por ejemplo visibles en la infraestructura urbanística, vial y uso de suelo.

Vale tener presente que, durante el mismo tiempo transcurrido, la evolución a nivel de la normativa, es también trascendental, especialmente a partir de los años 1994 y 1995 con la reforma al Artículo 50 de nuestra Constitución Política y promulgación de la Ley Orgánica del Ambiente respectivamente. Más luego a partir del 2004, también la reglamentación a dicha Ley, quedando con ello establecido que, todo proyecto, obra o actividad a desarrollar en el territorio nacional, previamente debe someterse a un proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) por parte de la SETENA. Para ello se debe aplicar una categorización de los proyectos y determinar el instrumento necesario para cumplir cabalmente con esa evaluación, la cual, deberá ser concordante con su dimensión y posibles impactos ambientales en las áreas del proyecto. Elementos que, no preverlos con la anticipación que corresponde y las medidas apropiadas, es inducir a daños ambientales.

Ahora bien, resulta que, un determinado consultor ambiental en asuntos de la SETENA, mediante un escueto artículo publicado en la prensa digital el día 12 de julio 2022, ha pretendido informar acerca de que, el Autódromo La Guácima que luego cambio de nombre, no contó con las regulaciones ambientales actuales, porque todavía la legislación hoy vigente no existía. Obvio. Pero eso fue para tal proyecto, asunto y situación muy diferentes a las del Parque Viva, cuyas condiciones para cuando se diseñó (2013) sí le exigían cumplir el proceso de la EIA que hasta hoy rige. Y lo intentaron, según el expediente No. D1-10840-2013-SETENA más la Resolución de Viabilidad Ambiental No.3088-2013-SETENA. No obstante, existen evidencias de aparentes incumplimientos del administrado y la Administración. Observemos por ejemplo que, la denominación de “Mejoras al Autódromo la Guácima” según el título descrito en dichos documentos; ante las características de un proyecto que sólo en movimiento de tierras contempla 200.000 m3, es omisa y engañosa. Igualmente, la cantidad de decenas de miles de m2 en infraestructura nueva y obras en cauce (según la descripción que contempla el proyecto y otras fuentes), trascienden a la dimensión de un proyecto que debió ser categorizado de alto impacto ambiental; por lo tanto, le correspondía ser evaluado bajo un Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) completo, y nunca una declaración jurada como la que presentaron y la Setena tramitó sin advertir esta omisión y sus consecuencias.

Algo más, se lee en la Resolución aquí citada que, la Setena resolvió este proceso sin ni siquiera llevar a cabo una inspección al sitio, es decir, hizo una simple y deficiente revisión a nivel de escritorio. Entiéndase así que, esta forma de proceder es una aberración de la Evaluación de Impacto Ambiental que correspondía.

Por lo tanto, de haberse cumplido con el EsIA, difícilmente hubieran quedado sin contemplar entre otros aspectos de máxima relevancia, las condiciones viales del entorno del proyecto y consecuentemente el estudio de impacto vial bajo las normas y aprobación del Órgano rector (MOPT) en dicha materia. Estudio indispensable para definir y diseñar las obras necesarias del proyecto en ese momento. Es decir, la aparente deficiencia en el trámite del permiso municipal de la construcción, el cual dio lugar al “cierre” o suspensión temporal de alguna actividad del mega proyecto Parque Viva, tiene origen en la institución que fue omisa en exigirlo, en tanto constituye un impacto ambiental significativo a prevenir durante el proceso de la viabilidad ambiental. Además, por estar determinado que esta Viabilidad es requisito para el permiso de construcción, todo pareciera que la municipalidad se confió, aunque obviamente dicha falencia no le resta la responsabilidad; especialmente por la afectación del proyecto a la red vial cantonal.

Pero también, es un hecho normado que, el Permiso Sanitario de Funcionamiento del Ministerio de Salud, tiene como requisito previo la Viabilidad Ambiental; sin embargo, al no ser el mismo una competencia de dicho Ministerio, con la sola presentación, es de entender se asume que fue tramitada de buena fe. Sin embargo, hay que decirlo: ¿si tal requisito (la Viabilidad Ambiental) de los dos permisos tiene vicios de nulidad, en qué condición de validez quedan ambos? Es decir, existe algo más complejo para el proyecto del Parque Viva su construcción y funcionamiento parcialmente suspendido, pues al determinarse que la raíz del problema se originó en el trámite de su Viabilidad Ambiental, ésta licencia tiene vicios de nulidad y así se debería declarar si se desea actuar bajo los principios de legalidad. Y tengamos claro que, no es posible tramitar ahora una nueva Viabilidad Ambiental para el mismo proyecto; pues la EIA sólo aplica para proyectos nuevos. Así lo dicta la Ley y su Reglamento aquí citados.

Finalmente, es oportuno preguntar si el gobierno y presidente actual, quien al menos por su verbo, parece dispuesto a “barrer” la corrupción y otras deficiencias enquistadas en la Administración Pública, como ya lo ha expresado, irá actuar así en la Setena con la eficiencia y eficacia que demanda esta situación; además, tomando en consideración que en dicha entidad éste no es un caso aislado, y para lo cual, no es necesario la aprobación de proyecto legislativo alguno. Tome en consideración el señor presidente y su equipo más cercano que, la EIA no es idealismo ambientalista y mucho menos un obstáculo absurdo al desarrollo; todo lo contrario, es la herramienta técnica y científica más apropiada y reconocida mundialmente para garantizar el desarrollo ambientalmente sostenible. Si la cumplimos a cabalidad, también previene conflictos aún entre los mismos intereses de clase.

No es casual que, la normativa e institucionalidad de Costa Rica alcanzada aproximadamente hasta el año 2013 en materia ambiental, tuviera un distinguido reconocimiento internacional por su liderazgo en el marco del SICA, la CCAD y la ONU; logros que sólo podrán continuar recibiéndose, si seguimos avanzado en la misma línea y no retrocediendo, como fue notable en la pasada administración y parece que en la presente la involución será mayor. El señor presidente, al respecto debería contar con la asesoría y acompañamiento de los más calificados profesionales en materia de Evaluación Ambiental y no de quienes se creen especialistas ambientales, siendo profesionales en los mismos campos que ya el presidente no necesita, dada su alta calificación probada mundialmente. Pues no sólo su política ambiental apunta en dirección equivocada, también su discurso al respecto es conceptualmente errático.

El problema de la SETENA para el país, no es su marco legal y función rectora; es el “feudo” en que la convirtieron los agentes del poder político de la mano con las cámaras empresariales, así como y con escasas excepciones, los ocupantes que ahí mantienen sirviendo a sus intereses y muy poco o casi nada a la Nación. Como Órgano técnico y de máxima desconcentración (principal fortaleza), al menos por primera vez en su corta existencia, hace falta limpiarlo y aportarle todos los recursos que requiere para que cumpla a cabalidad la función que le designó el marco de legalidad todavía existente. Si para bien del país, esto quisiera el gobierno, también podrá hacerlo progresar a un Órgano Autónomo; jamás someterlo directamente a la decisión política del ministro de turno, pues esto será su muerte ya anunciada. No podrá desconocer también el gobierno que, tal fortaleza sumó para que Costa Rica fuera finalmente aceptada en la OCDE, organización multinacional que a la vez aboga por el Acuerdo de Escazú.

 

Imagen ilustrativa.