Propuesta no consideró a sectores de la comunidad científica nacional
Insta a suspender la aprobación de la modificación
El 90% de las sustancias usadas son consideradas Plaguicidas Altamente Peligrosos
Mediante un pronunciamiento de la Comisión de Salud Global sobre la modificación del Decreto Ejecutivo No. 38924-S del 2 de enero de 2015, “Reglamento para la Calidad del Agua Potable”, se considera que “esta modificación acarrea consecuencias perjudiciales para la salud de la población”.
Según la Academia Nacional de Ciencias (ANC), “claramente esta modificación al reglamento atenta contra el principio precautorio de in dubio pro salud por flexibilizar la normativa existente”.
La reforma establece un cambio en la regulación de plaguicidas en el agua, reemplazando el concepto de «valor máximo admisible» (0,1 μg/L por plaguicida y 0,5 μg/L para el total de plaguicidas) por un «valor de alerta», a partir del cual se realiza una evaluación de riesgo específica para cada plaguicida. Si se detecta que la concentración de plaguicidas en el agua supera este valor de alerta, se lleva a cabo un análisis de riesgo para determinar un Valor Máximo Admisible Ajustado por Riesgo (VMAAR), que podría ser superior al valor de alerta. Si el nivel de plaguicidas se encuentra entre el valor de alerta y el VMAAR, el agua podría seguir consumiéndose sin un límite claro, hasta que el nivel de contaminación disminuya.
Por lo tanto, “la propuesta de modificación del reglamento mencionado constituye un retroceso en la salud pública del país”.
Para la ANC, el problema de contaminación del agua por plaguicidas en Costa Rica es de gran magnitud y “la modificación propuesta del decreto empeora una situación ya de por sí complicada”. Por ello, hacen “un llamado a mantener el modelo preventivo del valor máximo admisible y a crear caminos que conduzcan a la prevención de la ingesta de agua contaminada”.
Les preocupa la ausencia de sectores de la comunidad científica nacional que “tienen un conocimiento amplio y experiencia en estudios sobre calidad y contaminación del agua, y que están en la mejor disposición de aportar estos insumos para generar políticas públicas basadas en evidencia científica y dirigidas al bien común”.
Finalmente, “instan a las autoridades y a la sociedad en general a suspender la aprobación de la modificación del Reglamento para la Calidad del Agua Potable y abrir procesos de análisis y discusión sobre este delicado asunto, sobre una base científica y en salvaguarda de la salud pública del país”.
Contexto: El año pasado, la ANC organizó un foro titulado “Plaguicidas: impactos ecológicos y en salud pública y posibles soluciones para Costa Rica”, donde expertos expusieron la grave situación del uso de plaguicidas en el país. Costa Rica es uno de los países que más plaguicidas aplica por área agrícola, con más de 250 ingredientes activos registrados, de los cuales cerca de 200 se utilizan activamente, y aproximadamente el 90% de estos son considerados Plaguicidas Altamente Peligrosos (PAPs). Esta contaminación tiene serios efectos en la salud humana y los ecosistemas, lo que requiere una toma de conciencia y la implementación de medidas preventivas y correctivas, como se discutió en el foro.
Con apoyo de proyecto ED-3526 Geografía y Diálogos de Saberes: Análisis de la conflictividad socioambiental en territorios comunitarios de Costa Rica de la Escuela de Geografía y el Programa Kioscos Socioambientales de la Vicerrectoría de Acción Social Universidad de Costa Rica.
Pronunciamiento de la Comisión de Salud Global de la Academia Nacional de Ciencias sobre la modificación del Decreto Ejecutivo No. 38924-S del 2 de enero del 2015 “Reglamento Para La Calidad Del Agua Potable”
El viernes 13 de diciembre el Ministerio de Salud hizo una consulta pública la modificación del Decreto Ejecutivo No. 38924-S del 2 de enero del 2015 “Reglamento Para La Calidad Del Agua Potable”. La Comisión de Salud Global de la Academia Nacional de Ciencias (ANC) considera que esta modificación acarrea consecuencias perjudiciales para la salud de la población.
El año pasado la ANC organizó el foro titulado “Plaguicidas: impactos ecológicos y en salud pública y posibles soluciones para Costa Rica”. En dicha actividad, expertas y expertos en el tema expusieron la grave situación por la que atraviesa Costa Rica en este tema. En el pronunciamiento de la ANC a raíz del foro se mencionó que “Costa Rica es uno de los países a nivel mundial que aplica más plaguicidas por área agrícola (las estimaciones oscilan entre 10 y 35 kg/hectárea cultivada de acuerdo con diferentes fuentes). En la actualidad hay registrados en nuestro país más de 250 diferentes ingredientes activos con diversas acciones biocidas, de los cuales se usan activamente cerca de 200. Aproximadamente la mitad de los ingredientes activos usados en nuestro país en los últimos años se consideran Plaguicidas Altamente Peligrosos (PAPs) de acuerdo con criterios internacionales (FAO, OMS) y, por volumen de uso, se estima que alrededor de un 90% de los plaguicidas usados son PAPs.”
Este nivel de contaminación por plaguicidas tiene enormes impactos en la salud humana y es de perjuicio para los ecosistemas, lo cual ha sido ampliamente documentado mediante investigaciones científicas en el país. Por lo tanto, se requiere tomar conciencia de la gravedad de esta situación e implementar medidas preventivas y correctivas, las que fueron discutidas en el foro mencionado.
En este contexto nos preocupa la propuesta de modificación del Reglamento para la Calidad del Agua Potable que ha preparado el Ministerio de Salud. Uno de los problemas principales es que se cambia el concepto de “valor máximo admisible” de 0,1 µg/L para cualquier plaguicida y de 0,5 µg/L para el total de plaguicidas, por el concepto más flexible de “valor de alerta”, a partir del cual se realicen valoraciones de riesgo específicas para cada plaguicida. Esto significa que, en caso de que se detecte que la concentración de plaguicidas en una fuente de agua supere el valor de alerta, se efectuaría un análisis de riesgo para establecer un Valor Máximo Admisible Ajustado por Riesgo (VMAAR) que podrá ser mayor al valor de alerta. El agua potencialmente contaminada con concentraciones mayores al ‘’valor de alerta´´ e inferiores al VMAAR seguiría siendo consumida por la población durante un periodo indefinido, hasta que se reduzca el nivel de contaminación. Claramente esta modificación al reglamento atenta contra el principio precautorio de in dubio pro salud por flexibilizar la normativa existente. Por tanto, la propuesta de modificación del reglamento mencionado constituye un retroceso en la salud pública del país.
El problema de contaminación del agua por plaguicidas en Costa Rica es de proporciones importantes, según evidencia la contaminación de fuentes de agua potable con metabolitos del plaguicida clorotalonil en ciertas regiones del país. La modificación propuesta del decreto empeora una ya de por sí complicada situación. Se hace un llamado a mantener el modelo preventivo del valor máximo admisible y crear caminos que conduzcan a la prevención de la ingesta de agua contaminada, a la adecuación de la normativa en el sentido de hacerla más exigente, así como el fortalecimiento de la implementación de la misma y al mejoramiento de las prácticas agrícolas nacionales.
Como miembros de la ANC nos preocupa que, en la elaboración de normativa en este tema, no se tome en cuenta a sectores de la comunidad científica nacional que tienen conocimiento amplio y experiencia en estudios sobre calidad y contaminación del agua y que están en la mejor disposición de aportar estos insumos para generar política pública basada en evidencia científica y dirigida al bien común.
Los miembros de la ANC instan a las autoridades y a la sociedad en general a suspender la aprobación de la modificación del Reglamento para la Calidad del Agua Potable y abrir procesos de análisis y discusión sobre este delicado asunto, sobre una base científica y en salvaguarda de la salud pública del país.
Reforma deberá ser progresiva y sostenible, sostiene la Defensoría
Todos los sectores deberán aportar elementos técnicos con visión país
La Costa Rica de hoy, en materia de políticas sociales, se ha visto robustecida por la posición visionaria de diferentes estadistas que han comprendido que el desarrollo del país se sustentaba en la inversión pública de servicios fundamentales como educación, salud, cultura, vivienda, seguridad, luz, agua, telefonía, internet, entre otros; regidos por principios tales como oportunidad, inclusividad, igualdad, solidaridad, accesibilidad, equidad y desarrollo social.
Este enfoque, sustentado en un Estado Social de Derecho, pone de manifiesto que la inversión social es la base de un alto desempeño de desarrollo humano y social sustentado en indicadores. Lo anterior ha derivado que Costa Rica históricamente sea una nación vanguardista en la realización de temas vinculados a derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. La Defensoría de los Habitantes, a lo largo de la última década, viene escuchando el reclamo de autoridades de gobierno en el sentido que, para cumplir con un mandato constitucional o una ley específica, se requiere de mayores ingresos para su acatamiento; no obstante, tampoco proponen alternativas alcanzables para su cumplimiento. Para la Defensoría no pueden existir funcionarios públicos obligados al cumplimiento de la ley y otros que no: éstos últimos aduciendo imposibilidades materiales, financieras o de cualquier otra índole.
La ecuación completa en materia fiscal se compone de dos grandes variables: ingresos + gastos. El país ha venido, durante los últimos cinco años tomando medidas para la reducción del gasto. La más recientes, la aprobación de la Ley del Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y la creación de la Regla Fiscal. Ambas leyes permitieron que, mientras en el 2019 el país debía endeudarse un 54% para financiar el déficit fiscal, datos preliminares para el 2025 muestran que el nivel de endeudamiento, para financiar el presupuesto de este año, disminuyó al 38%. Esto muestra que, desde el 2019, se viene financiando el presupuesto de la República con menos endeudamiento. El 50% de la ecuación en materia de gastos se ha venido realizando con altos y bajos.
Para la Defensoría de los Habitantes surge ahora entonces la gran pregunta: ¿qué ha sucedido con el otro 50%?; esto es, ¿qué medidas efectivas ha tomado el Ministerio de Hacienda para aumentar los ingresos?, ¿en cuánto se han incrementado los ingresos tributarios resultado de estrategias para luchar contra la evasión y elusión fiscal?, por ejemplo. Es importante señalar que el Fondo Monetario Internacional reconoció en el 2018 que la evasión en IVA rondaba en el 2,7% del PIB y un monto similar en renta; o sea, cerca del 5% del PIB solo en evasión. Y ni hablar de la resistencia a implementar mejoras en los sistemas digitales de tributación, que al mes de agosto del 2024 solo tenía un avance del 19%, y se anunció que comenzará a implementarse hasta el 2026.
Sostiene la Defensoría de los Habitantes que el país debe revisar si existen actividades productivas que mueven el PIB, y que al día de hoy aportan 0% en impuestos a la renta. En ese sentido, como Institución Nacional de Derechos Humanos, considera fundamental que el país se proponga la apertura de un diálogo intersectorial que permita tener como resultado una nueva estructura tributaria, que sea progresiva y sostenible. Todos los actores sociales, económicos, financieros, gubernamentales, la sociedad civil organizada, entre otros, deben aportar en la construcción de un escenario presupuestario que permita superar los obstáculos, las excusas, las imposibilidades, para volver a tener una Costa Rica visionaria que sustente sus bases en el Estado Social de Derecho.
Instan a la población a reportar la presencia de cangrejos de agua dulce para obtener más cantidad de muestras y así mapear con mayor precisión la distribución del parásito.
Elaborado por: Johnny Núñez Z. Periodista-O.C-UNA jnunez@una.cr
Investigadores del Laboratorio de Zoonosis y Entomología de la Escuela de Medicina Veterinaria (EMV) y Laboratorio de Biotecnología de Plantas de la Escuela de Ciencias Biológicas (ECB) de la Universidad Nacional (UNA) trabajan desde hace cinco años en el diseño de un antígeno de alta sensibilidad y especificidad, para diagnosticar de forma más precisa la paragonimiasis, enfermedad producida por el consumo de cangrejos y otros crustáceos de río sin cocinar o en ceviche.
María José Zúniga, investigadora de este procedimiento y quien realiza su tesis doctoral bajo la tutoría del especialista Frank Solano, comentó que su investigación denominada: “Búsqueda de antígenos para el inmunodiagnóstico de la paragonimiasis en Costa Rica: una zoonosis alimentaria que puede ser letal”, tiene como objetivo secuenciar el genoma completo de Paragonimus mexicanus e identificar antígenos específicos para desarrollar una prueba diagnóstica.
Zúniga explicó que esta investigación, pionera en América Latina, surgió porque la prueba actual, que consiste en analizar muestras de heces al microscopio, no es fiable. “Resulta que cuando el gusano adulto está en pulmón no libera huevos a diario, lo que puede causar falsos negativos y dificulta la detección. Además, en casos de paragonimiasis cerebral es imposible detectar los huevecillos en heces. De ahí que buscamos desarrollar un antígeno recombinante para detectar anticuerpos en el suero que pueda diagnosticar este padecimiento”, agregó Zúniga.
La tesiaria dijo que en la actualidad la paragonimiasis es una enfermedad zoonótica desatendida, que afecta a mamíferos como especies silvestres y mascotas, mientras que en las personas suele confundirse con tuberculosis.
Cabe destacar que dicha investigación es respaldada con recursos del Fondo Especial para la Educación Superior (Fees) y el Consejo Nacional de Rectores (Conare) con apoyo de la Universidad de Costa Rica (UCR) y Estatal a Distancia (UNED).
Paragonimus en Costa Rica
La investigadora Gaby Dolz resaltó que estudios hechos en colaboración con los investigadores Edith Ulate, Roderico Hernández, Gerardo Rojas, Ana Jiménez e Ingo Wehrtmann evidenciaron que, en el país, desde 1968, la paragonimiasis se había reportado en 28 personas.
En el 2000, una prueba intradérmica reveló la presencia del agente infeccioso en 23 de un total de 100 estudiantes de la escuela de Alto Katsi de Talamanca, mientras con una técnica inmunoenzimática se estableció infecciones activas en 10 niños. El último caso de paragonimiasis cerebral reportado fue un menor indígena Ngäbe en 2013.
En 2015, los investigadores mencionados capturaron y examinaron 347 cangrejos de agua dulce, de los cuales 44 (12.6%) fueron positivos con metacercarias de Paragonimus spp en ocho sitios (Limón, Guácimo, Sarapiquí, Talamanca, Upala, Parrita, Buenos Aires, Coto Brus). Además, se extrajeron 588 metacercarias de P. mexicanus y 11 de P. caliensis.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la paragonimiasis como una enfermedad pulmonar causada por la ingestión de varias especies de metacercarias (parásitos) del género Paragonimus.
Este martes los señores Luis Chavarría Vega y Deivis Ovares Morales, representantes de UNDECA y FRENASS respectivamente, junto con la representante sindical en la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Martha Rodríguez González, comparecieron en audiencia ante la Comisión Permanente de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa.
Durante la comparecencia, los representantes expusieron su posición respecto a la propuesta de Reforma del Artículo 6 de la Ley Constitutiva de la CCSS, N.º 17 de 22 de octubre de 1943 y sus reformas, conocida como la Ley para Restituir la Autonomía Constitucional de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Los actores subrayaron la importancia de devolver la plena autonomía a la CCSS, argumentando que esto solo sería posible mediante la despolitización de su junta directiva y la eliminación definitiva de la presidencia ejecutiva e injerencia gubernamental en sus decisiones. En sus intervenciones, enfatizaron la necesidad de fortalecer la independencia de la institución para garantizar un sistema de seguridad social eficiente, transparente y al servicio de la ciudadanía y fuera del alcance de intereses privatizadores.
El debate en torno a esta reforma se mantiene abierto en la Asamblea Legislativa y la Comisión de Asuntos Sociales convocó de nuevo a los representantes para el próximo martes 25 de febrero.
UNDECA y FRENASS han reiterado su compromiso con la defensa de la autonomía de la CCSS, en aras de asegurar su correcto funcionamiento y la protección de los derechos de las personas aseguradas.
La Universidad Nacional (UNA) invertirá ₡1.170 millones más en becas y beneficios estudiantiles durante este año, con el objetivo de reducir la deserción y garantizar mejores condiciones económicas para la población universitaria en situación de vulnerabilidad.
El presupuesto contempla ₡400 millones provenientes del fondo ordinario y ₡770 millones del extraordinario, que será asignado una vez aprobado. Con estos recursos, las becas Luis Felipe González Flores, Omar Dengo y de posgrado recibirán un aumento del 3%, con lo cual se acumula un incremento del 15% entre 2023 y 2025.
Francisco González, rector de la UNA, destacó que “para el ejercicio económico 2025, que significa el arranque del ciclo lectivo, la Universidad Nacional está invirtiendo poco más del 50% de los ingresos del FEES (destinado a becas) para fortalecer el sistema. Esto significa casi 1.200 millones de colones, lo que permite aumentar la cantidad de asignaciones, pero también favorecer otros apoyos que, desde la Vicerrectoría de Vida Estudiantil, se coordinan para que los estudiantes tengan una permanencia y un egreso exitoso”.
El Departamento de Bienestar Estudiantil confirmó que el primer desembolso de la beca se realizará en los primeros 12 días de clases, en el mes de marzo. No obstante, quienes registren datos bancarios incorrectos o no hayan finalizado el proceso de adjudicación quedarán excluidos de este pago inicial.
El incremento presupuestario permitirá mejorar otros beneficios para la comunidad estudiantil:
Aumento del 1% en la hora asistente.
Mayor apoyo financiero para giras académicas.
Incremento del 25% en ayudas para anteojos, equipo de cómputo, calzado especializado y protección solar.
Más recursos para la movilidad estudiantil.
Refuerzo en el pago de créditos universitarios y apoyo a estudiantes con hijos en edad temprana.
Cada campus regional contará con especialistas en orientación, quienes se suman a los profesionales que brindan servicios de psicología, trabajo social y promoción cultural. También se fortalecerán tutorías y mentorías mediante la Unidad de Éxito Académico.
“Todo esto lo hacemos gracias a la inversión que el Estado costarricense hace en la educación superior pública y que constituye una responsabilidad, un derecho y, especialmente, la posibilidad de seguir transformando la vida de los estudiantes desde la educación superior pública”, mencionó González.
El rector de la UNA enfatizó que estos fondos garantizan la permanencia del estudiantado en condiciones de vulnerabilidad y evitan que la falta de recursos económicos se convierta en una barrera para su educación.
Si bien la Defensoría de los Habitantes desconoce los detalles del acuerdo o negociaciones existentes entre el Gobierno de Costa Rica y el de los Estados Unidos para “colaborar en los procesos de repatriación de 200 inmigrantes a su país”, la Defensoría de los Habitantes hace un llamado de atención a las autoridades de nuestro país, en relación con los procedimientos migratorios que se implementarán una vez que se reciban a estas personas extranjeras provenientes de Asia y de la India.
El Estado costarricense debe garantizar la protección de los derechos humanos de las personas extranjeras que son sujetas de estos procesos migratorios coordinados:
– Condiciones de salud y necesidades de atención prioritarias de las personas extranjeras provenientes de los vuelos de los Estados Unidos. Es urgente que, a su llegada al territorio nacional, estas personas reciban una valoración médica que permita identificar si tienen alguna necesidad urgente de salud o si requieren de alguna intervención para resguardar su vida.
– Condiciones de permanencia de estas personas hasta su traslado al CATEM-Sur y durante su permanencia en dicho centro. Resulta urgente que se defina un espacio adecuado para la permanencia de estas personas en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, considerando que se trata de un número elevado de personas y que se desconoce si el grupo está integrado por personas menores de edad, personas adultas mayores, personas con discapacidad y grupos familiares. Igualmente, considerando que, como es sabido por esta Defensoría, en el CATEM Sur ya se encuentran más de 140 personas que han realizado su viaje de regreso hacia el sur sin que medie una autoridad migratoria, es necesario que se verifique que dicho lugar tendrá las condiciones y capacidad suficiente para albergar, en condiciones dignas, a estos grupos numerosos que forman parte de los acuerdos binacionales en cuestión.
– Independientemente del proceso migratorio que haya aplicado el Gobierno de los Estados Unidos, es necesario que el Estado costarricense verifique que, al regresar a sus países de origen, ninguna de estas personas será sometida a tratos crueles, inhumanos o degradantes. El riesgo de que una persona pueda ser víctima de tortura en caso de “retorno, repatriación, deportación o devolución”, según se trate de la legislación de cada país de origen, obliga a Costa Rica a realizar un análisis integral de la normativa que resultaría aplicable en estos países, para casos como el presente.
Debe tomarse en cuenta que, con la ratificación de la Convención contra la Tortura, Costa Rica asumió el compromiso de que “no se procederá a la expulsión, devolución o extradición de una persona a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a tortura” (artículo 3). Por otro lado, el Principio de No Devolución, regulado en la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de 1951, pretende la protección de los bienes jurídicos de la vida, la libertad, la integridad y seguridad de las personas extranjeras, precisamente, por ese deber que tienen los Estados de tomar todas las medidas necesarias para proteger esos bienes jurídicos, independientemente de la nacionalidad o condición migratoria de la persona extranjera.
La Defensoría de los Habitantes se mantendrá vigilante de que el Estado costarricense, independientemente de la existencia de acuerdos de cooperación de carácter migratorio con otros países de la región, genere los mecanismos y acciones necesarias para garantizar la protección de los derechos humanos de las personas extranjeras que, por diferentes razones se han visto obligadas a dejar sus países de origen y que, en este momento, están siendo forzadas a regresar a ellos, a pesar de no tener certeza de que su vida, libertad o integridad personal no estará en riesgo.
Este 24 de febrero es el quinto aniversario del asesinato de Jerhy Rivera Rivera, líder indígena Bröran, Térraba, activista recuperador y defensor de territorios ancestrales de la zona sur de Costa Rica.
El Colectivo de Apoyo a doña Digna Rivera Navas y el Observatorio de Derechos Humanos de los Pueblos le invita a sumar su firma para exigir justicia a las organizaciones internacionales en falta de justicia, y ante la impunidad de que gozan los asesinos y terratenientes en complicidad con el Estado costarricense.
Para leer el texto y apoyar con su firma siga este enlace:
Dr. Luis Diego Herrera-Amighetti Psiquiatra de Niños y Adolescentes Académico de Número
El 18 de febrero se celebra el Día Internacional del Síndrome de Asperger. Aunque el término se ha popularizado, se han creado algunas confusiones sobre esta condición que es conveniente intentar aclarar en función de poder apoyar a las personas que presentan este síndrome. Estas confusiones se remontan a la historia misma del término y a su uso en la literatura médica más reciente.
Hans Asperger era un médico vienés que en 1944 publicó un artículo en el que describía un grupo de niños con alteraciones en el desarrollo. En 1943, Leo Kanner, un médico también de origen austriaco pero que en ese entonces trabajaba en Baltimore, EEUU, en un artículo titulado Alteraciones Autistas del Contacto Afectivo, describió las características de un grupo de niños que llamó autistas. Asperger en su publicación de 1944 ya había leído la publicación de Kanner y, aunque también usa el término autismo en la publicación, La psicopatología Autista en los Niños, consideraba que sus pacientes eran diferentes al grupo que describió Kanner un año antes.
Ambos describen niños que tienen alteraciones en las interacciones sociales, intereses restringidos y conductas repetitivas. Ambos autores hacen referencia a particularidades en el desarrollo del lenguaje, pero mientras Kanner describe desde la ausencia completa de lenguaje, hasta un lenguaje atípico, inefectivo para comunicarse socialmente (por ejemplo, como usar una misma palabra para referirse a varias cosas, como decir leche cuando tiene hambre, pero también cuando tiene sueño), Asperger hacía énfasis en que sus pacientes tienen un lenguaje normal o precoz, con habilidades lingüísticas superiores. Sin embargo, los niños con Asperger presentan ciertas características atípicas en la expresión, como un vocabulario sofisticado (por ejemplo, niños costarricenses con síndrome de Asperger usan la palabra coche en vez de carro, césped en vez de zacate, púrpura en lugar de morado), lo cual suena pedante y excesivamente formal para un niño. También tienen una prosodia atípica, estereotipada o mecánica (por ejemplo, hablan con un dejo que recuerda el de otros países, como se habla en México con frecuencia y con un tono que parece el de un profesor dictando cátedra). Asperger también describe que sus pacientes tienen intereses poco prácticos, restringiéndose a ellos en forma obsesiva, y preocupaciones intelectuales y abstractas (por ejemplo, pueden volverse eruditos en temas biológicos, como insectos, o dinosaurios, o astronómicos, como los huecos negros). Los niños con síndrome de Asperger también muestran una baja tolerancia a la frustración, tienden a ser muy rígidos en sus puntos de vista, sus rutinas y les es difícil entender el lenguaje figurado como las metáforas, las bromas, la ironía y el sarcasmo.
Mientras que Asperger parecía tener una suerte de admiración por sus pacientes, Kanner veía más el ángulo psicopatológico y desarrolló algunas teorías sobre la etiología del autismo que desviaron la atención hacia factores equivocados y dañinos, como caracterizar a las madres de los niños autistas como distantes y frías (las llamó madres-refrigeradoras). Actualmente se acepta, en todos los centros académicos del mundo, que tanto el síndrome de Asperger como el Autismo son trastornos del neuro-desarrollo con los cuales se nace, y que la crianza y características de los padres no tienen nada que ver con la causa del Asperger, es una condición con una base neurobiológica, hereditaria en gran medida.
Es sumamente frecuente que los niños con Asperger tengan un familiar cercano, generalmente el padre, que presenta el síndrome de Asperger o algunas características que lo recuerdan. Como es lógico, los niños con síndrome de Asperger maduran y luego son adultos con síndrome de Asperger. Lo más común es que los adultos pasen desapercibidos por varias razones; por una parte, con la experiencia y la madurez, logran desarrollar mejores destrezas sociales; también ocurre que los niños con Asperger llaman la atención porque parecen pequeños adultos y, entonces, cuando son adultos, no se observa tanta discrepancia entre la forma de ser y la edad; finalmente, muchos adultos con síndrome de Asperger son muy competentes por su dedicación intensa y persistente a ciertos temas, generalmente en las áreas del pensamiento formal como las ingenierías, las ciencias de la computación y profesiones afines.
Asperger pensaba que los niños con esta condición eran diferentes a los autistas y que se podían distinguir porque sus pacientes tenían capacidades intelectuales superiores y una temprana adquisición del lenguaje. Aunque el término Asperger fue utilizado por primera vez en las publicaciones en inglés en 1981, el número de publicaciones sobre síndrome de Asperger aumentó aceleradamente y en 1994 fue incluido dentro del manual de psiquiatría en la versión DSM-IV, que es un manual que usan los médicos psiquiatras con instrucciones sobre cómo hacer cualquier diagnóstico.
Varios autores han hecho referencia a otras diferencias clínicas importantes entre Asperger y Autismo; por ejemplo, los niños autistas evitan o son indiferentes a las interacciones sociales, mientras que los niños con síndrome de Asperger buscan la interacción social, pero lo hacen de una forma torpe y unilateral. Más aún, como en el pasado se ha hablado de autismo de alto nivel de funcionamiento, para referirse a niños autistas con buen desarrollo del lenguaje e inteligencias normales o superiores, se generó una confusión sobre si el síndrome de Asperger y el Autismo de alto nivel de funcionamiento son realmente lo mismo.
Las diferencias entre estas últimas condiciones resultaron ser sutiles como la presencia en Asperger de un desarrollo del lenguaje más temprano, la prosodia atípica y el habla pedante, mientras que en Autismo encontramos la ecolalia (es la tendencia a repetir una palabra, como si fuera un “eco”), la inversión de pronombres (hablan sobre sí mismos en tercera persona, por ejemplo pueden decir: “Luis tiene hambre”, en vez de “tengo hambre” y el uso de neologismos (usar una palabra o frase para expresar algo que no concuerda con lo que se quiere decir o inventar una palabra, por ejemplo, decir “muchos marsupios” para referirse a que hay muchos animales). Las diferencias entre ambos grupos de niños disminuyen conforme crecen y la mayor parte de los estudios muestran diferencias cuantitativas, no cualitativas, en los rasgos que los diferencian. Aunque múltiples estudios de imágenes y la actividad eléctrica del cerebro señalan algunas diferencias, no se han encontrado pruebas biológicas de sangre ni de ningún otro tipo que identifiquen al síndrome de Asperger como una entidad diagnóstica independiente.
Lo anterior y otros tipos de evidencia llevaron a la conclusión que el síndrome de Asperger era parte del síndrome de autismo, especialmente el autismo de alto nivel de funcionamiento. El comité de la Asociación Norteamericana de Psiquiatría que elabora el manual diagnóstico (DSM-5) entonces integró el síndrome de Asperger y el Autismo en una única categoría que se denominó Trastorno del Espectro Autista, teniendo como criterios obligatorios una alteración significativa en las interacciones sociales y la comunicación, y la presencia de conductas e intereses recurrentes.
Tan pronto como se conoció esta nueva forma de entender el síndrome de Asperger, se manifestaron perspectivas críticas sobre esta decisión. Específicamente, las familias de niños con Asperger, las organizaciones alrededor del síndrome de Asperger y muchos profesionales, expresaron resistencia a que, de un día para otro, una condición reconocida casi universalmente, desapareciera del firmamento clínico. De hecho, los nuevos criterios diagnósticos han provocado que no se haga el diagnóstico a los pacientes que tienen Asperger y son cognitivamente más capaces, en un alto porcentaje, hasta un 75% de los pacientes previamente diagnosticados. Las implicaciones en EEUU de esta situación son diferentes en nuestro contexto porque nosotros no tenemos que apegarnos a códigos diagnósticos para proveer tratamiento a los pacientes, como lo requiere el sistema de salud privado por medio de compañías de seguros en EEUU.
En resumen, el síndrome de Asperger es un trastorno del neurodesarrollo, que se caracteriza por un lenguaje correcto pero atípico, debilidad en las destrezas sociales, intereses muy definidos y persistentes, baja tolerancia a la frustración y un estilo de personalidad rígido y dominante o autoritario. Las personas con síndrome de Asperger y sus familias deben recibir información apropiada sobre esta condición y dependiendo del perfil de cada paciente se pueden beneficiar de terapias orientadas a mejorar las destrezas sociales, y terapia farmacológica para regular el estado de ánimo, la ansiedad y mejorar el control de impulsos. Es frecuente que los pacientes adultos con síndrome de Asperger consulten por dificultades interpersonales en su vida laboral y familiar, y es muy importante identificarlos y brindarles información y tratamientos adecuados.
Mi posición personal y profesional en este tema es que el síndrome de Asperger es una entidad diagnóstica útil, porque nos orienta hacia tratamientos beneficiosos, nos permite anticipar la evolución de las personas que lo presentan, tiene menos estigma y es menos confuso que el término Trastorno del Espectro Autista. Por estas razones, les explico a los pacientes y a sus familias en términos sencillos la evolución del término y concepto de síndrome de Asperger, utilizo el término Asperger si lo considero indicado y, si es necesario registrarlo en un formulario de seguro de salud, lo consigno como un Trastorno del Espectro Autista.
Utilizamos cookies y tecnologías similares para mejorar su experiencia en nuestro sitio web.