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SINTRAJAP demanda a Estado y a empresa por daños ambientales

SINTRAJAP cumple con su responsabilidad social y presenta demanda contra el estado y empresa Ecoproyecciones del Nuevo Milenio por irregularidades y daños en Tajo Asunción

Comunicado de SINTRAJAP -18 de setiembre de 2014

SINTRAJAP demanda a Estado y empresa

El día de ayer 17-09-14 SINTRAJAP presentó ante el Tribunal Contencioso Administrativo demanda contra el Estado y contra la empresa Eco Proyecciones del Nuevo Milenio por los daños ambientales provocados por el Tajo Asunción en la zona protectora de la cuenca del Río Banano y otros ríos y nacientes que son vitales para el abastecimiento del agua potable de la población de Limón. También por irregularidades, inconsistencias y anomalías en los trámites de otorgamiento de la viabilidad ambiental y de la concesión minera.

La demanda es parte del Expediente N°14-002931-1027-CA del Tribunal Contencioso Administrativo que aprobó las medidas cautelares solicitadas por SINTRAJAP y ordenó a la empresa Ecoproyecciones del Nuevo Milenio la suspensión de todo tipo de actividades de explotación que estuviere realizando en la zona; al tiempo que a SINTRAJAP le otorgó un plazo de 15 días para presentar la demanda ordinaria. Misma que se presentó ayer.

SINTRAJAP presentó la demanda para que se anule de manera permanente el permiso otorgado de forma irregular para la explotación de un tajo y obligar al Estado y a la empresa Eco Proyecciones del Nuevo Milenio a pagar los daños ambientales provocados en la cuenca del río Banano en la zona de Asunción de Limón por la puesta en marcha de la explotación minera no metálica a cielo abierto, en el proyecto denominado Tajo Asunción.

Las reiteradas violaciones de procedimientos en los permisos otorgados de parte del Estado a la mencionada empresa trajeron como resultado daños ambientales de gran envergadura que ponen en riesgo parte importante de la zona protegida en la cuenca del río Banano que es una zona de recarga para el abastecimiento actual y futuro de agua potable a los habitantes de la ciudad de Limón.

La intención de SINTRAJAP es sentar responsabilidades sobre una actuación irregular de varias instituciones estatales que violentaron procedimientos y permitieron que una empresa que ni siquiera ha demostrado contar con el título de propiedad sobre el terreno que pretendía explotar, contara con permisos para su operación. Por otra parte se busca que los tribunales hagan justicia a favor del ambiente y la sociedad castigando el proceder de la empresa que destruyó parte del bosque de la zona creando una devastación de la naturaleza”, señalaron los representantes de SINTRAJAP.

Ronaldo Blear Blear, Secretario General; José Luis Castillo Solano, Secretario de Prensa y Propaganda

 

Información enviada a SURCOS Digital por José Luis Castillo.

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Privatización del agua en Costa Rica

Privatización del agua en Costa Rica

Esto ocurre con permiso de altos funcionarios SENARA

James Siu

El sistema Nacional de Riego y Avenamiento – SENARA-, una vez más niega el acceso a la información pública. Esta vez con el uso de una institución pública al servicio de los intereses y capitales privados.

Juan Carlos Mora director del Departamento de Planificación de SENARA, mediante oficio N° JDRAT-172-14 de fecha del 1 de setiembre del 2014 enviada como respuesta a Confraternidad Guanacasteca, en su parte ponzoñosa, dice:

“Los listados a que se refiere el Padrón de Usuarios del DRAT, son de manejo discrecional y la información que en cada uno guarda el SENARA únicamente puede ser solicitado su contenido por el propietario de la finca, así como la condición o estado de sus cuentas, en cuyo caso, incluso se emiten constancias de lo requerido siempre y cuando se trate del interesado directo, una vez verificado su existencia en Padrón.

En resumen la ley faculta al SENARA para entregar información personalizada a sus usuarios y propietarios de las fincas a las cuales se les brinda el servicio de riego y de agua, por lo que no es posible atender solicitudes de terceros, cono el caso de referencia.”

Con esta respuesta queda claro que el agua pertenece a propietarios de la fincas. ¿Y de cuales fincas?

Vale la pena hacer recordar que existe un sinnúmero de artículos de distintas leyes que hacen referencia al acceso a la información pública, al respecto se puede consultar:

http://www.dhr.go.cr/transparencia/jurisprudencia/compendio_acceso_informacion_2013.pdf

No puede ser posible que un funcionario público se exponga a ser demandado por incumplimiento de deberes y sufrir todo un proceso penal, por proteger otros intereses que no son los públicos.

 

¿Qué ESCONDEN Y A QUIENES PROTEGEN LOS FUNCIONARIOS DE SENARA?

¿Por qué INSISTEN EN NEGAR EL ACCESO A LA INFORMACIÓN?

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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La mafia privatizadora del agua

El caso de Costa Rica

Prohibido pescar camarón

 

Freddy Pacheco León*

El contexto

Los socios de los Foros Mundiales del Agua, el Consejo Mundial del Agua y la Asociación Mundial del Agua (GWP), por años han mantenido la estrategia de que existe un consenso internacional para que sean ellos los que se encarguen del control, distribución y conservación del agua en todo el mundo.

El “CARTEL DEL AGUA” incluye a los gigantes franceses Suez y Vivendi, así como al conglomerado RWE-Thames, alemán y británico, con negocios en 130 países, que se disuelven con los intereses de la GWP, fundada por el BANCO MUNDIAL y corporaciones comercializadoras del agua, para que sirva como punta de lanza de los esfuerzos por dominar los proyectos integrados “público-privados”, con los cuales trasladar a entes particulares el manejo de acueductos públicos.

Como parte de esa perversa estrategia privatizadora, que se presenta como un inocente traslado de competencias gubernamentales hacia grupos comunales de fácil formación, dichas corporaciones financian actividades nacionales, regionales, continentales y mundiales, en las que con “su” agua, realizan “lavados de cerebro” con argumentos en los que predomina la acusación de que el Estado es ineficiente y solo sirve para obstaculizar una distribución justa y equitativa del agua.

Especial interés evidencian hacia las fuentes de AGUAS SUBTERRÁNEAS, por su alta potabilidad y grandes reservas, que se pueden extraer con relativa facilidad. Razón por la cual promueven su manejo en ámbitos políticos más fácilmente manejables que los técnicos.

Ante un informe presentado en Japón por Michel Camdessus (“Financiando Agua para Todos”) el exjerarca del Fondo Monetario Internacional provocó fuertes rechazos de parte de los defensores del agua, en calidad y cantidad suficientes, como un DERECHO HUMANO. La distinguida profesional india VANDANA SHIVA, resumió así la paradoja: “La gente no toma dinero, tomamos agua”, mientras otros expresaron su rechazo a la visión comercial del “cartel del agua” con expresiones como “Agua es vida” y “El agua es del pueblo”.

Los reconocidos defensores del agua canadienses, Tony Clark y Maude Barlow, también se unieron a más de 200 organizaciones con la misión de enfrentar la visión de los organizadores de los Foros Mundiales del Agua que considera el agua como un BIEN ECONÓMICO productor de ganancias, más que como un bien social y un derecho humano.

 

El texto

Es precisamente bajo este contexto que hay que analizar lo que, ¡auspiciado por la GWP!, está sucediendo en Costa Rica a propósito de la derogatoria que se ha planteado hacer de la magnífica LEY DE AGUAS (y sus reformas) que nos legara el Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia el 26 de agosto de 1942, Ley, que en conjunto con la promulgación del Código de Trabajo, las Garantías Sociales y la fundación de la Universidad de Costa Rica (entre otros), constituyen el sustento de grandes y preciados logros del pueblo costarricense, en los campos social, cultural y de salud.

Pues amigos, un proyecto promovido por la GWP, no solo plantea enterrar la Ley de Aguas, sino que la sustituye por una nueva normativa que evidencia sus intenciones al declarar que EL AGUA ES UN BIEN ECONÓMICO, al tiempo que le arrebata a Acueductos y Alcantarillados (AyA) la prerrogativa de gobernar las aguas de dominio público. Ello dentro de una estrategia que supuestamente busca “fortalecer” las ASADAS, “liberándolas” de la acción orientadora del AyA, que como ente rector mantiene una trascendental visión conjunta e integral del país. Objetivo que esperan lograr con la aprobación de un proyecto “hermano” que se tramita como parte de lo que han llamado “agenda legislativa del agua”.

Así, las ASADAS, conformadas por particulares pasarían a ser en forma individual y conjunta, las encargadas de tramitar caudales y tarifas según sean los intereses coyunturales de su localidad, en competencia con unas “Sociedades de Usuarios del Agua” de cinco miembros, que, regidas por la Ley de Asociaciones, se encargarían de administrar, en esperables casos, las mismas fuentes de agua, en su caso, para uso agropecuario. “Sociedades” que solo tienen como requisito el que las mismas no sean propietarias de fincas y proyectos del lugar, pero que podrían entrar en competencia con las necesidades de las comunidades atendidas por las ASADAS, o incluso, constituirse en obstáculos difíciles de superar para proyectos agropecuarios que no fueren atractivos para sus miembros.

Además de lo señalado, y en concordancia con la importancia que indudablemente tienen las AGUAS SUBTERRÁNEAS, el nuevo proyecto desconoce la trayectoria y el trabajo profesional y técnico que por tres décadas ha venido forjándose en el marco del SENARA, el “Servicio de Aguas Subterráneas, Riego y Avenamiento”. Sus intenciones de poner a disposición del poder político dichos recursos, los materializaron destrozando al ente especializado (¡hasta del nombre quitan la expresión “Aguas Subterráneas”!) para trasladar esa estratégica función a una “dirección” del Minae que no cuenta con los recursos profesionales, técnicos, financieros ni logísticos necesarios para cumplir la función que hoy (por dicha todavía) es parte esencial del SENARA. Con lo cual, de aprobarse este contaminado proyecto, los costarricenses no contaríamos, ¡quién sabe por cuánto tiempo! con un ente especializado capaz de hacer estudios, diagnósticos, indagaciones y, entre otros, responder requerimientos de la Setena como parte de los procesos de evaluación ambiental, creándose un vacío institucional de consecuencias inimaginables para el manejo de los recursos hídricos subterráneos de todo el país.

Pero si lo resumido no bastara para tener una idea de las intenciones que se esconden detrás del centenar de artículos que se están usando para derogar la excelente Ley que nos heredara el Dr. Calderón Guardia, veamos dos puntos más. El primero, fue declarado inconstitucional por la Sala IV de la Corte Suprema de Justicia, que consideró que el disminuir las áreas de protección de manantiales de 125.600 m2 a 1.256 m2, violentaba el derecho constitucional “a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”. Regresión que permitiría pasar a propiedad privada, áreas equivalentes a cerca de 12 hectáreas que hoy tienen carácter de dominio público alrededor de cada manantial, y que fuere aprobado, con el resto de la Ley, en primer debate legislativo el lunes 31 de marzo de este año, ¡sin que se hubiere discutido ninguno de sus artículos! ante la necesidad de cumplir con el plazo fatal que señala la Ley de Iniciativas Populares.

Y el segundo punto, es quizá todavía más esclarecedor de las intenciones de sus promotores. Resulta que en el texto ingresado a la Asamblea Legislativa se lee un principio general que fue el que motivó a unas 150.000 personas a firmar en las hojas que se les ponía a disposición. Dice así: “El acceso al agua EN CALIDAD Y CANTIDAD ADECUADAS y al saneamiento son DERECHOS HUMANOS fundamentales indispensables para satisfacer todas las necesidades básicas”. Algo cercano a lo que se desea incluir como principio constitucional, concordante con lo aprobado en un órgano de la ONU por iniciativa de Bolivia y que contara con el apoyo explícito de Costa Rica.

Pues resulta que la “mano peluda” del cartel del agua borró el alma de ese principio, dejándolo así: “El acceso al agua para consumo humano y al saneamiento es un derecho humano fundamental e indispensable”. Así, la referencia a la “calidad y cantidad adecuadas”, por la que firmaron miles de costarricenses, fue ELIMINADA subrepticiamente en alguna de sesión informal de la comisión que analizó en forma descuidada este proyecto de auspiciado por la GWP. Proyecto que forma parte de una conspiración, que como parte de la misma, sus interesados promotores quieren que se vuelva a votar “a ciegas” como hace seis meses… para seguro presentarse ante la alta jerarquía internacional de la GWP con una sonrisa de “misión cumplida”. ¿Lo permitirían los actuales diputados?

 

*Doctor en Biología

12/9/14

frepaleon@gmail.com

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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Dicen que si no se explota agua no habrá “desarrollo”

Piden explicaciones a los funcionarios de la ESPH

Según José Francisco Alfaro Carvajal de CONCEVERDE, quien asistió a una sesión del Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, para los funcionarios de la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH) presentes en la actividad, -en cuenta su hidrogeólogo Fran Ulloa-, la situación del agua no es crítica.

De acuerdo con ese enfoque de Ulloa y sus acompañantes, se puede explotar las aguas subterráneas a diestra y siniestra como solución para mitigar el faltante de agua que padecemos. Según eso, así llegará San Rafael de Heredia el “desarrollo” que le han dado al distrito central del cantón de Heredia. Una funcionaria de la ESPH señaló la barbaridad de limitar la apertura de pozos, que es lo que propone AYA.

Por otro lado, expertos de SENARA y hasta el gerente de la ESPH, han mostrado su preocupación por la sobreexplotación de los acuíferos, algo que no se ve en los funcionarios de la ESPH.

José Francisco Alfaro instó a los regidores de la Municipalidad de San Rafael de Heredia y a la ESPH, acerca de la necesidad de realizar un foro con otros expertos, para debatir la realidad en cuanto a la situación de la explotación de las aguas subterráneas en relación con el desarrollo urbano que se propone. También sugiere consultar a personas expertas en el tema de aguas subterráneas, como Jenny Reynolds, Allan Astorga y/o funcionarios de SENARA, junto con los expertos de la ESPH.

En un correo recibido por José Francisco de parte de Allan Astorga, geólogo de amplia experiencia con respecto a estudios hidrogeológicos en la zona, se expresa la disposición a revisar los estudios que sustentan los argumentos de la citada sesión, en cuanto a la capacidad de los acuíferos del Valle Central vs la recarga.

Por otra parte, otro de los asistentes a la sesión, don Osvaldo Carvajal, expresó su preocupación por la manipulación del presidente del Concejo Municipal a favor de la participación de la ESPH y limitó la intervención de los ciudadanos, “me parece una barbaridad, falta de respeto…, la posición de la Ing. Natalie, indicando que mientras Heredia Centro avanza a pasos agigantados en su «desarrollo», el Cantón de San Rafael vive un letargo…».

Para don Osvaldo, la exposición de los funcionarios fue evidentemente técnica, por lo que no se prestó para el debate.

“Me tocó vivir directamente, la prepotencia, una vez terminada la reunión, del hidrólogo Ulloa «experto en Crucitas», como en un tono desafiante y casi incitando a la pelea (sacando pecho), enfrentó e un increpó a un ciudadano, que le realizó una consulta que seguro no le gustó.

Igualmente, fui testigo de cómo la vicealcaldesa, localizó a la Policía Municipal de forma inmediata, para desalojar a las personas que se encontraban en la sala de sesiones de la Municipalidad, negándose el derecho de que como ciudadanos puedan participar de oyentes en las sesiones del Concejo Municipal”.

 

*El señor Franz Ulloa Chaverri, cuyos estudios técnicos parecen guiar a la ESPH es un geólogo famoso para los que trabajan el tema de Crucitas: http://www.semanariouniversidad.ucr.cr/component/content/article/1997-Pa%C3%ADs/8916-fantasma-de-crucitas-aun-ronda-costa-rica.html

*Para su información y divulgación, se adjunta un estudio realizado por el señor Roberto Ramírez, de SENARA, que expone la explotación de los pozos de las aguas subterráneas:

Agua en San Rafael de Heredia

 

Información circulada por CONCEVERDE.

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El agua, la tierra y el ambiente de don Luis Guillermo Solís. Una réplica necesaria *

El agua, la tierra y el ambiente de don LGS

* Escrito desde la Pampa, 3 de setiembre del 2014, por Confraternidad Guanacasteca. Replica al tema ambiental del informe de los 100 días del Señor Presidente Luis Guillermo Solís.

“El agua no es solo para beber también, se necesita para producir. La tierra no puede ser solo para conservar, también necesitamos que nuestras mujeres y hombres campesinos garanticen la producción de comida.”

–aplausos- Luis Guillermo Solís. Presidente de la República.

“Si cortas el corazón de una sola gota de agua,

de él emergen cien océanos puros.”

Mahúd Shabestri, poeta.

El rumbo del agua, la tierra y el ambiente costarricense tomaron oeste, con el sonado informe de los 100 días. Con aplausos y un poco de chota a Adolfo Hitler, se dibujó el estilo ambiental del nuevo gobierno. En su discurso principal de los 14 grandes escándalos, no se citó ninguno con relación al ambiente. Esos escándalos han sido mayores que la “chatarra” de automóviles desaparecida. La posición del gobernante inicia después de los cuestionamientos de Eva Carazo, que fueron tomadas –por el tono de respuesta- como impertinentes.

Lo ambiental y ecológico no es, no ha sido y seguramente no será prioridad, para ningún gobierno en Costa Rica. No podrá ser, si ese Gobierno, no se ocupa del bienestar general de su COMUNIDAD.

Solís, resume el ambiente en dos recursos: agua y tierra. Menciona que existe un ministro de ambiente y que realiza –por su tono- un excelente trabajo. “A mí, me alegra mucho cada vez que veo al señor ministro en la casa presidencial…”.

1. La apropiación del agua y el Estado

El presidente nos dice con tono de catedrático universitario –casi regañando-, “que el agua no es solo para beber…”. Resalta el gobernante, “…si claro las comunidades están preocupadas por sus recursos ¡idiay!, pero resulta que algunas comunidades quieren agarrarlos y no soltarlo habiendo comunidades que también los necesitan.” El valor histórico de las comunidades queda diluido en un vacío y son las responsables del caos ecológico.

Lo históricamente visible y comprobable, es que las comunidades son un resultado de una larga cadena de tiempo y de personas, que pueden remontarse algunas, a los inicios de la formación del Estado Costarricense.

Son las comunidades arraigadas y pueblos, que han sido conformadas por vecinos de generación, en generación logrando levantar iglesias, parques, plazas, escuelas y acueductos. Algunas de esas comunidades han logrado alcanzar grandes centros urbanos. Esas conformaciones geográficas tienen historias, valores y sobre todo respeto con la naturaleza. Muchas de ellas fueron olvidadas por el Estado y lograron levantar lo que hoy tienen por un esfuerzo colectivo, propio y autónomo. Es por ello que agarran los recursos y no los sueltan. Pues, los políticos los ofrecen sin haber sentido o haber visto el dolor del parto.

Políticos y burócratas han querido negar la formación de las comunidades, pues son los pobladores y vecinos los principales defensores de la depredación de los recursos naturales. No oponerse a tales crímenes constituye heredar a los niños completas tierras de “chatarra”, nada semejante a la de los vehículos de casa presidencial.

Los pensadores intelectuales al servicio de los grandes emporios del dólar, euro y ahora el yuan, quieren introducir esos nuevos conjuntos habitacionales -con arquitecturas mediterráneas y de “Miami”- como comunidades residenciales turísticas. Verdaderas “zonas francas” conteniendo hoteles, supermercados, cines, clínicas y otros servicios. Lugares de exclusión para los vecinos, pero no para los políticos, los cuales pernoctan por esos palaciegos territorios. Los defensores de los “enclaves de exclusión”, afirman que son comunidades y hay que dotarlos del recurso hídrico. Antes, esos bunkers han exterminado humedales y bosques. Todo con la venia de las autoridades municipales y ambientales

En una nueva traducción de la versión presidencial del recurso hídrico, podríamos decir que el agua es para quien la exija con billete en mano y no solo para beberla. El discurso del agua como derecho humano –para los fieles promotores-, perdió total sentido con estas interpretaciones oficiales.

Por cierto, el agua en prioridad debería ser para los ecosistemas, son ellos los que nos dan y prolongan la vida. Esa función podemos premiarla, por medio de su protección legal. Y revisar con pinzas, la ley de recurso hídrico que fue mencionada por el señor Guillermo Solís y que produjo la felicitación a los diputados por rescatarla de la muerte.

En el discurso ambiental presidencial, las instituciones relacionadas con lo ambiental: SETENA, SENARA, AYA, Dirección de Aguas, INCOPESCA, TRIBUNAL AMBIENTAL, no fueron mencionadas como irregulares, pasaron la nota en el análisis presidencial.

La visión antropocéntrica en la repuesta presidencial, es más que evidente, el agua es para los humanos. Los demás seres, existen pero no importan. Estrechez de un economicismo barato de varios catedráticos de la década de los 80 y que han estado asociados a una visión económica solamente del crecimiento y no del bienestar social. El Presidente del Banco Nacional de Costa Rica aún subsiste, y seguramente toma agua embotellada.

2. La tierra en Costa Rica, como discurso político.

El Presidente precisó: “La tierra no es solo para conservar…”. El señor Solís habla como Presidente y no como un parcelero. El mandatario tiene influencia y goza de un poder, para sugerir cambios de uso de las tierras del Estado. Las áreas de conservación, parques nacionales e islas vienen estando en la mira de gobernantes y legisladores. Este gobierno no escapa a esa tentación. Justa razón política para mencionar que “La tierra no es solo para conservar.” Todavía se nos sigue mirando a las personas preocupadas por la ecología como hombres y mujeres que viven en las cavernas.

3. Del continuismo a la improvisación ambiental

Para el Estado lo ambiental son proyectos de explotación pública y privada de los recursos naturales. El desarrollo se encuentra superior a la protección. Es por esto que “la tierra no es solo para conservar…”

El embalse del Arenal y su proyecto hidroeléctrico -en su momento- se inauguró como la obra maestra que iba a solucionar la disponibilidad de energía eléctrica. El canal de riego que sale de esas aguas fue presentado como solución para parceleros y campesinos. Hoy presta riego a grandes haciendas relacionadas con la producción cañera, ganadera y de agroindustria. El riego se encuentra concentrado para unos pocos.

Los proyectos de geotermia -en su momento- fueron presentados como el ejemplo de producción de energías limpias. La energía eólica los gigantes que nos darán energía barata. No sabemos cuánto se paga en alquileres por levantar esos gigantes.

Los grandes proyectos oficiales y no oficiales siempre, han sido presentados como no contaminantes y no dañinos para la naturaleza –ejemplo el polo turístico papagayo, una verdadera indignación ecológica-. La destrucción se esconde con el capítulo de la mitigación del daño. El proyecto siempre va tener buen empleo y desarrollo para la comunidad. Son solo felicidad y encantos, las tragedias se hacen sentir unos años después de funcionamiento.

Los gobernantes no se despegan de los asesores que no paran de hablar de intercambiar “cañones por mantequilla”. Escuela clásica de la economía que tiene al país en difícil situación financiera, de deuda externa y de depredación continúa de sus preciados ecosistemas naturales. Aun así, esas personalidades indignas, continúan ocupando altos cargos públicos y con capacidad para tomar decisiones que afectan el manejo y uso de los recursos naturales de los costarricenses.

Hoy se reciclan los mismos proyectos de uso de los recursos naturales de las administraciones pasadas.

El Proyecto del Río Piedras es presentado como “agua para Guanacaste”. Su costo, pasara los 400 millones de dólares y se desconoce el precio de potabilizar el agua –no sabemos cómo van a pagar la deuda externa, nuestros hijos-. Las posibilidades de financiarlo son el INS o el crédito internacional. Con ello, los grandes consorcios inmobiliarios y hoteleros, podrán seguir consumiendo agua a diestra y siniestra. Para este proyecto, van a ser desafectadas 136 hectáreas de la Reserva Barbudal, así se hace voz a lo expresado por el Presidente: “la tierra no es solo para conservarla…”

Otro golazo, que suena y resuena, es el proyecto de la Cuenca del Nimboyores. Un manto acuífero que ya tuvo conflicto. Desarrollos hoteleros de Guanacaste, en el 2000, con la venia del AYA, quería extraer más de 70 litros por segundo. Hoy diputados, ministros, alcaldes se han sentado para disponer del agua, de nuevo hacen la voz del presidente: “El agua no es solo para beber…”

Los proyectos hidroeléctricos, siguen sonando en la actual administración. Y es que la piedra en el zapato es grande y todo por abrir la boca, en algún momento, el Presidente siendo candidato dijo que iba a bajar la energía. Ahora los más grandes sectores de empresarios se lo reclaman, como si ellos hubieran votado por él. Un millón trescientos mil y un poquillo votaron por Luis Guillermo, ahora vienen 20 tagarotes a pedir que cumpla.

Para el veneno del arsénico en las comunidades de Bagaces, Cañas y otras, se ofrece la misma receta que costaran 1500 millones de colones en filtros para purificar el agua. No sabemos cuánto será el mantenimiento de esas plantas de tratamiento y no desconocemos dónde van a depositar el veneno extraído. Los funcionarios AYA, no pueden imaginar, que es posible encontrar fuentes limpias y baratas. La burocracia del agua, determina que hay que experimentar con filtros y jugar con la salud humana de miles de pobladores de las comunidades.

Los proyectos de geotermia se encuentran en avance y el gobierno de Japón y Costa Rica han suscrito acuerdo para poner en marcha Pailas II y Borinquen, cuyo costo será de más de 560 millones de dólares. No sabemos si van a desafectar algunas áreas de los parques.

APM terminales, sigue la misma línea y varios diputados que visitaron el proyecto no se les permitió entrar por el camino público. El presidente legislativo dijo que había sido un malentendido –todo lo encontrado fue normal. Este proyecto ha sido en repetidas ocasiones cuestionado por el impacto ambiental no solo costero, sino marino.

El proyecto de la refinadora no ha sido enterrado y siguecoleteandocon onerosos gastos en Recope. Estos recursos financieros bien, pueden ser aprovechados en forma satisfactoria para reforestar las cuencas que han destruido el afanado desarrollo, en la provincia de Limón y Guanacaste.

Para terminar, el AYA recomienda a los grandes desarrolladores que se conviertan en Asadas, para legalizar el agua. La presidenta ejecutiva del AYA, expresa: “Los acueductos privados son prohibidos pero existen”. Entonces, es mejor suscribir con ellos convenios de delegación para tenerlos a derecho.

Continuamos, regalando nuestros recursos naturales. Los grandes, siempre se acomodan por donde menos les chima.

4. La zanahoria y la institucionalidad ambiental de Costa Rica

El Ministerio del Ambiente, en su página web, explica los cambios de la cartera de la naturaleza. “El Ministerio ha estado en constante evolución a medida que el sector ambiental ha pasado de ser uno marginal a uno más relevante en los planes del desarrollo del país. Gracias al trabajo realizado por el MINAE, Costa Rica se encuentra hoy entre los primeros puestos del Índice Mundial de Desempeño Ambiental y es reconocido a nivel mundial por sus esfuerzos en pro de la conservación y el desarrollo sostenible.”

Esta rectoría del ambiente depende directamente de lo que se mueve en el escenario económico costarricense. Las políticas y las acciones de este Ministerio son construidas a golpe de tambor y al ritmo de lo que los sectores económicos ligados a las ramas productivas y turísticas fijen como prioridades. Dependiendo de los criterios de esos sectores, así lo ambiental se adapta a esas pautas de producción.

Es evidente que el Ministerio de Ambiente, no es un órgano de conservación y mucho menos de gestión ecológica. Resulta muy difícil poder decir que es una entidad con un fin de vigilancia de los recursos naturales del país, pues con grandes dificultades da seguimiento a las denuncias ambientales.

Este órgano ministerial a lo sumo se ha convertido en un medio de certificación y aprobación de proyectos que impacten el ambiente. En todos ellos aparecen recomendaciones de mitigación y buenos consejos para no hacer el mal al medio ambiente.

Incluso las áreas de conservación son administradas, fuera del reino del Ministro del Ambiente. Y las oficinas regionales carecen de recursos para poder cumplir sus funciones.

En materia marina y costera, con un territorio de mar patrimonial de más de 100 veces más grande que el territorio de tierra firme, el Ministerio de Ambiente se encuentra en pañales y casi no tiene ninguna injerencia. La rectoría del mar, se limita a una institución que solamente tiene la función de otorgar permisos de pesca y acuicultura. Hoy por lo menos se encuentra bendecida por Dios, ya que siempre ha estado en los grandes escándalos de irregularidades y manejos de permisos de pesca. El aleteo de tiburón y la pesca del atún han sido parte del festín de directivos y empresarios de Puntarenas.

Existe el AyA, SENARA, SETENA y la llamada Dirección de Aguas, entidades que tienen relación directa con el ambiente y principalmente con el recurso hídrico. Las tres instituciones están orientadas a la explotación y extracción del recurso hídrico.Es una burocracia capacitada para el saqueo del agua. En forma muy puntual, quizás han participado en un plan de reforestación de alguna de las cuencas. Tal vez, han realizado estudios para proponerla recuperación de algunas cuencas de Costa Rica, pero difícilmente se ha podido pasar más allá del papel y la tinta. Esa deuda del Estado por promover un desarrollo urbano y desequilibrado, no ha sido saldada.

Así las cosas la institucionalidad del ambiente en Costa Rica nos sigue otorgando zanahorias y ahora parece que nos van a dar garrote.

5. El futuro ambiental de Costa Rica

El Presidente y sus ministros, piensan que los grupos relacionados con el ecologismo y el conservacionismo en Costa Rica, se reduce a unos pocos cabezas calientes. Ya doña Laura Chinchilla, en San Carlos, llamo a combatirlos con todas las armas. Hoy, el señor Luis Guillermo Solís dice: “que tenemos que hablarlo despacito.” Es decir que no mucha bulla y escándalo.

Sin embargo, olvida el señor Presidente que la resistencia ambiental no depende de la politiquería, los sectores ligados a la ecología y la conservación del ambiente, difícilmente comen cuento.

Al respecto de la acción por la conservación de los grupos ecologistas, Oscar Fallas, dirigente ecologista y cuyo crimen no ha sido suficientemente explicado, decía:

“El conservacionismo y el ecologismo costarricense son tan viejos como las mismas culturas precolombinas, aparecen en el centro de los mitos, leyendas y prácticas sociales, culturales y productivas de nuestros indígenas como un elemento permanente de la unidad y el respeto por la naturaleza: las plantas, el bosque, los animales silvestres, las fuentes de agua y los ríos como recurso para la sobrevivencia y la tierra como generadora de vida. Todavía hoy, cuando algunos pobladores del pueblo Bri-Bri salen a cazar, le piden permiso a la tierra y a la naturaleza (Ver: Fallas Baldí, Oscar. 1993. Modelos de desarrollo y crisis ambiental en Costa Rica. San José: Asociación Ecologista Costarricense (AECO), Serie Cuadernos de Estudio.Pág.:

Los políticos pactan, esa es su naturaleza. Ellos son entrenados para negociar y dejarse llevar por las cálidas corrientes de los grandes intereses. Los políticos pueden convenir con Dios y con el Diablo.

En el escenario ambiental, deben tomarlo con la mayor precaución y reserva; ya que en la selva, en la montaña, en la playa y en los grandes complejos hoteleros, siempre hay miles de ojos que los observan y los vigilan. Las comunidades seguirán agarrando sus recursos y no los soltaran para esos intereses mezquinos del capital y de los pactos de gobierno.

Ver: Fallas Baldí, Oscar. 1993. Modelos de desarrollo y crisis ambiental en Costa Rica. San José: Asociación Ecologista Costarricense (AECO), Serie Cuadernos de Estudio.Pág.: 9

Enviado a SURCOS Digital por James Siu.

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Ecologistas ganan batalla contra los transgénicos

Lucha sigue pero ahora es posible presentar oposiciones a permisos

FECON - Procuraduría profundiza criterio contra reglamento de transgénicos

La Sala Constitucional ha determinado que la manera en la que se otorgan los permisos para liberar transgénicos en Costa Rica es inconstitucional, pues viola los derechos de todas las personas.

Tras la Acción de Inconstitucionalidad (12-017013-0007-CO) presentada por diversos grupos ecologistas y productores el 12 de diciembre de 2012 contra el Reglamento del Servicio Fitosanitario del Estado, señalando que este viola los derechos de toda la población costarricense al manejar de manera confidencial la información técnica que ha servido de base para autorizar la liberación de organismos genéticamente modificados en el territorio nacional; la Sala ha dado la razón sobre las violaciones a la Carta Constitucional.

Con ello, se garantiza que los procedimientos para la autorización de transgénicos de ahora en adelante sean accesibles para todas las personas, lo cual permitirá presentar oposiciones para garantizar que el cultivo de estos organismos no se oponga al equilibrio de los ecosistemas ni la salud de las personas. Adicionalmente, los permisos que se encontraban en trámite –para liberar maíz transgénico- no se pueden otorgar, hasta no ajustar la norma a las disposiciones de la Sala y garantizar que los interesados cumplan con los nuevos requerimientos que se establecerán.

 

La lucha sigue

La resolución 2014-15017 solamente representa la victoria en uno de los frentes de lucha en la guerra contra los transgénicos. Se reconoce que los alcances de esta sentencia no detienen, de manera definitiva, las posibilidades de liberar transgénicos en el país. Sin embargo, resulta un antecedente importante para demostrar que los intereses de las empresas vinculadas a esta actividad –entre ellas la transnacional Monsanto que tramitaba permiso para sembrar maíz – han sido beneficiados con el otorgamiento de permisos en contra de los derechos fundamentales de toda la población.

Desde el movimiento ecologista hacemos un llamado a seguir con los esfuerzos dirigidos a la paralización total y definitiva de la liberación de transgénicos al ambiente; especialmente, sobre el decreto de moratoria nacional y el proyecto de ley sobre el mismo tema.

 

Información enviada a SURCOS Digital por presidencia de FECON y Graciela Blanco Martén.

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Articulan defensa de los derechos de las comunidades indígenas

Reunión 17 de setiembre en SERPAJ

Articulan defensa de los derechos de las comunidades indígenas

El COMITÉ NACIONAL DE APOYO A LA AUTONOMÍA INDÍGENA, que desde su formación en el 2009, ha estado integrado por Organizaciones y Movimientos Sociales (Sindicatos, Ecologistas, Federaciones y Asociaciones Estudiantiles Universitarias, Pastorales de distintas Iglesias, Mujeres, Derechos Humanos – Paz y No Violencia, Humanistas y Asociaciones de Profesionales entre muchas otras), en nuestra última reunión los Movimientos y Organizaciones que hemos continuado reuniéndonos, hemos decidido CONVOCAR a una amplia reunión de Organizaciones y Movimientos Sociales para el próximo miércoles 17 de setiembre a las 5:00 p.m. en las oficinas del SERPAJ (Servicio Paz y Justicia-CR).

Las razones por las que hacemos esta convocatoria son parte de nuestra preocupación, que se origina en una “campaña” de ataques, desinformación e incluso acusaciones infundadas y temerarias, tanto contra líderes indígenas miembros del FRENTE NACIONAL DE PUEBLOS INDÍGENAS (FRENAPI), así como contra Organizaciones miembro del Comité Nacional de Apoyo a la Autonomía.

Articulan defensa de los derechos de las comunidades indígenas2

En razón de los últimos hechos de violencia contra la Comunidad Indígena de Salitre (quema de casas, agresiones físicas e indígenas heridos, comunidad sitiada y amenazas), promovida por terratenientes NO indígenas con la complicidad y apoyo de empresarios y algunas autoridades de la zona, se realizaron dos Misiones de Observación del OBSERVATORIO DE DERECHOS HUMANOS Y AUTONOMÍA INDÍGENA (ODHAIN), que en sus informes reitera una persistente violación de Derechos Humanos contra el Pueblo Bribri de Salitre a pesar de que las leyes y los tratados internacionales, así como las resoluciones judiciales amparan sus derechos. La falta de cumplimiento de esos derechos, en mucho responsabilidad del Estado, permite la usurpación del territorio indígena y las agresiones violentas en contra de sus habitantes.

Desde el Comité Nacional de Apoyo a la Autonomía, el FRENAPI, junto con el ODHAIN hemos denunciado esta situación, y por esa razón estamos siendo perseguidos con campañas difamatorias y amenazas de agresión si continuamos apoyando la lucha por los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas.

Articulan defensa de los derechos de las comunidades indígenas3

Para ampliar los detalles de esta situación, es que les convocamos de manera URGENTE para este miércoles 17 de setiembre, con el fin de analizar juntos las alternativas que podamos impulsar con el fin de impedir y prevenir nuevas y mayores agresiones que atenten contra personas, Organizaciones y Movimientos Sociales, como un mal precedente.

Contamos con ustedes, les esperamos, SITA: Oficinas de SERPAJ –CR, 25 metros Sur de FONABE, (Fondo Nacional de Becas), frente línea férrea. Entre Avenidas 10 y 12, Calle 13, Casa #1081. OTRA DIRECCIÓN: De la parada de Buses de Turrialba, por la Corte, 275 metros Sur, sobre línea férrea. Teléfono 22-23-44-72.

 

Fraternalmente,

Comité Nacional de Apoyo a la Autonomía Indígena

Frente Nacional de Pueblos Indígenas (FRENAPI)

 

Información enviada a SURCOS Digital por Diego Molina y Marcela Zamora-Cruz.

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Las luchas por el agua, por parte de las comunidades guanacastecas

Valoran control de constitucionalidad para Ley de Recursos Hídricos2

Sergei Moreno*

 

El agua es uno de los líquidos más importantes en el desarrollo humano, la conservación de muchas especies depende del vital recurso hídrico. Por lo que en los últimos años este ha pasado a ser el causante de muchos conflictos entre las comunidades y las empresas hoteleras e inmobiliarias, pues se ha desatado una “guerra por el agua” (Shiva, 2004). Los empresarios quieren tener acceso al uso desmedido del vital recurso como medio de desarrollo económico. Recientemente, la comunidad de Playa Potrero; esto en Guanacaste, lugar donde intereses políticos /económicos que siguen una lógica capitalista y colonizadora de las riquezas que poseen las comunidades, enfrento una nueva invasión e intento de apoderarse de una de sus tantas riquezas(el agua), por parte de empresas, claramente apoyadas por políticos/as. Cabe destacar este ha sido un proceso de larga duración, que pareciera su inicio es 1492, momento en el que este proyecto de conquista,(el más importante por parte de la corona española); y que a lo largo de la historia se ha buscado saquear, explotar y exterminar la formas diversas de organización comunales y al manejo que hacen las comunidades de los recursos naturales y se ponen en las manos de los capitalistas que sin dudas como ya ha quedado demostrado las comunidades solo reciben las sobras de los recursos que en primer instancia, les pertenecían. Playa Potrero estuvo dispuesta a dar la lucha en contra de los constantes intentos por colonizar las riquezas de la comunidad, las mujeres tomaron un papel protagónico y en contra de todo pronóstico social, salieron a las calles y con pancartas en manos junto a sus hijos/as y maridos, no estuvieron dispuestas/os a rendirse hasta obtener una respuesta positiva para la comunidad. “El agua es para las comunidades” (Moreno, 2014), fue el lema de todas las luchas realizadas por la comunidad en la congruente, constante y valiente decisión de no permitir más saqueos a la zona. Pero en la actualidad donde hay una fuente de agua, esta también una mina de oro para los capitalistas.

El proceso de “mercantilización” (Marx) del agua, en las últimas décadas ha crecido de forma acelerada, ante esta situación ha habido un despertar en las organizaciones de carácter rural/comunitario, en las que se han atrevido a desafiar al poder económico, político e intelectual que atenta contra la autonomía de los pueblos y que sigue desarrollando su proyecto impositor a como mejor les conviene. El despertar apenas inicia y el espíritu del “indio” guerrero Chorotega, parece aun seguir vivo, y estar dispuesto a proteger sus territorios, “no estamos dispuestos/as a desaparecer por completo” (Dionisio, 2014) fueron las palabras de un indígena Chorotega en una reciente conferencia realizada en Playa Potrero. Sus formas de producción en general y sobre todo los recursos naturales, a los que tanto aprecio y apego expresan, “no nos rendiremos seguimos en pie de lucha”, es el lema, meses después de enfrentar una de las luchas más fuertes en la defensa del agua. Es evidente que estas “luchas por el agua”, apenas inician lo que se aproxima sin afán de ser pesimista será mucho más difícil de enfrentar por parte de las comunidades. Una famosa frase expresada por (Galeano, 1971, p.17); “La peor desgracia de américa latina fueron sus propias riquezas…”, parecen repetirse y en este documento quisiéramos pensarnos sobre si las desgracias que vive el pueblo guanacasteco, tales como la pobreza, el desempleo y los diversos intentos de saqueo de las enormes riquezas naturales que contienen sus tierras; incluidas sus fuentes de agua, se deben a esa aparente maldición de contar con riquezas innumerables. Sin embargo los sistemas políticos/económicos y sociales parecen presentarnos un Guanacaste pobre, ante esto es importante rescatar una frase expresada recientemente por el ahora diputado por esta provincia: “Guanacaste no es pobre, nuestras tierras han sido empobrecidas…”(Vargas, 2014); pese a esto las empresas inmobiliarias de la zona siguen diciendo que son los vecinos de las comunidades; esto en el caso de Potrero, los/las responsables de que otros/as, se lleven las riquezas y así lo expresaron en un reciente conversatorio sobre el tema del cuido de las aguas en la comunidad, al decir: “uno como empresa , que puede hacer; si la gente que llega a pedirle trabajo no le sirve, entonces nos queda solo traer a las personas que nos sirven…”(Hoteles Bahía del sol y Conchal).Ante el irrespeto a la autonomía de los pueblos Guanacastecos y sus formas de organización, producción e identidad , las/los habitantes se han organizado. Las comunidades ante los ojos de muchos/as, parecen estar quietas y en un silencio frente a las situaciones que se enfrentan , pero al llegar a las zonas con ideas impositoras y ajenas al pensamiento de los pueblos estos parecieran despertar y alzar la voz , las manos y hasta su fuerza con el afán de defender, lo que para otros/as es una forma de recibir ganancias económicas, pero para las comunidades es parte de sus vidas, de lo que son y de lo que se sienten en la responsabilidad de proteger .Sin dudas faltan muchas cosas por hacer, sin embargo las acciones emprendidas por la comunidad de Playa Potrero y otras zonas de esta provincia son alentadoras y parecieran apuntar un futuro prometedor, como bien dice uno de los miembros comunitarios: “A ataques inesperados, luchas organizadas…”(Morales,2014).

En conclusión las comunidades se están empoderando y eso es el reflejo del despertar que antes hemos mencionado, aunque los ataques continúen, ahora tenemos esperanza en una comunidad que no está dispuesto a rendirse y dejar que desaparezcan sus verdaderas raíces, las cuales han estados amenazadas a lo largo de la historia por un proyecto colonizador que aun continua vigente.

 

*Estudiante de sociología de la Universidad Nacional De Costa Rica

Correo-e: morenofajardos@gmail.com

Publicado originalmente en http://primeroennoticias.com/2014/09/08/opinion-las-luchas-por-el-agua-por-parte-de-las-comunidades-guanacastecas/

 

Compartido mediante SURCOS Digital por James Siu.

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Una política participativa para resolver problemas de pequeños agricultores

La política agrícola con la participación de foros regionales1

German Masís,

Académico de la Escuela de Economía

UNA

Cuando se presentó la Política de Estado para el Sector Agroalimentario y el Desarrollo Rural Costarricense 2010-2021, la entonces Ministra afirmó que “la estrategia se aplicará en los próximos cuatro años, pero también debe ser a largo plazo y que trascienda los gobiernos”,  también señaló que la prioridad “son los pequeños agricultores, muchos de ellos dedicados a la agricultura familiar, y el reto es llevarlos a producir con una perspectiva de negocio”.

“Ese sector incluye a paperos, cebolleros, arroceros, horticultores y otros cuyos rendimientos por hectárea se estancaron desde hace años, enfatizó.”  Agregó, “La estrategia del sector agrícola estatal para estos cuatro años pretende elevar el nivel de vida de los productores “vulnerables”, mediante su introducción en los circuitos comerciales”.

Pero “el objetivo no es trabajar con una parcela o una finca, sino mediante la gestión del territorio rural. Por eso, este programa se realizará con un trabajo en los 15 cantones prioritarios del país por sus niveles de pobreza… lo que implica focalizar los recursos disponibles”.

Sin embargo, “reconoció que en el MAG y el sector agrícola hay una estructura institucional muy pesada y que lleva muchos años haciendo lo mismo, pero igualmente fue clara en que el reordenamiento de las entidades no es una prioridad actual.(MAG anuncia prioridad en agricultores vulnerables LN 31-5-2010).

Esta referencia de hace 4 años,  cuando se presentó la política agropecuaria, pone en evidencia  la ambigüedad y la inconsistencia con que se ha formulado la política agrícola del país.

Como se puede observar la misma se mueve entre el corto (4 años) y el mediano plazo, entre la prioridad en grupos vulnerables y  el énfasis en la agroexportación,  entre la política productiva y la política social, entre la dirección política del MAG y el abandono de la institucionalidad del sector y entre la formulación de la política y el divorcio con los actores de la actividad agrícola y sus necesidades.

La política agrícola con la participación de foros regionales2

Por eso, en esa ocasión los representantes de las organizaciones de agricultores y de las entidades del sector, indicaron serios cuestionamientos a la política y en particular sobre las posibilidades concretas de ejecución y sobre los recursos y la capacidad institucionalidad para obtener resultados.

“Grupos agrícolas, ex ministros y el Colegio de Ingenieros Agrónomos cuestionaron que no se definiera cómo se concretarán y financiarán las políticas agropecuarias del 2010 al 2021, presentada por el Gobierno”.

El Presidente de Upanacional, opinó que al menos “veo buena voluntad por poner el tema agrícola en la agenda del Gobierno”, el presidente de la Cámara de Agricultura, “lo calificó como un intento de pensar, por lo menos, a largo plazo en la agricultura.” y el Presidente del Colegio de Agrónomos dijo que “La duda es el cómo y con qué instituciones se va concretar esta propuesta”.  (Grupos agrícolas cuestionan efectividad de nuevas políticas 1-10-2010).

Luego de concluida la Administración 2010-2014, el seguimiento a la problemática del sector permite establecer que se ejecutó muy poco de la política presentada (de la cual se desconoce si ha habido alguna evaluación), que el apoyo efectivo a los grupos vulnerables fue muy escaso, que casi no se logró mejorar su nivel de vida, que la pobreza en las zonas rurales creció y que los cambios en las instituciones del sector fueron ínfimos, en consecuencia que las acciones mencionadas no lograron modificar la situación de exclusión de la pequeña producción.

El nuevo Gobierno, se enfrenta al desafío de hacer lo mismo que las anteriores administraciones o impulsar un cambio como lo prometió en campaña. En la propuesta de política 2014-18 manifestó que “dará un fuerte apoyo a la pequeña y  mediana agricultura,  impulsará una política de seguridad alimentaria, fomentará formas novedosas de comercialización (que incluye el fortalecimiento del programa de abastecimiento institucional, de los mercados regionales y las ferias del agricultor), promoverá las agroindustrias rurales y  reactivará el Consejo Nacional de Producción como una institución estratégica para la seguridad alimentaria”.(PAC.Política Agrícola 2014-2018).

Un grupo de ex profesores de Ciencias Agrarias y Sociales de la UNA está elaborando con la participación de los foros regionales de organizaciones agrícolas, una propuesta concreta y pragmática para el Fortalecimiento de la pequeña producción agro alimentaria para el mercado interno, que incluye un conjunto de acciones sobre alternativas de comercialización, innovación tecnológica, financiamiento, gestión de servicios y desarrollo agro industrial, que se pueden comenzar a ejecutar de inmediato y evaluar cada seis meses para cambiar la situación de la pequeña producción nacional.

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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La entrada en vigor de la Convención de Naciones Unidas sobre Cursos de Agua Internacionales de 1997

Convención de Naciones Unidas sobre Cursos de Agua Internacionales

Nicolás Boeglin (*)

 

Introducción

El pasado 17 de agosto del 2014, entró oficialmente en vigor la «Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación» adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1997 (ver texto completo). Ello obedece al hecho que en esa fecha se cumplieron los 90 días posteriores a la ratificación número 35 (la de Vietnam, obtenida el 17 de mayo del 2014), tal y como lo establece el texto de este tratado internacional, en su artículo 36.

Han sido muchos años de espera para los que pretendieron lograr, pocos años después de la adopción de la Declaración de Río sobre Ambiente y Desarrollo de 1992, que los miembros de la comunidad internacional aceptaran, en un instrumento a vocación universal, un mínimo de reglas (incluyendo las de carácter ambiental) para permitir una gestión y aprovechamiento conjuntos y armoniosos entre Estados de cuerpos de agua compartidos.

 

Un instrumento novedoso

Se trata de un instrumento internacional que, como viene siendo la práctica cuando se intenta explorar un ámbito nuevo del derecho internacional, recurre a la técnica de la convención marco (“convention-cadre” en francés o “framework convention” según la denominación en inglés): esta expresión refiere a un tipo de convención, usualmente utilizada en materia de salud, energía, transporte y protección del ambiente, que sistematiza un conjunto de principios generales que puedan servir de base para establecer una cooperación entre Estados. Se les reconoce a estos últimos un margen de maniobra para detallar y finiquitar en acuerdos posteriores más específicos, y con reglas mucho más precisas, el contenido de esta cooperación. “The character of an agreement as a framewok is mainly established by the decision of the contracting parties to delegate questions that are relevant for achieving the agreement´s objective to additional regulations” (Nota 1).

En el caso de la Convención de 1997, el conjunto de reglas ofrecido pretende servir de base para facilitar la cooperación entre Estados en todo lo relacionado a la gestión, aprovechamiento, uso y protección de los cursos de agua internacionales. Uno de los primeros artículos (el artículo 3) refiere precisamente (y de manera sumamente detallada) a los acuerdos bilaterales o regionales preexistentes o a los que los Estados quisieran adoptar con posterioridad a esta Convención: el artículo 3 es uno de los artículos más extensos de la Convención, con 6 incisos. Además de evidenciar la preocupación de los Estados con relación a los efectos de esta Convención sobre acuerdos previos, este artículo 3 también confirma el carácter de “acuerdo marco” antes mencionado de la misma.

El conjunto de reglas generales recogido parte de una noción mucho más integral que la clásicamente usada de «rio internacional» o de «río fronterizo» al definir su artículo 2 la noción de «curso de agua internacional» de la siguiente manera: «A los efectos de la presente Convención: a) Por «curso de agua» se entenderá un sistema de aguas de superficie y subterráneas que, en virtud de su relación física, constituyen un conjunto unitario y normalmente fluyen a una desembocadura común; b) Por «curso de agua internacional» se entenderá un curso de agua algunas de cuyas partes se encuentran en Estados distintos;». Como se puede apreciar, esta definición va más allá que la de un caudal de agua contenido en el cauce de un río (o la de la superficie lacustre en el caso de un lago), y se extiende tanto a las aguas superficiales como a las aguas subterráneas. En consonancia con este esfuerzo, podemos citar, a modo de ejemplo las recientes iniciativas en España para delimitar oficialmente “la parte española de las demarcaciones hidrográficas correspondientes a las cuencas hidrográficas compartidas con otros países” (ver artículo 3 del Real Decreto 125/2007 – 2 de febrero del 2007-, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas en territorio español).

La convención establece una serie de principios generales (los artículos 5 a 10) que deben guiar a los Estados de un curso de agua internacional en la gestión y en el aprovechamiento de este, varios de ellos muy similares a los adoptados en la Convención de Helsinki de marzo de 1992 (Nota 2). Por ejemplo, el artículo 7 sobre la obligación de no causar daños sensibles indica: “1. Los Estados del curso de agua, al utilizar un curso de agua internacional en sus territorios, adoptarán todas las medidas apropiadas para impedir que se causen daños sensibles a otros Estados del curso de agua. 2. Cuando a pesar de ello se causen daños sensibles a otro Estado del curso de agua, el Estado cuyo uso los cause deberá, a falta de acuerdo con respecto a ese uso, adoptar todas las medidas apropiadas, teniendo debidamente en cuenta lo dispuesto en los artículos 5 y 6 y en consulta con el Estado afectado, para eliminar o mitigar esos daños y, cuando proceda, examinar la cuestión de la indemnización”.

La lectura (y relectura) del artículo 7 y de algunos otros artículos posiblemente llame a la memoria un sin fin de controversias acaecidas en los últimos años entre Estados ribereños de un río internacional, o que comparten una cuenca hidrográfica en diversas partes del mundo. Muchos de estos conflictos no encuentran solución satisfactoria debido al uso de nociones jurídicas que limitan un enfoque necesariamente integral, que conlleva cualquier intento de regular un recurso como el agua: a este enfoque precisamente recurre la técnica jurídica en materia de protección del ambiente.

 

Un instrumento casi ignorado en América Latina

Al consultar el estado de firmas y ratificaciones según la tabla oficial de Naciones Unidas (disponible aquí), resulta llamativo que el continente que concentra mayores recursos hídricos, que cuenta con una interesante práctica en materia de acuerdos bilaterales o regionales en la materia (Nota 3) y en el que se contabilizan una gran cantidad de fronteras internacionales localizadas en ríos fronterizos (o cuencas hídricas compartidas) esté prácticamente ausente de dicha tabla: nos referimos a América Latina. Una firma de Venezuela (1997) y una de Paraguay (1998) parecieran ser los únicos «logros» obtenidos durante 17 años de diversas campañas a favor de su ratificación promovidas por diversas organizaciones regionales y ONG en un (también sin fin …) número de foros y reuniones en la región. A la fecha, ningún Estado de América Latina es parte a este instrumento, ya que, como bien se sabe, además de firmar un tratado, hay que ratificarlo. Una evaluación rigurosa (y ojalá crítica) de las distintas campañas de ratificación realizadas por algunas organizaciones se impone, ya que raramente se ha observado un impacto tan limitado de una campaña en favor de la ratificación de un instrumento a vocación universal.

Independientemente de su entrada en vigor, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha hecho referencias expresas en su jurisprudencia a los principios contenidos en esta Convención adoptada en 1997: lo hizo incluso en el mismo año de 1997, con ocasión del asunto de la represa Gabcikovo Nagymaros (Hungría c. Eslovaquia, sentencia del 25 de septiembre de 1997) (Nota 4). Cabe recordar que el texto de la Convención es el resultado de más de más de 20 años de arduas discusiones en el seno de la Comisión de Derecho Internacional (CDI), órgano técnico encargado de codificar las reglas del derecho internacional público según el organigrama de las Naciones Unidas: los inicios de los trabajos sobre este tema en el seno de la CDI datan de 1974, y el anteproyecto de Convención fue aprobado por este órgano tan solo en 1994. Durante esos 20 años, la CDI tuvo siempre la ocasión de contraponer los avances de su proyecto con las posiciones oficiales defendidas por los Estados, en las valoraciones de estos al texto propuesto, expuestas anuallmente en el seno de la VI Comisión de la Asamblea General de Naciones Unidas. Después de 1994, año en que fue aprobado el anteproyecto por parte de la CDI, los Estados miembros de Naciones Unidas conformaron, en el seno de la VI Comisión antes mencionada, un grupo de trabajo inter-estatal. Lograron adecuar el texto para garantizarle una adopción final mediante la resolución A/RES/517229 de la Asamblea General de Naciones Unidas. Esta última resolución fue adoptada en 1997 por 103 votos a favor, 3 en contra (Burundi, China y Turquía) y 27 abstenciones. Por parte de América Latina votaron a favor: Brasil, Chile, Costa Rica, Haití, Honduras, México, Uruguay y Venezuela. Se abstuvieron los siguientes Estados de la región: Argentina, Bolivia, Colombia, Cuba, Ecuador, Honduras, Guatemala, Panamá, Paraguay y Perú. Por su parte, Belice, El Salvador, Nicaragua y República Dominicana aparecen entre los «No shows» que sumaron en total 52 Estados: se trata de un número extremadamente elevado para la práctica usual en materia de votaciones en el seno del órgano plenario de las Naciones Unidas (ver detalle del voto).

 

La protección de un curso de agua internacional

La Parte IV de esta convención (reglas aplicables a cursos de agua internacionales en materia de protección del ambiente) constituye una útil herramienta para Estados partes a una cuenca hidrográfica compartida. Varias de esas reglas pueden ser interpretadas como un eco cercano a lo dispuesto en la Declaración de Río de 1992. La formulación de estas reglas puede ser contrastada con las reglas enunciadas por la CIJ en el caso de las Plantas de Celulosa (Argentina c. Uruguay, sentencia de abril del 2010): este caso, resuelto de manera sumamente cuestionable – y cuestionada – por parte de los jueces de la CIJ, recientemente dio lugar a tensiones entre Argentina y Uruguay que tuvimos la oportunidad de analizar brevemente en este artículo. De la misma manera el contenido de la Parte IV de la Convención deberá ser comparado con las reglas que sean enunciadas por parte de la CIJ con ocasión de los dos casos que enfrentan a Costa Rica y Nicaragua con relación al Río San Juan: el asunto del dragado del río, con la demanda interpuesta por Costa Rica en el 2010 contra Nicaragua; y la denominada «trocha fronteriza» construida por Costa Rica, objeto de la demanda interpuesta por Nicaragua en el 2011 contra Costa Rica. Ambos contenciosos fueron objeto de una inusual – e inédita – “unión” por parte de los jueces de la CIJ en el 2013 (Nota 5) a solicitud de Nicaragua. Tuvimos de igual manera la posibilidad de analizar en su momento el proyecto minero ubicado en la localidad de Las Crucitas en Costa Rica desde la perspectiva de las implicaciones (para Costa Rica) de las regulaciones internacionales sobre recursos hidrográficos compartidos (Nota 6).

 

Conclusión

Como suele a veces suceder en algunos campos de la ciencia jurídica, el derecho internacional tiende a modernizar de manera mucho más ágil que el derecho nacional un marco jurídico existente, ofreciendo a los Estados una útil herramienta para guiarlos en álgidos campos donde deben encontrar soluciones de manera conjunta y consensuada. Es el caso de la Convención de 1997 sobre cursos de agua internacionales. Por ejemplo, dos Estados partes a esta Convención, España y Portugal, han entendido de manera muy clara la invitación a la cooperación que les extiende la Convención de 1997: han logrado encontrar en ella una valiosa guía para el aprovechamiento, gestión y protección comunes de las numerosas cuencas hidrográficas que comparten, sean estas superficiales o subterráneas: la Convención de 1997 ha servido de motor para articular una impresionante lista de acuerdos técnicos de aprovechamiento y de cooperación de las aguas superficiales y subterráneas que ambos Estados comparten. Leemos incluso que el primero de ellos, el convenio de Albufeira de 1998 titulado “Convenio sobre Cooperación para la Protección y el Aprovechamiento Sostenible de las Aguas de las Cuencas Hidrográficas Hispano-Portuguesas” resulta de la influencia directa del texto de 1997 al precisar el autor de un artículo reciente que: “…Finalmente tras cinco años de intensas negociaciones técnicas y diplomáticas, el Convenio sobre Cooperación para la Protección y el Aprovechamiento Sostenible de las Aguas de las Cuencas Hidrográficas Hispano-Portuguesas, se firmó en la ciudad portuguesa de Albufeira en noviembre de 1998, y entró en vigor en el ordenamiento jurídico de Portugal y España el 17 de enero de 2000. No hay dudas de que ha sido claramente influenciada por la Convención de las Naciones Unidas, firmada en Nueva York, en 1997, sobre el Derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación” (Nota 7).

Es de esperar que esta entrada en vigor reciente sirva también para inspirar a muchos Estados y los incite a ratificar este instrumento internacional. Ello en aras de facilitar, en acuerdos posteriores, la gestión conjunta de muchos cursos de agua internacionales, en particular en América Latina.

 

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Nota 1: Véase MATZ-LUCK N., “Framework conventions as a regulatory tool”, Goettingen Journal of International Law, 2009, Vol. 3, pp. 439-458, p. 441. Disponible aquí.

Nota 2: Véase artículo publicado en el Anuario de Derecho Internacional (ADI), en el año 2000, sobre el Convenio de Helsinki: TORRES CAZORLA M.I., «Otra vuelta de tuerca del derecho internacional para regular los cursos de agua internacionales: el convenio de Helsinki de 17 de marzo de 1992», disponible aquí.

Nota 3: Véase estudio publicado por la CEPAL de QUEROL M., “Estudio sobre los convenios y acuerdos de cooperación entre los países de América Latina y el Caribe, en relación con sistemas hídricos y cuerpos de agua transfronterizos”, CEPAL, 2003. Disponible aquí.

Nota 4: Véase por ejemplo: RODRIGUEZ HERNANDEZ J.I., “La aportación del asunto Gabcikovo-Nagymaros al derecho internacional del medioambiente”, disponible aquí.

Nota 5: Véase nuestro modesto análisis, BOEGLIN N., “Costa Rica /Nicaragua et CIJ, Une procédure incidente revisitée: la jonction d´instances”, Publicado en el Boletín Sentinelle de la Société Francaise pour le Droit International (SFDI), Mayo 2013. Disponible aquí. Lo inaudito se mantuvo unos meses después con el rechazo por parte de la CIJ de solicitudes de ambas partes de modificar la medida provisional ordenada el 8 de marzo del 2011, rechazo que tuvimos la oportunidad de analizar brevemente en esta pequeña nota en Elpais.cr (edición del 10/08/2013).

Nota 6: Véase nuestro artículo BOEGLIN N., «Minería química a cielo abierto en el trópico húmedo fronterizo entre Costa Rica y Nicaragua: el proyecto minero Crucitas y sus implicaciones internacionales», Sociedad Latinoamericana para el Derecho Internacional, Perspectivas, Julio 2009 disponible aquí. Con posterioridad al histórico fallo del Tribunal Contencioso Administrativo de noviembre del 2010, se analizó el tema desde la perspectiva de los acuíferos transfronterizos en un breve artículo, titulado “Acuíferos transfronterizos: respuestas desde el derecho internacional y vacíos en Centroamérica”, Boletín Geológico y Minero (España), 2012, disponible aquí.

Nota 7: Véase OLIVEIRA DO PRADO R.C., “La obligación de cooperar en la gestión de cuencas hidrográficas internacionales. El caso del convenio de Albufeira analizado a la luz del derecho internacional del medio ambiente”, Revista Monfragüe (España), 2012. Disponible aquí.

 

(*) Nicolás Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR).

 

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