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Un siglo en el olvido; una década esperando

M.Sc. Rodolfo Quesada Quesada Lic.
Coordinador Foro Agenda Verde
Región Sur, Península de Nicoya

Esa es la realidad que vivimos los habitantes de los distritos de Lepanto, Paquera, Cóbano Isla Chira y demás Islas del Golfo de Nicoya. El 18 de octubre de 1915 en la administración de don Alfredo González Flores, al promulgarse el decreto ejecutivo número 20, nos congelaron en el tiempo.

Este decreto se considera ilegal, porque en Costa Rica la división territorial administrativa tiene reserva legal. Mediante éste, se dio en administración a la provincia de Puntarenas esta Región, perteneciente a la provincia de Guanacaste al cantón de Nicoya.

Con el mismo, se laceró el contenido histórico, cultural, social, político y legal de la Región y de Costa Rica, al incidir negativamente en el proceso de desarrollo y los derechos de los habitantes de esta Región. Además, mutiló la historia patria, al ser este territorio parte del Partido de Nicoya que se unió a Costa Rica en 1824 y que siempre ha pertenecido a la provincia de Guanacaste.

Urgimos al Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, para que se pronuncie con respecto al recurso legal planteado por la Municipalidad de Nicoya y aceptado por dicho Tribunal el 16 de julio del 2012, expediente 12- 003638-1027-CA. En el mismo, se solicita la anulación del decreto de marras aduciendo falta de sustento legal.

Con más de un siglo de inseguridad jurídica, una generación entera ha experimentado el sabor amargo del abandono y la falta de respeto por sus derechos inalienables, garantizados en nuestra carta magna. Los esfuerzos legales para recuperar nuestra identidad, han tropezado con el muro de la desidia y falta de interés y por supuesto, la brecha generacional intrínseca.

Todos los años se celebra la Anexión del Partido de Nicoya, procurando enmascarar el atropello de 1915, dándole bajo perfil al tema de la desmembración ilegal que sufriera la provincia de Guanacaste y más aún, del subdesarrollo en que quedó inmersa la población de la Región Sur, Península de Nicoya.

Hace un año, el 24 de julio del 2021 en vísperas de la celebración del 197 aniversario de la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica, las autoridades políticas, legales y sociales de la provincia de Guanacaste, hicieron la declaración histórica de esta Región, como un TERRITORIO IRREDENTO de dicha provincia.

Este hecho reivindicativo se llevó a cabo en el Cabildo de Nicoya en el mismo recinto donde en 1824 se celebró la Anexión del Partido de Nicoya a Costa Rica. Este evento quedará para la posteridad, como un ejemplo de patriotismo y confianza en la democracia y sus instituciones.

El mismo fue y sigue siendo, una coadyuvancia social multitudinaria que trasciende en el tiempo. No se ve limitada por el sistema de la administración de justicia, puesto que, no está formateada bajo la rigurosidad legal, sino más bien, sobre la conciencia ciudadana. Jamás se ha visto en ningún proceso legal en la historia de Costa Rica, que todo un pueblo, coadyuve una acción legal y permanezca de pie esperando la resolución del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.

Esta década de tardanza del Tribunal Contencioso Administrativo para pronunciarse sobre dicho decreto, deja ver las grietas que tiene la administración de la justicia. Como pueblo, hemos estado expuestos por una década, a la vituperación de nuestros derechos por la lentitud del Poder Judicial, en temas tan cruciales como éste, es como negarle el salario del cual vive, a un trabajador o trabajadora por 10 años.

De ninguna manera la amnesia social, legal e histórica de un siglo como herramienta para el olvido, tendrá efecto en nosotros. Día tras día, vamos a estar recordándole y exigiendo al Poder Judicial, que seguimos esperando una acción legal resolutiva. La carencia de un repunte en la definición de una sentencia al respecto, atenta contra la credibilidad en el Poder Judicial, pero de manera superlativa, sobre la democracia costarricense.

La permanencia en nuestro status centenario como zona de rezago social, en gran medida se debe a la falta de acción del Poder Judicial, al negarse a realizar una acción legal decidida, para aclarar la situación de pertenencia provincial de la Región Sur, Península de Nicoya, planteada en el recurso contencioso del 2012.

Al darle largas a esta resolución sin sopesar las consecuencias negativas en el pan de cada día de miles de personas, se reafirma el irrespeto a los derechos promulgados por la Revolución Francesa de 1789 con la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos” haciendo énfasis en que: “la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del Hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los Gobiernos”.

Señores y Señoras jueces/juezas del Tribunal Contencioso Administrativo, 10 años para resolver el expediente 12-003638-1027-CA, ya no son de recibo para el pueblo de la Región Sur, Península de Nicoya. Les hacemos notoria la necesidad de utilizar una sostenibilidad legal referida a la temporalidad del ser humano, para enmarcar sus deliberaciones y decisiones. Los plazos sin límites de tiempo para resolver asuntos legales, solo propician escondrijos oscuros, donde se pueden ocultar los detractores de la justicia.

Aplicando el principio bíblico (Isaías 32-17), la obra de la justicia que Ustedes ejercen es la paz y los frutos de esa justicia en la población son: la tranquilidad y seguridad. Eso es precisamente de lo que nos ha despojado esa parsimonia del Poder Judicial, ante la falta de acción para resolver sobre el expediente supra mencionado.

Como pueblo patrón, les solicitamos que interpongan sus buenos oficios y no den más largas a la resolución de este conflicto que tiene en vilo los derechos de tantísimas buenas personas y ciudadanos ejemplares, pero indignados. “Justicia pronta y cumplida” una frase llena de contenido democrático, que se volvió retórica hueca.

El Poder Judicial debe revisar su mística y responsabilidad, mostrando un interés genuino por la administración de la justicia; dando un paso al frente, trabajando con responsabilidad y respeto por el pueblo a quien juraron servir.

No más subterfugios embelesadores, necesitamos que resuelvan el Pueblo se los pide.

Carta pública de Jubilados en Acción al Presidente de la República

Carta pública de la Asociación Jubilados en Acción al Dr. Rodrigo Chaves Robles
Presidente de la República

Estimado Señor Presidente:

Nos dirigimos a usted respetuosamente, como organización formal de jubilados del régimen transitorio de reparto del Magisterio Nacional (RTR), debidamente inscrita en el Registro Nacional, para solicitarle, la aplicación del ajuste a las pensiones por costo de vida que no hemos recibido desde hace tres años.

Somos, en este régimen de pensionados, 44 mil jubilados, adultos mayores quienes hemos visto socavados y violentados nuestros justos derechos por el Estado Costarricense.

Como es ampliamente conocido el 98.95% de los jubilados en este Régimen tienen pensiones que oscilan entre 100.000 colones y 4 millones de colones mensuales nominales; de los cuales, 35.000 jubilados tienen un monto menor a 1,5 millones de colones nominales. Sin embargo, esos montos nominales tienen cargas impositivas que se acercan al 50%, las que corresponden al impuesto de renta, una cuota básica, una segunda cuota solidaria (que puede llegar al 75% en las más altas), la cuota a la CCSS de salud y maternidad, la póliza de vida obligatoria, más una cuota del 5/1000 para la administración del régimen de JUPEMA.

Como puede verse en este resumen de la documentación que hemos hecho públicas desde hace meses atrás, nada menos que el 98.95% de los jubilados del RTR está dentro de los parámetros generalmente aceptados como UNA PENSIÓN JUSTA, para la que contribuimos durante toda nuestra vida profesional (que en muchos casos fue de 35 años o más). Muy distinto a lo que falsamente insisten los medios de comunicación y que ha influenciado erróneamente a la opinión pública.

Además, a este sector de jubilados, se les ha esquilmado las cuotas de su jubilación, desde el origen del Régimen, monto que hoy equivaldrían a más de CINCO BILLONES DE COLONES (11,5% respecto al Producto Interno Bruto) si el Estado hubiera creado el Fondo que nos correspondía y para el cual cotizamos, en un inicio, en 1958, con un 5% de los salarios docentes, más tarde con porcentajes crecientes y de hasta un 16% a partir de 1992. Ahora a pesar de haber sido víctimas de un desfalco, hemos tenido que soportar por DOS años, desde el mes de julio del 2020, el congelamiento de las pensiones.

Está ampliamente demostrado que la inflación durante ese periodo es de un 10%, de acuerdo al Índice de Precios del INEC. Con solo observar el incremento en el precio de los combustibles, el tipo de cambio y todo lo que eso conlleva, son suficientes ejemplos para demostrar el empobrecimiento real de la mayor parte de quienes pertenecemos al Régimen Transitorio de Reparto del Magisterio Nacional.

EN VISTA DE LO ANTERIOR, RESPETUOSA PERO VEHEMENTEMENTE SOLICITAMOS A USTED:

Se aplique de FORMA INMEDIATA lo estipulado en el Título IV, Capítulo II, Artículo 13, inciso “a”, de la Ley 9635 (conocida como ley de ajuste fiscal), que, si bien establece la prohibición del ajuste a las pensiones, explícitamente estipula en forma clara y contundente: “EXCEPTO EN LO QUE CORRESPONDE A COSTO DE VIDA”.

Lo anterior, pone en evidencia una violación más a nuestros derechos, que estamos seguros usted no querrá seguir cohonestando en su Presidencia y conforme a su estilo de gobierno, dará las instrucciones pertinentes a quien corresponde, para que ese incremento que está AUTORIZADO POR LEY, se aplique sin dilaciones.

Atentamente,
M.Sc. Yamilette Jenkins A.
Presidenta
Asociación Jubilados en Acción
Cédula Jurídica 3-002-794-493

El silencio de los inocentes

Por Memo Acuña (Sociólogo y escritor costarricense)

Pudo más la discusión de élites sobre el cierre de un complejo de entretenimiento, la defensa de cierta libertad de expresión que no asume la libertad de expresión completa y el pulso que, en palabras de Serrat, procuraba medir el tamaño no del cerebro, sino de otro órgano con el que se demuestra virilidad.

Pudo más ese escenario mediático y espectacularizado, que la peligrosa instalación en las últimas dos semanas de un núcleo recesivo en materia de poblaciones migrantes.

Pasó hace unos días en Guanacaste. Concretamente en la comunidad de El Silencio en Huacas de Santa Cruz. Una mujer, dos de sus hijos, un sobrino de esta y el cuñado de uno de los hombres, fueron acribillados a balazos.

Las autoridades dirían entonces que al parecer se trató de una equivocación en un ajuste de cuentas dirigido a personas que vivían anteriormente en la vivienda donde fueron cometidos los asesinatos. Tres de los hombres tenían un poco más de una semana de haber llegado de Nicaragua en busca de trabajo.

En medio del barullo de élites que todo lo ha copado, esta noticia pasó prácticamente desapercibida, como anecdótica fue la acción de discriminación que experimentó el jugador nicaragüense Byron Bonilla al negársele a salir con la bandera de su país a recibir su medalla de campeón del torneo de fútbol de primera división costarricense. La acción fue reparada, pero quedó marcada en la epidermis de Bonilla: “llevo la bandera de mi país adonde vaya”, respondería entonces el jugador al agravio.

Este escenario complejo para las relaciones de convivencia en un país que desde hace tiempo perdió su locus horizontal, tiene su correlato, como lo hemos dicho ya en varias ocasiones, en la producción y distribución de discursos que alimentan odios exacerbados y nacionalismos decimonónicos que asumen la defensa de una patria pétrea, descartando a quienes no son “ciudadanos legítimos”.

Pasó por alto el crimen de la familia nicaragüense en medio de la escaramuza interburguesa (acepción que tomo prestada de colegas con más experiencia que la nuestra en el análisis social), pero quizá lo más impactante haya sido el silencio colectivo sobre este hecho, una forma de desinteresarse por esos otros cuerpos que no importan.

Los núcleos duros de conservadurismo instalados ya en la sociedad costarricense deben ser contrarrestados con el reconocimiento de que todos, absolutamente todos, somos importantes para el desarrollo del país. Ya no más el silencio como política, ya no más inocentes en la primera línea de fuego.

Resolución 2022-0952 que anula condena a Carlos Andrés Pérez Sánchez

SURCOS comparte la Resolución 2022-0952 del TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, emitida a las dieciséis horas veinte minutos, del cuatro de julio de dos mil veintidós con la cual se anula la condena a Carlos Andrés Pérez Sánchez que había sido por un tribunal penal anterior y «se ordena el reenvío de la causa ante el Tribunal Penal de origen, para que con distinta integración proceda a resolver lo que legalmente corresponde». El documento fue remitido a este medio por la Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU). Puede descargar el PDF en el enlace que aparece abajo.

A la opinión pública nacional e internacional: anulada la sentencia que condenaba a Carlos Andrés Pérez Sánchez

A la opinión pública nacional e internacional: anulada la sentencia
que condenaba a
Carlos Andrés Pérez Sánchez
CARLOS ANDRÉS ES INOCENTE

Las organizaciones sociales, populares y sindicales manifestamos con satisfacción que en el pasado 15 de julio se dictamina la ANULACIÓN DE LA SENTENCIA CONDENATORIA EN CONTRA DEL JOVEN OBRERO CARLOS ANDRÉS PÉREZ SÁNCHEZ, víctima de la sistemática política de criminalización y judicialización de quienes ejercen el DERECHO HUMANO A LA PROTESTA SOCIAL en Costa Rica, quien fue detenido en el contexto de la Huelga contra el Combo Fiscal (2018). Sentencia que fue dictada por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, el pasado 22 de marzo de 2022, condenado por el supuesto “delito de atentado contra planta, conductores de energía y de comunicaciones, en perjuicio de la seguridad común.”

Este logro es fruto de la articulación de diversos sectores, actoras y actores sociales, populares y sindicalistas quienes, a nivel nacional e internacional que tenemos la total convicción sobre LA INOCENCIA DE CARLOS ANDRÉS; así nos unimos a él y a su familia incondicionalmente, desde el 2018 cuando fue detenido arbitrariamente 100 días en el centro penitenciario Sandoval, Limón.

Destacamos el recurso de apelación presentado por el licenciado José Miguel Villalobos Umaña en contra de la sentencia N°200-2022. Ante el cual, el Tribunal de Apelación dictamina lo siguiente:

(…) que cumple con los presupuestos necesarios para su adecuado conocimiento en orden al examen integral del fallo, tal y como lo exige el numeral 8.2h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. (…) Así las cosas, en virtud de todo lo expuesto, esta Cámara de Apelaciones considera que el fallo recurrido no se ajusta a los parámetros normativos establecidos en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, ni a lo estipulado en los artículos 1, 9, 142, 180, 182, 184 y 363 del Código Procesal Penal, siendo palpable un defecto formal en su fundamento fáctico, intelectivo y jurídico, lo que implica la ilegalidad de la condenatoria impuesta al imputado Carlos Andrés Pérez Sánchez. En consecuencia, se declara con lugar el recurso de apelación presentado por el licenciado José Miguel Villalobos Umaña, en su condición de abogado defensor del imputado Carlos Andrés Pérez Sánchez, por lo que se anula en su totalidad la sentencia impugnada, y se ordena el reenvío de la causa ante el Tribunal Penal de origen, para que, con distinta integración, proceda a resolver lo que en Derecho corresponde.

POR TANTO:

Se declara con lugar el recurso de apelación presentado por el licenciado José Miguel Villalobos Umaña, en su calidad de abogado particular del imputado Carlos Andrés Pérez Sánchez. En consecuencia, se anula en su totalidad el fallo recurrido, y se ordena el reenvío de la causa ante el Tribunal Penal de origen, para que con distinta integración proceda a resolver lo que legalmente corresponde. NOTIFÍQUESE. –”

(Firmada por el juez y juezas del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Edwin Esteban Jiménez González, Rosa María Acón y Laura Gabriela Murillo Mora. Expediente: 18-000244-1130-PE(12). Imputado: Carlos Andrés Pérez Sánchez. Ofendido: Refinadora Costarricense de Petróleo y otro. Delito: Atentado plantas conductoras de energía y comunicaciones. 17-07-2022)

Esta Anulación da fuerza para continuar junto a Carlos Andrés y su familia. A su vez, hacemos un llamado a todas las personas y organizaciones solidarias en lucha, a nivel nacional e internacional, recordando que este proceso judicial no ha concluido. SEGUIMOS EN ALERTA PERMANENTE vigilantes porque se garanticen los Derechos Humanos en Costa Rica y JUSTICIA PARA CARLOS ANDRÉS Y TODAS LAS PERSONAS VÍCTIMAS DE CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL EN COSTA RICA.

SEGUIMOS EN PIE DE LUCHA PORQUE ESTE PROCESO JUDICIAL CONTINÚA
CARLOS ANDRÉS ES INOCENTE

XIII Encuentro Poesía Café sin Azúcar – Festival Dionisio Cabal Vive. Escazú 2022

El décimo tercer Encuentro de Poetas y No Poetas Café sin Azúcar 2022, le invita a ser parte del Festival Dionisio Cabal Vive, el próximo sábado 13 de agosto, de 9:00 a.m. a 10:00 p.m. en el Centro Cívico de Escazú.

Para más información, puede ponerse en contacto al número 8313 4828.

 

Compartido con SURCOS por Buen Vivir Costa Rica.

Trilogía Latinoamericana. Orígenes de la exclusión en América Latina: primera parte

La serie “Trilogía Latinoamericana” presenta la visión de PRISMA Latinoamericana en cuanto a la exclusión en América Latina desde 3 puntos:

  1. Causas y orígenes.
  2. Obstáculos estructurales y políticos que impiden la inclusión y el desarrollo de poblaciones excluidas.
  3. Construcción de senderos.

En esta entrega, se explica las causas y orígenes de la exclusión y desigualdad en América Latina, de las cuales, se parte de las implicaciones por la conquista de la región a manos de los países europeos, quienes establecieron relaciones de poder y dominación étnica, además, se indica que la pobreza, las caravanas de migrantes, el desempleo, las personas excluidas y la corrupción que aqueja a los Estados y naciones americanas, tienen un asidero en el desequilibrio de pesos e influencias sociales con el que se constituyó los Estados nación y la organización productiva.

De igual forma, esta primera parte de la trilogía hace alusión al proceso de sublevación de la corona española por parte de los criollos latinoamericanos; proceso del cual surgieron los diferentes Estados nación que se encuentran actualmente en la región, no obstante, a pesar de haber obtenido la independencia del reino español, se continuó con un régimen centralista que defendía los intereses de los actores más poderosos que conformaban dichos Estados, lo cual se puede observar actualmente en los Gobiernos de América Latina.

Le invitamos a ver el documental completo:

 

Compartido con SURCOS por PRISMA Latinoamericana.

Los territorios indígenas son exclusivos para estos pueblos

Comunicado Público

Resoluciones que ordenan el desalojo de personas del pueblo Bribri de Salitre son contrarias al bloque de constitucionalidad y violentan los derechos humanos de los Pueblos Originarios.

Funcionarios judiciales serán denunciados por prevaricato

Miércoles 13 de julio de 2022. La Ley Indígena 6172, el Convenio 169 de la OIT, jurisprudencia de la Sala Constitucional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconocen que los Territorios indígenas son exclusivos para estos Pueblos.

Es reiterada la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la que reconoce la importancia que para los Pueblos Originarios tienen la tierra – territorio y la necesidad y obligación de parte de los Estados de garantizar ese derecho a estos pueblos “Los indígenas por el hecho de su propia existencia tienen derecho a vivir libremente en sus propios territorios; la estrecha relación que los indígenas mantienen con la tierra debe de ser reconocida y comprendida como la base fundamental de sus culturas, su vida espiritual, su integridad y su supervivencia económica” (Caso de la Comunidad Mayagma (Sumo) Awas Tingni Vs. Nicaragua, sentencia de 31 de agosto de 2001).

También la Sala Constitucional ha reconocido el derecho de los Pueblos originarios a sus territorios como un derecho fundamental “Los grupos de personas pertenecientes a las comunidades autóctonas tienen el derecho de vivir en las tierras donde históricamente han estado asentados, y el Estado debe garantizar plenamente el disfrute de este derecho fundamental” (Res: 2002-03468 del dieciséis de abril del dos mil dos.)

Por su parte el Convenio 169 de la OIT que Costa Rica ratificó desde el año 1993 y por tanto es parte de nuestro Bloque de Constitucionalidad y Derecho Indígena, sobre este tema y  en lo que interesa establece: “Artículo 14 1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan… 2. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión. 3. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados»

La Ley Indígena 6172 de 1977 que en su artículo 2 establece “Declárese propiedad de las comunidades indígenas las reservas mencionadas…” y el numeral 3 indica “Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan.  Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas.  Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas.  Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas,  entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo,  con las consecuencias legales del caso.” 

Pese a lo contundente de la normativa y jurisprudencia referida existen tres resoluciones judiciales que ordenan el desalojo contra las familias recuperadoras del Pueblo Bribri de Salitre, emitidas por el Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires (Materia Agraria) mediante sentencia 40-2021 del 30-6-21 y Ejecución de Sentencia del 22-6-22 y el voto N.373-F-22 del Tribunal Agrario del segundo Circuito Judicial de San José en un proceso interdictal que se conoce en el expediente 19000045-655-AG-2.

Las personas Bribris que recuperaron la finca Kapleña, en Puente de Salitre desde el 2 de noviembre de 2019, fueron representadas judicialmente por personal de la Defensa Pública, quienes actuaron de forma poco diligente, sin el consentimiento de la totalidad de las y los recuperadores  y con poco conocimiento de los derechos humanos que asisten a los Pueblos Originarios, lo que causó indefensión a las y los demandados.

Insisten el Tribunal Agrario, aun reconociendo que el terreno en litis está dentro del Territorio Brirbi de Salitre, que las y los recuperadores son Bribris y que el actor Edwin Guevara no es indígena, que estas órdenes de desalojo “en nada afectaría el derecho de propiedad y posesión indígena, pues solo se tutela la posesión actual momentánea sea ésta ilegítima o no”; por lo que se estaría reconociendo una posesión ilegítima  e ilegal desde sus orígenes; basando su resolución en criterios exclusivamente de orden civil y desconociendo y dejando sin aplicación el Derecho Indígena.

Las y los recuperadores decidieron desistir de la representación judicial de la Defensa Pública y serán representados por un  abogado privado y en estos días estarán presentando en tiempo y forma los acciones judiciales pertinentes para evitar el desalojo y también se estará denunciando a funcionarios del Juzgado y Tribunal mencionados por el presunto delito de prevaricato, de acuerdo al artículo 357 del Código Penal “Se impondrá prisión de dos a seis años al funcionario judicial o administrativo que dictare resoluciones contrarias a la ley o las fundare en hechos falsos.”

¡Justicia para Sergio, Jerhy y los pueblos originarios!

Concejo Ditsö̀ Irìria Ajkö́nu̱k Wakpa (CODIAW).

Coordinadora de Lucha Sur Sur (CLSS).

https://www.facebook.com/111882987093775/posts/557116465903756/

Imagen ilustrativa.

Invitación al programa “Defensa de ojo de agua y el río La Fuente”

Radio Universidad, Kiosco Socioambientales y la Escuela de Ciencias Políticas le invitan este miércoles 20 de julio a partir de las 5:00 p.m., al programa Voces y Política, donde se abordará el tema sobre “Defensa de ojo de agua y el río La Fuente”.

Se contará con la participación de Marvin Venegas, síndico de San Rafael de la Municipalidad de Alajuela, Nina Garrigues del Comité Pro-Defensa del Agua y Ulises Araya, regidor de la Municipalidad de Belén.

Escúchelo en Radio Universidad por la 96.7 FM, véalo a través del Facebook https://www.facebook.com/radiouniversidadcr o bien, a través de Kioscos Socioambientales: https://www.facebook.com/vocesypoliticaucr/photos/a.1053758087994754/5219023318134856/

VII Encuentro Binacional 2022

Comunicado de prensa

Del 11 al 13 de noviembre se realizará el VII Encuentro Binacional 2022, en modalidad presencial.

  • VII Encuentro Binacional tendrá más de 70 personas emprendedoras del sector turismo rural, arte y folklore.
  • Expositores expertos en temas de bioseguridad para turismo rural, producto turístico, hábitos empresariales, raíces del folklore panameño y otros.
  • Emprendimientos del cantón de Corredores e invitados de los cantones vecinos también recibirán capacitaciones gratuitas y otros beneficios.
  • Visitas de todas las redes, premios para los visitantes, base de datos para dar a conocer sus productos.
  • Promoción en las páginas de redes sociales.
  • Transmisión en cadenas nacionales de televisión y televisión local.
  • Canales de redes sociales como Instagram, Youtube y otras plataformas.

Con el fin de ayudar a las pequeñas y medianas empresas que han resultado afectadas económicamente durante este 2020,2021 y aún en el 2022 nuestros grupos de turismo rural de Corredores, Coto Brus por Costa Rica y Chiriquí por Panamá, realizará este Encuentro para socializar sus empresas y emprender con nuevas expectativas.

Por 3 días, cerca de 70 emprendedores y emprendedoras de diferentes sectores tendrán la posibilidad de exponer sus creaciones y promocionar sus productos de manera presencial y virtual. 

Los emprendimientos nacientes tendrán una mención especial, ya que nuestro objetivo es no excluir sus ideas. El Encuentro se realizará del 11 al 13 de noviembre, tiempo límite para la inscripción 17 agosto. Los interesados llenar el formulario: https://forms.gle/s2zvAaoDgkNnbkJL6

Se incluirá exposiciones de bisutería, joyería, turismo, zapatería, pinturas, hoteles, empresas en general moda y accesorios; servicios como talleres y clases.

Los empresarios participantes han sido invitados por medio de una convocatoria abierta en redes sociales, cada uno contará con logo de la empresa, imágenes, videos, conexión a sus redes sociales, catálogo de productos y formas de contacto. 

“Como asociación solidaria y comprometida con el desarrollo de nuestro cantón y región es también nuestro deber apoyar e impulsar el progreso y la competitividad de nuestros emprendedores y de las pymes, pues cuando les brindamos colaboración para reactivar la economía y la de la comunidad en general y con ello, contribuimos con nuestro granito de arena; por ese motivo este tipo de encuentros son tan importantes para nosotros”, Lic. Ericka Gómez Pérez, coordinadora general del Encuentro Binacional. 

Con la Colaboración de Colosal TV y Radio son aliados fundamentales y Tienda Online Moritas Atelier, Grupo de Mujeres Emprendedoras.

También habrá talleres de manualidades y otras actividades a disposición del público en general. Los expertos transmitirán en vivo y además, se quedarán sus charlas a disposición en nuestro canal de YouTube.

Nota: Extendemos la invitación a los empresarios aledaños y a nuestros Municipios de Barú, Renacimiento (Chiriquí Panamá), Coto Brus / Corredores (Costa Rica) que se hagan presentes y nos contacten.

Otras Entregas:

ASOGUITU y Arte y Cultura Binacional la revista digital y sitio web de emprendimientos; somos también organizadores de otros encuentros de artesanos y emprendimientos en general ya por 7 años consecutivos.

Por lo que la experiencia dicta que se debe seguir apoyando a las y los emprendedores, empresarios privados, así como las ideas innovadoras de este Cantón Binacional Corredores – Chiriquí .2022

Comunicado para la prensa 

asoguitcorredores@gmail.com

506-70165572 / 507-69267250

erickagomezperez@gmail.com                                  

info@arteyculturabinacional.com