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Día Internacional del Manglar en la Península de Osa

Trabajando por la Conservación Comunitaria del ecosistema del manglar

Día Internacional del Manglar en la Península de Osa

Osa, Puntarenas, 26 de julio de 2014. La Escuela de Boca de Sierpe y el Centro de Estudios y Empoderamiento Comunal Álvaro Wille Trejos, de Fundación Neotrópica en la Comunidad de Agua Buena en Osa, sirvieron de escenario para que las organizaciones y autoridades locales se reunieran con el Vice Ministro Fernando Mora Rodríguez, a fin de participar en la toma de decisiones para la implementación del Plan de Manejo del Humedal Nacional Térraba Sierpe y la conservación comunitaria de los manglares del Golfo Dulce.

Día Internacional del Manglar en la Península de Osa2

Representantes de las instituciones y organizaciones locales, lograron consensuar en la necesidad de una participación activa en el plan de manejo, útil para la regulación que la región requiere.

En horas de la tarde, en el Centro de Estudios y Empoderamiento Comunal Alvaro Willie Trejos se realizó el Diálogo «Modelos de Conservación Comunitaria en el Área de Conservación Osa», una actividad que contó con la presencia de las asociaciones de pescadores y piangueros locales, representantes de la comisión marítima, entre otros actores relevantes.

Dicha actividad permitió resolver muchas dudas y preguntas en busca de la construcción de un modelo de conservación comunitaria para la región de Osa.

Para el sábado 26 de julio se programó la celebración del Día Internacional de los Manglares, así como la visita de la Vice Ministra de Juventud Elena Quesada y del Vice Ministro de Agua, Mares, Costas y Humedales, a los viveros de mangle fruto del trabajo de Fundación Neotrópica con la Asociación de Pescadores y Piangueros del Golfo Dulce (ASOPEZ). Esto es parte del Programa Carbono Azul Comunitario, un modelo de conservación comunitario reconocido internacionalmente.

Día Internacional del Manglar en la Península de Osa3

Como cierre se organizó una obra de teatro y otras actividades relacionadas con los manglares, así como una reforestación simbólica de mangles en el Golfo Dulce. Esto a cargo de la Escuela de la Comunidad de El Campo de Agua Buena.

Bernardo Aguilar, director ejecutivo de Neotrópica, comentó: «Esta visita ha sido ejemplo de que cuando se tiene voluntad política, las comunidades responden con trabajo y esfuerzo para luchar por un verdadero desarrollo socio-ambientalmente justo y sostenible». «Es vital que desde el gobierno se favorezca la protección de las iniciativas locales y de las formas asociativas de organización, con modelos de gestión que permitan la sostenibilidad jurídica de las mismas en sus acciones por la conservación y uso sostenible de estos ecosistemas».

 

Fotografías: Tony Villalobos, Fundación Neotrópica.

 

Información enviada a SURCOS por Karla Córdoba Brenes, Fundación Neotrópica.

La R de Rechazar significa un cambio en el estilo de vida

Estamos de acuerdo con la Moratoria Nacional de Actividades de Transformación Térmica de Residuos Sólidos Ordinarios

A las autoridades de MINAE, Ministerio de Salud, Cámara de Comercio e Industrias, entre otros, planteamos lo siguiente…

La R de Rechazar significa un cambio en el estilo de vida2

Estamos de acuerdo con la posición del Ministro del MINAE y la señora Ministra del Ministerio de Salud. Sin embargo y gracias a la sugerencia del Dr. Sherman Thomas, doctor en química, desde YISKI hemos promovido la R de Rechazar desde el año 1992, además de las que se conocen a nivel mundial como reducir, reutilizar y reciclar.

La R de Rechazar significa toda una filosofía de un cambio de estilo de vida para una más respetuosa y compatible con la Vida, como practicar lo que llaman: «la simplicidad voluntaria».

Dicha R fue eliminada del borrador de la actual Ley de Residuos No. 8839 por algunos industriales por considerarla «muy agresiva», sin tomar en cuenta que quiénes son los agresivos y agresivas son las mismas empresas que no quieren eliminar de sus prácticas insostenibles, por ejemplo, los empaques que en el país no se pueden reciclar o que tienen más de una capa de materiales como aluminio, plástico, etc., los cuales usan en exceso recursos naturales que no son renovables, que gastan mucha energía en todo el proceso y que además, contaminan el agua, aire, suelo como si fuera poco.

Debemos de ser más exigentes, junto al Estado, con las industrias que usan en exceso el plástico, aluminio, entre otros metales y materiales, de lo contrario estaremos girando en un mismo sitio por décadas, como hasta la fecha lo hemos hecho.

Continuar quemando, -como sucede en las comunidades rurales de todo el país-, enterrando o cualquier forma de incineración de la basura o residuos nunca será la solución.

¡Esperamos cambios positivos!

La R de Rechazar significa un cambio en el estilo de vida

Ma. Elena Fournier S.

Presidenta. Asociación Conservacionista YISKI, teléfono 2297 0970

 

Ilustraciones:www.ecoclimatico.com y Asociación de Voluntarios para el Servicio de las Áreas Protegidas

 

Información enviada a SURCOS por Ma. Elena Fournier S.

ARAndo Sueños: convocan a talleres de seguimiento y revisión

ARAndo Sueños - convocan a talleres de seguimiento y revisión

La Alianza de Redes Ambientales –ARA- invita a participar en los talleres de seguimiento y revisión de la propuesta ARAndo Sueños, producida participativamente durante el año 2013, y que pretende dar solución a la crisis ambiental.

Además se estarán tratando otros temas primordiales y urgentes para las regiones, que están poniendo en riesgo el ambiente y el acceso al agua de las poblaciones. Estos talleres también tienen el objetivo de conocer y reaccionar respecto a la propuesta de Política Nacional de Biodiversidad, uno de los ejes estratégicos priorizados en ARAndo Sueños a partir del proceso de encuentros regionales y nacionales que desarrollamos desde el año pasado.

 

Los talleres se realizarán en las siguientes fechas:

ZONA NORTE: URCOZON (Cuidad Quesada) – Sábado 26 de julio

GAM: Hotel Aurola Holiday Inn – (San José) – Jueves 31 de julio

ZONA SUR: Longo Mai (Buenos Aires) – Sábado 2 de agosto

 

Se inicia a las 8:30 am y se trabaja hasta las 4 pm.

 

ARA espera una amplia asistencia “ya que sus opiniones y puntos de vista son fundamentales para construir una estrategia de incidencia que venga desde las comunidades y que asegure la preservación de nuestros recursos naturales para las presentes y futuras generaciones, lo cual representa una gran oportunidad de incidencia para el movimiento ambiental”.

 

Para más información por favor comunicarse al 8872 4954 o al correo hmurilloq@gmail.com

Por la Alianza de Redes Ambientales ARA (FANCA, FECON, Encuentro bajo la Ceiba, ANDA)

 

Información enviada a SURCOS por Heidy Murillo Quesada, UNOVIDA/FECON

Moratoria de transgénicos: Red de Biodiversidad circula carta abierta para diputadas y diputados

Carta abierta Red de Biodiversidad

Ilustración: El movimiento social costarricense ha dado una lucha constante por la semilla criolla, el derecho del campesinado a cultivar la tierra sin ataduras a intereses transnacionales, la soberanía alimentaria, la salud, y la seguridad alimentaria y nutricional.

La Red de Biodiversidad circuló una carta abierta dirigida a las diputadas y diputados para ofrecer elementos adicionales en relación con el Proyecto de “Ley de Moratoria Nacional a la Liberación de Cultivos y Organismos Vivos Modificados (Transgénicos)”.

La abundante información contenida en el documento, busca complementar la ya amplia fundamentación del proyecto.

Entre otros datos, el escrito sugiere consultar el enlace http://cjoo.cil/iymWZH con “poco más de 700 documentos, ordenados en 24 carpetas con temas específicos en los cuales de dan referencias de las condiciones negativas de los transgénicos.

Asimismo recomienda consultar el vínculo http://goo.gl/ncmH65 donde “podrán encontrar artículos relevantes de tener en cuenta en la valoración que puedan llegar a hacer sobre este importante tema, de cuyo contenido se destacan los siguientes puntos:

 

1- Que el marco jurídico costarricense actual respalda, sin lugar a dudas, todas las medidas que se hagan tendientes a aplicar los principios Precautorio (analizado ampliamente en el Voto n° 5893-95 de la Sala Constitucional) y Preventivo (analizado en las sentencias n° 83-2013 y n° 41-2013 del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección lv).

2- Que, de acuerdo a nuestra normativa jurídica, el Estado tiene entre sus tareas el deber de garantizar el aprovechamiento racional de los recursos en armonía con el medio ambiente, orientado a la protección de la salud humana, el equilibrio natural, económico y social.

3- Que además de las reformas legales que pudieran plantearse en un futuro en esta materia, es necesaria una valoración exhaustiva de los costos e impactos negativos ambientales, sociales y económicos que ha venido produciendo en otros países la liberación de organismos vivos modificados liberados al ambiente (OVMLA), lo cual no se ha hecho a la fecha. A manera de ejemplo se citan los titulares de noticias internacionales recientes en torno a los efectos negativos que se han venido dando sobre la comercialización de productos derivados de cultivos transgénicos. Entre ellos:

– 26 países bloquearon importaciones tras encontrar indicios de OMG (13 de marzo de 2014). En este artículo se dan a conocer parcialmente los resultados de una encuesta realizada por la FAO, la cual revela, entre otros aspectos que: Los encuestados señalaron 198 incidentes de niveles bajos de cultivos transgénicos mezclados con cultivos no modificados genéticamente, entre 2002 y 2012; se produjo un brusco aumento de casos entre 2009 y 2012, cuando se reportaron 138 de los 198 incidentes; los envíos con niveles bajos de cultivos transgénicos se originaron principalmente en EEUU, Canadá y China, aunque otros países también realizaron este tipo de envíos de forma accidental; una vez detectados, la mayoría de los envíos fueron destruidos o devueltos al país exportador; el mayor número de incidentes afectó a la linaza, arroz, maíz y papaya.

– México exporta 80% de la miel que produce a la Unión Europea. Alemania ya la rechazó por contener trazas de transgénicos” (10 de febrero de 2014.

– Alemania rechaza transgénicos argentinos (4 de febrero de 2014).

– China rechaza más maíz de Estados Unidos debido a transgénicos (6 de enero 2014).

– China rechazó 1,45 millones de toneladas de maíz transgénico (14 de abril, 2014).

La carta abierta enviada por la Red de Biodiversidad, continúa enumerando otros artículos aparecidos en distintos medios.

4- Que después de 20 años de haberse liberado al ambiente, únicamente 27 países los han aceptado. Según los datos del 2013, proporcionados por la misma industria agrobiotecnológica, este número de países ha venido descendiendo, cuando se ve que en el 2011 eran 29 y en el 2012 fueron 28. Adicionalmente hay que destacar que de estos pocos países únicamente cinco de ellos abarcaron el 90% deI área sembrada con este tipo de cultivos. Es posible que esta tendencia se mantenga en la medida que se hagan más evidentes los efectos negativos que se han venido presentando en estos pocos países que los han aceptado. No menos importante es la oposición creciente que se ha venido dando por parte de la ciudadanía informada en este tema, que requiere que al menos se respete el derecho de los consumidores a saber lo que consumen, por medio de la exigencia del etiquetado, tal y como lo están implementando a la fecha poco más de 60 países en el mundo.

5- Que las normas de bioseguridad (por estrictas que sean) no pueden frenar la contaminación genética entre organismos vivos modificados liberados al ambiente (OVMLA) y aquellos que no los son, puesto que ésta es una consecuencia inevitable de la liberación de este tipo de organismos al ambiente, como se ha venido documentando en el Registro Internacional de Contaminación Transgénica.

Por otra parte, y como lo reconoce el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente en sus informes GEO3 y GEO4:

– “La posibilidad de que genes modificados pasen descontroladamente de una especie a otra es un riesgo real, ya que los genes naturales lo hacen con frecuencia en la naturaleza (….). Uno de los peligros principales es que esta intromisión afecte sus características, poniendo en peligro una biodiversidad que es fundamental para la seguridad alimentaria de la humanidad”. (el destacado no es del original)

– “Los puntos negativos serían los costes más elevados para los agricultores, la dependencia con respecto a grandes multinacionales y productos agroquímicos específicos, así como el hecho de que, con el paso del tiempo, la hibridación causará la completa desaparición de los cultivos no GM”. (el destacado no es del original)

En este contexto es importante volver a repasar los considerandos y razonamientos que en su momento hicieron por escrito múltiples instancias en nuestro país cuando se pronunciaron en su momento en contra del otorgamiento del permiso de liberación al ambiente de tres variedades de maíz transgénico en nuestro país. Entre estas pueden citarse las siguientes: Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos, Consejos Universitarios de las cuatro universidades públicas (UCR, UNA, ITCR, UNED), UPANACIONAL, Cámara Nacional de Fomento a la Apicultura, Movimiento de Agricultura Orgánica Costarricense (MAOCO), Defensoría de los Habitantes, Mesa Nacional Indígena, y otros actores de la sociedad civil, e incluso gubernamentales, los cuales puede verse en el siguiente enlace: (httn://cioo.gl/eUEFGn). Aquí es importante también traer a colación algunas de las recomendaciones y consideraciones emitidas años atrás por parte del Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica relacionadas con esta materia que, entre otros aspectos, cita lo siguiente:

“Debe evitarse el contacto no controlado entre el ambiente y los organismos genéticamente modificados y no como lo indica el Protocolo de Cartagena: (…) debe evitarse hasta donde sea posible (…), lo que es inadmisible en materia de conservación de la diversidad biológica, (…) “.

“La conservación in sito y ex situ de los recursos genéticos es esencial para preservar intactas las especies nativas de cada zona geográfica, ya que en este ámbito existen importantes vacíos de conocimientos científicos relacionados con los efectos de los factores externos sobre los ecosistemas y los efectos a largo plazo en el ambiente.”

“Las decisiones políticas deben basarse en prioridades sociales, especialmente en el marco social y la base ética para el desarrollo y las diferentes aplicaciones de las nuevas ciencias y tecnologías.”

“El hecho de que la evidencia científica y las evaluaciones de control de riesgo indiquen que la producción y consumo de alimentos genéticamente modificados no representan un riesgo potencial contra la biodiversidad y la salud humana o animal hasta el momento, no quiere decir que esta situación se mantenga en el futuro (…)“.(destacados no son del original).

6- Que se puede afirmar que los OVMLA son una clara amenaza para la biodiversidad, por la sencilla razón de que ignoran las relaciones ecológicas, como lo han venido demostrando diversos estudios científicos independientes que muestran en forma concreta las fallas e incertidumbres existentes alrededor de este tema en materia de bioseguridad htt://goo.gl/A12ciJp). Como lo recuerda Eduardo Gudynas (2002), los sistemas ambientales poseen relaciones no-lineales, que no necesariamente están en equilibrio, e incluso que pueden ser caóticos. Por lo tanto, hay que reconocer que existen serias limitaciones para poder pronosticar los efectos de las modificaciones e impactos sobre los ecosistemas por parte de los OVMLA, tanto en los efectos, como en las escalas de tiempo y espacio consideradas. En la actualidad la ciencia propone que los ecosistemas no sólo son más complejos de lo que se pensaba, sino que son más complejos de lo que podemos pensar, estableciéndose así un límite cognitivo a nuestra comprensión científica.

7- Que los acuerdos de poco más del 90% de los concejos municipales del país, al declararse territorios libres de semillas y cultivos transgénicos, son un contundente acto de sabia acción ciudadana que señala una clara voluntad de la gran mayoría de los gobiernos locales de Costa Rica de cerrar las puertas a los OVMLA. Nuestros legisladores deben entender esta situación como una señal clara y democrática de la voluntad popular sobre el tema en cuestión, donde el interés nacional debe prevalecer sobre el interés privado.

8- Que este proyecto de ley, al declarar en su artículo 4: “de interés público y nacional el fomento de prácticas agroecológicas”, va en concordancia con las conclusiones y recomendaciones que han emitido en los últimos años diversos informes elaborados por expertos internacionales en materia de producción de alimentos, como por ejemplo:

– El Informe que lleva el sugestivo titulo “Despertar antes de que sea demasiado tarde”, en el que participaron más de medio centenar de expertos internacionales, y publicado por la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo en el 2013 (http:Ilgoo.gl/lzS7yv), en el capítulo dedicado a los cultivos transgénicos concluye, entre otras cosas, con lo siguiente:

– ‘La agricultura industrializada es insostenible y los ajustes tecnológicos basados en la ingeniería genética no han sido capaces de obtener los Objetivos de Desarrollo del Milenio [de la ONU]. Por el contrario, han introducido productos que restringen la innovación de los agricultores, la conservación in situ de la biodiversidad, y el acceso al germoplasma adaptado localmente.” (…)

– ‘Los modelos de agricultura alternativos, tales como la agroecología, han demostrado el potencial para reducir la pobreza, aumentar la segundad alimentaria, y reducir la huella ambiental agrícola, porque estos aumentan la resiliencia ecológica de los agroecosistemas, reducen el uso de insumos externos, incrementan los ingresos de los agricultores, y están basados en tecnologías que son entendidas, implementadas y mejoradas por la mayoría de los agricultores pobres y de subsistencia”.

– El informe del Sr. Oliver de Schutter, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación presentado ante el Consejo de Derechos Humanos en el 16° período de sesiones, hacer ver entre otros aspectos que (httD://cloo.cil/DZRLxh):

“Basándose en un extenso examen de las publicaciones científicas especializadas divulgadas en los últimos cinco años, el Relator Especial concluye que la agroecología es un modo de desarrollo agrícola que no sólo presenta fuertes conexiones conceptuales con el derecho a la alimentación sino que, además, ha demostrado que da resultados para avanzar rápidamente hacia la concreción de ese derecho humano para muchos grupos vulnerables en varios países y entornos. Por otra parte, la agroecología ofrece ventajas que se complementan con enfoques convencionales más conocidos, como la selección genética de variedades de alto rendimiento, y contribuye enormemente al desarrollo económico más amplio.”

“El presente informe sugiere que la propagación de las prácticas agroecológicas puede aumentar al mismo tiempo la productividad agrícola y la seguridad alimentaria, mejorar los ingresos y los medios de sustento de la población rural y contener e invertir la tendencia a la pérdida de especies y la erosión genética”.

“Las políticas de apoyo a la agricultura tenían como objetivo orientarla hacia la agricultura industrial. Ahora es necesario que ahí donde sea posible se orienten hacia la agroecología”.

– El informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) “Biotecnología moderna de los alimentos, salud y desarrollo humano: estudio basado en evidencias” http://goo.gl/HY6cl) hace ver, entre otros aspectos, lo siguiente:

“Transformar los sistemas agrícolas de los agricultores rurales introduciendo tecnologías que integren procesos agroecológicos en la producción alimentaria mientras se minimizan los efectos adversos para el medio ambiente, es fundamental para la agricultura sostenible” (p. 41).

A conclusiones similares llegaron los poco más de 400 expertos internacionales que participaron -durante casi cuatro años- en la elaboración del informe intitulado “Evaluación Internacional del Papel del Conocimiento, la Ciencia y la Tecnología en el Desarrollo Agrícola (IAASTD)”, respaldado y copatrocinado por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (GEF), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Banco Mundial y la Organización Mundial de la Salud (OMS) (http:/kioo.gl/Xcti94, http://goo.gl/QmYSn).

A manera de conclusión podemos decir que con la aprobación de este proyecto de ley vendríamos a reafirmar y demostrar que somos congruentes con la marca país con que aún somos reconocidos a nivel mundial, a saber, la de ser un país “Sin Ingredientes Artificiales” (http:I/goo.glIp4T3mu), lo cual —sin duda- seguirá facilitando la aceptación de nuestros productos de exportación, especialmente en estos momentos, donde se viene presentando una oposición creciente a este tipo de cultivos y alimentos, tanto por parte del movimiento campesino internacional como de los consumidores informados en esta temática (http://goo.gIIY9IPO5).

Con base en todo lo anterior, y anteponiendo los intereses públicos de nuestra sociedad costarricense frente a los de unas cuantas empresas privadas, podrán observar y concluir que hay razones más que justificadas para apoyar decididamente la aprobación de este proyecto de ley.

Sin otro particular, quedando a sus órdenes para cualquier información adicional que requieran sobre esta temática, y agradeciendo de antemano la atención prestada a esta nota, se suscribe de ustedes con toda consideración,

cc. Medios de comunicación colectiva.

Organizaciones gubernamentales y no gubernamentales.

Archivo (1).

Información enviada a SURCOS por Claudia Calvo

Gestión Integral del Riesgo: IV Curso Internacional

Gestión Integral del Riesgo

Del 17 al 28 de noviembre de 2014 se realizará en el CATIE, Turrialba, el IV Curso Internacional Gestión Integral del Riesgo.

 

Se propone “introducir a profesionales y técnicos de cualquier especialidad en el análisis y reconocimiento de las situaciones del peligro derivado de los procesos naturales potencialmente destructivos, del análisis de la vulnerabilidad socioeconómica y ambiental y el conocimiento de opciones, medidas, procedimientos, planes y acciones dirigidas a enfrentar y reducir el riesgo ante las amenazas naturales y socio-naturales, mediante una mayor resiliencia social, ambiental y económica”.

 

Para más información puede visitar el siguiente enlace: http://catie.ac.cr/attachments/article/426/Curso%20Gestion%20de%20riesgo.pdf

 

 

Información enviada a SURCOS por Sergio Mora Castro

Las comunidades garífunas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos: una breve perspectiva

Nicolás Boeglin

Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR)

Durante esta semana que concluyó, se celebraron las audiencias ante los jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación al caso que opone a la comunidad garífuna del Triunfo de la Cruz al Estado de Honduras: se trata de uno de los varios casos que oponen la comunidad garífuna al Estado hondureño desde varios años (Nota 1). Un estudio sobre la cultura garífuna isleña de Honduras ya advertía hace unos años que: “/…/  debo decir que, las organizaciones garífunas hondureñas, no reciben impuestos, no sustituyen al Estado, ni a las municipalidades del país; únicamente luchan por una sociedad incluyente, participativa, justa, libre de racismo y con igualdad de oportunidades para todas y todas. El Estado hondureño, está llamado a corregir las inequidades históricamente producidas, dado que las comunidades deben ser y son sujetas de las decisiones y de los cambios” (Nota 2).

En esta semana se observó la presencia de unos 70 integrantes de la comunidad garífuna que participaron en las audiencias o apoyaron a sus líderes durante estos días en San José.

La lucha de las comunidades garífunas:

Si bien la distribución geográfica de la población garífuna (estimada en unas 600.000 personas) incluye a Belice, Guatemala, Honduras y Nicaragua,  es la comunidad de Honduras la que ha recurrido con mayor regularidad a instancias internacionales para intentar hacer valer sus derechos. La controversia en relación a la comunidad del Triunfo de la Cruz surgió debido a varios proyectos impulsados desde hace muchos años por Honduras para atraer inversión extranjera en esos territorios ancestrales del pueblo garífuna. Estos proyectos consisten en crear infraestructura turística y promover actividades comerciales, crear las denominadas “ciudades modelo”, decretar una área protegida y proceder al traspaso de tierras a un fideicomiso Estado/inversionistas extranjeros: estos proyectos de diversa naturaleza se hicieron, según los peticionarios garífunas  (quienes agotaron pacientemente una tras una las vías jurisdiccionales hondureñas antes de acudir al sistema interamericano) sin respetar algunos de sus derechos históricos sobre estos territorios.  En el 2012, la Comisión Interamericana constató que: “ A partir de 1990, la situación se agravó notoriamente frente al otorgamiento por parte de autoridades públicas a grupos empresariales de turismo y a particulares de títulos de propiedad sobre áreas poseídas por la Comunidad, lo que dio lugar a que organizaciones comunales y nacionales garífunas realizaran una serie de acciones orientadas a denunciar las violaciones de las cuales eran víctimas y a reivindicar sus tierras ancestrales ./…/  En particular, los hechos denunciados refieren lo siguiente (i) las consecuencias de la ampliación del radio urbano del Municipio de Tela en relación con el Proyecto Marbella, el Sindicato de Trabajadores del Municipio de Tela y la Cooperativa el Esfuerzo; (ii) la injerencia de la Municipalidad de Tela en la creación y permanencia de una Junta Directiva paralela del Patronato de la Comunidad; (iii) la planificación y ejecución de proyectos turísticos; (iv) la creación del área protegida Punta Izopo; y (v) los hostigamientos, amenazas y asesinato de autoridades, líderes y lideresas de la Comunidad por actividades en defensa de su territorio ancestral “ (Informe 76/12 de la Comisión, caso 12.548, párr. 98-100).  En otro ámbito, que evidencia de igual manera la poca atención de las autoridades en relación a los reclamos de las comunidades garífunas (pero a su vez la determinación de las comunidades garífunas hondureñas), un Panel del Banco Mundial debió, en el 2006, ordenar una investigación en relación a un proyecto crediticio por más de 25 millones de US$ impulsado por el Estado de Honduras (quién no procedió a consultar a las poblaciones garífunas y medir el impacto sobre estas). Se lee en el informe sobre admisibilidad (ver texto completo del Informe y Recomendación sobre Solicitud de Inspección, Programa de Administración de Créditos (Crédito AIF Nº 3858-HO ) que : “El Panel determina que los Solicitantes han alegado que las acciones del Banco Mundial constituyen una violación de las políticas y procedimientos del Banco sobre pueblos indígenas, hábitats naturales, evaluación ambiental y supervisión y que estas acciones han tenido o podrían tener un efecto adverso significativo sobre los derechos de los Solicitantes, según lo establecido en el Párrafo 9(b). El Panel observa la necesidad de recabar datos sobre los planteos de los Solicitantes en cuanto a que el Banco violó sus propias políticas y procedimientos operacionales”.  En el informe de investigación  del Panel de Investigación del Banco Mundial del año siguiente  (ver informe titulado: ”Honduras: Programa de Administración de Tierras de Honduras (Crédito de la AIF 3858-HO) – año 2007 ”, se concluye de manera muy clara por parte de los miembros del Panel de Investigación que: “Dada la relativa vulnerabilidad económica y política de los pueblos indígenas, el Panel determina que las salvaguardias dispuestas en el marco del Proyecto no son adecuadas para proteger los derechos garífunas sobre sus Tierras Étnicas en el contexto de la ejecución del Proyecto” (p. 111).

Una serie de violaciones a los derechos humanos:

En el presente caso expuesto por la comunidad de Triunfo de la Cruz ante los órganos del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, el respeto al derecho a la propiedad (artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos) es uno de los principales alegatos presentados, al no haber aún el Estado provisto a esta comunidad de un acceso efectivo a un título de propiedad sobre sus territorios ancestrales; así como por haberse abstenido durante todo este tiempo de demarcarlo de una manera adecuada. Sin titulación ni linderos claramente establecidos, el ejercicio del derecho a la propiedad se ve sustancialmente limitado.  Además de otras violaciones al Pacto de San José detectadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la comunidad de Triunfo de la Cruz (ver carta oficial del 21 de febrero del 2013 de la Comisión a la Corte disponible aquí  buscando el acápite correspondiente a “Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz y sus miembros, Honduras”), la Comisión refiere a un tema que posiblemente interese a comunidades de otros Estados de la región latinoamericana: la imperiosa necesidad de consultar a las comunidades en el caso de megaproyectos que las puedan afectar o regulaciones sobre el uso de suelo. «Otro de los componentes del presente caso es la falta de una consulta previa, libre e informada a la Comunidad de Triunfo de la Cruz y sus miembros con respecto a la adopción de decisiones que afectan el territorio que han ocupado históricamente. Dentro de tales decisiones se destacan la planificación y ejecución de proyectos y megaproyectos turísticos; la creación de un área protegida en parte del territorio ancestral; y las ventas de tierras comunitarias» señalaba la Comisión al remitir el caso a la Corte de San José. Para los representantes de las organizaciones garífunas hondureñas (ver nota de prensa), «lo que se espera es que haya una sentencia no solamente para que se le restituyan las tierras a la comunidad de Triunfo de La Cruz sino que se implemente en el país una ley sobre la consulta y consentimiento previo libre e informado que se requiere para que los proyectos a implementar cuenten con el aval de las comunidades«. Se trata de un vacío legal del que no solo adolece el Estado hondureño en el hemisferio americano, y que ha dado lugar a una larga serie de medidas cautelares ordenadas en años recientes por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en favor de comunidades indígenas, tribales y campesinas, ya sea para frenar proyectos que las afectan o para proteger a sus líderes de actos de intimidación y amenazas de los que son a muy a menudo víctimas (ver listado oficial).

Años atrás tuvimos la oportunidad de referirnos a la delicada situación en la que se encontraba – y sigue encontrándose – Costa Rica en relación al megaproyecto hidroeléctrico El Diquis (ver breve artículo) de cara a sus obligaciones internacionales con relación a los pueblos indígenas. En un interesante artículo de Karine Rinaldi publicado a finales del 2012 en Costa Rica, la jurista expresó que: “de conformidad con la jurisprudencia interamericana, las consultas deben hacerse desde las primeras fases y constituir una comunicación constante entre las partes (lo que excluye una simple entrega de información por parte del Estado). Además, es importante entender que deben realizarse mediante procesos culturalmente adaptados; en este sentido, la Corte Suprema de Justicia debería haber integrado la dimensión temporal para respetar los tiempos y las formas tradicionales de toma de decisiones de los pueblos indígenas”.  Las regulaciones ambientales también parecieran haber sido vulneradas según expresado por el experto en derecho ambiental, el reconocido abogado Alvaro Sagot (ver artículo).  La administración que inició en mayo del 2014 “hereda” de la correspondiente al ejercicio 2010-2014 este delicado problema (como muchos otros), y el proyecto El Diquís pareciera estar “varado” según un titular de La Nación (Costa Rica) reciente. La máxima representante de Naciones Unidas en Costa Rica en septiembre del 2013 (verentrevista) ratificó y deploró, de manera más general, la situación de discriminación y abandono en la que se encuentran las comunidades indígenas de Costa Rica.

Medidas cautelares  y otras medidas ordenadas a Honduras:

En el caso de las comunidades garífunas, ya el 28 de abril de 2006 la Comisión había solicitado la adopción de medidas cautelares en favor de la Comunidad Garífuna de Triunfo de la Cruz. En aquella ocasión había instado al Estado a que «adopte las medidas que sean necesarias para proteger y respetar el derecho de propiedad sobre las tierras ancestrales pertenecientes a la Comunidad de Triunfo de la Cruz. En especial, /que/ tome las medidas necesarias para evitar o suspender la ejecución de cualquier acción judicial o administrativa que afecte el derecho de propiedad ancestral de la Comunidad de Triunfo de la Cruz, hasta tanto los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos adopten una decisión definitiva en el caso Nº 12.548» (Informe 76/12, Caso 12.548, Comisión IDH, p. 3 punto 12). El 16 de septiembre de 2011, la Comisión ordenó al Estado de Honduras (MC 322/11, Honduras) medidas cautelares a favor de Miriam Miranda, objeto de amenazas y hostigamientos en razón de su labor en defensa de los derechos de las comunidades garífunas. La Comisión «solicitó al Estado adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad de Miriam Miranda, concertar las medidas a adoptarse con la beneficiaria y sus representantes, e informar sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de esta medida cautelar«. Estas medidas cautelares y unas más a favor de líderes garífunas forman parte de las 80 medidas cautelares que convirtieron a Honduras en el Estado con mayor número de medidas cautelares según los resultados de un foro realizado en Tegucigalpa en el año 2013: el dato reviste interés en la medida en que evidencia la poca atención de las actuales autoridades de Honduras con relación al respeto de los derechos humanos.  Un año atrás, en enero del 2010, la estación de radio garífuna  “Faluna Binetu” fue incendiada por desconocidos (ver nota), sumándose a una larga lista de actos de intimidación, vejaciones y amenazas sufridos por la comunidad garífuna y por sus representantes, sin que ello provoque por parte de las autoridades de Honduras reacción alguna. Cabe señalar que en diciembre del 2013, el Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos accedió a la petición de los representantes de las comunidades garífunas para poder contar con el apoyo del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas.

De posibles perspectivas: 

La sentencia a dictarse en este caso  (así como los relacionados con otras comunidades garífunas hondureñas) podría precisar el alcance de la jurisprudencia interamericana en el caso Saramaka contra Surinam (Nota 3), en particular en relación a los elementos culturales y espirituales que son parte intrínseca de la identidad de los pueblos indígenas y tribales del continente americano. En el caso de los garífunas hondureños, la UNESCO ha identificado la relación muy fuerte de su cultura con relación al agua (ver ficha técnica del Programa Hidrológico de la UNESCO). En el caso Saramaka contra Surinam, leemos que “la Corte, por lo tanto, concluye que los miembros del pueblo Saramaka conforman una comunidad tribal protegida por el derecho internacional de los derechos humanos que garantiza el derecho al territorio comunal que han usado y ocupado tradicionalmente, derivado del uso y ocupación, de larga data, de la tierra y de los recursos necesarios para su subsistencia física y cultural y, asimismo, que el Estado tiene la obligación de adoptar medidas especiales para reconocer, respetar, proteger y garantizar a los integrantes del pueblo Saramaka el derecho de propiedad comunal respecto de dicho territorio” (párr. 96, ver texto integral de la sentencia).  Con relación a este último aspecto (el carácter colectivo de la propiedad), la Corte mostró su enojo ante las aseveraciones del Estado, y enfatizó (párr. 103) que: “/…/ es improcedente el argumento del Estado en cuanto a que es discriminatorio aprobar una ley que reconozca las formas comunales de posesión de la tierra. Es un principio establecido en el derecho internacional que el trato desigual a personas en condiciones desiguales no necesariamente constituye discriminación no permitida”. En lo que respecta al uso de los recursos naturales, sentenció sin mayor contemplación (párr. 121) a las autoridades de Surinam que: “De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte según lo establecido en los casos Yakye Axa y Sawhoyamaxa, los integrantes de los pueblos indígenas y tribales tienen el derecho de ser titulares de los recursos naturales que han usado tradicionalmente dentro de su territorio por las mismas razones por las cuales tienen el derecho de ser titulares de la tierra que han usado y ocupado tradicionalmente durante siglos. Sin ellos, la supervivencia económica, social y cultural de dichos pueblos está en riesgo”.

Conclusión:

En un reciente foro realizado en la sede del Tribunal Supremo de Elecciones de Costa Rica, la experta en temas indígenas Karine Rinaldi recordaba de manera muy clara que: «El estilo de vida no es meramente cuestión de posesión o producción sino un elemento material y espiritual base de su cultura, integridad y supervivencia» (ver nota publicada por Elpais.cr). El caso de la comunidad de Triunfo de la Cruz contra Honduras podría dar lugar a una sentencia de los jueces de la Corte de San José que permita confortar algunos principios jurídicos esbozados con anterioridad, brindando así una luz de esperanza a muchos de los pueblos indígenas y tribales de América Latina golpeados por megaproyectos o iniciativas inconsultas de otro tipo que amenazan su supervivencia como comunidades. Un estudio sobre las diversas técnicas usadas por el juez interamericano en su jurisprudencia  con relación a los elementos culturales concluye precisamente al respecto que: «… los conceptos amplificadores de los derechos convencionales mantienen la Convención en movimiento y son las herramientas por excelencia del juez interamericano para avivar esta primavera jurisprudencial» (Nota 4). Es muy probable que muchas comunidades del hemisferio americano que se han sentido en el pasado discriminadas, despojadas, humilladas (y hasta burladas) por sus propias autoridades estatales estén con algunas expectativas con relación al caso de la comunidad de Triunfo de la Cruz.  Los especialistas, analistas y demás observadores deberán por su parte mostrarse atentos (y alertas) a este caso y al contenido de la decisión de los jueces. Esperemos que los magistrados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se muestren a la altura ante los desafíos que plantean las valientes comunidades garífunas hondureñas al sistema interamericano de protección de los derechos humanos como tal.

NOTAS:

Nota 1: Otro caso similar fue remitido por la Comisión a la Corte en octubre del 2013 (comunidad garífuna de Punta Piedra, ver para mayores detalles comunicado oficial de la CIDH) . En el 2007 la Comisión declaró de igual manera admisible una petición de la comunidad garífuna de Cayos Cochinos (ver informe 39/07).

Nota 2: Véase estudio de CACHO CABALLERO X. M., “Derechos económicos, sociales y culturales de la población garífuna isleña en Honduras”, disponible aquí.

Nota 3: Véase estudio de RINALDI K. y RIVERA JUANISTI J., «Pueblo Saramaka versus Surinam: el derecho a la supervivencia de los pueblos indigenas y tribales como pueblos«. Los derechos de los pueblos indígenas también pueden ser analizados desde la perspectiva del derecho ambiental: remitimos a un estudio reciente de la experta Karine Rinaldi sobre los derechos de los pueblos indígenas y tribales en relación al principio de no regresión: RINALDI K., «Principio de no regresión ambiental y los derechos de los pueblos indígenas y tribales. Enseñanzas de la jurisprudencia Interamericana«, disponible aqui, pp. 356-384.

Nota 4: Véase ESTUPIÑAN SILVA R., «Pueblos indígenas y tribales: la construcción de contenidos culturales inherentes en la jurisprudencia interamericana de derechos humanos«, (cita extraída de la p. 612).

Comunidades garífunas ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

El 21 de mayo del presente, se realizó en la sede ubicada en Guanacaste de la Universidad de Costa Rica, un encuentro cultural entre garífunas y guanacastecos. Foto tomada de la página en Facebook Conferencias UCR Guanacaste.

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Comité Pro-Defensa del Agua de la Provincia de Limón

Comunicado Urgente

 

A la ciudadanía limonense, medios de comunicación y el país en general.

Informamos que en razón de las amenazas y acciones que están atentando contra el recurso hídrico (el agua) en toda la provincia de Limón, nos vemos obligados como pueblo organizado a tomar acciones de defensa. Para este efecto, nos hemos reunido organizaciones sociales, instituciones, dirigentes políticos, empresarios y el pueblo en general para exigir el respeto de las leyes y un desarrollo inclusivo que respete el ambiente.

No estamos interesados en iniciar cacerías de brujas, o perseguir esfuerzos empresariales honestos que traigan bienestar, empleo y oportunidades a nuestras comunidades, pero si actuaremos con vehemencia en contra de aquellos funcionarios que, utilizando plataformas estatales, se aprovechan para otorgar permisos o realizar complacencias políticas que benefician intereses espurios y corruptelas.

Ante la destrucción de nuestras áreas protegidas, el envenenamiento de nuestras aguas y la explotación irracional de nuestras cuencas, como ejemplos más recientes el Tajo Asunción y la ruta 257, iniciaremos nuestra lucha.

A todas las organizaciones sociales, comunales, eclesiásticas y civiles que valoren la defensa del agua como esencial para la preservación de la vida, les pedimos unirse a este esfuerzo.

Los interesados por favor comunicarse con la Lic. Carmen Granados, al teléfono 87036819 o al correo electrónico: cargra06@hotmail.com.

 

Lawrence Wilson Harris,

Liroy Pérez Pérez,

Coordinadores de Comunicación.

 

*Imagen con fines ilustrativos.

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SINTRAJAP denuncia destrucción ambiental en el Caribe

Comunicado Urgente

SINTRAJAP denuncia destrucción ambiental en el Caribe

El pasado 25 de abril, SINTRAJAP defendió una apelación de medida cautelar que se le había puesto a la ruta 257, ruta que beneficia a la APM Terminals. Sin embargo, el Tribunal no aplicó la medida cautelar permitiendo una gran destrucción ambiental en el Caribe costarricense.

El asunto es que queremos hacer ver a la sociedad civil que no podemos seguir permitiendo este tipo de atropellos al ambiente, mucho menos a una zona que se encuentra protegida por ley como lo es el Humedal Cariari, el rió de Moín y acuíferos de la zona.

SINTRAJAP denuncia destrucción ambiental en el Caribe2

Los jueces se hacen de la vista gorda en un tema tan delicado y claro, como lo es esta zona protegida ambientalmente. Nos encasillan y nos arrinconan, llevándonos a un eminente conflicto para proteger los intereses de nuestro pueblo y de la patria.

SINTRAJAP denuncia destrucción ambiental en el Caribe3

Esta situación queríamos resolverla por la vía legal, pero parece que es un tema con el que juegan en nuestro país. Ante el panorama de hacer las cosas atropelladamente para beneficiar el capricho económico de unos cuantos, entre ellos la APMT, la situación se complica.

Solicitamos el apoyo de parte del bloque sindical y social del país, así como la intervención de los padres de la patria elegidos recientemente y a toda la sociedad civil para parar esto de una vez por todas.

 

Lic. Ronaldo Blear B.

Secretario general de SINTRAJAP.

 

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Tribunal Contencioso Administrativo aplica nueva medida cautelar contra explotación de Tajo Asunción

La medida cautelar solicitada por SINTRAJAP, recibió el aval del Tribunal Contencioso Administrativo y se establece de manera provisional, otorgando tres días al estado para que conteste por escrito.

Esto viene a confirmar según SINTRAJAP, la justa lucha de dicho sindicato y “desenmascara las mentiras que la empresa ha tratado de establecer en los medios de comunicación” se dijo en el comunicado enviado a SURCOS Digital.

SINTRAJAP afirma que continuará luchando por la protección y defensa de nuestros recursos naturales, ambientales, patrióticos y laborales y reafirma una vez más que su lucha no claudicará mientras se vean amenazados.

La agrupación sindical considera además que Costa Rica jamás debería ser sometida a los intereses del gran capital, y mucho menos poniendo en peligro y de manera irreversible el patrimonio de su pueblo.

 

Ingrese en el siguiente enlace para ver la Resolución de la medida cautelar:

Resolución Medida Cautelar Tajo 02-04-2014 (1)

 

*Imagen con fines ilustrativos.

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