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Resolución 2022-0952 que anula condena a Carlos Andrés Pérez Sánchez

SURCOS comparte la Resolución 2022-0952 del TRIBUNAL DE APELACIÓN DE SENTENCIA PENAL del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, emitida a las dieciséis horas veinte minutos, del cuatro de julio de dos mil veintidós con la cual se anula la condena a Carlos Andrés Pérez Sánchez que había sido por un tribunal penal anterior y «se ordena el reenvío de la causa ante el Tribunal Penal de origen, para que con distinta integración proceda a resolver lo que legalmente corresponde». El documento fue remitido a este medio por la Asociación Costarricense de Derechos Humanos (ACODEHU). Puede descargar el PDF en el enlace que aparece abajo.

A la opinión pública nacional e internacional: anulada la sentencia que condenaba a Carlos Andrés Pérez Sánchez

A la opinión pública nacional e internacional: anulada la sentencia
que condenaba a
Carlos Andrés Pérez Sánchez
CARLOS ANDRÉS ES INOCENTE

Las organizaciones sociales, populares y sindicales manifestamos con satisfacción que en el pasado 15 de julio se dictamina la ANULACIÓN DE LA SENTENCIA CONDENATORIA EN CONTRA DEL JOVEN OBRERO CARLOS ANDRÉS PÉREZ SÁNCHEZ, víctima de la sistemática política de criminalización y judicialización de quienes ejercen el DERECHO HUMANO A LA PROTESTA SOCIAL en Costa Rica, quien fue detenido en el contexto de la Huelga contra el Combo Fiscal (2018). Sentencia que fue dictada por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, el pasado 22 de marzo de 2022, condenado por el supuesto “delito de atentado contra planta, conductores de energía y de comunicaciones, en perjuicio de la seguridad común.”

Este logro es fruto de la articulación de diversos sectores, actoras y actores sociales, populares y sindicalistas quienes, a nivel nacional e internacional que tenemos la total convicción sobre LA INOCENCIA DE CARLOS ANDRÉS; así nos unimos a él y a su familia incondicionalmente, desde el 2018 cuando fue detenido arbitrariamente 100 días en el centro penitenciario Sandoval, Limón.

Destacamos el recurso de apelación presentado por el licenciado José Miguel Villalobos Umaña en contra de la sentencia N°200-2022. Ante el cual, el Tribunal de Apelación dictamina lo siguiente:

(…) que cumple con los presupuestos necesarios para su adecuado conocimiento en orden al examen integral del fallo, tal y como lo exige el numeral 8.2h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. (…) Así las cosas, en virtud de todo lo expuesto, esta Cámara de Apelaciones considera que el fallo recurrido no se ajusta a los parámetros normativos establecidos en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, ni a lo estipulado en los artículos 1, 9, 142, 180, 182, 184 y 363 del Código Procesal Penal, siendo palpable un defecto formal en su fundamento fáctico, intelectivo y jurídico, lo que implica la ilegalidad de la condenatoria impuesta al imputado Carlos Andrés Pérez Sánchez. En consecuencia, se declara con lugar el recurso de apelación presentado por el licenciado José Miguel Villalobos Umaña, en su condición de abogado defensor del imputado Carlos Andrés Pérez Sánchez, por lo que se anula en su totalidad la sentencia impugnada, y se ordena el reenvío de la causa ante el Tribunal Penal de origen, para que, con distinta integración, proceda a resolver lo que en Derecho corresponde.

POR TANTO:

Se declara con lugar el recurso de apelación presentado por el licenciado José Miguel Villalobos Umaña, en su calidad de abogado particular del imputado Carlos Andrés Pérez Sánchez. En consecuencia, se anula en su totalidad el fallo recurrido, y se ordena el reenvío de la causa ante el Tribunal Penal de origen, para que con distinta integración proceda a resolver lo que legalmente corresponde. NOTIFÍQUESE. –”

(Firmada por el juez y juezas del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Edwin Esteban Jiménez González, Rosa María Acón y Laura Gabriela Murillo Mora. Expediente: 18-000244-1130-PE(12). Imputado: Carlos Andrés Pérez Sánchez. Ofendido: Refinadora Costarricense de Petróleo y otro. Delito: Atentado plantas conductoras de energía y comunicaciones. 17-07-2022)

Esta Anulación da fuerza para continuar junto a Carlos Andrés y su familia. A su vez, hacemos un llamado a todas las personas y organizaciones solidarias en lucha, a nivel nacional e internacional, recordando que este proceso judicial no ha concluido. SEGUIMOS EN ALERTA PERMANENTE vigilantes porque se garanticen los Derechos Humanos en Costa Rica y JUSTICIA PARA CARLOS ANDRÉS Y TODAS LAS PERSONAS VÍCTIMAS DE CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL EN COSTA RICA.

SEGUIMOS EN PIE DE LUCHA PORQUE ESTE PROCESO JUDICIAL CONTINÚA
CARLOS ANDRÉS ES INOCENTE

Anulada sentencia y condena contra Carlos Andrés Pérez Sánchez

La Asociación Costarricense de Derechos Humanos.
ACODEHU

Informamos a la Opinión Pública Nacional e Internacional:

Sobre la nulidad de la Sentencia y la Condena, injustas contra el trabajador Carlos Andrés Pérez, de la Empresa RECOPE en Costa Rica.

Felicitamos a Carlos Andrés Pérez Sánchez, y a su abogado defensor, por esta merecida noticia y quedamos a la espera de la resolución del Tribunal de Apelación que aplicó la justicia para este obrero sindicalista, que recibió dos sentencias y condenas totalmente injustas en su condición de luchador social, por haber participado activamente en la HUELGA NACIONAL, aprobada en el mes de setiembre del año 2018, en la que el movimiento sindical y social Costarricense, se movilizó contra el Proyecto de Ley conocido como el Combo Fiscal. Proyecto nefasto, de contenido neoliberal, con serias repercusiones para la clase trabajadora y sectores empobrecidos del País.

El movimiento social, las y los defensores de Derechos Humanos, la prensa alternativa y el sindicalismo que hizo causa común en la defensa de Carlos Andrés Pérez Sánchez, debe asumir esta resolución como un triunfo a favor de la protesta social y una afrenta a la criminalización de ese derecho humano fundamental que nos pertenece.

LA PROTESTA SOCIAL ES UN DERECHO HUMANO, NO UN DELITO”

JUNTA DIRECTIVA DE ACODEHU

San José, 15 julio 2022.

Comunicado a la opinión pública costarricense y al Magisterio Nacional sobre el interés en los fondos de pensiones del Magisterio

ACOJUPEMA es una asociación conformada por personas cotizantes de los distintos fondos de pensiones, nuestra misión e interés central es fiscalizar los fondos para los que hemos cotizado durante toda nuestra vida.

Tanto la opinión pública, como el Magisterio en particular, deben tomar en cuenta que se trata de ¢19,7 billones, equivalente a la mitad del PIB, razón por la cual nuestros fondos han sido y continúan siendo objeto de interés del capital financiero y por ende de especulación.

En relación con la existencia del proyecto de ley 22,760 Ley de idoneidad y Experiencia en la Gestión de Fondos y Operadoras de Pensiones, recalcamos que su interés central, por parte de la SUPEN es tomar control total sobre estos fondos, que pertenecen al Magisterio Nacional.

Así las cosas, solicitamos conocer el Expediente: CGR-CE-2020000055 de la Contraloría General de la República, cuyo contenido mantiene archivos encriptados, en relación con el proceso que les siguió a la señora Rocío Aguilar y el ministro de Hacienda Helio Fallas, sobre el mal llamado “hueco fiscal”.

El enlace para acceder a dicha información es: https://cgrweb.cgr.go.cr/apex/f?p=700:10:12962057700739

Y, el número del expediente es: 2019002299 (este número es la clave de acceso).

El alegato de que se encuentran encriptados por protección de datos sensibles es inadmisible, dado que tales datos pueden ser tachados, tal y como se acostumbra en estos casos. El papel de la señora Aguilar, impulsando proyectos que ponen en riesgo los fondos que hemos cotizado durante toda nuestra vida para tener una pensión digna, nos faculta para hacer pública esta solicitud.

Exigimos transparencia, tanto a la Contraloría, como a la Asamblea Legislativa y al Gobierno de la República para que el citado expediente, sea abierto al público EN SU TOTALIDAD. Tomen en cuenta que esta petitoria la hacemos en nombre de las personas cotizantes de los regímenes de JUPEMA.

Nota de la redacción de SURCOS: En relación con este tema, compartimos el documento enviado por ACOJUPEMA a la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa, en este escrito se exponen las objeciones que se hacen al proyecto 22,760. Posteriormente, encontrará el proyecto que se tramita en la Asamblea Legislativa.

FRACCIÓN FRENTEAMPLISTA PRESENTÓ TRES INICIATIVAS DE LEY QUE BUSCAN DIGNIFICAR EL TRABAJO CAMPESINO

La primera iniciativa pretende otorgar permiso a las y los trabajadores para realizar gestiones administrativas ante el Ministerio de Trabajo. 

El segundo proyecto busca que a las y los trabajadores de las plantaciones agrícolas y de la construcción se les pague el día de descanso semanal. 

El tercer proyecto plantea cómo requisito para solicitar el desahucio administrativo de la persona trabajadora que vive en predio rural, el pago de los extremos laborales, las mejoras al inmueble y ampliar el plazo concedido para el desalojo del inmueble, pues el plazo actual no es razonable para la reubicación familiar. 

De parte de la fracción frenteamplista se espera contar con el apoyo de las demás fracciones para garantizar avances en los derechos laborales de las y los trabajadores.

 

Compartido con SURCOS por Antonio Ortega Gutiérrez.

Imagen ilustrativa: SINART

Abogado apela sentencia condenatoria contra Carlos Andrés Pérez

SURCOS comparte la siguiente información:

José Miguel Villalobos, abogado defensor de Carlos Andrés Pérez Sánchez, exfuncionario de Recope y trabajador detenido durante las manifestaciones contra la Ley del Combo Fiscal, presentó un recurso de apelación contra la sentencia que lo condenó a cinco meses de cárcel, debido a falencias en el proceso.

Su defensa solicita que se celebre un nuevo juicio con un Tribunal diferente.

En el siguiente link podrá ver el video completo:

Solicitud de elevación de consulta a la Junta Directiva de la C.C.S.S. sobre representación patronal

Flora Fernández Amón manifestó la necesidad de que se eleve a la Junta Directiva de la C.C.S.S. una consulta en relación con la representación del sector patronal mayoritario no afiliado a ninguna cámara, ni mucho menos agremiados en la UCCAEP, que ostenta esa representación.

Doña Flora señaló que hay un amplio sector patronal que tiene como se debe registrado el servicio doméstico, «se suman los pequeños comerciantes y negocios de servicios que pagan cuotas a la C.C.S.S. que no se sienten representados de ninguna manera por la UCCAEP, esto debido a que la agenda que esta unión esboza, dista del planteamiento de estos otros 3 grupos». Por ello, dijo Fernández Amón, la Junta Directiva de la institución debería responder cómo se da la presencia en esa instancia del gran sector patronal no representado por la UCCAEP.

Acuerdo entre ANEP-PPME y Ministerio de Gobernación permitirá ahorrar anualmente ₡60 millones en alquileres

La Seccional ANEP-Policía Profesional de Migración y Extranjería se reunió con las máximas autoridades del Ministerio de Gobernación para analizar y buscar soluciones por el alto costo de los alquileres de las diversas oficinas policiales regionales, gestión de refugiados y el Centro de Aprehensión y Policía.  

Puede ver la nota completa en el siguiente enlace: 

El Estado costarricense violenta los derechos humanos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras de JAPDEVA

PRONUNCIAMIENTO DE LA UNIDAD SINDICAL

La Unidad Sindical, integrada por la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum CTRN, la Central del Movimiento de Trabajadores CMTC, Central General de Trabajadores CGT, la Confederación Unitaria de Trabajadores CUT, la Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos CCTD, el Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense BUSSCO, los sindicatos de las Universidades Públicas, organizaciones magisteriales y sindicatos no confederados, quiere hacer de conocimiento público la violación a la legalidad perpetrada por la Junta Directiva de JAPDEVA. 

La Administración de JAPDEVA, amparada por el Poder Ejecutivo del Gobierno anterior, con una decisión administrativa sin legalidad, dejó sin efecto y desaplicación unilateral la convención colectiva con SINTRAJAP, un mes antes de entregar el poder al nuevo Gobierno. La magnitud de esta acción arbitraria e ilegal elimina el derecho de la clase trabajadora de JAPDEVA a la negociación colectiva, y constituye una violación a la legislación nacional, porque un acuerdo de la Junta Directiva jamás puede anular una Ley, como lo es la convención colectiva, protegida por la Constitución Política y el Código de Trabajo y también es una violación a los convenios internacionales número 87 y 98 de la OIT ratificados por el país. 

Por más que SINTRAJAP intentó encontrar soluciones por la vía del diálogo social con la empresa pública y con las autoridades del trabajo, no hubo interés ni voluntad política de respetar este derecho, pues la verdadera intencionalidad del Gobierno anterior fue acabar con la negociación colectiva y con el sindicato de JAPDEVA. 

Hay prueba fehaciente de las certificaciones del MTSS que indican con claridad que la convención colectiva de JAPDEVA está vigente. Así mismo, una resolución de la Sala Constitucional en la sentencia 19812-2020 de las 13 horas del 14 de octubre 2020 confirma esta tesis. Igualmente, el Código de Trabajo en el artículo 713 no deja dudas de que sólo una resolución de los tribunales de justicia puede dejar sin efecto una ley especial como lo son las convenciones colectivas. 

Esta grave actuación de facto refleja el nivel de irresponsabilidad social de esta entidad pública, que además de violentar el orden jurídico nacional e internacional, ocasiona un severo daño a la economía e ingresos de las familias de los trabajadores y trabajadoras de JAPDEVA, a raíz del desconocimiento de los derechos colectivos que se han pactado entre las partes durante décadas. 

Ante este lamentable e intolerable hecho, hacemos un llamado al Gobierno actual para que se corrija de modo urgente y firme esta situación ignominiosa, poniendo en el orden correcto las cosas, y devolviendo los derechos humanos fundamentales arrebatados a las personas trabajadoras organizadas en SINTRAJAP, de modo acorde con el derecho constitucional a la negociación colectiva. 

El movimiento Sindical Costarricense en Unidad de Acción cierra filas para que se reivindiquen los derechos laborales violentados, tomando en cuenta que el irrespeto de los derechos de cada trabajador o trabajadora en cualquier lugar del país es una violación a los derechos de todos, que constituye además una amenaza para la paz social y democracia. La Unidad Sindical respalda con fuerza a SINTRAJAP en esta lucha tan justa, asegurando que persistiremos en acciones constantes hasta que se garanticen de nuevo los derechos arrebatados a las personas trabajadoras de JAPDEVA.

 

Compartido con SURCOS por SINTRAJAP.