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Delimitación de los pueblos tribales de Cahuita

Bernardo Archer Moore

Entendiendo por Cahuita toda la franja costera comprendida entre la desembocadura de los Ríos Estrella y Sixaola, del Cantón de Talamanca; ¿cuál es tu opinión con respecto a lo siguiente?

1) Que el gobierno delimita los Territorios Tribales (incluyendo el de Cahuita), sin la participación y consulta de los habitantes.

2) Que el gobierno integre un órgano que determine quién es o no afro-costarricense y en consecuencia parte de la comunidad tribal.

3) Que las tierras de las comunidades tribales sean colectivas, similar a los territorios indígenas. Así como el mecanismo de consulta.

¿Te imaginas el caos que causaría si una nueva ley o la Sala Constitucional ordenara algo de esa naturaleza en los 150 metros de Zona Marítimo Terrestre de la franja costera del Caribe?

Esto trajo el fin de la paz y tranquilidad en las comunidades del cantón de Buenos Aires de Puntarenas.

Sería el fin de la Cahuita que conocemos. Sería cuestión de «arrollar maletas» y dejarle todo al Estado y la ADI del Territorio Tribal, como ocurre en los territorios indígenas.

Un detalle importante, al convertirse en tierras colectivas la Asociación de Desarrollo Integral del Territorio Tribal (ADIT) sería el dueño registral de las mismas, quedando el Estado comprometido a expropiar e indemnizar a todos los actuales dueños de las propiedades privadas, cosa que no hará, dejando “que los representantes de la ADIT y propietarios privados «se maten entre ellos», y «el gobierno recoger los cuerpos después”.

Así de crudo lo dijo una alta funcionaria del gobierno de Luis Guillermo Solís. (A.G. ex viceministra de la Presidencia).

Mientras tanto, en los 50 metros de la antigua zona pública de la ZMT, donde actualmente se prohíbe la ocupación, será objeto de un Plan Regulador Urbano a efecto de ser concesionado al amparo y cumplimiento de la Ley 9221 del 2014 – Creación de Ciudades Litorales Urbanas.

Aquí nada es casualidad, tienen todo fríamente calculado.

Moraleja: Tierras que no puedan conseguir, le quitan su valor económico al declararlo colectivas y “fuera del comercio entre los hombres”.

En nuestra opinión, esa fue la retorcida filosofía subyacente que llevó a la creación del Parque Nacional Cahuita, que al principio se llamó jocosamente: “Monumento Nacional Cahuita”. «Ya que no me vendéis esa bella playa, la tendréis de monumento». (Gobernantes 1970)

Ese es el escenario que se ha vivido durante más de una década en los territorios indígenas del cantón de Buenos Aires, Puntarenas, que ha cobrado al menos dos vidas y un número incontable de heridos, fincas invadidas, casas quemadas y animales macheteados.

Yo, jamás quisiera ver eso en Cahuita.

¡¡¡No se usted!!!

Bernardo Archer Moore, Cahuita, comunidad afrocostarricense, consulta a pueblos tribales, participación ciudadana, pueblos tribales