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Etiqueta: Cahuita

Advertencia al pueblo tribal de Cahuita

Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA.

Bernardo Archer Moore
Adulto Mayor de Cahuita
Presidente de ACUDHECA

En días recientes se informó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) inició el análisis preliminar de una petición presentada por el señor Marco Vinicio Levy Virgo en representación del denominado «Pueblo Tribal Afrodescendiente de Limón».

Más allá de quiénes estén siendo representados en dicha gestión, es importante que los habitantes de Cahuita comprendan las posibles implicaciones de algunas de las pretensiones divulgadas públicamente, especialmente aquellas relacionadas con los llamados «derechos territoriales colectivos» y el denominado «saneamiento territorial».

Según la información difundida, la propuesta persigue el reconocimiento de un territorio colectivo afrodescendiente, acompañado de procesos de delimitación, demarcación y titulación.

En este modelo, la propiedad dejaría de estar inscrita a nombre de personas individuales para pasar a formar parte de una figura jurídica colectiva que representaría a la comunidad.

Esto implica que las tierras quedarían sujetas a un régimen especial donde no podrían venderse, hipotecarse ni transmitirse libremente mediante los mecanismos tradicionales de propiedad privada.

La principal interrogante es cómo afectaría este modelo a los actuales propietarios afrodescendientes que poseen escrituras debidamente inscritas en el Registro Nacional y cuyos derechos han sido ejercidos durante generaciones.

La experiencia costarricense demuestra que los procesos de saneamiento territorial no siempre se desarrollan sin conflictos.

Desde el año 2010, diversos territorios indígenas del país han enfrentado disputas por la tierra, enfrentamientos sociales, desplazamientos y hechos de violencia derivados de reclamaciones territoriales superpuestas.

Casos como Salitre, Térraba, Cabagra, Ujarrás, Boruca, China Kichá y, más recientemente, Keköldi-Cocles, evidencian la complejidad de estos procesos.

Por ello, antes de respaldar cualquier propuesta territorial colectiva, resulta indispensable analizar cuidadosamente sus consecuencias jurídicas, económicas y sociales. Y asegurarse que sean congruentes con nuestra cultura, costumbres y ética de convivencia comunitaria.

Tengamos presentes siempre: Que no todo lo que suena bien necesariamente beneficia a todos por igual.

Los peores actos de injusticia siempre han venido ocultados detrás de una fina retórica de engaño.

Cuando se trata de asuntos legales, es importante buscar el significado jurídico de cada palabra sofisticada o «rimbombante» como, por ejemplo:

… «saneamiento territorial y derecho colectivo de las tierras de un territorio tribal«.

De esta manera, reducimos el riesgo de ser engañados, como lamentablemente lo fueron nuestros ancestros.

Los habitantes de Cahuita deben informarse, participar y exigir transparencia sobre cualquier iniciativa que pueda afectar sus derechos de propiedad, el patrimonio heredado de sus antepasados y la capacidad de transmitir esos bienes a las futuras generaciones.

La defensa de nuestros derechos históricos exige reflexión, información y participación consciente.

Cuando una comunidad invierte en su memoria, también construye su futuro: Maraya Jiménez culmina una etapa de formación que nació en Cahuita

Hace poco más de una década, una joven de Cahuita comenzó a participar en un proyecto comunitario que buscaba recuperar la memoria histórica escondida bajo las aguas del Caribe costarricense. Ese camino, construido colectivamente por familias, personas buceadoras, pescadores, juventudes, organizaciones sociales, instituciones públicas y especialistas nacionales e internacionales, permitió que el pasado 24 de junio de 2026 Maraya Jiménez Taysigue culminara en la Universidad de Cádiz, España, una etapa fundamental de su formación en el Máster en Arqueología Náutica y Subacuática.

Maraya Jiménez Taysigue

Más que un logro individual, la culminación de esta etapa representa el resultado de un proceso comunitario que durante años apostó por la formación de liderazgos locales para fortalecer la protección del patrimonio cultural subacuático y la memoria histórica del Caribe Sur.

Maraya es presidenta del Centro Comunitario de Buceo Embajadores y Embajadoras del Mar (CCBEEM), organización comunitaria a la que se integró siendo adolescente y desde la cual ha participado en iniciativas de ciencia ciudadana, conservación marina, arqueología subacuática comunitaria y recuperación de la historia afrodescendiente e indígena de Cahuita.

Durante estos años, el CCBEEM ha impulsado un modelo de trabajo basado en la participación comunitaria que reúne juventudes afrodescendientes, indígenas Bribri y Cabécar, personas pescadoras, personas mayores, instituciones públicas, universidades y especialistas de distintos países. Ese proceso permitió consolidar investigaciones que alcanzaron reconocimiento nacional e internacional, entre ellas la identificación científica de dos barcos esclavistas naufragados frente al Parque Nacional Cahuita, vinculados al desembarco de cientos de personas africanas en marzo de 1710, un hallazgo que ha contribuido a reescribir parte de la historia del Caribe costarricense.

La oportunidad de cursar estudios avanzados en España surgió gracias al reconocimiento alcanzado por ese trabajo comunitario y al respaldo de instituciones como la UNESCO y el Museo Nacional de Arqueología Subacuática de España. Sin embargo, la posibilidad de concretar esa formación dependió también de una amplia campaña de solidaridad impulsada desde la propia comunidad.

Mediante la iniciativa «Colón por Colón, euro por euro, dólar por dólar», numerosas personas, familias, organizaciones, rifas comunitarias, actividades de buceo y donaciones hicieron posible financiar la permanencia de Maraya en Cádiz. La campaña se convirtió en una expresión concreta de confianza en la capacidad de las juventudes del Caribe Sur para devolver ese conocimiento a sus comunidades.

En una declaración enviada a SURCOS, Maraya expresó que este proceso ha sido posible gracias al respaldo recibido:

«Todo esto ha sido gracias a la comunidad del Caribe Sur y de Costa Rica en general, la comunidad que me ha apoyado y me ha acuerpado económicamente, emocionalmente y en muchos otros sentidos. Me siento muy feliz.»

La joven explicó además que la ceremonia realizada el 24 de junio marca la culminación de una etapa, pero no el final de su formación. Actualmente participa en prácticas arqueológicas en la bahía de Algeciras, donde fortalece conocimientos en prospección, excavación, registro y uso de tecnologías aplicadas a la arqueología subacuática. Posteriormente regresará a Costa Rica para concluir su tesis, prevista para septiembre, y más adelante realizará prácticas profesionales en Campeche, México, especializadas en patrimonio cultural subacuático.

Por esa razón, y atendiendo la precisión realizada por la propia Maraya, esta publicación consigna correctamente que culminó esta etapa del Máster en Arqueología Náutica y Subacuática. Una vez aprobada su tesis obtendrá el título profesional correspondiente.

La investigación que desarrolla se encuentra estrechamente vinculada con la experiencia del CCBEEM y con el modelo de participación comunitaria construido en Cahuita. Esa continuidad también se refleja en la ponencia que presentará durante el I Congreso de Patrimonio Cultural de la Universidad de Costa Rica, titulada «Reconectando las raíces del Caribe Sur: gestión comunitaria del patrimonio cultural subacuático en Cahuita, Costa Rica», donde expone cómo las comunidades pueden convertirse en protagonistas de la investigación, protección y apropiación social de su patrimonio.

El proceso vivido por Maraya también ha encontrado eco entre personas descendientes de quienes protagonizaron la historia recuperada por estas investigaciones. Familiares de Miguel Maroto —africano de 16 años que desembarcó libre en las costas de Cahuita tras el naufragio de 1710 y cuyos descendientes viven hoy en Costa Rica— enviaron un mensaje a la comunidad en el que expresan:

«Muchísimas gracias por compartir la información, sin duda alguna un gran logro para todos ustedes que tanto han trabajado. Muchos éxitos para Maraya y a ustedes como comunidad en esta nueva etapa.»

Ese reconocimiento resume el significado de un proceso que trasciende la formación académica de una persona. Durante más de una década, la comunidad de Cahuita ha demostrado que la recuperación de la memoria histórica puede convertirse también en una herramienta para fortalecer la identidad, formar nuevos liderazgos, proteger el patrimonio cultural y natural y abrir oportunidades para las nuevas generaciones.

La historia de Maraya Jiménez Taysigue es, en ese sentido, también la historia de una comunidad que decidió invertir en el conocimiento como forma de construir su futuro.

SURCOS invita a conocer el testimonio de Maraya Jiménez sobre este proceso de formación y sobre el papel que han tenido la organización comunitaria y la participación ciudadana en la recuperación de la memoria histórica y el desarrollo local; para ello presentamos el video compartido por el CCBEEM.

30 años de lucha comunal: Cahuita defiende su Parque Nacional y su modelo de gobernanza compartida

Un modelo que ha resistido cambios de gobierno y cuestionamientos institucionales

Cahuita, Talamanca de Limón. Por el Movimiento Cahuita Unida. La historia del Parque Nacional Cahuita es también la historia de la organización y la lucha de su comunidad. Cuando se estableció el Monumento Nacional en 1970 y el Parque Nacional decretado en 1978, los habitantes de Cahuita asumieron importantes costos sociales y económicos derivados de la conservación, pues muchas de las actividades productivas tradicionales que sustentaban a las familias locales fueron abandonadas para crear el Parque. Frente a esta realidad, la comunidad lucho por un modelo de participación que permitió vincular la protección ambiental con el bienestar de la población local.

Desde el año 1998 se consolidó un modelo de gobernanza compartida entre la comunidad de Cahuita y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), basado en la corresponsabilidad, la participación comunitaria y la distribución equitativa de beneficios derivados de la gestión del Parque Nacional. Este modelo fortaleció el vínculo entre la comunidad y el área protegida, convirtiéndose en una experiencia pionera de conservación comunitaria en Costa Rica y el mundo.

Durante más de treinta años, líderes y lideresas comunales, organizaciones locales y distintas generaciones de habitantes han defendido este modelo frente a múltiples obstáculos institucionales y políticos. Sin embargo, en junio de 2026 la comunidad enfrenta nuevamente una amenaza a la continuidad de esta experiencia de gobernanza.

Mediante la resolución SINAC-SE-DE-R-0125-2026, se suspendieron los efectos del Convenio Marco de Cooperación entre el Sistema Nacional de Áreas de Conservación y la Asociación de Desarrollo Integral de Cahuita (ADIC) para la implementación del modelo de gobernanza compartida en el Parque Nacional Cahuita, argumentando aspectos relacionados con plazos, procedimientos formales y una denuncia actualmente en investigación judicial, situación que fue informada de manera oportuna por las organizaciones comunitarias a las instancias correspondientes.

Ante esta situación, el pasado 22 de junio la ADIC y el Consejo Local de Manejo del Parque Nacional Cahuita convocaron una reunión informativa abierta a la comunidad. Como resultado de este encuentro, se conformó una comisión de apoyo encargada de acompañar a la Junta Directiva de la ADIC, mantener informada a la población y coordinar las acciones necesarias para garantizar que la administración compartida del Parque continúe en manos de la comunidad, fortaleciendo además los mecanismos de control, transparencia y seguridad jurídica.

El Movimiento Cahuita Unida agradeció públicamente el trabajo de las organizaciones comunales que integran el Consejo Local de Manejo y de la nueva comisión conformada para enfrentar esta coyuntura. Asimismo, reafirmó que cuenta con el respaldo de la población de Cahuita para defender un modelo que ha demostrado ser exitoso tanto para la conservación del patrimonio natural como para el fortalecimiento de la economía local.

«Solo unidos y trabajando juntos lograremos la defensa del Parque Nacional. El Gobierno Central amenaza nuevamente al Parque, y si hay amenaza al Parque, amenaza a la comunidad, porque la comunidad y el Parque no son cosas diferentes. Es Cahuita y su Parque», señalaron representantes del movimiento comunitario.

A lo largo de su historia, el modelo de cogobernanza ha enfrentado cuestionamientos, particularmente por parte de la Contraloría General de la República. No obstante, también ha contado con el respaldo de sucesivos gobiernos y de diversas instituciones del Estado, que han reconocido la importancia de la participación comunitaria en la gestión de las áreas silvestres protegidas.

Durante la administración de Luis Guillermo Solís Rivera se emitieron instrumentos jurídicos fundamentales para consolidar esta experiencia. El Decreto Ejecutivo N.° 39519-MINAE reconoció los distintos modelos de gobernanza en las áreas silvestres protegidas del país, mientras que el Decreto Ejecutivo N.° 40110-MINAE reglamentó formalmente el Modelo de Gobernanza Compartida del Parque Nacional Cahuita, otorgando un marco legal claro para la participación comunitaria en la gestión del área protegida.

La defensa de este modelo trasciende el ámbito estrictamente ambiental. Se trata también de la defensa de una comunidad cuya historia, cultura y economía han estado estrechamente ligadas al Parque Nacional. El turismo asociado al Parque constituye uno de los principales motores económicos de Cahuita y la participación de la comunidad ha sido uno de los factores determinantes para la conservación de sus ecosistemas marinos y terrestres.

Por estas razones, cualquier decisión relacionada con el futuro del Parque Nacional Cahuita no puede analizarse únicamente desde criterios administrativos o procedimentales. La gestión compartida del Parque forma parte de una historia de conservación construida por la propia comunidad y se encuentra estrechamente vinculada a derechos ambientales, culturales, económicos y territoriales reconocidos por la legislación nacional, los decretos ejecutivos vigentes y la jurisprudencia constitucional reciente.

El modelo de gobernanza compartida de Cahuita ha demostrado que la conservación y la participación comunitaria no son objetivos contradictorios, sino complementarios. Durante más de tres décadas, la comunidad ha sido el principal aliado del Parque Nacional, contribuyendo a su protección, promoviendo el turismo sostenible y fortaleciendo el desarrollo local.

Hoy, una vez más, Cahuita se moviliza para defender una experiencia única en Costa Rica. Defender la gobernanza compartida del Parque Nacional Cahuita es defender más de treinta años de trabajo comunitario, la conservación de uno de los ecosistemas más importantes del Caribe costarricense y los derechos históricos, culturales y ambientales de una comunidad que ha demostrado su compromiso con la protección de su patrimonio natural.

¡Porque Cahuita y su Parque son una misma historia de lucha!

Un nuevo capítulo en el «manual»

Por: Bernardo Archer Moore
Adulto mayor

Cahuita

Bernardo Archer Moore

Actualmente se está redactando un nuevo capítulo del Manual para la Autodestrucción de Instituciones y Organizaciones Locales Creadas para el Desarrollo Autónomo del Caribe.

Hoy se analiza la gestión compartida (ADIC/SINAC) del Parque Nacional Cahuita.

Análisis preliminar de los hechos

  1. Despido de personal local de la cogestión:

Este análisis no puede realizarse sin considerar la falta de oportunidades de empleo en la ciudad de Cahuita, y que el despido constituye la sanción más severa en la relación empleador-empleado.

Desde una perspectiva legal, laboral y administrativa en Costa Rica, la representación del empleador del personal contratado bajo el esquema derivado del Acuerdo Marco ADIC-SINAC de 2017 depende de quién realizó la contratación, bajo qué marco legal y utilizando qué recursos.

El acuerdo establece que las autoridades responsables eran:

El director ejecutivo del SINAC y el presidente de la ADIC.

Sin embargo, el acuerdo por sí solo no creó una nueva entidad jurídica independiente denominada “Consejo Local” con capacidad autónoma de empleador.

Por lo tanto, legalmente, como parece haber ocurrido:

El personal fue contratado directamente por la ADIC.

En ese caso:

La ADIC sería el empleador real, aunque el trabajo se realice dentro del Parque Nacional Cahuita.

Esto implica que:

  • Los salarios.
  • Las contribuciones a la seguridad social (CCSS).
  • La rescisión de contratos (despidos), y
  • Las responsabilidades laborales recaen sobre la Asociación de Desarrollo Integral Cahuita (ADIC).

NOTA:

¿Están conscientes mis compañeros afiliados de la ADIC sobre esa realidad oculta y silenciosa?

Esta responsabilidad institucional se consolida particularmente si:

■ La ADIC firmó los contratos.

■ Realiza los pagos de salarios.

■ Administra las donaciones o registra a los trabajadores ante el Fondo Costarricense de Seguridad Social (CCSS).

  1. El problema jurídico tras el vencimiento del acuerdo de cogestión en 2019:

Aquí reside el punto más delicado.

Si el acuerdo:

Venció en 2019 y no se renovó formalmente, cualquier relación laboral posterior podría entrar en un terreno de incertidumbre jurídica respecto a:

○ La condición de empleador.

○ La gestión de los recursos económicos y materiales.

○ La capacidad de contratación. Y…

○ El derecho a despedir empleados.

Especialmente porque el “Consejo Local” continuó operando de facto, pero sin un instrumento legal válido que le delegara funciones específicas.

  1. El Consejo Local: una entidad sin personalidad jurídica propia.

El Decreto 40110-MINAE creó un mecanismo de gobernanza participativa, pero no creó:

  • Una entidad autónoma con personalidad jurídica propia
  • Poseedora de bienes propios, ni la capacidad de actuar como empleador independiente.

Por lo tanto, en principio, el “Consejo Local” no sería el empleador legal en sí mismo, a menos que existiera:

Otro instrumento legal, un fideicomiso, una asociación paralela, o una entidad administrativa específica; lo cual se desconoce su existencia.

  1. En un posible conflicto laboral, los jueces suelen analizar:

■ ¿Quién pagó el salario?

■ ¿Quién dio las órdenes?

■ ¿Quién firmó los contratos?

■ ¿Quién ocupó un puesto subordinado?

■ ¿Quién reportó al CCSS (Fondo Costarricense de Seguridad Social)?

■ ¿Quién ejerció la autoridad disciplinaria?

En la legislación laboral costarricense prevalece el principio de “primacía de la realidad”.

Es decir, quien actuó efectivamente como empleador tiene más peso que su designación oficial.

Por lo tanto, debe quedar claro que el despido de un empleado no es algo que deba tomarse a la ligera. Se trata de una decisión de último recurso que afecta a la familia del empleado.

En este caso particular, existe una demanda pendiente sobre la titularidad legal de la fuente de ingresos: las donaciones de los visitantes.

Desde una perspectiva general, como comunidad, nuestra situación es definitivamente peor hoy que hace una semana.

Mientras tanto, el Gobierno ha avanzado hacia su objetivo de tomar el control total del Parque Nacional de Cahuita.

El Caribe blindado por la Corte Suprema de Justicia

Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA.

Por Bernardo Archer Moore
Cahuita

Para comprender con mayor claridad el alcance de este blindaje jurídico, resulta necesario analizar la caducidad del Foro Tribal Afrocostarricense y la consecuente responsabilidad personal de los funcionarios públicos frente al cumplimiento de la consulta previa obligatoria.

La caducidad operativa del Foro Tribal Afrocostarricense, producto del vencimiento del plazo de nombramiento de sus integrantes por tres años (2022-2025), y reconocida por el Voto N.° 2026-010993, genera consecuencias inmediatas y de alta gravedad en la aplicación del Convenio 169 de la OIT (Ley N.° 7316).

Esta situación impacta directamente la gobernanza territorial y el desarrollo en la región costera del Caribe.

En primer lugar, se produce una ruptura en la articulación institucional, al desaparecer la instancia legítima de interlocución entre el Estado y el pueblo tribal afrocostarricense. Así confirmado por la Sala Constitucional (Voto N.° 2026-010993).

En segundo lugar, se configura un vacío operativo en la consulta previa ordenada por el Voto N.° 2025-029985, al carecer de un mecanismo válido para su ejecución, en contravención del artículo 6 del Convenio 169.

Este escenario deriva en una ilegalidad sobreviniente de actos administrativos y municipales adoptados con posterioridad a la caducidad, los cuales resultan impugnables por ausencia de consulta previa, libre e informada.

Asimismo, se genera una paralización de proyectos en la Zona Marítimo-Terrestre, incluyendo Planes Reguladores Costeros, el Plan Maestro Costero del ICT, permisos de construcción, desalojos y modificaciones en áreas protegidas (Humedales, Parques Nacionales, Refugios de Vida Silvestre, etc.).

Paralelamente, se produce la pérdida de legitimidad de los representantes del citado Foro Tribal, cuyas actuaciones posteriores carecen de validez jurídica.

Todo ello evidencia la necesidad urgente de reconstruir un mecanismo legítimo de consulta, conforme a la autonomía de los Pueblos Tribales reconocidos u constatados por el Estado (Decreto Ejecutivo 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP).

En este contexto, el vacío institucional NO EXIME del cumplimiento de la obligación de consulta.

Por el contrario, cualquier actuación estatal o municipal adoptada al margen de dicha obligación puede generar responsabilidad penal personal de los funcionarios públicos involucrados, conforme a los artículos 357, 339, 338 y 314 del Código Penal (Prevaricato; Incumplimiento de deberes; Abuso de autoridad y Desobediencia a la Autoridad, respectivamente).

Adicionalmente, se configura un riesgo elevado de judicialización, mediante recursos de amparo y acciones de inconstitucionalidad, con alta probabilidad de prosperar ante la jurisdicción constitucional.

En síntesis, la caducidad del Foro Tribal extingue en la práctica la posibilidad jurídica de adoptar decisiones válidas sobre territorio, cultura y desarrollo que afecten al pueblo tribal afrocostarricense.

Se configura además una situación paradójica para el Estado y la Municipalidad:

Por un lado, sus proyectos quedan materialmente paralizados por la imposibilidad de cumplir con la consulta previa; y por otro, carecen de competencia para intervenir directa o indirectamente en la reconstitución del Foro, pues ello implicaría una injerencia indebida en la autonomía de los pueblos tribales.

Este doble límite profundiza la inseguridad jurídica y, en esta ocasión, expone al Estado a responsabilidades, mientras somete los derechos colectivos —protegidos por el ordenamiento constitucional e internacional— a una situación de vulnerabilidad y retraso en su garantía efectiva.

Mientras los políticos desvelan su mente
enredados en este “tornique legal”,
el pueblo de Cahuita —silencioso y firme—
duerme hoy más feliz que ayer.

Pueblo tribal afrocostarricense… ¿exclusión o reconocimiento?

Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA.

Bernardo Archer Moore

En Cahuita ha surgido una polémica que merece ser aclarada con seriedad:

¿El término “Pueblo Tribal Afrocostarricense” excluye a quienes no son afrodescendientes?

La respuesta es no.

Pero hay que entender por qué.

Este término no es una etiqueta social ni una categoría racial. Es una figura jurídica, reconocida por el Estado costarricense mediante el Decreto Ejecutivo N.º 43532 (2022), en aplicación del Convenio 169 de la OIT.

Su propósito no es dividir, sino proteger derechos colectivos, especialmente el derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada.

Entonces, ¿De dónde nace la confusión?

Nace de la conveniencia —no siempre inocente— de interpretar el término como un filtro absoluto.

Esa distorsión interpretativa crea una narrativa, donde se asume que solo afrodescendientes pueden pertenecer o participar. Sembrando temores, resentimientos y divergencias donde debería prevalecer la unidad y el apoyo. Quizás, ese es el propósito.

Sin embargo, el derecho internacional es claro: La pertenencia a un pueblo tribal se basa en la autoidentificación y el reconocimiento comunitario.

Eso refleja la realidad de Cahuita: Una comunidad diversa, con raíces afrocaribeñas profundas, pero también con familias mixtas y personas que han aportado históricamente al desarrollo del territorio; de allí el calificativo de estar todos en el mismo bote.

Aquí está el meollo del asunto:

  • El fundamento jurídico del pueblo es afrodescendiente.

  • Pero su expresión social es diversa e inclusiva.

Confundir estos dos planos genera división. Y la división debilita el derecho.

Si el concepto se vuelve excluyente (decir que algunos son y otros no), se pierde legitimidad. Y si se vacía de contenido histórico, pierde sustento jurídico.

Por eso, la solución no es eliminar el término, sino entenderlo correctamente:
“Pueblo Tribal Afrocostarricense” no significa exclusión.
Significa reconocimiento histórico con derechos colectivos.

Al final, lo que está en juego no es una palabra, sino algo más profundo:
El derecho de un pueblo a definirse a sí mismo sin ser dividido.

Porque cuando hay confusión, alguien siempre se beneficia.

Y rara vez es el pueblo.

De ahí la urgencia de seguir avanzando juntos, en paz, en el mismo barco—como siempre lo hemos hecho.

La época del silencio se acabó en Cahuita

Durante años nos dijeron:
“calladitos más bonitos.”

Pero ese silencio no era paz… era control.

Hoy que hablamos, incomodamos.

Y cuando incomodamos, atacan:

“No es de Cahuita”
“Es extranjero”
“Divide”

Pero ya no funciona. Ese silencio acostumbrado – no es ley ni consentimiento – es estrategia para lograr lo deseado.

La realidad cambia todo:
La Sala Constitucional ordenó consulta del PRC al Pueblo Tribal de Cahuita; y ratificó al Foro Tribal Afrocostarricense como órgano por medio del cual debe realizarse la consulta. (Voto 2025-029985)

Pero también reconoció:

El Foro Tribal venció (Voto 2026-010993).

Y eso lo cambia todo:

● Sin organización, no hay representación.
● Sin representación, no hay consulta.
● Y sin consulta… otros deciden por nosotros.

Que no te engañen

No es inclusión.
Es sustitución.

Hoy es definitivo:
El silencio terminó.

Y un pueblo que despierta…
ya no se deja reemplazar.

(English):
Patience is an ancestral virtue—wisdom distilled across generations—captured in a simple truth: “It takes patience to ride a donkey.”

(Español):
La paciencia es una virtud ancestral —sabiduría destilada a lo largo de generaciones—, resumida en una simple verdad: «Se necesita paciencia para montar un burro.»

Uno para todos y todos para uno.

Bernardo Archer Moore
Adulto Mayor — que, con dignidad, decidió no callar más.

¿Unidad o simulación? La verdadera prueba del Convenio 169 en Cahuita

Por Bernardo Archer Moore

Bernardo Archer Moore.

En 1989, cuando la Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó el Convenio 169 de la OIT para reconocer los derechos colectivos de los pueblos indígenas y tribales, que Costa Rica ratificó plenamente en 1993, el mundo era muy diferente al de hoy.

La segregación racial y étnica era una norma tácita, y la IA estaba más allá de la imaginación de cualquiera.

La esperanza generalizada era que este acuerdo entre naciones civilizadas se implementara tan pronto como concluye su breve proceso de ratificación en cada país.

Sin embargo, más de tres décadas después, su implementación en Costa Rica sigue siendo una promesa incumplida.

El problema hoy no es la falta de una ley, sino su evasión.

El artículo 6 del Convenio es claro: El Estado debe consultar a los pueblos interesados con el fin de llegar a un acuerdo o consentimiento. Esto no se trata de informarles sobre decisiones ya tomadas, ni de celebrar audiencias públicas. Se trata de garantizar el derecho a la participación colectiva en el proceso de toma de decisiones.

Sin embargo, como lo demuestra la resolución constitucional sobre el «Plan Regulador Costero de Cahuita», el Estado ha sustituido la consulta genuina por mecanismos de participación general, diluyendo así la voluntad de los titulares de derechos.

Aquí radica la distorsión central: confundir «población» con «pueblo».

El Convenio 169 no protege a todos los habitantes de un territorio, sino a los pueblos definidos por su autoidentificación, continuidad histórica y diferenciación cultural; y no por un linaje étnico directo.

En Cahuita, esto implica que el sujeto de consulta no es la totalidad de los residentes, sino el pueblo tribal afrodescendiente, definido conforme a criterios de autoidentificación, continuidad histórica y diferenciación cultural. En consecuencia, aquellas personas que no comparten dicha identidad colectiva —por carecer de vínculo histórico, cultural o de autoidentificación con el pueblo tribal— no forman parte del sujeto titular del derecho de consulta.

En este punto resulta imprescindible apelar al juicio humano, en lugar de depender exclusivamente de la inteligencia artificial, cuya interpretación de los hechos contemporáneos suele estar condicionada por las proyecciones y supuestos de sus desarrolladores sobre un futuro incierto, más que por la complejidad de la realidad presente.

En esta línea de pensamiento, surge un fenómeno contemporáneo ineludible: La creciente complejidad de la identidad, resultado de los procesos de migración, mestizaje y asimilación cultural.

Ante la ausencia de normas claras basadas en la realidad de nuestras comunidades, la ambigüedad genera conflictos internos.

Y este tipo de conflictos, lejos de conducir a soluciones, benefician los intereses del Estado.

Durante el último año, el incumplimiento de la Convención ha encontrado la excusa perfecta en las divisiones internas de las comunidades: permite seguir eludiendo la consulta, justificando la inacción y trasladando la responsabilidad a las propias comunidades afectadas.

Así, el problema deja de ser una cuestión estatal y se convierte convenientemente en una cuestión comunitaria.

Ante este escenario, la comunidad tribal afrodescendiente de Cahuita se enfrenta a un dilema histórico: definirse como sujeto colectivo de acuerdo con los criterios del Convenio 169, o permitir que la ambigüedad siga facilitando la simulación de consulta.

No hay una tercera vía.

La unidad, en este contexto, no es un ideal abstracto. Es una condición jurídica.

Sin ella, no hay consentimiento válido, ni consulta legítima, ni posibilidad de autodeterminación.

En este escenario, incluso los prejuicios históricos —como la narrativa de que «los pueblos afrodescendientes no pueden llegar a acuerdos»— dejan de ser meros estigmas y se convierten en herramientas funcionales de despojo.

La cuestión ya no es jurídica, sino histórica:

¿Permitiremos que se confirme esta narrativa («los negros no se unen«), o construiremos, desde la unidad, el verdadero fundamento de nuestros derechos?

Cahuita, Talamanca

La nueva moda del racismo selectivo en Cahuita

Por Bernardo Archer Moore
Limonal de Cahuita

Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA.

Lamentablemente, en los últimos tiempos, en Cahuita se ha puesto de moda cuestionar “quién es negro y quién no” y “quién pertenece o no pertenece a la comunidad Tribal de Cahuita.”

¿Cómo se supone que les explique a mis “primitos blanquitos” que sus bisabuelos están enterrados en un cementerio ancestral, hoy oculto dentro del Parque Nacional Cahuita, pero que, según algunos, ellos no son parte del Pueblo Tribal por el color de su piel y por no hablar criollo jamaicano?

Una moda peligrosa, alimentada por la ignorancia y la conveniencia, que divide familias y comunidades.

Pero me pregunto:

¿Hacen esas mismas preguntas cuando toca celebrar el Carnaval, un festival cultural, un funeral o una salida de “pesca” de un familiar o allegado, en aguas profundas de alta mar?

Por supuesto que no.

Ahí sí todos somos “hermanos y hermanas de Cahuita”.

Si no fuera así, sus familiares difuntos no hubieran sido sepultados en un Cementerio que es propiedad de una familia “blanca” extranjera —la familia Tabash Lazarus—, ni visitarán el Centro Diurno de Adultos Mayores, también propiedad donada por esa misma familia Tabash.

Tampoco usarían el Salón Comunal para organizar reuniones “exclusivas para personas negras”, porque esa propiedad fue donada por una mujer blanca – Doña Amelia Escocia.

Y mucho menos asistirán a la Iglesia Católica edificada sobre un terreno igualmente donado por la misma señora “blanca”.

Pero lo más grave es que hoy pretenden negar la entrada de personas blancas a reuniones que llaman “Solo para Negros”, como si ese acto grotesco borrara la historia interracial de Cahuita.

Eso no solo es un insulto a nuestra memoria colectiva: Es una traición a quienes construyeron este pueblo con sus manos, su sudor y su sangre —negros, blancos, mestizos, jamaiquinos, indígenas y afrodescendientes por igual.

Ignorancia no es excusa.

Hipocresía tampoco.

Cahuita es, y siempre ha sido, una comunidad de mezcla profunda.

Mi propia familia lo demuestra.

Promover divisiones raciales al estilo de Estados Unidos solo puede servir a un propósito:

Crear un conflicto que nunca ha sido parte de nuestra identidad.

Entonces, surge la pregunta inevitable:

¿A quién le conviene dividir a Cahuita por raza?

Seguro que al pueblo… NO.

Una reflexión necesaria sobre la reunión del pueblo tribal celebrada este 31 de octubre

Bernardo Archer Moore

Bernardo Archer Moore, presidente de ACUDHECA.

El conocimiento de la historia ancestral es tan esencial para el desarrollo de la identidad humana como la fe lo es para el espíritu. Sin embargo, cuando la historia y la religión se entrelazan con los asuntos políticos y socioeconómicos de sociedades multiculturales y pluriétnicas, como la de Cahuita, pueden transformarse en fuentes de división, en lugar de instrumentos de unidad y comprensión.

Por ello, cada cosa debe mantenerse en su lugar: que la fe inspire, la historia ilumine y la convivencia se construya.

Por su parte, la reunión convocada para el viernes 31 de octubre de 2025 por el Foro Tribal Afrocostarricense, a través de Laura y Hellen, anunciada apenas tres días antes por WhatsApp y con el supuesto fin de corregir errores en la conformación del Foro de 2022, terminó causando más daño que beneficio a la cohesión del pueblo.

La vieja estrategia de “dividir para vencer” parece haber resurgido, justo cuando la unidad de Cahuita —históricamente su mayor fortaleza— resulta más necesaria que nunca.

Cahuita ha sido la única comunidad tribal del Caribe costarricense que ha mantenido una posición firme en defensa de su territorio, oponiéndose al Plan Regulador Costero (PRC) impulsado por la Municipalidad de Talamanca.

No obstante, esta reunión se realizó sin el acuerdo previo de la Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo Integral de Cahuita (ADIC), en contravención del artículo 15 de la Ley N.º 3859 de Desarrollo Comunal (1967), que exige decisiones colegiadas sobre el uso de bienes comunales para fines de esa naturaleza.

Tampoco se informó a los asociados ni se explicó la trascendencia jurídica del Foro como órgano de consulta obligatoria respecto al PRC y otras decisiones estatales que afectan los derechos de la comunidad, hoy declarado como un pueblo tribal, conforme al Convenio 169 de la OIT, ratificado por la Ley N.º 7316 de 1992, que consagra el derecho a la consulta previa, libre e informada. Una comunicación transparente habría evitado conflictos.

La humildad y la cortesía no son signos de debilidad, sino virtudes que fortalecen el derecho afro tribal a la participación, reconocido en el Decreto Ejecutivo N.º 43532-MP-MINAE-MCJ-MEP (2021), y la Sentencia No. 2025-029985 de la Corte Suprema de Justicia con fecha 19 de septiembre del 2025.

Lo más lamentable fue que, en vez de fomentar el diálogo, se impidió el ingreso a personas por su aparente ascendencia europea o mestiza, bajo la frase de que “la reunión era solo para negros”.

Tal exclusión contradice el artículo 33 de la Constitución Política, que prohíbe toda forma de discriminación, y rompe con la armonía histórica de Cahuita, un pueblo donde afrodescendientes, chinos, árabes, indígenas, judíos y mestizos trabajaron unidos para levantar la comunidad que hoy conocemos.

De aquella reunión, descrita por los presentes como de “cuatro gatos”, surgió el anuncio de una nueva convocatoria para el domingo 9 de noviembre de 2025 a las 2pm.

Ojalá que esta o la próxima vez se realice con orden, transparencia y conforme a la voluntad del pueblo, para devolver legitimidad al proceso y reconstruir los puentes del diálogo que nunca debieron romperse.