Impedir y penalizar derecho a huelga, incluso con salario

Manuel Hernández Venegas

Pues si efectivamente el texto sustitutivo de proyecto 21049 establece requisitos más duros y condicionalidades que impiden y penalizan el ejercicio del derecho de huelga.

Además, ahora, plantea que el descuento salarial se puede ejecutar desde que el patrono solicita la declaratoria de ilegalidad de la huelga.

Por otra parte, de manera expresa, prohíbe las huelgas político laborales (admitidas por OIT).

Asimismo, olímpicamente ignoraron el memorándum técnico de OIT que planteó serios cuestionamientos del proyecto de ley (una burla al organismo centenario).

Sin lugar a duda, una versión impresentable, más reaccionaria y antidemócratica que el proyecto original, fabricado en los astilleros anti obreros de PLN. Toda una afrenta al centenario de OIT que, por cierto, en los próximos días celebrará la 108 Conferencia Internacional, que ya el ministro de Trabajo tendrá las maletas listas para este tour.

¡La huelga es libertad de expresión!

¡La huelga es libertad de presión!

¡La huelga no es un delito!

 

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