Los derechos laborales que se niega a quienes venden lotería

A la memoria de mi difunto padre que por 61 años tuvo como único oficio la venta de lotería y nunca vio la luz de una justicia laboral.

Lupita Chaves Cervantes

El Día Internacional de los Trabajadores, se celebra conmemorando la ejecución de los Mártires de Chicago por participar en la lucha por el logro de una jornada laboral de 8 horas.

Han pasado 134 años, y una fecha como hoy, nos obliga a alzar la voz contra la discriminación y maltrato laboral que aún sufren cantidad de trabajadores y trabajadoras en nuestro país,

Pero resulta aún más inverosímil, que, al día de hoy, una Institución del Estado, creada en el año 1845 vía decreto con el nombre de Junta de Caridad, conocida actualmente como Junta de Protección Social, permanezca despojando de la aplicación de una verdadera justicia social y laboral a las personas vendedoras de lotería.

Bajo el slogan de la Junta “ 175 años de hacer el Bien “ se esconden tristes historias de vendedores y vendedoras de lotería, que entregaron y hoy día entregan su fuerza de trabajo a esa Institución y que no tienen derecho al descanso, a gozar de vacaciones, incapacidad en caso de enfermedad, aguinaldo, salario escolar, beneficios que con toda justicia se les reconoce a los empleados de plantilla de la Junta y no existe ninguna razón para que se les niegue a los vendedores de lotería.

La Junta se ha amparado en una disposición normativa que por infame voluntad del legislador establece la Ley de Loterías N° 7395 del 3 de mayo de 1994, que crea la figura jurídica de concesión (hecha la ley, hecha la trampa) para la distribución de lotería a los vendedores de lotería, que conforma un sector social muy vulnerable al tratarse de personas adultas mayores y personas con discapacidad en su mayoría.

El perverso espíritu en que se refugia mediante Ley esta injusticia social es la condición de encontrarse en estado de necesidad, “estado que necesite de dicha actividad – venta de lotería – como medio de subsistencia” (art. 3) para obtener cuota de lotería en carácter de adjudicatario.

El estado de necesidad es la excusa que utiliza esta Institución del Estado para despojarlos de sus derechos, bajo el argumento de que, si no estuviesen vendiendo lotería, no tendrían con qué subsistir y el beneficio es darles un medio de trabajo mediante la figura de la concesión excluyente de una relación laboral, con fin de explotar su fuerza de trabajo sin derecho laboral alguno, aprovechándose de su condición.

Los encontramos a todas horas en las calles, restaurantes, centros comerciales, bajo la lluvia, el sol, expuestos a asaltos, muchos han fallecido habiendo tenido como único oficio la venta de lotería sin haber gozado nunca de derechos laborales, otros han muerto en las manos de asaltantes.

A partir del 8 de mayo próximo, la presidenta de la Junta ha anunciado con bombos y platillos que empiezan nuevamente los sorteos de chances y lotería, lo que los colocará en estado de riesgo por pandemia, con ausencia de protocolos institucionales que salvaguarden su salud, pues no se anunció por parte de esa Junta el suministro de implementos para garantizar la labor que minimice el contagio en las calles.

Se ha hecho caso omiso al Informe PE-118-97 con recomendaciones finales dadas por la Defensoría de los Habitantes desde el año 1997, que recomienda a los Diputados de la Asamblea Legislativa y a la Junta de Protección “ promover la redacción de un proyecto de Ley de Loterías que se ajuste a la justicia y a las disposiciones normativas – nacionales e internacionales – que regulan y protegen el trabajo humano desempeñado por los vendedores de lotería….Proceder de conformidad con dicho proyecto a fin de dictar una nueva Ley de Loterías que derogue la Ley 7395 del 3 de mayo de 1994 ”.

El citado Informe de la Defensoría, analizó la situación de los vendedores de lotería destacando la injusticia y explotación en que se encontraban, y solicitó una reforma legal o una nueva Ley de Loterías que tome en consideración los derechos y garantías sociales de los vendedores directos de lotería y su relación real con la Junta de Protección Social, recomendó revocar la figura de la concesión que es una mampara del Estado y de la Junta para evadir el pago de derechos laborales a ésta clase trabajadora.

Ha faltado voluntad política del legislador, así como del seno de esa Junta, y de los gobiernos para promover la redacción del proyecto de Ley de Loterías que se ajuste a la justicia, dignidad, disposiciones internacionales y nacionales, para proteger el trabajo humano que desempeñan los vendedores de lotería.

La injusticia y el silencio permanece y el dinero que genera la Junta al país en la venta de la lotería “para hacer el bien” sigue llevando el sello de la explotación y la sangre que ha corrido en la venta de lotería.

Revisando los estados financieros de la Junta, al 31 de diciembre de 2019, producto de la venta de Lotería (chances, lotería, lotto, tiempos entre otros) constituye la suma de ¢ 247.264.856.767,00 generada por el sudor de muchas personas físicas explotadas.

Ya es hora de que haya conciencia jurídica, institucional y nacional de reivindicar esta clase trabajadora, por la ruta exclusiva de la reforma legal o una nueva Ley de Loterías que revoque la actual, camino que recomienda la Defensoría de los Habitantes.

No puede ser que pasen los años y en pleno Siglo XXI permanezca esta Institución Estatal refugiándose en una Ley que excluye y deja sin amparo ni derechos laborales, a la clase trabajadora que le genera los fondos económicos que le permiten cumplir sus objetivos y “labor de beneficencia social”.

No se puede hacer el bien, con la sangre humana y la denegación de desarrollo humano de una clase trabajadora.

1 de mayo 2020