Central General De Trabajadores (CGT)
Comunicado de Prensa
En una decisión “sacada del estadio” la Junta Directiva de la institución con fundamento en un criterio de sus asesoría jurídica llegó a la “brillante” conclusión que ninguno de los permisos con goce de salario que no esté incluidos en la Convención Colectiva que se suscribe con una organización sindical, elimina derechos y garantías sindicales a otras organizaciones, así de un solo plumazo los secretarios generales de las organizaciones han quedado con solo la licencia para sesionar y debiendo de tramitar día a día permisos para representar a sus afiliados.
Tal decisión que puede ser típica de los hábitos de la empresa privada, está siendo desarrollados por esa institución constituyéndose en una práctica laboral desleal, debido a que cercena la actividad sindical, nuestra organización sindical SITRAA (Sindicato de Trabajadores de Acueductos y Alcantarillados) que se encuentra como una de las organizaciones mayoritarias quedará sin la posibilidad de representar a sus agremiados en los procesos disciplinarios, estudios de normas instituciones, labores sindicales en el campo, atención de denuncias de los trabajadores y atender los diferentes conflictos que diariamente se presentan en dicha institución.
Con la flexibilidad y voluntad de dialogo SITRAA y CGT le solicitamos la mediación del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, se realizó una sesión donde parecía que la posición patronal se iba a negociar, se acordó una nueva sesión de trabajo el día de hoy 8 de Junio 2017 de junio en la oficina del Gerente General, sin embargo la posición obstinada de los representante patronales llevó a que se mantuviera la decisión ilegal de negarle al sindicato la licencia a la que tiene derecho su Secretario General.
Omite la administración del AyA y su Junta Directiva la vasta documentación y legislación Nacional e Internacional sobre los derechos y amparos de la Libertad Sindical y Autonomía que las organizaciones sindicales y sus representantes en este caso la Secretaria General deben de tener para de una forma rápida, transparente se puedan reunir con sus afiliados y plantear denuncias que van desde acosos laborales hasta el tema de acosos sexuales en las Instituciones.
Este acto discriminatorio obligará a las organizaciones a recurrir a otras instancias para hacer valer sus derechos, demostrar el daño a la organización sindical por estos actos y las repercusiones que esto genera a los trabajadores afiliados dejando les en indefensión, representación, y vías de reunión con sus dirigentes, así como plantearlo en el Comité de Libertades Sindicales como una violación del país a los convenios internacionales de la OIT ratificados por Costa Rica.
Esperamos Ante este conflicto como Central General de Trabajadores la verdadera intervención del Ministerio de Trabajo y Organización Internacional del Trabajo, para que la Administración del AyA conozca los verdaderos derechos de los dirigentes sindicales.
Carlos Cabezas Mora
Secretario general
Central General de Trabajadores CGT
*Imagen con fines ilustrativos.
Enviado por Carlos Cabezas.
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