Promueven pronunciamiento contra proyecto de nueva “Ley de Aguas”

Pronunciamiento de organizaciones sociales y ecologistas en contra de la nueva “Ley de Aguas”, en discusión en Asamblea Legislativa

Por este medio, diversas organizaciones sociales y ecologistas de Costa Rica manifestamos nuestra preocupación e indignación con respecto al proyecto “Ley para la Gestión Integrada del Recurso Hídrico” (mejor conocida como la nueva “Ley de Aguas”), expediente No. 20.212, recientemente aprobado en la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa.

Luego de una cuidadosa revisión y discusión del texto, hemos identificado una serie de vicios e inconsistencias, que abren peligrosos portillos para la privatización, el acaparamiento, el desperdicio y la contaminación del agua, así como una serie de retrocesos en materia de protección ambiental y participación ciudadana. A continuación algunos de los aspectos que consideramos más nocivos de este proyecto de ley:

-No incorpora el concepto de “contaminación por fuentes difusas”, es decir, aquellas situaciones en las cuales no se conoce con exactitud la fuente de origen de la contaminación. Este punto violenta el principio precautorio, fundamental en el derecho ambiental, por lo cual sería un retroceso que se desconociera este término. Por ejemplo, se estaría siendo permisivo con todos aquellos casos de contaminación de acueductos comunales en zonas rurales o de otros cuerpos de agua, debido a la contaminación con plaguicidas de manera difusa, que ya ha sucedido en múltiples ocasiones.

-Modifica la definición de “uso doméstico” del agua (Artículo 3, inciso 35), incluyendo dentro de esta definición las fincas agropecuarias que sean menores de 1 hectárea (para uso agrícola) o 35 hectáreas (para la ganadería). Es decir, se permite que fincas agrícolas o ganaderas exploten aguas -subterráneas o superficiales- sin un efectivo control ambiental, pues como indica luego en el Artículo 85, el uso doméstico del agua no necesita ningún tipo de permiso. ¿Qué nos garantiza, por ejemplo, que una empresa dedicada al agronegocio no va a segregar su propiedad en pequeñas parcelas, y así justificar que está haciendo un “uso doméstico” del agua?

-Establece que únicamente se pueden realizar inspecciones cuando haya una denuncia formal de por medio (Artículo 10), nuevamente, atentando contra el principio precautorio. Esto elimina la posibilidad de realizar inspecciones de control de las actividades productivas y representa una medida permisiva más, que beneficia en mayor medida a las más grandes empresas extractivistas y destructoras de la naturaleza.

-Abre un portillo para invadir y explotar las áreas de protección contiguas a cuerpos de agua (ríos, quebradas, nacientes, etc.), pues faculta a la Dirección de Aguas de MINAE a dar permisos para obras o actividades en estas áreas, sin necesidad de una Declaratoria de Conveniencia Nacional (Artículo 28), como lo establece la ley vigente. De haber estado esta ley vigente, por ejemplo, hubieran podido construir el controversial e innecesario Proyecto Hidroeléctrico San Rafael, en Pérez Zeledón, que tenía esta declaratoria como último requisito pendiente para iniciar obras.

-En los casos que hay invasión ilegal del área de protección hídrica, el nuevo proyecto establece que se debe reforestar únicamente 5 metros desde el cuerpo de agua (Artículo 29). Esto representa una clara regresión ambiental, pues independientemente si se invadieron 10, 15 o 50 metros del área de protección hídrica, basta con que el propietario (persona o empresa) reforeste apenas 5 metros.

-Permite la explotación de agua marina en áreas silvestres protegidas (Artículo 88), en las siguientes categorías de manejo de protección: Humedal, Área Marina de Manejo y Refugio Nacional de Vida Silvestre. Solamente estarían excluidas las categorías: Parque Nacional y Reserva Biológica. Esta sería una medida que atentaría contra la integridad de los ecosistemas salobres y marinos naturales del país, los cuales cumplen importantes funciones ecológicas.

-Elimina la posibilidad de establecer medidas cautelares en caso de infracciones en el aprovechamiento del agua (Artículo 114). En la práctica, esto limita las posibilidades de fiscalización y aumenta el margen para un uso irresponsable y abusivo del agua.

-Se establecen multas risibles de máximo entre cinco y siete salarios base para infracciones gravísimas, ¡unos 3 millones de colones! (Artículos 117, 118 y 119). Las multas y repercusiones hacia la afectación de las fuentes de agua, deben ser más agresivas, contundentes y proporcionales al daño efectuado, para asegurarnos que exista un esfuerzo real en evitar la afectación y para que, en caso de que esta suceda, la reparación del daño no recaiga sobre el Estado costarricense sino, sobre quién efectúa el daño. Por ejemplo, recordemos los casos de contaminación de los acueductos comunales de Milano y del Cairo de Siquirres, los cuáles se dieron por el uso de agroquímicos de la empresa piñera contigua, y por los cuáles el AyA tuvo que reconstruir un nuevo sistema de abastecimiento de agua para estas comunidades que tuvo un costo de ¢370 millones de colones para Milano y ¢2.247,6 millones para el Cairo, según datos oficiales. Esto sin tomar en cuenta los gastos que se cubrieron, con el pago de nuestros impuestos, para abastecer de agua a las comunidades afectadas con camiones cisterna hasta que estuvieran terminados los acueductos, que en el caso del Cairo, fue necesario invertir más de ¢430 millones de colones en esta gestión. Las multas elevadas, desincentivan las conductas dañinas y, para el recurso hídrico, la tolerancia de los daños ambientales debe ser nula.

-En la retórica, incorpora el principio de la participación ciudadana, sin embargo, en la práctica, no cuenta con los mecanismos para hacerla efectiva. Por ejemplo, en el proyecto de Ley de Aguas de iniciativa popular que se discutió hace algunos años, este incluía la propuesta de creación de Consejos de Cuencas, los cuales garantizarían un mayor nivel de participación social y comunal en la toma de decisiones sobre el manejo del agua. El actual proyecto no incluye a los Consejos de Cuenca ni ningún otro mecanismo para garantizar la real participación de la ciudadanía en cuanto a la gestión del agua.

En resumen, este proyecto de ley pareciera estar hecho a la medida de los intereses de aquellos que acaparan mayores cantidades de agua, los que más contaminan y que hacen un uso irresponsable y abusivo del mismo, sobre todo, de grandes empresas agropecuarias. Además, el texto elimina mecanismos efectivos de fiscalización, control y protección y cierra espacios para una verdadera participación ciudadana y democrática en la gestión del agua.

Exigimos a la Asamblea Legislativa el rechazo al proyecto de Ley de Aguas No. 20.212, y planteamos la necesidad de mejorar nuestra legislación ambiental actual en términos de protección, inversión de recursos económicos, mayores controles estatales de las actividades productivas, fortalecimiento de la gestión de la conservación, así como multas severas para aquellos que afecten los cuerpos de agua. Además, apuntamos a que es necesario avanzar en la creación de mecanismos de participación política ciudadana para la toma de decisiones sobre nuestras cuencas hidrográficas y el manejo que se haga de ellas.

Hacemos un llamado a todos los sectores ecologistas, ambientalistas, comunales, indígenas, clase trabajadora, movimientos de mujeres y a toda la sociedad costarricense, a generar debate y construcción de una nueva forma de relacionarnos con la naturaleza, y específicamente con el agua, donde construyamos un ciclo hidrosocial sustentable y una legislación en función de nuestras necesidades sociales y naturales y no de los grandes capitalistas explotadores. No olvidemos que el agua es el elemento más importante para la vida, por lo tanto, las decisiones que se tomen sobre este tema nos conciernen a todos y todas. ¡No permitamos que sigan aprobando leyes que violentan nuestros derechos! ¡No permitamos que los poderosos sigan haciendo sus grandes negocios a costa de un bien que nos pertenece a todos y todas!

¡AGUA ES VIDA, NO MERCANCÍA!

Ingrese en el siguiente enlace para ser partícipe de este pronunciamiento:

https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdWfu_ynrMvQALgX5QPvXvmHq0xZxs2vpvjhwFHBZSjbLIpkQ/viewform?vc=0&c=0&w=1

Imagen ilustrativa, UCR.

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