PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO – Acerca de la visita de la Defensora de los Habitantes al Territorio Indígena de Salitre, Cantón de Buenos Aires ¿Inconsistencia o cambio de posición de la Defensoría?

21 de julio del 2022

Los abajo firmantes, investigadoras e investigadores de las universidades públicas, expresamos nuestra preocupación por las opiniones emitidas por parte de la señora Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo Sancho a raíz de la visita que realizó al territorio Indígena de Salitre. Dicho evento, fue publicado por un diario nacional que la difunde bajo los titulares: “Defensora visita Salitre y se espanta con lo que ve” (8 de julio del 2022) y “Funcionarios de Defensoría ocultaron lamento indígena” (11 de julio del 2022)1. Posteriormente, esta acción fue objeto de otras publicaciones en la prensa nacional: “Defensora visita Salitre guiada por abogada condenada a cárcel por usurpar tierras indígenas” (11 de julio del 2022) y “Defensora de los Habitantes califica de ilegales las recuperaciones de los territorios indígenas” 2; el sindicato de la Defensoría también manifestó inquietud por las declaraciones de la señora Crespo3, así como varias organizaciones indígenas cuestionaron en diferentes publicaciones las declaraciones de la señora Defensora4. Luego, el diario vocero de esa visita, agregó un nuevo titular: “Denuncian a funcionarios de la Defensoría de los Habitantes”5 en la que se consignan denuncias hacia personas específicas de esa institución, según se afirma, por parte de la propia señora Defensora, apoyada en las acusaciones realizadas por las personas participantes en la reunión referida.

Ante esta situación consideramos imprescindible manifestarnos y señalar lo siguiente:

1. Los propios pueblos indígenas, los organismos internacionales, diferentes organizaciones no gubernamentales, y la Defensoría de los Habitantes han documentado y denunciado durante décadas y en repetidas ocasiones, la grave violación a los derechos de los pueblos indígenas en nuestro país, la cual ha venido escalando y agudizando a vista y paciencia de la institucionalidad pública y de las autoridades de todos los poderes de la República. Hay avances formales y normativos pero no hay resultados efectivos, ni en la solución de las situaciones urgentes, como lo son la recuperación de sus tierras y la legítima auto representación política, ni en los problemas estructurales e históricos de esta población.

La Ley Indígena 6172 de 1977, la firma del Convenio 169 de la OIT por parte de nuestro país, el voto a favor de la Declaración de la Naciones Unidad sobre el Derechos Indígenas adoptada en 2007 entre otras normativas han sido obviadas en nuestro país. Las Medidas Cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no han sido seguidas eficientemente por el Estado y ni siquiera la legislación general para las y los ciudadanos costarricense se aplica de la misma manera cuando se trata de personas indígenas.6

Hay en esta acción continuada, más que una desaplicación de la ley, una negación persistente de la condición de sujetos históricos y de sujetos de derechos de las personas y de los pueblos indígenas, que es en extremo preocupante.

2. En el caso de las recuperaciones de tierras en Salitre, es necesario considerar la insistencia y gestión indígena durante decenas de años para reclamar sus tierras por todas las vías legales posibles. Desde los años noventa los indígenas venían planteando procesos judiciales agrarios de reivindicación, que en algunos casos tardaban hasta 8 o 10 años en ser fallados en favor de la comunidad indígena. Luego sucedía que las órdenes de desalojo no se concretaban por múltiples razones de tipo administrativo y hasta político.

Las recuperaciones de tierras son acciones desesperadas que tienen una justificación en la desidia institucional, en la negación de acceso a la justicia, y en la presión histórica que los usurpadores no indígenas ejercieron para dominar en todas las esferas, y apropiarse de estas tierras impunemente. 

Después de una década de las primeras recuperaciones que se dan en el 2012 en Salitre, la intervención estatal ante este hecho continúa pendiente. El Plan RTI (Plan Nacional de Recuperación de Tierras Indígenas) elaborado por el INDER (Instituto de Desarrollo Rural) para atender esta problemática es todavía un documento que está en etapa de campo y no ha logrado hacer efectiva ninguna devolución territorial, después de más de 6 años de haberse iniciado.

De manera tal, que ni las acciones administrativas, ni las acciones legales emprendidas por los pueblos indígenas han tenido resultados contundentes, por lo que las recuperaciones territoriales se mantienen en el horizonte como la única posibilidad de resarcimiento de sus derechos territoriales, aunque esto signifique asumir riesgos contra la integridad de las personas indígenas. En consecuencia, las reacciones violentas de quienes ocupan ilegalmente el territorio, mientras permanezcan impunes, seguirán abonando a la profundización y extensión del conflicto, que lamentablemente ya ha cobrado la vida de dos líderes indígenas: Sergio Rojas Ortiz y Jehry Rivera Rivera.

3. Según la ley – y lo han reiterado los tribunales de justicia en todas las jurisdicciones- los no indígenas no tienen derechos sobre las tierras indígenas, por eso el papel de un procurador de derechos de la ciudadanía, no es el de ponerse en favor de los usurpadores de tierras, sino en favor de quienes han reclamado por todos los medios, y no les ha quedado más que dirigir sus propias acciones para reivindicar sus derechos.

4. La Defensoría de los Habitantes ha sostenido hasta ahora una posición muy clara en ese sentido, haciéndoles ver a los habitantes no indígenas, que si tienen documentos de propiedad anteriores a 1977 tienen derecho a una indemnización, si por el contrario, adquirieron los terrenos después de 1977, estarían en condición de ilegalidad según la ley y lo que corresponde es el desalojo sin indemnización. Esta explicación la misma señora Defensora la comunicó a la señora Thais Vidal en el año 2020 bajo el oficio: DH-DIND-0176-2020, de manera que dos años después no es posible alegar asombro, ni desconocimiento de una situación que ya conocía y ante la cual había emitido un criterio institucional.

5. Es decir, la Defensoría no solo tiene conocimiento pleno de lo que sucede en los territorios indígenas, de los conflictos, los intereses en juego, las distintas informaciones y desinformaciones circundantes, sino también de los asesinatos, hostigamientos, criminalizaciones y las constantes amenazas de muerte que líderes y lideresas indígenas por parte de finqueros no indígenas, de personas contratadas por ellos o bien, de personas indígenas afines a sus intereses. La señora Defensora ha expresado públicamente que conoce bien esta la situación de los territorios.

6. La Defensoría de los Habitantes ha gozado del respeto y la confianza de lideresas y líderes comunitarios y de la población indígena, gracias al profesionalismo, objetividad, transparencia y coherencia con la que han actuado el personal especializado en derechos indígenas y algunos Defensores y Defensoras a la hora de emitir criterios, informes, alertas, recomendaciones, solicitudes y recordatorios a las instituciones públicas. Estas acciones las han realizado sobre la base de hechos ocurridos en los territorios, datos concretos y observaciones directas. Sin duda, su participación ha sido fundamental en varios momentos críticos en defensa de los derechos indígenas, labor, por cierto, claramente disminuida en los últimos cuatro años.

7.Es ante lo anteriormente expuesto, que nos desconcierta conocer que la señora Defensora emita criterios inconsecuentes y contradictorios con el accionar previo, producto de una reunión en el Territorio Indígena de Salitre donde participaron personas no indígenas que tienen posesiones ilegales en tierras indígenas, cuyas acciones y reacciones organizadas, han desatado violencia, manifestaciones de odio, racismo y sufrimiento. Hostigan e incitan a la violencia, utilizando las redes sociales y algunos medios de prensa para desinformar a la población. Afirmar en ese contexto que las recuperaciones son ilegales es avalar a los usurpadores, revictimizar a quienes han sido agredidos y criminalizar a los defensores de los derechos indígenas.

En particular llama la atención que una de las personas activamente participante -según se dice en la noticia – fuera la señora Thais Vidal, quien fue condenada a tres años de cárcel por usurpación de tierras en Salitre (No. 2016-0321)7 – como es de conocimiento público – llegando al punto de declararse indígena “pluriétnica”8, para obtener su propósito. Dos peritajes culturales llegaron a las mismas conclusiones sobre la falta de legitimidad de documentos aportados por la señora Vidal, acerca de su identidad como indígena bribri y posteriormente la ADI de Ujarrás declaró que tampoco es cabécar. ( Véase Resolución de la Sala Constitucional N°20139-2014 que declara sin lugar Recurso de Amparo). En esas ocasiones, la señora Vidal cuestionó a los profesionales responsables porque sus dictámenes no la favorecen, incluyendo su apelación a la sentencia mediante recurso de casación, el cual la Sala III declaró sin lugar ( R 2017-000585).

Considerando los criterios antes expuestos, con todo respeto solicitamos a la señora Defensora de los Habitantes, que:

  • La Defensoría de los Habitantes conforme a su misión de tutelar los derechos en general y de los pueblos indígenas en particular y en su agenda como Defensora, se mantenga la acción consecuente que la ha caracterizado en la defensa y restitución de derechos de los Pueblos Indígenas, retomando con fortaleza las acciones que estén a su alcance para que se agilice el Plan RTI y todas las acciones institucionales necesarias para garantizar el saneamiento y la seguridad de los territorios indígenas. Así como se ejecuten acciones específicas para garantizar el acatamiento de la normativa nacional e internacional en materia indígena, un papel fundamental de la Defensoría.
  • Aclare la posición de la Defensoría de los Habitantes ante las dudas generadas por sus declaraciones, y en caso de que haya variaciones con el criterio histórico que ha mantenido la institución-, muestre los argumentos y datos que fundamentan un cambio tan importante.
  • En ese mismo sentido, respetuosamente le hacemos un llamado para que el conflicto que viven los pueblos y territorios indígenas por la violación de sus derechos, no sea utilizado para dirimir diferencias institucionales internas, que como es de dominio público, se vienen dando dentro de la Defensoría.

Nombre / Institución:

1. Xinia Zúñiga Muñoz. Investigadora. CICDE – UNED / Proyecto Conflictos Territoriales UCREA-UCR.

2. Denia Román Solano. Proyecto Conflictos Territoriales. UCREA / Esc. Antropología. CIAN UCR.

3. David Solís Aguilar. ProCultura, CICDE-UNED / FLACSO Guatemala.

4. Mauricio Alvarez Mora. Docente en las Escuelas de Geografía, Ciencias Políticas, Programa Kioscos Socioambientales de la UCR y IDELA-UNA.

5. Jeffrey Peytrequín Gómez. Esc. Antropología UCR.

6. Rebeca Arguedas Ramírez. Académica UNED.

7. Andrea Cuenca Botey, Cátedra de Investigación en Ciencias Sociales y Humanidades UNED.

8. Juan Antonio Gutiérrez Slon, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

9. Patricia Mora Castellanos. Escuela de Estudios Generales UCR.

10. Alberto Gutiérrez Arguedas, Sede de Occidente y CIEP, UCR.

11.Ma. del Carmen Araya Jiménez, CIAN-UCR.

12. Jorge Arturo Lobo Segura. Escuela de Biología, UCR.

13. Helga Arroyo Araya. Proyecto Conflictos Territoriales. UCREA / Esc. Psicología.

14. Alejandro Alvarado Alcázar, Escuela de Sociología, UCR.

15. Onésimo Rodríguez Aguilar, director, Centro de Investigaciones Antropológicas.

16. María E. Bozzoli Vargas, Proyecto Conflictos Territoriales UCREA/Esc.Antropop. CIAN. UCR.

17. Ana Lucía Calderón Saravia, asesora curricular, Centro de Evaluación Académica, UCR.

18. Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR.

19. Maritza Marín Herrera, Académica de la Escuela de Estudios Generales, UCR.

20. Vernon Soto Lugo. Docente de Ciencias biológicas en la Escuela de Estudios Generales, UCR.

21. Macarena Barahona Riera. Docente e investigadora de Escuela de Estudios Generales.

22. Sylvia Elena Solano Ulate. Docente de la Escuela de Estudios Generales, UCR.

23. María José Chaves Groh. Docente de la Escuela de Estudios Generales e investigadora en el CIEM, UCR.

24. Ángela Ramírez Guerrero. Docente en la Escuela de Estudios Generales, de la Universidad de Costa Rica.

25. Geanina Amaya Rodríguez. Docente de la Escuela de Trabajo Social, Universidad de Costa Rica.

26. César Moya Aburto, Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo, CICDE-UNED.

27. Carmen María Camacho Rodríguez, académica e investigadora jubilada (UNA, UCR, ICAP).

28. Verónica Jerez Brenes, docente, Escuela Estudios Generales, UCR.

29. Ernesto Cortes Amador, docente, Escuela de Antropología, UCR.

30. Silvia Rojas Herrera, académica, Escuela de Sociología, UNA.

31. Catalina Carrillo Vargas, académica IDESPO y Sede Brunca, UNA.

32. Mariana Porras Montero, docente de la Escuela de Trabajo Social, UCR.

33. Celia Barrantes Jiménez, docente interina Escuela de Antropología, UCR.

34. Osvaldo Durán-Castro, Sociólogo ITCR/Proyecto Pueblos Originarios-Universidades Públicas-CONARE.

35. Vania Solano Laclé, docente de la Escuela de Antropología y coordinadora del proyecto EC-581 Observatorio para la acción contra el racismo, CIAN-UCR.

36. Francisco Javier Mojica Mendieta, Antropólogo Proyecto Pueblos Originarios-U Públicas-CONARE; docente posgrado en Antropología-UCR; Director de Revista Trama, ITCR.

37. Giovanni Beluche Velasquez. Coordinador del Programa de Humanidades de la UTN.

38. Zuiri Méndez Benavides, docente Escuela de Sociología y Programa Kioscos Socioambientales, UCR.

39. Luis Andrés Sanabria Zaniboni. Proyecto EC-518 Observatorio Bienes Comunes. Programa Kioscos Socioambientales, UCR.

40. José Antonio Mora Calderón. Docente Sede de Occidente y Coordinador de Programa Kioscos Socioambientales para la Organización Comunitaria, UCR.

41. Nathalia Vargas Umaña. Trabajadora Social, Gestora Sociocultural y activista feminista.

42. Mar Fournier Pereira. Docente Escuela de Psicología, UCR

43. Mariana R. Mora. Docente Escuela de Sociología UCR

44. Daniel Solano Ulate. Docente Escuela de Danza, Escuela de Música, UNA.

45. Marcelo Valverde Morales. Académico IDELA, UNA.

46. Luis Paulino Vargas Solís, investigador CICDE-UNED.

47. Ali García Segura. Bribri Talamanca. Investigador Facultad Ciencias y Letras UCR.

48. Paulo E. Coto Murillo, Investigador y docente, CICDE-UNED/ Posgrado de Sociología, UCR.

49. Mariano Saenz Vega, Investigador docente Ad-Honorem, UCR.

50. Anacristina Rossi, Profesora de Estudios Generales. Universidad de Costa Rica.

51. Priscilla Carballo Villagra, investigadora, CICDE-UNED.

52. Pablo Arturo Díaz González, investigador, CICDE-UNED.

53. David Arias Hidalgo, profesor-investigador ITCR-

54. Héctor Ferlini-Salazar, director de SURCOS, docente UCR.

55. Raquel Lafuente Chryssopoulos, profesora-investigadora Escuela de ingeniería en producción industrial, integrante del Consejo Institucional ITCR.

56. Evelyn Hernández Solís, Estadística de la Oficina de Planificación, ITCR.

57. Noemy Quirós Bustos, Coordinadora Centro de Investigación CEQIATEC, profesora-investigadora Escuela de Química, ITCR.

58. Roberto Cortés Morales, Director Escuela de Ingeniería en Computación, ITCR.

59. Isabel Ducca Durán, catedrática jubilada de la Universidad Nacional.

60. Carolina Quesada Cordero, Escuela de Antropología, Universidad de Costa Rica.

61. Nora Garita Bonilla, catedrática jubilada, Universidad de Costa Rica.

Siguen más firmas…

1 https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479409/defensora-visita-salitre-y-se-espanta-con-lo-que-ve. y https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479557/funcionarios-de-defensor-a-ocultaron-lamento-ind-gena

2 https://semanariouniversidad.com/pais/defensora-visita-salitre-guiada-por-abogada-condenada-a-carcel-por-usurpar-tierras-indigenas/ y https://delfino.cr/2022/07/defensora-de-los-habitantes-califica-de-ilegales-las-recuperaciones-de-territorios-indigenas

3 https://delfino.cr/2022/07/sindicato-de-la-defensoria-senala-a-catalina-crespo-por-reunirse-con-usurpadores-de-tierras-indigenas?s=09.

4 https://www.facebook.com/111882987093775/posts/555428809405855/

5 https://www.diarioextra.com/Noticia/detalle/479926/denuncian-a-funcionarios-de-la-defensor-a-de-los-habitantes

6 La Comisión impuso a Costa Rica la Medida Cautelar 321-12 desde el 2015 vigente hasta el momento. https://www.oas.org/es/cidh/indigenas/proteccion/cautelares.asp. El país ha recibido la visita de dos Defensores de Derechos Indígenas, James Anaya (2011) y Francisco Cali Tzay (2020) quienes en sendos informes han expresado su preocupación por múltiples violaciones de derechos indígenas en nuestro país. Para mayor información véase https://www.sciencespo.fr/opalc/content/pueblos-indigenas-en-salitre-las-medidas-cautelares-solicitadas-costa-rica-por-la-cidh.html#:~:text=Las%20medidas%20cautelares%20constituyen%2C%20como,de%20la%20CIDH%3A%20la%20violencia

7Dictada a las 11 horas 56 minutos, del 20 de mayo de 2016, por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Cartago, Sección Primera. Sentencia de cárcel para Thais Vidal https://www.youtube.com/watch?v=DUF9jcySHBc). La señora Vidal, abogada de profesión, obtuvo ejecución condicional de la pena, lo mismo que su pareja el señor Carlos Gutiérrez Alpízar, abogado y exjuez agrario quienes compran ilegalmente una parcela en Cebror de Salitre a una persona que no era indígena bribrí, pero que de buena voluntad la comunidad indígena la había dejado habitar en el Territorio.

8 ADI de Ujarrás niega identidad indígena a Thais Vidal https://www.tvsur.co.cr/etiqueta/thais-vidal-salitre/