Reinstalemos el tope de 30 años de anualidades en la UCR

En su sesión 4489-1999, (http://www.cu.ucr.ac.cr/uploads/tx_ucruniversitycouncildatabases/minute/1999/4486.pdf), el Consejo Universitario estableció un límite de 30 anualidades a quienes laboramos en la Universidad de Costa Rica. Este acuerdo determina que las personas tendrían un 90% de anualidades (3% de anualidad multiplicado por 30 años). Esta formulación del 90% se deriva de que el 3% por anualidad entró en vigencia en 1987. Quienes laboraban antes de esa fecha recibían un 2% por anualidad.

Diez años más tarde, el Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica dejó sin efecto el tope de 30 años de anualidades (http://cu.ucr.ac.cr/actas/2009/5376.pdf). En lo sucesivo, el personal de la institución recibirá anualidades durante el total de sus años laborados. Este acuerdo del Consejo Universitario cita varias razones. Se menciona, por ejemplo, el voto 15460-08 de la Sala Constitucional que anuló, por inconstitucionales, la frase “hasta un total de treinta” y la palabra “treinta” del artículo 5° de la Ley de Salarios de la Administración Pública No. 2166 de 9 de octubre de 1957. Desde el punto de vista financiero, se hace referencia a un informe preparado por la Oficina de Recursos Humanos acerca de las consecuencias salariales del cese del tope de las anualidades y la estimación del aumento del número de personas que superarían los 30 años de laborar en la institución.

Si bien la Oficina Jurídica (OJ-1330-2008) le hace saber al Consejo Universitario que el voto de la Sala Constitucional, referido a la Ley de Salarios de la Administración Pública, no es vinculante para la Universidad de Costa Rica, pues en su lugar rige la Convención Colectiva, se toma el acuerdo de derogar el tope de las anualidades. En el acuerdo propiamente dicho, el Consejo Universitario no considera los alcances de las estimaciones financieras aportadas por la Oficina de Recursos Humanos.

Hoy, transcurridos nueve años, este acuerdo debe revisarse. Si en 1999 121 personas tenían 30 años o más de laborar en la Universidad de Costa Rica, en el año 2009 ese número era de 175. De acuerdo con datos proporcionados por la Vicerrectoría de Administración, a finales de este año 2018, son (o somos) 726 (7,33%) de un total de 9911 personas. Si el tope de las anualidades entrara nuevamente en vigencia, la Universidad de Costa Rica ahorraría más de ₡1.000 millones anuales (1 058 996 977), un 23,84% del gasto total por anualidades que se pagan a las personas con más de 30 años de servicio.

En diciembre del año 1999, la Contraloría Universitaria (OCU-R-224-99) ya advertía las consecuencias de largo plazo de esta estructura salarial. Leído este acuerdo del Consejo Universitario del año 2009 en el contexto de crisis fiscal a los criterios jurídicos y financieros se pueden adicionar consideraciones políticas y éticas.

En términos políticos, las pretensiones de debilitar las universidades públicas no pueden ser respondidas ignorando aquello que internamente se debe mejorar y corregir. La legitimidad institucional de la Universidad de Costa Rica no está en discusión; sin embargo, lo mismo no se puede decir de su estructura de salarios. La actual estructura de salarios debilita la legitimidad institucional.

Hay intereses neoliberales y neoconservadores que pretenden socavar a la Universidad de Costa Rica y, en general, a las universidades públicas. Las universidades forman profesionales que toman decisiones en el país y participan en la formación de opiniones. Debilitar a estas instituciones tiene efectos de largo plazo en la sociedad costarricense. Los artículos 84 y 85 de la Constitución Política están en la mira de los sectores más radicales.

Desde el punto de vista ético, la crítica a las profundas desigualdades que se han entronizado en la sociedad costarricense y en la mayoría de las sociedades contemporáneas debe reconocer también las desigualdades salariales internas de la Universidad de Costa Rica. Los salarios más altos del sector docente superan en ocho veces a los salarios devengados por quienes se incorporan anualmente a laborar en la Universidad de Costa Rica.

El Consejo Universitario debe entrar a discutir el tope a las anualidades. La autocrítica es indispensable para la defensa y el fortalecimiento de la Universidad de Costa Rica.

Imagen tomada de la página oficial de la UCR.

Compartido con SURCOS por Carlos Sandoval García.

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