Sicariato ambiental en ADN de quienes asechan la institucionalidad y el ambiente

Juan Francisco Campos
Agosto 04 – 2023

¡Basta ya! con del velo verde sobre la realidad ambiental del país, y si todavía queda tiempo, profundicemos la denuncia y exijamos del Estado, su obligación ineludible con la vida ecológicamente sana en esta Nación; según lo demanda la Carta Magna y el bloque de legalidad aún vigente. A la vez, si el gobierno de la República, “enchompipado” en sus intereses también odia hasta la referencia a las crisis que padecemos1 pues es claro que, otros son sus propósitos; en vista de las elevadas cifras de violencia social y la destrucción ambiental de la situación cuyos estragos cunden en este país, es un deber aceptar que, el fondo se observa lejos y a las autoridades es a quien menos interesa. Por esto y mucho más, es hora de que, por ejemplo, los cientos de asesinatos durante el presente año en su mayoría calificados como “ajuste de cuentas” y los más de 10 mil incidentes ambientales del 20222, para algo diferente o “más que noticias” deben servir.

Respecto a los incidentes (quejas y denuncias) registrados sólo en un año por parte de cuatro entidades estatales y que, como describe el medio informante, “más del 90% corresponden a perdida de la biodiversidad causada por acciones humanas”; estos, son efectivos hechos de impacto negativo sobre el ambiente. Pensemos por lo tanto en miles de actividades, obras o proyectos en desarrollo; los cuales, bajo la eficiente aplicación de la legislación ambiental (Ley Orgánica del Ambiente, Ley de Biodiversidad) y así prevenir sus daños, deberían haber sido evaluadas por parte del Órgano responsable. Además, informa la Contraloría Ambiental3 que, de las 6318 denuncias ingresadas durante el mismo año 2022 al Sistema Integrado de Trámite de Denuncias Ambientales (SITADA), la Setena sólo investigó (atendió) la insignificante cifra de 28 denuncias de ese total. Este dato específico, es un detalle en apariencia asociado a lo establecido en el Reglamento General de Evaluación de Impacto Ambiental, en cuanto a su deber de cumplir el trámite correspondiente, sólo de las denuncias sobre casos que abrieron expediente en esta Institución evaluadora, aunque no hayan concluido con la obtención de la Viabilidad Ambiental (Capítulo V -Reglamento General).

Sin embargo, dicho detalle es al mismo tiempo relevante y significativo, si en atención a esas denuncias anuales y el tratamiento que reciben algunas por parte de la Setena, con los mismos datos oficiales inferimos que, la evaluación de impacto ambiental (EIA) de actividades, obras o proyectos en concordancia con la Constitución (Artículo 50), ley Orgánica del Ambiente (Artículo 17) y Reglamento (D.E. 31849 y reformas) se está violentando tanto por acción como por omisión. Vale preguntar hasta aquí ¿De cuál otro instrumento técnico científico diferente y superior a la EIA, dispone el Estado costarricense para forjar el desarrollo ambientalmente sostenible y por consiguiente garantizar la vida saludable en este territorio? También ¿Por qué si está vigente el cuerpo normativo que establece y regula la EIA, la práctica demuestra que estas obligaciones no se están cumpliendo?

Es fácilmente constatable que, casi desde la promulgación del cuerpo de normas citado, experimentados especialistas en derecho ambiental, de buena fe le han señalado algunos errores u omisiones necesarias para honrar la debida progresividad y obvio mejoramiento, pero que nunca han tenido eco por parte de las autoridades competentes de hacerlo efectivo. En su lugar, sí han llevado a cabo muchas reformas reglamentarias y leyes de naturaleza netamente regresivas (Ej. zonas francas, caminos, torres de telecomunicaciones); especialmente durante los últimos diez años. En esta línea, se encuentra hasta hoy el nuevo Reglamento4 que, sólo espera unos días para entrar en vigencia; por su parte y quizás en meses, también habrá nueva ley según el expediente legislativo No. 23.213.

De manera que, esa es la principal razón por la cual, la Institución Rectora de la EIA (Setena), hoy yace agonizante frente a los daños ambientales que seguirán en aumento y multiplicando la fuerza destructiva de los eventos naturales extremos. Mientras tanto, el caballo troyano llamado reactivación económica y efectivamente neo extractiva; la cual, no es y tampoco será nunca sostenible ni inclusiva, continuará la concentración y exportación de toda la riqueza que generan nuestros recursos hasta su extinción. Consecuentemente, acrecentando los estragos apuntados junto a más desempleo, la precarización del trabajo y el desfinanciamiento institucional de la salud pública, tanto como otros servicios sociales. Así repitan desde el gobierno, que el espíritu conservacionista lo llevan en su ADN.

Decíamos que la Setena sólo espera el “disparo” final de su defunción, y por ende, retroceder institucionalmente 30 años en el proceso de la EIA, pues desde la creación de la llamada CONEIA, su antecesora adscrita al entonces MIRENEM (Decreto No. 23783-1994), fue constituida como Órgano técnico de desconcentración máxima; y así sucede. En lo inmediato el primer paso ya ejecutado, es la derogación de su Reglamento General de la EIA mediante el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (RECSA). Luego seguirá la eliminación de su máxima instancia colegiada para la toma de decisiones conocida como comisión plenaria, así como, la desaparición como Institución de desconcentración máxima, por medio del proyecto de ley referido. Es decir, algo sui géneris, primero reglamentan y luego adecuan la Ley. Tómese en cuenta también que, aunque con otra función y quizás alcances menores pero complementarios, una similar situación se proyecta contra el SINAC, CONAGEBIO y otras imprescindibles entidades comprendidas en ese proyecto de ley del expediente anteriormente citado. Se ha informado que, dicho proyecto cuenta con el respaldo mayoritario de diputados. Obviamente nada extraño en el poder de la República donde hace años, la representación del pueblo es una aberración por parte de tales mayorías.

Además, desde la primera intervención oficial a la Setena decretada durante la administración Chinchilla5 y las diferentes acciones regresivas cada vez más severas por parte de las administraciones Solís, Alvarado y la actual; se propusieron su “modernización y remozamiento” a toda costa, especialmente del ambiente, principal capital a conservar mientras contribuya a su mercantilismo. Vale puntualizar que, durante estos años, el número total de la planilla laboral de la Setena se ha mantenido en un promedio de 80 a 90 funcionarios. De ellos, los profesionales técnicos encargados de la EIA y distribuidos en tres departamentos técnicos, ha sido inferior a 50 para cubrir la demanda del fundamental servicio evaluador para todo el país, lo cual, entre los años 2014-2019 era de aproximadamente 2300 proyectos, obras o actividades por año; por lo tanto, es notable que, el recurso humano siempre fue insuficiente para el cumplimiento cabal.

Sin embargo, las preocupaciones reales por esa “modernización institucional”, se debe decir, no ha sido para mejorar la labor institucional y la normativa específica; sino, en unos casos para eliminar los procesos evaluativos y con los otros que dejan, debilitarlos; a esto último le llaman “adelgazamiento (reducción)” según informe 2021 -pg.19. Y para ello, además de preponderar la economía procesal más una supremacía indebida de la ley 8220; en julio del 2019, se ejecutó la reforma reglamentaria más regresiva hasta ese momento hecha, mediante el Decreto Ejecutivo No. 41.815, con el cual, se relegó el proceso para el 54% de los trámites de EIA que hasta dicho momento se presentaban; según los datos aportados por el propio gobierno6,7.

Pero esa no fue la única medida tomada en la misma línea, lo cual, se puede observar en los informes anuales de labores 2021 y 2022, donde encontramos que, para esos dos años, la cantidad de expedientes recibidos por la institución fue de 1962 y 2199 respectivamente8,9. De la primera cantidad no recibió la EIA el 65% (1276), de la segunda el 60% (1317); obviamente como efecto directo de la reforma reglamentaria. Las restantes cantidades de cada año y que mayoritariamente representan la aplicación del instrumento de evaluación D1, sí recibieron el proceso, pero previamente adelgazado. La prioridad repetidamente expuesta, ha sido y es reducir los costos económicos, así como los tiempos de tramitación en lo que queda para atender; casi todo convertido en ligeros trámites administrativos.

Estos son resultados de la “modernización” en la que como dicen falazmente sus promotores y jefes, prevalece el compromiso de construir una mejor SETENA. También, por medio de la cual “Uno de los objetivos más importantes que hoy nos direccionan es trasladarnos a de un modelo de EIA de escritorio a un sistema de seguimiento ambiental…” Y, “Siempre buscando cumplir con los objetivos de la institución, logrando automatizar y simplificar trámites, sin caer en regresión ambiental”. “Existe una SETENA que se ha modernizado, se actualizado tanto en estructura como a nivel de conocimiento del personal, donde los funcionarios tienen claro las aplicaciones a la EIA, y lo importante de acatar lo que establece la Ley 8220, las competencias institucionales, cuyo resultado es una institución comprometida con los objetivos de desarrollo sostenible y con un servicio de calidad al usuario”. Como se dijo en un artículo anterior, tanta claridad existe en estos funcionarios sobre las aplicaciones a la EIA y el compromiso institucional que, su jefe, hace pocos meses expuso ante diputados y representantes comunales del cantón de León Cortés que, “la Setena no es quien hace esta evaluación”.

En fin, informes oficiales como los referidos, leídos con detenimiento nos permiten comprobar el mar de deficiencias y contradicciones internas en la gestión de esta institución pública, la cual, posee encargo de las más altas responsabilidades científicas y técnicas para el país y el Planeta. Así mismo, las verdaderas intenciones de sus actores (propios y foráneos), a pesar de que, la ciudadanía, cada día más, ejercita su derecho fundamental de participación como defensor del ambiente por medio de la denuncia; no obstante, el riesgo e indefensión que le acarrean y que no dudamos, por las acciones oficiales y los grupos de interés que en ellas encuentran apoyo, se multiplican. La difamación, el hostigamiento, el asesinato y por ende, la violación de derechos humanos, son hechos de la vida actual en este país y no inventos de quien quiera dañar su imagen internacional. Los pueblos aborígenes, aunque no los únicos, padecen de estos hechos en los que domina la atención oficial negligente y la impunidad.

Indicamos antes que, las cifras son elocuentes y lo repetimos, el SITADA reportó 6318 denuncias ambientales para el 2022 y por su parte la Fiscalía Adjunto Agraria Ambiental 2358; y aunque desconocemos si en la primera cantidad está contemplada la segunda, seis mil o más denuncias y sus posibles daños ambientales, implica una situación crítica y alarmante. Sin embargo, la participación reportada sobre ello por parte de la Setena, sin duda que es la de mirar para otro lado. Una conducta que, aunque no es nueva, responde a la política pública continuada por el actual gobierno, cuyo mejor ejemplo a ese nivel, es la oposición a ratificar el Acuerdo de Escazú10,11; mientras que, a nivel de la Setena, resulta evidente su constante manipulación y cuando no, la oposición a cumplir lo que debe con los mecanismos de participación pública.

En estos días y como sucede con frecuencia con las autoridades de la Setena, obligados por la Sala Constitucional tendrán que llevar a cabo una Audiencia Pública en el cantón de León Cortés, por los vicios cometidos en la Viabilidad Ambiental al proyecto de gasificación de residuos en ese territorio; asunto denunciado por la comunidad movilizada como una férrea y digna Defensora del Ambiente12. En el Caribe Sur limonense, una situación similar se presenta, con el Plan Regulador Costero de Talamanca13, territorios donde ya conocemos las maniobras institucionales cómplices con los intereses privados, cuando se trata de Audiencias públicas. No obstante, abrigamos la esperanza de que, algún día se haga realidad lo que con frecuencia es señalado por la Sala Constitucional sobre el tema de la participación ciudadana; tema trascendente del Acuerdo de Escazú:

“…este Tribunal ha potenciado el derecho que tiene la población de participar en aquellos asuntos que sean de su interés y que involucren la afectación al ambiente. Sobre el particular se ha indicado, que la participación ciudadana en los asuntos ambientales abarca 2 puntos esenciales: el derecho a la información relativa a los proyectos ambientales, o que puedan causar una lesión a los recursos naturales y al medio ambiente, y la garantía de una efectiva participación en la toma de decisiones en estos asuntos. Por ello el Estado costarricense no sólo debe invitar a la participación ciudadana, sino que debe promoverla y respetarla cuando se produzca” (Sentencia Constitucional No. 6922-2010).

Referencias:

  1. https://observador.cr/9-homicidios-en-12-horas-mientras-chaves-niega-crisis-expertos-advierten-que-es-una-ola-inedita-de-inseguridad/
  2. https://www.elpais.cr/2023/06/16/delitos-de-tala-en-areas-de-proteccion-encabezaron-denuncias-denuncias-ambientales-en-2022/
  3. https://www.contraloriaambiental.go.cr/doc_/doc_1675347061.pdf
  4. https://www.presidencia.go.cr/comunicados/2023/02/65-de-proyectos-de-bajo-impacto-ambiental-que-ingresan-a-setena-ya-no-requeriran-viabilidad
  5. http://www.pgrweb.go.cr/scij/Decreto37675
  6. https://www.presidencia.go.cr/comunicados/2019/06/setena-da-pasos-firmes-hacia-su-digitalizacion-2/
  7. https://www.elfinancierocr.com/economia-y-politica/setena-digitaliza-tramite-para-proyectos-de bajo/RGIHZBASF5CILG6LIRSLANI45Q/story/
  8. https://www.setena.go.cr/Downloads/documentos/Transparencia/InformesInstitucionales/Informes/Informe%20Gestion%20SETENA-2021%20(FINAL).pdf
  9. https://www.setena.go.cr/Downloads/documentos/Transparencia/InformesInstitucionales/Informes/Informe%20Final%20SETENA-2022.pdf
  10. https://www.dw.com/es/presidente-electo-de-costa-rica-descarta-acuerdo-ambiental-de-escaz%C3%BA/a-61680313
  11. https://semanariouniversidad.com/pais/acuerdo-de-escazu-entra-en-vigor-sin-el-pais-que-le-dio-nombre/
  12. https://observatoriop10.cepal.org/es/jurisprudencia/sentencia-la-sala-constitucional-la-corte-suprema-justicia-resolucion-num-11236-2023
  13. https://www.elpais.cr/2023/08/03/plan-regulador-costero-de-talamanca-irrespeta-humedales-para-poner-estacionamientos-y-zonas-turisticas/

Imagen ilustrativa, UCR.