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Etiqueta: Colombia

De lo electoral y del disfraz de policía

Por Carlos Meneses Reyes

 

Este pasado fin de semana recibí llamada de una vieja amiga, indicándome, sobresaltada, que su nietecillo, de escasos cinco años, había escogido como disfraz para festejar la noche de las brujitas, el de Policía. Que a diferencia de sus primos él no escogió a ninguno de los rete conocidos personajes de los comics. Su angustia radica en que fue criada en un ambiente en que la palabra policía no era mencionada en su casa; debido a que el papá de su mamá, un liberal de traca-mandaca, fue asesinado por la policía chulavita, durante la violencia liberal – conservadora (1946-1957). Su mamá le infundió una especie de temor, más que de odio e impotencia y ella creció, con ambos sentimientos encontrados.

“Voy a escribir algo al respecto y te lo envío”, fue mi respuesta a su llamada.

Conocedor de esa tradición oral transmitida y de las pláticas sobre espeluznantes temas y pasajes de la violencia aún no digeridas; ratificando que para mí, los nacidos en la década de 1940, son los comprendidos como los de la generación de la violencia; la carga histórica por el accionar político-partidista de la Policía Nacional de Colombia, pende cual constante no resarcida en muchas víctimas por el no saneamiento oportuno; ni asomo de reparación y de no repetición.

Claro está que por tratarse de una institución, proviene la defensa de la “institucionalidad” para que la réplica y contrarréplica sea el que los crímenes cometidos por personal uniformado e integrante de La Policía, son hechos aislados. Pero la carga histórica, la verdad histórica, afirman lo contrario. Por más esfuerzos de “lavada de cara”, que campañas publicitarias impulsan; no se pretenda ubicar lo aquí expresado, a las manifestaciones de inaceptable agresividad como sujetos aislados y en casos reiterativos del “usted no sabe quién soy yo” y “no sabe con quién se mete” del caracterizado Nicolás Gaviria; han acosado y constreñido el papel social invaluable del agente de policía. Esas conductas de contravención y delincuenciales, son ajenas a nuestra valoración.

Al decir del inmolado camarada Manuel Cepeda Vargas: “Colombia es el país de los odios heredados” y por ende su policía nacional. Las estadísticas muestran que tratándose de crímenes cometidos por agentes policiales del Estado colombiano, la impunidad es del 98%, que refleja el cuadro de la corrupción en Colombia.

La memoria colectiva se ejerce bajo un poder racionalizador de la población, pero parte de la verdad histórica Por ello, no es con facilismos de fórmulas descabelladas como se puede lograr la colaboración voluntaria, espontánea y solidaria de la población colombiana. Ello constituye un imposible en el actual escenario sangriento del conflicto militar, económico, político y social.

La inteligencia ofensiva del régimen colombiano narco para Terrorista de Estado, sin poner orden en la seguridad ciudadana interna de su propia casa, se da a la tarea de aplicar una política de seguridad de exportación con intensa actividad de sus delegados policiales en las Embajadas. Para el año de 2010, la policía colombiana asesora e instruye a agentes policiales de 23 países. Una institución de peso específico criminal como la policía colombiana, actualmente está inhabilitada, bajo la filosofía del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que es una rama del derecho Internacional Público, para aplicar el principio universal del Pro Homine: Por la Humanidad.

Resulta, sí, que actualmente, la Policía no es un cuerpo de la sociedad civil preventivo, sino represivo y en pie y acción de guerra. No es de inspiración y naturaleza civilista, sino militarista. Es institución en contraria al espíritu civilista del constituyente primario Colombiano. Todo esto independientemente de los escándalos que salpica al actual Director de la Policía Nacional y de los no cerrados que mancharon a sus predecesores. No ha habido abordaje político para tratar tan álgida temática de la vida nacional.

De si existe un censismo electoral en Colombia

El pasado debate electoral ha sido extenso en su objeto de análisis, comentarios, calificaciones, explicaciones y también justificaciones. Pareciere que han explayado su saber y asimilado lo concerniente a los efectos por resultar vencedores o vencidos. Han personificado los efectos de la legalidad tanto por lo obtenido territorialmente, como lo que igual significa lograr el favor en la obtención acumulada de votación para lo de sus empeños. De esa manera, han discurrido los sucesos; pero todo sin mayor asomo de profundización de un detenido análisis a cerca del régimen electoral imperante en Colombia, tema este de por sí soslayado y por ende desplazado y/o relegado a un nivel de menor importancia y no consideración.

De manera que lo por mi esbozado en las siguientes líneas solo pretende explicar un aspecto comparativo de cómo en Colombia, pese a los adelantos de la última reforma del sistema electoral que nos rige, imperan los lastres de una práctica constante como violatoria a los principios universales que rigen una elección popular.

Parto aludiendo a la Ley 01 de 2003; por medio de la cual se extinguió la pesca de los residuos y cocientes electorales, que en el argot era conocido como la “operación avispa”; por la modalidad en que cada partido o movimiento político inscribe una sola lista, que tendrá tantos candidatos como curules existan en la corporación a que se aspira. Funciona bajo las modalidades de lista cerrada: conforme resultan elegidos en el orden inscrito y de voto preferente indicando que se elige uno de los candidatos señalados. Valga como plataforma bajo un enunciado valido y en el entendido que simplifica la mecánica de un desarrollo normal electoral: la consiente aplicación del sufragio universal, el secreto del voto personal y el depósito del voto en la urna.

De lo sucedido en la pasada jornada electoral

Pero que sucedió el pasado 25 de octubre de 2015, en que se eligieron gobernadores, alcaldes, concejales, miembros de las juntas administradoras locales y asambleístas. Me he dado a la tarea de resumir y extractar lo manifestado por diversos analistas políticosy en los que se observa una constante confluyente de irregularidades, defectos y estafas, que empañaron el honrado calificativo de elecciones “limpias”.

Dice Horacio Duque Giraldo. Que las recientes elecciones locales se caracterizaron por la compra y venta de votos, el clientelismo, la corrupción, la manipulación con los presupuestos oficiales, las maquinaciones con los principales medios de comunicación y la contaminación política con las encuestas que jugaron un papel crucial en el encauzamiento del “voto útil” para favorecer los candidatos de las camarillas oligárquicas, como en el caso de la Alcaldía de Bogotá.

Transcribo lo enseñado por Luís Alfonso Mena S. Que las pasadas elecciones evidencian, una vez más, que en Colombia quien ostenta el poder económico tiene los votos y que las fuerzas alternativas difícilmente pueden hacer política electoral ante la enorme desventaja que significa enfrentar a las grandes maquinarias, es decir, a los partidos del establecimiento Los torrentes de dinero invertidos por la mayoría de los ganadores, y también por muchos de los perdedores. Mientras tanto, siguen creciendo los costos de las campañas, en parte fruto de la práctica del voto preferente que genera una feroz competencia dentro de las listas de candidatos, y el otorgamiento de avales se volvió el gran negocio de inescrupulosos, inmersos incluso en nuevos movimientos supuestamente étnicos surgidos a la luz de la Constitución, que reparten respaldos aprovechando sus personerías jurídicas, pero sin pizca de identidad ideológica y sin reparos en la idoneidad ética de los avalados. Y en acceso pagado a medios de comunicación y que requieren no solo recuperar “la inversión” (en lo local). Dejando de manifiesto el peso de las máquinas mediáticas en la generación de una opinión pública desfavorable, acicateada diariamente por un discurso estigmatizador, parcializado y falso en alto grado, no solo contra el Alcalde Distrital, sino contra la candidata Clara López.

Decía Reinson Said Sepulveda: La victoria la da el dinero, por supuesto, pero también las deslealtades. Y en Cúcuta Acevedo fue traicionado porque a los suyos les dieron más dinero de los que les dieron al candidato “vencedor” Rojas….Decía que también los electores son corruptos. En los barrios populares de Cúcuta se ofrecían celulares a cambio de votar por Acevedo.

El fallido aspirante al Concejo de Ocaña, Alejandro Gutiérrez de Piñeres y Grimaldi, acotó: No bastó exhibir buena Hoja de Vida, pues aún a estas alturas, la compra descarada de votos, las mentiras hábilmente disfrazadas, el populismo ramplón, las altas cantidades de dineros invertidos en «publicidad» política comprada, que nublan las mentes de millares de gentes necesitadas, que solo miran la solución ocasional o transitoria de una necesidad…

Citando a Hernán Gómez Buendía:»De modo que no tenemos ningún “contrato social”, sino una infinidad de contratos particulares entre cada candidato y su puñado de parientes, contratistas, busca-puestos y socios de distintos pelambres.Y así las elecciones, que habrían de ser el mecanismo para expresar y consagrar los intereses colectivos, acaban reducidas a una bolsa de empleos y de reparto del erario público”.

Y dice Yahir Contreras: las elecciones amañadas, corrompidas o financiadas por grandes sumas de dinero legal o “caliente”, e inclusive las amenazas de muerte orquestadas desde las cloacas del poder y sin duda con origen en la derecha recalcitrante amparada en paramilitarismo y sectores militaristas.

De Rebelion.org, Editorial. En las urnas. Desde Abajo. En el marco de la formalidad institucional que rige en Colombia, las más profundas fibras de una ciudadanía que por decisión oficial ha sido excluida siempre de la cosa pública, la llamada izquierda caiga en el juego y termine sometida a una agenda que no hace sino reproducir y fortalecer la formalidad y la institucionalidad existente.

Lo caracterizante

Poder económico. Compra y venta de votos. Los partidos del establecimiento como grandes maquinarias electoreras. Clientelismo. Corrupción. Manipulación de presupuestos municipales y de contratistas de obras públicas. Deslealtades. Rapiñas en el aval de preferentes. La mediática estigmatizadora. La impronta de las encuestas maquilladas al cierre electoral. El cuestionamiento por ilegitimidad. La permanencia de lo malo, lo indecente. La inversión económica para la recuperación..

Lo sucedido y no desmentido

Hubo alcaldes impuestos desde las cárceles. Por ejemplo: en Yopal, Casanare, el pueblo eligió como alcalde a un preso. En Cúcuta, un preso eligió alcalde. En Gramalote (Norte de Santander) eligieron alcalde pero no hay pueblo, pues desapareció la cabecera municipal hace años, por una tragedia ecológica. En Santander, Horacio Serpa apoyó a su otrora enemigo Didier Tavera. Rodrigo Lara y Carlos Fernando Galán, hijos de dos líderes asesinados por los cárteles del narcotráfico, avalaron a candidatos acusados de vínculos con el crimen organizado. Quienes ganaron las elecciones mostrándose o bien como empresarios o bien como gerentes, y no como políticos; tal cual pasó con el gerente urbanista Peñaloza. Candidatos por conveniencia táctica rentista como la del entrometido y cuestionado Pardo Rueda; no para ganar sí para vulnerar el voto de condescendencia liberal a Clara López. También los de prácticas gansteriles como la de un excongresista que pretendía seguir gobernando a través de su esposa y al que le fueron incautados más de doscientos mil dólares. Las elecciones como una inversión económica.

Se robaron bolsas con los votos en Tumaco. Registraduría dice que Policía no las recuperó todas. Harán escrutinio para Alcaldía con las que encontraron.

En Ocaña paquete de tarjetones se encontraron en la basura. Aunque no se sabe la cifra exacta, eran para la asamblea y algunos estaban marcados. El lunes por la mañana, una recicladora madrugó a recoger los desechos que quedaron de la jornada “democrática” en el Colegio José Eusebio Caro, Centro principal de votación para 25.000 electores, en el casco urbano del municipio, cuando se encontró en una de las cajas que sirvieron para depositar los votos, con un paquete de tarjetones enrollados. Se deduce que los jurados, como es su competencia, no hicieron el escrutinio correspondiente o para algo se prestaron…La casa García Zuccardi y varios parapolíticos estarían detrás del nuevo alcalde Cartagena. Disturbios en Suan (sur del Atlántico) por el resultado de las elecciones. Querían prenderle fuego a la Alcaldía y a la Registraduría. Que la votación masiva en Barranquilla obedeció a la corrupción al sufragante, voto fraudulento, ocultamiento y retención de cédula. Los pobladores del municipio de Bojayá (Chocó) se tomaron la Alcaldía luego de conocer los resultados del domingo; quemaron el material electoral y exigen que se repitan las elecciones.

La Registraduría Nacional confirma que ocho funcionarios de la entidad fueron detenidos en desarrollo de la pasada campaña política y que acertó golpe a la trashumancia. El Juzgado Cuarto Civil Municipal de Sincelejo requirió a la Registraduría Nacional del Estado Civil para que cumpliera con la medida provisional impuesta en octubre 15 del presente año y que no ha sido acatada, la cual consiste en incluir en el tarjetón a la lista de aspirantes del grupo de ciudadanos ‘Por Morroa Sí se Puede’.

Del paso a seguir

Indiscutiblemente y conforme a la ambientación de lo debatido y a acordarse en La Mesa de La Habana en relación con el punto primero de participación en política, por parte de la insurgencia, queda mucho por desearse ante la realidad de un sistema electoral moderno, actualizado y garante de imparcialidad en Colombia.

Históricamente muchos grupos de la población fueron excluidos de las votaciones. Rememorando a la antigua Atenas no le era permitido a las mujeres el ejercicio de participación, como tampoco los extranjeros, parias y esclavos tenían derecho al voto. Aristóteles justificaba la esclavitud. La constitución original de los Estados Unidos de América permitía el voto solo a hombres blancos y propietarios, mediando el éxito el Movimiento por los Derechos Civiles en estados Unidos para obtener la participación al sufragio libre y universal. Fue la lucha femenina por el sufragio la que entregó a las mujeres el derecho a Votar. En Colombia el logro alcanzado fue producto del populismo de derecha militarista de los sempiternos bloques excluyentes del poder.

La historia de la participación electoral va de la mano con el derecho a elegir y a ser elegido. Con la promoción del voto para sectores marginados de la sociedad y grupos excluidos, segregados y de minorías. Todavía se mantienen excluidos en algunos lugares, tales como los convictos por felonía (deslealtad, traición), miembros de ciertas minorías y desaventajados económicamente; persistiéndose en meta significativa para los derechos electorales. Aún permanece impuesto en el mundo y Colombia no es la excepción, el sistema del Censo Electoral o Padrón. Este consiste en instrumentos por medio de los cuales se escogen y determina a las personas que deben y/o pueden ejercer el voto en una determinada elección. Ello se ha erigido en arbitraria forma de desconocer el voto electoral. El peso de esta práctica consuetudinaria y legal, se impuso no solo por la mayoría de edad, la discriminación de sexo, como para los que tenían rentas altas, arbitrarios niveles de riqueza, raza, religión, etc. En algunos países impusieron la obligatoriedad del voto hasta con penas de prisión y multas por no ejercerlo.

Retomando el panorama colombiano nos encontramos ante un sistema electoral semifeudal. Se dice que fue diseñado cuando la energía eléctrica era un lujo de pocas ciudades. Con el manipuleo electoral de los contratistas “digitales”. Que satisfizo las necesidades de los caiques y politiqueros bipartidistas y que han demostrado con sus prácticas tener mayor poder e influencia sobre la Registraduria Nacional. Desconoce el avance tecnológico y electrónico predominante. Lo imperioso del control estatal total en el desarrollo electoral, asumiendo el costo único electoral y el desmonte de la danza de los millones por las cuentas de reposición electoral. Las iniciativas innovadoras han sido engavetas y archivadas.

Lo caracterizante de la pasada campaña electoral y atrás tratado en acápite especial, nos permite calificar al actual sistema electoral colombiano como de censista conforme a la categoría que lo estudian los cientistas sociales. En la práctica aplica en Colombia lo censista, cuando asistimos a la impune supremacía del dinero, la inversión económica electoral, como negocio y todo los atrás denunciado y caracterizado y que intentan reflejar las falacias de un sistema electoral ilegitimo y corrupto, que genera vergüenza ante la comunidad internacional.

Conclusión

De lo hasta aquí redactado y que conforma tan solo el inicio o asomo de temas de verdadero reto a tratar en el plano político nacional; tanto el tema de la Policía Nacional como la del Sistema Electoral, por el rango de institucionalidad que les caracteriza, nos lleva a la impostergable realidad del planteamiento de la convocatoria de una Verdadera Constituyente Popular, para la solución radical y de fondo de grandes males , como los aquí, analizados y que flagelan a la nacionalidad colombiana.

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

Una Izquierda No Vencida

Carlos Meneses Reyes

 

Resulta inadmisible la redacción de un artículo contentivo de análisis de un resultado electoral, con una conclusión: En Colombia la izquierda legal; es decir, la izquierda participativa sobreviviente del genocidio en la llamada “democracia colombiana”, ha sido desplazada, derrotada. Pero en modo alguno “borrada del mapa”, como agoreros lo pregonan; por la algarabía del vuelo noticioso del triunfo de la corrupción, del populismo de derecha; del en trono de la deshonestidad y la indecencia; de la consolidación del narco-estado, de la apología del delito como vencedora y de la vindicta anticomunista recalcitrante, que como ejemplo de dignidad moral de la nación colombiana presentan a los “vencedores”.

Lo difunden sin asomo de vergüenza, triunfantes ante la única reserva moral de Colombia, como lo continúa siendo, la de los lideres públicos de izquierda, socialdemócratas y librepensadores, valerosos e invaluables, que se le midieron a un entorno electoral asimétrico, desigual, institucionalmente corrupto; que jamás en el mundo podrá aceptarse como ileso.

Sabido es que los hechos políticos enrumban los aconteceres en la vida política de una sociedad o nación. La contienda electoral realizada en Colombia, ayer, 25 de octubre de 2015, no cabe calificarlo como un hecho político; como si lo es, un resultado institucional producto de la hechicería consagrada. Eso es más que ilegitimidad. De tal manera, que los hoy ungidos por el resultado de la “voluntad popular” son ejemplos de decencia y dignos de imitar: ¡perdón, pero me atoro!

No se trata sólo de ganar

El que la Alcaldía de Bogotá, con el significado de su cargo en el peso nacional, no lo haya ganado la socialdemocracia liberal, impulsada por el gobierno central del Presidente Santos, obedece al desfase de haber “quemado” en un candidato con antecedentes militaristas y signatario o firmante de las Convivir Uribeñas, como lo fue el entrometido funcionario ministerial Pardo Rueda. Claro que tenían la capacidad política de avizorar, ese sí, hecho político, de acuerdo con el Polo Alternativo Democrático y acorde con los acontecimientos de lo alcanzado en las negociaciones de La Mesa de La Habana. Reconociendo al menos el rédito moral de haber votado la izquierda por la reelección santista. Para la foto histórica hubiere quedado plasmada la sonriente figura del Dr. Horacio Serpa U al lado del Dr Alfonso Gómez Méndez; este sí consecuente en su ideario humanista. El impulso al candidato Pardo Rueda, objetivamente, fue un apoyo al candidato Peñaloza y en contra de la señora Clara López O. Como en modo alguno considerar que el “resultado” electoral en Bogotá, sea un “castigo” al Alcalde Petro, como quiera que la permanencia en su mandato obedeció a la decidida voluntad popular.

¿Y de las regiones qué?

Somero, al no calificar de pretensioso, tratar de analizar “sobre la marcha” lo sucedido en lo regional colombiano. Pero seamos osados, que es de por sí una virtud en política. Inocultable el golpe “electoral” a la extrema derecha recalcitrante y militarista Uribeña. Por el momento asoma el triunfo de una derecha no militarista; es decir, no Uribeña y guerrerista, conforme a las reservas mentales del generalato colombiano. Pero al fin y al cabo, al parecer, quedó consolidada una derecha, No varietur, para que nada se cambie.

De esa manera, independientemente de la posesión de los nuevos mandos políticos regionales en Colombia, el 1 de enero de 2016, resulta de particular interés la consecuente definición de las insurgencias del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y del Ejército Popular de Liberación (EPL) en torno a la imperiosa necesidad de definir un acercamiento real en una mesa de negociaciones, luego de este evento electoral. Lo del ELN es reconocido. Lo del EPL, absurdamente ignorado, por lo público estatal e internacional.

Del acontecer nacional

Independientemente de nuestro umbilical desconocimiento por ilegitimidad, a una justa electoral en Colombia; falso que en el ideario nacional, no intoxicado por la dictadura mediática, podamos afirmar que se trata ya de un lunes y de un nuevo día, luego de esas frustrantes elecciones. Pero es justo ahorrar calvario al transcurrir diario de nuestro pueblo.

El ditirambo, o lo elogioso, al desarrollo de las negociaciones en La Mesa de la Habana, consiste en la solidez, respeto, y trato como se ha afrontado la disímil consideración en torno a la definición de la aplicación de una Justicia, acorde con la prioridad de resarcimiento a las víctimas del conflicto armado interno en Colombia, por parte de las dos fuerzas armadas enfrentadas: las del Estado colombiano y las de la Insurgencia.

De mis registros destacó que en una de las cumbres presidenciales el humanista y valioso uruguayo José Mujica, ante la tónica constante del Presidente Santos por la obtención de la paz en Colombia le advirtió: “No olvide, Señor Presidente, que llegará el momento en que tenga que decidir entre la Justicia y la Paz”. Indudablemente para garantía del país y de la comunidad internacional, a partir del pasado 17 de octubre, los capacitados integrantes de

La Comisión Jurídica Conjunta, en La Habana, cincela lo definitivo en torno a lo público de esa innovación de una justicia transicional, tanto para lo vernáculo como para lo del Derecho Público Internacional.

 

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No más Gatopardismo: Reformas de fondo y definitivas ya!

Carlos Meneses Reyes

Carlos Meneses

El día 23 de septiembre de 2015, el país nacional y la comunidad internacional, conocían el Comunicado Conjunto número 60, suscrito entre los Delegados Plenipotenciarios del Gobierno de Colombia y los de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia- ejercito del pueblo, Farc-ep; mediante el cual Acordaron la Creación de una Jurisdicción Especial para la Paz.

Mediante ese Acuerdo salvan la situación de estancamiento a que había llegado el asunto de reparación de las víctimas y en cuanto a la aplicación de una justicia, garante de no impunidad, respecto al juzgamiento e imposición de sanciones por la comisión de graves y representativos delitos, que se correspondan con violaciones a los derechos humanos, crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Con el acuerdo para la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ratificaron las partes negociadoras, el compromiso por la obtención de una Justicia que al satisfacer los derechos de las víctimas, contribuya eficazmente a la debida reparación e igualmente a la construcción de una paz estable y duradera.

De trascendental e histórico se ha dado en calificar este paso; tanto por personalidades y voceros de entes internacionales, como de desapasionados exponentes del país político nacional. Contrastando en cambio con la inocultable animadversión de la mediática dictatorial, quienes pese a la luz para la salida del túnel de la confrontación armada, alientan la vindicta de la especulación y desinformación; bajo la parcialización, el equívoco y la negativa a la aceptación del inocultable empoderamiento del peso político de los hechos producidos y acontecimientos por venir.

Un punto de confluencia

Las conversaciones de Paz en la Mesa de La Habana entre el gobierno de la República de Colombia y la Insurgencia de las Farcep, han logrado reafirmar lo comprometedor de los acuerdos alcanzados tras tres años de conversaciones; presentándonos un panorama consecuencial de un paisaje de reformas profundas y de fondo a abordarse por la nación colombiana.

Los acuerdos logrados hasta la fecha: 1. Hacia una reforma Rural Integral, coincidiendo con un Nuevo Campo Colombiano. 2. La Participación política de la izquierda junto con la Apertura de una democratización de la práctica y contienda política en Colombia. 3. La búsqueda y logro a una solución al problema de las drogas ilícitas en el país. Se unen o confluyen al compromiso que satisfaga los derechos y garantías de reparación de las Víctimas; mediante la obtención de una fórmula de justicia que satisfaga el centro de interés de esas víctimas y por la construcción de una paz estable y duradera. Eso, así logrado, es lo que permite reafirmar en la obtención de un Sistema Integral de Verdad, Justicia y Reparación y No Repetición. La contundencia política de esos logros genera la dinámica propia para el compromiso de la contraparte estatal colombiana en erradicar para siempre el fenómeno contrainsurgente del paramilitarismo; condición esencial para el compromiso de NO Repetición y de dejación de las armas, conforme al sentir insurgente. También porque a los Acuerdos logrados se suma la del compromiso en la creación de una Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición.

Pues bien, ese Sistema Integralse consolida o confluye con el componente de la Justicia. Pues para ello, se presenta a Colombia y al mundo un Acuerdo de creación de una Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que satisface los sentimientos de prevención de la comunidad internacional en cuanto al trato adecuado e imprescindible de observación a la no impunidad de delitos graves de lesa humanidad y violación a los derechos humanos durante las décadas sangrientas del conflicto armado colombiano y el sentir de las Víctimas.

De los acuerdos logrados hasta la fecha se desprende que el galimatías del gatopardismo de “cambiar todo, para no cambiar nada”, no tiene asiento en la Mesa de La Habana. Otro es el lenguaje obscuro y confuso con el que los enemigos de la solución política y civilizada al conflicto armado interno en Colombia, le imprimen a los hechos políticos consolidados. Todo con miras a generar la desinformación, contaminar el ambiente político general; aplicar la pusilanimidad y pesimismo y trastrocar el valioso poder de la palabra empeñada y el valor de la palabra acordada, como soportes del imaginario nacional. Como quien dice, que la palabra del gallero no vale! Todo a cambio de la permanencia en la obscuridad de la ignorancia y en la condena sempiterna por la constante oprobiosa de un actual estado de cosas, injusto, discriminador, desigual e insoportable.

De la naturaleza de la jurisdicción especial de paz (JEP)

Comencemos por destacar que no es de origen o carácter legal, como tampoco constitucional. Es de origen transicional, como corresponde – en el caso colombiano- a una situación de particular guerra inédita, en la que no asoman ni vencedores ni vencidos.

Convenida esa jurisdicción con los plenipotenciarios del Estado colombiano, bajo el mandato constitucional de ser la paz un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento (artículo 22 ibídem) y conforme al artículo 93 constitucional de la protección y aplicación de los derechos humanos en las que interpretarán y aplicaran los tratados y convenios internacionales ratificados por el congreso de Colombia. Eso por una parte y por la contraparte plenipotenciaria insurgente, el aceptar ser juzgados; no por el sistema judicial colombiano, al que combaten y desconocen como rebeldes, sino por una instancia (judicial) de justicia alternativa.

De esa manera se suscribe la eficacia y competencia de una jurisdicción especial, para conocer, investigar y fallar con carácter de cosa juzgada universal, conductas plenamente tipificadas como delitos e identificados como violaciones graves a los derechos humanos internacionales; por violaciones a las normas internacionales de la guerra y caracterizados por un cometido de violación a lesa humanidad. Conocerá la Jurisdicción Especial de Paz no de numerus apertus de delitos; sino de los taxativamente escogidos.Aplicará esa JEP a todos los actores directos e indirectos del conflicto armado interno en Colombia. Sin lugar a distinción de jerarquía o personalidades individualmente considerados e identificados, como imputados.

La JEP se aplicará mediante la creación de un Tribunal de Paz, conformado por connotados y calificados juristas a nivel de magistrados de altas cortes; en un número de veinte nacionales y un máximo de 25% extranjeros; en predominio del principio del número impar para el efecto decisorio. Por ello no hace parte de la rama Judicial del Estado colombiano que predica el carácter de nacional colombiano por nacimiento, de sus magistrados; así como la jurisdicción de competencia dentro del territorio nacional; avalando pueda funcionar fuera del territorio patrio, conforme las condiciones lo ameriten. Esto último por desprenderse ello de la naturaleza ínsita del ente analizado. Por ende, los magistrados del Tribunal de Paz no serán nombrados conforme al procedimiento constitucional previsto en Colombia; sino conforme lo acuerden ambas contra partes involucradas. El Tribunal de Paz estará conformado o dividido en Salas, conforme al conocimiento de asuntos por separado que deba conocer cada una de ellas. Se mencionan varias Salas, tales como: – Sala de determinación de responsabilidades de los crímenes cometidos con ocasión del conflicto armado. – Sala de determinación de responsabilidades con ocasión del conflicto económico, político social y ambiental durante décadas de guerra fratricida.- Sala de reconocimiento de la Verdad.

Concebimos un establecimiento o conformación de Salas de superada diligencia y eficacia; puesto que el amplio espectro de su conocimiento abarcará los denominados delitos de lesa humanidad, el genocidio y los graves crímenes de guerra; toma de rehenes y otra privación grave de la libertad; la tortura; el desplazamiento forzado; los falsos positivos, las desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales, la violación sexual, por motivo del conflicto. En fin toda una gama de delitos taxativamente señalados; en la que la Fiscalía General de la Nación, por ejemplo, no actuará como ente acusador, ni imputará, ni calificará presuntos responsables; sino que sustentará una valoración jurídica de los crímenes cometidos y objeto de la investigación por parte del Tribunal de Paz. Esa contrastación o técnicamente denominada prueba trasladada abarcará espacios como la de sanciones impuestas a los imputados por graves crímenes y de lesa humanidad, por otros organismos del Estado colombiano, las sentencias judiciales existentes y las informaciones probatorias que provengan de las víctimas, sus organizaciones y las organizaciones de derechos humanos.

De la no afectación del ordenamiento constitucional colombiano

En cuanto a la judicialización de los delitos políticos de Rebelión, Sedición, Asonada y los delitos de conexidad, los insurgentes farianos y quienes con posterioridad se acojan al sistema de justicia transicional acordada, no serán juzgados por la rama judicial del Estado colombiano. Para ello se tramita amplio mandato de indulto y amnistía, con la expresa exclusión de crímenes graves y de lesa humanidad ya mencionados.

Con la creación de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP), no se está reformando el Capítulo5 De Las Jurisdicciones Especiales; el cual no es vulnerado. Las únicas jurisdicciones de rango especial constitucional en Colombia son las del artículo 246 ibídem, referentes a las autoridades de los pueblos indígenas y la de los jueces de paz. En mi artículo: Justicia Penal Militar contra Juridicidad Insurgente, publicado en www.rebelión.org, expresaba que la llamada justicia penal militar, ni su manido fuero militar, constituían “jurisdicciones especiales”. Ahora, respecto a lo de la Insurgencia, la Justicia Especial de Paz (JEP), tampoco!.

Y para terminar con el presente limitado análisis, la tempestad en un vaso de agua, lo ha constituido la manifestación expresa de lo Acordado, en el sentido que la JEP, se aplicará y juzgará a TODOS los actores que hayan actuado en forma directa y/o indirecta en el conflicto armado y cometido– material o intelectualmente- delitos graves de violación de los derechos humanos internacionales, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

Acorde con la naturaleza de la JEP atrás explicada, los presuntos autores de crímenes de guerra y de lesa humanidad cometidos durante las décadas sangrientas del conflicto armado interno colombiano y en ellos coparticipes, en forma directa y /o indirecta, responderán, al igual que los insurgentes, a la citación de la JEP y su Tribunal de Paz; sin lugar a distinción de jerarquía o personalidades individualmente considerados (as) e identificados, como imputados. Obvio que allí quedan cobijados los ex presidentes de la República, como quiera que no tenga no gozan de fueros especiales alguno, por haber cesado en sus cargos. Como también los altos jerarcas del Estado y en particular los Generales y los Almirantes; quienes sí gozan de un fuero especial constitucional aún luego de haber dejado sus cargos: curiosa parsimonia del verdadero poder del militarismo en Colombia. Pero la citación a un jerarca militar de ese nivel por la JEP y su Tribunal de Paz no obedecerá a violación alguna a su rango constitucional (artículos 235 y 246 de la Constitución Política de Colombia) sino sobre el entendido que esa Jurisdicción Especial de Paz es de carácter extraterritorial y extra constitucional.

Aún quedan en el tintero temas como si a la Comisión de la Verdad, ya creada y de expectante necesidad de funcionamiento, implica la ventilación y conocimiento de los delitos atroces mencionados; sobre el presupuesto de una Sala de decisión en el Tribunal de Paz, encargada de la búsqueda de la Verdad en tan álgido asunto. Va nuestro aliento, no solo a los asesores jurídicos de ambas partes plenipotenciarias en La Mesa de La Habana; como el llamado al aporte de los juristas populares colombianos y solidarios internacionales, en la contribución a que tan fundada definición de carácter nacional e internacional de doctrina jurídica como lo es la Jurisdicción Especial de Paz, no sea enredada en leguleyadas.

Contribuir a la reparación de las víctimas y juzgar e imponer sanciones a los responsables de los graves delitos cometidos durante el conflicto armado, particularmente los más graves y representativos, garantizando la no repetición.4 Amplia amnistía (ley lo dirá)…que se correspondan con los delitos de lesa humanidad, el genocidio y los graves crímenes de guerra, entre otros delitos graves como la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, el desplazamiento forzado, la desaparición forzada, las ejecuciones extrajudiciales y la violencia sexual. Estos delitos serán objeto de investigación y juzgamiento por parte de la Jurisdicción Especial para la Paz.5. la JEP incluirá a todos los actores armados…6. La Jurisdicción Especial para la Paz contempla dos tipos de

 

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A quienes no toca la guerra

Carlos Meneses Reyes

 

Aunque soy un escéptico de las encuestas, por amañadas que sean reflejan un por tanto de asidero en una opinión clasificada. En el caso de la contraparte insurgente, al parecer acató el barómetro reflejado en el sentido de una tendencia mayoritaria entre el público colombiano de rechazar las conversaciones en La Mesa de La Habana e inclinarse por el fracaso de las negociaciones y dar carta blanca al régimen. Que todo obedeció al rompimiento al cese del fuego unilateral y no al valor de un comino que la mediática y la contraparte gubernamental le dieron a ese acto o gesto positivo de des escalonamiento del conflicto, que sin encuetas o no, por lo palpable de los acontecimientos, se expresó en más de un 80% de baja en ataques y enfrentamientos durante los casi seis meses en el que aplicó la medida del cese del fuego unilateral. Pero no. En una guerra irregular insurgente como la que padecemos en Colombia el juego de lo político-militar prima en su combinación. Al retomar la parte insurgente en conversaciones el auxilio del cese del fuego unilateral, lo hace como un gesto político de incuestionable valor patriótico. En estos escasos dos meses de escalonamiento del conflicto armado interno en Colombia, resaltan aspectos políticos colocados en el escenario nacional. Indubitable que con el incremento de las acciones armadas insurgentes ha quedado demostrado que la guerra afecta a todos y no existe sector de la población colombiana, por privilegiado que sea, que se pueda sustraer a sus efectos.

De saboteos económicos y ataques a la infraestructura

La insurgencia multiplica los ataques en el plano nacional. Al hacerlo desnuda la crueldad en poblaciones municipales agobiadas por el desconocimiento gubernamental a la observación y respeto de la normativa del derecho internacional humanitario (DIH) respecto al blindaje de cuarteles policiales dentro del casco urbano en muchos municipios. (Protocolo Adicional de los Convenios de Ginebra, artículo 53). De inercia en voluntad política al pretender presentar el paisaje idílico de nuestros pueblos en que junto a la casa cural y la alcaldía está el puesto de policía; cuando por la naturaleza institucional y degradación del conflicto armado interno colombiano, no se cuenta en Colombia con una policía cívica, sino con una policía militar inserta en la doctrina militar de la seguridad nacional…En zona rural del corregimiento de El Mango, Municipio de Argelia, Cauca en el sureste del país, la población civil en rebeldía contra la institución policial que guarecía a 60 efectivos en el cuartel de la Policía, arrasó con maquinaria el puesto y trincheras. Indudablemente tomaban a la población como escudo, ante inminentes ataques de la insurgencia. Parecida situación se presenta en Las Mercedes, Norte de Santander, en que la insurgencia ha volado en varias ocasiones el cuartel, en pleno centro del casco urbano y sus efectivos pernoctan y viven en condiciones infrahumanas en ese puesto; impugnados de cualquier solidaridad ciudadana.

También incrementa el accionar militar en saboteos dirigidos contra las infraestructuras petroleras y eléctricas tendientes a golpear el sector económico y objetivos militares, del andamiaje estatal contra el que se han rebelado. Los efectos colaterales a la población afectada no se dejan esperar. El poder económico no grita por su herida. Clama por la depredación del medio ambiente. Pero nada tan hipócrita como eso. Empeñados en la entrega de los más preciados recursos naturales al capital invasor extranjero, con las locomotoras de extracción minera en el sinfín de contaminación y devastadora depredación del medio ambiente, por donde quiera que se les mire, repiten el escenario de afectación a las comunidades. Hoy con fariseos golpes de pecho especulan sobre la tragedia a que han sometido a toda la etnia y comunidad Wayuu en la Guajira, en la que para beneficio de la multinacional del carbón represaron y desviaron el río Ranchería; en un delito contra natura, que mantiene en extinción a esa comunidades y en número mayor el incremento de muerte de niños indígenas. Sin reparar y para mantener lo ganancioso para ellos de la renta petrolera, gubernamentalmente aprueban y legalizan la explotación petrolera mediante la técnica del fracking, que desgarra las entrañas de la tierra, contaminando el agua, el medio ambiente, repercutiendo en desbastador balance para la población circundante en donde se realiza. Esa técnica vetada en la mayoría de los países; aquí, producto de la embestida paramilitar que silencia la protesta ciudadana, continúan aplicándola. Un gobierno con interés en el beneficio particular de las multinacionales decreta la muerte de los páramos y el agua. Al no proteger los páramos y no excluirlos totalmente de la inspección y exploración para la explotación minera; atentan contra la vida misma de la población colombiana. Al no proteger los páramos de la amenaza de la proyección de construcción vial de la sonada cuarta generación; de la actividad de la agro industria extractiva; así como del mal manejo de residuos contaminantes, atentan contra el sistema ecológico. Es un crimen ecológico. No es un suicidio ecológico como tal, puesto que media la mano torticera y asesina de los interese plutocráticos del capital financiero internacional. Y ante el escalonamiento del conflicto armado interno, desplazan el interés por la protección de la vida de los combatientes de ambas fuerzas en contienda enfrentados, cargándola contra los resultados fatales del saboteo a la infraestructura económica y petrolera.

Aquí desconocen las causas de la tragedia ecológica con el mentís del calificativo que la escalada de la insurgencia incurre en delito de lesa humanidad y en violación al derecho internacional humanitario (DIH). De cuando acá los actos de guerra sirven para justificar la guerra misma? Nada más carente de ponderación, que eso. El galardonado premio Nobel de la paz, Barack Obama, al ordenar los bombardeos en Siria los ubicó textualmente, en las refinerías petroleras, en las infraestructuras viales, para asfixiar el desplazamiento del enemigo. El Fiscal General de Colombia nos deja súpitos cuando informa que en la larga lista de delitos contra la humanidad en que se enfrascará contra la dirigencia de la insurgencia, están los saboteos económicos y militares contra esos objetivos y ataques. Contradictoria manera de bailar con la más fea, cuando devalúa su llamado al quid del asunto en cuestión: la improrrogable decisión de un cese al fuego bilateral ya, entre el gobierno de turno y las insurgencias.

La persecución a los activistas sociales

En momentos en que repunta el movimiento popular y de masas, ante las flaquezas por el incumplimiento gubernamental a los acuerdos para el levantamiento del Paro Agrario y con los campesinos del Catatumbo en el año 2013; se instala una nueva etapa de la guerra Santista – Uribista en Colombia, esta vez con un bloque de poder de la oligarquía unida. Centran su objetivo en el movimiento sindical y popular.

La Fiscalía General informó el pasado miércoles 8 de julio que había detenido a 15 personas acusándolas de hacer parte de una célula subversiva del Ejército de Liberación Nacional (ELN) y haber puesto las bombas que estremecieron a Bogotá y actos durante los últimos meses y desencadeno una histeria colectiva aupada por el alarmismo mediático. Resaltan que entre los capturados se encuentran tres contratistas del Distrito, entre ellos una reconocida abogada de derechos humanos; dos filósofos, un estudiante de educación comunitaria, un estudiante de geografía, un ingeniero agrónomo, una politóloga, un periodista de medio alternativo. Para sorpresa del ente acusador, el hecho derivó en reacción en cadena de activistas políticos y sociales, que se plantaron frente a la sede policial donde permanecían retenidos (Paloquemao), permaneciendo durante todo el día, estudiantes universitarios, familiares de los detenidos, miembros de Ong´s, esas sí no gubernamentales; denunciando persecución contra opositores gubernamentales y violencia contra líderes de organizaciones políticas y sociales; insertos como activistas en el proceso de unidad amplia y democrática que cursa en Bogotá bajo la dinámica política del próximo debate electoral.

Las denuncias por tal atropello por parte de personalidades políticas y organizaciones sociales no se hicieron esperar. El senador Alberto Castilla Sánchez, representante del Congreso de Los Pueblos, manifestó que los cargos redundan en precipitados y los detenidos fueron golpeados al allanar residencias. El representante popular a la Cámara, Dr. Alirio Uribe, resaltó lo infundado de las “pruebas” contra los detenidos. Un comunicado del Distrito indica: “La Administración expresa su solidaridad con los movimientos sociales y las organizaciones a las que, según se ha informado, pertenecen varios de los capturados por su presunta participación en estos hechos condenables y hace un llamado a la ciudadanía para que no se estigmatice a los integrantes de estos movimientos”. También La Delegación de Paz de las FARC-EP se solidarizó con el Congreso de los Pueblos con ocasión de la detención arbitraria de esos dirigentes y activistas. Todo ello conlleva a que se califique las mencionadas detenciones como UN FALSO POSITIVO JUDICIAL, rememorando lo indeleble de la mancha del Presidente Santos cuando fue ministro de la guerra del presidente Uribeño.

Del perfil de los detenidos

A la agraciada abogada de la Universidad Nacional de Colombia, Paola Andrea Salgado Piedrahita, defensora de la NO violencia contra la mujer, le incautaron sus computadores personales y de escritorio, libros de estudio y la trasladaron a los calabozos de la Sijín. Su dedicada labor como activista fue reconocida por la directora de Colombia Diversa, Marcela Sánchez y Mauricio Albarracín, ex Director de La Red Nacional de Mujeres. Mónica Roa, de Women’s Link WorldWide escribió: “Conozco a Paola Salgado desde hace ocho años”. La senadora por mandato popular Piedad Córdoba R, también abogó por ella aludiendo a la justicia mediática. Santiago Pardo, abogado que trabaja en la Corte Constitucional, expresó su testimonio de excepción de cómo la conoce. La representante a la Cámara Angélica Lozano trinó que “desde hace cinco años conozco a Paola Salgado”. Por su parte, Alexandra Bermúdez, vocera del Congreso de los Pueblos, conoce a Paola desde hace 11 años. Para Irene Arenas, que lideró la Mesa Amplia Nacional Estudiantil (MANE), es ilógico que Paola sea involucrada con una organización armada, recorrió el país para organizar el Proceso Nacional Identidad Estudiantil.

Stefani Lorena Romo, de 23 años, actualmente es Funcionaria de la Secretaría de Educación Distrital, bajo la modalidad de contratista, que es como se disfraza la forma de dependencia laboral. Sus ocupaciones en el Congreso de los Pueblos consumían buena parte de sus días. Por su activismo recibía amenazas de los paramilitares Las Águilas Negras, en Pasto. Ella se había venido a estudiar Ciencias Políticas en la Universidad Nacional. Vive en Barrio Galerías, Bogotá.

Sergio Esteban Segura Guiza, periodista en medios alternos de comunicación, como portal Colombia Informa. Docente universitario; vinculado al Distrito, también bajo la modalidad de contrato en la Secretaría de Educación.

Andrés Felipe Rodríguez Parra. Filosofo de la Universidad Nacional. Vive en Suba. Apasionado del estudio, la lectura y dedicado a la Tecnología.

Heiler Lamprea, representante al Consejo de la Universidad Pedagógica, de 25 años de edad y su compañera sentimental citada, Ellen Torres.

Los hermanos Lizhel y John Acosta, ambos estudiantes universitarios, de 21 y 19 años respectivamente.

Daniel Camilo Rodríguez Hernández, Gerson Alexander Yacumal Ruíz, FelixGutierrez Díaz, Daniel Eduardo Muñoz, Luís Daniel Jiménez, Víctor Orlando Ariza Gutiérrez, como estudiantes y profesionales; ninguno de ellos sobrepasa los 35 años de edad.

Los 15 ya son 13 y de la prueba de fuego a la fiscalía

Mientras los activistas y líderes de procesos sociales están detenidos y la Jueza 52 de Garantías esperan los fundamentos probatorios, dos estudiantes detenidos y no mencionados por este medio para evitar la estigmatización derechista, fueron puestos en libertad. ¿Por falta de qué? pues de pruebas, las cuales las están cocinando en la Fiscalía.

Valida el así hablar cuando ante la incursión de inteligencia contrainsurgente urbana nos lleva a preguntarnos : y cómo es que investiga el CTI de la Fiscalía? En momentos en que la VERDAD clama por el levantamiento del velo de los archivos de inteligencia, para el esclarecimiento de las detenciones arbitrarias, las de detenidos- desaparecidos, las de los falsos positivos y corrupción institucional; irrumpe con este golpe de opinión la Fiscalía General para afrontar la inminencia del escalonamiento de la guerra civil en Colombia a niveles de actuación insurgentes en las ciudades colombianas. Claro que son considerables las sumas presupuestarias para hacerlo. Pero podrá la Fiscalía General de la Nación cumplir con el mandato constitucional de investigar tanto lo favorable como lo desfavorable al imputado y a respetar sus derechos fundamentales y las garantías procesales que le asisten (Artículo 250 de la CP, in situ). Podrá hacerlo ante la permanencia de un entorno belicista que inspira al Estado colombiano, imbuido por la doctrina de la seguridad nacional y el derecho penal del enemigo interno? Podrá anidar esa ilusión mientras no se proscriba el anticomunismo y el guerrerismo militarista? Se encara así, la verdadera función de la rama judicial y el verdadero concepto de policía judicial. Pero no. La inteligencia militar castrense que es otra “justicia” pronto se pronunciará y no faltará el desviado legalista que pese a no estar todo acordado, las garantías para la oposición al régimen y para la izquierda estarían dadas (…).

En el escenario político nacional también pesa la presencia y actuación beligerante del Ejército de Liberación Nacional (ELN). Según declaración de su Comandante Antonio García en medios argentinos, para el ELN, es fundamental y de primer orden el rol y el protagonismo de la sociedad civil en todas las formas del proceso de participación política en Colombia. Y en entrevista a Nicolás Rodríguez Bautista- Gabino- Comandante máximo del ELN en Colombia, recalca que “la guerrilla colombiana está inserta en el país desde siempre”. “¿Qué ocurre? Nosotros somos un pequeño grupo de hombres públicos, lo que llamamos los voceros oficiales. La gran mayoría de hombres y mujeres de nuestro organismo de Dirección Nacional no son públicos//. La guerrilla colombiana está inserta en la vida del país desde siempre. Que los medios de comunicación, y que el gobierno y otra gente no los reconozcan, es la manera de pensar de cada uno. Pero nosotros no estamos ni en la ultratumba ni estamos en las selvas inhóspitas, estamos con la gente. La mayoría de los hombres y mujeres del ELN no tienen el fusil encima y no tienen el uniforme militar, sino que están en las calles, en las iglesias, en las veredas, en las plazas públicas, en los sindicatos y a lo largo y ancho del país”.

Partiendo de esos presupuestos y ante una fuerza insurgente clandestina, cincuentenaria, en la lucha armada nacional, inquieta si bajo esa tesitura focalizada el CTI de la Fiscalía desarrollará una estrategia contrainsurgente para contener ese activar urbano. Considero que ni a los “sabios” del Pentágono y de la CIA, se les ocurrirá calificar ese evento como de “combinación de las formas de lucha” para que lo reciten los cipayos nacionales. De ser así la incrementación del paramilitarismo terrorista de Estado entrará en auge. La cacería de brujas, implacable. No habrá escondedero que valga y la solución definitiva al conflicto armado interno colombiano se alejará. De manera que se coloca al orden del día los resultados de La Comisión Facilitadora Civil de Acercamientos con el ELN, en momentos en que aceptan el entorno de La Mesa de La Habana y clama el apoyo internacional a un cese del juego bilateral al respecto.

 

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Las Armas Igualan

Carlos Meneses Reyes

Carlos Meneses
Carlos Meneses Reyes.

 

Un día de mayo de 1970, salía de la Cafetería Central, en la Universidad Nacional de Colombia, Bogotá, y vi a un paisano de Provincia, vecino de mi barrio – cantante por cierto- enfrascado en inminente pelea contra corpulento costeño de 1.80 metros e interviniendo grité: – Oí, vos, con 1.50 metros, que vas a pelear con ese. Y me contestó: “Carlos, las armas igualan” (…) (!!!).

Sin incurrir en simplismos, pareciere que el militarismo adocenado en Colombia desconociere tan cruda realidad palpada en la sindéresis del enfrentamiento insurgencia- ejército colombiano y en el entorno del fatídico desarrollo del conflicto armado interno colombiano.

Falso que debido al rompimiento de la tregua unilateral de las Farc-ep, se haya retrocedido en la búsqueda de la solución política para el fin del conflicto armado en Colombia. El peso político sustancial lo determinó la instalación de La Mesa de La Habana, que con sacrificio y dolor, aún no ahorrados al pueblo colombiano, continúa. Lamentablemente se ha fallado en el des escalonamiento del conflicto. No se ha afectado la llamada buena fe que ha de prevalecer entre las partes contrincantes en conversación sobre el presupuesto que ab initio acordaron de negociar al calor del conflicto y no de la reflexión pausada del silenciamiento de los fusiles. Pero de ahí que la preponderante base de “nada está acordado, hasta que todo esté acordado” no haya degenerado en entelequia, es otra cosa.

En eso cada parte en confrontación pareciere escudarse. El establecimiento gubernamental para impulsar sus planes a futuro mediato, expresado en la dinámica legislativa impuesta contra las aspiraciones del campesinado colombiano; las adocenadas políticas neoliberales como si nada estuviera sucediendo y el complejo escenario de presencia actual del paramilitarismo que se viene practicando y causa aprehensión; lo cual – a su vez- está generando positivo relacionamiento del movimiento popular y de masas hacia la acción y en tanto, la contraparte insurgente incurre en una especie de marasmo, sino moral, al menos físico, en cuanto a determinar en qué aspectos puntuales ajusta, definitivamente, sus alcances para dar el salto inminente para el Acuerdo Definitivo; dado ya el esclarecimiento de la existencia de una Comisión de la Verdad Histórica del conflicto en Colombia.

Cómo llegar a un acuerdo definitivo

Punto álgido a asumir. El planteamiento por parte de la insurgencia esta consecuencialmente claro: definición por parte del Establecimiento-con la venia del imperio y no del cipayo interés militarista y oligárquico colombiano- de un cese bilateral definitivo a toda confrontación armada en el territorio nacional. Esto conllevaría a un inminente cambio en el escenario nacional: Uno, reconocimiento de una institucionalidad militar con todos sus espectros de soberanía nacional y territorial en el mapa político nacional. Dos, continuada presencia insurgente en tradicionales zonas de influencia sin símbolos de iconografía desafiantes. También efectos esenciales, a nuestro modesto modo de ver: facilitación al Acuerdo para que la Insurgencia del Ejército de Liberación Nacional (E.L.N), se siente a manteles en la Mesa de Negociación para el fin del conflicto armado interno en Colombia y definición a tomarse por parte del Partido Comunista Marxista-Leninista, en clandestinidad, y su expresión armada el Ejército Popular de Liberación (E.P.L), con el mismo objetivo de definición histórica nacional.

De los instrumentos a implementarse

Para no redundar, se cuenta con un dinámico escenario, tanto nacional, como internacional, para implementar el uso y aplicación de mecanismos viables, tendientes a lograr la materialización del acuerdo del cese bilateral definitivo del fuego. No es momento de entrar en discusiones semánticas si será por medio de un “Acuerdo Plenipotenciario”! o por un “Armisticio” o por una “Capitulación”. No obstante diferenciemos:

Un armisticio consiste en la suspensión de las agresiones entre dos grupos (países, naciones, facciones) que se encuentran enfrentados en una lucha armada. El término armisticio proviene de un vocablo latino que sirve para referirse a la suspensión de hostilidades que se pacta entre ejércitos o facciones en conflicto. El armisticio aparece como una suspensión temporal y convencional de las hostilidades. Es suspensión. (Definiciones tomadas del internet).

Acuerdo o Convención: en la acepción del derecho internacional privado (DIP) obedece a manifestación expresa y libre, de voluntades de partes vinculantes.

Capitulación

Se conoce como capitulación al convenio en que se estipula la rendición de un ejército, facción armada insurgente o rebelde, con entrega de plaza o punto fortificado. Se llama capitulación debido a los capítulos que prevé todo un suceso de entrega o rendición.

El lector en su sapiencia interpretativa sabrá ajustar cuál de las denominaciones es la que aplica al escenario real y objetivo colombiano.

Conclusión

Asistimos al repaso histórico de una Colombia en que definitivamente están dadas las condiciones tanto subjetivas internas como objetivas internacionales, para erigirnos como un país civilizado en la solución definitiva de la cruenta lucha armada por todos y todas padecida. Paz y jamás olvido a los caídos!

 

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Un ataque ni tan dorado, ni tan dorada la píldora

Carlos Meneses Reyes
Carlos Meneses
Carlos Meneses.

Una nueva gota fría cae sobre el recipiente del proceso de conversaciones en La Mesa de La Habana. Pero esta vez, tampoco rebosó la copa, desbordándose lo alcanzado, conforme a la imaginación de la mediática y de los enemigos del proceso de negociaciones, para alcanzar una superación civilizada y política al conflicto interno armado colombiano.

Los sucesos del martes 14 de abril, en que una columna insurgente de las Farc-ep, ataca un campamento del ejército gubernamental colombiano, con un saldo de 11 militares muertos e igual número de efectivos heridos y baja de un rebelde “vestido todo de negro”, ha suscitado aspavientos de furiosos ecos militaristas de la extrema derecha colombiana; de los enemigos furibundos del desarrollo de conversaciones en el proceso de La Habana, la cúpula en las FF.MM y por supuesto el ministro de la guerra Pinzón, y los feroces enemigos de la búsqueda de la paz en Colombia, como el disidente del Establecimiento senador Álvaro Uribe V, el procurador Ordoñez y ahora la adornada figura del Fiscal General con una sorprendente tesis que los soldados acribillados , corresponde a crimen u homicidio en persona protegida por el Derecho Internacional humanitario. (DIH).

En consonancia con una excesiva demostración de los medios de enajenación masiva, alimentando la ruptura del cese unilateral al fuego de la parte insurgente y la terminación de las conversaciones en La Habana; resultado del cruento incidente insurgente fue la revocatoria presidencial de cese a los bombardeos aéreos a campamentos de la insurgencia por la clasificatoria de deliberado ataque contra las unidades del ejército colombiano, acampadas y adentradas en lo intricado de la oscuridad de la selva.

Del escenario territorial

Los voceros castrenses gubernamentales sostienen que fueron sus tropas atacadas cuando realizaban operaciones de control territorial en la vereda La Esperanza, municipio Buenos Aires, Norte del Cauca. Esto de un factor territorial ubicado y definido corresponde para una apreciación no ligera, de calificación de la acción insurgente; dado que a la luz del Derecho Internacional Público (DIP) el status de Plenipotenciarios que ostentan los voceros de la Insurgencia de las Farc-ep y su contraparte el Gobierno del Estado colombiano, en la Mesa de La Habana, califica la situación padecida en Colombia de Conflicto Armado Interno (CAI).

En la pasada medianoche del martes 14, los rebeldes insurgentes no atacaron una fortificación o plaza militar. Atacaron un campamento militar al que efectivos del ejército colombiano instalaron como lugar donde descansar. Ese campamento ubicado en lo enmarañado de la espesa selva colombiana; así oculto y sobreprotegido bajo la oscuridad de la manigua y la noche, se dispusieron las tropas, seguramente andariegas durante la luz del día, alojarse en ese lugar despoblado; bajo la elemental mira de vigías o centinelas. Por consiguiente no obedeció a premeditado ataque a fortificación, instalación, cuartel o edificación del ejército colombiano.

De la novedosa tesis del fiscal general

Las declaradas afirmaciones divulgadas por el Fiscal Montealegre en el sentido que en el ataque al campamento del ejército se incurrió en una violación al DIH, por haberse cometido crimen en persona protegida y en tal sentido la veintena de víctimas causadas, en este caso, los soldados del ejército nacional, gozaban de ese status de protección internacional; causan atención, no tanto por lo casuísticas, como por el manifestó interés del efecto político-que no jurídico- de su acusación.

Entre las acepciones para comprender esta figura del Derecho Internacional Público de persona protegida, está la del Comité Internacional de la Cruz Roja: “se denomina personas protegidas a aquellas que, en tiempo de guerra, se benefician de la protección establecida en los tratados o en el derecho internacional humanitario consuetudinario”. “En particular, son personas protegidas los heridos, los enfermos, los prisioneros, los náufragos y los civiles que no participan directamente en las hostilidades. Así mismo, son personas protegidas el personal médico y religioso, los voluntarios de sociedades de socorro y los miembros de organismos de protección civil”.

Con lo anterior demuestra el Fiscal Montealegre que no es un teórico de la doctrina militar. Anuncia sí una tesis, y como tal proposición de asunto de un tema como para deliberar. La calificación de Conflicto Armado Interno en Colombia, implica escenarios y sucesos de guerra y un efectivo o actor material de la guerra no incluye en esa calificación de persona protegida.

De los efectos del cese del fuego o cese de hostilidades

En una confrontación armada como la colombiana, obvio que una decisión, sea unilateral o bilateral de cese del fuego, contrae efectos para las partes que lo proponen. La decisión unilateral de la insurgencia de un cese del fuego y así expresado en que cesa cualquier acción ofensiva contra instalaciones gubernamentales y/o castrenses y extensivas a la infraestructura económica, contribuye a la lectura de no atacar; pero ellos se reservaron el derecho de contraatacar y defenderse al ser agredidos. La vocería oficial gubernamental afirmó que la contraparte insurgente había cumplido con lo del cese del fuego unilateral y en retribución se expidió la orden presidencial de no bombardeos a los campamentos insurgentes. Pero esta decisión unilateral de la fuerza insurgente fue puesta en riesgo conforme a denuncias reiteradas por su parte, en el sentido que desde el mes de febrero las tropas del ejército colombiano intensificaban sus ataques contra las infraestructuras de las farc-ep, afectaban a la población civil y sobre el entendido que el ejército aplica ordenes de sus mandos encabezados por el Ministro de la Defensa y el Presidente de la República, como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas.

Sabido es que el derecho internacional rige bajo principios consuetudinarios. De tal manera que la decisión de un actor del Derecho Internacional, como lo es la insurgencia colombiana, al declarar el cese unilateral de fuego le incumben responsabilidades subyacentes, puesto que ellos se colocan no en un estadio de combate sino de cese o tregua de hostilidades. En el caso de marras las tropas gubernamentales se encontraban mimetizadas en lo oscuro de la manigua. El ataque no se dio a un edificio o instalación militar, con tropas acuarteladas. Confronta ello con lo denunciado por analistas y medios alternativos de información sobre el riesgo o suerte que corría el cese del fuego o tregua unilateral por las diferentes acciones practicadas por las Fuerzas Armadas gubernamentales con bajas comprobadas, en las filas insurgentes.

Conclusión

1.- De manera que lo sucedido en la nefasta noche del pasado martes 14 de abril enmarca dentro de las acciones propias de un estadio de guerra en un conflicto armado interno generalizado como el colombiano. Sí es una violación a la ley y a la constitución; pero por parte de una fuerza insurgente que desconoce esa institucionalidad y legalidad. Conforme a lo manifestado por el constitucionalista Jaime Córdoba Triviño, “se trata de una típica emboscada. Ese no es un acto prohibido por el DIH, es un acto prohibido por el Código Penal. Eso es un homicidio agravado porque están en incapacidad de resistir”. Sin embargo, al parecer, si hubo resistencia. De manera que la tesis del Fiscal General no tiene asidero a la luz del DIH y si del derecho penal colombiano, bajo el delito político de Rebelión y sus conexos.

2.- Bajo los presupuestos del DIH, en esto del cese de fuego o tregua unilateral de la insurgencia aplican los Principios Universales de los “Actos propios” y de “Buena fe”; en el sentido que al no declarar previamente la contraparte insurgente el cese de fuego unilateral o tregua unilateral, no procede ventaja y le está vedado un ataque sorpresivo contra instalaciones de la fuerza pública y de la infraestructura económica; es decir, conforme al ámbito de su compromiso.

3.- Mantenido como está el cese o tregua unilateral por parte de la insurgencia, correspondería a la parte gubernamental conforme al Principio de Reciprocidad que rige al Derecho Internacional Público, reordenar el cese a los bombardeos a campamentos guerrilleros, con las secuelas de afectación a la población civil que los mismos conllevan.

4.- Las consecuencias trágicas del conflicto armado imploran la decisión política del Acuerdo de Un Cese de Fuego y de Hostilidades en forma Bilateral, desde ya!.

 

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Un ataque ni tan dorado, ni tan dorada la píldora

Por Carlos Meneses Reyes

Negociaciones de paz en Colombia
Imagen con fines ilustrativos.

 

Una nueva gota fría cae sobre el recipiente del proceso de conversaciones en La Mesa de La Habana. Pero esta vez, tampoco rebosó la copa, desbordándose lo alcanzado, conforme a la imaginación de la mediática y de los enemigos del proceso de negociaciones, para alcanzar una superación civilizada y política al conflicto interno armado colombiano.

Los sucesos del martes 14 de abril, en que una columna insurgente de las Farc-ep, ataca un campamento del ejército gubernamental colombiano, con un saldo de 11 militares muertos e igual número de efectivos heridos y baja de un rebelde “vestido todo de negro”, ha suscitado aspavientos de furiosos ecos militaristas de la extrema derecha colombiana; de los enemigos furibundos del desarrollo de conversaciones en el proceso de La Habana, la cúpula en las FF.MM y por supuesto el ministro de la guerra Pinzón, y los feroces enemigos de la búsqueda de la paz en Colombia, como el disidente del Establecimiento senador Álvaro Uribe V, el procurador Ordoñez y ahora la adornada figura del Fiscal General con una sorprendente tesis que los soldados acribillados , corresponde a crimen u homicidio en persona protegida por el Derecho Internacional humanitario. (DIH).

En consonancia con una excesiva demostración de los medios de enajenación masiva, alimentando la ruptura del cese unilateral al fuego de la parte insurgente y la terminación de las conversaciones en La Habana; resultado del cruento incidente insurgente fue la revocatoria presidencial de cese a los bombardeos aéreos a campamentos de la insurgencia por la clasificatoria de deliberado ataque contra las unidades del ejército colombiano, acampadas y adentradas en lo intricado de la oscuridad de la selva.

 

Del Escenario Territorial

Los voceros castrenses gubernamentales sostienen que fueron sus tropas atacadas cuando realizaban operaciones de control territorial en la vereda La Esperanza, municipio Buenos Aires, Norte del Cauca. Esto de un factor territorial ubicado y definido corresponde para una apreciación no ligera, de calificación de la acción insurgente; dado que a la luz del Derecho Internacional Público (DIP) el status de Plenipotenciarios que ostentan los voceros de la Insurgencia de las Farc-ep y su contraparte el Gobierno del Estado colombiano, en la Mesa de La Habana, califica la situación padecida en Colombia de Conflicto Armado Interno (CAI).

En la pasada medianoche del martes 14, los rebeldes insurgentes no atacaron una fortificación o plaza militar. Atacaron un campamento militar al que efectivos del ejército colombiano instalaron como lugar donde descansar. Ese campamento ubicado en lo enmarañado de la espesa selva colombiana; así oculto y sobreprotegido bajo la oscuridad de la manigua y la noche, se dispusieron las tropas, seguramente andariegas durante la luz del día, alojarse en ese lugar despoblado; bajo la elemental mira de vigías o centinelas. Por consiguiente no obedeció a premeditado ataque a fortificación, instalación, cuartel o edificación del ejército colombiano.

 

De la Novedosa Tesis del Fiscal General

Las declaradas afirmaciones divulgadas por el Fiscal Montealegre en el sentido que en el ataque al campamento del ejército se incurrió en una violación al DIH, por haberse cometido crimen en persona protegida y en tal sentido la veintena de víctimas causadas, en este caso, los soldados del ejército nacional, gozaban de ese status de protección internacional; causan atención, no tanto por lo casuísticas, como por el manifestó interés del efecto político-que no jurídico- de su acusación.

Entre las acepciones para comprender esta figura del Derecho Internacional Publico de persona protegida, está la del Comité Internacional de la Cruz Roja: “se denomina personas protegidas a aquellas que, en tiempo de guerra, se benefician de la protección establecida en los tratados o en el derecho internacional humanitario consuetudinario”. “En particular, son personas protegidas los heridos, los enfermos, los prisioneros, los náufragos y los civiles que no participan directamente en las hostilidades. Así mismo, son personas protegidas el personal médico y religioso, los voluntarios de sociedades de socorro y los miembros de organismos de protección civil”.

Con lo anterior demuestra el Fiscal Montealegre que no es un teórico de la doctrina militar. Anuncia sí una tesis, y como tal proposición de asunto de un tema como para deliberar. La calificación de Conflicto Armado Interno en Colombia, implica escenarios y sucesos de guerra y un efectivo o actor material de la guerra no incluye en esa calificación de persona protegida.

 

De los Efectos del Cese del Fuego o Cese de Hostilidades

En una confrontación armada como la colombiana, obvio que una decisión, sea unilateral o bilateral de cese del fuego, contrae efectos para las partes que lo proponen. La decisión unilateral de la insurgencia de un cese del fuego y así expresado en que cesa cualquier acción ofensiva contra instalaciones gubernamentales y/o castrenses y extensivas a la infraestructura económica, contribuye a la lectura de no atacar; pero ellos se reservaron el derecho de contraatacar y defenderse al ser agredidos. La vocería oficial gubernamental afirmó que la contraparte insurgente había cumplido con lo del cese del fuego unilateral y en retribución se expidió la orden presidencial de no bombardeos a los campamentos insurgentes. Pero esta decisión unilateral de la fuerza insurgente fue puesta en riesgo conforme a denuncias reiteradas por su parte, en el sentido que desde el mes de febrero las tropas del ejército colombiano intensificaban sus ataques contra las infraestructuras de las farc-ep, afectaban a la población civil y sobre el entendido que el ejército aplica ordenes de sus mandos encabezados por el Ministro de la Defensa y el Presidente de la República, como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas.

Sabido es que el derecho internacional rige bajo principios consuetudinarios. De tal manera que la decisión de un actor del Derecho Internacional, como lo es la insurgencia colombiana, al declarar el cese unilateral de fuego le incumben responsabilidades subyacentes, puesto que ellos se colocan no en un estadio de combate sino de cese o tregua de hostilidades. En el caso de marras las tropas gubernamentales se encontraban mimetizadas en lo oscuro de la manigua. El ataque no se dio a un edificio o instalación militar, con tropas acuarteladas. Confronta ello con lo denunciado por analistas y medios alternativos de información sobre el riesgo o suerte que corría el cese del fuego o tregua unilateral por las diferentes acciones practicadas por las Fuerzas Armadas gubernamentales con bajas comprobadas, en las filas insurgentes.

 

Conclusión

1.- De manera que lo sucedido en la nefasta noche del pasado martes 14 de abril enmarca dentro de las acciones propias de un estadio de guerra en un conflicto armado interno generalizado como el colombiano. Sí es una violación a la ley y a la constitución; pero por parte de una fuerza insurgente que desconoce esa institucionalidad y legalidad. Conforme a lo manifestado por el constitucionalista Jaime Córdoba Triviño, “se trata de una típica emboscada. Ese no es un acto prohibido por el DIH, es un acto prohibido por el Código Penal. Eso es un homicidio agravado porque están en incapacidad de resistir”. Sin embargo, al parecer, si hubo resistencia. De manera que la tesis del Fiscal General no tiene asidero a la luz del DIH y si del derecho penal colombiano, bajo el delito político de Rebelión y sus conexos.

2.- Bajo los presupuestos del DIH, en esto del cese de fuego o tregua unilateral de la insurgencia aplican los Principios Universales de los “Actos propios” y de “Buena fe”; en el sentido que al no declarar previamente la contraparte insurgente el cese de fuego unilateral o tregua unilateral, no procede ventaja y le está vedado un ataque sorpresivo contra instalaciones de la fuerza pública y de la infraestructura económica; es decir, conforme al ámbito de su compromiso.

3.- Mantenido como está el cese o tregua unilateral por parte de la insurgencia, correspondería a la parte gubernamental conforme al Principio de Reciprocidad que rige al Derecho Internacional Público, reordenar el cese a los bombardeos a campamentos guerrilleros, con las secuelas de afectación a la población civil que los mismos conllevan.

4.- Las consecuencias trágicas del conflicto armado imploran la decisión política del Acuerdo de Un Cese de Fuego y de Hostilidades en forma Bilateral, desde ya!.

 

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Fundación Adenauer apoya a populistas colombianos de derecha

Harald Neuber

Rebelión

Negociaciones de paz en Colombia

Representantes de varios partidos en la cámara baja del parlamento alemán, el Bundestag, reaccionaron con cautela a una visita de representantes del partido colombiano Centro Democrático el expresidentes Álvaro Uribe.

Según medios alemanes, la gira fue organizada también por la fundación Konrad Adenauer, cercana a la Unión Democristiana (CDU) de la canciller federal alemana, Angela Merkel.

El diputado del SPD y presidente del grupo parlamentario de amistad Alemania-Suramérica, Klaus Barthel, se mostró escéptico.

“El partido plantea exigencias al proceso de paz ideadas de tal modo que no pueden cumplirse”, le dijo Barthel al portal alemán amerika21. Sin embargo, el Centro Democrático representa una comunidad electora nada despreciable.

“Espero que asuma un papel más constructivo, orientado hacia el futuro, y no busque hacer fracasar el proceso de paz”, agregó el socialdemócrata. A la par, el miembro del SPD celebró que la Fundación Konrad Adenauer contribuya a intensificar el diálogo entre diputados colombianos y europeos. “En últimas, queda claro que en Europa y en Alemania no podría entenderse una política que no aprovechara, justo ahora, todas las oportunidades para conseguir una paz interna duradera”, afirmó.

Mientras, las declaraciones de la vocera para la cooperación económica de la bancada del partido de izquierda Die Linke, Heike Hänsel, fueron aún más críticas.

“Los representantes del Centro Democrático dejaron claro en Berlín sobre todo lo siguiente: que no tienen ningún interés serio en un acuerdo de paz con la guerrilla”, le manifestó Hänsel.

La diputada señaló que algunas veces plantearon la absurda tesis de que las negociaciones de paz tienen consecuencias negativas para la economía del país, porque los guerrilleros de las FARC exigen una regulación de la minería y una reforma agraria.

El vocero político para derechos humanos del partido de los verdes, Tom Koenigs, dijo: “Veo el proceso de paz como una oportunidad para Colombia. Entre más ciudadanas y ciudadanos se involucren, mucho mejor.”

Mientras, en Bogotá, Alirio Uribe Muñoz, congresista del partido opositor Polo Democrático, se mostró preocupado por la gira promocional de los populistas de derecha.

El Centro Democrático ha manifestado públicamente su desacuerdo frente al proceso de paz, con la afirmación de que se está negociando la entrega del país al terrorismo y se está desprestigiando a las fuerzas militares al ponerlas al mismo nivel de los terroristas, dijo.

“Pero estos argumentos que no tienen ningún sustento ni jurídico ni político”, subrayó.

Según el también jurista, “su misión es buscar el apoyo que no han podido tener en nuestro país a las apuestas guerreristas que han acabado con miles de personas”.

 

Compartido con SURCOS Digital por Carlos Meneses Reyes. Fuente original: Rebelión.

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Sobre el conflicto armado colombiano

Uribe, El Disidente

Por Carlos Meneses Reyes

Carlos Meneses
Carlos Meneses.

 

Definitivamente, al senador Álvaro Uribe V. le gusta jugar con candela. Todo indica que sin permiso del congreso viajara a  Washington, acompañado de Paloma Valencia, Iván Duque, Alfredo Rangel y Federico Hoyos. La agenda sobre su gira está centrada en la oposición total y tajante a la terminación del conflicto armado interno colombiano; como quiera que no presenta una alternativa a los cuestionamientos por la consecución de la paz que impulsa el gobierno del presidente Santos. No solo aspira entrevistarse con el presidente Obama; sino a hacer presencia con su sequito de ungidos en el recinto del Congreso estadounidense, en franca alegoría a como logró sentar en el recinto del Congreso colombiano, durante su mandato, a los representantes del narco paramilitarismo colombiano.

En la zoología política colombiana, el ultraderechista senador es un sujeto político digno de analizar tanto por su pasado, presente y futuro incierto.

Al hacer carrera la gira del senador Uribe V. para atacar “con dardos almibarados” y con toda villanía una avanzada tarea de peso político interno y de logros y aceptación internacionales a la sazón; en razón al “obligatorio cumplimento” de la obtención de la paz como un derecho y un deber, pues incurre en conducta delictiva. Con su ufanado poder de sentarse al oído del presidente Obama para hacerle  virar en torno a sus expresiones de mirar con buenos ojos y a la expectativa del desarrollo de las Conversaciones en La Habana. En momentos en que el poderoso coloso del Norte, destensa las relaciones con el glorioso pueblo cubano y su régimen y en acto inconmensurable ordena la libertad de los 5 cubanos presos en cárceles del imperio; y que en el desarrollo de los hechos políticos, se coloca al orden del día un gesto humanitario del gobernante Obama en conceder la repatriación del combatiente colombiano SIMON TRINIDAD y sus compañeros de presidio; asome “Agachadito, solapado, ordenando alguna acción ilegal…” conforme a la buena descripción del periodista Antonio Caballero, el malévolo senador de angustiosa y pavorosa sombra que le cubre.

Puesto que lograr un viraje de la `política norteamericana en contra del proceso de conversaciones para la terminación del conflicto armado interno en Colombia, apunta en un flaco servicio de un senador contra la independencia nacional, en consonancia a cómo el constituyente colombiano radicó la soberanía de la nación. Por ello considero acertado, aunque aún tímida- como trataré de explicarlo-  la manifestación del Dr. Horacio Serpa, cuando califica la visita del senador Uribe como de una  traición a la patria.

 

Comencemos por distinguir entre oposición política y disidencia política

Al senador Álvaro Uribe V. no se le podría ubicar como un opositor político. Lo oposicionista  u oposición, se predica de una minoría o partido, que se comporta en los cuerpos legislativos, en  forma opuesta o contraria a los actos de gobierno. Así, el Polo- como partido- es verdadera oposición en Colombia. Su partido- el Centro Democrático-  actúa en co-gobierno con el actual régimen.

El tema de la terminación del conflicto armado interno en Colombia, no corresponde a la Agenda de la actual legislatura. Por ahora se está a la espera de obtener un tratado de  tregua o armisticio entre las fuerzas de la República y las fuerzas beligerantes de una parte de la Insurgencia colombiana. Para ello se designaron encargados plenipotenciarios, por parte del Gobierno colombiano y “personas” o “grupos de personas” que representan la contraparte beligerante y que asientan en la llamada  Mesa de La Habana. Esto corresponde a la puesta en práctica de los Principios Fundamentales de la Constitución Política de Colombia, que consagra entre los fines esenciales del Estado, defender la independencia nacional y el derecho fundamental a la paz como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento (artículo 22  de la Constitución Política de 1991).

Cabe la ubicación del senador Uribe V, como en la de un disidente del establecimiento. Asume la actitud de contrario ante el oligopolio reinante en Colombia. Es un disidente, puesto que se separa subjetiva, individualmente, de una doctrina, creencia, deber, obligación, por no estar de acuerdo con sus creencias. Asume (y no me refiero a un partido político) una connotación auto-excluyente ante el establecimiento. Como disidente se enfrenta a un orden establecido en la sociedad, en cualquiera de los ámbitos derivados del acontecer social (político). Contrario a quien se opone al régimen dominante, sin dejar de ser su partidario y al que se enfrenta conteste. Como disidente se aleja; busca otros visos o espacios de legitimidad. Se sienta al otro lado. En esto encontramos diferencia entre  disidente y opositor y/o contestación que indica una confrontación al interior mismo del sistema existente. El disidente se va, se enfrenta, al sistema político en vigor. Gráficamente, el disidente es ave de corto vuelo. En Cuba, por ejemplo, no hay partidos opositores. Hay disidentes. Salvo guardadas proporciones, ejemplificaría lo sucedido con el senador Uribe V.

 

La ofensiva antipaz de Uribe

Está expresada en su posición individual subjetiva de ir contra el fin esencial del Estado en la búsqueda y logro de la paz. En eso, es enemigo de la paz. Disiente de toda forma de acercamiento con la contraparte insurgente. Si fuere opositor, presentaría formas alternas a la terminación del conflicto. Pero no. Impone la paz romana. La rendición y humillación del contrario. Como cualquier ciudadano y aún más como senador, está obligado a mantener la independencia e integridad nacionales. Es un agente de controvertida ética política y de dudosa conciencia personal. Al pretender inducir a la potencia extranjera a que intensifique la guerra interna en Colombia, y  dar al traste con lo avanzado, negando el carácter beligerante a la contraparte  en lucha contra el  establecimiento colombiano; menoscaba la independencia nacional y por ende nuestra soberanía.

Concluyo citando a la periodista Aura Lucía Mera (El Espectador 15 de julio de 2014), que describe al senador Uribe y para lo cual me instalo en la parte Alta de Las Escalinatas y relata:

“Curiosamente todos eran vasallos de un jefe supremo: un hombrecito de mirada sinuosa y gélida, de piel rosácea y manchada, de deditos cortos y tensos, de sonrisa rictus, de sangre fría como las víboras, de entrañas mesiánicas, domador de equinos, sometedor de mentes, experto con el látigo, fustigador de oponentes”.

 

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De tregua, militarismo, paz y…algo más

Por Carlos Meneses Reyes

Carlos Meneses
Carlos Meneses

 

El corte inesperado de las Conversaciones en La Mesa de La Habana por parte del Presidente Juan M. Santos; mas pareciere una prueba de fuego o de imposición inducida por el ejecutivo gubernamental, que una afrenta para que la contraparte Insurgente, varié el comportamiento normal de unas conversaciones,  concebidas en continuidad con el  medio del conflicto armado activo y en creciente escala en Colombia.

No se sabe porqué la sobrada inteligencia militar, la preconcebida capacidad gubernamental y la despechada expresión de una esposa confundida, no atinan en coincidir cómo un “hombre de acero”, desde los 13 años con formación escolar castrense, 31 años de servicio y «comandante de la “Task Force TITÁN”; con  experiencia en combate, lancero, con especializaciones en Militar Police nacional e internacional y doctor en Militar Science»;  pudo osar adentrarse en pequeño caserío tupido de selva chocoana, en pantalones cortos, sandalias de turista, acompañado junto con dos efectivos militares de civil y una abogada funcionaria  instructora del ministerio de la guerra, tropicalmente ataviada. Fémina en quien no me detendré, so pena de incurrir en desventajoso sarcasmo.

Del particular general que hoy es noticia en Colombia y el mundo, se extracta una hipotética concepción del conflicto interno armado colombiano; más que diferente, acorde con el derrotero que al mismo le ha trazado la dictadura mediática impuesta en Colombia.

Surge entonces el planteamiento si en realidad de verdad la constante nazi de  los apóstoles del Hitler criollo,  entronizados en los medios de comunicación e intoxicación masiva, de repetir una calumnia mil veces, algo queda y se vuelva “verdad” oficial; haya calado de tan genuina forma en la mentalidad del generalato colombiano,  al menos en tan ilustre exponente en el caso de marras y que analizaré más adelante, como víctima de su propio invento.

 

El escenario de los contrarios 

En Colombia buena parte del acontecer político transita en la posición inmutable oficial de encontrarse ante una insurgencia desgajada y en vía de extinción. Concebir como expresión de debilidad el sentarse a conversar y ceder unilateralmente concesiones dadas, en treguas, ante declaraciones dantescas, como la de órdenes  presidenciales de ejecución al comandante  Cano, reducido, desarmado y vestido de civil. Debilidad e impotencia insurgente  ante acrecentados y devastadores  ataques de la poderosa fuerza aérea de temible desasosiego a nivel continental. De  debilidad política,  ante la indolente actitud de no asumir la contraparte gubernamental, como actor de soberanía  ante el gobierno USA, para que un plenipotenciario asomado por la contraparte insurgente como lo ha sido el ausente Simón Trinidad  Palmera, pudiere ocupar esa silla vacía. De otorgar,  ante ninguna  expresión de retribuir, nuevas situaciones o actitudes  alternas  que asome alguna voluntad política  de ajustar aplicabilidad gubernamental a los temas conversados en los puntos  tratados en la agenda acordada; como la arremetida terrorista  estatal contra  nacientes organizaciones política populares (La Marcha Patriótica) y el ascendente movimiento de masas, asesinando selectivamente a sus cuadros políticos.

Esto y algo más  en notorio contraste con la actitud  respetuosa, asumida por la contraparte insurgente, en respetar la decisión  sin objeción alguna de los integrantes del equipo negociador del establecimiento. Retomando la posibilidad de nuevas concesiones unilaterales, que palien o  mitiguen el sufrimiento y dolor de la guerra y sus efectos en la población civil; unido a la constante e inmodificable voluntad de acordar un cese del fuego bilateral, como escenario imprescindible de una negociación política que busca, precisamente, la solución del conflicto interno armado de una forma civilizada, política y no por la vía militar. Lograr la concertación de acuerdos sobre temas álgidos ya abordados y reservar el optimismo de la refrendación sobre lo no acordado.

Pero no, la tendencia guerrerista de la extrema derecha es la que se impone; como si el mandato de la paz le  perteneciera a un mandatario de turno y no a toda la sociedad colombiana y al interés público internacional.

 

Lo cuyuntural actual

Remito a tres circunstancias somero comentario sobre la situación actual.

  1. El registro de dos soldados del ejército, capturados en el Departamento de Arauca por la insurgencia, en combate a cielo abierto.
  2.  La aplicación de la Justicia Indígena a siete miembros de la insurgencia, en el Departamento del Cauca
  3.  La captura de un general del ejército y sus acompañantes, vestidos de civil y desarmados en un entorno de escenario territorial de guerra, en el Departamento de Choco.

Todas las tres situaciones enunciadas están centradas con-causalmente, o con nexo de relación, con  el carácter beligerante de una fuerza insurgente que califica dentro de la determinación y definición del derecho público internacional (DPI).

 

De la autonomía y llamada justicia indígena

En el Departamento del Cauca las Farc-ep celebraron el 3 aniversario de la muerte del comandante Cano, colocando grandes vallas, alusivas  a su persona y al impulso de las Conversaciones en la Mesa  de La Habana. Los indígenas del Cabildo  rechazaron la medida y decidieron en grupo bajar una de las vallas y destruirla. Esto trajo la reacción de los milicianos farianos, quienes en franca gresca con los indígenas, impusieron el uso de sus armas de dotación insurgente, resultando muertos dos indígenas. Los integrantes del Cabildo Indígena se retiraron y en consonancia con la Guardia Indígena, en numero de 400 efectivos, procedieron a perseguir a los guerrilleros; registrándose la detención de ocho guerrilleros por parte del  Cabildo. De inmediato anunciaron que los detenidos serían juzgados por la muerte de los dos indígenas. Que en desarrollo de las condenas, los condenados serán entregados a las autoridades del Estado colombiano, para cumplir pena privativa de libertad; aplicarían la pena del destierro y la de latigazos en carne viva; que dos menores de edad serán azotados y sometidos a nuevo juicio cuando sean mayores de edad. Que en  el acto del Juicio en Audiencia pública destruirán los uniformes incautados y armamentos decomisados a los guerrilleros detenidos. Que estarían presentes comunidades indígenas del departamento del Cauca, representantes del Cric y de la Acin y diversos organismos humanitarios (¡!). En tanto, el ejército nacional anunció la aplicación  de férreos anillos de seguridad para garantizar los eventos y evitar un contraataque o enfrentamiento con las tropas insurgentes.

El pasado 11 de noviembre  ante y en una Audiencia Pública de  cuatro mil indígenas, concentrados  en Toribio, concluyó el Juicio Indígena contra los 8 guerrilleros de las Farc-ep. En el juicio, se ve la fotografía de los guerrilleros atados de  manos atrás y sentados.

Pues conforme al derrotero explicado, la tal Justicia Indígena, no deja de ser más que un desafuero. Comenzando por que la citada norma constitucional (artículo 330, in si tu) determina las funciones autonómicas y en modo alguno está lo de la reglamentación de la llamada “Justicia Indígena”.

Sucede pues que en Colombia viene haciendo carrera  lo de El Mito del “Derecho Mayor”. Pretenden equiparar lo de la jurisdicción indígena, con la “justicia propia”, que se dice tiene su origen en “los usos y costumbres de sus comunidades”. Nada tan peligroso como retardatario. Para muestra el botón de juicio a los guerrilleros de las Farc-ep. La mediática glorificó la eficiencia de esa justicia porque a los sindicados los condenaron en par patadas a penas de 60 y 40 años de prisión; les dieron rejo y fuete y los desterraron. Y permitirían que paguen las condenas en cárceles estatales (?); en clara conducta para-estatal-. Y que dos menores de edad volverán a ser enjuiciados por los mismos hechos cuando cumplieren la mayoría de edad.

Estamos ante la glorificación del fundamentalismo étnico o racial de minoría contra propios o extraños; puesto que la sola manifestación del Cabildo de ser de esa etnia constituye prueba irrefutable. Sin embargo no pueden acallar al juzgado o condenado cuando concluyó el hoy condenado por la justicia de la jurisdicción indígena:  «Yo prefiero responderle a la organización a la que pertenezco y no a otra autoridad».  Esa tal justicia indígena es el retroceso mayúsculo del derecho y garantías penales al Medioevo. Sin garantías procesales dizque fueron enjuiciados. Sin derecho a la defensa; a las instancias y al debido proceso. Que insulto para Beccaria. Que insulto para el estado de derecho en Colombia. Autorregulaciones que afectan el vuelo de los derechos fundamentales y humanos.

 

De los prisioneros en combate

A la luz del derecho público internacional (DPI) el caso de los dos solados hechos prisioneros por una fuerza insurgente en el Departamento de Arauca, califica de retención de prisioneros de guerra. No son secuestrados por delincuencia común. Más aun: en el caso del conflicto armado interno colombiano, en que el status de beligerancia de esas guerrillas está avalado por escenario de conversaciones en territorio de país soberano; con países garantes y países  facilitadores ante la comunidad internacional; con rango de plenipotenciarios los integrantes- delegatarios  de cada parte contrincante; confluye un elemento esencial a ese status y es la existencia del  requisito territorial. Significa ello que la fuerza beligerante e insurgente operan en un territorio y en el  que permanecen, aún sea pasajero pero intermitente de ida y regreso. Las llamadas “zonas”: una vez de unos y también de los otros.   Además, es requisito sine qua non que esa fuerza insurgente porte sus armas de dotación, se identifique con uniformes y exhiba las insignias y/o charreteras en las acciones.

 

El caso del general Alzate Mora

Es por lo anterior que se puede comprender que la retención de personal no uniformado, sin insignias ni charreteras, sin armas de dotación visibles, ni en transporte militar incautado o destruido; se pudiere calificar como de retenidos en combate o prisioneros de guerra por parte de la insurgencia. Como tampoco el abreviar que los captores lo hicieron o actuaron como unidades uniformadas de combate con insignias visibles que los caracterizaran como tales. Así planteado y entendido, nos encontramos en que los retenidos en el caserío chocoano; en el momento de tal retención califican como civiles; independientemente que luego se defina son integrantes activos de la contraparte bélica: el ejército colombiano.

Pero como las normas del derecho internacional público, son consuetudinarias y de hecho (no plasmadas en letra alguna); corresponde aplicar una interpretación de hecho tan inusitado, como resulta que  uno de los retenidos es un alto oficial en grado de General  del Estado en beligerancia, o de una de las  fuerzas contrincantes  en el conflicto bélico interno nacional. Esa atípica o particular situación dada, corresponde solo calificarla, bajo la insalvable observación del Derecho Internacional Humanitario. Comenzando por el interés de la opinión pública nacional e internacional en que por ningún motivo intentaren extraer a la fuerza (física o moral) y con violación a los derechos humanos información privilegiada que pueda conocer cualesquiera de los así capturados. La dignidad del soldado está trazada entre el General retenido y el Comandante en jefe de esa fuerza insurgente colombiana

 

La tal osadía del general Alzate Mora

Todo parece indicar que la presencia del General Rubén Darío Álzate Mora en el Corregimiento de Las Mercedes, cerca de Quibdó, fue resultado de impulso a su iniciativa personal de la materialización de un proyecto cívico-militar de electrificación a esa empobrecida comunidad chocoana. De ser así, pudo haberse constituido en algo rutinario sus idas al caserío, en la que en una de las fotografías se le ve rodeado de alegres caras infantiles del lugar. Denota una personalidad  de anfitrión, conforme a los datos que circulan en los medios. Sublima la consecuencia de un general en aplicación de emulo gerencial. Sorprende  que siendo Comandante de la 15 Brigada de la Fuerza de Tarea Conjunta TITAN, haya roto todos los protocolos de seguridad que su cargo implica. Al respecto existe asombro e interrogante en explicárselo desde el propio Presidente Santos, hasta el maestro Carlos Gaviria, por haberse introducido desarmado y sin escoltas, a selvático lugar, sin una intención manifiesta. Claro que eso no es propio de brutos, ni olvido ocasional. Necesariamente obedece a una idea preconcebida y puesta en práctica. El ya famoso General Álzate Mora, además de tropero, denota ser tenaz en lo que concibe.

 

Comencemos con la denominación de Titán, a la fuerza de tarea por él comandada

Los neófitos civilistas nos hemos ido familiarizando con las estrambóticas denominaciones como califican los programas de guerra. Así, un “Plan Colombia”, que fue impuesto con denominación y todo por el imperio, reducido a puros intentos y proyectos al no resultarles lo que se traían entre manos. El “Plan Patriota”, como intento para arrasar de la faz del territorio a la insurgencia colombiana; que abusa deleznablemente del concepto de “patriota”, pues contribuyó a la servil consolidación de los grandes explotadores extensivos de las locomotoras extractivas de nuestros recursos naturales. Pero esta de FUERZA DE TAREA TITAN, sí que merece atención aparte. Comencemos porque la utilización de la denominación TITAN alude a lo que es más o menos imposible de lograr. De los Titanes se sabe en la mitología griega, fueron los parias, hijos del cielo y de la tierra, que intentaron escalar el cielo de los dioses amontonando una montaña sobre otra pero fueron derribados por Júpiter. Por barbarismo se asimila titán a gigante; pero nada más lejano de la realidad. De manera que el trabajo cívico-militar que pretendió aplicar el General Álzate Mora, hoy en un verdadero laberinto, si correspondería  calificarlo como de titanes, de fracasos. Que en pleno conflicto armado interno colombiano; en zonas de guerra y de persistente presencia insurgente, aplique una intención de empresa comunitaria, con la ayuda de un ejército del que hace parte, que se ha comportado históricamente como un ejército de invasión a su propio pueblo; dadas las asimiladas doctrinarias de luchar contra  a quien consideran como su enemigo interno armado, no dejará de ser un proyecto falaz. Pretender que un ejército concebido para la guerra interna y expansionista agresiva, presente algún signo de social; resulta igual que concebir que una economía de mercado, neo liberal y conservadurista, insensible y salvaje, pueda tener asomo de contenido social.

Pero lo que hay que destacar del General es su vocación gerencial. Sus atestados en especializaciones en “Militar Police nacional e internacional y doctor en Militar Science», se agregan a las de pos grados en Alta Gestión, Conectividad con Empresas en Alta Tecnología y Cómputo en la Nube. Junto con su asesora de infortunio, la abogada institucional Gloria Alcira Urrego Paba, adquirió pos grado en Especialización de Generación de Proyectos en Conectividad, otorgado por la reconocida Universidad Para La Cooperación Internacional (UCI) con sede en Costa Rica. Algo así como la meca del capitalismo académico, en que se preparan los ejecutivos del momento en la investigación como instrumento económico, en las que el investigador es exhortado a convertirse en emprendedor de ideas “locas”, en el mejor sentido de la palabra, bajo un fin económicamente productivo. Quizás esto fue lo que llevó al desafortunado general al impulso triunfalista y en la aplicación unilateral de semejante proyecto cívico-militar; lo cual demuestra la capacidad del ejército colombiano de ser un estado dentro del estado y la transformación de esa institución en un carácter promisorio de partido político. Dejo así, porque apenas comienza el desenlace de algo que no es incierto para el  bien de la población colombiana.

 

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