De tregua, militarismo, paz y…algo más

Por Carlos Meneses Reyes

Carlos Meneses

Carlos Meneses

 

El corte inesperado de las Conversaciones en La Mesa de La Habana por parte del Presidente Juan M. Santos; mas pareciere una prueba de fuego o de imposición inducida por el ejecutivo gubernamental, que una afrenta para que la contraparte Insurgente, varié el comportamiento normal de unas conversaciones,  concebidas en continuidad con el  medio del conflicto armado activo y en creciente escala en Colombia.

No se sabe porqué la sobrada inteligencia militar, la preconcebida capacidad gubernamental y la despechada expresión de una esposa confundida, no atinan en coincidir cómo un “hombre de acero”, desde los 13 años con formación escolar castrense, 31 años de servicio y «comandante de la “Task Force TITÁN”; con  experiencia en combate, lancero, con especializaciones en Militar Police nacional e internacional y doctor en Militar Science»;  pudo osar adentrarse en pequeño caserío tupido de selva chocoana, en pantalones cortos, sandalias de turista, acompañado junto con dos efectivos militares de civil y una abogada funcionaria  instructora del ministerio de la guerra, tropicalmente ataviada. Fémina en quien no me detendré, so pena de incurrir en desventajoso sarcasmo.

Del particular general que hoy es noticia en Colombia y el mundo, se extracta una hipotética concepción del conflicto interno armado colombiano; más que diferente, acorde con el derrotero que al mismo le ha trazado la dictadura mediática impuesta en Colombia.

Surge entonces el planteamiento si en realidad de verdad la constante nazi de  los apóstoles del Hitler criollo,  entronizados en los medios de comunicación e intoxicación masiva, de repetir una calumnia mil veces, algo queda y se vuelva “verdad” oficial; haya calado de tan genuina forma en la mentalidad del generalato colombiano,  al menos en tan ilustre exponente en el caso de marras y que analizaré más adelante, como víctima de su propio invento.

 

El escenario de los contrarios 

En Colombia buena parte del acontecer político transita en la posición inmutable oficial de encontrarse ante una insurgencia desgajada y en vía de extinción. Concebir como expresión de debilidad el sentarse a conversar y ceder unilateralmente concesiones dadas, en treguas, ante declaraciones dantescas, como la de órdenes  presidenciales de ejecución al comandante  Cano, reducido, desarmado y vestido de civil. Debilidad e impotencia insurgente  ante acrecentados y devastadores  ataques de la poderosa fuerza aérea de temible desasosiego a nivel continental. De  debilidad política,  ante la indolente actitud de no asumir la contraparte gubernamental, como actor de soberanía  ante el gobierno USA, para que un plenipotenciario asomado por la contraparte insurgente como lo ha sido el ausente Simón Trinidad  Palmera, pudiere ocupar esa silla vacía. De otorgar,  ante ninguna  expresión de retribuir, nuevas situaciones o actitudes  alternas  que asome alguna voluntad política  de ajustar aplicabilidad gubernamental a los temas conversados en los puntos  tratados en la agenda acordada; como la arremetida terrorista  estatal contra  nacientes organizaciones política populares (La Marcha Patriótica) y el ascendente movimiento de masas, asesinando selectivamente a sus cuadros políticos.

Esto y algo más  en notorio contraste con la actitud  respetuosa, asumida por la contraparte insurgente, en respetar la decisión  sin objeción alguna de los integrantes del equipo negociador del establecimiento. Retomando la posibilidad de nuevas concesiones unilaterales, que palien o  mitiguen el sufrimiento y dolor de la guerra y sus efectos en la población civil; unido a la constante e inmodificable voluntad de acordar un cese del fuego bilateral, como escenario imprescindible de una negociación política que busca, precisamente, la solución del conflicto interno armado de una forma civilizada, política y no por la vía militar. Lograr la concertación de acuerdos sobre temas álgidos ya abordados y reservar el optimismo de la refrendación sobre lo no acordado.

Pero no, la tendencia guerrerista de la extrema derecha es la que se impone; como si el mandato de la paz le  perteneciera a un mandatario de turno y no a toda la sociedad colombiana y al interés público internacional.

 

Lo cuyuntural actual

Remito a tres circunstancias somero comentario sobre la situación actual.

  1. El registro de dos soldados del ejército, capturados en el Departamento de Arauca por la insurgencia, en combate a cielo abierto.
  2.  La aplicación de la Justicia Indígena a siete miembros de la insurgencia, en el Departamento del Cauca
  3.  La captura de un general del ejército y sus acompañantes, vestidos de civil y desarmados en un entorno de escenario territorial de guerra, en el Departamento de Choco.

Todas las tres situaciones enunciadas están centradas con-causalmente, o con nexo de relación, con  el carácter beligerante de una fuerza insurgente que califica dentro de la determinación y definición del derecho público internacional (DPI).

 

De la autonomía y llamada justicia indígena

En el Departamento del Cauca las Farc-ep celebraron el 3 aniversario de la muerte del comandante Cano, colocando grandes vallas, alusivas  a su persona y al impulso de las Conversaciones en la Mesa  de La Habana. Los indígenas del Cabildo  rechazaron la medida y decidieron en grupo bajar una de las vallas y destruirla. Esto trajo la reacción de los milicianos farianos, quienes en franca gresca con los indígenas, impusieron el uso de sus armas de dotación insurgente, resultando muertos dos indígenas. Los integrantes del Cabildo Indígena se retiraron y en consonancia con la Guardia Indígena, en numero de 400 efectivos, procedieron a perseguir a los guerrilleros; registrándose la detención de ocho guerrilleros por parte del  Cabildo. De inmediato anunciaron que los detenidos serían juzgados por la muerte de los dos indígenas. Que en desarrollo de las condenas, los condenados serán entregados a las autoridades del Estado colombiano, para cumplir pena privativa de libertad; aplicarían la pena del destierro y la de latigazos en carne viva; que dos menores de edad serán azotados y sometidos a nuevo juicio cuando sean mayores de edad. Que en  el acto del Juicio en Audiencia pública destruirán los uniformes incautados y armamentos decomisados a los guerrilleros detenidos. Que estarían presentes comunidades indígenas del departamento del Cauca, representantes del Cric y de la Acin y diversos organismos humanitarios (¡!). En tanto, el ejército nacional anunció la aplicación  de férreos anillos de seguridad para garantizar los eventos y evitar un contraataque o enfrentamiento con las tropas insurgentes.

El pasado 11 de noviembre  ante y en una Audiencia Pública de  cuatro mil indígenas, concentrados  en Toribio, concluyó el Juicio Indígena contra los 8 guerrilleros de las Farc-ep. En el juicio, se ve la fotografía de los guerrilleros atados de  manos atrás y sentados.

Pues conforme al derrotero explicado, la tal Justicia Indígena, no deja de ser más que un desafuero. Comenzando por que la citada norma constitucional (artículo 330, in si tu) determina las funciones autonómicas y en modo alguno está lo de la reglamentación de la llamada “Justicia Indígena”.

Sucede pues que en Colombia viene haciendo carrera  lo de El Mito del “Derecho Mayor”. Pretenden equiparar lo de la jurisdicción indígena, con la “justicia propia”, que se dice tiene su origen en “los usos y costumbres de sus comunidades”. Nada tan peligroso como retardatario. Para muestra el botón de juicio a los guerrilleros de las Farc-ep. La mediática glorificó la eficiencia de esa justicia porque a los sindicados los condenaron en par patadas a penas de 60 y 40 años de prisión; les dieron rejo y fuete y los desterraron. Y permitirían que paguen las condenas en cárceles estatales (?); en clara conducta para-estatal-. Y que dos menores de edad volverán a ser enjuiciados por los mismos hechos cuando cumplieren la mayoría de edad.

Estamos ante la glorificación del fundamentalismo étnico o racial de minoría contra propios o extraños; puesto que la sola manifestación del Cabildo de ser de esa etnia constituye prueba irrefutable. Sin embargo no pueden acallar al juzgado o condenado cuando concluyó el hoy condenado por la justicia de la jurisdicción indígena:  «Yo prefiero responderle a la organización a la que pertenezco y no a otra autoridad».  Esa tal justicia indígena es el retroceso mayúsculo del derecho y garantías penales al Medioevo. Sin garantías procesales dizque fueron enjuiciados. Sin derecho a la defensa; a las instancias y al debido proceso. Que insulto para Beccaria. Que insulto para el estado de derecho en Colombia. Autorregulaciones que afectan el vuelo de los derechos fundamentales y humanos.

 

De los prisioneros en combate

A la luz del derecho público internacional (DPI) el caso de los dos solados hechos prisioneros por una fuerza insurgente en el Departamento de Arauca, califica de retención de prisioneros de guerra. No son secuestrados por delincuencia común. Más aun: en el caso del conflicto armado interno colombiano, en que el status de beligerancia de esas guerrillas está avalado por escenario de conversaciones en territorio de país soberano; con países garantes y países  facilitadores ante la comunidad internacional; con rango de plenipotenciarios los integrantes- delegatarios  de cada parte contrincante; confluye un elemento esencial a ese status y es la existencia del  requisito territorial. Significa ello que la fuerza beligerante e insurgente operan en un territorio y en el  que permanecen, aún sea pasajero pero intermitente de ida y regreso. Las llamadas “zonas”: una vez de unos y también de los otros.   Además, es requisito sine qua non que esa fuerza insurgente porte sus armas de dotación, se identifique con uniformes y exhiba las insignias y/o charreteras en las acciones.

 

El caso del general Alzate Mora

Es por lo anterior que se puede comprender que la retención de personal no uniformado, sin insignias ni charreteras, sin armas de dotación visibles, ni en transporte militar incautado o destruido; se pudiere calificar como de retenidos en combate o prisioneros de guerra por parte de la insurgencia. Como tampoco el abreviar que los captores lo hicieron o actuaron como unidades uniformadas de combate con insignias visibles que los caracterizaran como tales. Así planteado y entendido, nos encontramos en que los retenidos en el caserío chocoano; en el momento de tal retención califican como civiles; independientemente que luego se defina son integrantes activos de la contraparte bélica: el ejército colombiano.

Pero como las normas del derecho internacional público, son consuetudinarias y de hecho (no plasmadas en letra alguna); corresponde aplicar una interpretación de hecho tan inusitado, como resulta que  uno de los retenidos es un alto oficial en grado de General  del Estado en beligerancia, o de una de las  fuerzas contrincantes  en el conflicto bélico interno nacional. Esa atípica o particular situación dada, corresponde solo calificarla, bajo la insalvable observación del Derecho Internacional Humanitario. Comenzando por el interés de la opinión pública nacional e internacional en que por ningún motivo intentaren extraer a la fuerza (física o moral) y con violación a los derechos humanos información privilegiada que pueda conocer cualesquiera de los así capturados. La dignidad del soldado está trazada entre el General retenido y el Comandante en jefe de esa fuerza insurgente colombiana

 

La tal osadía del general Alzate Mora

Todo parece indicar que la presencia del General Rubén Darío Álzate Mora en el Corregimiento de Las Mercedes, cerca de Quibdó, fue resultado de impulso a su iniciativa personal de la materialización de un proyecto cívico-militar de electrificación a esa empobrecida comunidad chocoana. De ser así, pudo haberse constituido en algo rutinario sus idas al caserío, en la que en una de las fotografías se le ve rodeado de alegres caras infantiles del lugar. Denota una personalidad  de anfitrión, conforme a los datos que circulan en los medios. Sublima la consecuencia de un general en aplicación de emulo gerencial. Sorprende  que siendo Comandante de la 15 Brigada de la Fuerza de Tarea Conjunta TITAN, haya roto todos los protocolos de seguridad que su cargo implica. Al respecto existe asombro e interrogante en explicárselo desde el propio Presidente Santos, hasta el maestro Carlos Gaviria, por haberse introducido desarmado y sin escoltas, a selvático lugar, sin una intención manifiesta. Claro que eso no es propio de brutos, ni olvido ocasional. Necesariamente obedece a una idea preconcebida y puesta en práctica. El ya famoso General Álzate Mora, además de tropero, denota ser tenaz en lo que concibe.

 

Comencemos con la denominación de Titán, a la fuerza de tarea por él comandada

Los neófitos civilistas nos hemos ido familiarizando con las estrambóticas denominaciones como califican los programas de guerra. Así, un “Plan Colombia”, que fue impuesto con denominación y todo por el imperio, reducido a puros intentos y proyectos al no resultarles lo que se traían entre manos. El “Plan Patriota”, como intento para arrasar de la faz del territorio a la insurgencia colombiana; que abusa deleznablemente del concepto de “patriota”, pues contribuyó a la servil consolidación de los grandes explotadores extensivos de las locomotoras extractivas de nuestros recursos naturales. Pero esta de FUERZA DE TAREA TITAN, sí que merece atención aparte. Comencemos porque la utilización de la denominación TITAN alude a lo que es más o menos imposible de lograr. De los Titanes se sabe en la mitología griega, fueron los parias, hijos del cielo y de la tierra, que intentaron escalar el cielo de los dioses amontonando una montaña sobre otra pero fueron derribados por Júpiter. Por barbarismo se asimila titán a gigante; pero nada más lejano de la realidad. De manera que el trabajo cívico-militar que pretendió aplicar el General Álzate Mora, hoy en un verdadero laberinto, si correspondería  calificarlo como de titanes, de fracasos. Que en pleno conflicto armado interno colombiano; en zonas de guerra y de persistente presencia insurgente, aplique una intención de empresa comunitaria, con la ayuda de un ejército del que hace parte, que se ha comportado históricamente como un ejército de invasión a su propio pueblo; dadas las asimiladas doctrinarias de luchar contra  a quien consideran como su enemigo interno armado, no dejará de ser un proyecto falaz. Pretender que un ejército concebido para la guerra interna y expansionista agresiva, presente algún signo de social; resulta igual que concebir que una economía de mercado, neo liberal y conservadurista, insensible y salvaje, pueda tener asomo de contenido social.

Pero lo que hay que destacar del General es su vocación gerencial. Sus atestados en especializaciones en “Militar Police nacional e internacional y doctor en Militar Science», se agregan a las de pos grados en Alta Gestión, Conectividad con Empresas en Alta Tecnología y Cómputo en la Nube. Junto con su asesora de infortunio, la abogada institucional Gloria Alcira Urrego Paba, adquirió pos grado en Especialización de Generación de Proyectos en Conectividad, otorgado por la reconocida Universidad Para La Cooperación Internacional (UCI) con sede en Costa Rica. Algo así como la meca del capitalismo académico, en que se preparan los ejecutivos del momento en la investigación como instrumento económico, en las que el investigador es exhortado a convertirse en emprendedor de ideas “locas”, en el mejor sentido de la palabra, bajo un fin económicamente productivo. Quizás esto fue lo que llevó al desafortunado general al impulso triunfalista y en la aplicación unilateral de semejante proyecto cívico-militar; lo cual demuestra la capacidad del ejército colombiano de ser un estado dentro del estado y la transformación de esa institución en un carácter promisorio de partido político. Dejo así, porque apenas comienza el desenlace de algo que no es incierto para el  bien de la población colombiana.

 

Enviado a SURCOS Digital por el autor.

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