(Ciudad Quesada) El día de hoy, los diputados Jorge Luis Fonseca y María José Corrales presentan proyecto de ley que permite la explotación de minería de oro a cielo abierto, el cual es inconveniente y un retroceso.
En el año 2010, la Asamblea Legislativa de Costa Rica, aprobó por unanimidad la prohibición de la minería metálica a cielo abierto en el país. Dicha decisión fue la culminación de una lucha ecologista de más de 30 años de muchos sectores de la sociedad costarricense, liderados por comunidades de la Zona Norte. Esta movilización logró evitar la implantación de la minería metálica a cielo abierto en Crucitas de Cutris.
Para Marco Tulio Araya, integrante de UNOVIDA, “la minería metálica, al igual que la extracción petrolera, responde a un modelo económico insostenible, extractivista y depredador de la naturaleza, que atenta contra la existencia misma de la especie humana en el planeta”.
Araya considera que “después de ese hito histórico, los gobiernos, (tanto el central como los municipales), que continuaron en el poder, mantuvieron en el abandono, no sólo a Crucitas, sino en general a las zonas fronterizas y costeras, a pesar de las propuestas concretas de desarrollo sostenible que se plantearon desde distintos sectores de nuestra sociedad”.
Heidy Murillo, vicepresidenta de FECON recordó que “en el 2010, en una encuesta nacional, el 90% de la opinión pública avaló y aplaudió esta prohibición al tomar conciencia de los impactos que provocan”.
Por su lado el exdiputado Edgardo Araya señaló que “desde el sector ambientalista realizamos propuestas concretas de inversión pública y de reactivación económica sostenible para la zona de Crucitas, tanto con el Gobierno Central, como con la Municipalidad de San Carlos y el INDER, sin que esas instituciones le dieran seguimiento y apoyo a esas propuestas sostenibles y alternativas a la minería metálica”.
Para Mauricio Jiménez, presidente de UNOVIDA, una propuesta concreta y económicamente viable, es la adquisición, por parte del Estado, de la finca afectada por la minería ilegal, con el fin de tener un mayor control público de la zona y establecer ahí, además de una academia policial, un Centro de Investigación y Capacitación en Desarrollo Sostenible, administrado por las universidades públicas y con una propuesta de financiamiento con cooperación internacional en desarrollo sostenible.
Araya señaló que “los dos últimos gobiernos no han pasado de proponer “Planes de Atención Integral”, que a la fecha no se han materializado en acciones concretas para solucionar la problemática de la zona.”
Desde las organizaciones ambientales mantenemos con firmeza nuestra oposición a reactivar la minería industrial de oro a cielo abierto. Reiteramos nuestro compromiso en defensa de la naturaleza y las comunidades que dependen de ella. Apostamos por un modelo que garantice vida digna a las generaciones que aún no han nacido y la minería a cielo abierto no es el camino.
Desde que se imputó a Oscar Arias por el caso Crucitas se ha desatado una campaña para demostrar que el daño ambiental que ocasionan los coligalleros es peor que el que hubiera hecho la empresa canadiense. La fracción parlamentaria del Liberación Nacional, un día sí y otro también, destacan el abandono del lugar e incluso pretenden una modificación a la legislación para permitir la minería de cielo abierto. También se han prestado a esta campaña La Nación y algunos “académicos” universitarios, que dicen: “Es urgente que Costa Rica retorne a un modelo sostenible, derogando la ley 8904 (que declara al país libre de minería metálica a cielo abierto) (…) reemplazándola por una nueva ley, con una estructura altamente técnica que permita desarrollar una industria mineral responsable…”. Hay que reconocer que el Ministro de Ambiente, Carlos Manuel Rodríguez, se enfrenta con decisión a estos intentos. Ha denunciado que detrás de todo esta campaña y de la investigación de los “académicos”, hay un manejo político, que es -agregamos nosotros- con el fin de entregar nuestras riquezas a las compañías mineras internacionales las cuales producen un gran daño ambiental. El ministro pregunta, ¿quién financió estos estudios y con qué fin? Lo cierto es que se trata de poderosas mineras, con grandes influencias políticas y demasiado dinero. Liberación Nacional ya se apuntó a un cambio en la legislación, que de rebote ayude al expresidente Arias. Esperemos que el Gobierno no ceda a las presiones de retomar la minería, aunque se revista de formas “responsables”.
*Imagen con fines ilustrativos tomada de la nota: Crucitas Costa Rica anuncia que tribunal del CIADI pospondrá su decisión sobre jurisdicción
Compartido con SURCOS por Juan Carlos Cruz Barrientos.
El impacto de Industrias Infinito en Crucitas hubiera sido al menos 200 veces mayor
Ecologistas piden a Ministerio de Salud intervenir en la finca invadida por “coligalleros”
(FECON. 19-12-18) Ecologistas presentaron una denuncia ante el Ministerio de Salud por posible contaminación con mercurio en Crucitas, en Cutris de San Carlos, y pidieron a las autoridades sentar responsabilidades sobre los dueños de la finca implicada, para que remedien el daño ambiental en la zona.
Según el informe DGM-CMRHN-11-2018 del Departamento de Geología y Minas del Ministerio de Ambiente (MINAE), se han extraído 173.873 m3 de material saprolítico (sobre todo tierra y arenas). Esto significa que se ha sacado alrededor de 0,5% del volumen total de material que Industrias Infinito dijo que extraería, según su Estudio de Impacto Ambiental (Marzo, 2002).
Según Henry Picado, presidente de la Federación Costarricense para la Conservación de la Naturaleza: “La compañía minera planeaba sacar 33 millones de metros cúbicos, mientras tuvieran la concesión. En otra palabras: el impacto ambiental que Industrias Infinito planteaba, era al menos 200 veces mayor que lo que representa el problema actual de la minería ilegal. Hay que recordar que Industrias Infinito planteaba tener un impacto sobre una extensión mínima de 123 hectáreas, con profundidades de hasta 75 metros.”
El impacto de la actividad de los coligalleros (mineros artesanales) es importante, sobre todo en el plano de la salud pública por la contaminación con mercurio de de las aguas superficiales, que posiblemente contamina los alrededores de la Finca Ninvoyet, en Crucitas, de Cutris de San Carlos.
Según la Organización Mundial de la Salud, el mercurio está calificado como una sustancia altamente tóxica y que plantea especiales problemas de salud pública. En el contexto de la minería ilegal en Crucitas representa un peligro para los mineros, sus familias, las comunidades vecinas y la vida en general. En el ambiente, el mercurio emitido por la minería aurífera se acumula principalmente en forma de mercurio metálico (Hg°) y compuestos de Hg + y Hg ++, como sucede con el nitrato de mercurio.
Se estima que para extraer un gramo de oro se requiere al menos de 14 gramos de mercurio. El nitrato de mercurio es producido en la separación química de la amalgama empleada en Crucitas, que se deposita en los sedimentos de los ríos y suelos, donde por la acción bacteriana y bajo ciertas condiciones, se puede convertir en mercurio orgánico, especialmente metil-mercurio.
El mercurio emitido por la minería aurífera -el metil mercurio- es de gran toxicidad para las personas, ya que puede acumularse en los organismos acuáticos y pasar al ser humano; por ejemplo, al consumir pescado contaminado.
No es sencillo proyectar cuándo se pondrá fin a la explotación minera artesanal en Crucitas. Ni siquiera tenemos la valoración exacta de cuántas hectáreas de las 123 hectáreas originales, han sido impactadas. Además, según los datos del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Minero Crucitas, los sitios de saprolita que podrían tener oro, no sólo están en la Finca Ninvoyet, sino también en otras fincas aledañas.
Por esta razón las organizaciones ambientales solicitamos al Ministerio de Salud aplique las normas constitucionales 21, 50 y 89; el Convenio de Minamata1 en sus artículos 7, 10, 11 y principalmente 122, y la Ley para la Gestión Integral de Residuos (GIRS).
Según el abogado ambientalista Alvaro Sagot: “Este conjunto de parámetros legales establecen las responsabilidades de los administrados y del Ministerio de Salud, en relación con la prevención, mitigación y remediación de los suelos contaminados. Sumado a esto, reviste de gran importancia el Reglamento sobre valores guía en suelos para descontaminación de sitios afectados por emergencias ambientales y derrames, pues es una norma de vital importancia para sentar las responsabilidades incluso de los propietarios; lo anterior, pues las normas señalan que los dueños deben responder independientemente de la intensión o no de contaminar en sus fincas.”
Hay que tener presente la responsabilidad de los propietarios de los inmuebles, lo cual consta así en el Reglamento citado cuando señala en el artículo 8: “Se presumirá como responsable al propietario registral del sitio contaminado…”
Información:
Álvaro Sagot: 8863 2887
Henry Picado: 8760 9800
1 Que es un tratado mundial para proteger la salud humana y el medio ambiente de los efectos adversos del mercurio ratificado por Costa Rica.
2 El artículo 12 señala en lo que nos interesa: “Cada Parte procurará elaborar estrategias adecuadas para identificar y evaluar los sitios contaminados con mercurio o compuestos de mercurio. 2. Toda medida adoptada para reducir los riesgos que generan esos sitios se llevará a cabo de manera ambientalmente racional incorporando, cuando proceda, una evaluación de los riesgos para la salud humana y el medio ambiente derivados del mercurio o de los compuestos de mercurio que contengan.”
En el marco de la celebración de la Semana del Ambiente, EDECA le invita al Taller Manejo de Conflictos Ambientales, basado en el Caso de Crucitas a cargo de M.Sc Rocío Loría Bolaños
La actividad está organizada para i) facilitar herramientas para la caracterización de un conflicto ambiental, incluyendo los actores implicados y las consecuencias que confieren posiciones de poder e intereses y de, ii) conocer, seleccionar y emplear algunas estrategias y metodologías de manejo de conflictos ambientales, incluyendo técnicas de mediación y de gestión de procesos de negociación.
Estará dirigido a personas que por razones académicas y/o intervencionales en situaciones de conflicto ambiental, tengan la disposición y la voluntad de conocer y de abordar disputas de esta índole, de manera integral y colaborativa.
Dado el punto álgido y urgente que ha alcanzado la minería ilegal en Crucitas (Cutris de San Carlos) y de que se trata de un conflicto con factores sociales, económicos, culturales, políticos y ambientales latentes, este será el caso de referencia y la base de realización aplicada de la actividad.
En síntesis, el taller se propone como espacio rápido e intensivo de enseñanza- aprendizaje-planificación-aplicación del conflicto minero de Crucitas, para identificar estrategias y tácticas para abordarlo colectivamente y desde la mediación directa.
Horario: Viernes 25 de mayo de 2018, de 9 a 4 p.m.
Lugar: Aula 708, 2do piso, EDECA, Campus Omar Dengo, UNA
Iniciativa requeriría la compra de 150 hectáreas en yacimiento de oro
El daño ambiental en la mina Crucitas causado por la extracción de oro de forma artesanal preocupa a los grupos ecologistas y a los académicos que participaron en un foro organizado en la UCR para analizar este tema (foto Miriet Ábrego, Semanario Universidad).
Convertir la mina de Crucitas en un parque de interés geológico y ambiental, que incentive la actividad turística en Cutris de San Carlos y sus alrededores, propusieron algunas organizaciones ambientalistas y académicos como una alternativa al desarrollo social y económico de la Zona Norte del país.
En un foro realizado en la Escuela de Biología de la Universidad de Costa Rica (UCR) para analizar la situación actual de ese yacimiento minero y las perspectivas futuras, los dirigentes ecologistas advirtieron que la explotación ilegal de oro en la zona representa un peligro. Asimismo, alertaron ante la existencia de otras concesiones de yacimientos mineros en la región y su eventual explotación mediante la minería ilegal por parte de empresas mineras extranjeras.
“La presencia de los coligalleros en la zona es un lado del mismo problema y hay que resolverlo”, destacó el biólogo Jorge Lobo Segura, quien señaló que el impacto ambiental en Crucitas causado por los oreros ha sido muy serio.
No obstante, Lobo consideró que el daño a los ecosistemas naturales no son de la misma magnitud que lo que habría provocado el proyecto minero de la empresa Industrias Infinito, concesión que fue anulada en 2010.
La principal preocupación de los expertos ante la extracción minera ilegal por medio de artesanía en el último año es el peligro de contaminación con mercurio de las cuencas hidrográficas en la zona fronteriza con Nicaragua, especialmente el río San Juan, lo que podría ocasionar un conflicto con Nicaragua por su impacto transfronterizo.
El geólogo Allan Astorga Gättgens explicó que el oro se encuentra diseminado en el subsuelo de forma microscópica y para su extracción se requiere el uso de cianuro o mercurio, sustancias químicas altamente tóxicas para la salud humana y ambiental.
Las características sociales y culturas de la zona fronteriza entre Costa Rica y Nicaragua deben ser consideradas al momento de tomar medidas en relación con la problemática de Crucitas, afirmó Tania Rodríguez, investigadora del Centro de Investigación y Estudios Políticows (CIEP) de la UCR (foto Anel Kenjekeeva).
El geoparque se desarrollaría con participación de las universidades públicas y sería un sitio de interés geológico, científico y cultural; abarcaría una extensión de 150 hectáreas del yacimiento de Crucitas y en los cerros de Botija y Fortuna. Para esto, se requeriría la compra de tierras que se encuentran en manos privadas.
El resto del área formaría parte de un plan de desarrollo que han venido trabajando el ex diputado Edgardo Araya y varias instituciones del Estado bajo el liderazgo del Instituto de Desarrolo Rural (Inder). Además, la idea es que participen las universidades públicas y se convierta en un centro de investigación y docencia.
“Es fundamental que ese yacimiento se convierta en un área protegida por muchas razonas: en primer lugar por que haría más fácil la sanción a quien entre a hacer minería ilegal ahí y, en segundo, por la posibilidad de hacer una recuperación ambiental de la zona a fin de que se utilice como un sitio de interés científico y geoturístico”, expresó el geólogo.
El proyecto se inscribiría en la red mundial de geoparques que auspicia la Unesco, los cuales se caracterizan por su diversidad geológica y se han creado con el objetivo de su conservación y para fomentar el desarrollo sostenible de las regiones donde están ubicados.
“Hay un fundamento científico sólido para explicar por qué el yacimiento de Crucitas debería convertirse en un geoparque a nivel nacional y mundial como parte de la red de parques de la Unesco”, insistió Astorga.
Desarrollo de la Zona Norte
Los expositores en el foro sobre Crucitas, realizado el 16 de mayo, se refirieron también a las características económicas, sociales y culturales de la Zona Norte de Costa Rica y a las relaciones históricas con Nicaragua.
El geólogo Allan Astorga argumentó que la creación del geoparque contribuiría al desarrollo sostenible de la zona donde se encuentra ubicado el yacimiento de oro de Crucitas (foto Anel Kenjekeeva).
Al referirse a los lazos de cooperación y cercanía entre los habitantes de la línea fronteriza entre Costa Rica y Nicaragua, la investigadora del Centro de Investigación y Estudios Políticos (Ciep), Tania Rodríguez Echavarría, manifestó que para la población de la zona “la frontera no existe” y mostró cómo las personas se mueven entre uno y otro lado.
A juicio de la académica, las disputas fronterizas por recursos han sido “instrumentalizadas” por los gobiernos de turno con el fin de invisibilizar asuntos internos, así como por los medios de comunicación.
Además, los participantes dieron a conocer los esfuerzos realizados en los últimos años y en el avance de varias iniciativas de producción para la zona, de desarrollo de infraestructura vial, acueductos y alternativas de empleo para la población.
Al respecto, el Ministro del Ambiente, Carlos Manuel Rodríguez Echandi, explicó que existe una comisión interinstitucional que ha venido trabajando en la elaboración de un plan de desarrollo del distrito de Cutris y de los cantones fronterizos con Nicaragua, el cual será presentado en las próximas semanas al recién constituido Consejo de Gobierno, que acordó darle seguimiento a este tema.
Según expresó Rodríguez, “hay un documento de 80 páginas que contiene una serie de acciones de corto, mediano y largo plazo con acciones de los diferentes sectores que van a tener que participar”.
El funcionario destacó el liderazgo político del nuevo presidente de la República, Carlos Alvarado, para pasar a un nuevo modelo de desarrollo social y económico en el que el modelo minero y petrolero no tenga cabida. “No tengan la menor duda que si hay una persona que está muy clara en esta transición a un nuevo paradigma de desarrollo es nuestro presidente”, concluyó.
En la voz de actores académicos, civiles e institucionales, esta mesa redonda hace un balance sobre los diferentes momentos del conflicto minero conocido como «Crucitas», y adelanta algunas políticas públicas que asumirá el gobierno de Carlos Alvarado durante el periodo 2018-2022.
El próximo 16 de mayo, y con la presencia del nuevo jerarca del MINAE, ambientalistas y representantes académicos realizarán un foro sobre las posiciones ante la minería en Crucitas.
En los últimos meses una fuerte invasión ilegal de oreros ha generado graves impactos socio ambientales en la zona. Para discutir sobre las implicaciones que han desatado estas acciones, el Programa Kioscos Socioambientales de la UCR, abrió este foro a realizarse a las 5 pm en el Auditorio de la Escuela de Biología segundo piso (aula 290) en la sede Rodrigo Facio de la Universidad de Costa Rica.
En el evento participarán: Carlos Manuel Rodríguez, ministro del MINAE, Jorge Lobo catedrático de la Escuela de Biología, el presidente APREFLOFA Gino Biamonte, Sofía Barquero asesora del Diputado José María Villalta, la Productora de Era verde Canal UCR Laura Chinchilla y Tania Rodríguez, profesora de Geografía y Ciencias Políticas. Este foro será moderado por la docente Dylanna Rodríguez del Programa Kioscos Socioambientales.
La invitación es abierta, y al finalizar las presentaciones habrá un espacio para las preguntas, respuestas y comentarios.
Para mayor información: Mauricio Álvarez; 88709165, coordinador del Programa Kioscos Socioambientales de La UCR.
Antecedentes. El Tribunal Contencioso Administrativo ordenó en 2010 anular la concesión a la empresa Industrias Infinito para desarrollar el proyecto minero Crucitas, además solicito que fueran investigados en la vía penal, los funcionarios de diversas dependencias, incluyendo el exministro de Ambiente y Energía, Roberto Dobles, así como el mismo expresidente de la República, Óscar Arias, en lo que fue calificado por este Tribunal como una orquestación de voluntades.
Cinco años después de que el Tribunal Contencioso Administrativo decidiera anular los permisos para desarrollar este proyecto la jueza de Ejecución de Sentencia decidió condenar a la empresa al pago 6.4 millones de dólares por daños ambiental.
En 2014 Industrias Infinito llevó el caso al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), adscrito al Banco Mundial y con sede en Washington, EE. UU.
Mientras el ex Fiscal general Chavarría emitió en octubre del 2014 , a pocas horas de que la Corte Plena considerara su reelección, el sobreseimiento prematuro al expresidente Óscar Arias Sánchez, acerca de una supuesta donación de la empresa minera Infinito Gold a la Fundación Arias en una causa que ni siquiera se mencionó en el juicio por Crucitas, ni en la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, dejando de lado el delito de prevaricato del máximo jerarca del gobierno, quien firmó la declaratoria de interés público y conveniencia nacional para la concesión de explotación de oro de Crucitas.
En primera instancia y por este mismo caso, el Tribunal Penal condenó al exministro Dobles por haber firmado la Declaratoria de interés público del Proyecto Minero Crucitas. Este juicio está en espera de ser repetido mientras que a finales del 2017 la fiscala Emilia Navas reabrió la investigación contra el expresidente Óscar Arias por el caso Crucitas.
Nosotros, como miembros del grupo de profesionales que defendimos el patrimonio natural y la institucionalidad costarricense ante el Proyecto Minero Crucitas, llevando a cabo diferentes procesos legales que culminaron con la anulación del proyecto, presentamos ante la opinión publica nuestra posición ante los lamentables hechos violentos ocurridos recientemente en el poblado de Crucitas:
1) En primer lugar, nos referimos a los comentarios que circulan por redes sociales, afirmando que hubiera sido mejor permitir la minería industrial a lo que está ocurriendo en días recientes. Sobre esto, podemos decir, sin dudas, que los impactos ambientales que están aconteciendo en la región de Crucitas no se hubieran evitado con el desarrollo de la minería química industrial en gran escala, como lo era el Proyecto Minero Crucitas. Al contrario, los impactos hubieran sido mucho más profundos, duraderos y generales. Las afectaciones producidas por la minería artesanal, aunque peligrosas y lamentables, se limitan a áreas superficiales de la vegetación y suelo, y a la peligrosa contaminación por mercurio. El Proyecto Minero Crucitas iba a excavar tajos de 67 metros de profundidad en promedio, destruyendo dos acuíferos subterráneos, y exponiendo una gran área de roca a la erosión y el drenaje ácido. Igualmente tendríamos ahora una peligrosa laguna de colas de 143 has de extensión, llena de desechos mineros, incluyendo trazas de cianuro. La ruptura de las represas que contienen estas lagunas han sido la causa de grandes derrames de desechos mineros en muchos proyectos de este tipo alrededor del planeta. Hay que recordar el accidente de Mariana, Brasil, que contaminó un río en 600 kilómetros de su longitud. Igualmente en Chile, el proyecto minero Pascua Lama, fue suspendido por medio de una orden judicial confirmada en última instancia por la Corte Suprema de Justicia en el 2013, tras comprobarse contaminación hídrica subterránea en tres glaciares. La minería química industrial es una fuente de múltiples impactos ambientales, a pesar de tratar de presentarse con una cara ordenada y técnica.
2) Los impactos sociales y humanos, que ahora imperan en la región de Crucitas, tampoco se hubieran evitado con el Proyecto Minero. La intención de la empresa canadiense era la explotación del oro subterráneo durante 10-15 años, tras lo cual dejaría la finca abandonada. El oro superficial, el que ahora está siendo explotado por los oreros, hubiera quedado disponible para estimular invasiones y explotaciones ilegales, iguales a las que estamos viviendo ahora. Es muy probable que la región hubiera sufrido entonces el doble impacto de la minería industrial y la minería artesanal ilegal, como ocurre en tantas regiones auríferas del mundo.
3) Fue demostrado en los tribunales que el proceso de aprobación de los permisos al Proyecto Minero Crucitas se basó en procedimientos ilegales. El Tribunal Contencioso Administrativo fue incluso más allá de esta constatación en su sentencia del 2010, al afirmar que “tal cantidad de ilegalidades, todas concurrentes y provenientes de funcionarios de diversos órganos y de los más variados niveles, incluyendo autoridades políticas superiores, aunados a las actuaciones de la misma empresa, hace también viable pensar en la posibilidad de alguna orquestación de voluntades para lograr la puesta en marcha del proyecto minero Crucitas de cualquier manera”. Varios funcionarios que participaron en el otorgamiento de permisos se encuentran actualmente bajo investigación para determinar si cometieron o no tal delito. Los costarricenses debemos exigir que se respete nuestro ordenamiento jurídico, y bajo ningún motivo tolerar la corrupción, menos aun cuando esta práctica afecta directamente el patrimonio natural. La realización del Proyecto Minero Crucitas hubiera probablemente representado el triunfo de prácticas amañadas en la administración pública, vicios que nuestro país está intentando desterrar.
4) El Estado, en sus diversos niveles (poder ejecutivo, municipalidades, instituciones autónomas, etc.) es el responsable de promover el desarrollo de las comunidades marginadas de nuestro país. Grupos ambientalistas no pueden resolver los problemas económicos y sociales de una región, sólo orientar y estimular su progreso llamando al Estado a cumplir su papel. Como grupo activo en el juicio de Crucitas, hicimos todos los esfuerzos por acelerar el juicio de ejecución de sentencia, para que las fincas de Crucitas quedaran como recurso para la comunidad, y para que los montos cobrados al Estado y a la empresa financiaran proyectos de desarrollo locales. Infelizmente, errores judiciales permitieron la huida de la empresa Industrias Infinito sin pagar los daños ambientales causados. La ejecución de la sentencia todavía está en proceso de revisión judicial. Nuestros esfuerzos en este sentido fueron en vano. Debemos también resaltar las iniciativas impulsadas por el diputado Edgardo Araya Sibaja, miembro de nuestro grupo, quien promovió obras municipales y realizó esfuerzos por atraer la atención del Estado a la región de Crucitas. Pero sin políticas públicas de largo plazo que prioricen el desarrollo sustentable local de las comunidades, es difícil conseguir que las inversiones públicas y privadas se interesen por habitantes de las zonas rurales marginadas del país.
5) Llamamos a la fuerza pública a ejercer su papel de custodio de las fronteras nacionales, del patrimonio natural y de la legalidad. Es una situación compleja pero que se puede manejar a través del diálogo y la presencia de otras instituciones estatales en la región. Es muy posible que intereses oscuros estén detrás de la masiva entrada de oreros a la finca de Crucitas, movilizando y financiando esta invasión. El fenómeno se asemeja a las últimas invasiones coordinadas de oreros al Parque Nacional Corcovado. Sin la presencia decidida de la fuerza pública, será imposible atajar el extractivismo, la cacería y otras prácticas, que como la minería, atentan gravemente contra nuestros bosques y biodiversidad. Las leyes ambientales deben cumplirse. Pero el orero, cazador o maderero más humilde también requiere de alternativas. En nuestro grupo trabajan profesionales que han dedicado su vida al impulso del ecoturismo, la agroecología, el manejo ecologista de bosques, la protección y uso sustentable del agua y el comercio justo con los agricultores, por señalar algunas de nuestras actividades. Es el futuro que aún imaginamos para Crucitas.
Firmantes:
Bernal Gamboa Mora, abogado
Alvaro Sagot Rodríguez, abogado
Edgar Fernández Fernández, abogado
Edgardo Araya Sibaja, abogado.
Gabriela Cuadrado Quesada, abogada
Luis Daniel Gonzáles Aguiluz, abogado
Gino Biamonte Castro, biólogo
Jorge Arturo Lobo Segura, biólogo
Imagen tomada de nota enviada por FECON publicada en SURCOS:
La invasión a Crucitas no fue un acto espontaneo de los coligalleros
Estructuras de crimen organizado se sirven de la inacción del Estado en la zona
Minería ilegal es mucho más rentable que tráfico de cocaína
La minería en Cutris de San Carlos es particularmente distinta a otros cantones como Osa o Abangares. En Crucitas operan bandas de crimen organizado que son capaces de traer mercurio desde Nicaragua, transportar miles de personas en un solo día y abastecerlos de herramientas y comida; todo para extraer el oro, incluso son capaces de enfrentarse a las fuerzas policiales costarricenses. Estamos hablando de que no se trata de la “fiebre de oro” como algunos medios de comunicación le dicen, sino la expresión de una estructura organizativa que sobrepasa la capacidad del Estado en la zona y que tiene vínculos internacionales.
Desde inicios de año 2017 se reportan numerosos casos de detención por minería de oro ilegal en Las Crucitas de Cutris de San Carlos. En paralelo se ha reactivado en distintos niveles el conflicto legal (Boeglin, 6-12-2017), tanto a nivel nacional e internacional por casos de corrupción vinculados a la empresa Infinito Gold S.A. y al presidente en ejercicio en ese momento Oscar Arias Sánchez, Premio Nobel de la Paz. Pero llama la atención la orquestación de voluntades piden por que vuelva la mega minería industrial ante este desastre de la minería ilegal.
Además los ataques contra las organizaciones ambientalistas por parte altos jerarcas del gobierno son reiteradas e irresponsables. Vimos como de forma lamentable el actual Ministro de Ambiente, Edgar Gutiérrez hace alucines falsas sobre nuestras actuaciones (Repretel, 2-3-2018) y buscan sacar de foco la discusión central. La situación en Crucitas tiene una raíz que ni las organizaciones ecologista ni el Estado pueden controlar: la relación que tienen la mega minería de oro, el narcotráfico y la minería ilegal.
Para el caso de Crucitas, distintas autoridades han señalado la existencia de estructuras criminales funcionando en la zona. Estas son capaces de contratar miles de personas y contrabandear mercurio para que hagan la extracción ilegal para luego llevarlo a Abangares a procesarlo. Cantón dónde es legal la minería artesanal.
El mercurio pasa por la frontera de forma irregular en cantidades importantes. Hay que recordar que el mercurio, sustancia que separa el oro de los demás elementos, es un metal con índices elevados de bioacumulación y que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) es muy peligroso para la salud humana, incuso en dosis bajas. Al mismo tiempo el país tiene compromisos a nivel internacional de erradicar el uso de mercurio en la actividad de extracción de oro artesanal, esto al formar parte del Convenio de Minamata, ratificado por Costa Rica en enero de 2017.
Por esta razón no es difícil suponer que se trata de una situación irregular y fuera del ordenamiento legal de Costa Rica vinculado a estructuras transnacionales de crimen organizado. Incluso existen denuncias por parte de diputados de la República sobre presencia de narcotráfico dentro de estas estructuras que operan en Cutris para sacar oro (La Nación, 11-9-2017).
En un contexto regional. En América Latina la minería ilegal ha tenido un auge importante vinculado a estas estructuras transnacionales del narcotráfico y las empresas mineras formales. En México por ejemplo los cártel predominantes reciben mucho más dinero de la minería ilegal que del tráfico de cocaína (Desinformémonos, 2014 y Proceso, 2016). Se estima que el 9% de todo el oro extraído y exportado de México al mundo es manejado por los carteles del narco.
En el informe de la organización suiza Global Initiative Against Transnational Organized Crime (GIATOC), titulado “El Crimen Organizado y la Minería Ilegal de Oro en América Latina” (2016) concluye que los principales actores criminales dedicados al narcotráfico encuentran en la minería ilegal un negocio más rentable que en la venta de drogas.
Según GIATOC en Perú y Colombia -los mayores productores de cocaína en el mundo- el valor de las exportaciones de oro de origen ilícito supera el valor de las exportaciones de cocaína. Este mismo informe confirma que “la minería ilegal ha sido la forma más fácil y redituable de lavar el dinero proveniente del narcotráfico en Colombia”.
Por otro lado y para el caso de Costa Rica la organización InSight Crime, radicada en Colombia pero que hacer análisis de estos temas a nivel regional, señala que el caso de Crucitas es un claro ejemplo de diversificación del panorama criminal (InSight Crime, Junio, 2017).
Los mecanismos de control sobre la finca, la trata de personas dentro de la zona y los canales de tráfico de mercurio son indicios para sospechar que esta actividad se encuentra manejada por actores provenientes del crimen organizado que el Estado debería de investigar y frenar.
Existen propuestas e incluso planes de acción para la zona. Uno es el “Agenda de Desarrollo Fronterizo Norte”. El cual comprende los cantones de Pocosol, Cutris y Pital. Esta agenda se compone de 103 acciones concretas que el Gobierno ha propuesto para la zona pero que no se han venido ejecutando. Estas acciones van desde desarrollar centros de estudio, investigación y capacitación hasta creación de capacidades productivas agropecuarias. Iniciativa que son un paso en la dirección correcta, pero debe ser el nuevo gobierno que las implemente a que este perdió cuatro años en la inacción y la complicidad.
Este 5 de diciembre, el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de Costa Rica dio a conocer un nuevo desarrollo con relación a la demanda interpuesta por la empresa minera canadiense Infinito Gold contra Costa Rica ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionista Extranjero y Estado) por el fallido proyecto minero de Crucitas: según COMEX, la decisión sobre la competencia del CIADI se «pospondrá» (véase texto completo del comunicado de prensa reproducido al final de esta nota). Según se puede leer en el comunicado oficial elaborado por COMEX:
«En este caso, el Tribunal decidió postergar su decisión sobre jurisdicción, hasta analizar los argumentos de fondo, en virtud de la complejidad que reviste el caso.
La decisión implica que el Tribunal establecerá un nuevo calendario procesal, en el cual se definirán las fechas para presentar escritos y una audiencia oral que se concedería a las partes. El proceso concluiría con una decisión del Tribunal abordando tanto los alegatos de jurisdicción como los de fondo«.
A primera vista, el texto de COMEX es bastante completo e informativo. Una lectura un poco más pormenorizada evidencia no obstante varias incongruencias y extrañezas con relación a la práctica del CIADI, que se intentarán detallar en las líneas que siguen.
Diferenciar la decisión de lo que COMEX dice que contiene la decisión
Se espera poder acceder en los próximos días al texto completo de esta decisión del órgano arbitral como tal, en aras de conocer mucho más en detalle el razonamiento de los tres árbitros utilizado para «posponer» la decisión sobre la competencia del CIADI. En efecto, no se tiene conocimiento de alguna herramienta que permita «posponer» una decisión sobre la competencia del CIADI y esta supuesta «posposición» constituiría una verdadera «première» en el CIADI. Hay que recordar que para ambas partes, las cuales deben sufragar los gastos de su defensa así como los elevados costos relacionados al funcionamiento del órgano arbitral, la fase de admisibilidad o competencia constituye una etapa procesal de gran relevancia, para la que han preparado sus alegatos durante varios años. Los árbitros han leído y luego escuchado a ambos contendores, uno cuestionando su competencia y presentando una serie de argumentos (las excepciones preliminares), el otro por el contrario defendiendo la competencia del órgano arbitral. Por lo que no hay espacio para ninguna «posposición«. Como parte demandada, es muy probable que Costa Rica haya presentado una serie de excepciones preliminares para cuestionar la competencia del CIADI: con solamente una que sea rechazada, el CIADI es competente (aunque lo sea de forma parcial). Es por ello que, en espera de revisar el mismo texto de esta decisión (y el supuesto uso de la palabra «posponer» por parte del CIADI en sus conclusiones), se ha optado por colocar entre comillas este extraño verbo utilizado por COMEX. En el caso en que no aparezca en el texto, COMEX deberá explicar las razones por las que refiere a términos distintos a los usados por los árbitros del CIADI en la parte conclusiva de su laudo.
Asimismo, reviste cierto interés saber cómo se logró llegar a la conclusión (a nuestro juicio, extremadamente preocupante) según la cual: «El proceso concluiría con una decisión del Tribunal abordando tanto los alegatos de jurisdicción como los de fondo«. Esta frase también es extremadamente original y no se adecúa en lo más mínimo a la práctica del CIADI: etapa sobre admisibilidad y fondo son etapas procesales separadas. Un tribunal del CIADI puede proceder a unir algunas excepciones preliminares que le parecen que se relacionan a aspectos de fondo con la fase ulterior del procedimiento (fondo). Si, en su decisión, el tribunal arbitral prevé una fase ulterior sobre el fondo, es que sus integrantes asumen que el tribunal arbitral es competente y que la fase preliminar sobre admisibilidad (jurisdicción) fue resuelta. Nuevamente aquí el comunicado de COMEX despierta una serie de interrogantes.
La lectura de esta decisión permitirá también apreciar a cuál «grado de complejidad» refieren los integrantes del tribunal. Es solamente leyendo la decisión del CIADI de forma integral que se podrá entender cuáles fueron los alegatos de ambas partes para llevar a los tres árbitros (o por lo menos a dos de ellos) a tan inusual conclusión (si es que realmente es una), y observar si esta decisión fue unánime (o bien objeto de algún voto o disonancia interna que abra la puerta a una eventual apelación).
Sin querer desmerecer la labor informativa de COMEX, en ocasiones anteriores ha demostrado ser un tanto impreciso sobre los litigios de Costa Rica ante el CIADI, generando titulares incorrectos y sesgados en algunos medios de prensa que informan a partir de sus únicos comunicados (Nota 1).
El hecho que COMEX se haya adelantado con este comunicado oficial a la colocación de la decisión del CIADI en su sitio oficial puede evidenciar algún tipo de premura que debe tener alguna razón.
Foto de marcha en San José en contra del proyecto minero de Crucitas en Costa Rica referenciada en este artículo del Tico Times.
Crucitas o la historia de un Estado en una encrucijada
Como es sabido, parte de las críticas hechas al CIADI radica en la inclinación de sus árbitros a favorecer al inversionista extranjero, aunada a la poca transparencia del proceso que culmina con sus decisiones, entre muchas más críticas que ha generado su actuar en los últimos años (Nota 2).
De manera que el lector conozca mejor el funcionamiento del CIADI (y las serias reservas que se tiene sobre sus decisiones), es menester recordar que se trata de un mecanismo adscrito al Banco Mundial, creado mediante la Convención de Washington de 1965: Establece que, ante una controversia entre un Estado y un inversionista extranjero, el Estado y la empresa designan cada uno a un árbitro, el CIADI nombrando al tercer integrante, llamado a presidir el órgano arbitral. En años recientes, las críticas se han hecho mayores ante el sesgo que se evidencia en varias decisiones de los árbitros para favorecer un resultado extremadamente favorable para el inversionista extranjero. Los efectos negativos de un mecanismo que tolera demandas abusivas para las economías de los Estados son tales que, recientemente, un numeroso grupo de profesores norteamericanos recomendaron al Presidente Donald Trump retirar las cláusulas sobre arbitraje de inversión en el TPP, en el TLCAN o NAFTA (actualmente en renegociación con México y Canadá) y en cualquier futuro tratado de Estados Unidos (véase texto de la carta suscrita por 230 académicos encabezados por el premio Nobel de Economía Joseph Stiglitz).
En marzo del 2014, varios especialistas en derecho recomendaron que Costa Rica no aceptara someterse a este tipo de procedimiento en el caso del proyecto minero Crucitas, dado el inminente riesgo de verse perjudicado por una demanda claramente abusiva por parte de la empresa minera canadiense: véase nota de prensa de la Universidad de Costa Rica / UCR) y reportaje de Era Verde (Canal 15 UCR). En aquella ocasión, varios de los oradores hicieron hincapié en que demostrar la mala fe del inversionista era muy sencillo (al haberla documentada y confirmada la misma justicia costarricense) pero emitieron serias reservas en que fuera COMEX el que asumiera la defensa legal de Costa Rica ante los árbitros del CIADI.
En medios de prensa, un experto en arbitraje señaló en agosto del 2017 que el tratado bilateral de inversiones Costa Rica-Canadá contenía una cláusula muy favorable para Costa Rica: según se pudo leer, «dicho acuerdo impide que haya un proceso judicial externo, pues ya hubo decisiones judiciales en nuestro país y la propia empresa activó los canales internos» (véase nota de CRHoy). La letra del artículo XII.3 efectivamente inclina a emitir un criterio de este tipo (véase texto del tratado). En marzo del 2014, el mismo experto costarricense, al participar a un foro público al que por segunda vez se rehusaron a participar las autoridades de COMEX (véase nota editada en Justinvestment), señalaba que:
«El principio del derecho de inversiones internacionales denominado “fork in the road” debió de llevarlos a no apelar la decisión del TCA: al hacerlo ante la Sala Primera y luego ante la Sala Constitucional con un recurso contra la jurisprudencia de la Sala Primera, optaron por que el asunto se resolviera en los tribunales nacionales y cometieron un error. EL CIADI no es una tercera instancia, no se previó nunca que lo fuera«.
Por nuestra parte, en una entrevista al Semanario Universidad en octubre del 2013 indicábamos que:
«Costa Rica puede perfectamente hacer valer las salvedades expresas que hizo al Tratado bilateral en materia de Inversiones con Canadá, que expresamente excluyen recurrir al arbitraje en caso de controversias relacionadas con conservación y con ambiente. Si Costa Rica considera que el asunto está resuelto por el Poder Judicial, no debería aceptar ir ante el Ciadi«.
En el caso del proyecto minero ubicado en Las Crucitas, cabe señalar que su principal impulsor y defensor ante los tribunales nacionales costarricenses fue … el mismo Estado costarricense, en particular el Ministerio de Ambiente (MINAE) y la Procuraduría General de la República (PGR), ahora asociados con COMEX en definir la defensa de Costa Rica ante el CIADI. Este último órgano (PGR) acompañó a la empresa minera en su apelación al fallo del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) de noviembre del 2010.
Los costos que debe sufragar un Estado ante el CIADI
Se calcula, con base en un promedio de cuatro años de duración de un procedimiento, que, independientemente del resultado final, el costo que debe asumir el Estado para su defensa legal ante el CIADI ronda los 8 millones de US$ (véase nota de CRHoy). En febrero del 2014, se señaló por parte de las autoridades de Costa Rica que se destinarían 2 millones de US$ por año para sufragar los gastos de la defensa ante el CIADI (véase nota del Tico Times).
No obstante, en el largo caso Pacific Rim que enfrentó El Salvador en el CIADI (demanda inicialmente planteada por 314 millones de US$ por una empresa minera canadiense, que pasó luego a manos de un consorcio minero australiano), se leyó que el monto en honorarios de abogados superó los 12 millones de US$ (véase nota de prensa titulada “Arbitraje con Pacific Rim ha costado al Estado $12.6 millones”. En otro extenso caso de (otra) empresa minera canadiense Crystallex contra Venezuela por el proyecto minero Las Cristinas, cuya decisión se dio a conocer en abril del 2016 (veáse texto del laudo en su versión española), Venezuela fue condenada a pagar 1.202 millones de US$ y reconoció haber gastado en honorarios de abogados la suma de 14.322.826 US$ – punto 950 del laudo – mientras que la empresa minera indicó haber gastado en honorarios de abogados la coqueta suma de 30.493.635 US$ – véase punto 949.
Crucitas: un lapso de tiempo inusualmente extendido para ahora «posponer» una decisión
Para una demanda interpuesta en febrero del 2014 por la empresa canadiense Infinito Gold, este tribunal del CIADI ha tomado mucho más tiempo que en otros casos, por lo que la supuesta «posposición» antes referida levanta mayor suspicacia: usualmente después de transcurrir unos cuatro o cinco años, los Estados oyen el laudo final sobre el fondo del tribunal arbitral. Podemos citar a modo de ejemplo:
– la demanda contra Costa Rica interpuesta en 1996 por el caso de la Hacienda Santa Elena, resuelta por el CIADI en el 2000, condenando a Costa Rica a pagar 16 millones de US$ (véase texto);
– la demanda interpuesta por una pareja alemana en el 2008 (caso Unglaube) resuelta en el 2012, condenando al Estado a pagar más de 4 millones de US$ (véase texto);
– la demanda interpuesta por una subsidiaria española de RITEVE, Supervisión y Control S.A., en febrero del 2012, resuelta mediante decisión de enero del 2017 favorable a Costa Rica (véase texto);
– la demanda interpuesta en el 2013 por Cervin Investissements S.A. contra Costa Rica (subsidiaria suiza de Gaz Z), la cual fue objeto de un laudo en el 2017 favorable a Costa Rica (véase texto / la decisión sobre admisibilidad es del 15/12/2014).
De forma más expédita, este 30 de noviembre del 2017 Perú fue sentenciado a pagar más de 30 millones de US$ a raíz de una demanda interpuesta en el CIADI por la empresa minera canadiense Bear Creek en el 2014 (véase texto del laudo).
Con relación a algún incidente procesal que pudiese explicar que, después de casi cuatro años, aún no se cuente con una decisión preliminar del CIADI sobre su competencia, no se ha dado ninguno que pudiera tener algun efecto (recusación o renuncia de un árbitro, por ejemplo). Los únicos incidentes que se pueden mencionar son los siguientes:
– en julio del 2015, la defensa de Costa Rica planteó ante el CIADI poner término al procedimiento debido a atrasos por parte de la empresa minera a la hora de presentar sus escritos (Nota 3). En aquella ocasión, COMEX dió declaraciones a la prensa que generaron una gran confusión en sus titulares, como por ejemplo «Infinito Gold pidió suspender demanda contra Costa Rica, mientras dejó de operar como empresa» (nota de Crhoy) o «País pide a centro de arbitraje internacional no suspender litigio contra minera Infinito» (nota de Amelia Rueda). No fue la empresa sino el Estado el que solicitó poner un término al procedimiento ante el CIADI, evidenciándose la incomodidad de las autoridades de COMEX para informar debidamente a la opinión pública sobre esta gestión (que fue rechazada por el CIADI en octubre del 2015).
– en junio del 2016, el tribunal arbitral decidió otorgarle a la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS) la calidad de «tercera parte» (véase texto de la decisión) o bien, para usar la terminología oficial del CIADI, «non-disputing party«, o «parte no contendiente» o, en francés, «partie non contestante«, con algunas limitaciones procesales (Nota 4).
Crucitas ante el CIADI o la historia de montos variables
Sobre el monto de la demanda, vale la pena mencionar que en abril del 2017 (véase nota de CRHoy) la empresa canadiense anunció que en vez de 94 millones de US$, su reclamo contra Costa Rica aumentaría a 321 millones de US$ (sin saberse a la fecha las razones que justifiquen tan repentino aumento).
Cabe recordar que la empresa había amenazado a Costa Rica con una demanda por 1.092 millones de US$ en abril del 2013 (véase nota del Semanario Universidad), monto que mantendría nuevamente en declaraciones de su vocera a la prensa brindadas en noviembre del 2013. Nunca se dieron explicaciones para entender las razones por las que el monto de 1.092 millones fue revisado a la baja. Formalmente ante el CIADI, la demanda contra Costa Rica viene acompañada con un reclamo por 94 millones de US$: véase a este respecto el texto de la demanda, presentada el 6 de febrero del 2014, es decir cuatro días después de la primera vuelta electoral.
Vale la pena recordar que cuando la empresa antecesora a cargo del proyecto minero en Las Crucitas, Vanessa Ventures, demandó a Costa Rica en el año 2005 (debido a la no aprobación del estudio de impacto ambiental por parte de la SETENA, equivalente, según ella, a una nacionalización), lo hizo por un monto de 276 millones de US$ (ver nota de La Nación). En una carta con fecha del 3 de octubre del 2005 (ver texto completo), la empresa minera retiró formalmente su demanda aduciendo estar en negociaciones con el gobierno de Costa Rica de la época. Al haber la SETENA dos meses después (diciembre del 2005) aprobado el Estudio de Impacto Ambiental que había rechazado anteriormente, la expresión “reasonably optimistic” mencionada por la empresa en esta carta de octubre del 2005 adquiere particular significado. A la fecha, se desconoce quiénes en nombre del Estado «negociaron» con la empresa en el 2005 y cuál fue el objeto de dichas negociaciones: una interrogante que ningun medio de prensa ha querido investigar por alguna extraña razón.
A modo de conclusión
Acceder a la decisión cuyo contenido fue parcialmente dado a conocer este 5 de diciembre por parte del COMEX permitirá sin lugar a dudas entender mejor los pormenores de esta. La opacidad del procedimiento arbitral en el CIADI descarta la posibilidad de acceder a los alegatos escritos y orales de ambas partes, por lo que es solamente a través de la lectura de esta decisión que se podrá conocer con exactitud cuál ha sido la línea de defensa de Costa Rica ante los árbitros y cuál ha sido la interpretación que COMEX ha hecho de esta decisión.
En noviembre del 2011 habíamos tenido la oportunidad de titular un artículo «De cruces, cruzadas y Crucitas» (véase texto publicado en La Nación). Conocer, luego de analizar el texto de la decisión, los razonamientos usados por los árbitros y la línea de defensa elaborada por Costa Rica, permitirá saber si una nueva amenaza se perfila (o no) en el horizonte, y si COMEX informó debidamente (o no) al respecto.
Notas
Nota 1: Por ejemplo, en octubre del 2016 se pudo leer en un medio de prensa que: «Costa Rica gana litigio por expropiación de parque Las Baulas en juicio al amparo del TLC» (véase nota de prensa). Esta afirmación es totalmente errónea, en la medida en que lo que procedió a hacer el tribunal del CIADI en su decisión (véase texto en español), fue simplemente descartar de un lote de propiedades algunas de ellas, manteniéndose la demanda interpuesta contra Costa Rica para todas las demás. Remitimos al lector a nuestro breve análisis al respecto. En mayo del 2017, el tribunal accedió a dar por terminado el procedimiento, a solicitud de los inversionistas (véase texto de la decisión del CIADI).
Nota 2: Remitimos al lector a nuestra breve nota publicada en inglés en diciembre del 2013: BOEGLIN N., “ICSID and Latin America Criticism, withdrawal and the search for alternatives”, Bretton Woods Project. Texto disponible aquí.
Nota 3: Véase al respecto nueva breve nota BOEGLIN N., «La solicitud de Costa Rica de poner término a la demanda de Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones«, OPALC, julio del 2015, disponible aquí.
Nota 4: Véase breve nota al respecto BOEGLIN N., «Arbitraje ante el CIADI Infinito Gold vs Costa Rica: ONG obtiente calidad de «parte non contendiente» «, Derecho Internacional Costa Rica, junio del 2016, disponible aquí.
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Comunicado de prensa de COMEX, 5/12/2017
Costa Rica recibe Laudo de jurisdicción en arbitraje relacionado con cancelación de concesión de mina Crucitas
-Arbitraje fue interpuesto en 2014, al amparo del acuerdo internacional de inversión entre Costa Rica y Canadá
-País reafirma compromiso de continuar ejerciendo adecuada defensa de intereses nacionales
San José, 5 de diciembre de 2017. El Gobierno de Costa Rica recibió notificación del laudo de jurisdicción, dictado por el Tribunal Arbitral, en el caso Infinito Gold Ltd., c. República de Costa Rica. Este proceso se tramita en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI), y se relaciona con la cancelación de la concesión minera a la empresa Infinito Gold Ltd., para el desarrollo del proyecto minero Crucitas.
Fue iniciado al amparo del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, y registrado en marzo de 2014 ante el CIADI. Los inversionistas solicitan indemnizaciones al Estado costarricense por las inversiones realizadas y lo que consideran perdieron por concepto de «ganancias dejadas de percibir» al anulárseles la concesión, situación acontecida cuando el país se declaró libre de minería metálica a cielo abierto.
En este caso, el Tribunal decidió postergar su decisión sobre jurisdicción, hasta analizar los argumentos de fondo, en virtud de la complejidad que reviste el caso.
La decisión implica que el Tribunal establecerá un nuevo calendario procesal, en el cual se definirán las fechas para presentar escritos y una audiencia oral que se concedería a las partes. El proceso concluiría con una decisión del Tribunal abordando tanto los alegatos de jurisdicción como los de fondo.
El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora, manifestó que «este es un caso de alto interés nacional. El Gobierno de Costa Rica continuará, tal y como lo ha hecho hasta ahora, dedicando todos aquellos esfuerzos que se requieran, para ejercer la adecuada defensa del país en lo que resta del proceso».
Para este caso se conformó un equipo nacional compuesto por el Ministerio de Ambiente y Energía, la Procuraduría General de la República y el Ministerio de Comercio Exterior, como Secretaría Técnica de la Comisión Interinstitucional de Solución de Controversias en materia de Comercio e Inversión. Este equipo, que coordina la estrategia de defensa con la firma legal internacional, Arnold & Porter Kaye Scholer LLP, continuará trabajando como hasta ahora en la siguiente etapa del proceso.
(*)Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica (UCR).