El aguinaldo, un acercamiento a su historia
Adalberto Fonseca E.
Historiador
El 15 de diciembre del presente año, se cumple el 70 aniversario de haberse promulgado la ley #1835-54, ley del aguinaldo o treceavo mes, que como veremos, fue un proyecto que beneficiaría a un sector reducido de funcionarios públicos: el Poder Ejecutivo, el Tribunal Supremo de Elecciones, los empleados de la Asamblea Legislativa y la Contraloría General de la República; incluso un grupo de diputados consideró que el beneficio debería ser también para ellos.
Como es constatable, ese salario extra no tendría beneficio alguno para el trabajador y trabajadora de la empresa privada, situación que cambia cinco años después, el 23 de octubre de 1959 que se aprueba la ley #2412; se trata entonces de un beneficio económico anual equivalente a un mes de salario, ley que también presenta sus acepciones “…las empresas con una renta líquida solo pagan medio mes de salario, aquellas de mayor renta lo pagan completo…”
No obstante, la decisión legislativa, el presidente Mario Echandi Jiménez vetó la ley. La Asamblea Legislativa resella la decisión y la misma se consolida en el foro diputadil. Lideró este proceso el entonces diputado Luis Alberto Monge Álvarez.
En tanto, trabajadores de la zona bananera hicieron una prolongada huelga de 26 días, dado que la Compañía United Fruit no reconocía el derecho adquirido.
La ley del aguinaldo como tal ha tenido sus transiciones, como la ley de sueldos a los servidores de las instituciones autónomas #1981, del 9 de noviembre de 1955, y para los empleados públicos protegidos por el Régimen del Servicio Civil desde el año 1953.
La ley #1835-54 como es constatable, se dio en la administración del presidente Figueres Ferrer y tuvo el apoyo irrestricto de la Central de Trabajadores “Rerum Novarum”, y el apoyo decidido de la CIOSL -Confederación Internacional de Organizaciones del Sindicalismo Libre-, y de la ORIT -Organización Regional Interamericana del Trabajo-, como “… un reconocimiento expreso a la sinceridad y buena fe con que el presidente de la República y su ministro de trabajo han venido tratando el movimiento sindical democrático de Costa Rica …”
La ley que nos ocupa fue una conquista del pueblo costarricense, hombres y mujeres que férreamente lucharon por la consolidación reivindicativa, expresados en la Confederación General de Trabajadores Costarricenses, la Rerum Novarum y sindicatos distantes de la capital como la FETRABA en la zona Atlántica y la FOBA en el Pacífico Sur, que con sus acciones fueron aliciente para que el conjunto de diputados hiciese realidad el reconocimiento del treceavo mes.
Por lo tanto, no fue una concesión gratuita del empresariado nacional, más bien hay una extensa historia de prácticas dilatantes, negaciones y no reconocimiento del complimiento de la ley.
Setenta años después, este derecho no lo reciben algunos sectores de trabajadores, por lo que es pertinente que organizaciones sindicales de plena vigencia en la opinión pública costarricense, hagan la valoración respectiva para presentar un nuevo proyecto de ley, que de una vez por todas resuelva derechos conculcados a sectores de trabajadores que por razones históricas fueron y son excluidos del derecho al aguinaldo.