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Etiqueta: derechos humanos

Noticias que (en)cubren realidades y desvirtúan los hechos

CICDE _ 14 febrero 2020

Pronunciamiento del Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE UNED) sobre el conflicto por las tierras en el territorio indígena de Salitre y los reportajes de un canal de televisión

Luego de observar los reportajes presentados en los últimos días en uno de los medios televisivos de cobertura nacional (Telenoticias de canal 7), el Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo (CICDE) de la Universidad Estatal a Distancia, considera necesario ofrecer a la ciudadanía costarricense otros elementos –contextuales, analíticos y empíricos– acerca de los hechos que vienen sucediendo en los territorios indígenas del Cantón de Buenos Aires de Puntarenas, especialmente en el territorio de Salitre. Nos parece importante hacerlo en vista de que esas realidades han sido desvirtuadas tendenciosamente por este tipo de reportajes televisivos. De esa forma, se criminalizan las luchas de los pueblos indígenas por su territorio, se incentiva la animadversión racista en contra de estas poblaciones tan vulnerables y discriminadas, y se lanza un manto de impunidad sobre los incumplimientos en que, como país, estamos incurriendo, respecto de diversas obligaciones legales, nacionales e internacionales.

Es importante tener presente que no es la primera vez que estos medios han incurrido en reportajes parcializados sobre la realidad del territorio de Salitre (véase el estudio realizado por CICDE con relación a este tema en siguiente vínculo https://investiga.uned.ac.cr/cicde/wpcontent/uploads/sites/37/2019/08/noticias_salitre.pdf). Estas noticias recientes, son entonces parte de un continuum, nuevas expresiones de un enfoque mediático sesgado, y carente de una fundamentación seria.

El CICDE-UNED desarrolla desde hace 10 años una línea de investigación sobre las luchas y reivindicaciones de los pueblos indígenas costarricenses, contando a la fecha con varios estudios concluidos, otros en proceso y múltiples productos académicos, que sustentan los datos y apreciaciones que enseguida ofrecemos. Todo ello está disponible en nuestro sitio web https://investiga.uned.ac.cr/cicde/informes/.

  1. Los derechos territoriales indígenas y la usurpación del territorio

Las 11 700 hectáreas que hoy componen el territorio de Salitre fueron declaradas territorio indígena en 1956 (Decreto Nº 34, reformado por el Decreto Ejecutivo Nº 13571 de 1982), fecha a partir de la cual dichas tierras quedaron protegidas jurídicamente como terrenos de propiedad exclusiva de la población indígena.

Los Pueblos Indígenas son titulares de derechos humanos colectivos, entre los que se encuentran los derechos territoriales, establecidos en diferentes instrumentos internacionales, aprobados y vigentes en Costa Rica desde 1993 cuando el país ratificó el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT, el cual había sido aprobado en 1989; mediante la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007), y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2016).

Es decir, el conflicto que se hace evidente con la recuperación de las tierras localizadas dentro de los propios territorios indígenas, obedece a una problemática creada, fundamentalmente, por la violación de los derechos de estos pueblos, tanto por parte del Estado costarricense, que no ha cumplido la función tutelar que le corresponde, como por la invasión ilegal de estos territorios por parte de personas no indígenas.

Esta situación de usurpación y apropiación ilegal alcanza en promedio, según estimaciones elaboradas a partir de nuestras investigaciones en el CICDE-UNED y otras fuentes, entre 40% y 50% de las tierras reconocidas por el Estado costarricense como tierras indígenas (Zúñiga et all, 2017; Vargas et all, sf; Guevara y Romagosa, 1987), llegando hasta un 80% y 90% en algunos territorios como Térraba y China Kichá. Hasta el momento, esta situación ha quedado cubierta por un manto de impunidad.

Los reportajes a que hacemos referencia no mencionan tales datos, las cuales son reconocidas oficialmente, no obstante que estudios técnicos adicionales son necesarios para precisar los hechos con mayor detalle. Estos medios presentan exclusivamente la versión de las personas no indígenas o de personas que siendo indígenas respaldan intereses ajenos a los de sus propios pueblos.

Resaltamos que las fincas que están siendo reocupadas por familias indígenas se hayan dentro de los territorios indígenas y pertenecieron anteriormente a familias indígenas.

En la memoria y en la historia de las familias indígenas se recuerdan y registran múltiples formas fraudulentas, engañosas e injustas de despojo que sufrieron sus abuelos por parte de personas no indígenas inescrupulosas, contando para ello con la ayuda de abogados y abogadas irresponsables que hicieron transacciones irregulares.

En el caso de Salitre es bien conocido que este conflicto por las tierras, que en su última etapa que lleva ya diez años, ha generado una verdadera crisis comunitaria, una dolorosa escalada de violencia. Ninguna persona no indígena ha sido agredida por indígenas mientras que varios indígenas si lo han sido a manos de no indígenas, sin que hasta el momento haya nadie detenido por este tipo de hechos, ni por otros como las balaceras, las amenazas e intimidaciones que se han vuelto el pan de cada día en Salitre.

La ausencia del punto de vista de quienes son víctimas de una situación histórica de injusticia y protagonistas de una lucha en situación muy desventajosa, resta validez y credibilidad a ese tipo de reportajes, pero sobre todo, y es lo más preocupante, abona a la justificación ante la opinión pública, de la violencia en este territorio, en un evidente respaldo a los finqueros no indígenas.

Algunos finqueros entrevistados argumentan que poseen muchos años habitando dentro del territorio indígena, aunque los estudios demuestran que la mayoría de ellos, quienes por lo general poseen varias fincas en uno o varios territorios indígenas, viven fuera de ellos. Estar en posesión de una de estas fincas por más de 20, 30 o 40 años no es en sí misma una prueba de legalidad, pues según la Ley Indígena las tierras indígenas son “inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan”. Por lo tanto, y desde el punto de vista legal, el finquero no indígena solo puede aspirar a ser indemnizado por parte del Estado, si logra demostrar que es “poseedor de buena fe”, es decir, si el adquirió esa posesión –valga decir, no hay escrituras individuales y si las hubiere en algún caso, son ilegales– antes de la promulgación de la Ley Indígena (1977).

Al respecto es ilustrativo el voto 4044-F-S1-2019 de la Sala I de la Corte Suprema de Justicia emitido el 21 de diciembre de 2019, en el cual se deniega la petición de una persona no indígena que reclama al Estado el pago de 300 millones de colones por indemnización, argumentando que era un poseedor de “buena fe”, debido a que adquirió la finca de otras personas no indígenas poseedores de “buena fe”. Es decir, que el derecho del poseedor de “buena fe”, aunque se dé si fuera el caso, no es transferible al realizar una compra.

Hasta el momento ningún no indígena ha logrado demostrar fehacientemente que es “poseedor de buena fe”, por lo que su permanencia dentro del territorio indígena es ilegal y la finca que mantiene en sus manos, susceptible de recuperación.

Los reportajes recientes sobre esta problemática apelan a un recurso que provoca desinformación, al darle vuelta a la realidad de las cosas e invertir al sujeto que lleva a cabo las “invasiones”. Así el usurpador no indígena es transfigurado en víctima y legítimo propietario, mientras las personas indígenas se las presenta como invasoras. Pero ¿invasoras de sus propios territorios? Nada más lejano de los hechos.

También es altamente imprecisa la afirmación o insinuación de que se han recuperado fincas que se hallan en manos de otros indígenas. Aunque se dan conflictos de diversa naturaleza entre indígenas dentro de Salitre, todas las fincas recuperadas hasta el momento estaban en manos de personas no indígenas. Claro que en algunas de ellas los finqueros contrataron peones indígenas, pero ello no significa que fuesen estos peones quienes ocupaban las tierras.

Ante este conflicto las últimas dos administraciones de gobierno propusieron la realización del Plan de Recuperación de Territorios Indígenas (PLAN RTI), el cual está a cargo del INDER. Su principal debilidad es que se queda en la conformación de expedientes acerca de la condición de “buena o mala fe” de la ocupación de las tierras por parte de los finqueros. No se ha previsto todavía un plan de acción, ni contemplados los presupuestos necesarios para hacer efectiva la devolución a sus legítimos dueños. Eso es lo que correspondería hacer, según la legislación vigente y los compromisos adquiridos por el Estado.

  1. La violencia, el papel de la Fuerza Pública y las Medidas Cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Con base en los dichos de los finqueros, los reportajes señalan a la Fuerza Pública como promotora o responsable de “sacar el ganado de la propiedad” de los finqueros. O sea, y de la forma más sorprendente, atribuyen a la Fuerza Pública ser “cómplice” de los indígenas recuperadores. Nuestros equipos del CICDE-UNED, quienes han investigado estos temas, y muchas veces han realizado giras de trabajo a los territorios, no conocen un solo caso que respalde tal aseveración. En ninguna ocasión desde que en el 2010 iniciaron las recuperaciones del territorio en Salitre, la Fuerza Pública ha intervenido “sacando el ganado”. Lo que sí ha ocurrido es que por disposición de la propia Fiscalía General de la República (según CIRCULAR 13-ADM 2011 de noviembre 2011) la Fuerza Pública está impedida de desalojar indígenas de sus propios territorios.

Se omite en este tipo de reportajes que las familias indígenas reclaman como su propiedad solo la tierra que se haya localizada dentro de su territorio y nada más. Por eso los recuperadores solicitan al finquero con antelación, que desmonte la infraestructura existente y saque todo tipo de enseres y animales. Cuando la persona no indígena decide mantenerse e ignorar tal solicitud es que se producen situaciones como las descritas en algunos de los reportajes de prensa.

Llama la atención la ausencia en las notas periodísticas, de las voces de las familias recuperadoras. El silenciamiento de esas voces, resulta más bien estridente. E igualmente llamativa es que no se tomen en cuenta a autoridades de gobierno e instituciones responsables de resolver este problema, las cuales poseen conocimiento verás acerca del conflicto. Esta ausencia despoja de todo equilibrio y objetividad a los reportajes.

Este conflicto por las tierras en Salitre ha generado un insoportable clima de violencia para las familias indígenas, quienes han sufrido más de 150 hechos violentos en los últimos años, incluyendo quemas de casas, quemas de cultivos, robo de pertenencias, agresiones físicas, persecuciones, uso o intimidación con arma blanca, uso o intimidación con armas de fuego y los intentos homicidio que reiteradamente se han venido dando entre 2010 y 2020. Esto alcanzó un punto culminante en el asesinato de Sergio Rojas Ortiz, su mayor líder político de los últimos años, y tiene continuidad en los hechos más recientes de agresión con arma de fuego a un indígena en Río Azul, lo cual vuelve a colocar a Salitre en el centro de la noticia.

Todo este caudal de violencia está ampliamente documentado en los informes de la Defensoría de los Habitantes, el CICDE-UNED, Observatorio de Derechos Humanos (ODHAIN) y las propias autoridades Estatales, formando parte del sustento que motivó la imposición de Medidas Cautelares a Costa Rica desde el 30 abril del 2015, por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (MC 321-12, 15-16).

Estas medidas son una respuesta ante las agresiones que tanto el pueblo bribri de Salitre como el pueblo brörán de Térraba han venido sufriendo sistemáticamente por parte de finqueros no indígenas. Una reseña del proceso seguido para estas medidas puede ser consultado en esta dirección: https://investiga.uned.ac.cr/cicde/wpcontent/uploads/sites/37/2019/08/informe_salitre.pdf

Las Medidas Cautelares de la CIDH, fueron solicitadas por peticionarios de los territorios de Térraba y de Salitre en el año 2012 debido a una serie de agresiones y amenazas que incluyeron agresiones directas a líderes de ambos territorios, especialmente el atentado que sufriera ese mismo año el señor Sergio Rojas Ortiz, asesinado seis años después.

Estas Medidas Cautelares se componen de una serie de solicitudes, cuya ejecución requiere de un protocolo de implementación, que en el caso de Salitre tardó dos años para su definición. Dentro de ese protocolo, el gobierno se comprometió al saneamiento territorial mediante dos acciones prioritarias: ejecutar ocho desalojos que ya estaban aprobados por las autoridades administrativas y judiciales correspondientes, e implementar el Plan RTI, ya mencionado. En materia de seguridad, se comprometió además con una serie de medidas de protección para garantizar la vida y la integridad de las personas.

En relación con ambos compromisos, el nivel de cumplimiento es muy insatisfactorio, lo que ha facilitado la agudización del conflicto a niveles críticos. La presencia de la fuerza pública en estos territorios, responde a la esas medidas cautelares, así como a los constantes episodios de violencia.

  1. Las identidades indígenas y su apropiación indebida

Es importante que se comprenda que las culturas indígenas son diversas y que cada pueblo se organiza culturalmente de manera particular. En el caso del pueblo bribri, su sistema de parentesco y estructura organizativa tradicional se realiza mediante el sistema de clanes, los cuales poseen plena vigencia en la actualidad, a pesar de las pérdidas culturales que éste, como otros pueblos indígenas costarricenses, han sufrido a lo largo del tiempo.

El sistema bribri es matrilineal. Eso ha sido así ancestralmente, de manera que para que una persona sea reconocida naturalmente como bribri, su madre debe ser bribri. Este tema de las identidades indígenas ha sido también motivo de conflicto en los últimos años pues una de las estrategias de las personas no indígenas ha sido precisamente recurrir a autoproclamarse persona indígena y de esa manera evadir la aplicación de la legislación vigente, pues en ese caso las personas pueden alegar derecho de posesión sobre la tierra dentro de estos territorios. Con esa intensión personas no indígenas han obtenido certificaciones falsas otorgadas por personas indígenas afines a sus intereses, orquestando de esta manera toda una dinámica de reconocimientos que son ilegítimos, cuyo propósito es mantener posesión o apropiarse de fincas dentro de territorios indígenas y usufructuar de esta identidad ante instituciones públicas.

  1. Usos descontextualizados de materiales producidos por la academia

Otro aspecto que habla muy mal de los recientes reportajes televisivos es el uso manipulado de materiales académicos producidos por el CICDE y el Programa de Producción Audiovisual (PPMA) de la UNED, entre los que destaca la serie “Salitre.

La recuperación de un territorio”, que consta de cuatro cortometrajes. En este caso el noticiero utilizó imágenes o segmentos para la realización de su reportaje, los cuales aparecen así citados fuera de contexto, sin considerar la investigación que desde la UNED respalda estos videos y que es de acceso público desde julio del 2018 en las páginas web del CICDE-UNED y en el canal de YouTube de PPMA-UNED (para el caso de los audiovisuales).Tales reportajes usan este material pero no los datos producidos por los estudios académicos que representan la base sustantiva de tales materiales. Esto reitera el proceder tendencioso y sesgado, carente de rigor, e irrespetuoso a la hora de utilizar y citar productos resultantes de la investigación académica.

Centro de Investigación en Cultura y Desarrollo – CICDE

Director Dr. Luis Paulino Vargas Solís

Contactos: lvargas@UNED.AC.CR, 8362-6681 / 2234 – 3236 ext. 6542.

 

Enviado por Luis Paulino Vargas Solís.

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En Salitre se siguen violando impunemente los derechos del pueblo indígena Bribri

Alberto Gutiérrez Arguedas, Universidad de Costa Rica

18 de febrero 2020

En días pasados hicimos una visita al territorio indígena Bribri de Salitre y pudimos constatar de primera mano el grave escenario de violación de derechos que este pueblo continúa sufriendo de manera sistemática. A casi un año del asesinato del líder Sergio Rojas Ortiz (18 marzo 2019), el cual permanece en total impunidad, las violencias en contra de la integridad física, psicológica y patrimonial del pueblo indígena Bribri de Salitre son una realidad de todos los días, demostrando, una vez más, el fracaso del Estado costarricense por salvaguardar los derechos fundamentales de este pueblo.

Estos actos de violencia, con altos niveles de crueldad y saña, son ejercidos principalmente por parte de finqueros y terratenientes no-indígenas, quienes con el pasar del tiempo se han apropiado de manera ilegal e ilegítima de estas tierras. Sin embargo, todo esto es posible debido a la negligencia, indiferencia y complicidad por parte de las autoridades gubernamentales que -se supone- deberían de velar por los derechos indígenas, comenzando por el derecho a la tierra y el territorio, el cual está en la raíz del actual conflicto que azota Salitre y otros territorios indígenas de la Zona Sur.

El pasado domingo 10 de febrero Minor Ortiz Delgado, de la comunidad de Río Azul, fue agredido con un arma de fuego en su pierna derecha, cuando se encontraba trabajando en las tierras que él y su familia han recuperado y que por ley les pertenecen. No es la primera vez que Minor es agredido gravemente por parte de finqueros y terratenientes: en su otra pierna, la izquierda, también tiene metida una bala producto de un ataque en 2013, en el cual también fue torturado con un machetazo en una oreja y quemado con un fierro incandescente en el pecho, el mismo que se usa para marcar el ganado. Producto de este último ataque, Minor sufrió una fractura ósea que probablemente le impida volver a trabajar por el resto de su vida.

¿Qué ha sucedido con los responsables de tan atroces actos de violencia? Absolutamente nada. A pesar que se conoce bien quiénes son estas personas (pues los indígenas conviven con ellos diariamente), todas las denuncias que se han interpuesto en la Fiscalía local han quedado desestimados por “falta de pruebas”. Los agresores andan libremente por el territorio; han amenazado de muerte a Minor y a otros recuperadores; amedrentan e intimidan a los hijos e hijas de los recuperadores cuando estos se dirigen a la escuela, inclusive con amenazas sexuales a niñas menores de edad. Mientras que Minor y su familia viven prácticamente prisioneros en su propio territorio, con profundo temor de salir de sus casas, sin conseguir dormir en paz, con una angustia constante de que en cualquier momento puede repetirse otra escena de terror.

¿Hasta cuándo las autoridades van a seguir permitiendo que esto continúe? Recordemos que el pueblo indígena Bribri de Salitre es beneficiario de medidas cautelares por parte de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), la cual ha determinado que el Estado costarricense es responsable por hacer valer los derechos de este pueblo. Esto significa, en primer lugar, mostrar voluntad política para resolver de una vez por todas la problemática de tenencia de las tierras, el Saneamiento Territorial como le llaman las personas recuperadoras. Pero además, es responsable por cualquier atentado en contra de la vida y la dignidad de estas personas. ¿Está el Estado costarricense dispuesto a que corra más sangre indígena? Si no se toman medidas urgentes y decididas, la violencia no cesará y corremos grave peligro de que haya otras personas con el mismo destino que Sergio Rojas.

 

Enviado por el autor.

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Pronunciamiento de hermanos y familiares de Marco A. Castillo Rojas – firme en apoyo

(Si el sistema le pide donación, no la dé; no la estamos pidiendo.)

http://chng.it/Q8ym6v4V

Somos los hermanos, hijo, sobrinos, nietos y familiares de Marco A. Castillo Rojas, luchador ejemplar en defensa de justicia, a quien admiramos y amamos con gran orgullo y defendemos, seguimos y respaldamos fielmente en sus luchas.

Marco es el mayor de ocho hermanos. Desde muy joven debió trabajar para apoyar a la familia, sacrificando su propio estudio. Se convirtió en el respaldo de nuestros padres en un hogar caracterizado por valores como la honradez, la solidaridad, la bondad y el gusto por la lectura y las inquietudes intelectuales.

Al crecer los hermanos, Marco pudo terminar sus estudios, luego de laborar en el Ministerio de Trabajo y de una carrera como dirigente laboral y sindical, en favor de los derechos de trabajadores, mujeres, campesinos sin tierra y los discriminados por orientación sexual y más. Siempre ayudó sin interés económico a grupos campesinos y personas que han visto amenazados sus derechos.

La justicia y la solidaridad han sido valores fundamentales que han guiado sus luchas, más allá de su interés particular, aun cuando este ha estado presente en el caso de los derechos de los grupos LGTBIQ+, al cual reconocemos su pertenencia y su derecho a la felicidad con su propia sexualidad.

Hemos sido testigos de las dificultades que Marco ha debido afrontar y conocemos de su sufrimiento desde la edad escolar, cuando se le ha discriminado, ofendido y aislado, mancillando sus derechos y su dignidad personal. Recientemente, cuando sus luchas se han evidenciado aún más por la repercusión que han tenido en la sociedad, hemos sido testigos de persecución, ofensas y ataques que también nos alcanzan a nosotros y vivimos con terror las amenazas contra su vida hechas por personas fundamentalistas o enceguecidas por prejuicios.

Hoy contemplamos con enojo y asombro el hecho de que el Juez Francis Porras León emita una sentencia abusiva contra Marco por haber actuado en forma coherente con sus obligaciones profesionales y con sus convicciones. Se sustenta el Juez en una racionalización de sus propios prejuicios. Descalifica para ello pronunciamientos de la propia Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para basar una sentencia en su propia y particular visión, matizada en un todo por posiciones conservadoras que ignoran la diversidad que conforma a la humanidad.

Deploramos y condenamos lo actuado por el juez Porras León y reiteramos el cariño, amor y orgullo por todo lo que representa Marco en la familia, en nuestras vidas y en la sociedad costarricense. Las luchas de nuestro hermano, tío, abuelo, primo, quedarán para la historia y sus logros son un ejemplo para nuestros hijos y nietos y llenarán de orgullo no solo a nosotros sino a una sociedad que se perfila, en gran medida gracias a él, como una de las más hermosas, modernas y avanzadas.

MARCO, TENÉS TODO NUESTRO AMOR Y APOYO Y TE ADMIRAMOS CON GRAN ORGULLO. Como nos decís siempre, ¡Adelante, siempre adelante!

Diego Antonio Castillo Quesada

Ivannia Ramírez Beita

Marco Antonio Castillo Ramírez

Fiorella Castillo Ramírez

Jorge Castillo Rojas

Luis Fernando Castillo Rojas

María Elvira Sáenz González

Silvia María Castillo Sáenz

Roberto Castillo Rojas

Raquel de los Ángeles Picado

Santiago Castillo Picado

Lía Monserrath Castillo Picado

Carlos Roberto Castillo Mora

Dania Castillo Rojas

Juan Esteban Esquivel Castillo

Carolina Corrales López

Óscar Castillo Rojas

Flor Quesada Kikut

Mónica Castillo Quesada

María Paz Elizondo Castillo

Sebastián Elizondo Castillo

Federico Castillo Quesada

Adriana Montejo Ulloa

Andrés Castillo Quesada

Eduardo Alfonso Castillo Rojas

María del Milagro González Mora

Lourdes Castillo González

Estefanía Castillo González

José Antonio Castillo González

Lía Isabel Castillo Rojas

Rodolfo Eduardo Arias Castillo

Melania Vanessa Monge Coto

Ana Sofía Arias Castillo

José Pablo Hernández Pacheco

Gabriel Hernández Arias

José Daniel Arias Castillo

Rodolfo Eduardo Arias Solano

María del Rocío Brenes Silesky

Rita Victoria Rojas Dondi

Christina Rojas Dondi

Teresa Romero Rojas

Gina Marín Rojas

Rodrigo Rojas Dondi

Flora Barrientos Fallas

Flora Isabel Rojas Barrientos

María del Pilar Rojas Barrientos

Geovanna Rojas Barrientos

Mariam Antonia Rojas Astorga

Ana Patricia Rojas Brenes

Edgar Rojas Carro

Carmen Eugenia Monge Rojas

Alberto Román Castillo

Para firmar: http://chng.it/Q8ym6v4V

Compartido con SURCOS por Carmen Chacón.

Desde el DEI: en el Día Internacional de los Derechos Humanos

10 de diciembre

A 71 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, desde el DEI queremos traer al presente los diálogos colectivos que han tenido lugar en los espacios de formación, junto con personas integrantes de Comunidades Eclesiales de Base, movimientos sociales, defensa de territorios, procesos de defensa de derechos humanos y vida digna, comunidades afrodescendientes y originarias. Todas diversas y comprometidas con procesos de transformación social desde un enfoque comunitario.

Recordamos que sigue siendo un momento para repensar y asumir una mirada crítica en torno a la noción de «Derechos Humanos».

Reconocemos que siguen siendo una herramienta útil y necesaria para conseguir la justicia hacia los pueblos de Latinoamérica, aunque sigue siendo insuficiente.

Sigue quedando en el papel para muchas comunidades y personas el acceso a los derechos y libertades proclamados en la Declaración, precisamente porque ser racializadas, discriminadas, tratadas con violencia sexista, excluidas de los derechos humanos más elementales.

Un día como hoy reiteramos la urgencia de trabajar en conjunto por los derechos de las personas diversas, por los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, por el cese de toda forma de violencia patriarcal.

Denunciamos el modo en que los sectores fundamentalistas religiosos contribuyen al vertiginoso aumento de la desigualdad social y la exclusión en Latinoamérica.

Desde el DEI venimos alertando sobre los retrocesos en conquistas sociales que trae consigo la presencia e injerencia de sectores fundamentalistas en espacios de toma de decisión, de políticas públicas. Insistimos en que los derechos deben ser para todas, todos, todes.

Nos enfrentamos a un panorama que nos llama con más urgencia aún a cuidar de la Tierra, de toda la red de la vida. Y a reconocer que somos solo parte de ella, y que no podemos bajar la guardia frente a los grandes responsables de la crisis climática.

Hemos aprendido de las comunidades originarias que esa apuesta política por la sanación integral de quienes somos, no es posible y no tiene sentido si no es en colectivo, como comunidad, si no es haciendo justicia a quienes cotidianamente les son violados sus derechos humanos más básicos.

Hoy creemos que es urgente mantenernos firmes en la defensa de los derechos humanos más elementales, como punto de partida, para que la vida sea digna y la justicia llegue a quienes más necesitan de ella.

Por los Derechos Humanos y de la Tierra.

DEI

Departamento Ecuménico de Investigaciones

 

Enviado por DEI Comunicación.

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Derechos humanos, igualdad de oportunidades, inclusión y equidad en educación

BREVES CONSIDERACIONES

Luis Muñoz Varela[1]

Tres décadas atrás, en Costa Rica dio inicio la promulgación de varias leyes y la creación de instituciones específicamente dedicadas a la protección y salvaguarda de los derechos humanos, la igualdad de oportunidades, la inclusión y la equidad en varias dimensiones de la vida en sociedad. Cabe mencionar las siguientes: a) Ley de Promoción de Ia Igualdad Social de la Mujer (1990); b) Ley de Aprobación de los Derechos del Niño (1990); c) Ley de creación de la Defensoría de los Habitantes de la República (1992); d) Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia (1996); e) Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (1996); f) creación del Instituto Nacional de las Mujeres (1998); g) Código de la Niñez y la Adolescencia (1998). Todas estas leyes e instituciones vienen a establecer en el país una plataforma a partir de la cual se busca asegurar y garantizar el cumplimiento de los derechos humanos, la igualdad de oportunidades, la inclusión y la equidad social, al menos en sus dimensiones más visibles y sensibles.

La formulación del concepto y perspectiva de los derechos humanos remite a situaciones y realidades en las que las libertades, la dignidad y la condición humana son transgredidas, restringidas o anuladas en su naturaleza esencial y en muy diversos sentidos. Cabe recordar, al respecto, que la Declaración Universal de Derechos Humanos -aprobada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el 10 de diciembre de 1948-, tomó como marco de referencia para su fundamentación el contexto de abyecta y demencial destructividad humana caracterizado por los acontecimientos de la Segunda Guerra Mundial. Un momento en el que, de una manera inédita, la persecución y el exterminio programado – “asesinato administrativo” (Adorno, 1998, p. 17)- de millones de seres humanos alcanzó a tener calidades jamás registradas en toda la historia anterior de la humanidad. (Arendt, 1995).

La Segunda Guerra Mundial representó para la humanidad una experiencia atroz, en la que “el desconocimiento y menosprecio de los derechos humanos” originó “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad” (Asamblea General de Naciones Unidas, 1948, p. 1); acontecimientos que llegaron a tener una “horrible originalidad que ninguna comparación histórica puede atenuar” (Arendt, 1995, p. 31). Con este marco de referencia como telón de fondo, la Asamblea General de la ONU dispuso proclamar la Declaración Universal de Derechos Humanos, estableciendo que se trata de un marco de referencia y de un conjunto de principios y finalidades:

[…] por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. (p. 2).

Durante las últimas dos décadas, organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), han desarrollado definiciones amplias de los derechos humanos, a partir de un conjunto de principios básicos ordenado con la finalidad de precisar la naturaleza y el alcance de estos derechos. Este conjunto de principios básicos es el siguiente:

  1. a) universalidad e inalterabilidad;
  2. b) indivisibilidad;
  3. c) interdependencia e interrelación;
  4. d) igualdad y no discriminación;
  5. e) participación e integración;
  6. f) habilitación;
  7. g) rendición de cuentas y respeto del imperio de la ley (UNICEF, 2008).

Estos principios dan cuenta de una concepción ontológica, epistémica y axiológica de los derechos humanos, en la que queda implicada necesariamente una visión democrática de la sociedad y en la que el valor más elevado lo es el de la dignidad humana. Para asegurar que cada persona viva en la condición de dignidad que, en su calidad de ser humano, le es intrínseca, el Estado y la sociedad en su conjunto deben realizar las acciones que sean necesarias para atender y resolver todas aquellas situaciones que representen restricción, obstaculización, negación o ultraje de los derechos humanos y de la dignidad humana.

Característica fundamental de esta concepción de los derechos humanos, además de su carácter complejo e integral, es que se coloca en una línea de acciones políticas y programáticas ancladas en el presente y con proyección de futuro. Los derechos humanos, al tiempo que son inherentes a la condición humana y a la dignidad de cada persona, también deben servir como parámetros para avanzar de manera continua en la construcción de sociedades cada vez mejor articuladas y sustentadas en la institucionalidad de las libertades democráticas y en el desarrollo de capacidades para el logro del bienestar común y la justicia social.

Los derechos humanos son el lenguaje de las necesidades humanas básicas, de acuerdo con la noción de dignidad e igualdad de la persona humana. Contribuyen a articular las necesidades y la respuesta de aquellos que tienen que satisfacerlas. (ACNUDH, 2012, p. 11).

Los principios que definen la naturaleza de los derechos humanos vienen a representar, así, indicadores con base en los cuales es posible establecer, en cada momento, cuál es el estado en que un país se encuentra en materia de equidad, justicia social, igualdad, libertad; todas éstas, condiciones básicas que deben asistir a las personas en la sociedad para que puedan contar con una vida digna.

Partiendo de la situación constatada en la que se esté, los principios sirven para definir las acciones que corresponda llevar a cabo, a fin de garantizar el cumplimiento de los derechos humanos, lo mismo que para identificar a futuro las capacidades que deban ser desarrolladas para que la sociedad avance en la construcción de condiciones institucionales, económicas, sociales y culturales, que garanticen el fortalecimiento continuo de la institucionalidad de la democracia y la mejora del bienestar común con justicia social y dignidad humana.

En Costa Rica, a partir de 1994 existe una política en educación que ha sido declarada como política de Estado. En su formulación, esta política está contenida en cuatro documentos promulgados desde entonces: a) Política Educativa hacia el Siglo XXI (1994), b) El Centro Educativo de Calidad como eje de la Educación Costarricense (2008), c) Educar para una Nueva Ciudadanía (2015) y d) La persona: centro del proceso educativo y sujeto transformador de la sociedad (2016). Los tres primeros documentos presentan una misma fundamentación de principio, sustentada en tres “vertientes filosóficas”: humanismo; b) racionalismo; c) constructivismo. El cuarto documento adiciona a estas estas tres vertientes la del “Paradigma de la Complejidad” (Consejo Superior de Educación, 2016).

Las cuatro políticas tienen como punto de partida y de sustentación conceptual y programática, las diversas declaraciones que en el ámbito de la educación han sido aprobadas por los foros y conferencias mundiales celebrados por la UNESCO, a partir de la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos (Jomtien, Tailandia, 1990). Estas consisten en un conjunto de declaraciones que, hasta el presente, reiteran en la preocupación por el acceso universal a la educación, al menos hasta el umbral de superación del analfabetismo (terminación de la educación primaria), así como su ampliación a la preescolar y la secundaria.

Según se recalca, en la actualidad, en un mundo cada vez más intensamente determinado por los avances científico/tecnológicos, una productividad basada en estos avances, una realidad mundial de interdependencia, así como nuevas configuraciones de desigualdad social, exclusión, discriminación y vulnerabilización que afectan a diversos sectores sociales, la educación debe ser asumida como un instrumento fundamental para hacer frente y superar todas estas situaciones que vulneran la dignidad humana y que hacen emerger escenarios de agudas desigualdades, inequidad, injusticia social, vulneración de los derechos humanos. (Conferencia Mundial sobre Educación para Todos, 1990; Foro Mundial sobre la Educación (2000 y 2015). Ante ello, es imperativo que los sistemas educativos provean y aseguren una educación de calidad para toda la población; una educación inclusiva, equitativa y con base en el principio de la igualdad de oportunidades: “la educación es un bien público, un derecho humano fundamental y la base para garantizar la realización de otros derechos”. (Foro Mundial sobre la Educación, 2015, p. 7).

En Costa Rica, a la zaga de las orientaciones y directrices propuestas por la UNESCO, la política educativa también asumió como eje de su fundamentación y de su instrumentación pedagógico/didáctica, la educación de calidad en igualdad de oportunidades para toda la población estudiantil del país. Se impulsan acciones para ampliar la cobertura y el acceso en los niveles de la preescolar y la secundaria, a la vez que para reincorporar al sistema a la población joven y adulta que, por razones socioeconómicas o de cualquiera otra índole, no haya podido concluir sus estudios en al menos la trayectoria de la educación básica.

De manera especial, las disposiciones establecidas incluyen dar énfasis a la facilitación de oportunidades de acceso a la mujer, que por distintas razones (maternidad adolescente, trabajo doméstico, carencia familiar de recursos económicos, situaciones de violencia local en la comunidad donde residen y otras), resultan ser las más afectadas, no solo en lo que concierne a las oportunidades de acceso a la educación, sino también en muchos otros diversos ámbitos de la vida en sociedad.

Las políticas educativas promulgadas durante el último cuarto de siglo reiteran de manera sistemática en que, dadas las realidades de limitaciones múltiples que afrontan diversos sectores sociales y poblaciones, la prestación de los servicios educativos ha de llevarse a cabo con base en los principios de la equidad, la igualdad de oportunidades, la inclusión, la solidaridad y el respeto a las diversidades culturales. (Consejo Superior de Educación, 1994; Consejo Superior de Educación, 2008; Ministerio de Educación Pública, 2015).

De ahí que, para dar curso a la facilitación de las condiciones que conduzcan a la verificación de tales principios, se haya dispuesto la creación de programas como, por ejemplo, el de transferencias monetarias condicionadas Avancemos (2008), el Fondo Nacional de Becas (Fonabe, 1997), el Proyecto MEP-ProEDUCA (dirigido a favorecer la equidad en el acceso y la permanencia en el sistema educativo), “Yo me Apunto con la educación” (2015, para brindar atención a colegios con altos niveles de exclusión, infraestructura en mal estado, carencia de equipo y materiales didácticos y otros). Otros programas ya existentes desde antiguo, como los de comedores escolares y transporte estudiantil, también han sido fortalecidos con la finalidad de ampliar la cobertura, sobre todo hacia aquellas comunidades y centros educativos que presentan los mayores índices de pobreza y de desigualdad social.

Según señala UNICEF (2008), en muchos países, pese a los esfuerzos realizados por los gobiernos y los sistemas educativos, aún no se ha logrado asegurar el acceso universal y proporcionar una educación de calidad para toda la población estudiantil. UNICEF subraya que los enfoques de las políticas educativas basados en la ampliación de la cobertura resultan ser infructuosos, en la medida que no atiendan a profundidad las problemáticas complejas que representan la desigualdad, la inequidad y la exclusión social. No es suficiente con los esfuerzos que se realizan de manera principal en la universalización de la matrícula. Es preciso que las políticas y los programas de apoyo entiendan, tomen en consideración y asuman la globalidad de los diversos aspectos y factores que intervienen en los procesos educativos y en la prevalencia de situaciones de exclusión y desigualdad que afectan de manera significativa a diversos sectores sociales, poblaciones y comunidades.

No se ha reconocido la complejidad de los obstáculos que impiden el acceso de los niños a la escuela, ni se ha prestado oídos a las inquietudes expresadas por los propios niños acerca de su educación; tampoco se ha construido una cultura de la educación en la que se respete y valore por igual a todos los niños, ni se ha conseguido que los padres y las comunidades locales apoyen la educación, que se adopte un enfoque global de la educación, que se aborden los derechos de los niños en la educación, ni, por último, arraigar escuelas que sean centros acuciosos de acción comunitaria y desarrollo social. (UNICEF, 2008, p. 2).

Esta valoración de UNICEF constituye una llamada de atención crítica e interpela a los sistemas educativos a que asuman la educación en toda su dimensión de complejidad. Resalta aspectos que, siendo fundamentales, no acostumbran aparecer en los informes ministeriales de evaluación del sistema educativo, como tampoco en el seguimiento sobre la educación que realizan de manera periódica otras entidades; en Costa Rica, por ejemplo, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y el Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplan). Se trata de aspectos que, por su naturaleza cualitativa, no pueden ser ponderados por medio de los indicadores cuantitativos y tradicionales utilizados por el sistema educativo y esas otras entidades, referidos a tasas de matriculación, aprobación, reprobación, rezago, exclusión, entre los más comunes.

La medición estadística, sobra decirlo, es de importancia fundamental. Ésta representa una dimensión de información valiosa que permite a las instancias de gestión del sistema educativo tomar decisiones en materia de asignación de recursos, atención y mejora de infraestructura, control del desempeño de la administración local de los programas de apoyo económico o asistencia social a la población estudiantil y a las familias, reconocimiento de las diferencias de rendimientos escolares en los centros educativos; en fin, le permite a la gestión superior del sistema educativo contar con un mapa del estado de la cuestión sobre las deficiencias y necesidades existentes por localización geográfica (regiones, provincias, cantones, distritos), a fin de consolidar o bien redireccionar las acciones emprendidas y hacer una mejor gestión de los procesos y cursos de acción desarrollados.

Sin embargo, además de la información que facilitan los indicadores cuantitativos, es necesario contar con indagaciones cualitativas que provean de información en dimensiones de mayor complejidad y con una perspectiva integral de las problemáticas existentes. Las estadísticas disponibles, sobre todo las que ofrece la Encuesta Nacional de Hogares (Enaho) del INEC y los informes sobre el estado de la educación que elabora el Programa Estado de la Nación (PEN), muestran una situación en la que, en su comparación por zonas (urbana y rural) y por régimen de prestación de los servicios educativos (público, privado, mixto), la calidad de la educación y los alcances en materia de asegurar igualdad de oportunidades, inclusión y equidad exhiben diferencias importantes entre los distintos centros educativos, poblaciones y comunidades.

Al respecto, una iniciativa como, por ejemplo, la de “Yo me Apunto con la educación”, viene a prestar atención a las desigualdades existentes y a promover acciones concertadas entre diversos actores interesados en la calidad y la pertinencia de la educación. Sin embargo, este tipo de acciones requieren de mayores niveles de compromiso y, de manera especial, de una participación genuina por parte de los actores locales, sobre todo las familias y las propias comunidades estudiantiles. No parece ser apropiada, por infructuosa y carente de eficacia contextual, la norma según la cual se da por descontado que las propuestas diseñadas en las oficiales centrales especializadas del sistema educativo son las que deben ser puestas en marcha y las únicas que pueden venir a resolver los problemas, sin necesidad de realizar mayores consultas ni otorgar espacios para que las poblaciones afectadas puedan expresar también sus propias valoraciones, puntos de vista y recomendaciones.

Las cuestiones relevadas por UNICEF interpelan a fondo finalidades declaradas en las políticas educativas, tales como las de igualdad de oportunidades, equidad, inclusión, así como las de pertinencia y calidad de la educación. Finalidades que no se lograrán cumplir, en el tanto, por ejemplo, los programas de apoyo creados para extenderlas a los sectores sociales y poblaciones con limitaciones de acceso y permanencia en el sistema educativo estén basados en protocolos de aplicación estandarizada. Las posibilidades y condiciones (institucionales, económicas, sociales y culturales) de acceso y de vinculación con los servicios públicos no son las mismas para todos los sectores sociales y las diferentes poblaciones y comunidades. Varían de manera significativa de una zona a otra y entre las diferentes regiones geográficas.

Es recurrente en la política educativa costarricense, la referencia a la necesidad de realizar los mayores esfuerzos institucionales para brindar educación pertinente y de calidad a toda la población. De por medio está el desafío por hacer que la educación se constituya en la herramienta facilitadora de acceso al empleo, requisito indispensable para impulsar la mejora de las condiciones de vida y el bienestar social, tanto a escala individual como de la sociedad en general. No obstante, lo mismo en este aspecto que en el caso de los conceptos de equidad, inclusión, igualdad de oportunidades y de respeto a la diversidad cultural, las acepciones asignadas también remiten, en general, a una proyección programática de la educación fundamentalmente de índole instrumental.

Tanto la calidad como la pertinencia de la educación involucran una visión compleja del proceso educativo y de la prestación de los servicios educativos. Aun cuando, en un país como Costa Rica, se cuente con marcos jurídicos que regulan la protección y el cumplimiento de los derechos humanos y que obliguen a las instituciones del Estado a llevar a cabo las acciones que al respecto se requieren, los objetivos declarados no se llegarán a cumplir, en la medida que prevalezca un contexto social, económico y cultural que afecta a diversos sectores de la población, que por su condición social, económica, cultural, étnica, de género y otras, se mantienen en una situación en la que sus derechos humanos están siendo limitados, obstruidos o incluso negados.

Los programas de asistencia social son muy importantes, pero deben operar en el marco de una red interinstitucional de acciones, orientadas con base en una perspectiva que, más allá de lo paliativo o asistencial, se propongan resolver de manera genuina las realidades de exclusión, desigualdad, inequidad, vulnerabilización e injusticia social. Para el caso específico de la educación, esas acciones tienen que estar dirigidas a que las personas desarrollen las capacidades y las libertades que les son necesarias para dignificar su vida y avanzar en la construcción de condiciones de bienestar social, indispensables para la sana convivencia social, la mejora continua de la institucionalidad de la democracia y el respeto y resguardo de los derechos humanos para toda la población.

[1] Instituto de Investigación en Educación (INIE), Universidad de Costa Rica. C.e.: luis.munoz@ucr.ac.cr.

Referencias bibliográficas

-Adorno, Theodor W. (1998). Educación para la emancipación. Madrid: Ediciones Morata S. L.

-Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2012). Indicadores de Derechos Humanos. Guía para la medición y la aplicación. Nueva York y Ginebra: Naciones Unidas. Recuperado de: http://www.ohchr.org/Documents/Publications/Human_rights_indicators_sp.pdf

-Arendt, Hannah. (1995). De la historia a la acción. Barcelona: Paidós. Asamblea General de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos. Nueva York: Naciones Unidas. Recuperado de: https://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf

-Consejo Superior de Educación (1994). Política Educativa hacia el Siglo XXI. San José: Ministerio de Educación Pública. Recuperado de: file:///D:/4/politicaeducativasigloXXI.pdf

-Consejo Superior de Educación. (2008). El Centro Educativo de Calidad como Eje de la Educación Costarricense. San José: Ministerio de Educación Pública. Recuperado de: http://www.mep.go.cr/educatico/el-centro-educativo-de-calidad-como-eje-de-la-educacion-costarricense

-Consejo Superior de Educación. (2016). La persona: centro del proceso educativo y sujeto transformador de la sociedad. San José: Ministerio de Educación Pública. Recuperado de:

-Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. (2008). Un enfoque de la Educación para Todos basado en los derechos humanos. Marco para hacer realidad el derecho de los niños a la educación y los derechos en la educación. París: UNESCO. Recuperado de: http://unesdoc.unesco.org/images/0015/001588/158893s.pdf

-Foro Mundial sobre la Educación. (2000). Informe final. París: UNESCO. Recuperado de: http://iin.oea.org/Cursos_a_distancia/Lectura%2017_disc.Dakar.pdf

-Foro Mundial sobre la Educación. (2015). Declaración de Incheon y Marco de Acción para la realización del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4. París: UNESCO. Recuperado de: http://agoradeeducacion.com/doc/wp-content/uploads/2018/09/UNESCO-2015-Declaración-de- Incheon-y-Marco-de-Acción-para-el-ODS-4.pdf

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COSIBA se prepara para el 2020 por mejoramiento de condiciones en plantaciones

COSIBA CR realizó su actividad final de año con un análisis de situación sobre lo trabajado durante 2019 y las prospectivas hacia 2020. Logros y retos que debemos asumir con el orgullo de trabajar por el mejoramiento de condiciones en las plantaciones y el compromiso de seguir en la lucha por la defensa de derechos laborales, humanos y ambientales en estas plantaciones. Taller Realizado en Finca 96, Sixaola con representantes de sus sindicatos afiliados: SITAGAH, SINTRAPEN y SITRACHIRI. Presente la secretaría de la Mujer de COSIBA CR. Presente el sindicalismo bananero y de la piña de Sixaola, Valle de La Estrella, Sarapiquí, San Carlos. Sin sindicatos no hay democracia.

 

Tomado del Facebook de COSIBA CR.

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¡Nueva recuperación de tierra en el territorio Brörán de Térraba!

Jueves 28 de noviembre de 2019. Desde la madrugada de hoy, un grupo de 22 familias Naso Brörán de Térraba recuperaron la tierra – territorio Crun Dubon (tierra de tigres) en el sur de Costa Rica.

La finca estaba ocupada por personas no indígenas de apellidos Esquivel Ramírez y tiene una extensión aproximada de 1200 hectáreas.

Ante la inacción del Estado costarricense de entregar las tierras – territorios que según la legislación nacional e internacional le pertenecen de forma exclusiva a los pueblos originarios, este grupo de familias Brörán decidieron ejercer su derecho a la tierra.

Estos procesos de recuperación y reafirmación territorial son legítimos de acuerdo a la cultura e historia de los pueblos originarios y están totalmente «a derecho» según la normativa que regula los derechos humanos de los pueblos originarios.

Recordamos al Estado costarricense su obligación de velar por la integridad emocional, física y territorial del pueblo Brörán y todos los pueblos originarios y responsabilizamos al gobierno por cualquier agresión que puedan sufrir las familias recuperadoras.

Coordinadora de Lucha Sur Sur

#DerechosHumanos #DDHH #Salitre #AutonomiaIndigenaYA #SergioRojasVIVE #CoordinadoradeLuchaSurSur #DDHH #DerechosHumanos #CostaRica #Centroamérica

 

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Estado no ha cumplido deber con pueblos originarios

Comunicado de Prensa

  • Estado costarricense no ha cumplido con su deber de entregar las tierras a los pueblos originarios

  • Pueblo Bribri de Salitre exige justicia en el caso del asesinato de Sergio Rojas

Miércoles 4 de diciembre de 2019. Los territorios indígenas del cantón de Buenos Aires, incluyendo al territorio bribri de Salitre, se encuentran ocupados por personas no indígenas, que no cuentan con títulos legales para ello y contrariando la legislación nacional e internacional, que establece que los territorios indígenas pertenecen y solo pueden ser habitados en forma exclusiva por los pueblos originarios respectivos; por lo que toda ocupación de estas tierras por personas no pertenecientes a estos pueblos es absolutamente ilegal.

En este sentido la Ley Indígena 6172 de 1977, en su artículo 3 categóricamente establece “Las reservas indígenas son inalienables e imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan. Los no indígenas no podrán alquilar, arrendar, comprar o de cualquier otra manera adquirir terrenos o fincas comprendidas dentro de estas reservas. Los indígenas sólo podrán negociar sus tierras con otros indígenas. Todo traspaso o negociación de tierras o mejoras de éstas en las reservas indígenas, entre indígenas y no indígenas, es absolutamente nulo, con las consecuencias legales del caso”.

También el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual Costa Rica suscribió, reafirma el derecho a la tierra de los pueblos originarios, al respecto establece el artículo 14 “1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes.

  1. Los gobiernos deberán tomar las medidas que sean necesarias para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.
  2. Deberán instituirse procedimientos adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar las reivindicaciones de tierras formuladas por los pueblos interesados”

Desde el año 2010, los pueblos originarios del cantón han reiniciado procesos de recuperación de tierra – territorio o saneamiento territorial, recalcamos que según las culturas de los pueblos originarios y la legislación nacional e internacional, estos procesos de reafirmación territorial son totalmente legítimos, legales y realizados completamente a derecho, con la particularidad de que no son judicializados por parte de los pueblos originarios.

 

Por lo tanto es obligación del Estado costarricense reintegrar esos territorios a los pueblos originarios, obligación que hasta el momento ningún gobierno ha cumplido; por lo que estos pueblos han ejercido su derecho humano a la tierra.

Justicia para Sergio Rojas

Desde el Concejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre exigimos que se determinen los autores intelectuales y materiales del asesinato del compañero Bribri Sergio Rojas Ortiz y se apliquen las sanciones respectivas. Reafirmamos que el Estado costarricense es responsable de esta ejecución extrajudicial por omisión; este vil asesinato ocurrió el 18 de marzo de 2019 y hasta el día de hoy se mantiene impune.

En el 2015 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó la medida cautelar 321-12 en favor del pueblo Teribe de Térraba y Bribri de Salitre ante los continuos ciclos de amenazas, hostigamientos y actos de violencia contra estos pueblos; solicitando al Gobierno de Costa Rica que adoptara las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad de estos pueblos.

Sin embargo, el Estado costarricense es responsable de la sistemática violencia y violación de los derechos humanos que sufre el pueblo Bribri de Salitre y otros pueblos originarios y hasta el momento no ha cumplido con sus obligaciones para que el asesinato de Sergio no quede impune, cese la violencia contra estos pueblos y se garantice la seguridad e integridad humana y territorial de los mismos.A pesar de la ocupación y usurpación de los territorios indígenas, diferentes administraciones del Estado costarricense no han cumplido con su obligación de desalojar a los poseedores ilegales.

El Concejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre exige al Estado costarricense:

  1. Que el asesinato de Sergio Rojas Ortiz no quede impune y se aplique la ley a los autores intelectuales y materiales de ese vil asesinato.
  2. Que el Estado costarricense desarrolle e implemente las medidas cautelares 321-12 otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
  3. Que se realice una investigación del actuar de todas las instancias y personal judicial y policial del cantón de Buenos Aires con respecto a su actuar frente a los pueblos originarios para determinar las posibles responsabilidades y sanciones administrativas o judiciales.
  4. Que el Poder Ejecutivo ejecute los 6 desalojos ya emitidos por el Ministerio de Seguridad Pública en el Territorio de Salitre.
  5. Que el estado costarricense cumpla con el Protocolo de Seguridad suscrito con el pueblo bribri de Salitre desde el 2017.

¡Justicia para Sergio Rojas y los Pueblos Originarios!

Concejo Ditsö Iriria Ajkönuk Wakpa de Salitre

 

Imagen ilustrativa.

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UCR: Enseñanza de los Derechos Humanos: »Necesitamos luchar. Para ello, necesitamos concienciar y, para ello, necesitamos educar»

Conversatorio sobre Educación en Derechos Humanos y el Sistema Educativo Público Costarricense

La educación en derechos humanos debe estar presente desde los primeros pasos de los niños y niñas en el sistema educativo, según se pudo concluir durante el conversatorio del INIE-UCR.

“Porque un derecho solo es un derecho, si vale para todos”. Con esa contundente frase, la embajadora de Alemania en Costa Rica, la Sra. Martina Nibbeling-Wriessnig, resumió el desafío que representa la enseñanza de los derechos humanos para los sistemas educativos, cómo debe enfocarse en los grupos excluidos y cómo no debe dejar a nadie atrás. Sus afirmaciones formaron parte del Conversatorio Educación en Derechos Humanos y el Sistema Educativo Público Costarricense, organizado por el Instituto de Investigación en Educación, de la UCR (INIE-UCR), el pasado 25 de noviembre, en el marco de la Cátedra de Estudios sobre Religiones.

La directora del INIE, Jacqueline García Fallas, destacó que se debe asegurar el compromiso de las futuras generaciones con los derechos humanos mediante los sistemas educativos, como un código ético compartido. Por esta razón, mencionó el reciente voto de la Asamblea Legislativa, bajo el expediente 21.096, por medio del cual 26 legisladores se opusieron a la enseñanza de la Declaración Universal de los Derechos Humanos como un contenido más en la temática que se estudia en nuestros centros educativos. Precisamente, ante esa posición de los legisladores, el INIE-UCR emitió hace unas semanas un comunicado oficial en el cual no compartían dicha decisión de los legisladores.

Pasar de la obligación a la convicción

Durante el conversatorio, el público pudo analizar los aportes y posiciones de las expertas en el tema: Astrid Hollander, especialista del Programa de Educación Unesco; Alicia Vargas Porras, exviceministra académica del MEP; Janeth Carrillo, directora de la Dirección de Promoción y Divulgación de la Defensoría de los Habitantes; Susanne Müller-Using, catedrática invitada, y Lupita Chaves Salas, exrepresentante de la UCR ante el Consejo Superior de Educación, quien fungió como moderadora del conversatorio.

Durante décadas se generó un vacío en torno a la educación en derechos humanos en el sistema educativo costarricense, el cual se ha venido atacando en las aulas gracias a nuevas políticas que se aplican desde el 2017. Foto: María Peña.

Para Janeth Carrillo, existen en Costa Rica resistencias significativas sobre la educación en derechos humanos ya que, según trabajos llevados a cabo por la Defensoría de los Habitantes, la institucionalidad pública tiene pocas capacidades de empatía actitudinal para comprender al otro. Por lo tanto, aseguró Carrillo, es determinante lograr que las personas, a la hora de abordar el tema de los derechos humanos, pasen de la obligación a la convicción personal sobre la importancia de respetarlos, de hacerlos valer, para una sana convivencia.

De acuerdo con esa necesaria convicción a lo interno de la institucionalidad pública, Astrid Hollander sostuvo que para alcanzar una educación de calidad en derechos humanos, esta debe desarrollarse desde una estrategia interinstitucional y no únicamente del MEP. Los estudiantes, los docentes, las familias, las comunidades locales, diferentes organizaciones de la sociedad civil, etc. deben participar. Además, agregó, se deben democratizar los espacios escolares, desarrollando una educación de acción, basada en problemas reales, donde se tomen en cuenta los contextos culturales y se tengan mecanismos de evaluación pertinentes. Al respecto, la Unesco tiene diferentes dimensiones en la educación en derechos humanos, en las cuales la relevancia y la pertinencia son vitales para alcanzar pedagogías centradas en las personas

Hollander enfatizó que en el derecho humano a la educación está inherente el derecho a la educación en derechos humanos. Es decir, a enseñanza que provea las habilidades cognitivas necesarias, las habilidades socioemocionales y un ambiente habilitador (un ambiente educativo) con pedagogías centradas en las personas.

El concepto de ciudadanía y su interrelación con los derechos humanos trata de mitigar las debilidades que durante décadas experimentó el sistema educativo en cuanto a la importancia de que las generaciones jóvenes sean educadas en, para y por los derechos humanos. Foto: María Peña.

Educar para una nueva ciudadanía

Sin embargo, ese ambiente habilitador y esas pedagogías centradas en las personas han sido débiles durante bastantes años en el sistema educativo costarricense, tal como se desprende de la intervención de Jeannette Carrillo, quien afirmó que “la educación en derechos humanos en Costa Rica no ha sido un tema álgido en el sistema educativo. Por este motivo, la formación del personal docente en derechos humanos (para generar el proceso de transformación necesario) ha sido, en consecuencia, deficitaria”.

Respecto de ese déficit, Alicia Vargas agregó que la educación en la temática mencionada se ha integrado a través de una política de Estado que ha definido lineamientos a los centros educativos del país.

Vargas destacó la actual «Política curricular para una nueva ciudadanía y una Política Educativa 2016», conformada por cinco ejes y centrada en la persona. En esta política educativa vigente, encontramos el quinto eje denominado «ciudadanía y derechos humanos», el cual persigue que la educación en esos derechos trascienda y sea el sujeto el actor del proceso educativo (conceptualizado este como un proceso integral que se desarrolla a lo largo de la vida).

«Educar para una nueva ciudadanía» es el estandarte de la actual política educativa costarricense, la cual está respaldada por el Consejo Superior de Educación. Foto: María Peña.

El vacío en torno a la educación en derechos humanos, que durante décadas tuvo el sistema educativo costarricense, se viene atacando en las aulas gracias a esas políticas, aseguró Vargas, desde tres visiones: educación sobre los derechos humanos, educación por medio de los derechos humanos y educación para los derechos humanos.

Por su parte, Susanne Müller-Using enfatizó cuáles criterios se usan para estructurar una educación en derechos humanos de calidad y cómo tenemos que cultivarlos, cómo aprendemos los derechos humanos, cómo incentivamos el diálogo sobre derechos humanos en el entorno, qué indican hasta hoy estudios internacionales sobre los derechos humanos, etc. Esas fueron algunas de sus inquietudes durante su intervención.

Como muestra de lo importante que es dar respuestas a tantas interrogantes alrededor de la educación en derechos humanos, la experta presentó un reciente estudio llevado a cabo entre Alemania y unidades académicas de las universidades públicas costarricenses que imparten la carrera de educación. El grupo, conformado por docentes y por estudiantes de docencia, dio respuesta a algunas de esas incógnitas. Entre los más destacados resultados de la consulta se puede asegurar que, para ambos grupos de participantes, la educación en derechos humanos sí es importante y que “la labor docente sí es hablar o trabajar la temática de derechos humanos”.

Entre las especialistas que conformaron el conversatorio del INIE, hubo consenso en que es necesario e imprescindible que un sistema educativo pertinente y de calidad trabaje día a día el tema de los derechos humanos. Esta es una labor y un deber interinstitucional de muy diversos actores del Estado y de la sociedad civil. Foto: María Peña.

DOCUMENTOS

Comunicado INIE 2019

 

María Encarnación Peña Bonilla

Periodista, Oficina de Divulgación e Información

Información tomada de: http://www.ucr.ac.cr/

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FRENAPI denuncia violación de derechos indígenas e impunidad ante comisionada de DDHH de la ONU

De izquierda a derecha, la compañera de FRENAPI, Vicky Lezcano Ortiz, del Pueblo Brorán, Territorio de Térraba, junto Michelle Bachelett, Alta Comisionada de la ONU para los DDHH.

La Alta Comisionada de Naciones Unidas, Michelle Bachelett, realiza visita oficial a Costa Rica, con el fin de conocer de primera mano la situación de DDHH del país. En su Agenda, el día de ayer lunes 2 de diciembre del 2019, se reunió con representantes de los Movimientos y Organizaciones Indígenas, incluido el Frente Nacional de Pueblos Indígenas- FRENAPI.

Vicky Lezcano Ortiz, integrante del FRENAPI y Delegada Brorán en el Congreso Indígena Nacional- COIN, explicó a Bachelett la lucha actual de los Pueblos Indígenas por la recuperación de sus Tierras/ Territorios, usurpados por No Indígenas, quienes con violencia se mantienen dentro de los Territorios. Relató Lezcano, que ella es una recuperante de tierras, en la Finca Crun Shurín, desde hace casi dos años. Previo a la recuperación estuvo fuera del territorio, víctima de ese despojo.

El Proceso de Afirmación Territorial Autónoma (PATA) se inició en agosto del año 2010, fecha en que 27 líderes indígenas fueron desalojadas/os violentamente de la Asamblea Legislativa, lo que motivó al FRENAPI a iniciar un proceso por construir Autonomía en los propios territorios a través de la Recuperaciones de Tierras y la construcción de Consejos de Autoridades Propias, rechazando las estatales Asociaciones de Desarrollo – ADIs, por ser una imposición recolonizadora que pervierte la autonomía y divide las Comunidades.

Este proceso autonómico trajo mucha violencia por parte de los/ las terratenientes usurpadores, que han promovido agresiones físicas, ataques con armas fuego, quema de vivienda, persecución y amenazas, con la complicidad directa e indirecta de distintas autoridades del Estado incluidos la policía y los Tribunales de justicia.

Las Recuperaciones de tierras se han extendido y de igual forma se incrementó la ola de violencia, incluyendo cárcel y lesiones graves a compañeros y compañeras de distintos Territorios en lucha por la Autonomía. El caso más grave ocurrió el 18 de marzo pasado, cuando asesinaron a SERGIO ROJAS ORTIZ, bribri de Salitre, fundador y miembro de la Coordinación Nacional del Frente Nacional de Pueblos Indígenas FRENAPI, integrante del Consejo de Autoridades Propias Cuidadores de la Madre Tierra de Salitre.

En su intervención, Lezcano, Denunció al Estado/ Gobierno de Costa Rica ante la Comisionada por seguir violando los Derechos Indígenas y no actuar debidamente para que se respeten esos Derechos. También solicitó intervención para que se aclare y castigue el asesinato del compañero Sergio Rojas después de cumplirse casi 9 meses de impunidad total, con el silencio cómplice del Estado costarricense.

 

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